El documento habla sobre los aspectos legales de la exposición laboral al VIH. Explica que todo el personal de salud está expuesto a sufrir accidentes con fluidos corporales que pueden transmitir enfermedades como el VIH. Describe las obligaciones del empleador y el trabajador en caso de accidentes, como reportarlos de manera oportuna y seguir el tratamiento médico. También presenta la lista de enfermedades profesionales reconocidas y los procedimientos generales que se deben seguir en caso de un accidente laboral.
1. Aspectos LegalesAspectos Legales
dede
la exposiciónla exposición
laboral al VIHlaboral al VIH
Dra. Ma. Angelica Jimenez V.Dra. Ma. Angelica Jimenez V.
Medico Laboral CPSMedico Laboral CPS
2. IntroduccionIntroduccion
En una institución de salud, todos los funcionariosEn una institución de salud, todos los funcionarios
están expuesto a sufrir accidentes con fluidosestán expuesto a sufrir accidentes con fluidos
corporales que pueden producir una enfermedad ocorporales que pueden producir una enfermedad o
infección como: VIH, hepatitis B, hepatitis C, entreinfección como: VIH, hepatitis B, hepatitis C, entre
otras.otras.
Estas exposiciones laborales, requieren algunasEstas exposiciones laborales, requieren algunas
medidas destinadas a proteger al personal demedidas destinadas a proteger al personal de
contraer infecciones, por este motivo el equipo decontraer infecciones, por este motivo el equipo de
salud debe considerar a todos los pacientes comosalud debe considerar a todos los pacientes como
potencialmente infectados con algunos de estospotencialmente infectados con algunos de estos
agentes y adoptar las precauciones para minimizaragentes y adoptar las precauciones para minimizar
el riesgo de exposición a materiales infectantes.el riesgo de exposición a materiales infectantes.
3. OBJETIVO GENERAL:OBJETIVO GENERAL:
Orientar al Equipo de Salud enOrientar al Equipo de Salud en
las conductas a seguir en casolas conductas a seguir en caso
dede
sufrir accidentes laborales consufrir accidentes laborales con
riesgo biológico.riesgo biológico.
4. OBJETIVOS ESPECÍFICOS:OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
Socializar flujograma frente a un accidenteSocializar flujograma frente a un accidente
laboral con riesgo biológico a todo ellaboral con riesgo biológico a todo el
Equipo de Salud.Equipo de Salud.
ALCANCE:ALCANCE:
Debe aplicarse en todos los servicios deDebe aplicarse en todos los servicios de
salud personal medico, unidades desalud personal medico, unidades de
apoyo, y a todo el personal que esté enapoyo, y a todo el personal que esté en
contacto con fluidos corporales de altocontacto con fluidos corporales de alto
riesgo.riesgo.
5. Líquidos y procedimientos para los cuales debe cumplirse lasLíquidos y procedimientos para los cuales debe cumplirse las
normas de precaución universal y bioseguridadnormas de precaución universal y bioseguridad
Líquidos:Líquidos:
Sangre :Cualquier secreción orgánica contaminada con sangre.Sangre :Cualquier secreción orgánica contaminada con sangre.
Cefalorraquídeo,Cefalorraquídeo,
AscíticoAscítico
PleuralPleural
SinovialSinovial
Semen y fluidos vaginales.Semen y fluidos vaginales.
Procedimientos:Procedimientos:
EndoscopiaEndoscopia
IntubaciónIntubación
Curacion de heridasCuracion de heridas
Procedimientos dentales.Procedimientos dentales.
Punción arterial y venosaPunción arterial y venosa
Implantes y catéteres vascularesImplantes y catéteres vasculares
Aspiración de traqueostomíasAspiración de traqueostomías
Punción lumbarPunción lumbar
6. 6
ASPECTOS LEGALES DE LOSASPECTOS LEGALES DE LOS
ACCIDENTES DE TRABAJOACCIDENTES DE TRABAJO
7. Ley 1732Ley 1732
El Seguro Obligatorio contraEl Seguro Obligatorio contra
Accidentes del Trabajo (AT) yAccidentes del Trabajo (AT) y
Enfermedades Profesionales (EP)Enfermedades Profesionales (EP)
establece las obligaciones delestablece las obligaciones del
empleador, trabajador y Estadoempleador, trabajador y Estado
referente a las acciones dereferente a las acciones de
prevención, las prestacionesprevención, las prestaciones
médicas y económicas por losmédicas y económicas por los
Accidentes del Trabajo yAccidentes del Trabajo y
Enfermedades Profesionales.Enfermedades Profesionales.
8. OBLIGACIONES DEL EMPLEADOROBLIGACIONES DEL EMPLEADOR
Tomar las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de susTomar las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de sus
trabajadores.trabajadores.
