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128
CAP. II
CAP. III
CAP. IV
CAP. V
CAP. VI
CAP. I
CAP. VIII
III.	 AFECTACIÓN EN USO
1.	 Aspectos generales
1.1	 Finalidad
	 Establecer los procedimientos para la aprobación de la afectación en uso y la desafectación de
los predios del Estado.
1.2	 Objetivos
	 Establecer los procedimientos para:
1.2.1	 La aprobación de la afectación en uso de predios del dominio privado del Estado a favor
de entidades públicas; y, excepcionalmente, a favor de particulares.
1.2.2	 La recuperación de predios cuando se haya incurrido en una o más causales de desafec-
tación.
1.3	 Base Legal
*	 La Cuarta Disposición Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556, modificada por el
Artículo 5 del Decreto Ley Nº 25738, por la que se creó la Superintendencia de Bienes
Nacionales, en adelante la SBN.
*	 La Ley Nº 27395, Ley que adscribió a la SBN al Ministerio de Economía y Finanzas, a partir
del 1 de enero del 2001.
*	 Los literales e), f), j) y m) del Artículo 7 del Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, que aprue-
ba el Estatuto de la SBN, en el que se establece como una de sus funciones, la de aprobar
las Directivas aplicables para la administración de los bienes de propiedad estatal a su
cargo.
*	 Los Artículos 78 al 99 inclusive del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, que aprueba el
Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Es-
tatal, en los que se regula la afectación en uso y la desafectación predial.
*	 La Primera Disposición Complementaria del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, que fa-
culta a la SBN a dictar las normas procedimentales complementarias para la aplicación
del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad
Estatal.
*	 El Artículo 1 del Decreto Ley Nº 25554 modificado por el Artículo 2 del Decreto de Ur-
gencia Nº 071-2001, que dispone que las acciones referidas a las afectaciones de inmue-
bles de propiedad estatal a cargo de la SBN, serán aprobadas mediante Resolución de la
Superintendencia de Bienes Nacionales.
*	 El literal a) del Artículo 41 y los literales e) y f) del Artículo 39 del Reglamento de Orga-
nización y Funciones de la SBN, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 315-
2001/SBN.
1.4	 Alcance
	 La presente Directiva tiene alcance a nivel nacional. Las entidades públicas que cuenten con
regímenes legales especiales de afectación en uso podrán de acuerdo con la particular natura-
leza de los predios, aplicar supletoriamente las normas de la presente Directiva.
Procedimientos para la afectacion en uso y desafectacion de predios
del estado
Directiva Nº 005-2002/SBN aprobado por Resolucion Nº 022-2002-SBN
129
CAP. II
CAP. III
CAP. IV
CAP. V
CAP. VI
CAP. I
CAP. VIII
1.5	 Disposiciones Generales
1.5.1	 La potestad decisoria de aprobar el trámite de afectación en uso queda reservada a la
SBN, respecto de los predios del Estado que se encuentran a su cargo.
	 El Estado a través de la SBN y en aplicación del Artículo VII del Título Preliminar del De-
creto Supremo Nº 154-2001-EF, se encuentra facultado para reservar la disposición de
un bien de propiedad estatal de libre disponibilidad para un uso o finalidad específica, a
favor de determinada entidad pública.
1.5.2	 Son nulas las afectaciones en uso aprobadas por otras entidades públicas que no tienen
competencia expresa para ello.
1.5.3	 Los predios del dominio público del Estado no pueden ser afectados en uso.
1.5.4	 Se pueden afectar en uso los predios del dominio privado del Estado y los aportes regla-
mentarios de libre disponibilidad.
1.5.5	 La afectación en uso debe aprobarse utilizando criterios de racionalización, equidad y
de interés general.
1.5.6	 Los procedimientos de las afectaciones en uso reguladas por normas especiales se ade-
cuarán, en todo lo que sea pertinente, a las disposiciones contenidas en el Decreto Su-
premo Nº 154-2001-EF.
1.5.7	 Las afectaciones en uso aprobadas antes de la entrada en vigencia del Decreto Supremo
Nº 154-2001-EF, se adecuarán a la presente Directiva.
1.5.8	 Las afectaciones en uso de la propiedad predial del Estado, se realizan respecto de pre-
dios inmatriculados y saneados física y legalmente. De ser necesario, el saneamiento se
realizará en el mismo procedimiento.
1.5.9	 Las afectaciones en uso se otorgan por un plazo indeterminado.
1.5.10	La finalidad de la afectación se debe cumplir dentro de un plazo no mayor de 2 años,
computados a partir del acta de entrega del predio. Para las afectaciones en uso apro-
badas antes de la vigencia del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, el plazo se computará
desde la fecha de notificación de la Resolución Administrativa.
1.5.11 Las acciones de desafectación de la propiedad predial del Estado, se inician de oficio.
1.5.12 Las desafectaciones de predios afectados al Ministerio de Defensa, al Ministerio del In-
terior o a cualesquiera de sus dependencias debe contar con la opinión favorable del
sector correspondiente.
1.5.13 La solicitud de Afectación en Uso, la Memoria Descriptiva, el Informe Técnico Legal y el
Acta de Entrega - Recepción, deben ser elaborados según los formatos que se aprueban
con la presente Directiva (Anexos 1, 2, 3 y 4, respectivamente).
2.	 De la afectación en uso
2.1. 	 Disposiciones Específicas
2.1.1	 La afectación en uso es el derecho que permite a una entidad pública o a un particular
usar y administrar a título gratuito un predio de propiedad estatal para un fin determi-
nado compatible con las funciones del Estado.
2.1.2	 La afectación en uso no transmite el derecho de propiedad.
2.1.3	 El plazo de duración de la afectación en uso es indeterminado, siempre y cuando el afec-
tatario no incurra en ninguna de las causales de desafectación previstas en el Decreto
Supremo Nº 154-2001-EF y en la presente Directiva.
2.1.4	 Las afectaciones en uso de la propiedad estatal se otorgarán preferentemente a favor de
entidades del Sector Público Nacional; y, excepcionalmente, a favor de personas natura-
les o instituciones privadas que coadyuven con los fines sociales del Estado.
2.1.5	 La afectación en uso se extiende al suelo, subsuelo y sobresuelo. Asimismo, comprende
130
CAP. II
CAP. III
CAP. IV
CAP. V
CAP. VI
CAP. I
CAP. VIII
la fábrica existente sobre y/o bajo la superficie del mismo, con todas sus partes inte-
grantes o accesorios, la que deberá estar debidamente inventariada y valorizada. Dicha
información se deberá detallar en el Informe Técnico Legal.
2.1.6	 Cuando por la particularidad de la solicitud de la afectación en uso peligre la seguridad
del predio, la SBN podrá entregar su posesión al solicitante, mediante Acta de Entrega
Predial, en tanto se expida la respectiva Resolución de afectación en uso, sin que ello
signifique el otorgamiento definitivo de derecho alguno a su favor. Los gastos que de-
mande la conservación del predio en ese período no son reembolsables.
2.1.7	 Cuando dos o más personas usan y administran un mismo predio existe pluralidad de
afectatarios. Cada afectatario ejercerá proporcionalmente los derechos y obligaciones
inherentes a la afectación en uso otorgada. En todo caso, los afectatarios deberán cons-
tituir obligatoriamente en el plazo de 60 días de dictada la Resolución aprobatoria, un
régimen de administración común; en su defecto, se aplicará la Ley Nº 27157, en todo lo
que corresponda.
