SlideShare ist ein Scribd-Unternehmen logo
1 von 7
(---- Protección de Datos ----)

Antonio G.N.                                                            2ªCFGM Informática




Ley de proteccion de Datos

    -   Indicar legislación
   Ley Orgánica 5/1992, de 29 de Octubre, de Regulación del tratamiento auotmátizado de los
    datos de carácter personal (LORTAD) (derogada)
   Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter
    Personal (LOPD)


   Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de
    desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de
    carácter personal (RLOPD)




Agencia de protección de Datos
   - Indicar Ubicación

C/ jorge Juan 6
28001- Madrid
Pagina web: www.agpd.es
Dirección de correo: ciudadano@agpd.es

Obligaciones respecto a la ley de protección de datos
   - Enumerar Ejemplos

Por lo tanto, todas aquellas personas físicas o jurídicas que tengan alguno de estos datos, ya sea
de clientes, usuarios o visitantes, empleados, proveedores, etc. ya sea en soporte informático o
en papel, deben cumplir las obligaciones que resumimos brevemente a continuación:

    •   Calidad de los datos

Los datos de carácter personal sólo se podrán recoger cuando sean adecuados, pertinentes y no
excesivos en relación con el ámbito y las finalidades determinadas, explícitas y legítimas para
las que se hayan obtenido. Además no podrán usarse para finalidades incompatibles con
aquellas para las que los datos hubieran sido recogidos. Deben cancelarse o rectificarse los datos
inexactos y serán cancelados cuando hayan dejado de ser necesarios o pertinentes para la
finalidad para la cual hubieran sido recabados.

    •   Derecho de información en la recogida de datos
Cuando se utilicen formularios, cuestionarios u otros impresos para la recogida de datos
figurarán en los mismos, en forma claramente legible, la siguiente información:

    1. De la existencia de un fichero o tratamiento de datos de carácter personal, de la
       finalidad de la recogida de éstos y de los destinatarios de la información.
    2. Del carácter obligatorio o facultativo de su respuesta a las preguntas que les sean
       planteadas.
    3. De las consecuencias de la obtención de los datos o de la negativa a suministrarlos.
    4. De la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y
       oposición.
    5. De la identidad y dirección del responsable del tratamiento o, en su caso, de su
       representante.

No obstante, no será necesaria la información a que se refieren los números 2, 3 y 4 si el
contenido de ella se deduce claramente de la naturaleza de los datos personales que se solicitan
o de las circunstancias en que se recaban.

    •   Consentimiento del afectado

El tratamiento de los datos de carácter personal requerirá el consentimiento inequívoco del
afectado, salvo que la ley disponga otra cosa. El consentimiento a que se refiere el artículo
podrá ser revocado cuando exista causa justificada para ello y no se le atribuyan efectos
retroactivos.

    •   Datos especialmente protegidos

Como decíamos anteriormente, los datos incluidos en el nivel alto y medio están especialmente
protegidos, por lo que en caso de no ser absolutamente necesarios para el ejercicio de nuestra
actividad, es recomendable NO solicitarlos. Así, por ejemplo, quedan prohibidos los ficheros
creados con la finalidad "exclusiva de almacenar" datos de carácter personal que revelen la
ideología, afiliación sindical, religión, creencias, origen racial o étnico, o vida sexual. Por otro
lado, de acuerdo con lo establecido en el apartado 2 del artículo 16 de la Constitución, nadie
podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias, por lo que cuando se
proceda a recabar el consentimiento al tratamiento de estos datos, se advertirá al interesado
acerca de su derecho a no prestarlo.

    •   Deber de secreto

El responsable del fichero y quienes intervengan en cualquier fase del tratamiento de los datos
de carácter personal esten obligados al secreto profesional respecto de los mismos y al deber de
guardarlos, obligaciones que subsistirán aun después de finalizar sus relaciones con el titular del
fichero o, en su caso, con el responsable del mismo.

    •   Comunicación o cesión de datos

Los datos de carácter personal objeto del tratamiento sólo podrán ser comunicados a un tercero
para el cumplimiento de fines directamente relacionados con las funciones legítimas del cedente
y del cesionario con el previo consentimiento del interesado. Por lo tanto, para ceder los datos
personales, es necesario que se den los dos requisitos anteriores, incluido el consentimiento del
interesado.

Respecto al consentimiento hay que tener en cuenta que:
•   Será nulo el consentimiento para la comunicación de los datos de carácter personal a un
        tercero, cuando la información que se facilite al interesado no le permita conocer la
        finalidad a que destinarán los datos cuya comunicación se autoriza o el tipo de actividad
        de aquel a quien se pretenden comunicar.
    •   El intersado puede revocarlo.

El consentimiento exigido en el apartado anterior no será preciso:

    1. Cuando la cesión está autorizada en una ley.
    2. Cuando se trate de datos recogidos de fuentes accesibles al público.
    3. Cuando el tratamiento responda a la libre y legítima aceptación de una relación jurídica
       cuyo desarrollo, cumplimiento y control implique necesariamente la conexión de dicho
       tratamiento con ficheros de terceros. En este caso la comunicación sólo será legítima en
       cuanto se limite a la finalidad que la justifique.
    4. Cuando la comunicación que deba efectuarse tenga por destinatario al Defensor del
       Pueblo, el Ministerio Fiscal o los Jueces o Tribunales o el Tribunal de Cuentas, en el
       ejercicio de las funciones que tiene atribuidas.
    5. Cuando la cesión se produzca entre Administraciones públicas y tenga por objeto el
       tratamiento posterior de los datos con fines históricos, estadísticos o científicos.
    6. Cuando la cesión de datos de carácter personal relativos a la salud sea necesaria para
       solucionar una urgencia que requiera acceder a un fichero o para realizar los estudios
       epidemiológicos en los términos establecidos en la legislación sobre sanidad estatal o
       autonómica.