Otorgar las prestaciones médicas, económicas, de rehabilitación, de reeducaciónOtorgar las prestaciones médicas, económicas, de rehabilitación, de reeducación
profesional y de prevención en casos de AT y EP.profesional y de prevención en casos de AT y EP.
Contar con Reglamento Interno de Higiene y Seguridad que incluye la prevenciónContar con Reglamento Interno de Higiene y Seguridad que incluye la prevención
específica de la exposición al VIH.específica de la exposición al VIH.
Contar con Comité Mixto de HSI según corresponda.Contar con Comité Mixto de HSI según corresponda.
Dar a conocer a sus trabajadores los riesgos del trabajo que desempeñan y las medidas deDar a conocer a sus trabajadores los riesgos del trabajo que desempeñan y las medidas de
prevención. "Derecho a saber", incluyendo el riesgo de exposición al VIH.prevención. "Derecho a saber", incluyendo el riesgo de exposición al VIH.
Entregar los elementos de protección personal, incluyendo elementos para aplicar lasEntregar los elementos de protección personal, incluyendo elementos para aplicar las
precauciones universales.precauciones universales.
Capacitar a sus trabajadores.Capacitar a sus trabajadores.
9. OBLIGACIONES DELOBLIGACIONES DEL
TRABAJADORTRABAJADOR
Conocer los riesgos de su trabajo y lasConocer los riesgos de su trabajo y las
precauciones universales frente a sangre yprecauciones universales frente a sangre y
fluidos corporales de alto riesgo.fluidos corporales de alto riesgo.
Conocer el Reglamento Interno que incluyeConocer el Reglamento Interno que incluye
la prevención específica de la exposición alla prevención específica de la exposición al
VIH.VIH.
Usar los elementos de protecciónUsar los elementos de protección
(precauciones universales)(precauciones universales)
Comunicar a su jefe directo y al ComitéComunicar a su jefe directo y al Comité
Mixto la ocurrencia de un AT o problemasMixto la ocurrencia de un AT o problemas
detectados en la prevención de riesgos.detectados en la prevención de riesgos.
Cumplir con las indicaciones médicas enCumplir con las indicaciones médicas en
caso de presentar un AT o EP.caso de presentar un AT o EP.
10. Codigo de Seguridad SocialCodigo de Seguridad Social
Art. 27. -Art. 27. - Los riesgos profesionales comprenden los accidentesLos riesgos profesionales comprenden los accidentes
del trabajo y las enfermedades profesionales.del trabajo y las enfermedades profesionales.
Se entiende:Se entiende:
a) Por accidente del trabajoa) Por accidente del trabajo ::
Toda lesión orgánica o trastorno funcional producido por laToda lesión orgánica o trastorno funcional producido por la
acción súbita y violenta de una causa externa, con ocasión oacción súbita y violenta de una causa externa, con ocasión o
como consecuencia del trabajo, y que determine disminucióncomo consecuencia del trabajo, y que determine disminución
o pérdida de la capacidad de trabajo y de ganancia o muerteo pérdida de la capacidad de trabajo y de ganancia o muerte
del aseguradodel asegurado
b) Por enfermedad profesional:b) Por enfermedad profesional:
A todo estado patológico producido por consecuencia delA todo estado patológico producido por consecuencia del
trabajo, que sobrevenga por evolución lenta y progresiva, quetrabajo, que sobrevenga por evolución lenta y progresiva, que
determine la disminución o pérdida de capacidad de trabajo ydetermine la disminución o pérdida de capacidad de trabajo y
de ganancia o muerte del asegurado; y que sea provocadade ganancia o muerte del asegurado; y que sea provocada
por la acción de los agentes nocivos del LEP ( MANEGCI)por la acción de los agentes nocivos del LEP ( MANEGCI)
11. Art. 28.Art. 28. - En caso de accidente de trabajo o- En caso de accidente de trabajo o
enfermedad profesional, el asegurado tieneenfermedad profesional, el asegurado tiene
derecho:derecho:
a) A la necesaria asistencia médica y dental,a) A la necesaria asistencia médica y dental,
quirúrgica, hospitalaria y al suministro de losquirúrgica, hospitalaria y al suministro de los
medicamentos y otros medios terapéuticos quemedicamentos y otros medios terapéuticos que
requiera su estado;requiera su estado;
b) A la provisión, reparación y renovaciónb) A la provisión, reparación y renovación
normales de los aparatos de prótesis y ortopedia,normales de los aparatos de prótesis y ortopedia,
cuyo uso se estima necesario por causa de lacuyo uso se estima necesario por causa de la
lesiónlesión
c) Al tratamiento adecuado para su recuperaciónc) Al tratamiento adecuado para su recuperación
y readaptación profesionales.y readaptación profesionales.
