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ReglamentoInternoInstituciónEducativa
Nº82803,
CENTRO POBLADO RODEOPAMPA, LLAPA – SAN
MIGUEL
REGLAMENTO INTERNO
CAJAMARCA-PERU
2019
“Dime y lo olvido, enséñame y lo recuerdo,
involúcrameyloaprendo”
BenjaminFranklin.
“La educación no es para conseguir un
trabajo. Se trata de desarrollarte como ser
humano”
LizBerry.
“Los libros son los amigos más silenciosos y
constantes, los consejeros más accesibles y
sabiosylosmaestrosmáspacientes”
CharlesWilliamEliot.
RESOLUCIÓNDIRECTORALN°.07-2019-REG-CAJ/DRE-UGEL-SM/D-II.EE.N°.82803-CPS-LL-SM
Rodeopampa, 03demarzo del 2019.
Visto, RI, II.EE. Nº. 82803, perteneciente al CP Rodeopampa, Distrito de
Llapa, Provincia de San Miguel, Región Cajamarca, para el Presente año
académico dos mil diecinueve, que ha sido elaboradas por la plana docente,
Concejos Directivo, Padres de Familia y Concejo educativo Institucional,
y de acuerdo a las normas legales vigentes.
CONSIDERANDO:
Que, es necesario contar con un documento técnicos de gestión, lo
cual norma la finalidad, fines, funciones, derechos, deberes, estímulos y
prohibiciones, del personal que labora en la institución educativa. el
Reglamento Interno es un instrumento de gestión de la II.EE. que define
la convivencia de los actores sociales de toda la comunidad educativa
tanto mejorando el trabajo administrativo y técnico pedagógico, el rol que
desempeñan. Es, un documento, que contiene obligaciones y deberes y
derechos de los trabajadores, de los estamentos que integran la
institución.
Estando a lo opinado procedente por el Consejo Educativo Institucional,
de conformidad con los dispositivos legales vigentes:
 Constitución Política del Perú.
 Ley N° 28044, Ley General de Educación.
 Ley N° 28628, Ley que regula la participación de las Asociaciones de Padres
de Familia en las Instituciones Educativas Públicas.
 Ley N° 29600, que fomenta la reinserción escolar por embarazo.
 Decreto Supremo N° 015-2012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29694
que protege a los consumidores de prácticas abusivas en la selección o
adquisición de textos escolares.
 Ley N° 29719 que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones
educativas y su Reglamento.
 Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial.
 Decreto Legislativo N° 882, Ley de Promoción de la Inversión en la Educación
 DS No. 011-2012-ED, Reglamento de la Ley del Profesorado;
 DS No. 04-2013-ED, DS No. 013-2004-ED, DS No. 09-2005-ED,
 R.M. Nº. 712-2019-, ORIENTACIONES PARA EL DESARROLLO DEL AÑO ESCOLAR 2019 EN
INSTITUCIONES EDUCATIVAS Y PROGRAMAS EDUCATIVOS DE LA EDUCACION BÁSICA. Lima
28/12/2018.
 “Directiva N°01-2018-GR.DRE.CAJ/UGEL-SM-AGP. …___...”. San Miguel, enero 2018.
 Y, otras normas legales vigentes.
SERESUELVE:
Artículo 1°. - Aprobar el Reglamento Interno, II.EE. N°. 82803, para
el presente año académico dos mil diecinueve del Centro Poblado de
Rodeopampa, Distrito de Llapa, Provincia de San miguel.
Artículo 2°. - Encargar a todos los miembros de la Comunidad educativa
su fiel cumplimiento, entrando en vigencia al día siguiente de su
publicación, deróguese todo documento que contradiga dicho documento.
Artículo 3°. - Elevar a la Unidad de Gestión Educativa Local de San
Miguel e Institución Educativa un original de la presente Resolución
Directoral, para su conocimientos y demás fines del Sector Educación.
Regístrese, Comuníquese, Archívese.
PRESENTACIÓN
La Institución Educativa N° 82803, está ubicada en el Centro Pobladode Rodeopampa,
Distrito de Llapa, Provincia de San Miguel, está ubicada una altura de 3 300 m.s.n.m.,
cuenta con una trocha carrozable de Llapa a Rodeopampa, con un promedio de 7 Km. de
distancia. También, hay otra vía carrozable a la Calzada, San Miguel y/o Cajamarca. Su
ubicación estálocalizada en laCordillera OccidentaldelosAndes.Laactividad económica
principal es la ganadería, la agricultura, la artesanía e intercambian fuerza de trabajo en
formas deminkas uotraforma detrabajo comunal.
El Centro Pobladode Rodeopampa tiene un área de 4 500 hás, limita con los siguientes
Caserío:
porel Nortecon la Hacienda deQuilcate y elCentro PobladodeSan AntoniodeOjos,
porel SurconLlapa,
porel Este conla Comunidad dePampa Cuyoc-La Colpa ySantaAurelia,
yporel Oeste conla Comunidad deCalquis.
Elpresente reglamento internohasidoelaborado porlacomisión dela IEPN°82803
de Rodeopampa, la misma que ha sido elaborado director; docentes y un miembro de
APAFA representante de los padres de familia. El mismo que ha sido ampliamente
analizado y discutido para su aprobación en asamblea general del personal docente y
administrativo conla participación de laAPAFA.
Consta de IX capítulos y 39 artículos los mismos que recogen los postulados
establecidos en las normas legales vigentes, así como los del carácter organizativo y
funcional de laIE detodala comunidad educativa.
Pretende este reglamento dinamizar operativamente todo el que hacer educativo
inherente a losfines delplantel, entodaslas áreas quese desprendencomo abanico.
Entendemos que puede haber vacíos, porla complejidad de la normativa en lo cual
hemos querido ser escrupulosos; Así como por la complejidad del que hacer de la
humanidad quese desarrolló como unavorágine, las mismas quetienen relación directa e
incidencia en elque hacer educativo.
