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INCENTIVOS E INSTRUMENTOS
FINANCIEROS DE LA AGENCIA IDEA




                          FECHA: Julio 2011
Sumario:
     1.    Orden de Incentivos
     2.    Fondo Tecnológico. Otros instrumentos I+D+i
     3.    Financiación Reembolsable
     4.    Empresas Viables con dificultades coyunturales
     5.    Acuerdo Enisa-Agencia Idea
     6.    Otros Servicios
     7.    Contacto
ORDEN DE INCENTIVOS DE 9-12-2008

  Principios:

    Orden de 9 de diciembre de 2008, publicada en BOJA
    el 17 de diciembre de 2008, sustituyendo a la Orden
    de 19 de abril de 2007.

    Convocatoria por los años 2008 a 2013.

    La Orden se encuadra en el Marco del Acuerdo de
    Concertación Social de Andalucía.
ORDEN DE INCENTIVOS DE 9-12-2008

  Beneficiarios:


      Todas las empresas andaluzas:
      especialmente las PYMES.
ORDEN DE INCENTIVOS DE 9-12-2008
  Tipos de incentivos:
  1. Incentivos directos a fondo perdido.
  2. Incentivos reembolsables.
  3. Bonificaciones de tipos de interés.
  4. Préstamos participativos.
  5. Aportaciones al capital social por Invercaria.
  6. Préstamos con fondos del Banco Europeo de Inversiones.
  7. Bonificaciones de las comisiones de avales de préstamos
     avalados por Sociedades de Garantía más la contribución del 5%
     del importe total de dicha garantía al Fondo de Provisiones Técnicas.
  8. Avales.
ORDEN DE INCENTIVOS DE 9-12-2008

 Nuevo impulso de políticas sociales

 •   Reserva presupuestaria de hasta 30% para proyectos promovidos por mujeres y
     jóvenes e incentivo adicional de hasta un 20%.
 •   Se exigen planes de igualdad de género.
 •   Hasta un 20% adicional para proyectos que promuevan la conciliación de la vida
     laboral y familiar.
 •   Hasta un 5% adicional para proyectos con actuaciones de Responsabilidad
     Social Corporativa.
 •   Hasta un 10% adicional para todos los proyectos que asuman pasivo laboral.
ORDEN DE INCENTIVOS DE 9-12-2008


  Modalidades de proyectos:

     •   Proyectos de CREACIÓN
     •   Proyectos de MODERNIZACIÓN
     •   Proyectos de COOPERACIÓN COMPETITIVA
     •   Proyectos de I+D+I
     •   Proyectos de INNOEMPRESA.
ORDEN DE INCENTIVOS DE 9-12-2008

DEFINICIÓN DE LAS PRINCIPALES CATEGORÍAS
 Innovación

   Se considerarán proyectos de innovación aquéllos realizados por
   nuevas empresas o existentes, que incorporen innovaciones
   tecnológicas de proceso, producto o servicio, innovaciones de
   marketing o de organización de manera que éstas den lugar a un
   alto grado de mejora competitiva y de diferenciación con respecto a
   lo existente en su sector, como mínimo a nivel regional.
ORDEN DE INCENTIVOS DE 9-12-2008
DEFINICIÓN DE LAS PRINCIPALES CATEGORÍAS
   Empresas de Base Tecnológica

   • Proyectos de creación o modernización, que serán aquéllos que tengan como
     fin explotar nuevos productos y/o servicios a partir de resultados de la
     investigación científica y tecnológica, que tengan capacidad generadora de
     tecnología poniendo en valor el conocimiento para irradiarlo y transferirlo a su
     entorno y que basen su actividad en el dominio intensivo del conocimiento
     científico y tecnológico.

   • Especialmente, se incluirán en esta categoría los proyectos CAMPUS, que son
     los correspondientes a Empresas de Base Tecnológica generados en el
     entorno de Universidades, Centros de Innovación y Tecnología y Entidades de
     Investigación.
ORDEN DE INCENTIVOS DE 9-12-2008

  DEFINICIÓN DE LAS PRINCIPALES CATEGORÍAS

   Proyectos que Articulen el Tejido Productivo Local

   • Proyectos de creación o de modernización, que contribuyan a la mejora
     de la articulación y diversificación de la estructura productiva de zonas
     especialmente desfavorecidas con aprovechamiento de los recursos
     endógenos y el aumento de la actividad económica y la cohesión
     territorial.

   • También se incluyen en esta categoría los proyectos de inversiones que
     desarrollen actividades para la mejora de las condiciones ambientales o
     que promuevan la seguridad y la calidad en las explotaciones extractivas.
ORDEN DE INCENTIVOS DE 9-12-2008

  DEFINICIÓN DE LAS PRINCIPALES CATEGORÍAS


   Emprendedores

   • Proyectos promovidos por personas que acceden por primera vez a la
     condición de empresario o que habiendo sido empresario, no tengan esta
     condición en el momento de la solicitud, y cuyo proyecto empresarial
     combine innovación y CREATIVIDAD
ORDEN DE INCENTIVOS DE 9-12-2008

  DEFINICIÓN DE LAS PRINCIPALES CATEGORÍAS


   Provisión de espacios productivos: Programa de Fomento
   de Naves Industriales

   Proyectos que consistan en el traslado de empresas desde ubicaciones no
   adecuadas, especialmente de las implantadas en los cascos urbanos de los
   pequeños y medianos municipios andaluces, a suelo industrial (mediante
   actuaciones conjuntas o singulares), así como la implantación o traslado de
   empresas de servicios en Centros de Servicios Empresariales.
ORDEN DE INCENTIVOS DE 9-12-2008
 DEFINICIÓN DE LAS PRINCIPALES CATEGORÍAS
Proyectos que incorporen TIC y Servicios Avanzados

Incorporación de sistemas integrados de gestión –ERP-, la inmersión en prácticas relacionadas con el
aprovisionamiento o el comercio electrónico como apuesta por la apertura de nuevos segmentos de mercado o
integración en cadenas de valor innovadoras donde las transacciones electrónicas se consideren una ventaja
competitiva.

Estimular de forma significativa la incorporación y demanda de TIC por parte de sectores industriales
tradicionales poco proclives a la incorporación de estas nuevas tecnologías.

Los proyectos incluirán: equipamiento en red, asesoramiento y capacitación, sistemas integrados o
especializados de gestión de la información y de ayuda a la toma de decisiones gerenciales, seguridad,
servicios asociados a Internet u otros servicios avanzados.

Servicios Avanzados: Diseño imagen corporativa, calidad y prevención de RL, otros.
Detalle de Conceptos de Inversión subvencionables:
•   Terrenos.
•   Traídas y acometidas de servicios.
•   Urbanización.
•   Naves y construcciones.
•   Bienes de equipo de procesos.
•   Bienes de equipo auxiliares.
•   Equipos informáticos o de infraestructura de TIC en general.
•   Adquisición y tratamiento de software.
•   Planificación, ingeniería y dirección facultativa, exclusivamente en el caso de las
    PYMEs.
•   Otras inversiones en activos fijos materiales.
•   Inversiones en activos fijos inmateriales consistentes en la adquisición de patentes,
    licencias de explotación o de conocimientos técnicos patentados y conocimientos
    técnicos no patentados.
Detalle de Conceptos de Gasto subvencionables:

•     Gastos de constitución y primer establecimiento.
•     Serv. externos para la realización de diagnósticos, estudios y análisis.
•     Serv. externos para la integración de los sistemas de información internos.
•     Registros de dominio.
•     Serv. externos iniciales de alojamiento de plataformas web.
•     Serv. externos iniciales de prestación de servicios de aplicaciones informáticas.
•     Serv. externos iniciales de promoción y difusión de plataforma web.
•     Serv. externos de capacitación en sistemas y herramientas de TIC.
•     Asesoramiento externo para el diseño de productos, envases y embalajes.
•     Asesoramiento externo para la definición de la estrategia de comunicación y de imagen.
•     Serv. externos para la implantación de sistemas de gestión.
•     Serv. externos para certificación de sistemas de gestión y productos.
•     Gastos de Registros de patentes y marcas comerciales.
•     Gastos externos de realización de material de promoción y comunicación.
•     Gastos de desplazamiento, estancia y de auditoria externa, etc.
Detalle de Conceptos subvencionables en proyectos de I+D:
•     Gastos de Personal: Investigadores, técnicos y demás personal auxiliar dedicado exclusivamente a la
      actividad de investigación y en particular el personal que cumpliendo dicho requisito, se corresponda con el
      plan de retorno de becarios participantes en el programa andaluz de becas de postgrado en universidades
      extranjeras, Becas Talentia.
•     Costes de instrumental y material, en la medida y durante el período en que se utilice para el proyecto de
      investigación. En caso de que el instrumental y el material no se utilicen en toda su vida útil para el proyecto
      de investigación, únicamente se considerarán incentivables los costes de amortización correspondientes a
      la duración del proyecto de investigación calculados según buenas prácticas de contabilidad.
•     Costes de edificios y terrenos, en la medida en que se utilicen para el proyecto de investigación y para la
      duración del mismo.
•     Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas
•     Los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva a la actividad de
      investigación.
•     Para las PYMEs los costes asociados a la obtención y validación de patentes.
•     Gastos generales suplementarios (20% de la partida de gastos de personal).
•     Otros gastos de funcionamiento.
Conceptos NO subvencionables:

•     El Impuesto sobre el Valor Añadido, salvo en los supuestos de entidades sin ánimo de lucro
      para los que podrá considerarse incentivable el IVA no recuperable.
•     Los gastos financieros producidos como consecuencia de la inversión, excepto en el caso de
      la bonificación de intereses en los incentivos a la inversión.
•     Las inversiones en maquinarias y bienes usados, salvo para las PYMEs y siempre que se
      adquieran en condiciones de mercado y deduciendo aquellos activos para cuya adquisición el
      transmitente hubiera recibido incentivos. En cualquier caso, estos incentivos tendrán carácter
      excepcional.
•     Toda clase de impuestos, transporte y aranceles, así como las inversiones de reposición o de
      mera sustitución.
•     Los gastos que tengan carácter continuo o periódico que se destinen a la financiación de
      gastos de funcionamiento habituales de la empresa, así como los destinados a la exportación.
•     Los costes internos de personal utilizado en el desarrollo de las herramientas informáticas.
•     Los costes de licencias informáticas en sistemas operativos y aplicaciones de ofimática.
ORDEN DE INCENTIVOS DE 9-12-2008

 Intensidad de los incentivos
• De acuerdo con las tablas que a continuación se exponen, teniendo en cuenta los
  porcentajes máximos de ESB correspondientes por tamaño de empresa y conceptos.
• Las intensidades máximas han sido modificadas en virtud de la ORDEN de 27 de
  octubre 2010, por la que se modifica el Anexo I del Decreto 394/2008, de 24 de junio,
  por el que se establece el marco regulador de las ayudas de finalidad regional y a
  favor de las pequeñas y medianas empresas (PYME) que se concedan por la
  Administración de la Junta de Andalucía (BOJA 3 de 5-1-2011):
       El 30% tanto para las ayudas a la inversión como para la creación de empleo ligado a la
       misma, en todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Este porcentaje
       podrá incrementarse hasta en un 20% para las ayudas concedidas a las pequeñas
       empresas y en un 10% para las ayudas concedidas a las medianas empresas.
Intensidad de los incentivos
 CREACIÓN
Intensidad de los incentivos
MODERNIZACION
Intensidad de los incentivos
COOPERACION
Intensidad de los incentivos
I+D+I
ORDEN DE INCENTIVOS DE 9-12-2008
 Incentivos a empresas innovadoras de Reciente Creación
   Dirigidos a pequeñas empresas innovadoras de reciente creación (creadas cinco años antes de la fecha de concesión del
   incentivo).
   Incentivos directo a fondo perdido adicionales a los incentivos generales a la inversión.


