La resolución modifica el manual de convivencia del preescolar Eugenia Ravasco para el año 2011. Aprueba el nuevo manual de convivencia luego de que el consejo directivo lo revisara y analizara. Ordena socializar el nuevo manual a la comunidad educativa y publicar, comunicar y cumplir la resolución.
1. RESOLUCION Nº 003 de febrero 21 de 2011
Por medio de la cual se modifica el acta Nº 002 del 5 de marzo de 2010
que aprobó el manual de convivencia para este mismo año y se adopta el
nuevo Manual de Convivencia del Preescolar Eugenia Ravasco según los
lineamientos de la congregación para el 2011.
La Directora, en uso de sus funciones otorgadas por lo dispuesto en los
artículos 73 y 87 de la ley 115 de 1994 y en concordancia con el literal C y D
del artículo 23 del Decreto 1860 de 1994 y las atribuciones legales concedidas
por el Consejo Directivo de la institución y
CONSIDERANDO:
Que el Consejo Directivo de la institución después de revisar y analizar el
nuevo manual de convivencia, en reunión extraordinaria, aprobó el texto que se
adopta en la presente resolución a través del acta No. 02 del mes de Marzo
de 2011 y otorgó facultades a la Directora para expedir la resolución
correspondiente.
Que es necesario socializar a la comunidad educativa el nuevo manual de
convivencia
RESUELVE
Articulo Primero modificar la resolución No 002 de marzo de 2010 por
medio de la cual el Preescolar adoptó el manual de convivencia para el 2010
Articulo Segundo aprobar mediante resolución No 003 de febrero 21 de 2011
el manual de convivencia que el Preescolar Eugenia Ravasco adoptará para la
vigencia 2011
Articulo tercero .publíquese, comuníquese y cúmplase
Dada en Bogotá a los 21 días del mes de febrero de 2011
2. FUNDAMENTOS LEGALES DEL MANUAL DE CONVIVENCIA
Los fundamentos legales son el conjunto de disposiciones constitucionales y
jurídicas que regulan el proceso de educación en la nación siendo normas de
obligatorio cumplimiento y que pretenden estructurar la educación colombiana.
El Manual de Convivencia del Preescolar Eugenia Ravasco, en sus niveles de
(Pre Jardín, Jardín y Transición), se fundamenta en las disposiciones de ley
que regulan la educación en nuestro país, tales como:
La Constitución Política de 1991.
Esta en sus primeros 112 artículos se expresan los mandatos que buscan el
desarrollo integral del hombre colombiano. Entre éstos son relevantes para la
gestión educativa los artículos 41, 42, 43, 44, 45, 67, 68, 78, 79, 80, 82, 85 y
86.
El Decreto 2277 de 1979
El Decreto 2480 / 86
La Ley 12 / 91
La Ley General de Educación 115 de 1994.
Esta Ley señala los fines y objetivos educativos, el concepto de currículo (los
diferentes ciclos y niveles de la educación) y establece los lineamientos de la
democracia participativa, además contextualiza legalmente el Manual de
Convivencia desde los siguientes artículos: 84 -91- 93 112- 143 -145 -87 y 96
Ley General de Educación (115 de 1994)
Decreto 1860 de agosto 5 de 1994.
Para el diseño de nuestro Manual se destacan en este Decreto los siguientes
artículos: 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 32 , 34 ,35, 36, 37,
39 ,40, 41, 42.
Ley 133 de 1995 (libertad religiosa)
Normatividad específica de los Proyectos Pedagógicos aplicables a los niveles
de preescolar.
El Decreto 1278 de 2002
La Nueva Ley de Infancia y Adolescencia (Ley 1098 de 2006)
Decreto 1290 de abril de 2009 por el cual se dictan normas en materia de
evaluación y promoción de los estudiantes y evaluación institucional
3. INTRODUCCIÓN
El Manual de Convivencia es una herramienta pedagógica que consolida
procesos de sana convivencia escolar y su objetivo es armonizar el alcance y
efectividad de los derechos y libertades de los estudiantes frente a sus propias
responsabilidades sociales, académico-formativas y frente a los derechos y
libertades de los demás. Por ello es el instrumento necesario que regula las
relaciones entre estudiantes, docentes y padres de familia, y los
procedimientos que rigen el proceso disciplinario del Preescolar.