Apelamos a la buena predisposición, al profesionalismo y a la entrega, sin reserva
alguna, a la tarea educativa para plasmar óptimamente el presente reglamento interno y
superar, enla práctica y coordinación,cualquier vacío presente.
Finalmente, quedan en consideración de la UGEL, las observaciones del caso, las
mismas queserán incorporados al presentereglamento interno,conforme a ley.
Equipo de trabajo
REGLAMENTO INTERNO INSTITUCION EDUCATIVA Nº 82803
CAPITULO I
GENER AL IDA D ES:
ART. 1° INTRODUCCIÓN. - El Reglamento Interno es un documento de gestión,
Control, establece normas a la organización y funcionamiento interno de la
Institución Educativa, su finalidad es lograr los fines y objetivos propuestos.
El fin que persigue el presente Reglamento Interno, es adecuar la organización y
funcionamiento de la Institución Educativa en base a las normas legales vigentes.
ART. 2° BASE LEGAL: El presente Reglamento tiene base legal y se sustenta en:
Constitución Política del
Perú.
LeyNº28044, LeyGeneral de Educación.
Decreto Supremo N°011-2012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N°28044,
Ley General de Educación.
LeyN° 29944, Leyde laReformaMagisterial ysureglamento.
D.S. N° 004 -2013-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29944, Ley
de
ReformaMagisterial.
Ley N°28628, Ley que regula la participación de las Asociaciones de Padres
de
FamiliaenlasInstitucionesEducativasPúblicas.
Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministeriode Educación y su modificatoria
la Ley Nº 26510.
Decreto Legislativo N° 276 y su Reglamento aprobado por D.S. N° 005-90-
PCM.
Ley N° 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación,Acreditación y Certificación
de la Calidad Educativa SINEACE.
Proyecto Educativo Nacional al
2021.
Ley N° 29694, Ley que protege a los consumidores de la prácticas abusivas en la
selección o adquisición de textos escolares, modificada por la ley N° 29839.
Ley 29719, Ley que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones
educativas.
DecretoSupremoN°010-2012-ED que apruebael Reglamentode laLeyN°29719.
ResoluciónDi rectoral N ° 0343-2010-ED – Normas para el desarrollo de las
acciones de tutoría y orientación educativa en las DRE, UGEL e instituciones
educativas.
Resolución Ministerial N° 519 – 2012- ED que aprueba la Directiva N° 019-2012-
MINEDU/VMGI-OET, Lineamientos para la prevención y protección de las y los
estudiantes contra la violencia ejercida por personal de las instituciones
educativas.
Decreto Supremo N° 006-2012-ED, que aprueba el Reglamentode Organización y
Funciones (ROF) y el cuadro para asignación de personal (CAP) del Ministerio de
Educación.
Decreto Supremo Nº 017-2007-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley
Nº
28988, Ley que declara la Educación Básica Regular como Servicio Público
Esencial.
Decreto Supremo N° 010-2012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29719,
Ley que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones educativas.
Decreto Supremo N° 015-2012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29694,
Ley que protege a los consumidores de las prácticas abusivas en la selección o
adquisición de textos escolares.
Resolución Ministerial N° 281-2016-MINEDU, que aprueba el Diseño
Curricular
Nacional 2017 de la Educación Básica Regular.
R.M. Nº 712-2018-MINEDU - N orma l as Ori e ntaci one s para el
De sarrol l o de l A ño Escol ar 2019, en las Instituciones educativas y
Programas Educativos de Educación Básica Regular.
El PEI y PlanAnual de Trabajode I.E.
ART. 3° PRINCIPIOS, FINES, OBJETIVOS:
a) La educación se basa en la democracia social, la justicia, la libertad y la equidad. b)
La educación debe estar orientada a que el estudiante desarrolle la utilización
de su cuerpo mediante la maduración y fortalecimiento de su capacidad de
manipulación de las cosas, tomando conciencia del efecto de la actividad sobre el
medio ambiente y sobre él mismo.
c) Capacidad para adaptarse a los cambios para adquirir una mayor autonomía en
las necesidades educativas, incorporando información valiosa y variada al
repertorio de estímulos de los niños y niñas.
d) Participar en la sociedad escuchando y expresándose de manera democrática las
ideas propias y valorando los estados emocionales propios y ajenos, a fin de
sostener la paz.
e) Reconocer en sí mi smo y los demás, la dignidad de la persona humana, en su
dimensión física y espiritual; y propiciar en los alumnos la práctica de valores
cívicos, morales y religiosos.
Fines:
a. Brindar la atención educativa a estudiantes menores en edad escolar.
b. Proporcionar apoyo, orientación a los estudiantes de las diferentes edades.
c. Contribuir en el desarrollo y progreso socio cultural dentro de la comunidad.
d. Contribuir al mejoramiento del sistema educativa.
Objetivos:
a) Brindar formación integral de los estudiantes de todos los grados, ciclos, del nivel.
b) Coordinar con todas las autoridades de la comunidad educativa.
c) Mejorar la infraestructura del local escolar con apoyo de la comunidad educativa.
d) Promover el mejoramiento del servicio educativo y actualización permantes de la
plana docente.
e) Promover, fortalecer, atención, protección del educando con la comunidad
educativa.
f) Promover la participación del educando a través de actividades recreativas,
culturales y deportivas.
g) Desarrollar las actividades biopsicosociales del educando, cuyo fin desarrollo
integral del educando, dentro y fuera de sus entorno social, cultural, etc.
Funciones generales:
a) Programar, ejecutar, evaluar el trabajo administrativo, técnico pedagógico.
b) Velar por los niños dentro del aula y fuera.
c) Detectar problemas de aprendizaje derivarlos a instituciones a que le brinden
atención.
d) Reunión ordinaria y extraordinarias con la APAFA Y CONEI.
e) Informar a los padres de familia del rendimiento de sus hijos.
Estructura orgánica:
a) Órgano de Dirección.
b) Planta docente.
c) Órgano de participación: APAFA Y CONEI.