  35% de los gastos
  durante los tres primeros                                                             25% de los gastos en
  años de la empresa                           Intensidad máxima                        los dos años
                                                                                        siguientes


 660.000 € anualmente                          Importe máximo                        Máximo total 2.000.000 €

   Categorías
    > Empresas de Base Tecnológica (EBT)
    > Empresas creadas a partir de una innovación tecnológica
      Empresas creadas a partir de una innovación no tecnológica en la gestión, los
      productos o los servicios.
ORDEN DE INCENTIVOS DE 9-12-2008
Innoempresa
El Programa de Apoyo a la Innovación de las Pequeñas y Medianas Empresas (InnoEmpresa)
ofrece incentivos directos a fondo perdido, con una intensidad máxima del 50%, a las pymes
andaluzas que cuenten con uno o más empleados y pertenezcan a la industria, construcción,
turismo, comercio y servicios, así como a los organismos intermedios que realicen actividades
de apoyo a las pymes de estos sectores.
 •Innovación organizativa y gestión avanzada

 •Innovación tecnológica y calidad

 •Proyectos de innovación en colaboración
ORDEN DE INCENTIVOS DE 9-12-2008
 Innoempresa
  Conceptos incentivables:

  1.- Implementación de ERP, orientados a: Organización de la producción, Relaciones con
      proveedores o clientes, Innovación en logística y distribución, Recursos Humanos, Integración
      de los sistemas de gestión empresarial.
  2.- Realización de planes estratégicos.
  3.- Diseño de producto.
  4.- Realización de Planes de mejora tecnológica.
  5.- Apoyo a la implantación, certificación tecnológica y certificación de acuerdo con las normas
      UNE 166.001 – Proyectos de I+D+i y UNE 166.002 – Sistemas de Gestión de la I+D+i.
  6.- Apoyo a la implantación y certificación de sistemas de gestión medioambiental, de sistemas de
      gestión de Calidad cuando acompañe a la anterior, excelencia empresarial EFQM y Sistemas
      de Gestión de la Seguridad de la Información.
  7.- Proyectos de innovación en colaboración: empresas en misma cadena de valor o sin estar en
      la misma cadena de valor.
ORDEN DE INCENTIVOS DE 9-12-2008
 Solicitud de los incentivos
 1. Cumplimentando la solicitud online y demás información del proyecto en...
                                  www.juntadeandalucia.es/innovacioncienciayempresa
 2. Presentando la solicitud online mediante firma electrónica o en las gerencias provinciales de la Agencia IDEA u
    otro registro de las AA.PP. según la legislación vigente.

Tramitación de las solicitudes
 3. INFORME/ EVALUACIÓN: Gerencia Provincial de Agencia IDEA.

 4. PROPUESTA: Comisión de Valoración (provincial o autonómica)
 5. PROPUESTA DE RESOLUCIÓN/ RESOLUCIÓN / COMUNICACIÓN : Órgano competente de la
 Agencia IDEA


                      RESOLUCIÓN EN UN PLAZO MÁXIMO DE 2 MESES
ORDEN DE INCENTIVOS DE 9-12-2008
 Tramitación de los incentivos
 Una vez realizada la inversión y/o el gasto por parte del beneficiario dentro
 del plazo otorgado para ello, comienza el procedimiento de gestión del cobro:

 1.- Presentación ante la Gerencia Provincial de IDEA de los JUSTIFICANTES.

 2.- PROPUESTA de Cumplimiento de Condiciones: Gerencia Provincial de la Agencia IDEA.

 3.- PAGO: Centro Corporativo de la Agencia IDEA.




    ABONO DEL INCENTIVO EN UN PLAZO MÁXIMO DE 3 MESES
ORDEN DE INCENTIVOS DE 9-12-2008
Tramitación de los incentivos
Recomendaciones a la hora de cumplimentar la memoria de la solicitud en la herramienta
tramitador web:

1.   Claridad y concisión en la información requerida. Es clave una buena definición del proyecto,
     los objetivos del mismo, el desglose de inversiones y la financiación prevista.
2.   No inicio del proyecto antes de presentarlo ni carta incentivabilidad. Tres ofertas.
     Cumplimiento normativa urbanística y medioambiental. Pagos documentados.
3.   Hay que rellenar todos los campos precisos. Todos son importantes para el conocimiento del
     proyecto.
4.   Si falta información o cuando no sea suficiente se requerirá mediante subsanación del
     proyecto. Se solicitará además la documentación adicional que se estime necesaria. Cuando
     exista error en modalidad, se requerirá subsanación.
ORDEN DE INCENTIVOS DE 9-12-2008 Datos en Córdoba ejercicio 2010
                                                                                                           PROY.         INVERSIÓN        INVERSIÓN         INCENTIVO        EMPLEO A      EMPLEO A
        LÍNEA                                                   CATEGORÍA
                                                                                                           APROB.         TOTAL          INCENTIVABLE       APROBADO          MANT.         CREAR


  COOPERACION       Proy ectos de Cooperación en Red                                                                 1      30.000,00          30.000,00          7.500,00            0               1


                    SUBTOTAL COOPERACION                                                                             1      30.000,00          30.000,00          7.500,00            0               1


  CREACION          Proy ectos de Emprendedores. Nuev a Empresa                                                      7     332.443,79         318.879,79        94.313,06             8             14
                    Proy ectos de Innov ación                                                                        1     563.600,00         563.600,00       140.900,00             25              9
                    Prov isión de espacios productiv os, del conocimiento y de serv icios a las empresas            2      282.715,00         250.225,00       112.601,25              1              2
                    Proy ectos de empresas que articulen el tejido productiv o local                                 6    1.834.308,08       1.283.549,32      327.019,20             8             25


                    SUBTOTAL CREACION                                                                               16    3.013.066,87       2.416.254,11      674.833,51             42            50


  I+D               Proy ectos de aplicación del conocimiento ex istente                                             3    3.042.989,73       2.988.437,73      806.320,44         433                 3
                    Incentiv os para los serv icios de asesoramiento en innov ación (Cheque Innov ación)            21      72.000,00          72.000,00        72.000,00         282                 0
                    Proy ectos de Innov ación Tecnológica                                                           10    3.126.811,98       2.513.240,00      679.679,28        1.385                3


                    SUBTOTAL I+D+I                                                                                  34    6.241.801,71       5.573.677,73     1.557.999,72       2.100                6


  INNOEMPRESA       SI (proy ectos de innov ación en colaboración)                                                   1     160.000,00         160.000,00        80.000,00             3               0
                    Innov ación organizativ a y gestión av anzada                                                   56    1.778.576,09       1.697.562,85      839.413,63        1.800                0
                    Innov ación tecnológica y calidad                                                               70     898.417,48         867.227,45       427.115,45        1.250              24


                    SUBTOTAL INNOEMPRESA                                                                           127    2.836.993,57       2.724.790,30     1.346.529,08       3.053              24


  MODERNIZACION Proy ectos de Innov ación                                                                            7    5.962.046,48       5.914.781,48     1.896.074,88       1.024                2
                    Prov isión de espacios productiv os, del conocimiento y de serv icios a las empresas            5      867.545,06         706.045,86       252.267,33             27              2
                    Proy ectos que incorporen T.I.C. Y proy ectos que incorporen serv icios av anzados              64    3.243.715,75       3.144.370,94     1.038.195,86       1.481                1
                    Proy ectos de empresas que articulen el tejido productiv o local                                56   13.970.062,09      13.513.203,38     4.393.304,12       1.223              29


                    SUBTOTAL MODERNIZACION                                                                         132   24.043.369,38      23.278.401,66     7.579.842,19       3.755              34


                    TOTAL GENERAL                                                                                  310   36.165.231,53      34.023.123,80    11.166.704,50       8.950           115
FONDO TECNOLÓGICO
Convenio de con el Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI)

     • A través de este Convenio se ponen en marcha una serie de servicios de información,
       asesoramiento, promoción y ayudas a la I+D (asesoramiento recíproco, co-financiación de
       propuestas de innovación tecnológica, captación de propuestas para el Programa Marco
       de I+D de la UE, etc.).

     • Fondo tecnológico:
       El Consejo Europeo de diciembre de 2005 sobre las Perspectivas Financieras de la Unión
       Europea para el periodo 2007-2013 establece una dotación adicional específica para
       España del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder) de 2.000 millones de euros.
       Con estos recursos se constituye un Fondo Tecnológico para ayudas a la Investigación y
       el Desarrollo Tecnológico, realizado por y para el tejido empresarial.
FEDER-INNTERCONECTA

             Orden de Bases (BOE 22 de junio de 2011)
  •Proyectos tractores de I+D+i en cooperación a desarrollar en
  Andalucía.
  •Al menos 3 empresas: 1 grande o mediana. Una pequeña.(En
  consorcio o subcontratada)
  •Proyectos de 3 años Incentivos a fondo perdido con altas
  intensidades de ayuda.(En torno al 40%)
                   Prevista Convocatoria Regional
  •100 M€ de presupuesto total estimados
  •Mínimo 5 M€ de presupuesto por proyecto
JEREMIE ANDALUCÍA. FONDOS REEMBOLSABLES

Nuevos instrumentos de apoyo a la actividad productiva de determinados sectores estratégicos de
la economía andaluza.

La Junta de Andalucía, a través de la Agencia IDEA, ha lanzado distintos programas de apoyo a las
empresas enmarcados en el concepto "Fondos Reembolsables". Destacando:

      (i) La iniciativa JEREMIE "Joint European Resources for Micro to Medium Enterprises", ha
           sido desarrollada conjuntamente por la Comisión Europea y el FEI
      (ii) Fondos Reembolsables.

Estos Fondos Reembolsables han sido instrumentados en el Convenio entre la Consejería de
Economía, Innovación y Ciencia y la Consejería de Hacienda y Administración Pública,
estableciendo a la Agencia IDEA como Entidad Gestora.
JEREMIE ANDALUCÍA. FONDOS REEMBOLSABLES
Nueva situación: Cambio del Modelo de Ayuda Pública:
JEREMIE ANDALUCÍA. FONDOS REEMBOLSABLES
Objetivos perseguidos:

• Impulsar el desarrollo económico de la región, promoviendo la creación, incremento de la
  competitividad y globalización de las empresas andaluzas.
• Catalizar el cambio del modelo productivo en Andalucía hacia una economía sostenible.

Estrategia de inversión:

• Fomentar la actividad económica y potenciar el crecimiento y la expansión de las empresas
  Andaluzas.
• Potenciar la productividad y competitividad frente a las necesidades de la globalización.
• Apoyo a la creación de nuevas empresas de Base Tecnológica e Innovadoras.
• Refuerzo de la estructura financiera de las empresas (Equity)
• Fomentar el uso de las energías renovables y la eficiencia energética
JEREMIE ANDALUCÍA. FONDOS REEMBOLSABLES
Política de financiación:

Reembolsables
      Inversiones en proyectos viables que permitan su retorno en el menor plazo posible.

