Presentación Prof. Javier G. Hernández Munguía de la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua en el VI Encuentro Regional del Observatorio del Derecho a la Alimentación en América Latina y el Caribe realizado en Montevideo, Uruguay. Introducción, base constitucional y fundamentos jurídicos internacionales, análisis conceptual, estructura orgánica y el derecho de acceso en la Ley SAN de Nicaragua y Honduras.
Análisis comparado del derecho a la alimentación en Nicaragua y Honduras
1. ANÁLISIS COMPARADO DEL DAA EN NICARAGUA Y
HONDURAS, ESPECIAL REFERENCIA A LA LEY DE
SEGURIDAD ALIMENTARIA
Prof. Javier G. Hernández Munguía
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE NICARAGUA, LEÓN
UNAN-LEÓN
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES
OBSERVATORIO DEL DERECHO A LA ALIMENTACIÓN (ODA)
Montevideo, Uruguay, Noviembre 01 de 2016
2. S U M A R I O
I. Introducción
II. Base Constitucional y fundamentos jurídicos internacionales
III.Análisis conceptual
IV.Estructura orgánica
V. El derecho de acceso en la Ley de SAN de Nicaragua y Honduras
Conclusiones.
3. I. Introducción
1. Estados vecinos y con problemas y estructuras similitudes:
a) Problemas de hambre y malnutrición (ODM-1: Nicaragua – Honduras), y otros: Cambio climático (3 y
5 IRC, sequía, desertificación, desastres –corredor seco CA-), Desigualdad, Pobreza, Competitividad,
desarrollo humano medio, bajos niveles de educación e ingresos,
b) Estado unitario y social de derecho, presidencialista e independencia y separación de poderes
2. Ambos cuentan con una Ley de SAN reciente (2009-2011)
a) Con fuentes formales y reales similares (Constitución, TIDH, etc.)
b) Ley SAN con marco conceptual e institucional poco o nada diferentes
c) Con modelos de lucha contra el hambre análogas:
- De un modelo sectorial a intersectorial, interinstitucional y multidisciplinario
- De políticas de gobierno a políticas de Estado y Supranacionales
- Hacia un enfoque de DDHH (interdependencia) y bioseguridad
4. CUADRO No.1.
DATOS SOCIO-ECONÓMICOS COMPARATIVOS DE HONDURAS Y NICARAGUA
Población –millones-: Nicaragua (3,030 H, 3,104 M / 57,3 rural, 42,7 urbana), Honduras (4,214 H,
4,341 M / 52,7 rural, 43,3 urbana)
Estado IDH
medio
IDH
mundial
IPS
Nut.
Esp.
de
vida
PEA Product.
laboral
U$ por
ocupado
C.
Can.
Bas.
U$
Dism.
INSAN
2000-
2013
Pob.
sub-
alim.
Tasa de CE
Real 2013
Nicaragua 0,614 132 84 74,5 3.209 2,802 320.00 18% 16,8 4,6
Honduras 0,617 129 79 74,4 3,628 3,696 282.00 6,9% 12,1 2,6
5. Introducción…
Cual es el origen del problema?
a) Falta de disponibilidad o acceso?
b) Falta de disposiciones normativas?: Ambas naciones tienen protegido el DAA a nivel
Constitucional, TIDH, Legislación ordinaria y reglamentaria
c) Falta de instituciones?: Ambas naciones tienen instituciones creadas para atender esta materia.
d) Falta de políticas y estrategias?: Ambas naciones tienen políticas de Estado y estrategias de
corto, mediano y largo plazo.
e) Cual es el origen del problema? Problemas estructurales: Pobreza, desigualdad, modelos y
enfoques de lucha contra el hambre.
6. II. Base Constitucional y fundamentos jurídicos internacionales
CUADRO 1. DERECHOS CONSTITUCIONALES COMPLEMENTARIOS AL DAA
Estado DESC complementarios e interdependientes al DAA
Trabajo Salud Educ. y
cultura
Ambiente S.
Social
DAA Vivienda Acceso a
crédito y
tierra
Honduras 127 a 141 145 a
150
49 140 142,
143,
144
16, 18, 347 178 a 181 53-59
Nicaragua 57/80/
82/84
59 58 60-102-128 61, 62 46, 63, 71 46, 64 5-99-106
7. CUADRO 2. PRINCIPALES TIDH VINCULADOS AL DAA
FECHA DE RATIFICACIÓN
ESTADO
PARTE
PIDESC C. D.
NIÑO
CEDAW Convenio
169
C. Americana
de DH
C. P.
Discapacidad
Honduras 17.02.1981 10.08.1990 03.03.1983 28.03.1995
Nicaragua 12.03.1980 05.10.1990 27.10.1981 04.06.2010 25.09.1979 24.10.2007
8. III. Análisis conceptual
1. Ambas Leyes SAN tienen un marco conceptual fundado en:
a) La OB-12, Directrices, Constituciones y TIDH.
b) Los objetivos que persigue la Ley SAN: Entre la calidad de vida y garantizar la
disponibilidad y el acceso a los alimentos sanos, inocuos y nutritivos, con
equidad de género.
c) El enfoque y modelo: DDHH y bioseguridad, intersectorial.