ART. 4° ALCANCES:
El presente Reglamento Interno, tiene vigencia a partir de su aprobación hasta
que se sustituya por otra, siendo responsabilidad de la Comunidad Educativa, su
estricto cumplimiento y su interpretación.
Siendo su alcance a los siguientes:
- Director;
- Sub Director
- Personal Docente de Educación Primaria
- Estudiantes; y
- Los padres de familia
CAPITULO II
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
ART. 5° OBJETIVOS DEL REGLAMENTO INTERNO.
a) Garantizar el buen funcionamiento de la Institución Educativa de acuerdo a las
normas vigentes,
b) Velar por el cumplimiento de los derechos, obligaciones y responsabilidades del
personal y definir los ámbitos de competencia de los miembros de la Comunidad
Educativa.
c) Otorgar estímulos por acciones destacadas en el cumplimiento de sus funciones.
d) Sancionar las acciones que dañen la imagen de la I.E.
ART. 6° ESTRUCTURA ORGANICA DE LA INSTITUCIÓN:
La estructura orgánica de la Institución Educativa.
Salazar Aguilar” se establece de la manera siguiente:
Órgano Directivo.
Dirección.
Órgano Ejecutivo
Personal Docente.
Equipos de Trabajo.
Los equipos de trabajo se establecen por compromisos de gestión escolar
CAPITULO III
FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS MIEMBROS QUE LO INTEGRAN.
ART. 7° FUNCIONES GENERALES DE DIRECCIÓN.
a) Optimizar la calidad de los aprendizajes de los estudiantes y el desempeño
docente, desarrollando competencias y capacidades; aplicando estrategias
didácticas del nuevo enfoque curricular, con una permanente innovación
pedagógica.
b) Difundir y aplicar en la Institución Educativa los documentos normativos que
orienten la institucionalidad y que estén en concordancia con lo dispuesto por las
normas oficiales.
c) Monitorear, supervisar, acompañar y evaluar los resultados de la gestión escolar
en cada una de sus etapas y fases.
d) Suscribir convenios y/o contratos con fines educativos y organizar eventos de
capacitación y actualización docente.
e) Estimular y organizar la participación de los estudiantes de la Institución
Educativa en eventos de carácter académico, cultural, deportivo convocado por
el Ministerio de Educación y sus órganos descentralizados y otras instituciones,
de acuerdo a las normas vigentes.
f) Impulsar jornadas pedagógicas que promueven espacios de ínter aprendizaje y
reflexión, así como actividades dirigidas a mejorar la calidad de los
aprendizajes.
ART. 8° EN LOS RECURSOS Y SERVICIOS DE LA INSTITUCIÖN.
a) Planificar, organizar y administrar los recursos y servicios prestados por la
Institución Educativa, siguiendo las orientaciones del PEI y las normas oficiales,
atendiendo las necesidades de los mismos.
b) Autorizar el uso eventual y alquiler de equipos, de la Institución de acuerdo con
las normas oficiales, asegurando la conservación del medio ambiente, de las
instalaciones y equipos, y el tipo de utilización que no distorsionen los fines
educativos de la institución.
c) Coordinar con la Asociación de Padres de Familia el uso de los fondos que ella
recaude, teniendo en cuenta los requerimientos del Plan de Trabajo Anual.
ART. 9° EN LO ADMINISTRATIVO.
a) Supervisar y evaluar las actividades administrativas en coordinación con los
docentes y personal administrativo.
b) Organizar el proceso de matrícula, autorizar traslados de matrícula y expedir
certificados de estudios. Dentro de lo normado, aprobar las nóminas y actas,
rectificar nombres y apellidos de los alumnos en documentos oficiales, exonerar
Áreas y autorizar convalidaciones, pruebas de revalidación y de ubicación en
cualquier momento del año.
c) Proponer a la autoridad educativa, la contratación o el nombramiento del
personal docente y administrativo que reúna los requisitos legales, en función a
las plazas que correspondan a la Institución Educativa, teniendo en cuenta las
propuestas de la Comisión Especial de Evaluación, especificando la justificación
del requerimiento y la duración del contrato.
d) Evaluar, incentivar y reconocer el esfuerzo y mérito individual y colectivo del
personal. En caso de una Evaluación negativa, adoptar medidas correctivas según
lo dispuesto en el Régimen Disciplinario y otras normas vigentes.
e) Proponer al órgano intermedio las licencias, de acuerdo a las normas vigentes.
Seleccionar y designar en la Institución Educativa, previa propuesta de la
respectiva Comisión Especial de Evaluación, al docente reemplazante por el
tiempo que dure la licencia del titular, comunicando oportunamente al órgano
intermedio del Ministerio de Educación, para las acciones correspondientes. La
Resolución se emite dentro del plazo de diez días útiles. Asimismo proponer al
órgano intermedio licencias de personal; y
f) Informar de manera pública y transparente a la Comunidad Educativa del manejo
de recursos y bienes de la Escuela.
ART. 10° EN LAS RELACIONES CON LA COMUNIDAD EDUCATIVA.
a) Convocar y presidir el Consejo Educativo Institucional CONEI, de la Institución
Educativa.
b) Coordinar con la Asociación de Padres de Familia y el órgano intermedio del
Ministerio de Educación, asuntos de interés común.
c) Prevenir y mediar en situaciones de conflicto, creando condiciones que
favorezcan relaciones humanas positivas al interior de la comunidad magisterial
con la participación del Comité Tutoría y Orientación Educativa; y
d) Disponer de oficio la matrícula del menor abandonado o en riesgo de abandono y
coordinar acciones de ayuda con diversas instituciones.
