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BREVE ANALISIS CRITICO DEL ARTICULO TERCERO CONSTUTUCIONAL 
LEGISLACIÓN FEDERAL (VIGENTE AL 22 DE AGOSTO DE 2014) 
CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS 
Presentado por: 
YOLANDA HERNANDEZ VALDERRAMA 
ARTÍCULO TERCERO CONSTITUCIONAL. PRIMER PÁRRAFO. 
ORACIÓN POR ORACIÓN 
TRABAJO QUE EXPONE EL FORMATO APA 
MAESTRIA EN EDUCACAIÓN 
MÉXICO 
2014
2 
TABLA DE CONTENIDO 
1. ARTICULO 3°PRIMER PARRAFO 1 ............................................................................. 4 
2. El estado…………………………………………………………………………………6 
3. Obligatoria………………………………………………………………………………7 
4. FIGURAS. LA LEY, ARTICULO 3………………………………………………………………………………………………….8 
Referencias ......................................................................................................................... 88
3 
TABLA DE ILUSTRACIONES
4 
1. ARTICULO TERCERO CONSTITUCIONAL 
Educación termino increíblemente no definido en muestra Constitución Política Mexicana. 
Por esto mi inquietud de tratar de entender el artículo 3° Constitucional que de primera instancia 
suena maravilloso. Pero después de leerlo y buscar su sentido queda ambiguo e incluso 
inalcanzable. Pero leamos como se encuentra actualmente, en nuestra legislación federal vigente: 
Artículo 3. Todo individuo tiene derecho a recibir educación. El estado –federación, estados, 
distrito federal y municipios–, impartirá educación preescolar, primaria, secundaria y media 
superior. La educación preescolar, primaria y secundaria conforman la educación básica; esta y la 
media superior serán obligatorias. (Reformado mediante decreto publicado en el diario oficial de 
la federación el 9 de febrero de 2012) Legislación Federal (vigente al 22 de agosto de 2014) 
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos 
título primero capítulo I de los derechos humanos y sus garantías (capítulo cambio de 
denominación, mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 10 de junio de 
2011) http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/htm/1.htm. 
Veamos frase por frase este “Artículo 3 todo individuo tiene derecho a recibir educación”, 
¿todo individuo? Pero estas limitado por la edad, menores de tres años ya no están en este rango, 
y qué decir de los jóvenes, que alcanzar entrar a una opción de nivel medio superior y que están 
condicionados a un examen de selección. Y que pasa con todos aquellos que viven en provincia 
en las sierras o en lo más alejado de las áreas urbanas, nuestros indígenas niños jóvenes o adultos. 
Se cumple este artículo 3° y Que pasa cuando lo unimos al artículo 2°en su apartado B fracción 5. 
Que dice sobre el derecho de los pueblos indígenas:” II. Garantizar e incrementar los niveles de 
escolaridad, favoreciendo la educación bilingüe e intercultural, la alfabetización, la conclusión de
5 
la educación básica, la capacitación productiva y la educación media superior y superior. 
Establecer un sistema de becas para los estudiantes indígenas en todos los niveles. Definir y 
desarrollar programas educativos de contenido regional que reconozcan la herencia cultural de 
sus pueblos, de acuerdo con las leyes de la materia y en consulta con las comunidades indígenas. 
Impulsar el respeto y conocimiento de las diversas culturas existentes en la nación. 
(Reformada mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 14 de agosto de 
2001) y nuevamente me pregunto ¿queda garantizada incrementar los niveles de escolaridad…? 
cuando no se les ha garantizado aún los niveles mínimos de vida. 
Y el derecho de todos aquellos niños que están lavando carros, o pidiendo limosna o 
pintados de payasos que bailan todos los días en los cruceros. Y qué decir de los que hoy están en 
boca de todos porque estaban en centros de “apoyo en casas hogar como los de “mamá Rosa” o 
nuestros niños migrantes, que desde los ocho años ya están viajando solos a loa Estados Unidos 
para mantener a sus familias; o aquellos a los que les cortaron sus sueños y fueron raptados, 
secuestrados o vendidos y hoy son víctimas de prostitución, de abuso sexual, de pornografía, de 
trata, de turismo sexual y que nadie atiende sus derechos ¿por qué? La respuesta es clara y muy 
difundida “estos niños no votan” “no forman parte de los partidos políticos” 
En la fracción quinta de este articulo también nos dice: ”V. Además de impartir la educación 
preescolar, primaria, secundaria y media superior, señaladas en el primer párrafo, el estado 
promoverá y atenderá todos los tipos y modalidades educativos –incluyendo la educación inicial 
y a la educación superior– necesarios para el desarrollo de la nación, apoyara la investigación 
científica y tecnológica, y alentara el fortalecimiento y difusión de nuestra cultura; 
(reformada mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 9 de febrero de 
2012) y la pregunta vuelva a ser la misma y todos aquellos que quedan en una escuela o 
universidad por que no cubrieron con una evaluación que los selecciono en ¿dónde están sus
6 
derechos? en escuelas o “universidades de paga” ¿pero? Y los niños pobres o los que cuentan 
con capacidades especiales dónde están sus derechos, y todos aquellos que ya mencione por qué 
están excluidos, ¿es un derecho que no vale igual para todos?¿ Acaso es un derecho de palabra 
pero que carece de forma y de fondo real? 
