3. INICIO
LOGRO DE APRENDIZAJE DE LA SESIÓN:
Al finalizar de la sesión, los estudiantes conocen los preceptos generales
de interpretación para el contenido del Código adjetivo.
4. UTILIDAD
El tema de la sesión es útil porque el estudiante conocerá más sobre la
gratuidad del proceso penal, principios de oralidad, contradicción,
publicidad, igualdad de armas, presunción de inocencia y non bis in
idem, lo que le ayudará a comprender los alcances que debe tener un
proceso para que no se vulnere el debido proceso.
5. CONTENIDO
• Título Preliminar
• Art. I° Justicia Penal
• Art. II° Presunción de
Inocencia
• Art. III° Interdicción de la
persecución múltiple.
6. TÍTULO PRELIMINAR
Es el recipiendario de los principios generales del
derecho, contiene una serie de principios y postulados
tradicionales que han acompañado al derecho penal
desde sus primigenios sistemas hasta nuestros días bajo
el modelo acusatorio garantista propuesto en el NCPP.
Nota importante: El titulo preliminar del NCPP esta
conformado por diez artículos, los cuales en
concordancia con lo estipulado en su décimo precepto,
prevalecen sobre cualquier disposición del
Procesal Penal del 2004, además de que
Código
estos
preceptos son utilizados como fundamentos de
interpretación para todos los demás artículos del
mencionado código.
8. Inciso 1) Gratuidad y acceso a la Justicia Penal
La Justicia Penal
Gratuita: puedo iniciar
el proceso sin abonar
algún importe a favor
del Estado.
excepto
El pago de aranceles
judiciales, como por
ejemplo el pago por
copias simples o
certificadas de los
actuados
Por Órganos
Jurisdiccionales
Competentes
son
Jueces imparciales,
objetivos juzgan de
acuerdo a las pruebas
que se actúan y valoran
en el proceso, no existe
la parcialidad.
en un
Plazo razonable,
atendiendo ello, al
principio del debido
proceso y juzgamiento
sin dilaciones.
9. Inciso 2) Derecho a juicio previo, oral, público y contradictorio
Toda persona imputada de la comisión de un delito tiene
derecho a la presunción de inocencia, es decir, es
inocente hasta que se demuestre lo contrario mediante
sentencia firme. Sin embargo, para llegar a una
sentencia firme se debe de pasar por todas las etapas
del proceso penal respetando además los derechos y las
garantías procesales que gozan las partes procesales.
Juicio Previo
10. Inciso 2) Derecho a juicio previo, oral, público y contradictorio
El juicio es público y ello debido a que es una
forma de control de la impartición de justicia de los
jueces por parte del pueblo, sin embargo: existen
motivos por los cuales una audiencia puede ser
privada:
Cuando atenta contra la integridad, pudor o
intimidad de los justiciables.
Cuando atenta contra el orden público o la
seguridad estatal.
Cuando atenta contra un secreto particular,
industrial o comercial.
Nuestro sistema penal acusatorio adversarial es
oral, toda deducción o pretensión de las partes
procesales deben ser oralizadas, y ello no solo se
ve en la etapa de juicio sino que incluso se puede
ver desde las primeras diligencias como por
ejemplo: en la audiencia de prueba anticipada, o,
en la etapa intermedia con la Audiencia de Control
de acusación.
Público Oralidad
11. Inciso 2 Derecho a juicio previo, oral, público y contradictorio
Al ser un sistema acusatorio adversarial,
existen 2 partes que se enfrentan, esto es, el
fiscal y el imputado con patrocinio de su
abogado, ello, ante un Juez Penal. En ese
sentido, las partes gozan del derecho de
contradecir, refutar o enervar las posturas de
las otras partes.
Contradictorio
Peña Cabrera señala que el derecho de
contradicción se deriva del derecho defensa,
que hace alusión al derecho de conocer la
acusación formulada para hacer uso de la
correspondiente contradicción.
12. Inciso 3) Igualdad de Armas
Intervendrán
En el proceso penal
En igualdad de
posibilidades
Agraviado
Imputado
Facultades
Derechos
Previstos
13. Inciso 4) Pluralidad de Instancia
Una instancia procesal está referida a la
jerarquía con la que los tribunales se abocan
al conocimiento de un proceso, se le
denomina primera instancia al ejercicio de la
acción ante el primer juez que conoce el
asunto, en cambio, la segunda instancia se
refiere al ejercicio de la misma acción pero
elevada en grado de apelación con el objeto
que se consulte lo resuelto por el primer juez
(a quo).
Las resoluciones son
recurribles en la forma y
modo establecidas en la
ley.
Los autos y sentencias que
ponen fin a la instancia son
materia de recurso de
apelación.
14. Inciso 5) Indemnización por error judicial
La indemnización es la compensación que se
otorga como consecuencia de un daño
generado por diversos factores, dentro de
ellos se encuentra el
administración de justicia
error en la
penal por una
resolución judicial.
Por ejemplo: Los que, luego de ser
condenados en proceso judicial, hayan
obtenido en juicio de revisión, una resolución
de la Corte Suprema que declara la
sentencia errónea o arbitraria.
16. es
INOCENTE y debe ser
considerado como tal
mientras
No se demuestre lo contrario
o
SENTENCIA FIRME
debidamente motivada en
suficiencia probatoria y
respetando las garantías y
derechos del imputado
El IMPUTADO por la
comisión de un delito
Inciso 1) Presunción de Inocencia
En caso de DUDA de
responsabilidad penal
se
resuelve
A FAVOR
17. Inciso 2) Trato Inocente
Ningún
Funcionario o
Autoridad Pública
Puede
Presentar
Persona
(Imputable)
Como
CULPABLE o Brindar
información en
dicho sentido
Antes de una
SENTENCIA
FIRME
19. Inciso 1) Non Bis In Idem
Nadie podrá
ser 2 veces por un
mismo hecho
Sancionado: Non
bis in idem
material
o
Mismo Sujeto
Mismo fundamento
Procesado: Non
bis in idem
procesal
Triple identidad
que trate
siempre
Dato importante: rige en
sanciones penales y
administrativas. El derecho penal
tiene preminencia sobre el
administrativo.
20. Inciso 2) Excepción al Non Bis In Idem
La excepción al non bis in idem es la acción de
revisión, a través de la cual una persona puede
objetar una sentencia condenatoria firme, en los
casos establecidos expresamente por ley.
Acción de Revisión
Contradicción de sentencias
Duplicidad de Sentencias
Hechos/pruebas falsos o
inválidos
Procede contra sentencia Nuevos hechos o pruebas
condenatoria firme Juzgador que condenó
cometiendo o siendo víctima de
un delito
Norma condenatoria declarada
inconstitucional
21. Práctica
• ¿Desde que momento empieza a regir el principio de la presunción de inocencia?
• ¿En que consiste el criterio de la triple identidad del non bis idem?