ART. 11° FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL DIRECTOR.
a) Representar legalmente a la Institución.
b) Formula, elabora, coordina, ejecuta y evalúa el PEI, Plan Anual de Trabajo,
RIN con participación de los miembros del Equipo de Trabajo, el Personal
Docente, Administrativo, profesionales especializados y la colaboración de la
Asociación de Padres de Familia.
c) Vela por el cumplimiento de la visión, misión, valores, objetivos y metas de la
Institución Educativa en el marco del buen clima institucional entre los
miembros de la comunidad educativa.
d) Organiza y dirige el servicio de supervisión, monitoreo y acompañamiento
pedagógico como prioridad de la política educativa institucional.
e) Preside las reuniones técnico-pedagógicas, administrativas y otras relacionadas
con los objetivos de la Institución.
f) Preside Los Equipos de Trabajo.
g) Autoriza la realización de actividades de carácter educativo y actividades de
Promoción Educativa Comunal.
h) Organiza el proceso de matrícula y autoriza traslados de matrícula y
exoneraciones de Áreas, así como la aplicación de las pruebas de ubicación.
i) Autoriza la rectificación de nombres y apellidos de los educandos en los
documentos pedagógicos oficiales, de acuerdo a normas específicas.
j) Matricula de oficio al menor abandonado o en peligro moral, y pone el caso en
conocimiento de las autoridades e instituciones pertinentes.
k) Expide certificados de estudios.
l) Estimula o sanciona según sea el caso, a los estudiantes y el personal de la
Institución Educativa, de conformidad con lo normado en el Reglamento Interno.
m) Dirige, coordina, asesora, supervisa, evalúa y acredita el desempeño del personal
a su cargo.
n) Solicita coordina con la autoridad inmediata superior, la cobertura inmediata de
las plazas docentes o administrativos vacantes y el reemplazo del personal en
licencia de conformidad con los dispositivos legales vigentes.
o) Otorga permiso al personal a su cargo, de acuerdo a la LRM, en casos
debidamente justificados, informando a la autoridad superior lo actuado.
p) Estimula y amerita al personal a su cargo por acciones extraordinarias, tanto en
el cumplimiento de sus funciones de conformidad al Marco del Buen Desempeño
Docente, como en otras que redunden en beneficio del estudiantado, la Escuela o
la Comunidad. En los casos sobresalientes propone a la autoridad superior
inmediata su reconocimiento mediante Resolución.
q) Aplica las disposiciones del Régimen Disciplinario Docente de la LRM y del
Régimen Disciplinario Administrativo, en casos de faltas e incumplimiento de
funciones.
r) Organiza, supervisa el cumplimiento de los planes de trabajo de las diferentes
Áreas de Trabajo.
s) Promueve la cooperación de instituciones locales, regionales para mejorar los
servicios educativos que brinda la Institución Educativa.
t) Administra los bienes, enseres y la documentación de la Institución Educativa.
u) Administra el SIAGIE de la Institución Educativa.
v) Administra los fondos provenientes de actividades productivas de acuerdo a las
normas especificadas.
w) Formula el cuadro de necesidades de Bienes y Servicios.
x) Autoriza el uso eventual de instalaciones de la Institución Educativa.
ART.12° FUNCIONES Y OBLIGACIONES DE LA SUB DIRECTO R.
Depende del Director de la Institución Educativa, y cumple con las
siguientes funciones:
a) Participa en la formulación del Plan de Trabajo Anual, Proyecto Curricular
Institucional, Proyectos de Innovación y Memoria de Gestión.
b) Interviene en la actualización del Reglamento Interno.
c) Coordina con el Director el horario, jornada y turnos de la Institución
Educativa;
d) Organiza con la Dirección de la Institución la rotación del Personal docente en
los grados y secciones.
e) Controla la asistencia y puntualidad del personal docente, administrativo para
su respectivo informe a las instancias superiores por medio de la Dirección; si
el caso amerita, coloca con rojo para el personal que llega tarde.
f) Constituye, coordina y evalúa los Comités de Trabajo docente.
g) Administra, en coordinación con la Dirección el uso de los ambientes, equipos e
instrumentos y documentos inherentes a su trabajo.
h) Visa en forma rutinaria las sesiones de aprendizaje, las unidades didácticas y
otros documentos inherentes al trabajo pedagógico de los docentes.
i) Informa al director, profesores y padres de familia sobre los resultados del
desarrollo del proceso de aprendizaje-enseñanza de los grados y secciones.
j) Administra la documentación a su cargo.
k) Asume la Dirección de la Institución, en segunda delegación en ausencia del
titular.
l) Organiza, coordina, supervisa, monitorea, acompaña y evalúa las actividades
técnico pedagógico en coordinación con la Dirección de la Institución
Educativa.
m) Orienta al personal docente en estrategias didácticas de aprendizaje.
n) Organiza, coordina, supervisa y evalúa el avance curricular de la Institución.
o) Desarrolla la actualización docente.
p) Coordina las actividades educativas complementarias.
q) Coordina, ejecuta y evalúa las organizaciones estudiantiles.
r) Coordina la facilitación de medios y recursos educativos.
s) Coordina permanentemente con los coordinadores de grado sobre el trabajo en
equipo y de desarrollo curricular.
t) Organiza y orienta la escala de valores humanos en las actividades
estudiantiles.
u) Promueve, organiza, orienta y evalúa con los Profesores de Educación Física las
actividades deportivas del plantel.
v) Organiza, programa, ejecuta y evalúa las actividades de recreación escolar;
w) Asesora y evalúa los programas de producción con cooperación comunal/o
empresarial;
x) Supervisa, gestiona la buena conservación del material artístico, deportivo y
medios
y) Fomenta y ejecuta la participación comunitaria en las actividades educativas.
z) Reemplaza al docente en caso de permiso, licencias menores de acuerdo a la
norma.