2. E1 Estado… 
Segunda oración. Cuando se dice en EL Artículo 3° que: El estado –federación, estados, 
distrito federal y municipios–, impartirá educación preescolar, primaria, secundaria y media 
superior me vuelvo a cuestionar ¿acaso no falta la frase mediante los docentes, maestros o 
instructores, el estado como tal no imparte educación somos los maestros los que tenemos en 
nuestras manos las educación y si sumamos al párrafo primero el segundo párrafo para entender 
porque es inquietante esto tenemos 
Estamos todos de acuerdo que los docentes forman pare de la de la institución y reconocer 
institucionalmente su función es primordial, en el párrafo dos nos dice: “La educación que 
imparta el estado tendera a desarrollar armónicamente, todas las facultades del ser humano y 
fomentara en él, a la vez, el amor a la patria, el respeto a los derechos humanos y la conciencia de 
la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia.” (Reformado mediante decreto 
publicado en el diario oficial de la federación el 10 de junio de 2011) El estado garantizara la 
calidad en la educación obligatoria de manera que los materiales y métodos educativos, la 
organización escolar, la infraestructura educativa y la idoneidad de los docentes y los directivos 
garanticen el máximo logro de aprendizaje de los educandos. (Adicionado mediante decreto 
publicado en el diario oficial de la federación el 26 de febrero de 2013)
7 
¿Acaso el estado como tal puede desarrollar armónicamente todas las facultades del ser 
humano?; ¿El estado fomenta por el solo el amor a la Patria?; y ¿el respeto a los derechos 
humanos se da con el respeto a todos los ciudadanos que integramos la Nación Mexicana? y es 
esa la función de los maestros, y no sucede que aun habría que definir quién es el maestro, lo que 
se espera de él. Las funciones reales y que estas funciones están aún más allá de cumplir con un 
título y una cedula profesional, están en el verdadero amor a la patria en la función ancestral del 
maestro quien daba su vida por enseñar y por educar e a sus alumnos, pues se requiere del ser 
humano para enseñar lo que corresponde al ser humano, calidad y amor. 
3.Obligatorias 
Tercera oración del primer párrafo. …“La educación preescolar, primaria y secundaria 
conforman la educación básica; esta y la media superior serán obligatorias”. (Reformado 
mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 9 de febrero de 2012). 
El anterior párrafo está claramente separado por un punto de las oraciones anteriores y 
marca muy objetivamente que no es obligatorio por parte del estado impartir estos niveles 
educativos, muy por el contrario la educación es obligatoria tenerla para todos los individuos en 
México. Tan sólo se marca que estos cuatro niveles de escolaridad ya son obligatorios cursarlos, 
por todo individuo que este en nuestro país. Es un derecho (tener educación) pero no es una 
obligación impartirla por él estado; el estado lo impartirá educación, pero no de manera 
obligatoria ni exclusiva, Hoy por ejemplo, se está solicitando que como mínimo para tener la 
oportunidad de competir o aspirar a un trabajo, “prácticamente de lo que sea” se requiere tener 
como mínimo de escolaridad marcada: la preparatoria terminada, pero si tu no pudiste tener esos 
estudios por cualquier motivo, será exclusivamente tu responsabilidad y no la del estado. Y desde
8 
aquí tan solo con el primer párrafo ligeramente analizado nos podemos dar cuenta que la 
educación en México no es como nos la hacían creer, sigue dejando mucho que decir y mucho 
que pensar y analizar. 
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/htm/1.htm. 
Referencias 
REFERENCIAS. 
Bauman, Z. (2007). Miedo líquido. La sociedad contemporánea y sus temores. México. 
Paidós. 
Escámez, J. (s/f). La enseñanza de actitudes y valores. Ed. Nau llibres. Barcelona. 
Fierro, C. y P. Carbajal. (2003). Mirar la práctica docente desde los valores. México. 
GEDISA. 
Latapí, P. (1999). La moral regresa a la escuela. México. Ed. IISUE-UNAM-Plaza y 
Valdéz. 
Latapí, P. (2001). “Valores y Educación”. En: Ingenierías. Vol. IV. No. 11. Monterrey. 