2.1.8	 El afectatario está obligado a sufragar los gastos de conservación, administración y el
pago de todo tributo, así como a conservar y cautelar la seguridad física y jurídica de los
predios, sin reembolso alguno por las mejoras hechas en los mismos.
2.1.9	 De producirse una situación de caso fortuito o fuerza mayor, el afectatario podrá solici-
tar la prórroga del plazo de dos años para el cumplimiento de las obras de construcción
fijadas en la Resolución de Afectación.
	 Corresponde a la Jefatura de Adjudicaciones evaluar la solicitud y emitir el pronuncia-
miento respectivo mediante Resolución.
2.2	 Del procedimiento de la afectación en uso
2.2.1	 La solicitud de Afectación en Uso se presentará ante la SBN, de acuerdo con el Formato
del Anexo 1, correspondiendo su evaluación, calificación y pronunciamiento mediante
Resolución a la Jefatura de Adjudicaciones.
2.2.2	 Tratándose de predios de propiedad estatal bajo la administración de la SBN, inscritos a
nombre de una entidad pública, la Jefatura de Adjudicaciones solicitará al titular regis-
tral su opinión.
	 Si la entidad pública otorga opinión favorable, se admitirá a trámite la solicitud de afec-
tación en uso. Caso contrario, se denegará la solicitud formulada.
2.2.3	 Iniciado el procedimiento, la Jefatura de Adjudicaciones organizará el expediente ad-
ministrativo; sin perjuicio de requerir cualquier informe adicional que resulte necesario
para resolver el pedido.
2.2.4	 El expediente administrativo contendrá, entre otros documentos, los siguientes
a)	 Solicitud de Afectación en Uso.
b)	 Opinión favorable de la entidad pública a cuyo nombre se encuentra inscrito el
predio, cuando corresponda.
c)	 Copia de la partida registral del predio
d)	 Plano Perimétrico del terreno en coordenadas UTM a escala 1/100, 1/200 ó 1/500
con la indicación del área, los linderos, los ángulos y las medidas perimétricas del
predio,
e) 	 Plano de Ubicación del predio a escala 1/1000 ó 1/5000.
f)	 Memoria Descriptiva del terreno indicando la ubicación, el área, los linderos, las
medidas perimétricas y la zonificación.
g)	 Informe Técnico Legal, sustentado por los respectivos profesionales.
2.2.5	 Aprobada la solicitud de Afectación en Uso, la Jefatura de Adjudicaciones emitirá la Re-
solución correspondiente, notificando el afectatario e inscribiéndola en los Registros Pú-
blicos y registrándola en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de propiedad
Estatal - SINABIP.
131
CAP. II
CAP. III
CAP. IV
CAP. V
CAP. VI
CAP. I
CAP. VIII
	 Denegada la solicitud de afectación en uso, se notificará la Resolución al recurrente,
dándose por concluido el procedimiento administrativo.
2.2.6	 Dentro del plazo de 30 días de emitida la Resolución que aprueba la solicitud de afecta-
ción en uso, el Acta de Entrega Predial (Anexo 4) será suscrita por un representante de la
Jefatura de Adjudicaciones y el afectatario.
3.	 DE LA DESAFECTACIÓN
3.1	 Disposiciones Específicas
3.1.1	 La desafectación es el procedimiento administrativo por el cual el Estado reasume la
administración de un predio o parte de él afectado en uso, por haberse incurrido en
cualesquiera de las causales de desafectación previstas en el numeral 3.2 de la presente
Directiva.
3.1.2	 La desafectación no otorga derecho de reembolso alguno por las edificaciones o mejo-
ras implementadas en el predio, a favor de quien tuvo la calidad de afectatario.
3.1.3	 Quien hubiera tenido la calidad de afectatario no podrá solicitar nuevamente por sí mis-
mo o mediante terceros la afectación en uso del mismo predio. Le alcanza similar limita-
ción al coafectatario.
3.2	 Causales de Desafectación
3.2.1	 La variación del fin para el cual fue afectado en uso el predio.
	 La desafectación total o parcial del predio procede cuando de la verificación de uso se
aprecia que el afectatario ha variado o desnaturalizado en todo o en parte el destino
para el cual se otorgó la afectación en uso.
3.2.2	 La inaplicación total o parcial del fin para el cual fue afectado en uso el predio
	 Cuando se ha entregado al afectatario un predio construido, que éste no lo utiliza o
lo utiliza parcialmente, procede la desafectación. Esta también procede aun cuando el
afectatario hubiera ejecutado las obras de infraestructura en el predio y no las utiliza
total o parcialmente.
3.2.3	 Cese de la Finalidad de la Afectación en Uso
	 Procede desafectar el predio, cuando no sea necesario continuar con la ejecución de la
afectación en uso porque así lo ha establecido un mandato legal.
3.2.4	 Incumplimiento dentro del plazo de dos años contados a partir de la suscripción del
Acta de Entrega, de la realización de las obras de construcción fijadas en la Resolución
de Afectación.
	 Procede la desafectación cuando no se han ejecutado las obras total o parcialmente,
según el anteproyecto presentado por la afectataria, dentro del plazo de dos años con-
tados a partir de la suscripción del Acta de Entrega del Predio.
3.2.5	 Cesión de la afectación en uso
	 Cuando el predio no se encuentra a cargo de la administración del afectatario o ha sido
entregado a un tercero para su uso y administración, aun cuando se esté cumpliendo
con el fin para el cual fue afectado en uso, procede la desafectación del inmueble.
3.2.6	 Fallecimiento del afectatario
	 Cuando se produce el deceso de la persona a quien se le otorgó la afectación en uso
procede la desafectación. Los herederos están en la obligación de comunicar el deceso,
en un plazo máximo de 30 días contados a partir de la fecha del fallecimiento.
3.2.7	 Disolución de la personería jurídica del afectatario
	 La desafectación procede cuando se disuelve la persona jurídica a la que se afectó el
predio. Los representantes legales de la persona jurídica están en la obligación de co-
municar la disolución a la SBN, en el plazo máximo de 30 días contados a partir de la
formalización de la disolución societaria.
132
CAP. II
CAP. III
CAP. IV
CAP. V
CAP. VI
CAP. I
CAP. VIII
3.2.8	 Gravamen o enajenación del inmueble afectado en uso
	 Procede la desafectación cuando el predio ha sido otorgado en garantía, transferido,
arrendado o cedido a terceros bajo cualquier título, sin la obligación del Estado de can-
celar el importe materia de gravamen o de indemnizar al tercero adquirente.
3.2.9	 Incumplimiento del pago de obligaciones
	 Cuando los afectatarios no cumplen con los pagos de tributos, así como con los de con-
servación y administración del inmueble, tales como los servicios de luz, agua, teléfono
y otros de similar naturaleza, procede la desafectación.
3.2.10 Conservación negligente
	 Procede la desafectación cuando de la verificación de uso se constata que las partes
integrantes o accesorias del bien están sufriendo un deterioro mayor al de su uso ordi-
nario, verificándose la negligencia del afectatario en la conservación y mantenimiento
del predio.