Condiciones de Mercado
      Se aplicarán condiciones financieras de mercado. En diferenciales y rentabilidades.
      El interés será determinado en base al análisis de riesgo del solicitante, más el ajuste
      necesario como consecuencia de la evaluación de las garantías aportadas.

Garantías y Colateralidad
      En su caso, se solicitarán garantías para marcar su carácter reembolsable.

Subsidiariedad
      No se asumirán inversiones que puedan ser atendidas por entidades financieras.
JEREMIE ANDALUCÍA
Estrategia de inversión

- Creación de empresas tractoras en sectores claves para Andalucía.
- Inversión en empresas de alto potencial de crecimiento con ventajas competitivas para
  convertirlas en "lideres globales".
- Reforzar la estructura financiera para facilitar la expansión internacional de la empresa andaluza.

Fines perseguidos

- Catalizar el cambio del modelo productivo en Andalucía hacia una economía sostenible.
- Potenciar la productividad y competitividad frente a las necesidades de la globalización.
- Crear un efecto multiplicador de la inversión.
  Desarrollar el capital humano de las empresas en Andalucía y ofrecer un desarrollo profesional para el talento
  mas preparado.

Tipología: Jeremie Multiinstrumento y Jeremie Capital Riesgo.
JEREMIE ANDALUCÍA
Empresas destinatarias

Empresas, preferentemente pymes, domiciliadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
o, Proyectos desarrollados en Andalucía.

Limitaciones / Excepciones

-No podrán ser destinatarios de las inversiones empresas en situación de crisis, de acuerdo con lo
establecido en las directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de
reestructuración de empresas en crisis.

-Queda excluido el sector agroalimentario, y otros sectores regulados por normativa específica.

-Son de aplicación las limitaciones de fondos FEDER.

-Aplica la normativa sobre "Ayudas de Estado".
FONDO DE APOYO AL DESARROLLO EMPRESARIAL
Se destinará a proyectos empresariales viables en dos ámbitos: el impulso emprendedor y la consolidación y
expansión empresarial.

Los destinatarios del impulso emprendedor serán empresas que se encuentren en fase de semilla / arranque,
con alto potencial innovador y de crecimiento, fundamentalmente en aquellos sectores determinados como
preferentes y para proyectos de impulso emprendedor.

Los destinatarios de la consolidación y expansión empresarial serán empresas que presenten un plan de negocio
orientado a la expansión y globalización, con la finalidad de obtener un liderazgo en los mercados globales
contribuyendo al desarrollo económico de Andalucía.

Empresas destinatarias
-Las empresas destinatarias podrán adoptar cualquier forma jurídica, a excepción del empresario individual, las
SC y las CB.
-Deberán tener domicilio social o contar con centros operativos en Andalucía.
FONDO DE APOYO AL DESARROLLO EMPRESARIAL
Limitaciones / Excepciones

-No podrán ser destinatarios el empresario individual, las SC ni CB.
-No podrán ser destinatarias empresas en crisis.
-No podrán ser destinatarios las empresas participadas en más de un 25% por la Administración
 Pública o Entidades Públicas.
-Deben estar al corriente con S.S. y Hacienda.
-Quedan excluidas las refinanciaciones de pasivo de naturaleza bancaria
-Los proyectos presentados a este Fondo no podrán recibir apoyo de los restantes fondos sin
 personalidad jurídica.
-Las destinatarias de los instrumentos de financiación previstos en el Fondo no podrán recibir para
 el mismo objeto, financiación o incentivos que acumulados resulten en una sobre financiación del
 proyecto
FONDO DE APOYO AL DESARROLLO EMPRESARIAL
Instrumentos financieros

-Los instrumentos financieros que se podrán aprobar con cargo al Fondo podrán ser préstamos ordinarios,
préstamos participativos, toma de participaciones temporales y minoritarias de capital y otorgamiento de
garantías.
-Las operaciones que se aprueben con cargo al Fondo se efectuarán en condiciones de mercado y
tendrán carácter reembolsable, sin que en ningún caso puedan tener la consideración de subvenciones o
ayudas públicas.
-La financiación máxima con cargo al Fondo será establecida por el gestor en cada proyecto, no pudiendo
superar el 70% de las necesidades totales del proyecto. El importe mínimo de financiación dependerá del
instrumento financiero, ascendiendo a 200.000 euros en operaciones de Préstamos ordinarios y Avales,
150.000 euros en caso de Préstamos Participativos a empresas en fase semilla, 500.000 euros para
Préstamos Participativos a empresas en fase de expansión y 300.000 euros en operaciones de entrada en
capital.

Dotación
La dotación presupuestaria para este fondo es de 204 millones de euros.
FONDO DE ECONOMÍA SOSTENIBLE

El Fondo de Economía Sostenible tiene como finalidad facilitar la financiación, preferentemente, a
microempresas para iniciativas emprendedoras en aquellos proyectos que contribuyan de manera
especial al logro de los objetivos de sostenibilidad social, económica o medioambiental y la creación
o mantenimiento de empleo en Andalucía.

Empresas destinatarias

-Las entidades destinatarias de los instrumentos financieros del Fondo de Economía Sostenible para
 Andalucía serán, preferentemente, las microempresas.
-Deberán tener domicilio social o contar con centros operativos en Andalucía.
FONDO DE ECONOMÍA SOSTENIBLE
Limitaciones / Excepciones

-No podrán ser destinatarios el empresario individual, las SC ni CB.
-No podrán ser destinatarias empresas en crisis.
-No podrán ser destinatarios las empresas participadas en más de un 25% por la Administración
 Pública o Entidades Públicas.
-Deben estar al corriente con S.S. y Hacienda.
-Quedan excluidas las refinanciaciones de pasivo de naturaleza bancaria
-Los proyectos presentados a este Fondo no podrán recibir apoyo de los restantes fondos sin
 personalidad jurídica.
-Las destinatarias de los instrumentos de financiación previstos en el Fondo no podrán recibir para
 el mismo objeto, financiación o incentivos que acumulados resulten en una sobre financiación del
 proyecto
FONDO DE ECONOMÍA SOSTENIBLE
Instrumentos financieros

-Los instrumentos financieros que se podrán aprobar con cargo a los Fondos podrán ser préstamos
 ordinarios, préstamos participativos y otorgamiento de garantías.
-Las operaciones que se aprueben con cargo al Fondo se efectuarán en condiciones de mercado y
 tendrán carácter reembolsable, sin que en ningún caso puedan tener la consideración de
 subvenciones o ayudas públicas.
-La financiación máxima con cargo al Fondo será establecida por el gestor en cada proyecto, no
 pudiendo superar el 80% de las necesidades totales del proyecto. El rango de inversión asciende
 desde un importe mínimo de 20.000 euros hasta un máximo de 200.000 euros.


Dotación
La dotación presupuestaria para este fondo es de 50 millones de euros.
FONDO PARA EL IMPULSO DE LAS ENERGÍAS
RENOVABLES Y LA EFICIENCIA ENERGÉTICA
El Fondo para el impulso de las energías renovables y la eficiencia energética financiará actuaciones en materia de energías
renovables y eficiencia energética, apoyando, preferentemente, los siguientes tipos de proyectos:
a) La mejora de la eficiencia energética en procesos productivos o equipos.
b) La reducción del consumo energético en los edificios y sus instalaciones.
c) El ahorro energético en flotas de transporte de pasajeros o mercancías, incluyendo las inversiones en sistemas tecnológicos y
aplicaciones.
d) La generación y uso de energía térmica mediante instalaciones de energías renovables.
e) Los sistemas de cogeneración y trigeneración y las instalaciones para el aprovechamiento de los calores residuales.
f) Los proyectos presentados por empresas de servicios energéticos

Empresas destinatarias

Las entidades destinatarias de los instrumentos financieros de este Fondo serán preferentemente microempresas, pequeñas y
medianas empresas andaluzas.
Las empresas deberán tener domicilio social o contar con centros operativos en Andalucía. Podrán adoptar cualquier forma
jurídica, incluso empresario individual.
FONDO PARA EL IMPULSO DE LAS ENERGÍAS
RENOVABLES Y LA EFICIENCIA ENERGÉTICA
Limitaciones / Excepciones

-No podrán ser destinatarias empresas en crisis.
-No podrán ser destinatarios las empresas participadas en más de un 25% por la Administración
 Pública o Entidades Públicas.
-Deben estar al corriente con S.S. y Hacienda.
-Quedan excluidas las refinanciaciones de pasivo de naturaleza bancaria
-Los proyectos presentados a este Fondo no podrán recibir apoyo de los restantes fondos sin
 personalidad jurídica.
-Las destinatarias de los instrumentos de financiación previstos en el Fondo no podrán recibir para
 el mismo objeto, financiación o incentivos que acumulados resulten en una sobre financiación del
 proyecto
FONDO PARA EL IMPULSO DE LAS ENERGÍAS
RENOVABLES Y LA EFICIENCIA ENERGÉTICA
Instrumentos financieros

-Los instrumentos financieros que se podrán aprobar con cargo al Fondo podrán ser préstamos
 ordinarios, préstamos participativos y otorgamiento de garantías.
-Las operaciones que se aprueben con cargo al Fondo se efectuarán en condiciones de mercado y
 tendrán carácter reembolsable, sin que en ningún caso puedan tener la consideración de
 subvenciones o ayudas públicas.
-La financiación máxima con cargo al Fondo será establecida por el gestor en cada proyecto, no
 pudiendo superar el 70% de las necesidades totales del proyecto. El rango de inversión asciende
 desde un importe mínimo de 20.000 euros hasta un máximo de 2.000.000 euros.

Dotación
La dotación presupuestaria para este fondo es de 30 millones de euros.
FONDO PARA EMPRENDEDORES TECNOLÓGICOS

El Fondo para Emprendedores Tecnológicos, se destinará a atender la cobertura económica en la
financiación de nuevas empresas innovadoras y tecnológicas de elevado potencial, con el objetivo de
impulsar el espíritu emprendedor y promover la creación y consolidación de nuevas empresas
tecnológicas en Andalucía.