Las normas que integran el presente Manual de Convivencia se aplican, sin
excepción, a los estudiantes en todos los actos públicos o privados de
interrelación con el Preescolar. En caso de presentarse comportamientos no
contemplados en este Manual de Convivencia el Consejo Directivo se reunirá
para hacer el estudio correspondiente y levantar un acuerdo e incluirlos en él.
JUSTIFICACIÓN
Construimos un mundo más justo y fraterno, conjugando a diario estos verbos,
PREVENIR, COMPRENDER, PERSUADIR, CONCERTAR, CONVIVIR Y
COMPARTIR
Con el verbo PREVENIR interiorizamos la pedagogía de nuestra fundadora la
Beata madre Eugenia Ravasco que invita a diseñar estrategias y campañas
que eviten cometer el error.
A través del verbo COMPRENDER, hacemos real el amor, nos ponemos en el
lugar de los demás, para poder entenderlos y de esta manera actuamos con
esa misericordia que distingue a Dios y que Él da a quienes lo aman.
AL PERSUADIR, aplicamos el poder del convencimiento, a través de la fe, los
valores morales-religiosos y los principios éticos.
Al CONCERTAR, estamos acallando el egoísmo, buscando el diálogo y
llegando a acuerdos de «ganar - ganar», sin perdedores que se tornan
enemigos, ya que concertar es saber ceder y negociar, es equilibrar la firmeza
y la tolerancia, con apertura y flexibilidad.
Al CONVIVIR, estamos poniendo vidas en común en lugar de competir, y por
supuesto, es el resultado feliz de PREVENIR, COMPRENDER, PERSUADIR Y
CONCERTAR. Convivir es dejarnos guiar por la bondad sin dejarse aprisionar
por el poder, es crear lazos de hermandad.
4. Al COMPARTIR: se nos inculca a actuar o proceder con una actitud
humanística, con quienes nos interrelacionamos, buscando la solidaridad que
debe reinar entre los integrantes de una misma comunidad o institución como
la nuestra.
El Preescolar Eugenia Ravasco ha construido, con la participación de las
Religiosas Hijas de los Sagrados Corazones de Jesús y de María y los
diferentes miembros de la Comunidad Educativa, el Manual de Convivencia,
tomando como centro de esta relación la persona y no la norma, creando un
ambiente propicio para el desarrollo de un espíritu de responsabilidad,
convivencia, amor y autenticidad que garantice la formación integral de los
estudiantes, involucrando a todos los actores educativos como responsables de
la construcción de una sociedad más culta.
OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA
OBJETIVO GENERAL
Estimular la convivencia armónica entre los miembros de la comunidad
educativa creando espacios para el diálogo, la reflexión y el uso de la libertad
responsable y desarrollo progresivo hacia la autonomía.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Brindar a la comunidad educativa mecanismos de autocontrol y autodisciplina
como elementos importantes para un verdadero proceso de formación y de
convivencia social.
Fortalecer principios y valores de cooperación mutua y tolerancia para
dinamizar el quehacer pedagógico.
Propiciar ambientes para la comprensión del sentido y significado de las
normas, buscando el bienestar social, creando una cultura para la convivencia
pacífica.
5. CAPÍTULO I
REFERENTE OPERATIVO
La función primordial de los estudiantes, es la búsqueda constante de una
sólida y eficaz formación integral a la cual deben encaminarse todos los
recursos humanos y físicos de la institución.
Los padres de familia y los estudiantes, para los grados de pre-jardín, jardín,
transición deben hacer libremente la elección de este centro educativo, para
realizar sus estudios y en consecuencia aceptan en su totalidad el Manual de
Convivencia y asumen de manera responsable el cumplimiento de todas las
obligaciones que le correspondan como estudiante y miembros de esta
Institución.