    •   Acceso a los datos por cuenta de terceros

Como indicabamos anteriormente en el ejemplo de la asesoría, es posible que un tercero,
diferente del Responsable del fichero, sea el que realice el tratamiento de los datos. En estos
casos se exige que exista un contrato entre el Responable y el encargado del tratamiento en el
que se indique la forma de tratar los datos.

    •   Seguridad de los datos

El responsable del fichero, y, en su caso, el encargado del tratamiento, deberán adoptar las
medidas de índole técnica y organizativas necesarias que garanticen la seguridad de los datos de
carácter personal y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.

Hay que tener en cuenta que cuando los ficheros están en soporte informático existe una
regulación específica contenida en el Real Decreto 994/1999, que determina las medidas de
seguridad a adoptar. Este Real Decreto exige que se redacte un Documento de Seguridad en el
que se incluya:

    1. Ámbito de aplicación del documento con especificación detallada de los recursos
       protegidos.
    2. Medidas, normas, procedimientos, reglas y estándares encaminados a garantizar el nivel
       de seguridad exigido en este Reglamento.
    3. Funciones y obligaciones del personal.
    4. Estructura de los ficheros con datos de carácter personal y descripción de los sistemas
       de información que los tratan.
    5. Procedimiento de notificación, gestión y respuesta ante las incidencias.
    6. Los procedimientos de realización de copias de respaldo y de recuperación de los datos.

Cuando los datos recogidos pertenecen a los niveles medios o altos, las medidas de seguridad
serán mayores (deberá nombrarse un responsable de seguridad, deberá someterse a una
auditoría, deberá tener sistemas para identificar a los usuarios que accedan a los datos, sólo el
personal autorizado podrá acceder a la información, deberán hacerse copias de seguridad, etc.)

    •   Notificación de ficheros

El responsable o titular debe notificar los ficheros a la Agencia de Protección de datos antes de
su creación. Hay que tener en cuenta que lo que se comunica son los datos del titular de la base
de datos, el nombre del fichero, su descripción, estructura, etc, pero NO se comunican los datos.
Si vamos a crear un fichero de clientes, comunicaremos su nombre, estructura, efectos, pero no
los datos de nuestros clientes.

Esta notificación puede hacerse por Internet. Para ello, en la página de la Agencia de Protección
de Datos tendremos que descargarnos un programa que existe para la notificación de ficheros de
titularidad privada. Una vez instalado cumplimentaremos todos los datos con la ayuda que
presenta el programa. Una vez terminado, mediante la opción correspondiente, enviaremos los
datos a la Agencia. Posteriormente tendremos que imprimir una hoja de solicitud que genera
el programa y enviarla firmada a la Agencia de Protección de Datos. Al cabo de un mes,
aproximadamente, recibiremos contestación confirmándonos la inscripción del fichero.

Este proceso debe repetirse para cada uno de los ficheros que tengamos (de clientes, de
proveedores, de trabajadores, etc.)

Por último os recordamos que esta información se presenta a título meramente orientativo y
siempre es recomendable dejarlo en manos de un profesional (imprescindible cuando se
manejan datos especialmente protegidos). Hay que tener en cuenta que por desgracia el
incumplimiento de esta ley es todavía masivo, la ley es bastante estricta, y las sanciones son
"muy" elevadas (de 600 a 600.000 euros).

Ejemplos reales:

    •   IMPONER a la entidad ............................................. , por una infracción del artículo 21
        de la LSSI, tipificada como leve en el artículo 38.4.d) de dicha norma, una multa de
        3.000 euros (Tres mil euros) de conformidad con lo establecido en el artículo 39.1 y 40
        de la citada Ley ... POR ENVIAR UN EMAIL CON FINES COMERCIALES NO
        AUTORIZADO.

    •   IMPONER al .............................................. ................., por una infracción del artículo
        11.1 de la LOPD, tipificada como muy grave en el artículo 44.4.b)de dicha norma, una
        multa de 300.506,05 trescientas mil quinientos seis con cinco céntimos) de euros, de
        conformidad con lo establecido en el artículo 45.3 y 4 de la citada Ley Orgánica.

    •   IMPONER a la entidad .............................................. .............., por una infracción del
        artículo 6.1 de la LOPD, tipificada como grave en el artículo 44.3.d) de dicha norma,
        una multa de 60.101,21 (sesenta mil ciento un euros con veintiún céntimos) de euros, de
        conformidad con lo establecido en el artículo 45.2 y 4 de la citada Ley Orgánica.

    •   IMPONER a la entidad ..............................................., por una infracción del artículo
        4.7 de la LOPD, tipificada como muy grave en el artículo 44.4.a) de dicha norma, una
        multa de 300.506,05 (trescientos mil quinientos seis euros con cinco céntimos) de
        conformidad con lo establecido en el artículo 45. 3 y 4 de la citada Ley Orgánica.
Derechos respecto a la ley….
   - Enumerar ejemplos

Derechos y Libertades de ámbito personal


   Derecho a la vida: Incluyendo la abolición de la pena de muerte(salvo lo dispuesto por los tribunales

    militares en tiempo de guerra)[La pena de muerte en tiempo de guerra quedó abolida por la Ley

    Orgánica 11/1995, de 27 de noviembre, de abolición de la pena de muerte en tiempo de guerra].

   Derecho a la integridad física y moral: Prohibiendo torturas, penas o tratos inhumanos.

   Libertad de creencia: Tanto ideológicas como religiosas. Se declara la aconfesionalidad del estado y

    el derecho a no declarar sobre ideología, religión o creencias.

   Derecho a la seguridad jurídica y tutela judicial: Que garantiza un proceso penal con garantías.

   Derecho a la vida privada: Que incluye:

       Derecho a la intimidad personal y familiar, una vida privada y derecho al honor y la

        propia imagen.

       Derecho al secreto de las comunicaciones.

       Inviolabilidad del domicilio.

