Este documento resume conceptos clave del derecho como el significado, las fuentes, clasificaciones y funciones. Explica que el derecho es el orden normativo que regula la conducta humana en sociedad y se basa en las relaciones sociales. Identifica las principales fuentes del derecho como la costumbre, doctrina, jurisprudencia, principios generales y la ley. Además, clasifica el derecho en público y privado.
2. CONCEPTO GENERAL:
Es el orden normativo e institucional de la
conducta humana en sociedad inspirado en
postulados de justicia, cuya base son las
relaciones sociales existentes que determinan
su contenido y carácter. En otras
palabras, son conductas dirigidas a la
observancia de normas que regulan la
convivencia social y permiten resolver los
conflictos inter subjetivos. Cada individuo de
una sociedad posee el derecho de realizar
todo lo que quiera siempre y cuando no
invada el derecho de otro individuo.
3. SIGNIFICADO
ETIMOLOGÍCO:
La palabra derecho deriva de la voz
latina "Directum", que significa "lo que
está conforme a la regla, a la ley, a la
norma", o "lo que no se desvía ni a un
lado ni otro."
4. CREACION DEL
DERECHO:
La producción del Derecho es básicamente estatal y
es este otro factor que proporciona coherencia a las
disposiciones normativas vigentes. Sin ser
defensora de posiciones absolutamente
normativistas, y aún cuando entre nosotros esta
noción ha sido fuertemente criticada no podemos
omitir el hecho de que lo cierto es que sólo
aceptando que el Derecho es resultado exclusivo del
Estado, la prevalencia de la Constitución respecto a
todo el ordenamiento jurídico dictado por los
órganos competentes, la sumisión del Estado a la
ley y el principio de seguridad jurídica ciudadana
serán efectivos.
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6. FUENTES DEL DERECHO:
Costumbre
Legislación
Doctrina
o Ley
Principios
Generales Jurisprudencia
de Estudio
7. LA COSTUMBRE:
Es la norma de conducta nacida en la
práctica social y considerada como
obligatoria por la comunidad. Su núcleo
originario es un uso o práctica
social, pero se diferencia de los usos
sociales, en general en que la
comunidad lo estima obligatorio para
todos de forma que su violación acarrea
una responsabilidad de tipo jurídico y no
meramente una reprobación social.
8. LA DOCTRINA:
Es la idea de derecho que sustentan los
juristas. Si bien no originan derecho
directamente, es innegable que en
mayor o menor medida influyen en la
creación del ordenamiento jurídico.
También se utiliza la palabra doctrina
para referirse a un principio legislativo.
9. LA JURISPRUDENCIA:
Son los informes dictados por los
órganos jurisdiccionales del Estado.
Esto significa que para conocer el
contenido completo de las normas
vigentes, hay que considerar cómo han
sido aplicadas en el pasado. En otras
palabras, la jurisprudencia es el
conjunto de sentencias que han resuelto
casos iguales o similares de la misma
manera o en el mismo sentido.
10. PRINCIPIOS GENERALES:
Son los enunciados normativos más
generales que, a pesar de no haber sido
integrados formalmente al ordenamiento
jurídico, se entiende que son parte de
él, porque sirven de fundamento a otros
enunciados normativos particulares, o
bien recogen de manera abstracta el
contenido de un grupo de ellos.
11. LA LEY:
Es una norma jurídica dictada por el
legislador, es decir, un precepto
establecido por la autoridad
competente, en que se manda o prohíbe
algo en consonancia con la justicia. Su
incumplimiento trae aparejada una
sanción.
13. DERECHO PÚBLICO:
Es la rama que se refiere a las normas
que rigen el interés del Estado como
representante de una Nación, el de la
sociedad como tal, y la organización de
las cosas públicas.
15. DERECHO PRIVADO:
Es el que concierne a los intereses
privados de los individuos
particulares, que rige las relaciones de
este orden entre ellos.
16. DERECHO PRIVADO:
Se clasifica en:
1. Derecho Civil
2. Derecho Mercantil
3. Derecho Del Trabajo
17.
18.
19. FUENCION DEL
DERECHO:
Función proviene de la palabra latina "FONS" y en
sentido figurado se emplea para significar el
principio, fundamento u origen de las cosas
materiales o intramateriales, en otras palabras es el
lugar donde nace, surge o se origina algo, como si
nos remontamos al nacimiento de las fuentes de un
Río en el.
En este sentido entendemos por fuente del derecho
como todo aquello, objeto, actos o hechos que
producen, crean u originan el
surgimiento, colacimiento del derecho, es decir, de
las entrañas o profundidades de la propia sociedad.
20. CIENCIA DEL DERECHO:
Más allá de la aparente tautología, el
término Derecho, se utiliza indistintamente
para nombrar a la ciencia y a su objeto de
estudio, de modo tal que el derecho como
ciencia, no es otra cosa que la disciplina
que estudia el Derecho.
Derecho es lo que uno ejerce ejemplo:
nacionalidad, techo, alimentación, salud
etc.