Empresas destinatarias

-Los destinatarios de este Fondo serán emprendedores y empresas que presenten un plan de
negocio orientado a la puesta en marcha, o al crecimiento y expansión, de una empresa innovadora
y/o tecnológica en fase semilla o arranque, con alto potencial de crecimiento, con nuevos productos
o servicios para su introducción en mercados globales y que opere fundamentalmente en sectores
industriales de alta tecnología o emergentes.
-Preferentemente, microempresas y pequeñas empresas con menos de 4 años de existencia.
-Deberán tener domicilio social o contar con centros operativos en Andalucía.
FONDO PARA EMPRENDEDORES TECNOLÓGICOS
Limitaciones / Excepciones

-No podrán ser destinatarios las SC ni CB.
-No podrán ser destinatarias empresas en crisis.
-No podrán ser destinatarios las empresas participadas en más de un 25% por la Administración
 Pública o Entidades Públicas.
-Deben estar al corriente con S.S. y Hacienda.
-Quedan excluidas las refinanciaciones de pasivo de naturaleza bancaria
-Los proyectos presentados a este Fondo no podrán recibir apoyo de los restantes fondos sin
 personalidad jurídica.
-Las destinatarias de los instrumentos de financiación previstos en el Fondo no podrán recibir para
 el mismo objeto, financiación o incentivos que acumulados resulten en una sobre financiación del
 proyecto
FONDO PARA EMPRENDEDORES TECNOLÓGICOS
Instrumentos financieros

-Los instrumentos financieros que se podrán aprobar con cargo a los Fondos podrán ser préstamos
 participativos y participaciones en capital.
-Las operaciones que se aprueben con cargo al Fondo se efectuarán en condiciones de mercado y
 tendrán carácter reembolsable, sin que en ningún caso puedan tener la consideración de
 subvenciones o ayudas públicas.
-La financiación máxima con cargo al Fondo será establecida por el gestor en cada proyecto, no
 pudiendo superar el 90% de las necesidades totales del proyecto. El rango de inversión asciende
 desde un importe mínimo de 150.000 euros hasta un máximo de 500.000 euros.


Dotación
La dotación presupuestaria para este fondo es de 20 millones de euros.
FONDO DE GENERACIÓN DE ESPACIOS PRODUCTIVOS

El Fondo para la Generación de Espacios Productivos, se destinará a proyectos viables en dos ámbitos de
actuación:
a) la generación ó cualificación de suelo industrial y terciario, excluyendo aquellos suelos con uso dominante
comercial
b) la generación o cualificación de edificaciones para uso predominante industrial o de servicios, con exclusión de
aquellos con uso predominantemente comercial.

El Fondo apoyará, de manera preferente, los proyectos que:
-Cualifiquen con equipamientos (Energía, TIC, seguridad, agua, depuración, etc..) y servicios competitivos a los
suelos y edificios ya existentes
-Provean suelo o techo con dotaciones competitivas allí donde exista una demanda efectiva no satisfecha,
promoviendo instalaciones y espacios que desempeñen funciones económicas relevantes de ámbito supralocal
-Fortalezcan los espacios de mayor interés para el fomento de los sectores estratégicos priorizados por la Junta
de Andalucía
-Provoquen efectos catalizadores en la rehabilitación de espacios productivos tradicionales
FONDO DE GENERACIÓN DE ESPACIOS PRODUCTIVOS
Empresas destinatarias

-Las empresas que tengan un objeto social compatible con la promoción de espacios destinados a usos
productivos.
-Deberán tener domicilio social o contar con centros operativos en Andalucía

Limitaciones / Excepciones

-No podrán ser destinatarios los autónomos ni las SC ni CB.
-No podrán ser destinatarias empresas en crisis.
-Deben estar al corriente con S.S. y Hacienda.
-Quedan excluidas las refinanciaciones de pasivo de naturaleza bancaria
-Los proyectos presentados a este Fondo no podrán recibir apoyo de los restantes fondos sin personalidad
jurídica.
-Las destinatarias de los instrumentos de financiación previstos en el Fondo no podrán recibir para el mismo
objeto, financiación o incentivos que acumulados resulten en una sobre financiación del proyecto.
FONDO DE GENERACIÓN DE ESPACIOS PRODUCTIVOS
Instrumentos financieros

-Los instrumentos financieros que se podrán aprobar con cargo a los Fondos podrán ser préstamos
 ordinarios y otorgamiento de garantías.
-Las operaciones que se aprueben con cargo al Fondo se efectuarán en condiciones de mercado y
 tendrán carácter reembolsable, sin que en ningún caso puedan tener la consideración de
 subvenciones o ayudas públicas.
-La financiación máxima con cargo al Fondo será establecida por el gestor en cada proyecto, no
 pudiendo superar el 70% de las necesidades totales del proyecto. El rango de inversión asciende
 desde un importe mínimo de 100.000 euros hasta un máximo de 4.000.000 euros.


Dotación
La dotación presupuestaria para este fondo es de 50 millones de euros.
RESUMEN
DE FONDOS
OTROS FONDOS

La Ley 3/2008, de 23 de diciembre y posteriormente el DECRETO 99/2009,
de 27 de abril regulan los siguientes Fondos:


•   Fondo de apoyo a las Pymes Agroalimentarias.
•   Fondo de apoyo a las Pymes de Industrias Culturales.
•   Fondo de apoyo a la Internacionalización de la Economía Andaluza.
•   Fondo de apoyo a las Pymes Turísticas y Comerciales.

Entidad colaboradora: Agencia IDEA
FONDO PYMES AGROALIMENTARIAS
                                                                        Importe por Operación
                                                                                       Instrument
            Volumen Destinatarios           Enfoque sectorial                      %
                                                                         Mín Max       Financieros
                                                                                 finan
                                              Empresas que realicen
                                         actividades de transformación
                                             y/o comercialización de
                                       productos alimentarios derivados                   - Préstamo
 Fondo                                                                                    Ordinario
                                        del sector primario, así como las
 Pymes      120 MM €
                     - Forma jurídica: entidades de producción primaria No     10
                                                                                      80%
                                                                                          - Préstamo
 Agroali-            cualquiera         siempre y cuando su producción existe mill. €     Participativo
                                           alimentaria esté vinculada                     - Aval
mentarias                              indisolublemente a su inmediata                    - Capital
                                                transformación y
                                               comercialización


 Entidad Gestora: AGAPA-Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía
FONDO INDUSTRIAS CULTURALES

                                                                     Importe por Operación
                                                        Enfoque                     Instrument
             Volumen           Destinatarios                                    %
                                                        sectorial     Mín Max       Financieros
                                                                              finan
                                                        Limitado a
                                                         empresas
                                                                                       - Préstamo
                                                        Culturales:
  Fondo                - Preferentemente PYME
                                                         Creación,
                                                                                       Ordinario
                       - Forma jurídica: cualquiera                   6.000 600        - Préstamo
Industrias   10 MM €
                       - No empresas publicas (<25%
                                                       producción o
                                                                        €   mil €
                                                                                  100%
                                                                                       Participativo
                                                      distribución de
Culturales             capital público)
                                                        productos /
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                                                                                       - Capital
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                                                        culturales.


  Entidad Gestora: INSTITUTO ANDALUZ DE LAS ARTES Y LAS LETRAS
  (CONSEJERIA DE CULTURA)
FONDO APOYO A LA INTERNACIONALIZACIÓN


                                                                                  Importe por
                                                                  Enfoque          Operación      Instrumentos
                   Volumen             Destinatarios
                                                                  sectorial                        Financieros
                                                                                Mín Max % fin
                             - Preferentemente PYME
                             - Forma jurídica: cualquiera,            No.
Fondo Apoyo a                excepto CB y sociedades civiles       Proyectos                       - Préstamo
                                                                                 12 mil 500
la Internaciona-   30 MM €   - No crisis / Cumplimiento           ligados a la
                                                                                   €    mil €
                                                                                              100% Ordinario
     lización                obligaciones tributarias          internacionaliza-                   - Aval
                             - No empresas publicas (<25%            ción .
                             capital público)



   Entidad Gestora: EXTENDA-Agencia Andaluza de Promoción Exterior, S.A.
OTROS FONDOS
La disposición adicional decimotercera de la Ley 12/2010, de 27 de
diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para
el año 2011, ha creado el:

•   Fondo para la Reestructuración Financiera de Empresas

Finalidad: cobertura económica en la financiación de planes de viabilidad y
de reestructuración que promuevan la consolidación del tejido empresarial,
acogidos al Programa de Ayudas a Empresas Viables con dificultades
coyunturales en Andalucía.
Dotación presupuestaria: 70 millones de euros.
EMPRESAS VIABLES CON DIFICULTADES COYUNTURALES
ORDEN de 23 de mayo de 2011, por la que se modifica la de 5 de noviembre de 2008, por la que
se establecen las bases reguladoras del programa de ayudas a empresas viables con dificultades
coyunturales en Andalucía (BOJA 107, de 2 de junio).

Beneficiarios: empresas con sede social efectiva de su actividad y/o establecimiento operativo
principal en Andalucía que, siendo viables desde el punto de vista empresarial, están en situación de
crisis coyuntural y estén dispuestas a adoptar las medidas necesarias para superarla
(MODALIDADES: SALVAMENTO Y REESTRUCTURACIÓN), o aquellas empresas que, no
encontrándose en crisis, están afectadas por la escasez o indisponibilidad crediticia como
consecuencia de la contracción del crédito (MODALIDAD: AYUDAS TEMPORALES).

Tipo de ayuda: AVAL, preferentemente (cobertura: 80%).
Vigencia: hasta 9 de octubre 2012 en las modalidades de Salvamento y Reestructuración.
Hasta 31 de diciembre de 2011 para la modalidad de Ayudas temporales.
ACUERDO ENISA-IDEA. FINANCIACIÓN DE PEQUEÑAS Y
MEDIANAS EMPRESAS INNOVADORAS EN ANDALUCÍA
La Agencia IDEA y Enisa -empresa adscrita al Ministerio de Industria Turismo y Comercio, a través de la Dirección General de
Política de la Pequeña y Mediana Empresa-, han establecido un marco de colaboración para la financiación de pequeñas y
medianas empresas innovadoras andaluzas con objeto de ampliar y mejorar el apoyo financiero a las mismas. Este acuerdo está
dotado con 15 millones de euros con cargo al Fondo Tecnológico.

Empresas destinatarias

1.1. Ser pequeña y mediana empresa, conforme a la definición recogida en el anexo I del Reglamento de la Comisión Europea nº
800/2008, de 6 de agosto y con forma societaria.
1.2. Estar enmarcada en cualquier sector de actividad, excepto el inmobiliario y financiero.
1.3. Presentar un plan de negocio técnica, económica y financieramente viable.
1.4. Contar con estados financieros auditados y/o cuentas depositadas en el registro, en el caso de no ser una empresa de nueva
creación.
1.5. Ser una empresa con sede y actividad principal en Andalucía.
1.6. Se consideran empresas innovadoras aquellas que desarrollen proyectos o actividades cuyo resultado suponga un avance en
la obtención de nuevos productos, procesos, servicios o la mejora sustancial de los ya existentes.
ACUERDO ENISA-IDEA. FINANCIACIÓN DE PEQUEÑAS Y
MEDIANAS EMPRESAS INNOVADORAS EN ANDALUCÍA
Instrumentos financieros

-Las empresas beneficiarias podrán recibir financiación mediante la concesión de préstamos
participativos de entre 100.000 y 1.500.000 euros, con las siguientes características:

     •Vencimiento a largo plazo (entre 5 y 9 años).
     •Largo periodo de carencia (entre 3 y 7 años).
     •Tipo de interés en función de los resultados de la empresa beneficiaria, con un mínimo y un
     máximo.
     •Rango de exigibilidad subordinado a cualquier otro crédito u obligación de la prestataria,
     situándose justo delante de los socios.
     •Sin garantías adicionales a las que aporta el propio proyecto empresarial.
OTROS SERVICIOS
Servicios Avanzados: Propiedad Industrial y Red PIDI.