3.3 	 Del procedimiento de la desafectación
3.3.1	 La verificación de uso es la acción intempestiva de fiscalización a cargo de la Jefatura
de Adquisiciones y Recuperaciones. Puede realizarse en cualquier momento después
de firmada el acta de entrega física del predio. La realización de la verificación de uso
no impide que la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones pueda disponer otra en el
mismo predio.
3.3.2	 La verificación de uso se realiza mediante una inspección técnica destinada a constatar
la situación física y legal del predio, así como su adecuada utilización y cautela de acuer-
do con los fines para los que fue entregado.
3.3.3	 Si de la verificación de uso se concluye que el predio está siendo utilizado de acuerdo
con los términos estipulados en la Resolución de Afectación en uso, se anexará el infor-
me técnico legal al expediente, disponiéndose su archivo provisional.
3.3.4	 Si de la verificación de uso se determina la existencia de alguna causal de desafectación,
se notificará a los afectatarios para que informen respecto de este hecho. Adicionalmen-
te, la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones podrá solicitarle todo tipo de informa-
ción vinculada con la verificación del incumplimiento, el grado de avance de las obras
comprometidas, la acreditación del pago de los servicios públicos, los tributos munici-
pales y cualquier otro aspecto relacionado con la afectación. Se otorgará al afectatario
30 días calendario para absolver el requerimiento o realizar el respectivo descargo.
3.3.5	 Luego de la inspección técnica y verificado el incumplimiento, de ser el caso, la Jefatu-
ra de Adquisiciones y Recuperaciones, previo informe técnico legal sustentado por los
profesionales responsables, suscribirá la Resolución de Desafectación a favor del Estado,
disponiendo su notificación.
3.3.6	 El expediente administrativo organizado por la Jefatura de Adquisiciones y Recupera-
ciones contendrá lo siguiente, según corresponda:
a)	 Copia de la Resolución que dispuso la afectación en uso del predio.
b) 	 Partida registral donde se encuentra inscrito el predio.
c) 	 Oficios cursados al afectatario respecto de la situación del predio, de ser el caso.
d) 	 Comunicaciones remitidas por el afectatario.
e) 	 Plano Perimétrico y de Ubicación en coordenadas UTM a escala 1/100, 1/200 ó
1/500 con la indicación del área, los linderos, los ángulos y las medidas perimétri-
cas, en caso que la desafectación sea parcial.
f)	 Memoria Descriptiva del predio si la desafectación es parcial.
g)	 Informe Técnico Legal sustentado por los profesionales responsables.
3.3.7	 Por el mérito de la Resolución que dispone la desafectación, se extenderá en el plazo de
133
CAP. II
CAP. III
CAP. IV
CAP. V
CAP. VI
CAP. I
CAP. VIII
30 días calendario de consentida ésta, el acta de recepción del predio.
3.4	 Del procedimiento para la desafectación a las entidades públicas
	 Si de la verificación de uso a un predio afectado a una entidad pública, se constata la existencia
de alguna de las causales de desafectación previstas en la presente Directiva, se cursará a la
entidad pública un oficio dando cuenta de lo verificado y solicitándole el descargo correspon-
diente.
	 El descargo será derivado a la Jefatura de Adjudicaciones a efectos de que ésta evalúe la facti-
bilidad de que el predio continúe afectado en uso a dicha entidad pública.
	 Transcurridos treinta días calendario sin mediar respuesta, o no habiendo sido ésta debida-
mente sustentada, se procederá a la desafectación.
3.5	 La Resolución de Desafectación se notificará de acuerdo a ley y se procederá a su inscrip-
ción en el Registro Público correspondiente, así como a su registro en el SINABIP.
Anexo 1
	
	 SOLICITUD DE AFECTACIÓN EN USO
1.	 SEÑORES SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES:
•	 En el caso de Persona Natural:
•	 Yo ____________________________________________________________________
		 Apellido Paterno		 Apellido Materno		 Nombres
	
	 Identificado con L.E. D.N.I.	 C.E.	 Nº _____________________________,
	 domiciliado en _________________________________________________________.
•	 En el caso de Persona Jurídica de derecho público o privado:
	 Razón Social o denominación _____________________________________________
	 Representado por ____________________________ , RUC Nº __________________ ,
	 con poderes inscritos en _______________________, Tele / Fax ________________ ,
	 solicito la afectación en uso del siguiente predio de propiedad del Estado:
a)	 Ubicación: Jr. / Calle / Av. ________________________ Nº _______________
	 Distrito _____________ Provincia _______________ Dpto. _______________
b)	 Otros:
	 (Especifique) ____________________________________________________
	 _______________________________________________________________	
c)	 Finalidad: _______________________________________________________
d)	 Base Legal: ______________________________________________________
					 (En caso de entidades públicas)
e)	 Experiencia en la actividad a desarrollar __________________________________
134
CAP. II
CAP. III
CAP. IV
CAP. V
CAP. VI
CAP. I
CAP. VIII
2.-	 DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA:
2.1	 Anteproyecto de la obra 		
2.2	 Factibilidad Económica 		
2.3	 Plano de Ubicación / Memorial		
2.4	 Certificado de Zonificación y Compatibilidad de uso 	 	
2.5	 Otros documentos: (Especifique) __________________________________________	
______________________________________________________________________
	 ______________________________________________________________________
_____________________
	 Firma
	 Fecha : _________________
	 D.N.I.: __________________
	 Nota:
	 Los documentos presentados se presumen ciertos en aplicación del Artículo 42 de la Ley Nº
27444, estando la SBN facultada a efectuar la verificación y fiscalización posterior. En caso
que los documentos presentados o los datos consignados en la presente solicitud resulta-
ran falsos, se iniciarán las acciones penales y se aplicarán las sanciones correspondientes.
Anexo 2
MEMORIA DESCRIPTIVA
Nº ..............-2002/SBN-GO-JAD
	 EXPEDIENTE Nº
	 REF: PLANO Nº
	 I.	 UBICACIÓN:
	 El predio se encuentra ubicado en ............................... en la urbanización ................. distrito de
................, provincia ................., departamento de ................
	 Il.	 DESCRIPCIÓN:
	 El predio materia del presente expediente corresponde a un inmueble de ........................ nive-
les, de acuerdo a la siguiente distribución.
	 III.	 LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS:
-	 Por el frente (o Norte), con la calle (o avenida) 	............. en una línea recta A-B de ........ m
y ángulo en el vértice A de 00°00’00”,
-	 Por la derecha (o Sur), con
-	 Por la izquierda (o Este), con
-	 Por el fondo, (u Oeste), con
135
CAP. II
CAP. III
CAP. IV
CAP. V
CAP. VI
CAP. I
CAP. VIII
	 IV.	 ÁREA Y PERÍMETRO:
	 El terreno de forma ................ , posee un área de ......m2, y cuenta con un perímetro de ............
m.
	 V.	 ZONIFICACIÓN:
	 El predio está calificado como ...................... , según el Plano de Zonificación Nº ................, co-
rrespondiente al distrito de ...............
	 VI.	 VALOR:
	 Conforme a la valorización Nº .................... , el predio tiene un valor ........... de ......... (.........)