12. Art. 30.-Art. 30.- El asegurado que haya sufrido un accidente deEl asegurado que haya sufrido un accidente de
trabajo o presuma que esté afectado por unatrabajo o presuma que esté afectado por una
enfermedad profesional debe comunicar este hecho alenfermedad profesional debe comunicar este hecho al
empleador directamente o por medio de terceraempleador directamente o por medio de tercera
persona.persona.
El empleador debe comunicar a la Caja en el términoEl empleador debe comunicar a la Caja en el término
de 24 horas el siniestro ocurrido o la enfermedadde 24 horas el siniestro ocurrido o la enfermedad
presunta, mediante los formularios de denuncia depresunta, mediante los formularios de denuncia de
accidente o de declaración de enfermedadaccidente o de declaración de enfermedad
profesional. En caso de que el empleador no presenteprofesional. En caso de que el empleador no presente
oportunamente dicha denuncia será pasible de unaoportunamente dicha denuncia será pasible de una
multa cuyo monto establecerá el Reglamento. Losmulta cuyo monto establecerá el Reglamento. Los
gastos de atención sanitaria, otorgada al aseguradogastos de atención sanitaria, otorgada al asegurado
correrán por cuenta del empleador hasta que éstecorrerán por cuenta del empleador hasta que éste
presente la denunciapresente la denuncia
13.
14.
15. Art. 38-Art. 38- En caso de incapacidad temporal, porEn caso de incapacidad temporal, por
accidente del trabajo o enfermedadaccidente del trabajo o enfermedad
profesional, el asegurado tiene derecho, aprofesional, el asegurado tiene derecho, a
partir del cuarto día subsiguiente al delpartir del cuarto día subsiguiente al del
accidente o del reconocimiento de laaccidente o del reconocimiento de la
enfermedad profesional, a un subsidio diarioenfermedad profesional, a un subsidio diario
que se pagará mientras dure la asistenciaque se pagará mientras dure la asistencia
sanitaria o se declare la incapacidadsanitaria o se declare la incapacidad
permanente.permanente.
Art. 39. -Art. 39. - Cuando los servicios médicos de laCuando los servicios médicos de la
Caja declaren no procede más la atenciónCaja declaren no procede más la atención
curativa por haberse consolidado la lesióncurativa por haberse consolidado la lesión
provocada por accidente del trabajo oprovocada por accidente del trabajo o
enfermedad profesional, y el asegurado esenfermedad profesional, y el asegurado es
declarado con una incapacidad permanentedeclarado con una incapacidad permanente
total o parcial, se le concederá una renta, entotal o parcial, se le concederá una renta, en
proporción al grado de incapacidad para elproporción al grado de incapacidad para el
16. Lista de Enfermedades ProfesionalesLista de Enfermedades Profesionales
Cap.13 infecciones ocupacionalesCap.13 infecciones ocupacionales
EnfermedadEnfermedad AgenteAgente Actividad u OcupacionActividad u Ocupacion
Sindrome deSindrome de
inmunoinmuno
deficienciadeficiencia
Humana SIDAHumana SIDA
VIHVIH Trabajodores de laTrabajodores de la
salud,veterinarios, bioquimicos,salud,veterinarios, bioquimicos,
medicos, odontologos,medicos, odontologos,
laboratoristas, enfermeras, auxiliareslaboratoristas, enfermeras, auxiliares
funerarios.funerarios.
Hepatitis ViralHepatitis Viral
A,B,C,D,EA,B,C,D,E
Virus de laVirus de la
hepatitishepatitis
Trabajodores de laTrabajodores de la
salud,bioquimicos, medicos,salud,bioquimicos, medicos,
odontologos, cirujanos maxiloodontologos, cirujanos maxilo
faciales, laboratoristas, enfermeras,faciales, laboratoristas, enfermeras,
auxiliares funerariosauxiliares funerarios
19. Exposicion PermucosaExposicion Permucosa : exposicion a sangre, fluidos o tejidos: exposicion a sangre, fluidos o tejidos
corporalescorporales potencialmente infectantes a través de las mucosas potencialmente infectantes a través de las mucosas
(conjuntivas, mucosa oral y nasal, vaginal)(conjuntivas, mucosa oral y nasal, vaginal)
ExposicionExposicion percutánea:percutánea: exposición a sangre, tejido o fluidosexposición a sangre, tejido o fluidos
corporales potencialmente infectantes a través de punción o corte decorporales potencialmente infectantes a través de punción o corte de
la piella piel
Fluido o tejido corporal potencialmente infectante:Fluido o tejido corporal potencialmente infectante: sangre osangre o
fluidos con sangre visible, LCR, líquido sinovial, pleural, peritoneal,fluidos con sangre visible, LCR, líquido sinovial, pleural, peritoneal,