Servicio de información, asesoramiento, gestión de la innovación y de la propiedad industrial que ofrece la Agencia IDEA con el
objetivo de contribuir al desarrollo tecnológico y a la competitividad de las empresas andaluzas. Servicios:

I.- INNOVACIÓN TECNOLÓGICA: Información y asesoramiento sobre los recursos tecnológicos existentes en cada sector
industrial en Empresas, Centros de investigación y Universidades, Parques Tecnológicos y otras Instituciones relacionadas con la
I+D+i.

II.- TRANSFERENCIA DE TECNOLOGÍA: Servicio de búsqueda de socios para proyectos innovadores, gestión de ofertas y
demandas de tecnologías, tanto nacionales como internacionales. Asesoramiento sobre legislación y contratos de transferencia
de tecnología.

III.- PROPIEDAD INDUSTRIAL: Asesoramiento, tramitación y recepción de las solicitudes de registro de patentes y marcas, así
como de cualquier otro trámite del procedimiento de concesión de los títulos de propiedad industrial. El registro de documentación
llevado a cabo por la Agencia tendrá los mismos efectos que el realizado en el registro general de la OEPM.

IV. Punto Red PIDI.
CONTACTO


Gerencia de la Agencia IDEA en Córdoba:

- Localización: Plaza Cardenal Toledo, 6 bajo, 14001 Córdoba.

- Telf: 957 005 000

- Fax: 957 005 011

- E-mail: cordoba@agenciaidea.es
INCENTIVOS E INSTRUMENTOS
FINANCIEROS DE LA AGENCIA IDEA




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Incentivos e instrumentos financieros agencia julio 2011