	 VII.	 OBSERVACIONES:
	 La presente documentación técnica se ha elaborado sobre la base de los datos que obran
en la Partida Electrónica Nº .............. del Registro de la Propiedad Inmueble de ..........	, así
como de la inspección ocular realizada por integrantes de esta Jefatura sobre el menciona-
do predio.
........ de................. de 2002
		 -----------------------------------------			 --------------------------------------------
		 Responsable Técnico			 Responsable Legal
ANEXO 3
				 INFORME TECNICO LEGAL /SBN-GO-JAD	 Fecha: 00/00/0000
JEFATURA: ASIENTO
TECNICO:
LEGAL:
	 1.	 DATOS GENERALES
EXPEDIENTE EXPEDIENTE MATRIZ SOLICITANTE
EXPEDIENTE RELACIONADOS NINGUNO
TRÁMITE ÁREA
UBICACIÓN DEL PREDIO
DEPARTAMENTO
136
CAP. II
CAP. III
CAP. IV
CAP. V
CAP. VI
CAP. I
CAP. VIII
PROVINCIA
DISTRITO
AV. / CA. / JR.
	
	 2.	 ANTECEDENTES
	 2.1. REGISTRALES:
FORMA DE ADQUISICION BASE LEGAL AREA
PROPIETARIO
ASIENTO FOLIO TOMO FICHA PART. ELEC. CODIGO PREDIO FECHA REGIST.
FÁBRICA AREA CONSTRUIDA VALOR FICHA PART. ELEC. FOJA ASIENTO TOMO FECHA
	
	 2.2.	 LEGALES:
		 PERSONA NATURAL:
NOMBRES Y APELLIDOS D.N.I.
RAZÓN SOCIAL
CONSTITUCION
REPRESENTACION
Nº F / PE / REG. Per. Jur.
	 NORMATIVIDAD APLICABLE:
		 RESTRICCIONES (DE USO, DE DISPOSICION):
	 2.3	 OBSERVACIONES LEGALES:
137
CAP. II
CAP. III
CAP. IV
CAP. V
CAP. VI
CAP. I
CAP. VIII
	 2.4.	 TÉCNICOS:
		 DOCUMENTACION TÉCNICA PRESENTADA:
CONFORME
PLANO UBICACIÓN-PERIMETRICO
MEMORIA DESCRIPTIVA
VALORIZACIÓN
		 OBSERVACION:
TIPO DE AREA TIPO DE TERRENO TIPO
URBANA URBANO ZONIFICACION
EXPANSION URBANA RUSTICO ESTRUCTURACION
EXTRA URBANA ERIAZO
USOS COMPATIBLES
	 3.	 INSPECCIÓN OCULAR
	 3.1	 UBICACIÓN DEL PREDIO
URBANIZACIÓN
DEPARTAMENTO
PROVINCIA MANZANA LOTE
DISTRITO
AV / CA / JR
138
CAP. II
CAP. III
CAP. IV
CAP. V
CAP. VI
CAP. I
CAP. VIII
	 3.2.	 ÁREAS Y LINDEROS DEL PREDIO
LINDERO CALLE / JIRÓN / AVENIDA LADO ML Nº MUNIC.
FRENTE
DERECHA
IZQUIERDA
FONDO
ÁREA DEL TERRENO
(M2) REGISTRAL
ÁREA DEL TERRENO (M2)
GRÁFICA
PERÍMETRO
(M)
ÁREA
CONSTRUIDA
DISTANCIADELAESQUINA(M) DEREC. IZQUIE. AV / CA / JA
	 3.3.	 OCUPACIÓN ACTUAL
ANTIGÜEDAD DE LA OCUPACIÓN (años)
	 3.4.	 ACCESO
	 3.5.	 TOPOGRAFÍA Y SUELO
		 TOPOGRAFÍA
TIPO COMENTARIO
	 3.6.	 SERVICIOS DE SANEAMIENTO
SERVICIOS INSTALADOS FACTIBILIDAD DE SERVICIOS
AGUA
DESAGÜE
ELECTRIFICACIÓN
139
CAP. II
CAP. III
CAP. IV
CAP. V
CAP. VI
CAP. I
CAP. VIII
	 3.7.	 CARACTERÍSTICAS DE LA EDIFICACIÓN
	 (Elaborado en base a la tabla de valores unitarios de edificación)
Nº PISO,
SOTANO O
MEZA-
NINE
FECHA DE LA
CONSTRUCCIÓN MATERIAL
ESTRUCT.
PREDOMI-
NANTE
ESTADO DE
CONSERVACIÓN
CATEGORIAS
Área
Cons-
truida
Verificada
Valor
Estimado
MES AÑO
Estructura Acabados
I. Elec.
Sanit.
Muro Techo Pisos Puertas Revestim. Baño
Total 1 en S/.
		 OBRAS COMPLEMENTARIAS
Nº DENOMINACIÓN Antig. Unidad Cant.
Estado
Conserv.
Mat.
Predom.
Valor
Estimado
1
2
3
4
5
Total 2 en S/.
Valor del Terreno Total 3 en S/.
Total 1 + Total 2 + Total 3 Total S/.
								
								
	 3.8.	 OBSERVACIONES TÉCNICAS
	 3.9.	 CONCLUSIONES
		 ................................................			 ......................................................
		 Responsable Legal			 Responsable Técnico
140
CAP. II
CAP. III
CAP. IV
CAP. V
CAP. VI
CAP. I
CAP. VIII
Anexo 4
ACTA DE ENTREGA
RECEPCIÓN DE PREDIOS AFECTADOS Y DESAFECTADOS
	 En el distrito de ..................., provincia de ......................, departamento de .................., siendo las
........................ (a.m./p.m.) del día ...................... de ............ del año .............., se reúnen en representa-
ción de la Superintendencia de Bienes Nacionales - SBN, el (la) señor(a) ..................................................
......, identificado con D.N.I. Nº ..........................., designado (a) mediante documento: .............................,
a quien en adelante se les denominará LA SBN, y de otro lado el (la) señor(a) ..............................,
identificado (a) con D.N.I. Nº .........................., designado (a) mediante documento Nº .................... en
representación de ......................, a quien en adelante se le denominará el (la) afectatario (a), con la
finalidad de efectuar la Entrega / Devolución del inmueble indicado en la primera cláusula de
esta Acta, bajo los siguientes términos:
	 PRIMERO: Mediante Resolución Nº ............... de fecha ............ de ............... del .............., se afectó en
uso el inmueble de ................. m2, ubicado en el ........................, distrito de ............................, provincia de
................., departamento de ....................., a favor de ................... con la finalidad de.....................................
	 SEGUNDO: LA SBN en la fecha hace entrega/devolución formal del predio submateria, dejándose
constancia de lo siguiente:
	 Descripción de ambientes por Piso:
	 .................................................................................................................................................................................................
	 .................................................................................................................................................................................................
	 .................................................................................................................................................................................................
	 ....................................................
	 Características Constructivas:
	 (Materiales de Construcción)
	 .................................................................................................................................................................................................
	 .................................................................................................................................................................................................
	 .................................................................................................................................................................................................
	 ....................................................
	 Estado de Conservación;
	 Bueno	 : .................................................................................................................................
	 Regular	 : .................................................................................................................................
	 Malo		 : .................................................................................................................................