ARTÍCULO 1. PERFIL DEL ESTUDIANTE DEL PREESCOLAR "EUGENIA
RAVASCO”
El estudiante del Preescolar Eugenia Ravasco vivencia y proyecta una
formación integral dando testimonio de valores fundantes como el amor, la
solidaridad, el respeto, la responsabilidad y en especial la alegría. Sensible
ante situaciones de injusticia y capaz de proponer elementos para construir un
mundo mejor.
ARTÍCULO 2. PROCESOS DE ADMISIÓN Y MATRÍCULA
MATRICULA. Es el acto administrativo, mediante el cual se formaliza
legalmente la vinculación del estudiante con el Preescolar Eugenia Ravasco.
Se realiza mediante un contrato de prestación de servicios educativos, el cual
se renueva cada año académico. Mediante el contrato las partes se
comprometen a conocer, aceptar y respetar todo lo contenido en el reglamento
o manual de convivencia
REQUISITOS. La matricula además de constar por escrito y ser firmada por
los padres o representantes del estudiante debe llenar los siguientes requisitos.
PARA ESTUDIANTES EN CONTINUIDAD, tener encuesta los siguientes
aspectos:
* Haber separado el cupo en la fecha estipulada por el Preescolar.
* Presentar EL PAZ Y SALVO INSTITUCIONAL.
* Fotocopia de la E.P.S
* Certificados médicos actuales.
* Consignación de la matrícula y los costos educativos adicionales, aprobados
por el Consejo Directivo para el nuevo año escolar.
* Asistir con el padre de familia o representante legal a la matricula.
6. * Conocer y aceptar el manual de convivencia antes de firmar la matrícula y el
contrato de prestación de servicios educativos con el Preescolar.
PARAGRAFO 1. El Preescolar se reserva la vinculación de estudiantes nuevos;
como también la no continuación de estudiantes de la Institución si no cumplen
con las normas consagradas en el manual de convivencia.
PARAGRAFO 2. Los padres de familia o acudientes firman un contrato como
garantía del pago de las pensiones; y se comprometen a asistir a todas las
reuniones y llamados que el Preescolar les haga, la de cancelar el valor de las
pensiones puntualmente; además, dotar de útiles enseres de trabajo, libros
uniformes y demás elementos necesarios que el estudiante requiera para las
actividades escolares
CAPÍTULO II
DE LOS DERECHOS Y LOS DEBERES DE LOS ESTUDIANTES
ARTÍCULO 3: DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES
Los estudiantes del Preescolar "Eugenia Ravasco" como miembros activos de
la institución tienen como primera instancia los derechos consagrados en la
Constitución política, los Derechos Humanos, los derechos consagrados en
la Ley General de Educación, y los derechos consagrados en la ley de la
infancia y la adolescencia.
Además de lo estipulado en el presente artículo (3), los estudiantes tendrán los
siguientes derechos:
1. Conocer las normas o reglamentación interna de la institución
2. A recibir con idoneidad una formación integral en las dimensiones
investigativa, cognitiva, afectiva, estética, comunicativa, ética, religiosa
(espiritual), corporal y social.
3. A utilizar responsablemente los recursos didácticos, equipos, implementos
deportivos, instalaciones y otros que brinda el Preescolar.
4. A expresar libremente su opinión, siempre y cuando sea de manera
respetuosa y no interfiera en los derechos de otro o de la convivencia
comunitaria.
7. 5. A utilizar y recibir oportunamente y dentro de los horarios establecidos los
servicios de bienestar estudiantil de que dispone la institución.
6. A conocer los planes de evacuación en caso de emergencias, participando
activamente en su preparación e implementación
7. A ser estimulados públicamente de acuerdo a su desempeño académico,
cultural, deportivo, social, actitudes, habilidades, valores, destrezas adquiridas
en el proceso educativo, que sirvan como testimonio a la comunidad
Ravasquina.
