1. SINDICATO Y
SINDICALISMO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN
UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICERRECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
BARQUISIMETO–EDO. LARA
Estudiante:
Lourds Colmenarez
C.I:20.926.030
Facilitadora:
Adriany Rivero
Sección: SAIA -E
Barquisimeto, Febrero del 2015
2. De derecho Publico.
Asociación de personas.
Debe tener por objeto el estudio,
mejoramiento y defensa de sus
respectivos intereses.
No comercializar con fines de lucro.
Derecho Laboral Colectivo.
Asociación integrada por personas que ejerciendo el
mismo oficio, profesión o intereses legales comunes, se
unen para la protección de sus beneficios con relación al
trabajo.
CARACTERISTICAS
SINDICATO
FUENTES
Ninguna autoridad administrativa podrá ordenar la disolución de una
organización sindical. Cuando existan razones suficientes, los interesados y
las interesadas en la disolución de una organización sindical podrán
solicitarla ante el juez o jueza del trabajo de la jurisdicción. La decisión de
éste o esta podrá apelarse para ante el Juez o la Jueza Superior del Trabajo.
La decisión definitivamente firme que ordene la disolución de una
organización sindical se notificará al Registro Nacional de Organizaciones
Sindicales a efecto que se cancele el registro.
Cuando la disolución de una organización sindical sea conforme a los
estatutos o por decisión mediante asamblea de sus afiliados y afiliadas, los
y las representantes designados y designadas por la organización sindical,
notificarán la disolución al Registro Nacional de Organizaciones, para lo
cual deberán presentar el acta de la respectiva asamblea general.
DISOLUCIÓN
Por los Sujetos:
• Trabajadores
• De Empresa: Integrado por trabajadores de cualquier profesión pero
trabajan en la misma entidad de trabajo.
• Profesionales: Integrado por trabajadores de misma profesión, sin
importar su entidad de trabajo.
• De industria: integrado por trabajadores con varios patronos pero del
mismo sector industrial.
• Patronos Integrado por patronos que ejerzan una misma industria o actividad.
Ámbito Territorial:
• Locales: Se constituyen en la entidad geográfica mas pequeña.
• Estadales: Tienen un alcance de jurisdicción de un estado.
• Regionales: Comprenden dos o mas entidades colindantes.
• Nacionales: mayor alcance, comprendiendo varias regios o toda la nación.
CLASIFICACION
• Copia del acta constitutiva.
• Un ejemplar de los estatutos.
• La nómina de integrantes promotores y
promotoras.
La documentación debe cumplir con lo establecido
en esta Ley, y debe ir firmada por todos los y las
integrantes de la junta directiva en prueba de su
autenticidad.
El ministerio del Poder Popular con
competencia en materia de trabajo y
seguridad social, mantendrá en
funcionamiento un Registro Nacional de
Organizaciones Sindicales, con sede en todos
los estados del país que tendrá carácter
público, en el cual se hará constar lo
referente a las organizaciones sindicales.
CREACION
REQUISITOS
Los interesados e interesadas en el registro de una organización sindical presentarán los
documentos indicados ante el Registro Nacional de Organizaciones Sindicales de
acuerdo al ámbito territorial de la organización sindical que se proyecta.
Si la documentación presenta deficiencias u omisiones, el funcionario o funcionaria de
registro lo comunicará a los y las solicitantes dentro de los 30 días siguientes a la
solicitud, orientándolos en la forma de subsanar las deficiencias, siendo ésta la única
oportunidad de hacer observaciones sobre deficiencias u omisiones. Los y las
solicitantes tienen un lapso de 30 días para corregir las deficiencias indicadas.
Si la documentación no tiene deficiencias o éstas son subsanadas correctamente dentro
del lapso establecido, se procederá al registro de la organización sindical dentro de los
treinta días siguientes y se entregará a los y las solicitantes la boleta donde consta el
registro.
PROCEDIMIENTO
Finales del siglo XIX.
Nace en Francia y en Italia, luego se va
desarrollando por los países de producción
industria.
Comienza como un movimiento de
cooperativismo, para después girar hacia la
organización económica, social y moral.
3. Es concomitante con el sindicato.
Su fin es luchar por los intereses
profesionales.
Se puede politizar.
Colaborar con el desarrollo económico y
social.
Los gobiernos no deben inmiscuirse en las
funciones normales.
Sistema que propugna un papel decisivo de los sindicatos
obreros en la vida orgánica de la nación.
Tendencia y régimen de organización de los trabajadores
a través de los sindicatos
CARACTERISTICAS
SINDICALISMO
Finales del siglo XIX.
Nace en Francia y en Italia, luego se va
desarrollando por los países de producción
industria.
Comienza como un movimiento de
cooperativismo, para después girar hacia la
organización económica, social y moral.
FUENTES
GENERALIDADES
A lo que respecta: creación, requisitos,
clasificación y disolución del sindicalismo están
aunado con los Sindicatos, ya que el
sindicalismo esta inherente a ellos por ser el
régimen por el cual estas van a ejercer su
libertad sindical.