       Incluye la limitación del uso de la informática para proteger la intimidad personal y familiar y el

        pleno ejercicio de sus derechos. Con la STC 292/2000 "a raíz" de este derecho, se crea el

        derecho fundamental a la protección de datos, como derecho diferente a la intimidad.


   Libertad de circulación y residencia: Así como de entrar y salir del país sin limitaciones políticas o

    ideológicas.

   Derecho a un matrimonio igualitario: Con igualdad jurídica entre las partes.


Derechos y Libertades de ámbito público


   Derecho a la igualdad ante la ley, y prohibición de discriminaciones en el contenido de la ley.

   Derecho a una comunicación libre: Que abarca toda una serie de derechos como: Libertad de

    expresión, producción y creación literaria, artística, científica, técnica y tarea docente.

   Derecho a la información: A recibirla y emitirla con prohibición expresa de la censura previa,

    el secuestro administrativo y cualquier maniobra para dificultad el acceso a la información y la cultura.

   Derecho a participar en asuntos públicos: Directamente o mediante representantes democráticos.

    Incluye el derecho a acceder a la función pública en igualdad de condiciones.

   Derecho de reunión, manifestación y asociación.

   Derecho de petición: Es decir, de poder dirigirse a los poderes públicos.(Artículo 29 de la CE)

   Derecho de participación en asuntos públicos, de forma activa o pasiva.

   Derecho de acceder a cargo publico en condiciones de igualdad.
Derechos constitucionales vinculados con los económicos y sociales


       Derecho a la educación libre y gratuita.

       Libertad de enseñanza y de cátedra.

       Derecho a la autonomía universitaria.

       Libertad de sindicación y a su vez no obligación de afiliarse.

       Derecho de huelga.

       Derecho a la negociación colectiva.

       Derecho y deber al trabajo: Que incluye a su vez otros derechos fundamentales.

            Libre elección de profesión u oficio.

            Promoción a través del puesto de trabajo y mejora del puesto.

            Renumeración suficiente.

            No discriminación por edad o sexo en el trabajo.

            El estado deberá velar por una política de pleno empleo.

            Derecho a la propiedad privada y herencia....




Niveles de Seguridad de los Datos
   - Clasificación Ejemplos


Sanciones

    -       Posibles sanciones por nivel de protección

Ejemplo


Las sanciones tienen una elevada cuantía, siendo España el país de la Unión Europea que
tiene las sanciones más altas en materia de protección de datos. Dichas sanciones dependen
de la infracción cometida.

Se dividen en:

Las sanciones leves van desde 601,01 a 60.101,21 €

Las sanciones graves van desde 60.101,21 a 300.506,05 €

Las sanciones muy graves van desde 300.506,05 a 601.012,10 €
3.-Accede a la web de la agencia de protección de datos y localiza alguna empresa
de titularidad privada, que sea de venta de coches y captura la información de
algunos de los ficheros de datos que tiene inscrita, grava el resultado en un fichero
para mostrarlo.

           Por el Director de la Agencia Española de Protección de Datos,
           SE ACUERDA:
1. PROCEDER AL ARCHIVO de las presentes actuaciones.
2. NOTIFICAR la presente Resolución a PEUGEOT ESPAÑA, S.A., a Dª R.R.R. y a D.
B.B.B..
       De conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 37 de la LOPD,
en la redacción dada por el artículo 82 de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de
medidas fiscales, administrativas y del orden social, la presente Resolución se hará
pública, una vez haya sido notificada a los interesados. La publicación se realizará
conforme a lo previsto en la Instrucción 1/2004, de 22 de diciembre, de la Agencia
Española de Protección de Datos sobre publicación de sus Resoluciones y con arreglo
a lo dispuesto en el artículo 116 del Real Decreto 1720/2007, de 21 diciembre, por el
que se aprueba el reglamento de desarrollo de la LOPD.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa (artículo 48.2 de la LOPD),
y de conformidad con lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, los interesados podrán interponer, potestativamente, recurso
de reposición ante el Director de la Agencia Española de Protección de Datos en el
plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de esta resolución, o,
directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-
administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 25 y
en el apartado 5 de la disposición adicional cuarta de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a
contar desde el día siguiente a la notificación de este acto, según lo previsto en el
artículo 46.1 del referido texto legal.


4.- Ayudándote de la información que te proporciona Internet, redacta un párrafo
que pudieras incluir en tus formularios de recogida de datos a clientes de manera
que se cumpla la ley de protección de datos, autorizándote a disponer de ellos y
mantenerlos almacenados.

Nuestra empresa esta de acuerdo con la ley de protección de datos ya que estamos en total
desacuerdo con todo lo que signifique contradecir o no cumplir esta ley. También me gustaría
dejaros claros que estas reglas se tienen que respetar al pie de la letra el que las incumpla se
vera perjudicado y tendrá que atenerse a las consecuencias de no respetar esta ley.

Weitere ähnliche Inhalte

Was ist angesagt?

DS.003-2013-JUS Aprueba Reglamento de la Ley 29733 Ley de Protección de Dat...
DS.003-2013-JUS  Aprueba Reglamento de la Ley 29733  Ley de Protección de Dat...DS.003-2013-JUS  Aprueba Reglamento de la Ley 29733  Ley de Protección de Dat...
DS.003-2013-JUS Aprueba Reglamento de la Ley 29733 Ley de Protección de Dat...Teresa Clotilde Ojeda Sánchez
 
Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter ...
Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter ...Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter ...
Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter ...Severo Tabares
 
AGM Abogados - Ley de proteccion de datos LOPD
AGM Abogados - Ley de proteccion de datos LOPDAGM Abogados - Ley de proteccion de datos LOPD
AGM Abogados - Ley de proteccion de datos LOPDAGM Abogados
 
1ª sesión preguntas 1ª parte
1ª sesión   preguntas 1ª parte1ª sesión   preguntas 1ª parte
1ª sesión preguntas 1ª partedataconsulting
 