ART. 13° FUNCIONES Y OBLIGACIONES DE LOS PROFE SO RES.
a) Participa en la elaboración, ejecución y evaluación del PEI, PCI, Plan Anual de
Trabajo.
b) Programa, desarrolla y evalúa las actividades curriculares así como las
actividades del equipo de trabajo de su grado.
c) Organiza y ambienta el aula, preparar material educativo con la colaboración de
los alumnos y padres de familia.
d) Evaluar el proceso enseñanza-aprendizaje y la elaboración de todos los
documentos correspondientes.
e) Mantiene actualizada la documentación pedagógica y administrativa de su
responsabilidad.
f) Participa en acciones programadas de investigación y experimentación de
paradigmas educativos y técnicas de trabajo educativo. Integra las comisiones
de trabajo. Colabora con la Dirección de la Institución Educativa en las acciones
que permiten el logro de los objetivos de la Institución Educativa y del Nivel
Educativo.
g) Atiende a los educandos y vela por su seguridad durante el tiempo que
permanece en la Institución Educativa.
h) Detectar problemas que afectan el desarrollo del educando dando a conocer a la
Dirección y padre de familia.
i) Coordinar y mantener comunicación permanente con los padres de familia sobre
asuntos relacionados con el rendimiento académico de los alumnos.
j) Velar por el buen estado de conservación de los ambientes y mobiliario de la
escuela.
k) Participar en las actividades del día lunes al frente de sus respectivos alumnos.
l) Firmar el parte diario de asistencia, anotando la hora de ingreso y salida.
m) Intervenir en el desarrollo del Calendario Cívico Escolar.
n) Entregar de forma oportuna los documentos solicitados por la Dirección y sub
dirección.
o) Participar en las actividades programadas por la Institución Educativa desde su
inicio hasta su término.
p) Controla en su aula los desayunos escolares en función al horario establecido por
el programa Qaliwarma.
q) Estimula la participación de sus educandos en actividades significativas.
ART. 14° FUNCIONES DEL RESPONSABLE DEL CENTRO DE RECURSOS
TECNOLÓGICOS (CRT). R.M. 668-2010-ED.
a) Formular el Plan Anual de Trabajo del CRT para ser aprobado por el director de la
I.E. e incluir actividades de capacitación.
b) Conocer, difundir y promover los Lineamientos Pedagógicos de la Dirección
General de Tecnologías Educativas (DIGETE) en la institución educativa.
c) Elaborar los documentos vinculados con el funcionamiento del CRT (Plan Anual de
Trabajo, Reglamento Interno, Catálogo de Recursos, Horarios, entre otros).
d) Identificar y atender las necesidades de capacitación docente en el
aprovechamiento educativo de las TIC.
e) Organizar y promover actividades de capacitación docente para el
aprovechamiento pedagógico de las TIC.
f) Asesorar a los docentes de área en el desarrollo de actividades educativas
relacionadas con las TIC.
g) Asesorar a los docentes en el uso de los recursos informáticos (uso de las
computadoras, proyector multimedia, servicio de internet y otros del CRT).
h) Organizar con los docentes capacitados, un equipo de trabajo de apoyo para la
promoción, capacitación y desarrollo de la integración de las TIC en la Institución
Educativa.
i) Promover el aprovechamiento educativo de los recursos TIC, la implementación de
plataformas virtuales para la IE, el desarrollo y producción de material educativo
digital por docentes y estudiantes, el trabajo colaborativo en la Institución
Educativa o con sus pares de otras instituciones educativas.
j) Promover la participación de docentes y estudiantes en las comunidades virtuales
y plataformas instaladas.
k) Permitir la comunicación permanente de docentes.
l) Promover el uso transversal del CRT por los docentes de todas las Áreas
Curriculares.
m) Organizar y planificar las actividades educativas del CRT.
n) Establecer el horario del uso del CRT, según la demanda de los docentes y
estudiantes, garantizando la oportunidad de acceso a los estudiantes.
o) Llevar el registro de asistencia de los docentes al CRT.
p) Velar por la provisión y mantenimiento de los recursos educativos, equipamiento e
infraestructura del CRT.
q) Supervisar la instalación y velar por el mantenimiento de los equipos informáticos
y de comunicación.
r) Velar porque el software instalado cuente con la licencia respectiva.
s) Mantener el aula de innovaciones como un ambiente favorable y agradable para el
aprendizaje, facilitando el trabajo individual y en grupo de los estudiantes.
t) Reportar el inventario y estado de los recursos TIC a la Dirección de la
Institución Educativa.
ART. 15° FUNCIONES DEL PROFESOR DE TURNO.
a) Ingresar 5 minutos antes de la hora de ingreso, en la semana de turno que le
corresponda.
b) Los días lunes y si el caso amerita sobre las fechas del Calendario Cívico Escolar
desarrollar un programa breve y pertinente.
c) Controla la disciplina del estudiante durante la formación.
d) Controla el aspecto de higiene personal y formativa de los estudiantes.
e) Reemplazar al Director en caso de ausencia del Sub director si no existiese un
docente delegado para tal función.
f) Permanecer en el plantel las horas de trabajo académico.
ART. 16° TRABAJADOR DE SERVICIO II
a) Realiza la limpieza permanente de los diferentes ambientes de la Institución
Educativa así como desinfecta los SS.HH. y otros.
b) Controla el ingreso y salida del estudiantado de acuerdo al horario establecido;
dando cumplimiento estricto a los acuerdos pactados sobre el ingreso y salida
del local escolar.
c) Controla y orienta el ingreso y salida de personas al local escolar, así como de
los equipos, materiales y otros en su horario de trabajo, exigiendo la
presentación de la autorización expresa del Director.
d) Brinda atención permanente en la puerta cumpliendo el siguiente cronograma:
TURNO DE MAÑANA: 7.40 am a 8.15 am; 12.40 m 1.15 pm (puerta principal) T
e) Brinda atención oportuna en la puerta durante su jornada de trabajo. En el
horario diferente al cronograma anterior, cualquier puerta de acceso al local
escolar, deberá estar cerrada.
f) Vela por la limpieza, el mantenimiento y conservación de los bienes y enseres
de la institución Educativa; arregla y conserva los jardines.
g) Elimina oportunamente los deshechos acumulados en el local escolar cuando
pasa el recolector de basura. La acumulación de residuos orgánicos e
inorgánicos se realiza en la parte posterior de local escolar.
h) Toca en forma puntual el timbre de ingreso a las aulas al inicio de las clases,
salida al refrigerio, entrada después del refrigerio, salida al finalizar las
clases, durante su jornada laboral y el turno que le corresponde.
i) Demuestra buen trato al potencial humano.
j) Realiza otras funciones afines que le asigne el Director de la Institución
Educativa y personal docente.