	 Servicios Públicos Domiciliarios:
	 Agua		 : Instalado	 ...	 Factibilidad
	 Desagüe	 : Instalado		 Factibilidad
	 Luz		 : Instalado		 Factibilidad
	 Teléfono	 : Instalado		 Factibilidad
	 .................................................................................................................................................................................................
	 .................................................................................................................................................................................................
	 .................................................................................................................................................................................................
	 VERIFICACIÓN DE PAGO DE SERVICIOS PÚBLICOS A LA FECHA DE RECEPCIÓN
141
CAP. II
CAP. III
CAP. IV
CAP. V
CAP. VI
CAP. I
CAP. VIII
	 Agua		 ........
	 Luz		 ........
	 Teléfono	 ........
	 Otros 	 ........
	 OBSERVACIONES:
	 .................................................................................................................................................................................................
	 .................................................................................................................................................................................................
	 ..................................................................
	 En señal de conformidad, las partes suscriben la presente Acta en tres ejemplares, a los
	 .....................................................
	 _______________________			 _________________________
	 POR LA SBN			 POR EL AFECTATARIO

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SBN INVENTARIOS - AFECTACION DE USO

  • 1. 128 CAP. II CAP. III CAP. IV CAP. V CAP. VI CAP. I CAP. VIII III. AFECTACIÓN EN USO 1. Aspectos generales 1.1 Finalidad Establecer los procedimientos para la aprobación de la afectación en uso y la desafectación de los predios del Estado. 1.2 Objetivos Establecer los procedimientos para: 1.2.1 La aprobación de la afectación en uso de predios del dominio privado del Estado a favor de entidades públicas; y, excepcionalmente, a favor de particulares. 1.2.2 La recuperación de predios cuando se haya incurrido en una o más causales de desafec- tación. 1.3 Base Legal * La Cuarta Disposición Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556, modificada por el Artículo 5 del Decreto Ley Nº 25738, por la que se creó la Superintendencia de Bienes Nacionales, en adelante la SBN. * La Ley Nº 27395, Ley que adscribió a la SBN al Ministerio de Economía y Finanzas, a partir del 1 de enero del 2001. * Los literales e), f), j) y m) del Artículo 7 del Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, que aprue- ba el Estatuto de la SBN, en el que se establece como una de sus funciones, la de aprobar las Directivas aplicables para la administración de los bienes de propiedad estatal a su cargo. * Los Artículos 78 al 99 inclusive del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, que aprueba el Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Es- tatal, en los que se regula la afectación en uso y la desafectación predial. * La Primera Disposición Complementaria del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, que fa- culta a la SBN a dictar las normas procedimentales complementarias para la aplicación del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal. * El Artículo 1 del Decreto Ley Nº 25554 modificado por el Artículo 2 del Decreto de Ur- gencia Nº 071-2001, que dispone que las acciones referidas a las afectaciones de inmue- bles de propiedad estatal a cargo de la SBN, serán aprobadas mediante Resolución de la Superintendencia de Bienes Nacionales. * El literal a) del Artículo 41 y los literales e) y f) del Artículo 39 del Reglamento de Orga- nización y Funciones de la SBN, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 315- 2001/SBN. 1.4 Alcance La presente Directiva tiene alcance a nivel nacional. Las entidades públicas que cuenten con regímenes legales especiales de afectación en uso podrán de acuerdo con la particular natura- leza de los predios, aplicar supletoriamente las normas de la presente Directiva. Procedimientos para la afectacion en uso y desafectacion de predios del estado Directiva Nº 005-2002/SBN aprobado por Resolucion Nº 022-2002-SBN
  • 2. 129 CAP. II CAP. III CAP. IV CAP. V CAP. VI CAP. I CAP. VIII 1.5 Disposiciones Generales 1.5.1 La potestad decisoria de aprobar el trámite de afectación en uso queda reservada a la SBN, respecto de los predios del Estado que se encuentran a su cargo. El Estado a través de la SBN y en aplicación del Artículo VII del Título Preliminar del De- creto Supremo Nº 154-2001-EF, se encuentra facultado para reservar la disposición de un bien de propiedad estatal de libre disponibilidad para un uso o finalidad específica, a favor de determinada entidad pública. 1.5.2 Son nulas las afectaciones en uso aprobadas por otras entidades públicas que no tienen competencia expresa para ello. 1.5.3 Los predios del dominio público del Estado no pueden ser afectados en uso. 1.5.4 Se pueden afectar en uso los predios del dominio privado del Estado y los aportes regla- mentarios de libre disponibilidad. 1.5.5 La afectación en uso debe aprobarse utilizando criterios de racionalización, equidad y de interés general. 1.5.6 Los procedimientos de las afectaciones en uso reguladas por normas especiales se ade- cuarán, en todo lo que sea pertinente, a las disposiciones contenidas en el Decreto Su- premo Nº 154-2001-EF. 1.5.7 Las afectaciones en uso aprobadas antes de la entrada en vigencia del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, se adecuarán a la presente Directiva. 1.5.8 Las afectaciones en uso de la propiedad predial del Estado, se realizan respecto de pre- dios inmatriculados y saneados física y legalmente. De ser necesario, el saneamiento se realizará en el mismo procedimiento. 1.5.9 Las afectaciones en uso se otorgan por un plazo indeterminado. 1.5.10 La finalidad de la afectación se debe cumplir dentro de un plazo no mayor de 2 años, computados a partir del acta de entrega del predio. Para las afectaciones en uso apro- badas antes de la vigencia del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, el plazo se computará desde la fecha de notificación de la Resolución Administrativa. 1.5.11 Las acciones de desafectación de la propiedad predial del Estado, se inician de oficio. 1.5.12 Las desafectaciones de predios afectados al Ministerio de Defensa, al Ministerio del In- terior o a cualesquiera de sus dependencias debe contar con la opinión favorable del sector correspondiente. 1.5.13 La solicitud de Afectación en Uso, la Memoria Descriptiva, el Informe Técnico Legal y el Acta de Entrega - Recepción, deben ser elaborados según los formatos que se aprueban con la presente Directiva (Anexos 1, 2, 3 y 4, respectivamente). 2. De la afectación en uso 2.1. Disposiciones Específicas 2.1.1 La afectación en uso es el derecho que permite a una entidad pública o a un particular usar y administrar a título gratuito un predio de propiedad estatal para un fin determi- nado compatible con las funciones del Estado. 2.1.2 La afectación en uso no transmite el derecho de propiedad. 2.1.3 El plazo de duración de la afectación en uso es indeterminado, siempre y cuando el afec- tatario no incurra en ninguna de las causales de desafectación previstas en el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y en la presente Directiva. 2.1.4 Las afectaciones en uso de la propiedad estatal se otorgarán preferentemente a favor de entidades del Sector Público Nacional; y, excepcionalmente, a favor de personas natura- les o instituciones privadas que coadyuven con los fines sociales del Estado. 2.1.5 La afectación en uso se extiende al suelo, subsuelo y sobresuelo. Asimismo, comprende