Ud 1.2 principios de la proteccion de datos de caracter personal
Ud 1.2 principios de la proteccion de datos de caracter personalUd 1.2 principios de la proteccion de datos de caracter personal
Ud 1.2 principios de la proteccion de datos de caracter personalIsabel Barles Brun
 
Protege los datos personalesp
Protege los datos personalespProtege los datos personalesp
Protege los datos personalesppiedadcgc
 
Ley de Protección de Datos y el Ámbito Laboral en Colombia.
Ley de Protección de Datos y el Ámbito Laboral en Colombia.Ley de Protección de Datos y el Ámbito Laboral en Colombia.
Ley de Protección de Datos y el Ámbito Laboral en Colombia.Marrugo Rivera & Asociados
 
Resumen guia practica ficheros
Resumen guia practica ficherosResumen guia practica ficheros
Resumen guia practica ficherosnataliamuniz
 
Perspectiva de Argentina: Protección de Datos Personales
Perspectiva de Argentina:  Protección de Datos PersonalesPerspectiva de Argentina:  Protección de Datos Personales
Perspectiva de Argentina: Protección de Datos PersonalesFátima Cambronero
 
Proteccion de datos
Proteccion de datosProteccion de datos
Proteccion de datossprewill
 
Guia implantacion de lopd
Guia implantacion de lopdGuia implantacion de lopd
Guia implantacion de lopddosn
 
III sesión abierta 2010 - 1ª parte
III sesión abierta 2010 - 1ª parteIII sesión abierta 2010 - 1ª parte
III sesión abierta 2010 - 1ª partedataconsulting
 
Decreto 886 del 13 de mayo de 2014 Registro de Bases de Datos
Decreto 886 del 13 de mayo de 2014 Registro de Bases de Datos Decreto 886 del 13 de mayo de 2014 Registro de Bases de Datos
Decreto 886 del 13 de mayo de 2014 Registro de Bases de Datos Heidy Balanta
 

Was ist angesagt? (19)

DS.003-2013-JUS Aprueba Reglamento de la Ley 29733 Ley de Protección de Dat...
DS.003-2013-JUS  Aprueba Reglamento de la Ley 29733  Ley de Protección de Dat...DS.003-2013-JUS  Aprueba Reglamento de la Ley 29733  Ley de Protección de Dat...
DS.003-2013-JUS Aprueba Reglamento de la Ley 29733 Ley de Protección de Dat...
 
Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter ...
Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter ...Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter ...
Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter ...
 
AGM Abogados - Ley de proteccion de datos LOPD
AGM Abogados - Ley de proteccion de datos LOPDAGM Abogados - Ley de proteccion de datos LOPD
AGM Abogados - Ley de proteccion de datos LOPD
 
1ª sesión preguntas 1ª parte
1ª sesión   preguntas 1ª parte1ª sesión   preguntas 1ª parte
1ª sesión preguntas 1ª parte
 
Ud 1.2 principios de la proteccion de datos de caracter personal
Ud 1.2 principios de la proteccion de datos de caracter personalUd 1.2 principios de la proteccion de datos de caracter personal
Ud 1.2 principios de la proteccion de datos de caracter personal
 
Protege los datos personalesp
Protege los datos personalespProtege los datos personalesp
Protege los datos personalesp
 
Ley de Protección de Datos y el Ámbito Laboral en Colombia.
Ley de Protección de Datos y el Ámbito Laboral en Colombia.Ley de Protección de Datos y el Ámbito Laboral en Colombia.
Ley de Protección de Datos y el Ámbito Laboral en Colombia.
 
Resumen guia practica ficheros
Resumen guia practica ficherosResumen guia practica ficheros
Resumen guia practica ficheros
 
C 748 de 2011
C 748 de 2011C 748 de 2011
C 748 de 2011
 
Perspectiva de Argentina: Protección de Datos Personales
Perspectiva de Argentina:  Protección de Datos PersonalesPerspectiva de Argentina:  Protección de Datos Personales
Perspectiva de Argentina: Protección de Datos Personales
 
Marco legal
Marco legalMarco legal
Marco legal
 
Proteccion de datos
Proteccion de datosProteccion de datos
Proteccion de datos
 
Proteccion de datos
Proteccion de datosProteccion de datos
Proteccion de datos
 
Habeas Data
Habeas DataHabeas Data
Habeas Data
 
Guia implantacion de lopd
Guia implantacion de lopdGuia implantacion de lopd
Guia implantacion de lopd
 
Proteccion datos comunidad
Proteccion datos comunidadProteccion datos comunidad
Proteccion datos comunidad
 
Ley 1581 de 2012
Ley 1581 de 2012Ley 1581 de 2012
Ley 1581 de 2012
 
III sesión abierta 2010 - 1ª parte
III sesión abierta 2010 - 1ª parteIII sesión abierta 2010 - 1ª parte
III sesión abierta 2010 - 1ª parte
 
Decreto 886 del 13 de mayo de 2014 Registro de Bases de Datos
Decreto 886 del 13 de mayo de 2014 Registro de Bases de Datos Decreto 886 del 13 de mayo de 2014 Registro de Bases de Datos
Decreto 886 del 13 de mayo de 2014 Registro de Bases de Datos
 

Andere mochten auch

Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamen...
Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamen...Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamen...
Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamen...Severo Tabares
 
SMyCM-coit-severomanueltabaresramos
SMyCM-coit-severomanueltabaresramosSMyCM-coit-severomanueltabaresramos
SMyCM-coit-severomanueltabaresramosSevero Tabares
 
Ficha clinica protesis parcial removible
Ficha clinica protesis parcial removibleFicha clinica protesis parcial removible
Ficha clinica protesis parcial removibleodontocityg&c
 
Ficha de evaluacion estetica
Ficha de evaluacion esteticaFicha de evaluacion estetica
Ficha de evaluacion esteticaelygangas
 
Historia clnica de tratamiento estetico facial
Historia  clnica de  tratamiento estetico  facialHistoria  clnica de  tratamiento estetico  facial
Historia clnica de tratamiento estetico facialesperanzaalameda
 

Andere mochten auch (6)

Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamen...
Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamen...Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamen...
Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamen...
 