CAPITULO IV
GESTIÓN PEDAGÓGICA DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
ART. 17° ORGANIZACIÓN Y DESARROLLO DE LAS ACTIVID AD ES
ACADÉMICAS.
a) Nivel Normativo.
La formulación del Currículo Nacional, se realiza a partir de las demandas
nacionales, además el perfil de egreso, los temas transversales y los estándares
de progreso.
Para la formulación del Proyecto Curricular de la Institución Educativa es
necesario considerar la formulación de lineamentos de política regional e
institucional.
b) NIVEL OPERATIVO.
La Construcción del Proyecto Curricular de la Institución Educativa (PCIE) es el
producto del proceso de sistematización de las competencias, capacidades,
indicadores y la formulación de estrategias en aplicación obligatoria de las Rutas
de Aprendizaje y el nuevo CN.
c) PROGRAMACIÓN CURRICULAR EN EL ÁMBITO DEL AULA.
Comprende la Programación Anual y la Programación a Corto Plazo.
La Programación Anual comprende la previsión del Calendario de la Comunidad,
Calendario Cívico Escolar, Competencias, Capacidades, desempeños,
conocimientos debidamente secuenciadas y tiempo.
La Programación a Corto Plazo comprende las Unidades Didácticas y las
actividades de aprendizaje previstos con una adecuada temporalización, con los
medios y recursos que se necesita para su ejecución.
d) EVALUACIÓN:
La evaluación de los aprendizajes está sujeto a la norma pertinente.
e) MONITOREO, ACOMPAÑAMIENTO Y SUPERVISIÓN EDUCATIVA.
 La supervisión educativa permite al Director y Sub director, evaluar y orientar
desde el punto de vista normativo, sobre el trabajo pedagógico que se realiza en
la Institución Educativa,
 El monitoreo permite al Director y Sub director, evaluar y orientar desde el
punto de vista didáctico y pedagógico cómo se desarrolla la enseñanza-
aprendizaje en el aula con el propósito de mejorar la calidad de la educación que
se brinda en la Institución Educativa,
 El acompañamiento permite al Director y Sub director, evaluar y orientar desde
el punto de vista de los objetivos y metas establecidos, en la medida de que se
está avanzando con las dificultades encontradas sobre el trabajo pedagógico que
se realiza en la Institución Educativa,
 En consecuencia, el Director y el Sub Director tienen que realizar dos tareas:
Evaluar el desempeño docente en el aula y orientar al docente para el
mejoramiento de su trabajo pedagógico; así como identificar las necesidades de
capacitación docente.
Art.18° HORARIO DE TRABAJO DE LA INSTITUCION EDUCATIVA
a) La Institución Educativa funciona en el siguiente horario de trabajo:
(Aplicable a los Docentes Primaria) La jornada en horas es: 45 minutos,
como hora pedagógica. Pues la jornada diaria es de 6 horas
pedagógicas. La jornada semanal abarca 30 horas. Se trabajará
38 semanas, CON UN PROMEDIO DE 1100 horas de trabajo
pedagógico efectivo anual, de acuerdo a las normas legales.
a) TURNO MAÑANA:
- 8:30 a 9:15 a.m. primera sesión.
- 9:15 a 10:00 a.m. segunda sesión
- 10:00 a 10:45 a.m. tercera sesión
- 10:45 a 11:15 a.m. recreo.
- 11:15 a 12:00. m. cuarta sesión.
- 12:00 a 12:45. m. quinta sesión.
- 12:45 a 1:30 p.m. sexta sesión.
- Nota: el almuerzo escolar a las 1:30 p. m. a 2:00 p.m.
CAPITULO V
AMINISTRATIVO: REGIMEN INTERNO DE TRAB AJO
ART. 19° DERECHOS DEL PERSONAL DOCENTE.
a) Desarrollarse profesionalmente en el marco de la LRM y sobre la base del
mérito, sin discriminación por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión,
opinión, condición económica o de cualquier otra índole que atente contra los
derechos de la persona.
b) Ser evaluados de manera transparente, conocer los resultados de su
evaluación personal de desempeño laboral, solicitar su revisión y tener
acceso a su historial de evaluación.
c) Autonomía profesional en el cumplimiento de las tareas pedagógicas que les
compete, la misma que está supeditada a que se ejerza dentro del proyecto
educativo ejecutado por la institución educativa y a que se respete la
normatividad vigente.
d) Participar en la elaboración, ejecución y evaluación del PEI, PAT, RIN. Derecho a
permisos y licencias conforme a la normatividad.
ART. 20° SON DEBERES DEL PERSONAL DOCENTE.
Los profesores deben: (Art. 40 de la Ley de Reforma Magisterial)
a) Cumplir en forma eficaz el proceso de aprendizaje de los estudiantes,
realizando con responsabilidad y efectividad los procesos pedagógicos, las
actividades curriculares y las actividades de gestión de la función docente,
en sus etapas de planificación, trabajo en aula y evaluación, de acuerdo al
diseño curricular nacional.
b) Orientar al educando con respeto a su libertad, autonomía, identidad,
creatividad y participación; y contribuir con sus padres y la dirección de la
institución educativa a su formación integral. Evaluar permanentemente
este proceso y proponer las acciones correspondientes para asegurar los
mejores resultados.
c) Respetar los derechos de los estudiantes, así como los de los padres de
familia.
d) Presentarse a las evaluaciones médicas y psicológicas cuando lo requiera la
autoridad competente, conforme a los procedimientos que establezca el
reglamento.
e) Cumplir con la asistencia y puntualidad que exige el calendario escolar y el
horario de trabajo.
f) Aportar en la formulación del proyecto educativo institucional, asumiendo
con responsabilidad las tareas que les competan.
g) Participar, cuando sean seleccionados, en las actividades de formación en
servicio que se desarrollen en instituciones o redes educativas, Unidades
de GestiónEducativa Local, Direcciones Regionales de Educación o Ministerio
de Educación.
