Este documento resume las características y diferencias entre las tres principales obligaciones en el derecho civil venezolano: la obligación de dar, la obligación de hacer, y la obligación de no hacer. Explica que la obligación de dar implica la transferencia de un derecho real sobre una cosa determinada y existente, la obligación de hacer requiere la ejecución de un acto positivo, y la obligación de no hacer requiere la abstención de realizar un acto determinado. Además, cita los artículos pertinentes del Código Civil Venezolano y propor
1. UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICERECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
Participante: Wilanyeli González
Cédula de identidad: V-20.236.981
Asignatura: Derecho Civil Obligaciones
Facilitadora: Abg. María Duran
Sección: S-A
BARQUISIMETO, MARZO DE 2015
2. CARACTERÍSTICAS
OBLIGACIÓN DE DAR OBLIGACIÓN DE HACER OBLIGACIÓN DE NO
HACER
- Se tiene que hacer la
tradición de un derecho
real que se tiene sobre
una cosa. Se suele decir
que la obligación de dar
es aquella que tiene por
objeto la transferencia
del dominio o
la constitución de un
derecho real en favor del
acreedor.
- Debe ser algo que
exista,
- Debe ser determinada y
- Debe ser algo
comerciable.
- Su objeto es la
ejecución de un hecho.
- Realización de una
prestación positiva por
parte del deudor.
-
- La finalidad es
abstenerse de ejecutar
un hecho.
- La no realización de una
conducta determinada.
- También llamadas
obligaciones de
exclusividad.
-
APORTE LEGAL DEL CÓDIGO CIVIL VENEZOLANO
OBLIGACIÓN DE DAR OBLIGACIÓN DE HACER OBLIGACIÓN DE NO
HACER
- Artículo 1.265: La
obligación de dar lleva
consigo la de entregar la
cosa y conservarla hasta
la entrega.
- Si el deudor ha incurrido
en mora, la cosa queda
a su riesgo y peligro,
aunque antes de la mora
hubiere estado a riesgo
y peligro del acreedor.
- Artículo 1.266.- En
caso de no ejecución
de la obligación de
hacer, el acreedor
puede ser autorizado
para hacerla ejecutar él
mismo a costa del
deudor.
- Artículo 1.266: Si la
obligación es de no hacer, el
deudor que contraviniere a
ella quedará obligado a los
daños y perjuicios por el solo
hecho de la contravención.
EJEMPLOS
OBLIGACIÓN DE DAR OBLIGACIÓN DE HACER OBLIGACIÓN DE NO
HACER
- La entrega de las llaves
de la venta de la casa.
- La entrega de las laves
del vehículo vendido.
- Construir un edificio.
- Entregar una cosa.
- Entregar una suma de
dinero.
- Pintar un cuadro.
- No construir una pared.
- No tocar el piano a
determinadas horas del
día o de la noche.