5. Es el estado de la sociedad
proveniente de causas
legales, contractuales o
estatutarias, que impiden la
continuación normal del
ejercicio del objeto social.
8. 2.La solicitud de
inscripción se
presenta al Registro
dentro de los diez
días de efectuada la
última publicación,
1.Declarada la disolución
deberá publicarse, dentro de
los diez días
siguientes, posteriormente, ins
cribirse en los Registros
Públicos.
3.copia
certificada
notarial del acta
que decide la
disolución
4.La
inscripción
solo puede
realizarse
previa
publicación de
acuerdo de
disolución.
9.
10. No es un acto, sino un
procedimiento, una
serie de operaciones
sucesivas dirigidas a
hacer posible el reparto
del patrimonio social
entre socios, previa
satisfacción de los
acreedores sociales.
11. Es de conocimiento
general, en salvaguarda de
los derechos de los
acreedores. Para ello debe
darse la debida publicidad,
inscribiéndose el acuerdo
en el Registro Público.
14. Son designados por la Junta General, los socios o
jueces.
Los liquidadores cubrirán los puestos de los
administradores convirtiéndose en representantes
de la sociedad.
15. Elaboración y cuidado de libros y correspondencia.
Requerir la colaboración a los directores
Exigir el pago de los créditos y de los dividendos pasivos.
Pagar a los acreedores.
Velar por la integridad del patrimonio social.
Convocar a Junta General cuando lo considere necesario
Formulación de balances anuales.
16. Por haberse
realizado la
liquidación.
Por resolución
judicial.
Por renuncia o
remoción
(Junta
General).
La responsabilidad de los liquidadores caduca luego de dos
años de haberse efectuado la liquidación.
17.
18. La extinción de la
Personalidad Jurídica se
da a través de un
proceso, que se inicia
con la disolución y
termina con la extinción
propiamente dicha.
19. A partir de aquí se
pone punto final a la
existencia de la
sociedad como
persona jurídica, por
tanto deja de ser
sujeto de derecho y
obligaciones
20. Al inscribirse la extinción de la sociedad, se debe
indicar:
El nombre y
domicilio de la
persona
encargada de la
custodia de los
libros y
documentos de la
sociedad.
21.
22. La disolución es el fin de cualquier relación de la
empresa con los demás
(Socios, Acreedores, Clientes, Estado, etc.)
La liquidación es la etapa en la cual la sociedad convierte
sus activos en dinero en efectivo, salda sus acreencias y
finalmente reparte el haber social.
La extinción es el último paso para en el ciclo de vida de
la empresa. Culmina con la inscripción en el registro de la
extinción de la sociedad.