  • 1. INCENTIVOS E INSTRUMENTOS FINANCIEROS DE LA AGENCIA IDEA FECHA: Julio 2011
  • 2. Sumario: 1. Orden de Incentivos 2. Fondo Tecnológico. Otros instrumentos I+D+i 3. Financiación Reembolsable 4. Empresas Viables con dificultades coyunturales 5. Acuerdo Enisa-Agencia Idea 6. Otros Servicios 7. Contacto
  • 3. ORDEN DE INCENTIVOS DE 9-12-2008 Principios: Orden de 9 de diciembre de 2008, publicada en BOJA el 17 de diciembre de 2008, sustituyendo a la Orden de 19 de abril de 2007. Convocatoria por los años 2008 a 2013. La Orden se encuadra en el Marco del Acuerdo de Concertación Social de Andalucía.
  • 4. ORDEN DE INCENTIVOS DE 9-12-2008 Beneficiarios: Todas las empresas andaluzas: especialmente las PYMES.
  • 5. ORDEN DE INCENTIVOS DE 9-12-2008 Tipos de incentivos: 1. Incentivos directos a fondo perdido. 2. Incentivos reembolsables. 3. Bonificaciones de tipos de interés. 4. Préstamos participativos. 5. Aportaciones al capital social por Invercaria. 6. Préstamos con fondos del Banco Europeo de Inversiones. 7. Bonificaciones de las comisiones de avales de préstamos avalados por Sociedades de Garantía más la contribución del 5% del importe total de dicha garantía al Fondo de Provisiones Técnicas. 8. Avales.
  • 6. ORDEN DE INCENTIVOS DE 9-12-2008 Nuevo impulso de políticas sociales • Reserva presupuestaria de hasta 30% para proyectos promovidos por mujeres y jóvenes e incentivo adicional de hasta un 20%. • Se exigen planes de igualdad de género. • Hasta un 20% adicional para proyectos que promuevan la conciliación de la vida laboral y familiar. • Hasta un 5% adicional para proyectos con actuaciones de Responsabilidad Social Corporativa. • Hasta un 10% adicional para todos los proyectos que asuman pasivo laboral.
  • 7. ORDEN DE INCENTIVOS DE 9-12-2008 Modalidades de proyectos: • Proyectos de CREACIÓN • Proyectos de MODERNIZACIÓN • Proyectos de COOPERACIÓN COMPETITIVA • Proyectos de I+D+I • Proyectos de INNOEMPRESA.
  • 8. ORDEN DE INCENTIVOS DE 9-12-2008 DEFINICIÓN DE LAS PRINCIPALES CATEGORÍAS Innovación Se considerarán proyectos de innovación aquéllos realizados por nuevas empresas o existentes, que incorporen innovaciones tecnológicas de proceso, producto o servicio, innovaciones de marketing o de organización de manera que éstas den lugar a un alto grado de mejora competitiva y de diferenciación con respecto a lo existente en su sector, como mínimo a nivel regional.
  • 9. ORDEN DE INCENTIVOS DE 9-12-2008 DEFINICIÓN DE LAS PRINCIPALES CATEGORÍAS Empresas de Base Tecnológica • Proyectos de creación o modernización, que serán aquéllos que tengan como fin explotar nuevos productos y/o servicios a partir de resultados de la investigación científica y tecnológica, que tengan capacidad generadora de tecnología poniendo en valor el conocimiento para irradiarlo y transferirlo a su entorno y que basen su actividad en el dominio intensivo del conocimiento científico y tecnológico. • Especialmente, se incluirán en esta categoría los proyectos CAMPUS, que son los correspondientes a Empresas de Base Tecnológica generados en el entorno de Universidades, Centros de Innovación y Tecnología y Entidades de Investigación.
  • 10. ORDEN DE INCENTIVOS DE 9-12-2008 DEFINICIÓN DE LAS PRINCIPALES CATEGORÍAS Proyectos que Articulen el Tejido Productivo Local • Proyectos de creación o de modernización, que contribuyan a la mejora de la articulación y diversificación de la estructura productiva de zonas especialmente desfavorecidas con aprovechamiento de los recursos endógenos y el aumento de la actividad económica y la cohesión territorial. • También se incluyen en esta categoría los proyectos de inversiones que desarrollen actividades para la mejora de las condiciones ambientales o que promuevan la seguridad y la calidad en las explotaciones extractivas.
  • 11. ORDEN DE INCENTIVOS DE 9-12-2008 DEFINICIÓN DE LAS PRINCIPALES CATEGORÍAS Emprendedores • Proyectos promovidos por personas que acceden por primera vez a la condición de empresario o que habiendo sido empresario, no tengan esta condición en el momento de la solicitud, y cuyo proyecto empresarial combine innovación y CREATIVIDAD
  • 12. ORDEN DE INCENTIVOS DE 9-12-2008 DEFINICIÓN DE LAS PRINCIPALES CATEGORÍAS Provisión de espacios productivos: Programa de Fomento de Naves Industriales Proyectos que consistan en el traslado de empresas desde ubicaciones no adecuadas, especialmente de las implantadas en los cascos urbanos de los pequeños y medianos municipios andaluces, a suelo industrial (mediante actuaciones conjuntas o singulares), así como la implantación o traslado de empresas de servicios en Centros de Servicios Empresariales.
  • 13. ORDEN DE INCENTIVOS DE 9-12-2008 DEFINICIÓN DE LAS PRINCIPALES CATEGORÍAS Proyectos que incorporen TIC y Servicios Avanzados Incorporación de sistemas integrados de gestión –ERP-, la inmersión en prácticas relacionadas con el aprovisionamiento o el comercio electrónico como apuesta por la apertura de nuevos segmentos de mercado o integración en cadenas de valor innovadoras donde las transacciones electrónicas se consideren una ventaja competitiva. Estimular de forma significativa la incorporación y demanda de TIC por parte de sectores industriales tradicionales poco proclives a la incorporación de estas nuevas tecnologías. Los proyectos incluirán: equipamiento en red, asesoramiento y capacitación, sistemas integrados o especializados de gestión de la información y de ayuda a la toma de decisiones gerenciales, seguridad, servicios asociados a Internet u otros servicios avanzados. Servicios Avanzados: Diseño imagen corporativa, calidad y prevención de RL, otros.
  • 14. Detalle de Conceptos de Inversión subvencionables: • Terrenos. • Traídas y acometidas de servicios. • Urbanización. • Naves y construcciones. • Bienes de equipo de procesos. • Bienes de equipo auxiliares. • Equipos informáticos o de infraestructura de TIC en general. • Adquisición y tratamiento de software. • Planificación, ingeniería y dirección facultativa, exclusivamente en el caso de las PYMEs. • Otras inversiones en activos fijos materiales. • Inversiones en activos fijos inmateriales consistentes en la adquisición de patentes, licencias de explotación o de conocimientos técnicos patentados y conocimientos técnicos no patentados.
  • 15. Detalle de Conceptos de Gasto subvencionables: • Gastos de constitución y primer establecimiento. • Serv. externos para la realización de diagnósticos, estudios y análisis. • Serv. externos para la integración de los sistemas de información internos. • Registros de dominio. • Serv. externos iniciales de alojamiento de plataformas web. • Serv. externos iniciales de prestación de servicios de aplicaciones informáticas. • Serv. externos iniciales de promoción y difusión de plataforma web. • Serv. externos de capacitación en sistemas y herramientas de TIC. • Asesoramiento externo para el diseño de productos, envases y embalajes. • Asesoramiento externo para la definición de la estrategia de comunicación y de imagen. • Serv. externos para la implantación de sistemas de gestión. • Serv. externos para certificación de sistemas de gestión y productos. • Gastos de Registros de patentes y marcas comerciales. • Gastos externos de realización de material de promoción y comunicación. • Gastos de desplazamiento, estancia y de auditoria externa, etc.
  • 16. Detalle de Conceptos subvencionables en proyectos de I+D: • Gastos de Personal: Investigadores, técnicos y demás personal auxiliar dedicado exclusivamente a la actividad de investigación y en particular el personal que cumpliendo dicho requisito, se corresponda con el plan de retorno de becarios participantes en el programa andaluz de becas de postgrado en universidades extranjeras, Becas Talentia. • Costes de instrumental y material, en la medida y durante el período en que se utilice para el proyecto de investigación. En caso de que el instrumental y el material no se utilicen en toda su vida útil para el proyecto de investigación, únicamente se considerarán incentivables los costes de amortización correspondientes a la duración del proyecto de investigación calculados según buenas prácticas de contabilidad. • Costes de edificios y terrenos, en la medida en que se utilicen para el proyecto de investigación y para la duración del mismo. • Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas • Los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva a la actividad de investigación. • Para las PYMEs los costes asociados a la obtención y validación de patentes. • Gastos generales suplementarios (20% de la partida de gastos de personal). • Otros gastos de funcionamiento.
  • 17. Conceptos NO subvencionables: • El Impuesto sobre el Valor Añadido, salvo en los supuestos de entidades sin ánimo de lucro para los que podrá considerarse incentivable el IVA no recuperable. • Los gastos financieros producidos como consecuencia de la inversión, excepto en el caso de la bonificación de intereses en los incentivos a la inversión. • Las inversiones en maquinarias y bienes usados, salvo para las PYMEs y siempre que se adquieran en condiciones de mercado y deduciendo aquellos activos para cuya adquisición el transmitente hubiera recibido incentivos. En cualquier caso, estos incentivos tendrán carácter excepcional. • Toda clase de impuestos, transporte y aranceles, así como las inversiones de reposición o de mera sustitución. • Los gastos que tengan carácter continuo o periódico que se destinen a la financiación de gastos de funcionamiento habituales de la empresa, así como los destinados a la exportación. • Los costes internos de personal utilizado en el desarrollo de las herramientas informáticas. • Los costes de licencias informáticas en sistemas operativos y aplicaciones de ofimática.
  • 18. ORDEN DE INCENTIVOS DE 9-12-2008 Intensidad de los incentivos • De acuerdo con las tablas que a continuación se exponen, teniendo en cuenta los porcentajes máximos de ESB correspondientes por tamaño de empresa y conceptos. • Las intensidades máximas han sido modificadas en virtud de la ORDEN de 27 de octubre 2010, por la que se modifica el Anexo I del Decreto 394/2008, de 24 de junio, por el que se establece el marco regulador de las ayudas de finalidad regional y a favor de las pequeñas y medianas empresas (PYME) que se concedan por la Administración de la Junta de Andalucía (BOJA 3 de 5-1-2011): El 30% tanto para las ayudas a la inversión como para la creación de empleo ligado a la misma, en todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Este porcentaje podrá incrementarse hasta en un 20% para las ayudas concedidas a las pequeñas empresas y en un 10% para las ayudas concedidas a las medianas empresas.
  • 19. Intensidad de los incentivos CREACIÓN
  • 20. Intensidad de los incentivos MODERNIZACION
  • 21. Intensidad de los incentivos COOPERACION
  • 22. Intensidad de los incentivos I+D+I
  • 23. ORDEN DE INCENTIVOS DE 9-12-2008 Incentivos a empresas innovadoras de Reciente Creación Dirigidos a pequeñas empresas innovadoras de reciente creación (creadas cinco años antes de la fecha de concesión del incentivo). Incentivos directo a fondo perdido adicionales a los incentivos generales a la inversión. 35% de los gastos durante los tres primeros 25% de los gastos en años de la empresa Intensidad máxima los dos años siguientes 660.000 € anualmente Importe máximo Máximo total 2.000.000 € Categorías > Empresas de Base Tecnológica (EBT) > Empresas creadas a partir de una innovación tecnológica Empresas creadas a partir de una innovación no tecnológica en la gestión, los productos o los servicios.
  • 24. ORDEN DE INCENTIVOS DE 9-12-2008 Innoempresa El Programa de Apoyo a la Innovación de las Pequeñas y Medianas Empresas (InnoEmpresa) ofrece incentivos directos a fondo perdido, con una intensidad máxima del 50%, a las pymes andaluzas que cuenten con uno o más empleados y pertenezcan a la industria, construcción, turismo, comercio y servicios, así como a los organismos intermedios que realicen actividades de apoyo a las pymes de estos sectores. •Innovación organizativa y gestión avanzada •Innovación tecnológica y calidad •Proyectos de innovación en colaboración
  • 25. ORDEN DE INCENTIVOS DE 9-12-2008 Innoempresa Conceptos incentivables: 1.- Implementación de ERP, orientados a: Organización de la producción, Relaciones con proveedores o clientes, Innovación en logística y distribución, Recursos Humanos, Integración de los sistemas de gestión empresarial. 2.- Realización de planes estratégicos. 3.- Diseño de producto. 4.- Realización de Planes de mejora tecnológica. 5.- Apoyo a la implantación, certificación tecnológica y certificación de acuerdo con las normas UNE 166.001 – Proyectos de I+D+i y UNE 166.002 – Sistemas de Gestión de la I+D+i. 6.- Apoyo a la implantación y certificación de sistemas de gestión medioambiental, de sistemas de gestión de Calidad cuando acompañe a la anterior, excelencia empresarial EFQM y Sistemas de Gestión de la Seguridad de la Información. 7.- Proyectos de innovación en colaboración: empresas en misma cadena de valor o sin estar en la misma cadena de valor.
  • 26. ORDEN DE INCENTIVOS DE 9-12-2008 Solicitud de los incentivos 1. Cumplimentando la solicitud online y demás información del proyecto en... www.juntadeandalucia.es/innovacioncienciayempresa 2. Presentando la solicitud online mediante firma electrónica o en las gerencias provinciales de la Agencia IDEA u otro registro de las AA.PP. según la legislación vigente. Tramitación de las solicitudes 3. INFORME/ EVALUACIÓN: Gerencia Provincial de Agencia IDEA. 4. PROPUESTA: Comisión de Valoración (provincial o autonómica) 5. PROPUESTA DE RESOLUCIÓN/ RESOLUCIÓN / COMUNICACIÓN : Órgano competente de la Agencia IDEA RESOLUCIÓN EN UN PLAZO MÁXIMO DE 2 MESES
  • 27. ORDEN DE INCENTIVOS DE 9-12-2008 Tramitación de los incentivos Una vez realizada la inversión y/o el gasto por parte del beneficiario dentro del plazo otorgado para ello, comienza el procedimiento de gestión del cobro: 1.- Presentación ante la Gerencia Provincial de IDEA de los JUSTIFICANTES. 2.- PROPUESTA de Cumplimiento de Condiciones: Gerencia Provincial de la Agencia IDEA. 3.- PAGO: Centro Corporativo de la Agencia IDEA. ABONO DEL INCENTIVO EN UN PLAZO MÁXIMO DE 3 MESES
