El documento habla sobre los derechos de autor, incluyendo qué son, los tipos de derechos (patrimoniales y morales), cuándo nacen y se extinguen, si se pueden ceder, las manifestaciones artísticas, la función del Registro Público del Derecho de Autor, los pasos para registrar una obra, los plazos de respuesta, el dominio público y las infracciones a la ley de derechos de autor.
2. ¿Qué son los derechos de autor?
Una serie de derechos exclusivos otorgados al autor o
creador del trabajo original, incluyendo el derecho de
copiar, distribuir y hacer adaptaciones al trabajo.
3. ¿Cuántos tipos de
derechos de autor existen ?
Derechos Patrimoniales
Los derechos patrimoniales del autor, hacen
referencia a los derechos de explotación económica
sobre sus obras y creaciones que tiene el autor.
El autor puede disponer según su voluntad de la
explotación económica de cualquier obra de su
autoría, por tanto, sin la autorización del titular del
derecho no es posible de forma legal explotar
económicamente una obra.
Los derechos patrimoniales se extinguen cien años después de la muerte del autor.
Los derechos patrimoniales pueden cederse.
4. Derechos Morales
Los derechos morales pretenden proteger la personalidad del creador expresada
mediante su obra.
El autor posee un derecho de paternidad en virtud del cual se reconoce que es el
único que puede presentar la obra como suya.
El autor no puede existir sin su obra ni la obra sin su autor.
5. ¿Cuándo nace y cuándo se extingue el derecho de autor?
Nace en el mismo momento de su
creación, sin que sea necesario que
medie un acto de reproducción,
comunicación pública, distribución
o transformación.
Los derechos de autor patrimoniales
perduran toda la vida del autor,
hasta 100 años después de su
muerte. A partir de ese momento,
pasan a dominio público y pueden
ser utilizados libremente.
6. ¿Puedo ceder mis derechos de autor?
Los derechos morales, debido a su carácter personal, el artista NO los puede
ceder. Por tanto, el autor siempre será el titular de los mismos.
Por ser la obra producto y creación
de su autor, los derechos morales no
son transferibles, son irrenunciables
y no tienen limitación en el tiempo.
ALTO Si bien el autor de una obra puede
ceder sus derechos patrimoniales, no
así sus derechos morales, puesto que
aunque el derecho de explotación
esté en poder de otra persona, el
reconocimiento de la autoría de la
obra seguirá en cabeza de quien la
ideó y creó.
7. Los derechos patrimoniales, si se podrán ceder, en vida o una vez fallecido, a una
tercera persona.
Los derechos patrimoniales de autor pueden ser transferidos, ya sea mediante venta,
La cesión se deberá hacer por escrito para que tenga validez y sólo se podrá ceder los
derechos de explotación y participación sobre obra ya realizada puesto que es nula
toda cesión respecto de obras futuras.
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En el caso de la cesión una vez fallecido el artista se debe tener en cuenta que
pasados 100 años después de su muerte ya no se podrá explotar la obra.
8. ¿Qué es una manifestación artística y cuáles son?
En pocas palabras cualquier tipo de arte llevado al sentimieto
es una manifestación artística.
Obra Literaria.- Es aquella que es expresada de manera
escrita o verbal.
Musical, con o sin letra.- Es aquella que es expresada a
través de sonidos, que comprenden composiciones
musicales de cualquier tipo ya sean sonidos
naturales, pasando por música publicitaria
(jingles), canciones y operas.
Dramática.- Es la integración de palabras expresadas, acompañamientos
musicales y actuación interpretada por personajes.
Danza.- Es la que se expresa a través de movimientos corporales.
Pictórica o de dibujo.- Es aquella que se expresa a través de trazos, pinturas
9. Escultórica y de carácter plástico.- Es la expresada a través de formas tridimensionales.
Caricatura e historieta.- Es aquella que se expresa a través de una serie de dibujos que
expresan una idea por sí mismos o que su secuencia integra una historia a manera de
cuento.
Arquitectónica.
trazos y dibujos, no de manera particular a los elementos que la constituyen como
pueden ser puertas, pisos, etc.
Se entiende por obras audiovisuales
las expresadas mediante una serie de imágenes asociadas, con o sin sonorización
incorporada, que se hacen perceptibles, mediante dispositivos técnicos, produciendo
la sensación de movimiento. En esta categoría se incluyen los hologramas.
10. Programas de radio y televisión.- Se entiende que es cualquier obra de derecho de
autor que se transmita por medios de radio y/o televisión, en esta categoría se
incluyen los podcasts.