SMyCM-coit-severomanueltabaresramos
SMyCM-coit-severomanueltabaresramosSMyCM-coit-severomanueltabaresramos
SMyCM-coit-severomanueltabaresramos
 
Ficha clínica
Ficha clínicaFicha clínica
Ficha clínica
 
Ficha clinica protesis parcial removible
Ficha clinica protesis parcial removibleFicha clinica protesis parcial removible
Ficha clinica protesis parcial removible
 
Ficha de evaluacion estetica
Ficha de evaluacion esteticaFicha de evaluacion estetica
Ficha de evaluacion estetica
 
Historia clnica de tratamiento estetico facial
Historia  clnica de  tratamiento estetico  facialHistoria  clnica de  tratamiento estetico  facial
Historia clnica de tratamiento estetico facial
 

Ähnlich wie Ley De Proteccion De Datos

Ley organica de proteccion de datos
Ley organica de proteccion de datosLey organica de proteccion de datos
Ley organica de proteccion de datosIRIARTETXE
 
Ley organica de proteccion de datos
Ley organica de proteccion de datosLey organica de proteccion de datos
Ley organica de proteccion de datosIRIARTETXE
 
Protege los datos personaless
Protege los datos personalessProtege los datos personaless
Protege los datos personalesssantcdg
 
Ley de Protección de Datos Personales 29733 y su Reglamento (Segunda Edición)
Ley de Protección de Datos Personales 29733 y su Reglamento (Segunda Edición)Ley de Protección de Datos Personales 29733 y su Reglamento (Segunda Edición)
Ley de Protección de Datos Personales 29733 y su Reglamento (Segunda Edición)Alvaro J. Thais Rodríguez
 
Protección de Datos
Protección de DatosProtección de Datos
Protección de Datosezegn
 
Ley de protección de datos
Ley de protección de datosLey de protección de datos
Ley de protección de datosTrabajoRRHH
 
Ley 1581 base de datos
Ley 1581 base de datosLey 1581 base de datos
Ley 1581 base de datosjulan gonzalez
 
Ley orgánica de protección de datos de carácter
Ley orgánica de protección de datos de carácterLey orgánica de protección de datos de carácter
Ley orgánica de protección de datos de carácterJavier Peña Alonso
 
LOPD y Seguridad Web - Jornadas de Innovación Parla 2011
LOPD y Seguridad Web - Jornadas de Innovación Parla 2011LOPD y Seguridad Web - Jornadas de Innovación Parla 2011
LOPD y Seguridad Web - Jornadas de Innovación Parla 2011Work and Time Solutions
 
Ley de Protección de Datos Personales 29733 y su Reglamento (primera edición)
Ley de Protección de Datos Personales 29733 y su Reglamento (primera edición)Ley de Protección de Datos Personales 29733 y su Reglamento (primera edición)
Ley de Protección de Datos Personales 29733 y su Reglamento (primera edición)Alvaro J. Thais Rodríguez
 
Ley Orgánica de Protección de datos - LOPD
Ley Orgánica de Protección de datos - LOPDLey Orgánica de Protección de datos - LOPD
Ley Orgánica de Protección de datos - LOPDRamiro Cid
 
Guia para la proteccion de datos personales
Guia para la proteccion de datos personales Guia para la proteccion de datos personales
Guia para la proteccion de datos personales Percy Samaniego Pimentel
 
Proteccion de Datos Personales: Conceptos, Sanciones, Metodologia
Proteccion de Datos Personales: Conceptos, Sanciones, MetodologiaProteccion de Datos Personales: Conceptos, Sanciones, Metodologia
Proteccion de Datos Personales: Conceptos, Sanciones, MetodologiaInternet Security Auditors
 

Ähnlich wie Ley De Proteccion De Datos (20)

Ley organica de proteccion de datos
Ley organica de proteccion de datosLey organica de proteccion de datos
Ley organica de proteccion de datos
 
Ley organica de proteccion de datos
Ley organica de proteccion de datosLey organica de proteccion de datos
Ley organica de proteccion de datos
 
Lopd -LSSI
Lopd -LSSILopd -LSSI
Lopd -LSSI
 
Protege los datos personaless
Protege los datos personalessProtege los datos personaless
Protege los datos personaless
 
Ley de Protección de Datos Personales 29733 y su Reglamento (Segunda Edición)
Ley de Protección de Datos Personales 29733 y su Reglamento (Segunda Edición)Ley de Protección de Datos Personales 29733 y su Reglamento (Segunda Edición)
Ley de Protección de Datos Personales 29733 y su Reglamento (Segunda Edición)
 
Tema 3
Tema 3Tema 3
Tema 3
 
Protección de Datos
Protección de DatosProtección de Datos
Protección de Datos
 
Protección de Datos
Protección de DatosProtección de Datos
Protección de Datos
 
LOPD y SSL
LOPD y SSLLOPD y SSL
LOPD y SSL
 
Ley de protección de datos
Ley de protección de datosLey de protección de datos
Ley de protección de datos
 
Ley 1581 base de datos
Ley 1581 base de datosLey 1581 base de datos
Ley 1581 base de datos
 
Ley orgánica de protección de datos de carácter
Ley orgánica de protección de datos de carácterLey orgánica de protección de datos de carácter
Ley orgánica de protección de datos de carácter
 
LOPD y Seguridad Web - Jornadas de Innovación Parla 2011
LOPD y Seguridad Web - Jornadas de Innovación Parla 2011LOPD y Seguridad Web - Jornadas de Innovación Parla 2011
LOPD y Seguridad Web - Jornadas de Innovación Parla 2011
 