8. A participar democráticamente en el Gobierno Escolar, eligiendo y siendo
elegido por cualquiera de los mecanismos utilizados para este fin y poder
acceder a cargos como: personero, miembro del consejo estudiantil, miembro
del consejo directivo.
9. A ser tratados con respeto, comprensión y justicia que se debe prodigar a
toda persona, especialmente niños y niñas, sin distingo de etnia, religión,
estrato socioeconómico, situación académica o de convivencia social o
cualquiera otra condición suya, de sus padres o acudientes.
ARTÍCULO 4. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES
Son deberes de los estudiantes en el ORDEN ACADÉMICO:
1. Por ser un Preescolar en pastoral católica el estudiante está llamado a
participar activamente en todas las actividades programadas.
2. Mantener al día los implementos necesarios para alcanzar logros
fundamentales del área.
4. Asumir con responsabilidad su proceso de aprendizaje.
5. Adquirir responsabilidad con las actividades académicas programadas de
común acuerdo con los docentes.
6. Cumplir con exactitud el horario establecido para entrar al preescolar, a
todas las clases y actividades.
7. Asistir a las actividades de nivelación y recuperación programadas por la
institución, de acuerdo a un horario establecido.
8. Preocuparse no solo por su formación integral sino también por la de sus
compañeros colaborando en el mejoramiento de sus actuaciones.
8. 9. Permanecer en el aula de clase, esté o no el docente respectivo.
10. Mantener en el aula una actitud positiva, de respeto y escucha,
contribuyendo con su silencio a un ambiente de concentración, reflexión,
trabajo individual y grupal.
11. Tener firmadas sus pertenencias, ser responsable en el cuidado de éstas y
no dejar objetos de valor en el aula de clase, u otro lugar del Preescolar.
12. Presentarse al Preescolar con el uniforme completo según modelo
establecido y usarlo únicamente en las actividades escolares y en los días
establecidos para cada uno
PARAGRAFO 1: Por ningún motivo se debe distorsionar el uniforme y/o
cambiar los días establecidos para cada uno de ellos, al igual que los
accesorios aquí establecidos.
PARÁGRAFO 2: Queda totalmente prohibido el uso del uniforme por fuera de
la jornada escolar, cuando no se esté cumpliendo una labor en representación
del Preescolar.
ARTÍCULO 5. DEBERES EN LA CONVIVENCIA SOCIAL:
1. Respetar sus derechos ya que cada derecho implica un deber.
2. Portar, conocer y acatar el Manual de convivencia, para la buena
marcha administrativa, académica y de convivencia social del
Preescolar.
3. Asistir puntualmente a la institución a todas las clases, participar en
todos los actos de comunidad que programe el Preescolar presentando
buen comportamiento y una excelente presentación personal.
4. Portar el carné estudiantil y presentarlo cuando fuere necesario (Art. 98
de la Ley 115 de 1994); en caso de pérdida solicitar uno nuevo y pagar
su valor.
5. Acatar y respetar la autoridad de directivas y docentes de la institución.
6. Los estudiantes que causen algún daño en la planta física del
preescolar o en los recursos de éste al igual que en los enseres de sus
compañeros tienen las siguientes obligaciones:
9. a) Pagar, reparar y/o organizar, a la mayor brevedad posible: máximo
diez días, del daño causado.
PARAGRAFO 3: El no cumplimiento de estas obligaciones ocasiona si es del
caso la suspensión, y la no expedición del paz y salvo respectivo al terminar el
año educativo.
ARTÍCULO 6: DEBERES EN ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD:
1. Toda inasistencia debe ser reportada telefónicamente, a primera hora
legitimada con una excusa escrita al momento de regresar a la
institución.
2. Toda inasistencia por enfermedad, al regreso al preescolar debe
presentarse excusa y en lo posible la incapacidad médica o la
evidencia de haber estado donde el médico.