  • 28. ORDEN DE INCENTIVOS DE 9-12-2008 Tramitación de los incentivos Recomendaciones a la hora de cumplimentar la memoria de la solicitud en la herramienta tramitador web: 1. Claridad y concisión en la información requerida. Es clave una buena definición del proyecto, los objetivos del mismo, el desglose de inversiones y la financiación prevista. 2. No inicio del proyecto antes de presentarlo ni carta incentivabilidad. Tres ofertas. Cumplimiento normativa urbanística y medioambiental. Pagos documentados. 3. Hay que rellenar todos los campos precisos. Todos son importantes para el conocimiento del proyecto. 4. Si falta información o cuando no sea suficiente se requerirá mediante subsanación del proyecto. Se solicitará además la documentación adicional que se estime necesaria. Cuando exista error en modalidad, se requerirá subsanación.
  • 29. ORDEN DE INCENTIVOS DE 9-12-2008 Datos en Córdoba ejercicio 2010 PROY. INVERSIÓN INVERSIÓN INCENTIVO EMPLEO A EMPLEO A LÍNEA CATEGORÍA APROB. TOTAL INCENTIVABLE APROBADO MANT. CREAR COOPERACION Proy ectos de Cooperación en Red 1 30.000,00 30.000,00 7.500,00 0 1 SUBTOTAL COOPERACION 1 30.000,00 30.000,00 7.500,00 0 1 CREACION Proy ectos de Emprendedores. Nuev a Empresa 7 332.443,79 318.879,79 94.313,06 8 14 Proy ectos de Innov ación 1 563.600,00 563.600,00 140.900,00 25 9 Prov isión de espacios productiv os, del conocimiento y de serv icios a las empresas 2 282.715,00 250.225,00 112.601,25 1 2 Proy ectos de empresas que articulen el tejido productiv o local 6 1.834.308,08 1.283.549,32 327.019,20 8 25 SUBTOTAL CREACION 16 3.013.066,87 2.416.254,11 674.833,51 42 50 I+D Proy ectos de aplicación del conocimiento ex istente 3 3.042.989,73 2.988.437,73 806.320,44 433 3 Incentiv os para los serv icios de asesoramiento en innov ación (Cheque Innov ación) 21 72.000,00 72.000,00 72.000,00 282 0 Proy ectos de Innov ación Tecnológica 10 3.126.811,98 2.513.240,00 679.679,28 1.385 3 SUBTOTAL I+D+I 34 6.241.801,71 5.573.677,73 1.557.999,72 2.100 6 INNOEMPRESA SI (proy ectos de innov ación en colaboración) 1 160.000,00 160.000,00 80.000,00 3 0 Innov ación organizativ a y gestión av anzada 56 1.778.576,09 1.697.562,85 839.413,63 1.800 0 Innov ación tecnológica y calidad 70 898.417,48 867.227,45 427.115,45 1.250 24 SUBTOTAL INNOEMPRESA 127 2.836.993,57 2.724.790,30 1.346.529,08 3.053 24 MODERNIZACION Proy ectos de Innov ación 7 5.962.046,48 5.914.781,48 1.896.074,88 1.024 2 Prov isión de espacios productiv os, del conocimiento y de serv icios a las empresas 5 867.545,06 706.045,86 252.267,33 27 2 Proy ectos que incorporen T.I.C. Y proy ectos que incorporen serv icios av anzados 64 3.243.715,75 3.144.370,94 1.038.195,86 1.481 1 Proy ectos de empresas que articulen el tejido productiv o local 56 13.970.062,09 13.513.203,38 4.393.304,12 1.223 29 SUBTOTAL MODERNIZACION 132 24.043.369,38 23.278.401,66 7.579.842,19 3.755 34 TOTAL GENERAL 310 36.165.231,53 34.023.123,80 11.166.704,50 8.950 115
  • 30. FONDO TECNOLÓGICO Convenio de con el Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI) • A través de este Convenio se ponen en marcha una serie de servicios de información, asesoramiento, promoción y ayudas a la I+D (asesoramiento recíproco, co-financiación de propuestas de innovación tecnológica, captación de propuestas para el Programa Marco de I+D de la UE, etc.). • Fondo tecnológico: El Consejo Europeo de diciembre de 2005 sobre las Perspectivas Financieras de la Unión Europea para el periodo 2007-2013 establece una dotación adicional específica para España del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder) de 2.000 millones de euros. Con estos recursos se constituye un Fondo Tecnológico para ayudas a la Investigación y el Desarrollo Tecnológico, realizado por y para el tejido empresarial.
  • 31. FEDER-INNTERCONECTA Orden de Bases (BOE 22 de junio de 2011) •Proyectos tractores de I+D+i en cooperación a desarrollar en Andalucía. •Al menos 3 empresas: 1 grande o mediana. Una pequeña.(En consorcio o subcontratada) •Proyectos de 3 años Incentivos a fondo perdido con altas intensidades de ayuda.(En torno al 40%) Prevista Convocatoria Regional •100 M€ de presupuesto total estimados •Mínimo 5 M€ de presupuesto por proyecto
  • 32. JEREMIE ANDALUCÍA. FONDOS REEMBOLSABLES Nuevos instrumentos de apoyo a la actividad productiva de determinados sectores estratégicos de la economía andaluza. La Junta de Andalucía, a través de la Agencia IDEA, ha lanzado distintos programas de apoyo a las empresas enmarcados en el concepto "Fondos Reembolsables". Destacando: (i) La iniciativa JEREMIE "Joint European Resources for Micro to Medium Enterprises", ha sido desarrollada conjuntamente por la Comisión Europea y el FEI (ii) Fondos Reembolsables. Estos Fondos Reembolsables han sido instrumentados en el Convenio entre la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia y la Consejería de Hacienda y Administración Pública, estableciendo a la Agencia IDEA como Entidad Gestora.
  • 33. JEREMIE ANDALUCÍA. FONDOS REEMBOLSABLES Nueva situación: Cambio del Modelo de Ayuda Pública:
  • 34. JEREMIE ANDALUCÍA. FONDOS REEMBOLSABLES Objetivos perseguidos: • Impulsar el desarrollo económico de la región, promoviendo la creación, incremento de la competitividad y globalización de las empresas andaluzas. • Catalizar el cambio del modelo productivo en Andalucía hacia una economía sostenible. Estrategia de inversión: • Fomentar la actividad económica y potenciar el crecimiento y la expansión de las empresas Andaluzas. • Potenciar la productividad y competitividad frente a las necesidades de la globalización. • Apoyo a la creación de nuevas empresas de Base Tecnológica e Innovadoras. • Refuerzo de la estructura financiera de las empresas (Equity) • Fomentar el uso de las energías renovables y la eficiencia energética
  • 35. JEREMIE ANDALUCÍA. FONDOS REEMBOLSABLES Política de financiación: Reembolsables Inversiones en proyectos viables que permitan su retorno en el menor plazo posible. Condiciones de Mercado Se aplicarán condiciones financieras de mercado. En diferenciales y rentabilidades. El interés será determinado en base al análisis de riesgo del solicitante, más el ajuste necesario como consecuencia de la evaluación de las garantías aportadas. Garantías y Colateralidad En su caso, se solicitarán garantías para marcar su carácter reembolsable. Subsidiariedad No se asumirán inversiones que puedan ser atendidas por entidades financieras.
  • 36. JEREMIE ANDALUCÍA Estrategia de inversión - Creación de empresas tractoras en sectores claves para Andalucía. - Inversión en empresas de alto potencial de crecimiento con ventajas competitivas para convertirlas en "lideres globales". - Reforzar la estructura financiera para facilitar la expansión internacional de la empresa andaluza. Fines perseguidos - Catalizar el cambio del modelo productivo en Andalucía hacia una economía sostenible. - Potenciar la productividad y competitividad frente a las necesidades de la globalización. - Crear un efecto multiplicador de la inversión. Desarrollar el capital humano de las empresas en Andalucía y ofrecer un desarrollo profesional para el talento mas preparado. Tipología: Jeremie Multiinstrumento y Jeremie Capital Riesgo.
  • 37. JEREMIE ANDALUCÍA Empresas destinatarias Empresas, preferentemente pymes, domiciliadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía. o, Proyectos desarrollados en Andalucía. Limitaciones / Excepciones -No podrán ser destinatarios de las inversiones empresas en situación de crisis, de acuerdo con lo establecido en las directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis. -Queda excluido el sector agroalimentario, y otros sectores regulados por normativa específica. -Son de aplicación las limitaciones de fondos FEDER. -Aplica la normativa sobre "Ayudas de Estado".
  • 38. FONDO DE APOYO AL DESARROLLO EMPRESARIAL Se destinará a proyectos empresariales viables en dos ámbitos: el impulso emprendedor y la consolidación y expansión empresarial. Los destinatarios del impulso emprendedor serán empresas que se encuentren en fase de semilla / arranque, con alto potencial innovador y de crecimiento, fundamentalmente en aquellos sectores determinados como preferentes y para proyectos de impulso emprendedor. Los destinatarios de la consolidación y expansión empresarial serán empresas que presenten un plan de negocio orientado a la expansión y globalización, con la finalidad de obtener un liderazgo en los mercados globales contribuyendo al desarrollo económico de Andalucía. Empresas destinatarias -Las empresas destinatarias podrán adoptar cualquier forma jurídica, a excepción del empresario individual, las SC y las CB. -Deberán tener domicilio social o contar con centros operativos en Andalucía.
  • 39. FONDO DE APOYO AL DESARROLLO EMPRESARIAL Limitaciones / Excepciones -No podrán ser destinatarios el empresario individual, las SC ni CB. -No podrán ser destinatarias empresas en crisis. -No podrán ser destinatarios las empresas participadas en más de un 25% por la Administración Pública o Entidades Públicas. -Deben estar al corriente con S.S. y Hacienda. -Quedan excluidas las refinanciaciones de pasivo de naturaleza bancaria -Los proyectos presentados a este Fondo no podrán recibir apoyo de los restantes fondos sin personalidad jurídica. -Las destinatarias de los instrumentos de financiación previstos en el Fondo no podrán recibir para el mismo objeto, financiación o incentivos que acumulados resulten en una sobre financiación del proyecto
  • 40. FONDO DE APOYO AL DESARROLLO EMPRESARIAL Instrumentos financieros -Los instrumentos financieros que se podrán aprobar con cargo al Fondo podrán ser préstamos ordinarios, préstamos participativos, toma de participaciones temporales y minoritarias de capital y otorgamiento de garantías. -Las operaciones que se aprueben con cargo al Fondo se efectuarán en condiciones de mercado y tendrán carácter reembolsable, sin que en ningún caso puedan tener la consideración de subvenciones o ayudas públicas. -La financiación máxima con cargo al Fondo será establecida por el gestor en cada proyecto, no pudiendo superar el 70% de las necesidades totales del proyecto. El importe mínimo de financiación dependerá del instrumento financiero, ascendiendo a 200.000 euros en operaciones de Préstamos ordinarios y Avales, 150.000 euros en caso de Préstamos Participativos a empresas en fase semilla, 500.000 euros para Préstamos Participativos a empresas en fase de expansión y 300.000 euros en operaciones de entrada en capital. Dotación La dotación presupuestaria para este fondo es de 204 millones de euros.
  • 41. FONDO DE ECONOMÍA SOSTENIBLE El Fondo de Economía Sostenible tiene como finalidad facilitar la financiación, preferentemente, a microempresas para iniciativas emprendedoras en aquellos proyectos que contribuyan de manera especial al logro de los objetivos de sostenibilidad social, económica o medioambiental y la creación o mantenimiento de empleo en Andalucía. Empresas destinatarias -Las entidades destinatarias de los instrumentos financieros del Fondo de Economía Sostenible para Andalucía serán, preferentemente, las microempresas. -Deberán tener domicilio social o contar con centros operativos en Andalucía.
  • 42. FONDO DE ECONOMÍA SOSTENIBLE Limitaciones / Excepciones -No podrán ser destinatarios el empresario individual, las SC ni CB. -No podrán ser destinatarias empresas en crisis. -No podrán ser destinatarios las empresas participadas en más de un 25% por la Administración Pública o Entidades Públicas. -Deben estar al corriente con S.S. y Hacienda. -Quedan excluidas las refinanciaciones de pasivo de naturaleza bancaria -Los proyectos presentados a este Fondo no podrán recibir apoyo de los restantes fondos sin personalidad jurídica. -Las destinatarias de los instrumentos de financiación previstos en el Fondo no podrán recibir para el mismo objeto, financiación o incentivos que acumulados resulten en una sobre financiación del proyecto
  • 43. FONDO DE ECONOMÍA SOSTENIBLE Instrumentos financieros -Los instrumentos financieros que se podrán aprobar con cargo a los Fondos podrán ser préstamos ordinarios, préstamos participativos y otorgamiento de garantías. -Las operaciones que se aprueben con cargo al Fondo se efectuarán en condiciones de mercado y tendrán carácter reembolsable, sin que en ningún caso puedan tener la consideración de subvenciones o ayudas públicas. -La financiación máxima con cargo al Fondo será establecida por el gestor en cada proyecto, no pudiendo superar el 80% de las necesidades totales del proyecto. El rango de inversión asciende desde un importe mínimo de 20.000 euros hasta un máximo de 200.000 euros. Dotación La dotación presupuestaria para este fondo es de 50 millones de euros.
  • 44. FONDO PARA EL IMPULSO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES Y LA EFICIENCIA ENERGÉTICA El Fondo para el impulso de las energías renovables y la eficiencia energética financiará actuaciones en materia de energías renovables y eficiencia energética, apoyando, preferentemente, los siguientes tipos de proyectos: a) La mejora de la eficiencia energética en procesos productivos o equipos. b) La reducción del consumo energético en los edificios y sus instalaciones. c) El ahorro energético en flotas de transporte de pasajeros o mercancías, incluyendo las inversiones en sistemas tecnológicos y aplicaciones. d) La generación y uso de energía térmica mediante instalaciones de energías renovables. e) Los sistemas de cogeneración y trigeneración y las instalaciones para el aprovechamiento de los calores residuales. f) Los proyectos presentados por empresas de servicios energéticos Empresas destinatarias Las entidades destinatarias de los instrumentos financieros de este Fondo serán preferentemente microempresas, pequeñas y medianas empresas andaluzas. Las empresas deberán tener domicilio social o contar con centros operativos en Andalucía. Podrán adoptar cualquier forma jurídica, incluso empresario individual.
