El documento presenta información sobre el proceso de votación en Ecuador, incluyendo las 4 fases del día de votación, los deberes y atribuciones de las Juntas Receptoras del Voto, y algunas generalidades y prohibiciones. Explica que las elecciones se desarrollan en 4 fases y que las Juntas Receptoras del Voto cumplen procedimientos específicos en cada una. También describe los deberes de las Juntas como levantar actas, entregar papeletas a los votantes, realizar escrutinios, y prohib
2. INTRODUCCIÓN
Usted ha sido designado para desempeñar una de las principales funcio-
nes en el proceso de elección democrática de las y los representantes del
pueblo; según las leyes y principios que consagra la Constitución Nacional
de la Republica del Ecuador. Su participación como autoridad de Junta
Receptora del Voto, es vital para garantizar que las elecciones se desa-
rrollen de modo transparente y confiable, contribuyendo a mantener la
legitimidad que caracteriza a los procesos electorales nacionales.
Para ello, ponemos a su disposición esta guía destinada a ofrecer infor-
mación básica y resumida sobre las funciones y procedimientos en las
“Elecciones Generales 2013” que se realizáran el próximo domingo 17
de febrero de 2013.
En nombre del Consejo Nacional Electoral le agradecemos su compro-
miso ciudadano y su gesto cívico.
“Su participación es un acto ciudadano y patriótico”.
Dirección Nacional de Capacitación Electoral para el Sufragio
mail: thcapacitacionelectoral@cne.gob.ec
http://capacitacionelectoral.cne.gob.ec
3. FASES DEL DÍA DE VOTACIÓN
El día de las elecciones se desarrolla en 4 fases.
Los Miembros de la Junta Receptora del Voto cumplen procedimientos específicos para cada una de ellas.
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Fase 1. Fase 2.
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Fase 4. Fase 3.
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Ahora especificaremos cada fase, para saber qué actividades debemos
realizar con los demás Miembros de la Junta Receptora del Voto.
4. GENERALIDADES
Función Electoral
La Función Electoral Garantiza el ejercicio de los derechos políticos que se expresan a través del sufragio, así como los
referentes a la organización política de la ciudadanía (Art. 217 Contitución de la República del Ecuador).
Conformación de la Función Electoral
Ésta integrada por el Consejo Nacional Electoral y el Tribunal Contencioso Electoral, ambos con sede en Quito y juris-
dicción nacional.
Órganos de la Función Electoral
a) Consejo Nacional Electoral
Se integra con cinco Consejeras o Consejeros principales con sus respectivos suplentes, los mismos que ejercen
sus funciones por seis años y se renovarán parcialmente cada tres años.
Funciones del Consejo Nacional Electoral
Organizar, dirigir, vigilar y garantizar de manera transparente y eficaz los procesos electorales, convocar a elecciones,
realizar los cómputos electorales, proclamar los resultados y posesionar a quienes resulten electas o electos, entre
otras funciones.
El Presidente del Consejo Nacional Electoral, es el Representante Legal de este organismo.
b) Tribunal Contencioso Electoral
Se integra con cinco miembros principales con sus respectivos suplentes, ejercen sus funciones por seis años y se
renovarán parcialmente cada tres años.
Funciones del Tribunal Contencioso Electoral
Es el órgano encargado de administrar justicia en materia electoral y dirimir conflictos internos de las organizaciones
políticas, entre otras funciones.
El Pleno es el órgano colegiado compuesto por juezas y jueces electorales.
Juntas Receptoras del Voto
Es un organismo electoral temporal, integrado por tres vocales principales una Secretaria o Secretario y tres Vocales
Suplentes. El primer Vocal principal se desempeña como Presidenta o Presidente de la Junta.
5. Deberes y atribuciones de las Juntas Receptoras del Voto
a. Levantar las actas de instalación y de escrutinios;
b. Entregar a la electora o elector las Papeletas y el Certificado de Votación o de Presentación;
c. Efectuar los escrutinios una vez concluido el sufragio;
d. Remitir a la Junta Provincial Electoral las urnas, paquetes y sobres que contengan el Acta de
Instalación y la primera de Escrutinios con protección de la Fuerza Pública;
e. Entregar a la o el Coordinador Electoral el segundo ejemplar del Acta de Escrutinio de cada
dignidad, en sobres debidamete sellados y firmados por el Presidente y Secretario de Recinto
los sobres correspondientes;
f. Fijar el tercer ejemplar del ata de escrutinio en un lugar visible donde funcionó la junta re-
ceptora del voto;
g. Cuidar que las actas de instación y de escrutinio lleven las firmas del Presidente y secretario;
asi comolos sobres que contengan dichas actas y los paquetes de los votos válidos, en blanco
y nulos.
h. Entregar copia del Acta certificada o los resumenes de resultados a las organizaciones políti -
cas que los solicitaren o sus delegados debidamente acreditados,
i. Impedir que el día de las elecciones se haga propaganda electoral o proselitismo político en el
recinto del sufragio.
j. Vigilar que el acto electoral se realice con normalidad y orden.
k. Facilitar la tarea de los observadores acreditados oficialmente
6. Prohibiciones
1. Rechazar el voto de las personas que porten su pasaporte, cédula de identidad o ciuda-
danía y que consten en el registro electoral;
2. Recibir el voto de personas que no consten en el registro electoral;
3. Permitir que los delegados de los sujetos políticos u otras personas realicen proselitismo
dentro del recinto electoral y en un perímetro de cien metros;
4. Recibir el voto de los electores antes o después del horario señalado para la correspon-
diente elección, con las excepciones que establezca el Consejo Nacional Electoral;
5. Influir de manera alguna en la voluntad del elector;
6. Realizar el escrutinio fuera del recinto electoral;
7. Impedir u obstaculizar la labor de los observadores electorales nacionales o internaciona-
les debidamente acreditados; y,
8. Permitir la manipulación del material electoral a personas ajenas a la Junta.
Las personas que no concurrieran a integrar las Juntas Receptoras
del Voto, estando obligado, será multado con el equivalente al quince
por ciento de una remuneración mensual básica unificada (Art. 292,
Código de la Democracia)
7. Dirección Nacional de Capacitación Electoral para el Sufragio
Dirección: Av. 6 de Diciembre N33-122 y Bosmediano
Teléfono: 593-2-315410
www.cne.gob.ec
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