Ley de Protección de Datos Personales 29733 y su Reglamento (primera edición)
Ley de Protección de Datos Personales 29733 y su Reglamento (primera edición)Ley de Protección de Datos Personales 29733 y su Reglamento (primera edición)
Ley de Protección de Datos Personales 29733 y su Reglamento (primera edición)
 
Ley Orgánica de Protección de datos - LOPD
Ley Orgánica de Protección de datos - LOPDLey Orgánica de Protección de datos - LOPD
Ley Orgánica de Protección de datos - LOPD
 
Implantación LOPD en despachos abogados
Implantación LOPD en despachos abogadosImplantación LOPD en despachos abogados
Implantación LOPD en despachos abogados
 
Esteban guerrero montoya
Esteban guerrero montoyaEsteban guerrero montoya
Esteban guerrero montoya
 
Protec datos salvadoralarcon
Protec datos salvadoralarconProtec datos salvadoralarcon
Protec datos salvadoralarcon
 
Guia para la proteccion de datos personales
Guia para la proteccion de datos personales Guia para la proteccion de datos personales
Guia para la proteccion de datos personales
 
Proteccion de Datos Personales: Conceptos, Sanciones, Metodologia
Proteccion de Datos Personales: Conceptos, Sanciones, MetodologiaProteccion de Datos Personales: Conceptos, Sanciones, Metodologia
Proteccion de Datos Personales: Conceptos, Sanciones, Metodologia
 

Mehr von tonynetword

Mehr von tonynetword (8)

Trabajo Ut3
Trabajo Ut3Trabajo Ut3
Trabajo Ut3
 
Constructora De ConstruccióN
Constructora De ConstruccióNConstructora De ConstruccióN
Constructora De ConstruccióN
 
