La legislación colombiana prevé mecanismos de protección de la propiedad intelectual, divididos en derechos de autor y propiedad industrial. Los derechos de autor protegen creaciones literarias, artísticas y científicas. La propiedad industrial incluye signos distintivos como marcas, diseños industriales, patentes e invenciones por su importancia empresarial.
2. Índice
• 1. INTRODUCCIÓN
• 2. DEFINICIÓN
• 3. DERECHOS DE AUTOR
• 4. PROPIEDAD INDUSTRIAL
• 4.1 SIGNOS DISTINTIVOS
• 4.1.1 MARCAS COMERCIALES
• 4.1.1.1 REGISTRO
• 4.1.1.2 IRREGISTRABILIDAD
• 4.1.2 LEMAS COMERCIALES
• 4.1.3 NOMBRES Y ENSEÑAS COMERCIALES
• 4.1.4 DENOMINACIONES DE ORIGEN
• 5. NUEVAS CREACIONES
• 5.1 PATENTE DE INVENCIÓN
• 5.1.1 REQUISITOS DE PATENTABILIDAD
• 5.1.2 PATENTE DE MODELO DE UTILIDAD
• 5.2 DISEÑOS INDUSTRIALES
• 5.2.1 REGISTRO
• 5.3 ESQUEMA DE TRAZADO DE CIRCUITOS INTEGRADOS
• 6. NORMATIVIDAD APLICABLE
3. • La legislación colombiana prevé mecanismos de
protección de la propiedad intelectual.
• Se divide principalmente en dos tipos: los derechos de
autor y la propiedad industrial.
• Importancia empresarial.
1. Introducción
4. 2. Definición propiedad
Intelectual
• Es aquel derecho de dominio que se
ejerce sobre las creaciones
intelectuales, producto de la inteligencia
humana puesta en practica.
• La hay con respecto a la autoría de obras
literarias y representaciones artísticas.
• La hay con respecto a modelos de
negocios.
5. 3. Derechos de Autor
• Son aquellos derechos morales y patrimoniales que se
tienen sobre las creaciones científicas, artísticas y
literarias para prever su reproducción sin la autorización
del creador
7. Comunidad Andina (Decisión 468 del 2000)
Reglamentada en Colombia bajo:
• Decreto 2591 del 13 de diciembre de 2000
• Circular Única del 19 de julio de 2001
• la resolución 35582 del
• 28 de Diciembre del 2005 de la Superintendencia de
Industria y Comercio
4. Propiedad Industrial
8. Marcas Comerciales
Registro
Irregistrabiliad
Lemas Comerciales
Nombres y Enseñas comerciales
Denominaciones de Origen
4.1 Signos Distintivos
9. Definida por la CAN como:
“cualquier signo que sea apto para
distinguir productos o servicios en
el mercado”.
En Colombia:
• Nominativas Figurativas
• Mixtas
• Tridimensionales
• Sonoras
• Olfativas
4.1.1 Marcas Comerciales
10. 4.1.1.1 Registro:
• Se realiza en la
Superintendencia de
Industria y Comercio.
• Periodos idénticos y
sucesivos.
Derechos:
• 10 años
• Impedir el uso a
terceros
• Oposición al registro de
similares.
11. 4.1.1.2 Irregistrabilidad:
• Signos de necesaria o común utilización por la
generalidad de las personas o aquellas que atentan
contra el orden público.
• Signos que vulneran derechos adquiridos de
particulares
12. Palabra, Frase o Leyenda, relacionada
a productos y/o servicios.
Registro:
• Superintendencia de Industria y
Comercio, División de Signos
Distintivos. Se debe relacionar con
una marca registrada
4.1.2 Lemas Comerciales
13. 4.1.3 Nombres y Enseñas
Comerciales
Nombre:
• Cualquier sentido
• Identifica o distingue a un empresario, no
productos o servicios.
Enseñas:
• Perceptibles a la vista
• Identifican un establecimiento mercantil.
Registro:
• Superintendencia de Industria y Comercio.
Nota: contrarias a las buenas costumbres, al
orden público o que puedan engañar a terceros
14. • Indicación Geográfica (País,
Región o lugar determinado)
• Relacionar su calidad,
reputación u otras
características.
• 10 años.
4.1.4 Denominaciones de
Origen
16. • Que es?
La patente es un título de propiedad otorgado por el
gobierno de un país, que da a su Titular el derecho a
impedir temporalmente a otros la fabricación, venta y/o
utilización comercial de la invención protegida.
5.1. Patente de invención
17. • Requisitos de patentabilidad
Novedad de un invento:
• Una invención es nueva si no está comprendida en el estado
de la Técnica, ha sido publicada, explotada o patentada
antes de la presentación de la solicitud."Requisito de
Originalidad"
• La novedad no se pierde si la invención se divulga dentro
del año anterior al de la solicitud por un acto de mala fe o
por su exposición oficialmente reconocida.
5.1. Patente de invención
18. • Requisitos de patentabilidad
• Inventivo:
• Cuando la invención no es obvia ni se deriva evidentemente
del estado de la técnica.
• Cuando el invento puede ser utilizado en cualquier
industria. De esta manera, el requisito previo para poder
patentar el invento es que tenga alguna aplicación práctica.
5.1. Patente de invención
19. • Patente de modelo de utilidad
Una patente de modelo de utilidad es un privilegio que
otorga el Estado a toda nueva forma, configuración o
disposición de elementos de algún
artefacto, herramienta, instrumento, mecanismo u objeto
o de alguna parte del mismo que permita un mejor o
diferente funcionamiento, utilización o fabricación del
objeto que lo incorpore y le proporcione utilidad. Protege
invenciones con menor rango inventivo que las
protegidas por patente de invención.
5.1. Patente de invención
20. • Que es?
Es toda FORMA EXTERNA O APARIENCIA
ESTETICA de elementos funcionales o decorativos que
sirven de patrón para su producción en la
industria, manufactura o artesanía; con características
especiales de forma que le dan valor agregado al producto
y generan diferenciación y variedad en el mercado.
5.2. Diseños industriales
21. • El registro se hace en la Superintendencia de industria y
comercio
• El diseño debe ser nuevo universalmente y no ser publicado en
ningún medio con anterioridad.
• No ser una forma común.
• No ser de conocimiento publico, ni tampoco estar registrado en
otro país.
• No debe tratarse de marcas.
• No debe tratarse de una modificación o que posea
DIFERENCIAS MÍNIMAS O SECUNDARIAS con alguna
otra creación ya conocida.
5.2. Diseños industriales
23. • Circuito integrado (CI): es un dispositivo en el que ciertos
elementos con funciones eléctricas, como
transistores, resistencias, condensadores, diodos, etc., están
montados en un sustrato común.
• Esquema trazado: Se define como la disposición
tridimensional, expresada en cualquier forma, de los
elementos, siendo al menos uno de éstos activo, e
interconexiones de un circuito integrado.
5.3. Esquema de trazado
de circuitos integrados
24. • Decisión 351 del Acuerdo de Cartagena
• Decisión 486 del Acuerdo de Cartagena
• Ley 23 de 1982
• Ley 44 de 1993
• Ley 463 de 1998 (Patent Cooperation Treaty PCT)
• Decreto 2591 de 2000
• Circular Única de la Superintendencia de Industria y Comercio de
2001
• Código del Comercio, Sección IV Nombres Comerciales Y
Reseñas, Artículos del 603
• al 612
• Código del Comercio Libro I Capítulo II Título III, Artículos 27 al
87)
6. NORMATIVIDAD
APLICABLE