Universidad Autónoma de Nuevo León. 
www.ingenierias.uanl.mx/11/.../11_Pablo_Latapi_Valores_y_educacion.pdf 
Recuperado el 20 de agosto de 2011. 
Latapí, P. (2009). Finale prestissimo. Pensamientos, vivencias y testimonios. México.

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POLÍTICA EDUCATIVA CON APA

  • 1. 1 BREVE ANALISIS CRITICO DEL ARTICULO TERCERO CONSTUTUCIONAL LEGISLACIÓN FEDERAL (VIGENTE AL 22 DE AGOSTO DE 2014) CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Presentado por: YOLANDA HERNANDEZ VALDERRAMA ARTÍCULO TERCERO CONSTITUCIONAL. PRIMER PÁRRAFO. ORACIÓN POR ORACIÓN TRABAJO QUE EXPONE EL FORMATO APA MAESTRIA EN EDUCACAIÓN MÉXICO 2014
  • 2. 2 TABLA DE CONTENIDO 1. ARTICULO 3°PRIMER PARRAFO 1 ............................................................................. 4 2. El estado…………………………………………………………………………………6 3. Obligatoria………………………………………………………………………………7 4. FIGURAS. LA LEY, ARTICULO 3………………………………………………………………………………………………….8 Referencias ......................................................................................................................... 88
  • 3. 3 TABLA DE ILUSTRACIONES
  • 4. 4 1. ARTICULO TERCERO CONSTITUCIONAL Educación termino increíblemente no definido en muestra Constitución Política Mexicana. Por esto mi inquietud de tratar de entender el artículo 3° Constitucional que de primera instancia suena maravilloso. Pero después de leerlo y buscar su sentido queda ambiguo e incluso inalcanzable. Pero leamos como se encuentra actualmente, en nuestra legislación federal vigente: Artículo 3. Todo individuo tiene derecho a recibir educación. El estado –federación, estados, distrito federal y municipios–, impartirá educación preescolar, primaria, secundaria y media superior. La educación preescolar, primaria y secundaria conforman la educación básica; esta y la media superior serán obligatorias. (Reformado mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 9 de febrero de 2012) Legislación Federal (vigente al 22 de agosto de 2014) Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos título primero capítulo I de los derechos humanos y sus garantías (capítulo cambio de denominación, mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 10 de junio de 2011) http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/htm/1.htm. Veamos frase por frase este “Artículo 3 todo individuo tiene derecho a recibir educación”, ¿todo individuo? Pero estas limitado por la edad, menores de tres años ya no están en este rango, y qué decir de los jóvenes, que alcanzar entrar a una opción de nivel medio superior y que están condicionados a un examen de selección. Y que pasa con todos aquellos que viven en provincia en las sierras o en lo más alejado de las áreas urbanas, nuestros indígenas niños jóvenes o adultos. Se cumple este artículo 3° y Que pasa cuando lo unimos al artículo 2°en su apartado B fracción 5. Que dice sobre el derecho de los pueblos indígenas:” II. Garantizar e incrementar los niveles de escolaridad, favoreciendo la educación bilingüe e intercultural, la alfabetización, la conclusión de
  • 5. 5 la educación básica, la capacitación productiva y la educación media superior y superior. Establecer un sistema de becas para los estudiantes indígenas en todos los niveles. Definir y desarrollar programas educativos de contenido regional que reconozcan la herencia cultural de sus pueblos, de acuerdo con las leyes de la materia y en consulta con las comunidades indígenas. Impulsar el respeto y conocimiento de las diversas culturas existentes en la nación. (Reformada mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 14 de agosto de 2001) y nuevamente me pregunto ¿queda garantizada incrementar los niveles de escolaridad…? cuando no se les ha garantizado aún los niveles mínimos de vida. Y el derecho de todos aquellos niños que están lavando carros, o pidiendo limosna o pintados de payasos que bailan todos los días en los cruceros. Y qué decir de los que hoy están en boca de todos porque estaban en centros de “apoyo en casas hogar como los de “mamá Rosa” o nuestros niños migrantes, que desde los ocho años ya están viajando solos a loa Estados Unidos para mantener a sus familias; o aquellos a los que les cortaron sus sueños y fueron raptados, secuestrados o vendidos y hoy son víctimas de prostitución, de abuso sexual, de pornografía, de trata, de turismo sexual y que nadie atiende sus derechos ¿por qué? La respuesta es clara y muy difundida “estos niños no votan” “no forman parte de los partidos políticos” En la fracción quinta de este articulo también nos dice: ”V. Además de impartir la educación preescolar, primaria, secundaria y media superior, señaladas en el primer párrafo, el estado promoverá y atenderá todos los tipos y modalidades educativos –incluyendo la educación inicial y a la educación superior– necesarios para el desarrollo de la nación, apoyara la investigación científica y tecnológica, y alentara el fortalecimiento y difusión de nuestra cultura; (reformada mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 9 de febrero de 2012) y la pregunta vuelva a ser la misma y todos aquellos que quedan en una escuela o universidad por que no cubrieron con una evaluación que los selecciono en ¿dónde están sus
