Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Legislación Turística
1.
2. La primera regulación jurídica de la actividad turística en Venezuela fue el
Decreto Ejecutivo sobre Turismo, dictado el 16 de noviembre de 1937. Este
Decreto fue derogado por la Ley de Turismo sancionada el 20 de agosto de
1938 y publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 19.660 del 31 de agosto
de 1938.
Los aspectos más resaltantes de esta Ley son:
El Ejecutivo Federal podrá organizar todo lo relativo a los servicios turísticos.
Todos los servicios relacionados con el turismo dependerán del Ministerio de
Fomento.
Se crea la Oficina Nacional de Turismo.
El Ejecutivo Federal podrá exonerar del pago de los derechos previstos en las
Leyes Fiscales a los buques que transportan turistas.
3. El Reglamento de esta Ley de Turismo fue publicado el 10 de marzo de 1939.
sus aspectos más resaltantes son:
Establecer la conformación y funcionamiento de la Oficina Nacional de Turismo.
Establecer todo lo relativo a las listas, tarjetas y cartas de turismo, como instrumentos para el
ingreso de los turistas al país.
Establecer el funcionamiento y atribuciones de la Comisión Consultiva de Turismo.
Señalar los requisitos y obligaciones de los guías de turismo.
En 1953 se crea la Dirección de Turismo del Ministerio de Fomento, que sustituye a la Oficina
Nacional de Turismo.
En 1958, por Resolución del Ministerio de Fomento, se nombra la Comisión para la elaboración
de un anteproyecto de Ley de Turismo.
En 1961 la nueva Constitución Nacional, en su artículo 30, establece que el turismo es de
competencia municipal, pero atribuye en el Ordinal 24 del artículo 136 la competencia para
legislar en materia de turismo al Poder Nacional.
En 1962, mediante el Decreto No. 689, se declara al turismo como una actividad de interés
público.
En 1973, el 22 de junio se publica una nueva Ley de Turismo, que deroga la de 1938, ley que fue
reglamentada el 9 de marzo de 1974.
4. El Reglamento de la Ley de Turismo (1974), tiene entre sus principales aspectos
los siguientes:
Señala todo lo relativo a las funciones del Directorio de la Corporación de
Turismo de Venezuela.
Señala cuáles son las materias que deben ser sometidas a la consideración
del Consejo Nacional de Turismo.
Establece todo lo relativo al ingreso de los turistas extranjeros al país.
Señala las obligaciones de los integrantes del Sistema Turístico Nacional.
Los elementos más resaltantes de esta nueva ley son los siguientes:
Crea el Consejo Nacional de Turismo.
Crea el Sistema Turístico Nacional, estableciendo sus obligaciones y derechos.
Define el vocablo "turista", ampliándolo a los nacionales y disponiendo su
protección y facilidades.
Establece medidas de preservación y conservación de los recursos turísticos.
Establece medidas de estímulos fiscales para el desarrollo de las actividades
turísticas.
El sistema de sanciones es más amplio y riguroso y acoge diversos tipos de
fallas.
5. En 1992, después de largas discusiones y consultas, se aprueba y
promulga la nueva Ley de Turismo, derogándose la de 1973, Entre los
elementos más importantes de esta nueva ley destacan los siguientes:
Establece todo lo concerniente al patrimonio de la Corporación.
Establece todo lo referente al Directorio dela Corporación, el cual
estará compuesto un presidente, y un vicepresidente, tres directores
principales y cinco directores suplentes.
Crea el Fondo de Promoción y Capacitación Turística.
Amplía el espectro de la Ley, al disponer que regula, además el
fomento y protección ya establecidos en la Ley del 73, la orientación y
control de las actividades turísticas.
En 1998, es nuevamente modificada la Ley de Turismo, siendo publicada
en la Gaceta oficial N° 36.546, de fecha 24 de septiembre de ese mismo
año.
Ante la importancia que ha cobrado la actividad turística para el país
esta nueva Ley tiene el carácter de Orgánica, con el fin de darle la
misma jerarquía que otras leyes que guardan relación con la actividad.
6. Los aspectos más importantes de esta nueva Ley son los siguientes:
Mantiene lo establecido en el Art. 1 de la Ley anterior, agregándole la función
de coordinación.
Establece que el plan Nacional contemple los objetivos y metas del sector
turismo, formulados para un plazo de diez años, y en concordancia con los
lineamientos del plan de la Nación y de los Planes de ordenación del territorio
y de conservación, mejoramiento y defensa del ambiente.
Define al turista conforme a lo establecido en la Ley anterior.
Conserva todo lo concerniente al Sistema turístico Nacional.
Tal como se indica en la Exposición de Motivos de dicho Decreto Ley: "Por
primera vez en la historia Constitucional venezolana se le otorga al turismo el
carácter de actividad económica de interés nacional, prioritaria para el país en
su estrategia de planificación y desarrollo sustentable".
8. Durante siglos, el hombre se ha trasladado de un lugar a otro por diversos fines, por
lo que muchos autores afirman que el deseo de viajares una cualidad inherente al
ser humano. No obstante es a partir del siglo XIX que este afán de viajar comienza a
institucionalizarse y a convertirse en un negocio rentable para las empresas que se
ocupan de proporcionar los medios para tal fin. Así surgen en 1841 las primeras
empresas de viajes dedicadas al fomento del turismo, en Inglaterra, Thomas Cook &
Son y en Estados Unidos, Henry Wells, la American Express Company.