3. De obligatorio cumplimiento asistir al acto de clausura con el uniforme
de diario. El no hacerlo llevará a NO PERMITIRSELE LA ENTRADA A
ESTA CEREMONIA.
CAPÍTULO III
NATURALEZA DE LAS FALTAS
En concordancia con el artículo 96 de la Ley 115 de 1994 y el numeral 7 del
artículo 17 del decreto 1860 de 1994, se establece el régimen disciplinario del
Preescolar Eugenia Ravasco.
Para efectos del presente Manual de Convivencia las faltas se tipificarán así:
ARTÍCULO 7. FALTAS QUE AMERITAN LLAMADO DE ATENCIÓN
También denominadas faltas de convivencia social, son aquellas que van en
contra de las normas y deberes de los estudiantes, establecidas en el Manual
de Convivencia del Preescolar Eugenia Ravasco.
10. Se determinan como faltas que ameritan llamado de atención por PRIMERA
VEZ las siguientes:
1. Estar en clase realizando actividades diferentes a las orientadas por el
docente.
2. Llegar tarde al aula de clase o sitio determinado para la actividad educativa,
sin la debida justificación.
3. Irrespetar los símbolos patrios.
4. No portar el Manual de Convivencia (agenda) en las actividades escolares.
PARÁGRAFO 1. Cuando se es reiterativa en falta que amerita llamado de
atención, esta se constituye en falta grave, y se anotará en el observador.
ACCION FORMATIVA APLICADA A FALTAS QUE AMERITAN LLAMADA
DE ATENCION
1. Diálogo de carácter formativo por parte del docente con el estudiante y el
padre de familia y anotación de ésta en el observador.
2. Cuando el estudiante es reincidente en faltas que ameritan llamado de
atención se citará al padre de familia o acudiente para hacer el compromiso de
convivencia social previamente establecido y determinar los correctivos a
seguir.
ARTÍCULO 8. FALTAS QUE AMERITAN SEGUIMIENTO POR PARTE DEL
COMITÉ DE CONVIVENCIA
Son aquellas acciones que atentan contra la moral, la honra, las buenas
costumbres, el respeto por los compañeros y demás miembros de la
comunidad educativa.
Se determinan faltas que ameritan seguimiento por comité de convivencia:
1. Presentar comportamientos inadecuados, y/o utilizando cualquier género
de violencia: lenguaje vulgar, gestual, escrito, oral.
2. Mentir, engañar o evadir responsabilidades de sus actos utilizando
influencias.
11. 3. Todo comportamiento que vaya en contra de la buena utilización de los
bienes propios y ajenos de los estudiantes, docentes e institución, La
destrucción y daños en material didáctico, pupitres, tableros, carteleras,
libros, muebles, equipos de oficina, audiovisuales, biblioteca, equipos
deportivos, de computación, rayar paredes, destruir y rayar cuadernos, o
escribir mensajes en paredes, puertas.
4. No permitir el normal desarrollo de una clase o cualquier actividad
profiriendo gritos, silbidos, risas extravagantes, charla constante,
desinterés, lanzando objetos o asumiendo comportamientos
irrespetuosos u ofensivos hacia la clase.
5. Usar el uniforme después de la jornada escolar, excepto en
actividades programadas por la institución.
6. Presentar mal comportamientos en la capilla y actos solemnes de
comunidad.
ACCIÓN FORMATIVA APLICADA A FALTAS QUE AMERITAN
SEGUIMIENTO POR PARTE DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA
1. Amonestación inmediata y anotación en el observador, quedando firmada
por la estudiante y el docente.
ARTÍCULO 9. INSTRUMENTO DE SEGUIMIENTO
El observador del estudiante debe contener la identificación, y todos los demás
requisitos que hayan sido aprobados por el Consejo Directivo y/o académico de
la institución.
Se tiene acceso al observador del estudiante por denuncio de una falta, por
derecho propio de las partes, con permiso del asesor de grupo o por orden del
directivo.
