Este documento describe los juicios orales, los cuales son juicios concentrados, públicos y orales donde el juez interviene directamente. Explica los principios de los juicios orales como el principio acusatorio, de contradicción, de publicidad, de inmediación, de igualdad de armas, de presunción de inocencia e identidad personal. También menciona las ventajas y desventajas de los juicios orales.
2. Son juicios
concentrados, de
inmediación judicial
con actuación pública
de todas las partes e
intervención directa y
constante del juez,
todo esto de forma
oral.
¿QUÉ SON ?
3. ¿PARA QUE SIRVEN?
• Para que se cumpla lo estipulado en la constitución
referente a la impartición de justicia pronta y expedita.
7. PRINCIPIOS DEL PROCESO ORAL
PRINCIPIO ACUSATORIO
PRINCIPIO DE CONTRADICCIÓN
PRINCIPIO DE PUBLICIDAD DEL JUICIO
PRINCIPIO DE INMEDIACIÓN
PRINCIPIO DE IGUALDAD DE ARMAS
PRINCIPIO DE PRESUNCIÓN DE INOCENCIA
PRINCIPIO DE IDENTIDAD PERSONAL
PRINCIPIO DE INVIOLABILIDAD DEL DERECHO
DEFENSA
PRINCIPIO DE ORALIDAD
PRINCIPIO DE UNIDAD Y CONCENTRACIÓN
9. PRINCIPIO DE CONTRADICCIÓN
Consiste en que una
parte tenga la
oportunidad de
oponerse a un acto
realizado a instancia
de la contraparte y a
fin de verificar su
regularidad.
10. PRINCIPIO DE PUBLICIDAD DEL JUICIO
Consiste en garantizar
al publico la libertad de
presenciar el desarrollo
del debate y en
consecuencia de
controlar la marcha de
él y la justicia de la
decisión misma.
11. PRINCIPIO DE INMEDIACIÓN
Consiste en que el
juez tiene que estar
presente en la
celebración de las
audiencias del
proceso, asimismo,
todas las pruebas
deben de
desahogarse frente a
él.
12. PRINCIPIO DE IGUALDAD DE ARMAS
Consiste en reconocer a
las partes los mismos
medios de ataque y de
defensa, es decir
idénticas posibilidades y
carga de alegación,
pruebas e
impugnaciones” .
13. PRINCIPIO DE PRESUNCIÓN DE INOCENCIA
Se convierte en una guía para la
valoración de las pruebas, de tal
manera que las mismas deben
demostrar la incertidumbre en el
hecho presunto o en el hecho
presumido.
14. PRINCIPIO DE IDENTIDAD PERSONAL
Consiste en que ni el acusado, ni el juzgador pueden ser
reemplazados por otra persona durante el juzgamiento, deben
concurrir personalmente desde el inicio hasta la conclusión.
15. PRINCIPIO DE INVIOLABILIDAD DEL
DERECHO DEFENSA
Es no ser
privado del
derecho de
defensa en
ningún estado
del proceso
16. PRINCIPIO DE ORALIDAD
Se refiere a la predominación de la expresión verbal sobre la
escrita. El inculpado es juzgado en audiencia pública por un
juez; donde las partes, testigos, el secretario y el mismo
juzgador, expresarán sus argumentos de forma oral.
17. PRINCIPIO DE UNIDAD Y
CONCENTRACIÓN
La audiencia tiene
carácter unitario. Si
bien puede
realizarse en
diferentes sesiones,
éstas son partes de
una sola unidad.
Esto debido a la
necesidad de
continuidad y
concentración de la
misma.
18. VENTAJAS
El juez escucha
cada una de las
partes.
Agilización en el
tramite de juicios.
Información de
mayor calidad.
Desahogo de
pruebas y
testimonios.