  • 3. 130 CAP. II CAP. III CAP. IV CAP. V CAP. VI CAP. I CAP. VIII la fábrica existente sobre y/o bajo la superficie del mismo, con todas sus partes inte- grantes o accesorios, la que deberá estar debidamente inventariada y valorizada. Dicha información se deberá detallar en el Informe Técnico Legal. 2.1.6 Cuando por la particularidad de la solicitud de la afectación en uso peligre la seguridad del predio, la SBN podrá entregar su posesión al solicitante, mediante Acta de Entrega Predial, en tanto se expida la respectiva Resolución de afectación en uso, sin que ello signifique el otorgamiento definitivo de derecho alguno a su favor. Los gastos que de- mande la conservación del predio en ese período no son reembolsables. 2.1.7 Cuando dos o más personas usan y administran un mismo predio existe pluralidad de afectatarios. Cada afectatario ejercerá proporcionalmente los derechos y obligaciones inherentes a la afectación en uso otorgada. En todo caso, los afectatarios deberán cons- tituir obligatoriamente en el plazo de 60 días de dictada la Resolución aprobatoria, un régimen de administración común; en su defecto, se aplicará la Ley Nº 27157, en todo lo que corresponda. 2.1.8 El afectatario está obligado a sufragar los gastos de conservación, administración y el pago de todo tributo, así como a conservar y cautelar la seguridad física y jurídica de los predios, sin reembolso alguno por las mejoras hechas en los mismos. 2.1.9 De producirse una situación de caso fortuito o fuerza mayor, el afectatario podrá solici- tar la prórroga del plazo de dos años para el cumplimiento de las obras de construcción fijadas en la Resolución de Afectación. Corresponde a la Jefatura de Adjudicaciones evaluar la solicitud y emitir el pronuncia- miento respectivo mediante Resolución. 2.2 Del procedimiento de la afectación en uso 2.2.1 La solicitud de Afectación en Uso se presentará ante la SBN, de acuerdo con el Formato del Anexo 1, correspondiendo su evaluación, calificación y pronunciamiento mediante Resolución a la Jefatura de Adjudicaciones. 2.2.2 Tratándose de predios de propiedad estatal bajo la administración de la SBN, inscritos a nombre de una entidad pública, la Jefatura de Adjudicaciones solicitará al titular regis- tral su opinión. Si la entidad pública otorga opinión favorable, se admitirá a trámite la solicitud de afec- tación en uso. Caso contrario, se denegará la solicitud formulada. 2.2.3 Iniciado el procedimiento, la Jefatura de Adjudicaciones organizará el expediente ad- ministrativo; sin perjuicio de requerir cualquier informe adicional que resulte necesario para resolver el pedido. 2.2.4 El expediente administrativo contendrá, entre otros documentos, los siguientes a) Solicitud de Afectación en Uso. b) Opinión favorable de la entidad pública a cuyo nombre se encuentra inscrito el predio, cuando corresponda. c) Copia de la partida registral del predio d) Plano Perimétrico del terreno en coordenadas UTM a escala 1/100, 1/200 ó 1/500 con la indicación del área, los linderos, los ángulos y las medidas perimétricas del predio, e) Plano de Ubicación del predio a escala 1/1000 ó 1/5000. f) Memoria Descriptiva del terreno indicando la ubicación, el área, los linderos, las medidas perimétricas y la zonificación. g) Informe Técnico Legal, sustentado por los respectivos profesionales. 2.2.5 Aprobada la solicitud de Afectación en Uso, la Jefatura de Adjudicaciones emitirá la Re- solución correspondiente, notificando el afectatario e inscribiéndola en los Registros Pú- blicos y registrándola en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de propiedad Estatal - SINABIP.
  • 4. 131 CAP. II CAP. III CAP. IV CAP. V CAP. VI CAP. I CAP. VIII Denegada la solicitud de afectación en uso, se notificará la Resolución al recurrente, dándose por concluido el procedimiento administrativo. 2.2.6 Dentro del plazo de 30 días de emitida la Resolución que aprueba la solicitud de afecta- ción en uso, el Acta de Entrega Predial (Anexo 4) será suscrita por un representante de la Jefatura de Adjudicaciones y el afectatario. 3. DE LA DESAFECTACIÓN 3.1 Disposiciones Específicas 3.1.1 La desafectación es el procedimiento administrativo por el cual el Estado reasume la administración de un predio o parte de él afectado en uso, por haberse incurrido en cualesquiera de las causales de desafectación previstas en el numeral 3.2 de la presente Directiva. 3.1.2 La desafectación no otorga derecho de reembolso alguno por las edificaciones o mejo- ras implementadas en el predio, a favor de quien tuvo la calidad de afectatario. 3.1.3 Quien hubiera tenido la calidad de afectatario no podrá solicitar nuevamente por sí mis- mo o mediante terceros la afectación en uso del mismo predio. Le alcanza similar limita- ción al coafectatario. 3.2 Causales de Desafectación 3.2.1 La variación del fin para el cual fue afectado en uso el predio. La desafectación total o parcial del predio procede cuando de la verificación de uso se aprecia que el afectatario ha variado o desnaturalizado en todo o en parte el destino para el cual se otorgó la afectación en uso. 3.2.2 La inaplicación total o parcial del fin para el cual fue afectado en uso el predio Cuando se ha entregado al afectatario un predio construido, que éste no lo utiliza o lo utiliza parcialmente, procede la desafectación. Esta también procede aun cuando el afectatario hubiera ejecutado las obras de infraestructura en el predio y no las utiliza total o parcialmente. 3.2.3 Cese de la Finalidad de la Afectación en Uso Procede desafectar el predio, cuando no sea necesario continuar con la ejecución de la afectación en uso porque así lo ha establecido un mandato legal. 3.2.4 Incumplimiento dentro del plazo de dos años contados a partir de la suscripción del Acta de Entrega, de la realización de las obras de construcción fijadas en la Resolución de Afectación. Procede la desafectación cuando no se han ejecutado las obras total o parcialmente, según el anteproyecto presentado por la afectataria, dentro del plazo de dos años con- tados a partir de la suscripción del Acta de Entrega del Predio. 3.2.5 Cesión de la afectación en uso Cuando el predio no se encuentra a cargo de la administración del afectatario o ha sido entregado a un tercero para su uso y administración, aun cuando se esté cumpliendo con el fin para el cual fue afectado en uso, procede la desafectación del inmueble. 3.2.6 Fallecimiento del afectatario Cuando se produce el deceso de la persona a quien se le otorgó la afectación en uso procede la desafectación. Los herederos están en la obligación de comunicar el deceso, en un plazo máximo de 30 días contados a partir de la fecha del fallecimiento. 3.2.7 Disolución de la personería jurídica del afectatario La desafectación procede cuando se disuelve la persona jurídica a la que se afectó el predio. Los representantes legales de la persona jurídica están en la obligación de co- municar la disolución a la SBN, en el plazo máximo de 30 días contados a partir de la formalización de la disolución societaria.