12. CAPÍTULO IV
ESTÍMULOS A ESTUDIANTES, DOCENTES Y PADRES DE FAMILIA
El mejor premio que puede recibir un estudiante es la satisfacción del deber
cumplido, el aprecio de compañeros y docentes y la huella imborrable que
pueda dejar con sus actitudes y cualidades.
La función de los estímulos o premios es la de producir o aumentar los
comportamientos socialmente deseables y benéficos para el individuo y la
comunidad, logrando el desarrollo de los más altos valores sociales.
ARTÍCULO 10. A LOS ESTUDIANTES
Expresiones verbales de afecto, confianza y seguridad, de aprobación por sus
aciertos, de reconocimiento por sus trabajos y comportamiento.
Anotaciones positivas en el observador del estudiante y la agenda escolar.
Izada del pabellón nacional cuando el alcance de los logros propuestos para el
período académico, sea excelente.
Mención de honor para los estudiantes que obtengan las mejores notas,
excelente conducta y convivencia o cambios positivos o extraordinarios en el
comportamiento
Nombramiento legal como representante del grupo.
Medalla honor al mérito.
PARÁGRAFO: Los premios en actos de comunidad y en forma colectiva
pueden ser: trofeos, placas o condecoraciones.
ARTÍCULO 11. A LOS PADRES DE FAMILIA
Destacar públicamente en asamblea de padres, las actitudes positivas de
colaboración, respeto y solidaridad con la institución, resaltando las excelentes
cualidades y el sentido de pertenencia de los padres de familia, su asistencia y
cumplimiento con los compromisos adquiridos al matricular su hijo en la
institución.
Celebración de la fiesta de la familia. Eucaristía por todas las familias del
preescolar.
13. ARTÍCULO 12. A LOS DOCENTES
Expresiones verbales y escritas, de aprobación y felicitación por sus logros
obtenidos en diferentes actividades.
Celebración del Día del Maestro.
Celebración grupal de los cumpleaños de todos los docentes y Navidad.
Realización de convivencias y paseos según el caso.
Publicación hasta donde sea posible de cuentos, obras literarias,
investigaciones y trabajos artísticos.
CAPITULO V
REGLAMENTO ACADEMICO
1. FUNDAMENTO LEGAL.
El seguimiento y valoración del estudiante del preescolar se fundamenta en los
derechos consagrados en la Constitución Política de Colombia, principalmente
en aquellos artículos que se refieren a los derechos del niño.
2. CRITERIOS DE SEGUIMIENTO -EVALUACION.
El preescolar promueve el seguimiento en los procesos del estudiante con
base en las dimensiones del desarrollo humano, las competencias
interpretativas, argumentativas, y propositivas, respetando las diferencias
individuales y ritmos de aprendizaje, realizando seguimientos a los
desempeños, asegurando un proceso permanente y dinámico de
acompañamiento. En este sentido cada docente debe acatar los criterios
organizados en los siguientes aspectos básicos:
ASPECTOS COGNITIVOS
El saber y el conocer.
Está dirigido a constituir esquemas mentales integrando todas las
dimensiones. Brindar espacios creativos para indagar, cuestionar y poder llegar
a los niveles de calidad que nos proponemos estimulando y promoviendo la
investigación y la creatividad artística.
14. ASPECTOS PROCEDIMENTALES
Habilidades y destrezas que se desarrollan a partir de los elementos cognitivos,
sustentados en actividades lúdico – pedagógicas.
ASPECTOS ACTITUDINALES
Interiorización y proyección de normas y valores sociales e institucionales para
la sana convivencia.
ASPECTOS COMUNICATIVOS
Están dirigidos a expresar conocimientos e ideas sobre las cosas,
acontecimientos y fenómenos de la realidad; a construir mundos posibles, a
establecer relaciones para satisfacer necesidades, formar vínculos afectivos,
expresar emociones y sentimientos para adquirir el pleno desarrollo de la
personalidad y fomentar los valores humanos.