  • 45. FONDO PARA EL IMPULSO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES Y LA EFICIENCIA ENERGÉTICA Limitaciones / Excepciones -No podrán ser destinatarias empresas en crisis. -No podrán ser destinatarios las empresas participadas en más de un 25% por la Administración Pública o Entidades Públicas. -Deben estar al corriente con S.S. y Hacienda. -Quedan excluidas las refinanciaciones de pasivo de naturaleza bancaria -Los proyectos presentados a este Fondo no podrán recibir apoyo de los restantes fondos sin personalidad jurídica. -Las destinatarias de los instrumentos de financiación previstos en el Fondo no podrán recibir para el mismo objeto, financiación o incentivos que acumulados resulten en una sobre financiación del proyecto
  • 46. FONDO PARA EL IMPULSO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES Y LA EFICIENCIA ENERGÉTICA Instrumentos financieros -Los instrumentos financieros que se podrán aprobar con cargo al Fondo podrán ser préstamos ordinarios, préstamos participativos y otorgamiento de garantías. -Las operaciones que se aprueben con cargo al Fondo se efectuarán en condiciones de mercado y tendrán carácter reembolsable, sin que en ningún caso puedan tener la consideración de subvenciones o ayudas públicas. -La financiación máxima con cargo al Fondo será establecida por el gestor en cada proyecto, no pudiendo superar el 70% de las necesidades totales del proyecto. El rango de inversión asciende desde un importe mínimo de 20.000 euros hasta un máximo de 2.000.000 euros. Dotación La dotación presupuestaria para este fondo es de 30 millones de euros.
  • 47. FONDO PARA EMPRENDEDORES TECNOLÓGICOS El Fondo para Emprendedores Tecnológicos, se destinará a atender la cobertura económica en la financiación de nuevas empresas innovadoras y tecnológicas de elevado potencial, con el objetivo de impulsar el espíritu emprendedor y promover la creación y consolidación de nuevas empresas tecnológicas en Andalucía. Empresas destinatarias -Los destinatarios de este Fondo serán emprendedores y empresas que presenten un plan de negocio orientado a la puesta en marcha, o al crecimiento y expansión, de una empresa innovadora y/o tecnológica en fase semilla o arranque, con alto potencial de crecimiento, con nuevos productos o servicios para su introducción en mercados globales y que opere fundamentalmente en sectores industriales de alta tecnología o emergentes. -Preferentemente, microempresas y pequeñas empresas con menos de 4 años de existencia. -Deberán tener domicilio social o contar con centros operativos en Andalucía.
  • 48. FONDO PARA EMPRENDEDORES TECNOLÓGICOS Limitaciones / Excepciones -No podrán ser destinatarios las SC ni CB. -No podrán ser destinatarias empresas en crisis. -No podrán ser destinatarios las empresas participadas en más de un 25% por la Administración Pública o Entidades Públicas. -Deben estar al corriente con S.S. y Hacienda. -Quedan excluidas las refinanciaciones de pasivo de naturaleza bancaria -Los proyectos presentados a este Fondo no podrán recibir apoyo de los restantes fondos sin personalidad jurídica. -Las destinatarias de los instrumentos de financiación previstos en el Fondo no podrán recibir para el mismo objeto, financiación o incentivos que acumulados resulten en una sobre financiación del proyecto
  • 49. FONDO PARA EMPRENDEDORES TECNOLÓGICOS Instrumentos financieros -Los instrumentos financieros que se podrán aprobar con cargo a los Fondos podrán ser préstamos participativos y participaciones en capital. -Las operaciones que se aprueben con cargo al Fondo se efectuarán en condiciones de mercado y tendrán carácter reembolsable, sin que en ningún caso puedan tener la consideración de subvenciones o ayudas públicas. -La financiación máxima con cargo al Fondo será establecida por el gestor en cada proyecto, no pudiendo superar el 90% de las necesidades totales del proyecto. El rango de inversión asciende desde un importe mínimo de 150.000 euros hasta un máximo de 500.000 euros. Dotación La dotación presupuestaria para este fondo es de 20 millones de euros.
  • 50. FONDO DE GENERACIÓN DE ESPACIOS PRODUCTIVOS El Fondo para la Generación de Espacios Productivos, se destinará a proyectos viables en dos ámbitos de actuación: a) la generación ó cualificación de suelo industrial y terciario, excluyendo aquellos suelos con uso dominante comercial b) la generación o cualificación de edificaciones para uso predominante industrial o de servicios, con exclusión de aquellos con uso predominantemente comercial. El Fondo apoyará, de manera preferente, los proyectos que: -Cualifiquen con equipamientos (Energía, TIC, seguridad, agua, depuración, etc..) y servicios competitivos a los suelos y edificios ya existentes -Provean suelo o techo con dotaciones competitivas allí donde exista una demanda efectiva no satisfecha, promoviendo instalaciones y espacios que desempeñen funciones económicas relevantes de ámbito supralocal -Fortalezcan los espacios de mayor interés para el fomento de los sectores estratégicos priorizados por la Junta de Andalucía -Provoquen efectos catalizadores en la rehabilitación de espacios productivos tradicionales
  • 51. FONDO DE GENERACIÓN DE ESPACIOS PRODUCTIVOS Empresas destinatarias -Las empresas que tengan un objeto social compatible con la promoción de espacios destinados a usos productivos. -Deberán tener domicilio social o contar con centros operativos en Andalucía Limitaciones / Excepciones -No podrán ser destinatarios los autónomos ni las SC ni CB. -No podrán ser destinatarias empresas en crisis. -Deben estar al corriente con S.S. y Hacienda. -Quedan excluidas las refinanciaciones de pasivo de naturaleza bancaria -Los proyectos presentados a este Fondo no podrán recibir apoyo de los restantes fondos sin personalidad jurídica. -Las destinatarias de los instrumentos de financiación previstos en el Fondo no podrán recibir para el mismo objeto, financiación o incentivos que acumulados resulten en una sobre financiación del proyecto.
  • 52. FONDO DE GENERACIÓN DE ESPACIOS PRODUCTIVOS Instrumentos financieros -Los instrumentos financieros que se podrán aprobar con cargo a los Fondos podrán ser préstamos ordinarios y otorgamiento de garantías. -Las operaciones que se aprueben con cargo al Fondo se efectuarán en condiciones de mercado y tendrán carácter reembolsable, sin que en ningún caso puedan tener la consideración de subvenciones o ayudas públicas. -La financiación máxima con cargo al Fondo será establecida por el gestor en cada proyecto, no pudiendo superar el 70% de las necesidades totales del proyecto. El rango de inversión asciende desde un importe mínimo de 100.000 euros hasta un máximo de 4.000.000 euros. Dotación La dotación presupuestaria para este fondo es de 50 millones de euros.
  • 54.
  • 55. OTROS FONDOS La Ley 3/2008, de 23 de diciembre y posteriormente el DECRETO 99/2009, de 27 de abril regulan los siguientes Fondos: • Fondo de apoyo a las Pymes Agroalimentarias. • Fondo de apoyo a las Pymes de Industrias Culturales. • Fondo de apoyo a la Internacionalización de la Economía Andaluza. • Fondo de apoyo a las Pymes Turísticas y Comerciales. Entidad colaboradora: Agencia IDEA
  • 56. FONDO PYMES AGROALIMENTARIAS Importe por Operación Instrument Volumen Destinatarios Enfoque sectorial % Mín Max Financieros finan Empresas que realicen actividades de transformación y/o comercialización de productos alimentarios derivados - Préstamo Fondo Ordinario del sector primario, así como las Pymes 120 MM € - Forma jurídica: entidades de producción primaria No 10 80% - Préstamo Agroali- cualquiera siempre y cuando su producción existe mill. € Participativo alimentaria esté vinculada - Aval mentarias indisolublemente a su inmediata - Capital transformación y comercialización Entidad Gestora: AGAPA-Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía
  • 57. FONDO INDUSTRIAS CULTURALES Importe por Operación Enfoque Instrument Volumen Destinatarios % sectorial Mín Max Financieros finan Limitado a empresas - Préstamo Culturales: Fondo - Preferentemente PYME Creación, Ordinario - Forma jurídica: cualquiera 6.000 600 - Préstamo Industrias 10 MM € - No empresas publicas (<25% producción o € mil € 100% Participativo distribución de Culturales capital público) productos / - Aval - Capital servicios culturales. Entidad Gestora: INSTITUTO ANDALUZ DE LAS ARTES Y LAS LETRAS (CONSEJERIA DE CULTURA)
  • 58. FONDO APOYO A LA INTERNACIONALIZACIÓN Importe por Enfoque Operación Instrumentos Volumen Destinatarios sectorial Financieros Mín Max % fin - Preferentemente PYME - Forma jurídica: cualquiera, No. Fondo Apoyo a excepto CB y sociedades civiles Proyectos - Préstamo 12 mil 500 la Internaciona- 30 MM € - No crisis / Cumplimiento ligados a la € mil € 100% Ordinario lización obligaciones tributarias internacionaliza- - Aval - No empresas publicas (<25% ción . capital público) Entidad Gestora: EXTENDA-Agencia Andaluza de Promoción Exterior, S.A.
  • 59.
  • 60. OTROS FONDOS La disposición adicional decimotercera de la Ley 12/2010, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2011, ha creado el: • Fondo para la Reestructuración Financiera de Empresas Finalidad: cobertura económica en la financiación de planes de viabilidad y de reestructuración que promuevan la consolidación del tejido empresarial, acogidos al Programa de Ayudas a Empresas Viables con dificultades coyunturales en Andalucía. Dotación presupuestaria: 70 millones de euros.
  • 61. EMPRESAS VIABLES CON DIFICULTADES COYUNTURALES ORDEN de 23 de mayo de 2011, por la que se modifica la de 5 de noviembre de 2008, por la que se establecen las bases reguladoras del programa de ayudas a empresas viables con dificultades coyunturales en Andalucía (BOJA 107, de 2 de junio). Beneficiarios: empresas con sede social efectiva de su actividad y/o establecimiento operativo principal en Andalucía que, siendo viables desde el punto de vista empresarial, están en situación de crisis coyuntural y estén dispuestas a adoptar las medidas necesarias para superarla (MODALIDADES: SALVAMENTO Y REESTRUCTURACIÓN), o aquellas empresas que, no encontrándose en crisis, están afectadas por la escasez o indisponibilidad crediticia como consecuencia de la contracción del crédito (MODALIDAD: AYUDAS TEMPORALES). Tipo de ayuda: AVAL, preferentemente (cobertura: 80%). Vigencia: hasta 9 de octubre 2012 en las modalidades de Salvamento y Reestructuración. Hasta 31 de diciembre de 2011 para la modalidad de Ayudas temporales.
  • 62. ACUERDO ENISA-IDEA. FINANCIACIÓN DE PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS INNOVADORAS EN ANDALUCÍA La Agencia IDEA y Enisa -empresa adscrita al Ministerio de Industria Turismo y Comercio, a través de la Dirección General de Política de la Pequeña y Mediana Empresa-, han establecido un marco de colaboración para la financiación de pequeñas y medianas empresas innovadoras andaluzas con objeto de ampliar y mejorar el apoyo financiero a las mismas. Este acuerdo está dotado con 15 millones de euros con cargo al Fondo Tecnológico. Empresas destinatarias 1.1. Ser pequeña y mediana empresa, conforme a la definición recogida en el anexo I del Reglamento de la Comisión Europea nº 800/2008, de 6 de agosto y con forma societaria. 1.2. Estar enmarcada en cualquier sector de actividad, excepto el inmobiliario y financiero. 1.3. Presentar un plan de negocio técnica, económica y financieramente viable. 1.4. Contar con estados financieros auditados y/o cuentas depositadas en el registro, en el caso de no ser una empresa de nueva creación. 1.5. Ser una empresa con sede y actividad principal en Andalucía. 1.6. Se consideran empresas innovadoras aquellas que desarrollen proyectos o actividades cuyo resultado suponga un avance en la obtención de nuevos productos, procesos, servicios o la mejora sustancial de los ya existentes.
  • 63. ACUERDO ENISA-IDEA. FINANCIACIÓN DE PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS INNOVADORAS EN ANDALUCÍA Instrumentos financieros -Las empresas beneficiarias podrán recibir financiación mediante la concesión de préstamos participativos de entre 100.000 y 1.500.000 euros, con las siguientes características: •Vencimiento a largo plazo (entre 5 y 9 años). •Largo periodo de carencia (entre 3 y 7 años). •Tipo de interés en función de los resultados de la empresa beneficiaria, con un mínimo y un máximo. •Rango de exigibilidad subordinado a cualquier otro crédito u obligación de la prestataria, situándose justo delante de los socios. •Sin garantías adicionales a las que aporta el propio proyecto empresarial.
  • 64. OTROS SERVICIOS Servicios Avanzados: Propiedad Industrial y Red PIDI. Servicio de información, asesoramiento, gestión de la innovación y de la propiedad industrial que ofrece la Agencia IDEA con el objetivo de contribuir al desarrollo tecnológico y a la competitividad de las empresas andaluzas. Servicios: I.- INNOVACIÓN TECNOLÓGICA: Información y asesoramiento sobre los recursos tecnológicos existentes en cada sector industrial en Empresas, Centros de investigación y Universidades, Parques Tecnológicos y otras Instituciones relacionadas con la I+D+i. II.- TRANSFERENCIA DE TECNOLOGÍA: Servicio de búsqueda de socios para proyectos innovadores, gestión de ofertas y demandas de tecnologías, tanto nacionales como internacionales. Asesoramiento sobre legislación y contratos de transferencia de tecnología. III.- PROPIEDAD INDUSTRIAL: Asesoramiento, tramitación y recepción de las solicitudes de registro de patentes y marcas, así como de cualquier otro trámite del procedimiento de concesión de los títulos de propiedad industrial. El registro de documentación llevado a cabo por la Agencia tendrá los mismos efectos que el realizado en el registro general de la OEPM. IV. Punto Red PIDI.
  • 65. CONTACTO Gerencia de la Agencia IDEA en Córdoba: - Localización: Plaza Cardenal Toledo, 6 bajo, 14001 Córdoba. - Telf: 957 005 000 - Fax: 957 005 011 - E-mail: cordoba@agenciaidea.es
  • 66. INCENTIVOS E INSTRUMENTOS FINANCIEROS DE LA AGENCIA IDEA FECHA: Julio 2011