  • 5. 132 CAP. II CAP. III CAP. IV CAP. V CAP. VI CAP. I CAP. VIII 3.2.8 Gravamen o enajenación del inmueble afectado en uso Procede la desafectación cuando el predio ha sido otorgado en garantía, transferido, arrendado o cedido a terceros bajo cualquier título, sin la obligación del Estado de can- celar el importe materia de gravamen o de indemnizar al tercero adquirente. 3.2.9 Incumplimiento del pago de obligaciones Cuando los afectatarios no cumplen con los pagos de tributos, así como con los de con- servación y administración del inmueble, tales como los servicios de luz, agua, teléfono y otros de similar naturaleza, procede la desafectación. 3.2.10 Conservación negligente Procede la desafectación cuando de la verificación de uso se constata que las partes integrantes o accesorias del bien están sufriendo un deterioro mayor al de su uso ordi- nario, verificándose la negligencia del afectatario en la conservación y mantenimiento del predio. 3.3 Del procedimiento de la desafectación 3.3.1 La verificación de uso es la acción intempestiva de fiscalización a cargo de la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones. Puede realizarse en cualquier momento después de firmada el acta de entrega física del predio. La realización de la verificación de uso no impide que la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones pueda disponer otra en el mismo predio. 3.3.2 La verificación de uso se realiza mediante una inspección técnica destinada a constatar la situación física y legal del predio, así como su adecuada utilización y cautela de acuer- do con los fines para los que fue entregado. 3.3.3 Si de la verificación de uso se concluye que el predio está siendo utilizado de acuerdo con los términos estipulados en la Resolución de Afectación en uso, se anexará el infor- me técnico legal al expediente, disponiéndose su archivo provisional. 3.3.4 Si de la verificación de uso se determina la existencia de alguna causal de desafectación, se notificará a los afectatarios para que informen respecto de este hecho. Adicionalmen- te, la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones podrá solicitarle todo tipo de informa- ción vinculada con la verificación del incumplimiento, el grado de avance de las obras comprometidas, la acreditación del pago de los servicios públicos, los tributos munici- pales y cualquier otro aspecto relacionado con la afectación. Se otorgará al afectatario 30 días calendario para absolver el requerimiento o realizar el respectivo descargo. 3.3.5 Luego de la inspección técnica y verificado el incumplimiento, de ser el caso, la Jefatu- ra de Adquisiciones y Recuperaciones, previo informe técnico legal sustentado por los profesionales responsables, suscribirá la Resolución de Desafectación a favor del Estado, disponiendo su notificación. 3.3.6 El expediente administrativo organizado por la Jefatura de Adquisiciones y Recupera- ciones contendrá lo siguiente, según corresponda: a) Copia de la Resolución que dispuso la afectación en uso del predio. b) Partida registral donde se encuentra inscrito el predio. c) Oficios cursados al afectatario respecto de la situación del predio, de ser el caso. d) Comunicaciones remitidas por el afectatario. e) Plano Perimétrico y de Ubicación en coordenadas UTM a escala 1/100, 1/200 ó 1/500 con la indicación del área, los linderos, los ángulos y las medidas perimétri- cas, en caso que la desafectación sea parcial. f) Memoria Descriptiva del predio si la desafectación es parcial. g) Informe Técnico Legal sustentado por los profesionales responsables. 3.3.7 Por el mérito de la Resolución que dispone la desafectación, se extenderá en el plazo de
  • 6. 133 CAP. II CAP. III CAP. IV CAP. V CAP. VI CAP. I CAP. VIII 30 días calendario de consentida ésta, el acta de recepción del predio. 3.4 Del procedimiento para la desafectación a las entidades públicas Si de la verificación de uso a un predio afectado a una entidad pública, se constata la existencia de alguna de las causales de desafectación previstas en la presente Directiva, se cursará a la entidad pública un oficio dando cuenta de lo verificado y solicitándole el descargo correspon- diente. El descargo será derivado a la Jefatura de Adjudicaciones a efectos de que ésta evalúe la facti- bilidad de que el predio continúe afectado en uso a dicha entidad pública. Transcurridos treinta días calendario sin mediar respuesta, o no habiendo sido ésta debida- mente sustentada, se procederá a la desafectación. 3.5 La Resolución de Desafectación se notificará de acuerdo a ley y se procederá a su inscrip- ción en el Registro Público correspondiente, así como a su registro en el SINABIP. Anexo 1 SOLICITUD DE AFECTACIÓN EN USO 1. SEÑORES SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES: • En el caso de Persona Natural: • Yo ____________________________________________________________________ Apellido Paterno Apellido Materno Nombres Identificado con L.E. D.N.I. C.E. Nº _____________________________, domiciliado en _________________________________________________________. • En el caso de Persona Jurídica de derecho público o privado: Razón Social o denominación _____________________________________________ Representado por ____________________________ , RUC Nº __________________ , con poderes inscritos en _______________________, Tele / Fax ________________ , solicito la afectación en uso del siguiente predio de propiedad del Estado: a) Ubicación: Jr. / Calle / Av. ________________________ Nº _______________ Distrito _____________ Provincia _______________ Dpto. _______________ b) Otros: (Especifique) ____________________________________________________ _______________________________________________________________ c) Finalidad: _______________________________________________________ d) Base Legal: ______________________________________________________ (En caso de entidades públicas) e) Experiencia en la actividad a desarrollar __________________________________
  • 7. 134 CAP. II CAP. III CAP. IV CAP. V CAP. VI CAP. I CAP. VIII 2.- DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA: 2.1 Anteproyecto de la obra 2.2 Factibilidad Económica 2.3 Plano de Ubicación / Memorial 2.4 Certificado de Zonificación y Compatibilidad de uso 2.5 Otros documentos: (Especifique) __________________________________________ ______________________________________________________________________ ______________________________________________________________________ _____________________ Firma Fecha : _________________ D.N.I.: __________________ Nota: Los documentos presentados se presumen ciertos en aplicación del Artículo 42 de la Ley Nº 27444, estando la SBN facultada a efectuar la verificación y fiscalización posterior. En caso que los documentos presentados o los datos consignados en la presente solicitud resulta- ran falsos, se iniciarán las acciones penales y se aplicarán las sanciones correspondientes. Anexo 2 MEMORIA DESCRIPTIVA Nº ..............-2002/SBN-GO-JAD EXPEDIENTE Nº REF: PLANO Nº I. UBICACIÓN: El predio se encuentra ubicado en ............................... en la urbanización ................. distrito de ................, provincia ................., departamento de ................ Il. DESCRIPCIÓN: El predio materia del presente expediente corresponde a un inmueble de ........................ nive- les, de acuerdo a la siguiente distribución. III. LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS: - Por el frente (o Norte), con la calle (o avenida) ............. en una línea recta A-B de ........ m y ángulo en el vértice A de 00°00’00”, - Por la derecha (o Sur), con - Por la izquierda (o Este), con - Por el fondo, (u Oeste), con