2.1. FINALIDAD DEL SEGUIMIENTO
El fin principal del seguimiento y valoración es conocer el proceso de desarrollo
del estudiante de una manera integral para identificar características
personales, intereses, ritmos de desarrollo, estilos de aprendizaje y así valorar
sus avances. Al igual, suministrar información que permita implementar
estrategias pedagógicas para apoyar a los estudiantes que presentan
dificultades de aprendizaje y estimular a aquellos que presentan un buen
desempeño.
2.2. CARACTERÍSTICAS DEL SEGUIMIENTO
* Es continua porque se realiza en forma permanente. Permite apreciar el
progreso y dificultades que puede presentar en el proceso de formación
de cada estudiante.
* Es integral porque se tiene en cuenta los aspectos o dimensiones del
desarrollo del estudiante.
* Es sistemática porque se organiza con base en principios pedagógicos,
guardando relación con los fines y objetivos de la educación y los
lineamientos de la congregación.
* Es Flexible porque se tiene en cuenta los ritmos del desarrollo del
estudiante en diferentes aspectos.
* Es participativa porque involucra a varios agentes.
15. * Es formativa porque permite orientar los procesos educativos de manera
oportuna a fin de lograr su mejoramiento.
* Es dinámica porque permite ajustar procesos y procedimientos para
lograr mejores resultados.
3. VALORACIÓN INSTITUCIONAL
* Para los niveles de pre jardín y jardín se hace el seguimiento al proceso
a través de estímulos y sugerencias.
* Para el nivel de transición además del seguimiento se presenta una
valoración con la siguiente escala.
Desempeño Superior Excelente
Desempeño Alto Sobresaliente
Desempeño Básico Aceptable
Desempeño Bajo Insuficiente
4. ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE
DESEMPEÑOS Y ESTRATEGIAS DE APOYO
Para garantizar a los estudiantes el derecho a la educación (Constitución
política Nacional) y a la vez respetar sus diferencias en el ritmo de aprendizaje
se implementarán las siguientes actividades de apoyo pedagógico y
mejoramiento académico:
* Actividades extracurriculares de refuerzo programadas por el docente
antes de finalizar cada periodo.
* Plan casero para los estudiantes que presenten bajo rendimiento.
5. PERIODOCIDAD EN LA ENTREGA DE INFORMES A LOS PADRES DE
FAMILIA.
El seguimiento y/o valoración de los estudiantes en el preescolar se harán con
referencia a cuatro períodos de igual duración, en cada periodo se entregará un
informe de valoración el cual debe contener los resultados del proceso llevado
a cabo por los estudiantes en cada una de las asignaturas del conocimiento,
expresados en la escala cualitativa establecida, además incluirá fortalezas y
aspectos por mejorar del estudiante.
Además de lo anterior los docentes asesores del grupo tendrán en su horario
asignadas tres horas de atención a padres de familia para tratar aspectos
relacionados con el desarrollo de su hijo.
6. MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
EN EL SISTEMA DE SEGUIMIENTO Y VALORACIÓN
16. Es derecho y deber del estudiante participar de manera crítica, seria, activa y
responsable en los procesos de seguimiento y valoración. Así mismo, el
estudiante tiene derecho a conocer oportunamente los resultados de todo tipo
de valoración que se realice.
CAPÍTULO VI
DE LOS PADRES DE FAMILIA
ARTICULO 13. DERECHOS
* A pertenecer Al grupo de apoyo.
* A elegir y ser elegido como representante de grupo o en comité
especifico.
* A ser escuchado en sus reclamaciones.
* Presentar excusas justificadas cuando no pueda asistir a reuniones y
presentarlas el día hábil siguiente.
* Participar en todas las actividades culturales programadas por el
preescolar y la Asociación de Padres de Familia.
* Recibir un trato cortés por parte de los diferentes estamentos de la
Institución.