9. Análisis conceptual…
• Principios:
a) Se enuncian y conceptualizan, pero no se desarrollan.
b) Ambas afirman que es la base para la acción del Estado (políticas del
Estado).
c) Algunos principios no se enfocan al DAA en su contenido normativo según
el CDESC: Ejemplo, la equidad de género, acceso a la justicia.
10. Análisis conceptual…
• Objetivos: Mejorar la calidad de vida (Honduras). Garantizar la
disponibilidad y acceso al DAA.
• Contenido: Enunciado el DAA como un derecho humano en ambas
normativas, pero añade fundamental la nicaragüense, pero no
desarrolla este derecho conforme la OB-12.
11. IV. Estructura orgánica
CUADRO No.4. ANÁLISIS COMPARADO ESTRUCTURA ORGÁNICA
ÓRGANO HONDURAS NICARAGUA
Órgano Político
Consejo Nacional de Seguridad alimentaria
y Nutricional (CONASAN)
Comisión Nacional de Soberanía y
Seguridad alimentaria y nutricional
(CONASSAN)
Órgano Ejecutivo Nacional
Unidad Técnica de Seguridad Alimentaria
y Nutricional (UTSAN)
Secretaria ejecutiva de Soberanía y
Seguridad Alimentaria y
Nutricional (SESSAN)
Órganos de consulta y
participación nacionales
Comité técnico interinstitucional de
Seguridad Alimentaria y Nutricional
(COTISAN)
Consejos Técnicos sectoriales para
SSAN (COTESSAN)
Comisión de vigilancia SAN (COVISAN)
Órganos de consulta y
participación territoriales
Mesa de SAN regionales CORESSAN (Regional)
Mesa de SAN municipales
CODESSAN (Departamental)
COMUSSAN (Municipal)
12. V. El derecho de acceso en la Ley SAN de Nicaragua y Honduras
• OG-12: La accesibilidad a los alimentos comprende la accesibilidad económica y
física.
• La accesibilidad económica implica que, los costos financieros personales o
familiares asociados con la adquisición de los alimentos necesarios para un régimen
de alimentación adecuado deben estar a un nivel tal, que no se vean amenazados o
en peligro la provisión y la satisfacción de otras necesidades básicas.
• La accesibilidad física implica que la alimentación adecuada debe ser accesible a
todos, incluidos los individuos físicamente vulnerables, tales como los lactantes y los
niños pequeños, las personas de edad, los discapacitados físicos, los moribundos y
las personas con problemas médicos persistentes, como los enfermos mentales.
13. • OB-12: La seguridad alimentaria existe cuando todas las personas tienen en todo momento,
acceso físico y económico a alimentos suficientes, inocuos y nutritivos, que satisfagan sus
necesidades energéticas diarias y preferencias alimentarias para llevar una vida activa y sana.
• La legislación de ambos países regula el derecho de acceso a los alimentos.
• En ambas normativas se entiende la accesibilidad en su doble dimensión: económica y física.
• La ley de Nicaragua estipula: el derecho que tienen los individuos o familias para adquirir los
alimentos por medio de su capacidad para producirlos, comprarlos o mediante transferencias o
donación. La ley hondureña señala que se debe mejorar la infraestructura que permita la
inserción gradual y sostenible de la economía.
• En Honduras y Nicaragua, a pesar de ajustes anuales, el salario mínimo ha experimentado una
tendencia consistente de deterioro en su poder de compra, y para las familias de escasos
recursos, la compra de alimentos representa una parte significativa de sus gastos.
14. Conclusiones
• El problema del hambre y la mal nutrición en Honduras y Nicaragua no es por falta de
disponibilidad, tampoco por falta de disposiciones normativas o de Instituciones del Estado,
sino un problema estructural: pobreza, desigualdad y cambio (sequía, desertificación,
desastres –corredor seco CA-).
• Ambas naciones cuentan con una Ley de SAN reciente (2009-2011), cuya base está fundada en
fuente formales y reales similares (Constitución, TIDH, etc.).
• El marco conceptual e institucional son similares, con modelos de lucha contra el hambre
análogas, donde se ha superado el modelo sectorial hacia un modelo intersectorial,
interinstitucional y multidisciplinario, donde se ha pasado de políticas de gobierno a políticas
de Estado y Supranacionales, con un enfoque de derechos humanos.
15. Conclusiones…
• Tanto Honduras como Nicaragua tienen protegido el DAA a rango Constitucional,
TIDH y Legislación ordinaria y reglamentaria.
• El derecho de acceso físico y económico está consignado en ambas normativas
nacionales, con ciertos vacíos en cuanto al acceso a la justicia, es decir, la
justiciabilidad.
16. MUCHAS GRACIAS
Prof. Javier G. Hernández Munguía
Profesor Titular
Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
UNAN-León
¡¡¡A LA LIBERTAD POR LA UNIVERSIDAD¡¡¡