  • 8. 135 CAP. II CAP. III CAP. IV CAP. V CAP. VI CAP. I CAP. VIII IV. ÁREA Y PERÍMETRO: El terreno de forma ................ , posee un área de ......m2, y cuenta con un perímetro de ............ m. V. ZONIFICACIÓN: El predio está calificado como ...................... , según el Plano de Zonificación Nº ................, co- rrespondiente al distrito de ............... VI. VALOR: Conforme a la valorización Nº .................... , el predio tiene un valor ........... de ......... (.........) VII. OBSERVACIONES: La presente documentación técnica se ha elaborado sobre la base de los datos que obran en la Partida Electrónica Nº .............. del Registro de la Propiedad Inmueble de .......... , así como de la inspección ocular realizada por integrantes de esta Jefatura sobre el menciona- do predio. ........ de................. de 2002 ----------------------------------------- -------------------------------------------- Responsable Técnico Responsable Legal ANEXO 3 INFORME TECNICO LEGAL /SBN-GO-JAD Fecha: 00/00/0000 JEFATURA: ASIENTO TECNICO: LEGAL: 1. DATOS GENERALES EXPEDIENTE EXPEDIENTE MATRIZ SOLICITANTE EXPEDIENTE RELACIONADOS NINGUNO TRÁMITE ÁREA UBICACIÓN DEL PREDIO DEPARTAMENTO
  • 9. 136 CAP. II CAP. III CAP. IV CAP. V CAP. VI CAP. I CAP. VIII PROVINCIA DISTRITO AV. / CA. / JR. 2. ANTECEDENTES 2.1. REGISTRALES: FORMA DE ADQUISICION BASE LEGAL AREA PROPIETARIO ASIENTO FOLIO TOMO FICHA PART. ELEC. CODIGO PREDIO FECHA REGIST. FÁBRICA AREA CONSTRUIDA VALOR FICHA PART. ELEC. FOJA ASIENTO TOMO FECHA 2.2. LEGALES: PERSONA NATURAL: NOMBRES Y APELLIDOS D.N.I. RAZÓN SOCIAL CONSTITUCION REPRESENTACION Nº F / PE / REG. Per. Jur. NORMATIVIDAD APLICABLE: RESTRICCIONES (DE USO, DE DISPOSICION): 2.3 OBSERVACIONES LEGALES:
  • 10. 137 CAP. II CAP. III CAP. IV CAP. V CAP. VI CAP. I CAP. VIII 2.4. TÉCNICOS: DOCUMENTACION TÉCNICA PRESENTADA: CONFORME PLANO UBICACIÓN-PERIMETRICO MEMORIA DESCRIPTIVA VALORIZACIÓN OBSERVACION: TIPO DE AREA TIPO DE TERRENO TIPO URBANA URBANO ZONIFICACION EXPANSION URBANA RUSTICO ESTRUCTURACION EXTRA URBANA ERIAZO USOS COMPATIBLES 3. INSPECCIÓN OCULAR 3.1 UBICACIÓN DEL PREDIO URBANIZACIÓN DEPARTAMENTO PROVINCIA MANZANA LOTE DISTRITO AV / CA / JR
  • 11. 138 CAP. II CAP. III CAP. IV CAP. V CAP. VI CAP. I CAP. VIII 3.2. ÁREAS Y LINDEROS DEL PREDIO LINDERO CALLE / JIRÓN / AVENIDA LADO ML Nº MUNIC. FRENTE DERECHA IZQUIERDA FONDO ÁREA DEL TERRENO (M2) REGISTRAL ÁREA DEL TERRENO (M2) GRÁFICA PERÍMETRO (M) ÁREA CONSTRUIDA DISTANCIADELAESQUINA(M) DEREC. IZQUIE. AV / CA / JA 3.3. OCUPACIÓN ACTUAL ANTIGÜEDAD DE LA OCUPACIÓN (años) 3.4. ACCESO 3.5. TOPOGRAFÍA Y SUELO TOPOGRAFÍA TIPO COMENTARIO 3.6. SERVICIOS DE SANEAMIENTO SERVICIOS INSTALADOS FACTIBILIDAD DE SERVICIOS AGUA DESAGÜE ELECTRIFICACIÓN
  • 12. 139 CAP. II CAP. III CAP. IV CAP. V CAP. VI CAP. I CAP. VIII 3.7. CARACTERÍSTICAS DE LA EDIFICACIÓN (Elaborado en base a la tabla de valores unitarios de edificación) Nº PISO, SOTANO O MEZA- NINE FECHA DE LA CONSTRUCCIÓN MATERIAL ESTRUCT. PREDOMI- NANTE ESTADO DE CONSERVACIÓN CATEGORIAS Área Cons- truida Verificada Valor Estimado MES AÑO Estructura Acabados I. Elec. Sanit. Muro Techo Pisos Puertas Revestim. Baño Total 1 en S/. OBRAS COMPLEMENTARIAS Nº DENOMINACIÓN Antig. Unidad Cant. Estado Conserv. Mat. Predom. Valor Estimado 1 2 3 4 5 Total 2 en S/. Valor del Terreno Total 3 en S/. Total 1 + Total 2 + Total 3 Total S/. 3.8. OBSERVACIONES TÉCNICAS 3.9. CONCLUSIONES ................................................ ...................................................... Responsable Legal Responsable Técnico
  • 13. 140 CAP. II CAP. III CAP. IV CAP. V CAP. VI CAP. I CAP. VIII Anexo 4 ACTA DE ENTREGA RECEPCIÓN DE PREDIOS AFECTADOS Y DESAFECTADOS En el distrito de ..................., provincia de ......................, departamento de .................., siendo las ........................ (a.m./p.m.) del día ...................... de ............ del año .............., se reúnen en representa- ción de la Superintendencia de Bienes Nacionales - SBN, el (la) señor(a) .................................................. ......, identificado con D.N.I. Nº ..........................., designado (a) mediante documento: ............................., a quien en adelante se les denominará LA SBN, y de otro lado el (la) señor(a) .............................., identificado (a) con D.N.I. Nº .........................., designado (a) mediante documento Nº .................... en representación de ......................, a quien en adelante se le denominará el (la) afectatario (a), con la finalidad de efectuar la Entrega / Devolución del inmueble indicado en la primera cláusula de esta Acta, bajo los siguientes términos: PRIMERO: Mediante Resolución Nº ............... de fecha ............ de ............... del .............., se afectó en uso el inmueble de ................. m2, ubicado en el ........................, distrito de ............................, provincia de ................., departamento de ....................., a favor de ................... con la finalidad de..................................... SEGUNDO: LA SBN en la fecha hace entrega/devolución formal del predio submateria, dejándose constancia de lo siguiente: Descripción de ambientes por Piso: ................................................................................................................................................................................................. ................................................................................................................................................................................................. ................................................................................................................................................................................................. .................................................... Características Constructivas: (Materiales de Construcción) ................................................................................................................................................................................................. ................................................................................................................................................................................................. ................................................................................................................................................................................................. .................................................... Estado de Conservación; Bueno : ................................................................................................................................. Regular : ................................................................................................................................. Malo : ................................................................................................................................. Servicios Públicos Domiciliarios: Agua : Instalado ... Factibilidad Desagüe : Instalado Factibilidad Luz : Instalado Factibilidad Teléfono : Instalado Factibilidad ................................................................................................................................................................................................. ................................................................................................................................................................................................. ................................................................................................................................................................................................. VERIFICACIÓN DE PAGO DE SERVICIOS PÚBLICOS A LA FECHA DE RECEPCIÓN
  • 14. 141 CAP. II CAP. III CAP. IV CAP. V CAP. VI CAP. I CAP. VIII Agua ........ Luz ........ Teléfono ........ Otros ........ OBSERVACIONES: ................................................................................................................................................................................................. ................................................................................................................................................................................................. .................................................................. En señal de conformidad, las partes suscriben la presente Acta en tres ejemplares, a los ..................................................... _______________________ _________________________ POR LA SBN POR EL AFECTATARIO