Ejercicio 3
Ejercicio 3Ejercicio 3
Ejercicio 3
 
Ejercicio 4
Ejercicio 4Ejercicio 4
Ejercicio 4
 
Ejercicio 5
Ejercicio 5Ejercicio 5
Ejercicio 5
 
Ejercicio 1
Ejercicio 1Ejercicio 1
Ejercicio 1
 
Ejercicio 2
Ejercicio 2Ejercicio 2
Ejercicio 2
 
Base De Datos
Base De DatosBase De Datos
Base De Datos
 

Ley De Proteccion De Datos

  • 1. (---- Protección de Datos ----) Antonio G.N. 2ªCFGM Informática Ley de proteccion de Datos - Indicar legislación  Ley Orgánica 5/1992, de 29 de Octubre, de Regulación del tratamiento auotmátizado de los datos de carácter personal (LORTAD) (derogada)  Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD)  Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal (RLOPD) Agencia de protección de Datos - Indicar Ubicación C/ jorge Juan 6 28001- Madrid Pagina web: www.agpd.es Dirección de correo: ciudadano@agpd.es Obligaciones respecto a la ley de protección de datos - Enumerar Ejemplos Por lo tanto, todas aquellas personas físicas o jurídicas que tengan alguno de estos datos, ya sea de clientes, usuarios o visitantes, empleados, proveedores, etc. ya sea en soporte informático o en papel, deben cumplir las obligaciones que resumimos brevemente a continuación: • Calidad de los datos Los datos de carácter personal sólo se podrán recoger cuando sean adecuados, pertinentes y no excesivos en relación con el ámbito y las finalidades determinadas, explícitas y legítimas para las que se hayan obtenido. Además no podrán usarse para finalidades incompatibles con aquellas para las que los datos hubieran sido recogidos. Deben cancelarse o rectificarse los datos inexactos y serán cancelados cuando hayan dejado de ser necesarios o pertinentes para la finalidad para la cual hubieran sido recabados. • Derecho de información en la recogida de datos
  • 2. Cuando se utilicen formularios, cuestionarios u otros impresos para la recogida de datos figurarán en los mismos, en forma claramente legible, la siguiente información: 1. De la existencia de un fichero o tratamiento de datos de carácter personal, de la finalidad de la recogida de éstos y de los destinatarios de la información. 2. Del carácter obligatorio o facultativo de su respuesta a las preguntas que les sean planteadas. 3. De las consecuencias de la obtención de los datos o de la negativa a suministrarlos. 4. De la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición. 5. De la identidad y dirección del responsable del tratamiento o, en su caso, de su representante. No obstante, no será necesaria la información a que se refieren los números 2, 3 y 4 si el contenido de ella se deduce claramente de la naturaleza de los datos personales que se solicitan o de las circunstancias en que se recaban. • Consentimiento del afectado El tratamiento de los datos de carácter personal requerirá el consentimiento inequívoco del afectado, salvo que la ley disponga otra cosa. El consentimiento a que se refiere el artículo podrá ser revocado cuando exista causa justificada para ello y no se le atribuyan efectos retroactivos. • Datos especialmente protegidos Como decíamos anteriormente, los datos incluidos en el nivel alto y medio están especialmente protegidos, por lo que en caso de no ser absolutamente necesarios para el ejercicio de nuestra actividad, es recomendable NO solicitarlos. Así, por ejemplo, quedan prohibidos los ficheros creados con la finalidad "exclusiva de almacenar" datos de carácter personal que revelen la ideología, afiliación sindical, religión, creencias, origen racial o étnico, o vida sexual. Por otro lado, de acuerdo con lo establecido en el apartado 2 del artículo 16 de la Constitución, nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias, por lo que cuando se proceda a recabar el consentimiento al tratamiento de estos datos, se advertirá al interesado acerca de su derecho a no prestarlo. • Deber de secreto El responsable del fichero y quienes intervengan en cualquier fase del tratamiento de los datos de carácter personal esten obligados al secreto profesional respecto de los mismos y al deber de guardarlos, obligaciones que subsistirán aun después de finalizar sus relaciones con el titular del fichero o, en su caso, con el responsable del mismo. • Comunicación o cesión de datos Los datos de carácter personal objeto del tratamiento sólo podrán ser comunicados a un tercero para el cumplimiento de fines directamente relacionados con las funciones legítimas del cedente y del cesionario con el previo consentimiento del interesado. Por lo tanto, para ceder los datos personales, es necesario que se den los dos requisitos anteriores, incluido el consentimiento del interesado. Respecto al consentimiento hay que tener en cuenta que:
  • 3. Será nulo el consentimiento para la comunicación de los datos de carácter personal a un tercero, cuando la información que se facilite al interesado no le permita conocer la finalidad a que destinarán los datos cuya comunicación se autoriza o el tipo de actividad de aquel a quien se pretenden comunicar. • El intersado puede revocarlo. El consentimiento exigido en el apartado anterior no será preciso: 1. Cuando la cesión está autorizada en una ley. 2. Cuando se trate de datos recogidos de fuentes accesibles al público. 3. Cuando el tratamiento responda a la libre y legítima aceptación de una relación jurídica cuyo desarrollo, cumplimiento y control implique necesariamente la conexión de dicho tratamiento con ficheros de terceros. En este caso la comunicación sólo será legítima en cuanto se limite a la finalidad que la justifique. 4. Cuando la comunicación que deba efectuarse tenga por destinatario al Defensor del Pueblo, el Ministerio Fiscal o los Jueces o Tribunales o el Tribunal de Cuentas, en el ejercicio de las funciones que tiene atribuidas. 5. Cuando la cesión se produzca entre Administraciones públicas y tenga por objeto el tratamiento posterior de los datos con fines históricos, estadísticos o científicos. 6. Cuando la cesión de datos de carácter personal relativos a la salud sea necesaria para solucionar una urgencia que requiera acceder a un fichero o para realizar los estudios epidemiológicos en los términos establecidos en la legislación sobre sanidad estatal o autonómica. • Acceso a los datos por cuenta de terceros Como indicabamos anteriormente en el ejemplo de la asesoría, es posible que un tercero, diferente del Responsable del fichero, sea el que realice el tratamiento de los datos. En estos casos se exige que exista un contrato entre el Responable y el encargado del tratamiento en el que se indique la forma de tratar los datos. • Seguridad de los datos El responsable del fichero, y, en su caso, el encargado del tratamiento, deberán adoptar las medidas de índole técnica y organizativas necesarias que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado. Hay que tener en cuenta que cuando los ficheros están en soporte informático existe una regulación específica contenida en el Real Decreto 994/1999, que determina las medidas de seguridad a adoptar. Este Real Decreto exige que se redacte un Documento de Seguridad en el que se incluya: 1. Ámbito de aplicación del documento con especificación detallada de los recursos protegidos. 2. Medidas, normas, procedimientos, reglas y estándares encaminados a garantizar el nivel de seguridad exigido en este Reglamento. 3. Funciones y obligaciones del personal. 4. Estructura de los ficheros con datos de carácter personal y descripción de los sistemas de información que los tratan. 5. Procedimiento de notificación, gestión y respuesta ante las incidencias. 6. Los procedimientos de realización de copias de respaldo y de recuperación de los datos. Cuando los datos recogidos pertenecen a los niveles medios o altos, las medidas de seguridad serán mayores (deberá nombrarse un responsable de seguridad, deberá someterse a una