perìcárdico y amniótico hepatitis B y C se consideran capaces deperìcárdico y amniótico hepatitis B y C se consideran capaces de
transmitir enfermedadtransmitir enfermedad
20. Exposición sin riesgo:Exposición sin riesgo: exposición percutánea o permucosa con fluidosexposición percutánea o permucosa con fluidos
no infectantes y exposiciones de piel intacta o sana con sangre o fluidosno infectantes y exposiciones de piel intacta o sana con sangre o fluidos
corporales de cualquier tipocorporales de cualquier tipo
Exposición con riesgo bajo:Exposición con riesgo bajo: punción con aguja no hueca, lesiónpunción con aguja no hueca, lesión
superficial, salpicadura con escasas gotas por un periodo corto de tiemposuperficial, salpicadura con escasas gotas por un periodo corto de tiempo
Exposición con riesgo alto:Exposición con riesgo alto: punción profunda o corte con aguja hueca,punción profunda o corte con aguja hueca,
presencia de sangre visible en el objeto, aguja usada en arteria o vena delpresencia de sangre visible en el objeto, aguja usada en arteria o vena del
paciente, salpicadura con muchas gotas o derrame, exposición por tiempopaciente, salpicadura con muchas gotas o derrame, exposición por tiempo
prolongadoprolongado
21. Accidente PercutaneoAccidente Percutaneo
1.Mantener la calma1.Mantener la calma
2.Suspender la asistencia al paciente2.Suspender la asistencia al paciente
3.Retirar el objeto con el que se produjo el accidente3.Retirar el objeto con el que se produjo el accidente
para la evaluación de cantidad y tipo de secresiónpara la evaluación de cantidad y tipo de secresión
contaminada.contaminada.
4.Retirar los guantes4.Retirar los guantes
5. Limpiar la herida con agua y jabón sin restregar y5. Limpiar la herida con agua y jabón sin restregar y
permitiendo que la sangre fluya libremente de lapermitiendo que la sangre fluya libremente de la
herida o inducirla si es necesario durante 2 a 3herida o inducirla si es necesario durante 2 a 3
minutos bajo el chorro de agua corriente.minutos bajo el chorro de agua corriente.
22. Accidente PercutaneoAccidente Percutaneo
6. Evaluar y clasificar la herida y el accidente de acuerdo al tipo y la posibilidad de contagio6. Evaluar y clasificar la herida y el accidente de acuerdo al tipo y la posibilidad de contagio
7. Proteger la herida con gasa y adhesivo7. Proteger la herida con gasa y adhesivo
8. El paciente y la historia deben permanecer con el personal de salud que sufrió el accidente8. El paciente y la historia deben permanecer con el personal de salud que sufrió el accidente
hasta su evaluación por el médico de guardia.hasta su evaluación por el médico de guardia.
9. Desinfectar la herida con jabón a base de povidina yodada o solución de gluconato de9. Desinfectar la herida con jabón a base de povidina yodada o solución de gluconato de
clorhexidina.clorhexidina.
10. Cubrir la herida con un apósito impermeable o suturar de ser necesario10. Cubrir la herida con un apósito impermeable o suturar de ser necesario
11. Verificara la HC del paciente, realizar prueba serológica para VIH al paciente y al11. Verificara la HC del paciente, realizar prueba serológica para VIH al paciente y al
trabajador de salud que tuvo el accidente. Pruebas para Hepatitis B y C al paciente y eltrabajador de salud que tuvo el accidente. Pruebas para Hepatitis B y C al paciente y el
personal accidentado.personal accidentado.
12. Reportar el accidente a medicina laboral en 24 hrs12. Reportar el accidente a medicina laboral en 24 hrs
13. Inicio de quimioprofilaxis antirretroviral inmediatamente y mantenerla sí el paciente es13. Inicio de quimioprofilaxis antirretroviral inmediatamente y mantenerla sí el paciente es
sropositvo al Virus de Inmunodeficiencia Humana por cuatro semanas o más ensropositvo al Virus de Inmunodeficiencia Humana por cuatro semanas o más en
coordinacion con CDVIR.coordinacion con CDVIR.
14. Seguimiento serológico para VIH ,valoración de base, a las 6 semanas, 3 meses, 614. Seguimiento serológico para VIH ,valoración de base, a las 6 semanas, 3 meses, 6
meses y extender hasta 12 meses.meses y extender hasta 12 meses.
23. Accidente ocupacionalAccidente ocupacional
Evaluar tipo de accidenteEvaluar tipo de accidente
Grado de exposicionGrado de exposicion
Riesgo Transmision de VIHRiesgo Transmision de VIH
Investigar estadoInvestigar estado
serologicoserologico
PacientePaciente
Alta medica
control periodico
Positivo
consejeria
Investigacion
seguimiento
1era dosis de TQP
Ninguno
consejeria/ No TTO
LLenado de DAT
comunicacion a CHSI