ARTICULO 14 DEBERES
1. Al elegir el preescolar, el padre lo hace libremente con lo cual se
compromete con la filosofía institucional y el Proyecto Educativo vigente:
* Colaborar activamente con las actividades programadas por el
Preescolar.
* Asistir puntualmente a las llamadas del preescolar en fechas y horas
establecidas (citaciones personales o de grupo).
* Hacer que su hija asista puntualmente a la Institución y cumpla con sus
deberes de estudiante
* Cancelar oportunamente los costos establecidos.
* Ser informado y pagar los daños que ocasione su hija a la Institución en
el término de 10 días hábiles.
* Participar activamente en la Escuela de padres, con sus debidas
actividades, favoreciendo con ello la mutua relación Preescolar-Familia.
* Apoyar y responsabilizarse de las actividades extracurriculares,
asistiendo y facilitando la participación de sus hijos.
17. * Marcar los uniformes y pertenencias de sus hijas.
* Informar inmediatamente al Preescolar sobre la ausencia de su hijo.
CAPITULO VII
GOBIERNO ESCOLAR
Todos los que conforman la Comunidad Educativa, podrán participar en los
órganos del gobierno escolar, a través de los medios establecidos.
ARTICULO 15. CONSEJO DIRECTIVO
Es una instancia de participación de la comunidad Educativa y de orientación
académica y administrativa del Preescolar.
Está integrado por:
1. El Rector
2. Dos representantes del personal docente.
3. Dos representantes de los padres de Familia elegidos por Junta Directiva del
grupo de apoyo de Padres de Familia
4. Un representante de los estudiantes de último grado.
5. Un representante de los egresados elegido por el Consejo Directivo.
PARÁGRAFO 1: El Consejo Directivo debe asumir como propios la filosofía y
objetivos del Preescolar y promover la ejecución y evaluación del proyecto
Educativo, velando por el respeto de los deberes y derechos de la Comunidad
Educativa.
ARTICULO 16. CONSEJO ACADÉMICO
Es la Instancia Superior para participar en la orientación pedagógica del
Preescolar, sirviendo como órgano consultivo del Consejo Directivo en la
revisión de la propuesta del Proyecto Educativo Institucional. Integrado por: la
directora y los docentes (dado que son sólo tres niveles de escolaridad)
ARTICULO 17. COMITÉ DE CONVIVENCIA
Es la instancia para la solución de los casos de faltas contra el Manual de
Convivencia. Integrado por:
1. Directora
18. 2. Un representante de los asesores de grupo
3. El personero Estudiantil
4. Psicóloga
GOBIERNO ESTUDIANTIL
ARTICULO 18. PERSONERO ESTUDIANTIL.
Estudiante de Grado Transición, su función: promover el ejercicio de los
deberes y derechos de los estudiantes a través de la continua comunicación
con docentes y estudiantes, cumpliendo lo estipulado en la Constitución
Nacional, y el Manual de Convivencia.
Requisito.
Demostrar ser persona de valores humano cristianos, mantener un buen
rendimiento académico, sin ser repitente, tener mínimo un año de
permanencia en la Institución.
Ser ejemplo ante sus compañeros.
Demostrar sentido de pertenencia con la institución.
Prohibición
El Personero Estudiantil no podrá ser elegido representante de los estudiantes
ante el Consejo Directivo.
ARTICULO 19. ESTUDIANTE REPRESENTANTE AL CONSEJO DIRECTIVO.
Estudiante de Grado Transición, sus funciones son: Ser miembro activo en la
toma de decisiones del Consejo Directivo.
Encaminar a los miembros del consejo de Estudiantes, para que las acciones
realizadas por los comités lleven a la vivencia la Filosofía del Preescolar.
ARTICULO 20. Derógase todas las normas contrarias al espíritu del presente
Manual de Convivencia
Publíquese, Comuníquese y cúmplase
Dado en Bogotá a los 21 días del mes Febrero del dos mil once.
Sor Nayiby Andrea Jiménez Mejía
DIRECTORA