A partir de ese momento el turismo puede ser considerado como una actividad
económica empresarial, por lo que lógicamente pasa a ser sujeto de Derecho
Privado. Empero, dado el carácter complejo de la prestación del servicio turístico,
que rebasa el ámbito de la relación privada, el Estado interviene cada vez más en
la regulación de la actividad, ya sea para proteger al viajero o para fomentar el
crecimiento de la actividad, creándose sistemas de ordenación jurídica que
norman y envuelven la actividad turística en su desarrollo esencial, convirtiendo al
viajero y al prestador de servicios turísticos en sujetos del Derecho Administrativo a
través del llamado Derecho Social, que responde a exigencias de la compleja
sociedad actual. De allí la importancia de conocer las distintas leyes de turismo
que ha tenido Venezuela, pues a través de las mismas se puede visualizar la
importancia que ha cobrado esta actividad en el desarrollo del país.
9. Es fundamental que los gobiernos se identifiquen con la necesidad de incentivar
y desarrollar el mercadeo turístico de un país, a fin de que le favorezca en su
crecimiento y le proporcione ingresos que favorezcan a todos.
La comercialización del turismo en un país como Venezuela, es vital ya que
cuenta con grandes recursos naturales que invitan ser conocidos, disfrutados y
jamás olvidados.
La actividad turística genera variedad de beneficios económicos, ya que
permite la generación de empleos directos e indirectos; fomenta la economía
en áreas de menos crecimiento o expansión; aporta nuevo bienes y servicios e
impulsa el desarrollo de otras actividades económicas para atender las
necesidades de los turistas.
10. Regular, formular, seguir las políticas, planificar y realizar las actividades del
Ejecutivo Nacional en materia turística.
Elaborar el plan Nacional Estratégico de turismo y los planes generales que fomenten
los destinos y productos turísticos nacionales.
Coordinar con los Estados, Municipios y otros integrantes del sistema turístico
Nacional la elaboración de planes, programas y todo lo atinente a la política del
sector turístico.
Estudiar, analizar y realizar informes estadísticos, entre otros, sobre la actividad turística.
Realizar acuerdos y convenios internacionales y nacionales en materia turística.
Promover con los órganos y entes competentes la participación protagónica de las
comunidades en la oferta y gestión de productos turísticos, mediante la constitución
de formas alternativas de organización popular
11. Realizar obras de infraestructura necesarias para el cumplimiento de su objeto.
Elaborar, diseñar, ejecutar y administrar todo tipo de proyectos y trabajos
relacionados con los sistemas teleféricos del Estado, en el marco de un turismo
social, tendente a lograr un sano esparcimiento y recreación de las
comunidades.
Prestar servicios de asistencia técnica y asesoría de acuerdo a su objeto.
Coadyuvar con el desarrollo social de las comunidades a través de procesos
de economía solidaria y participativa, pudiendo suscribir convenios y acuerdos
relacionados con fines turísticos, culturales, científicos, educativos, históricos,
ambientales, entre otros.
Promover procesos de integración y participación con grupos organizados de
la economía social (consejos comunales, cooperativas, núcleos de desarrollo
endógeno, entre otros) para la realización de sus fines.
Adquirir o suscribir acciones u obligaciones en otras sociedades mercantiles,
especialmente en aquellas que se dediquen a actividades socio-productivas
en el marco de su objeto.
Ejecutar estudios e investigaciones, así como cualquier otra actividad de lícito
comercio relacionada con su objeto.
Realizar todos los actos y negocios jurídicos que sean necesarios para el
cumplimiento de su objeto.
12. Fortalecer el nuevo sistema multipolar internacional a través de la presencia
comercial y promocional de nuestra República, en países de distintos
continentes, de acuerdo a las políticas estratégicas de integración del
Estado.
Hacer del turismo una herramienta efectiva de inclusión, facilitando los
mecanismos de participación y de disfrute en beneficio de los más
necesitados, y de la población de menores recursos.
Fortalecer las relaciones entre el sector público y privado con el objetivo de
mejorar y ampliar los servicios turísticos con criterios de calidad, que
contribuya a incrementar la movilización turística tanto nacional como
internacional.
Promover e incrementar la recaudación.
Promover la integración de todos los actores del sector turismo.
Garantizar una armoniosa y eficiente actuación administrativa, enmarcada
dentro de las Leyes, Reglamentos y cualquier otra disposición que la regula.
13. Misión
Contribuir con el posicionamiento de Venezuela como producto turístico
altamente competitivo a través de eficientes mecanismos promocionales,
oportuna formación del talento humano vinculado a la actividad, apoyados en
una óptima gestión de recaudación, de manera integrada y coordinada con
todos los actores relacionados al sector.
Visión
Liderar los cambios que permitirán alcanzar una penetración efectiva y
consecuente del producto Venezuela en los mercados emisores y meta,
consolidándonos como uno de los principales destinos turísticos en el mundo,
apoyados en el talento humano con excelentes niveles de calidad en la
prestación del servicio turístico, que en su conjunto generen bienestar y riqueza a
la población.