  • 4. auditoría, deberá tener sistemas para identificar a los usuarios que accedan a los datos, sólo el personal autorizado podrá acceder a la información, deberán hacerse copias de seguridad, etc.) • Notificación de ficheros El responsable o titular debe notificar los ficheros a la Agencia de Protección de datos antes de su creación. Hay que tener en cuenta que lo que se comunica son los datos del titular de la base de datos, el nombre del fichero, su descripción, estructura, etc, pero NO se comunican los datos. Si vamos a crear un fichero de clientes, comunicaremos su nombre, estructura, efectos, pero no los datos de nuestros clientes. Esta notificación puede hacerse por Internet. Para ello, en la página de la Agencia de Protección de Datos tendremos que descargarnos un programa que existe para la notificación de ficheros de titularidad privada. Una vez instalado cumplimentaremos todos los datos con la ayuda que presenta el programa. Una vez terminado, mediante la opción correspondiente, enviaremos los datos a la Agencia. Posteriormente tendremos que imprimir una hoja de solicitud que genera el programa y enviarla firmada a la Agencia de Protección de Datos. Al cabo de un mes, aproximadamente, recibiremos contestación confirmándonos la inscripción del fichero. Este proceso debe repetirse para cada uno de los ficheros que tengamos (de clientes, de proveedores, de trabajadores, etc.) Por último os recordamos que esta información se presenta a título meramente orientativo y siempre es recomendable dejarlo en manos de un profesional (imprescindible cuando se manejan datos especialmente protegidos). Hay que tener en cuenta que por desgracia el incumplimiento de esta ley es todavía masivo, la ley es bastante estricta, y las sanciones son "muy" elevadas (de 600 a 600.000 euros). Ejemplos reales: • IMPONER a la entidad ............................................. , por una infracción del artículo 21 de la LSSI, tipificada como leve en el artículo 38.4.d) de dicha norma, una multa de 3.000 euros (Tres mil euros) de conformidad con lo establecido en el artículo 39.1 y 40 de la citada Ley ... POR ENVIAR UN EMAIL CON FINES COMERCIALES NO AUTORIZADO. • IMPONER al .............................................. ................., por una infracción del artículo 11.1 de la LOPD, tipificada como muy grave en el artículo 44.4.b)de dicha norma, una multa de 300.506,05 trescientas mil quinientos seis con cinco céntimos) de euros, de conformidad con lo establecido en el artículo 45.3 y 4 de la citada Ley Orgánica. • IMPONER a la entidad .............................................. .............., por una infracción del artículo 6.1 de la LOPD, tipificada como grave en el artículo 44.3.d) de dicha norma, una multa de 60.101,21 (sesenta mil ciento un euros con veintiún céntimos) de euros, de conformidad con lo establecido en el artículo 45.2 y 4 de la citada Ley Orgánica. • IMPONER a la entidad ..............................................., por una infracción del artículo 4.7 de la LOPD, tipificada como muy grave en el artículo 44.4.a) de dicha norma, una multa de 300.506,05 (trescientos mil quinientos seis euros con cinco céntimos) de conformidad con lo establecido en el artículo 45. 3 y 4 de la citada Ley Orgánica.
  • 5. Derechos respecto a la ley…. - Enumerar ejemplos Derechos y Libertades de ámbito personal  Derecho a la vida: Incluyendo la abolición de la pena de muerte(salvo lo dispuesto por los tribunales militares en tiempo de guerra)[La pena de muerte en tiempo de guerra quedó abolida por la Ley Orgánica 11/1995, de 27 de noviembre, de abolición de la pena de muerte en tiempo de guerra].  Derecho a la integridad física y moral: Prohibiendo torturas, penas o tratos inhumanos.  Libertad de creencia: Tanto ideológicas como religiosas. Se declara la aconfesionalidad del estado y el derecho a no declarar sobre ideología, religión o creencias.  Derecho a la seguridad jurídica y tutela judicial: Que garantiza un proceso penal con garantías.  Derecho a la vida privada: Que incluye:  Derecho a la intimidad personal y familiar, una vida privada y derecho al honor y la propia imagen.  Derecho al secreto de las comunicaciones.  Inviolabilidad del domicilio.  Incluye la limitación del uso de la informática para proteger la intimidad personal y familiar y el pleno ejercicio de sus derechos. Con la STC 292/2000 "a raíz" de este derecho, se crea el derecho fundamental a la protección de datos, como derecho diferente a la intimidad.  Libertad de circulación y residencia: Así como de entrar y salir del país sin limitaciones políticas o ideológicas.  Derecho a un matrimonio igualitario: Con igualdad jurídica entre las partes. Derechos y Libertades de ámbito público  Derecho a la igualdad ante la ley, y prohibición de discriminaciones en el contenido de la ley.  Derecho a una comunicación libre: Que abarca toda una serie de derechos como: Libertad de expresión, producción y creación literaria, artística, científica, técnica y tarea docente.  Derecho a la información: A recibirla y emitirla con prohibición expresa de la censura previa, el secuestro administrativo y cualquier maniobra para dificultad el acceso a la información y la cultura.  Derecho a participar en asuntos públicos: Directamente o mediante representantes democráticos. Incluye el derecho a acceder a la función pública en igualdad de condiciones.  Derecho de reunión, manifestación y asociación.  Derecho de petición: Es decir, de poder dirigirse a los poderes públicos.(Artículo 29 de la CE)  Derecho de participación en asuntos públicos, de forma activa o pasiva.  Derecho de acceder a cargo publico en condiciones de igualdad.
  • 6. Derechos constitucionales vinculados con los económicos y sociales  Derecho a la educación libre y gratuita.  Libertad de enseñanza y de cátedra.  Derecho a la autonomía universitaria.  Libertad de sindicación y a su vez no obligación de afiliarse.  Derecho de huelga.  Derecho a la negociación colectiva.  Derecho y deber al trabajo: Que incluye a su vez otros derechos fundamentales.  Libre elección de profesión u oficio.  Promoción a través del puesto de trabajo y mejora del puesto.  Renumeración suficiente.  No discriminación por edad o sexo en el trabajo.  El estado deberá velar por una política de pleno empleo.  Derecho a la propiedad privada y herencia.... Niveles de Seguridad de los Datos - Clasificación Ejemplos Sanciones - Posibles sanciones por nivel de protección Ejemplo Las sanciones tienen una elevada cuantía, siendo España el país de la Unión Europea que tiene las sanciones más altas en materia de protección de datos. Dichas sanciones dependen de la infracción cometida. Se dividen en: Las sanciones leves van desde 601,01 a 60.101,21 € Las sanciones graves van desde 60.101,21 a 300.506,05 € Las sanciones muy graves van desde 300.506,05 a 601.012,10 €
  • 7. 3.-Accede a la web de la agencia de protección de datos y localiza alguna empresa de titularidad privada, que sea de venta de coches y captura la información de algunos de los ficheros de datos que tiene inscrita, grava el resultado en un fichero para mostrarlo. Por el Director de la Agencia Española de Protección de Datos, SE ACUERDA: 1. PROCEDER AL ARCHIVO de las presentes actuaciones. 2. NOTIFICAR la presente Resolución a PEUGEOT ESPAÑA, S.A., a Dª R.R.R. y a D. B.B.B.. De conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 37 de la LOPD, en la redacción dada por el artículo 82 de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, la presente Resolución se hará pública, una vez haya sido notificada a los interesados. La publicación se realizará conforme a lo previsto en la Instrucción 1/2004, de 22 de diciembre, de la Agencia Española de Protección de Datos sobre publicación de sus Resoluciones y con arreglo a lo dispuesto en el artículo 116 del Real Decreto 1720/2007, de 21 diciembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la LOPD. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa (artículo 48.2 de la LOPD), y de conformidad con lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los interesados podrán interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Director de la Agencia Española de Protección de Datos en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de esta resolución, o, directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso- administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 25 y en el apartado 5 de la disposición adicional cuarta de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de este acto, según lo previsto en el artículo 46.1 del referido texto legal. 4.- Ayudándote de la información que te proporciona Internet, redacta un párrafo que pudieras incluir en tus formularios de recogida de datos a clientes de manera que se cumpla la ley de protección de datos, autorizándote a disponer de ellos y mantenerlos almacenados. Nuestra empresa esta de acuerdo con la ley de protección de datos ya que estamos en total desacuerdo con todo lo que signifique contradecir o no cumplir esta ley. También me gustaría dejaros claros que estas reglas se tienen que respetar al pie de la letra el que las incumpla se vera perjudicado y tendrá que atenerse a las consecuencias de no respetar esta ley.