h) Presentarse a las evaluaciones previstas en la Carrera Pública Magisterial y
a las que determinen las autoridades de la institución educativa o las
entidades competentes.
i) Ejercer la docencia en armonía con los comportamientos éticos y cívicos,
sin realizar ningún tipo de discriminación por motivos de origen, raza, sexo,
idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole.
j) Conocer, valorar y respetar las culturas locales, en el ámbito nacional, y la
lengua originaria.
k) Contribuir a la afirmación y desarrollo cultural y ciudadano de los miembros
de la institución educativa de la comunidad local y regional.
l) Informar a los padres de familia sobre el desempeño escolar de sus hijos y
dialogar con ellos sobre los objetivos educativos y la estrategia pedagógica,
estimulando su compromiso con el proceso de aprendizaje.
m) Cuidar, hacer uso óptimo y rendir cuentas de los bienes a su cargo que
pertenezcan a la institución educativa.
n) Asegurar que sus actividades profesionales se fundamenten en el respeto
mutuo, la práctica de los derechos humanos, la Constitución Política del
Perú, la solidaridad, la tolerancia y el desarrollo de una cultura de paz y
democrática.
o) Coadyuvar al trabajo en equipo de los profesores de la institución educativa
y, si fuera el caso, de las instancias de gestión educativa descentralizada.
p) Participar en los sistemas tutoriales que desarrolle la institución
educativa.
q) Otros que se desprendan de la presente ley o de otras normas específicas
de la materia.
ART. 21° SON DERECHOS DE LOS EDUCANDOS.
a) Ser aceptado y recibir formación integral dentro de un ambiente que le brinde
seguridad moral y física; y
b) Ser tratado con dignidad y respeto, sin discriminación y ser informado de las
disposiciones que le concierne al educando.
ART. 22° SON DEBERES DE LOS ESTUDIANTES.
a) Respetar a todos los miembros de la Comunidad Educativa dentro y fuera de la
Escuela;
b) Participar con responsabilidad en las actividades educativas de la Escuela;
c) Entregar a su Profesor(a) los objetos que encuentre dentro del plantel;
d) Respetar los símbolos patrios;
e) Cumplir su tarea y obligaciones puntualmente;
f) Asistir puntualmente a sus clases;
g) Asistir correctamente.
h) Expresarse correctamente empleando un lenguaje educado dentro y fuera de la
Institución Educativa;
i) Permanecer dentro del aula durante las horas de clase guardando la compostura
del caso;
j) Participar en forma obligatoria en las diferentes actividades organizadas por la
Institución Educativa de acuerdo a las normas pertinentes del MINEDU y
órganos descentralizados.
k) Participar responsablemente en las actividades educativas de la Institución
Educativa y abstenerse de participar en actos reñidos contra la moral y las buenas
costumbres o que atentan contra la integridad física y/o mental;
l) Cuidar los ambientes, equipo mobiliario y demás instalaciones de la Institución
Educativa;
m) Cumplir el Reglamento Interno de la Institución Educativa y otras disposiciones
dadas por la Dirección, Sub Dirección y el/la Docente; y
n) Practicar hábitos de higiene personal.
ART. 23° DERECHOS QUE ASISTEN AL PADRE DE FAMILIA.
a) Que sus hijos reciban una educación integral;
b) Ser tratado con respeto en toda reunión, por los miembros del plantel;
c) Ser informado del avance de aprendizaje de su hijo;
ART. 24° DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA.
a) Velar por la educación integral de sus hijos;
b) Participar en todas las actividades programadas por el aula y plantel;
c) Justificar personalmente las tardanzas e inasistencias de sus hijos, así como el
cumplimiento de las tareas escolares;
d) Asistir puntualmente a todas las reuniones solicitadas por la Dirección,
Profesores y APAFA;
e) Enviar a sus hijos limpios, ordenados y correctamente uniformados.
f) Velar por la salud física y mental de sus hijos; y
g) Colaborar económicamente con la I.E. a través de los comités de aula y/o
APAFA.
h) Hacer de su hogar un espacio adecuado para los hijos donde se brinde valores
morales.
ART. 25° ESTIMULOS A LOS PROFESORES.
a) Estímulos de reconocimiento mediante resolución directoral institucional, se
otorgan al docente, cuando la autoridad educativa conozca acciones
excepcionales en beneficio de la Educación y la Cultura, promovidas y ejecutadas
por éstos, o por el cumplimiento eficiente de las comisiones encargadas.
ART. 26° ESTIMULOS A LOS EDUCANDOS.
a) Reconocimiento en público por acciones de elevado contenido moral, social,
cívico, cultural y deportivo. A los estímulos que se hacen acreedores los
educandos que realizan acciones extraordinarias dentro y fuera del plantel son:
- Felicitaciones escritas;
- Premios o entrega de presentes por participación de diversa índole.
ART. 27° SANCIONES PARA LOS ALUMNOS.
Las sanciones que se aplican a los educandos por el incumplimiento de sus
deberes y faltas son:
a) Llamada de atención verbal o escrita por el profesor.
b) Comunicación escrita a los padres de familia, por las reincidencias de las faltas
cometidas.
c) Dar a conocer a la Dirección para su tratamiento respectivo de acuerdo a la
gravedad del caso.
ART. 28° SANCIONES DE LOS DOCENTES
a) Para los docentes. de acuerdo a la normatividad pertinente (Art. 79 del
reglamento de la Ley de la Reforma Magisterial) y demás normas que estén
relacionadas al desempeño ético y profesional del docente de nuestro sistema
jurídico nacional.
ART. 29° REGISTRO Y CONTROL DE PERSONAL DE LA ESCUELA
a) El control de asistencia y permanencia, es el proceso mediante el cual se regula
la asistencia de los servidores en la Institución Educativa de acuerdo a la
jornada laboral y los horarios establecidos;
b) La Dirección del Plantel debe verificar que el registro diario de ingreso y salida
de los trabajadores se realice de acuerdo a la hora oficial del país;
c) El Director comunicará las inasistencias para los descuentos, correspondientes a
la autoridad respectiva.
d) El horario de ingreso y permanencia para los docentes es hasta 8.30 am. a 1.30
pm. en el turno de mañana.