Programas de cómputo.- Se entiende por programa de computación la expresión
original en cualquier forma, lenguaje o código, de un conjunto de instrucciones
que, con una secuencia, estructura y organización determinada, tiene como
propósito que una computadora o dispositivo realice una tarea o función
instrumento, no tiene movimiento.
11. No son objeto de la protección como derecho
de autor las ideas
12. ¿Cuál es la función del Registro Público
del Derecho de Autor?
Tiene por objeto garantizar la seguridad jurídica de los
autores, de los titulares de los derechos conexos y de los titulares
de los derechos patrimoniales respectivos y sus causa habientes.
13. ¿Dónde tengo que ir para hacer mi registro?
SEP
Los trámites se regulan por medio de la secretaría
de realizar esto se llama INDAUTOR.
14. ¿Qué pasos tengo que seguir?
copia original
1. Preparar dos ejemplares de la obra
2. Llenar formatos
3. Pagar derechos
4. Comprar guía nacional
5. Entregar documentos
15. ¿Por qué me conviene registrar mi obra?
Porque se les da una adecuada publicidad a las obras, actos y documentos
a través de su inscripción.
En las inscripciones se expresará el nombre del autor y, la fecha de su muerte,
nacionalidad y domicilio, el título de la obra, la fecha de divulgación.
16. ¿Qué trámites necesito realizar?
FORMATO RPDA-01
Primero se necesita llenar el formato RPDA-01 (solicitud de registro
Presentar dos ejemplares idénticos de la obra.
Efectuar el pago (único) de derechos a través del formato de hoja de
pago electrónico, por la cantidad de $198.00 pesos, en cualquier
Institución bancaria.
17. ¿Cuál es el plazo de respuesta para el registro?
MARZO
1
14
Contado a partir de la recepción de la solicitud 14 días hábiles, en el caso de
registro de obra y 14 días hábiles para el registro de contratos, poderes,
solicitud de duplicados y antecedentes regístrales .
T
correspondiente; agotado este término, deberá solicitar su entrega extemporánea.
18. Dominio Público Son todas las obras que no están protegidas, pueden
adaptadas, distribuidas, o exhibidas en público.
Tanto “LOVE ME DO” como “P.S
I LOVE YOU” fueron lanzados en
1962, por lo que la protección
de ambas canciones dejó de ser
válida el 31 de Dic. del año
pasado (2012).
19. Las obras agotadas o que no están ya
disponibles para la venta no están,
necesariamente, en dominio público.
de protección y hay que obtener el
permiso de los titulares de los derechos.
Una obra entra en dominio público cuando
Termina periodo de vigencia No cumple con las condiciones
(100 años al fallecimiento del autor). de protección.
20. Ejemplo: Por eso...
¡Yo hice mi propio cuadro!
El cuadro llamado “El Grito” de llamado,
Edgard Munch. Es una pintura “El grito Rockero”
en dominio público por el
fallecimiento del autor, y el plazo
de protección ya está vencido.
21. Otros ejemplos de la misma obra,
y se observa como mucha gente
lo utiliza en diferentes aspectos e
incluso ya con otra técnica
22. Límites
En ciertos casos no constituyen violaciones al dereho de autor cuando:
En alguna obra o representación se utilizan sus respectivas citas,
incluso en noticias de la actualidad.
La utilización de obras literarias y artísticas en tiendas abiertas al
público que comercien ejemplares de dichas obras, siempre y
cuando no existan cargos de admisión.
Cuando en artistas intérpretes, productores de video gramas entre
directo.
23. ¿Qué es una infracción administrativa en derechos de autor?
Aquella que se presenta como atentatoria de la regulación administrativa de
los derechos autorales, realizadas sin fines de lucro directo o indirecto.
24. ¿Cómo puedo saber quién cumple con la ley de derechos?
Programar una visita de inspección
en los domicilios de las personas o
establecimientos.
Y son efectuadas tanto por el
Instituto Mexicano de la Propiedad
Industrial, como por el Instituto
Nacional del Derecho de Autor .
25. ¿Para qué sirve la práctica de visitas de inspección?
Sirve para vigilar, comprobar o verificar el debido cumplimiento de la Ley
Federal del Derecho de Autor, ante probables infracciones a la ley autoral.
26. ¿Cuál es la infracción que se da al violar alguna ley?
De mil hasta 15 mil días de salario
mínimo general vigente dependiendo
del tipo de infracción.
De cinco mil hasta 40 mil días de salario
mínimo (para comercios).
Multa adicional de hasta quinientos
días de salario mínimo por día, a
quien persista.
27. ¿De qué manera se establece una tarifa
para el pago de regalías?
Una tarifa sirve como base para pactar el
pago de regalías y se establece mediante
la presentación de una solicitud para el
procedimiento respectivo.