  • 6. 6 derechos? en escuelas o “universidades de paga” ¿pero? Y los niños pobres o los que cuentan con capacidades especiales dónde están sus derechos, y todos aquellos que ya mencione por qué están excluidos, ¿es un derecho que no vale igual para todos?¿ Acaso es un derecho de palabra pero que carece de forma y de fondo real? 2. E1 Estado… Segunda oración. Cuando se dice en EL Artículo 3° que: El estado –federación, estados, distrito federal y municipios–, impartirá educación preescolar, primaria, secundaria y media superior me vuelvo a cuestionar ¿acaso no falta la frase mediante los docentes, maestros o instructores, el estado como tal no imparte educación somos los maestros los que tenemos en nuestras manos las educación y si sumamos al párrafo primero el segundo párrafo para entender porque es inquietante esto tenemos Estamos todos de acuerdo que los docentes forman pare de la de la institución y reconocer institucionalmente su función es primordial, en el párrafo dos nos dice: “La educación que imparta el estado tendera a desarrollar armónicamente, todas las facultades del ser humano y fomentara en él, a la vez, el amor a la patria, el respeto a los derechos humanos y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia.” (Reformado mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 10 de junio de 2011) El estado garantizara la calidad en la educación obligatoria de manera que los materiales y métodos educativos, la organización escolar, la infraestructura educativa y la idoneidad de los docentes y los directivos garanticen el máximo logro de aprendizaje de los educandos. (Adicionado mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 26 de febrero de 2013)
  • 7. 7 ¿Acaso el estado como tal puede desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano?; ¿El estado fomenta por el solo el amor a la Patria?; y ¿el respeto a los derechos humanos se da con el respeto a todos los ciudadanos que integramos la Nación Mexicana? y es esa la función de los maestros, y no sucede que aun habría que definir quién es el maestro, lo que se espera de él. Las funciones reales y que estas funciones están aún más allá de cumplir con un título y una cedula profesional, están en el verdadero amor a la patria en la función ancestral del maestro quien daba su vida por enseñar y por educar e a sus alumnos, pues se requiere del ser humano para enseñar lo que corresponde al ser humano, calidad y amor. 3.Obligatorias Tercera oración del primer párrafo. …“La educación preescolar, primaria y secundaria conforman la educación básica; esta y la media superior serán obligatorias”. (Reformado mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 9 de febrero de 2012). El anterior párrafo está claramente separado por un punto de las oraciones anteriores y marca muy objetivamente que no es obligatorio por parte del estado impartir estos niveles educativos, muy por el contrario la educación es obligatoria tenerla para todos los individuos en México. Tan sólo se marca que estos cuatro niveles de escolaridad ya son obligatorios cursarlos, por todo individuo que este en nuestro país. Es un derecho (tener educación) pero no es una obligación impartirla por él estado; el estado lo impartirá educación, pero no de manera obligatoria ni exclusiva, Hoy por ejemplo, se está solicitando que como mínimo para tener la oportunidad de competir o aspirar a un trabajo, “prácticamente de lo que sea” se requiere tener como mínimo de escolaridad marcada: la preparatoria terminada, pero si tu no pudiste tener esos estudios por cualquier motivo, será exclusivamente tu responsabilidad y no la del estado. Y desde
  • 8. 8 aquí tan solo con el primer párrafo ligeramente analizado nos podemos dar cuenta que la educación en México no es como nos la hacían creer, sigue dejando mucho que decir y mucho que pensar y analizar. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/htm/1.htm. Referencias REFERENCIAS. Bauman, Z. (2007). Miedo líquido. La sociedad contemporánea y sus temores. México. Paidós. Escámez, J. (s/f). La enseñanza de actitudes y valores. Ed. Nau llibres. Barcelona. Fierro, C. y P. Carbajal. (2003). Mirar la práctica docente desde los valores. México. GEDISA. Latapí, P. (1999). La moral regresa a la escuela. México. Ed. IISUE-UNAM-Plaza y Valdéz. Latapí, P. (2001). “Valores y Educación”. En: Ingenierías. Vol. IV. No. 11. Monterrey. Universidad Autónoma de Nuevo León. www.ingenierias.uanl.mx/11/.../11_Pablo_Latapi_Valores_y_educacion.pdf Recuperado el 20 de agosto de 2011. Latapí, P. (2009). Finale prestissimo. Pensamientos, vivencias y testimonios. México.