CAPITULO VI
RÉGIMEN ECONÓMICO DE LA INSTITUCIÒN EDUCATIVA
ART. 30° PRESUPUESTO DE LA INSTITUCION EDUCATIVA.
a) El Presupuesto Anual de la Institución Educativa es la previsión de los
recursos, que le permita financiar las metas de los proyectos previstos en el Plan
Anual de Trabajo del Plantel.
ART. 31° DE LOS INGRESOS.
La Institución Educativa tiene las siguientes fuentes de ingreso.
a) CUOTAS APAFA.- Es el dinero o bienes provenientes de los padres de familia.
d) PRESUPUESTO DE MANTENIMIENTO.- Es la fuente de ingreso más
importante que tiene el plantel, con ello se invierte en la solución de las
prioridades más apremiantes: reparación, refacción, material educativo, mobiliario
entre otros.
ART. 32° DE LOS EGRESOS.
a) Son los desembolsos o gastos que se realizan para la adquisición de bienes y
servicios de la Institución Educativa;
b) Los ingresos y egresos de la APAFA deberá registrarse en el Libro de Caja;
c) Sobre el uso y rendición de los fondos será de única responsabilidad del Consejo
Directivo de la APAFA; y
d) Los egresos se sustentan con la boleta de venta o facturas y/o recibos para
aquellos gastos por los cuales no es posible la obtención de boletas, esto debe
ser abalado por una Declaración Jurada.
CAPITULO VII
DE LOS RECURSOS Y MATERIALES DE LA ESCUE LA .
ART. 33° ADQUISICIÓN DE MATERIALES:
a) Es toda forma de obtener un bien o servicio, incluyendo las donaciones.
b) Para la adquisición de bienes, existen las siguientes modalidades:
- Licitación Pública.
- Concurso Público de Gastos.
- Adquisición Directa.
ART. 34° SEGURIDAD, CONTROL DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS
RECURSOS Y DISTRIBUCIÓN.
a) Son bienes en uso de la Institución Educativa, la infraestructura física,
mobiliario, Material Didáctico, Archivos, Implementos deportivos, otros;
b) El Director, el Sub Director, el Personal Docente, Oficinista, Estudiantes y
Padres de familia, deben velar por el buen uso y conservación de todos los bienes
y enseres de la Institución Educativa;
c) El Director elevará a las autoridades pertinentes el inventario de los
bienes, de altas y bajas, acompañando de un Decreto Directoral de acuerdo a
disposiciones vigentes;
d) La distribución de los materiales de escritorio y/o educativo será en forma
racionalizada de tal modo que se pueda apoyar a todos los grados y secciones;
e ) Para solicitar autorización de baja de bienes, sujetarse a las cláusulas
siguientes:
- Por el desuso o inutilización y desgaste por el servicio.
- Por pérdida, robo o hurto con conocimiento de las autoridades competentes.
- Por siniestro.
CAPITULO VIII
RELACIONES Y COORDINACIONES EN LA COMUNIDAD Y LA INST ITU CIO N
EDUC AT IVA.
ART. 35° COLABORACIÓN DE LOS PADRES DE FAMILIA,
INSTITUCIONES DE LA COMUNIDAD Y OTROS.
a) Los padres de familia colaboran con la Institución Educativa, previa citación en
los casos siguientes:
- Faenas.
- Participación en las actividades programadas por la Institución Educativa.
- Preparación y distribución de los alimentos de Qaliwarma y otros.
ART. 36° DEL ÒRGANO DE PARTICIPACIÒN, CONCERTACIÒN Y VIGILANCIA
CIUDADANA.
a) Está conformado por el Consejo Educativo Institucional y es el encargado de
contribuir a la promoción y ejercicio de una gestión de calidad de carácter
transparente, moral y democrático. Es presidido por el Director e integrado por
los docentes, representante de docentes, padres de familia, estudiantes y ex
alumnos.
CAPITULO IX
DE LOS ACUERDOS DE CONVIVENCIA DEMOCRÁTICA EN LA INSTITU CI ÓN
EDUCATIVA
ART. 37° CONVIVENCIA DEMOCRÁTICA:
Conjunto de relaciones interpersonales horiozontales caracterizadas por el
respeto y valoracion del otro; construida y aprendida en la vivencia cotidiana y el
diálogo intercultural en la Institución Educativa, con la participacion de todos los
miembros de la comunidad educativa.
La convivencia democrática, favorece el desarrollo de vínculos afectivos identifica
torios, asi como el desarrollo integral del estudiante en un marco de respeto,
inclusión y de ejercicios de sus derechos y responsabilidades, contribuyendo a la
solución pacífica de sus conflictos y la construcción de un entorno seguro y
protector.
ART. 38° DE LOS INTEGRANTES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA :
a. A NIVEL DE DOCENTES:
Promover el trato respetuoso y el diálogo entre los integrantes de la
comunidad magisterial.
Valorar a la persona en el marco de respeto y valoración de sus
derechos fundamentales.
Ser un docente competente, asertivo y empático, capaz de identificar
y solucionar un problema.
Demostrar puntualidad y eficiencia en el trabajo individual y colectivo.
Trabajar con esmero y dedicación cumpliendo las horas efectivas de
labor pedagógica.
Integrarse como parte activa de las actividades de la Institución Educativa.
Desarrollar las relaciones intra e interpersonales en forma asertiva y proactiva.
Practicar el principio de liderazgo y ser un modelo permanente para la
comunidad cumpliendo la visión y misión de la institución educativa.
b. A NIVEL DE LOS ALUMNOS.
Saludar a los docentes y las personas mayores.
Demostrar cortesía al dialogar con sus compañeros.
Mantener, el orden, la disciplina e higiene dentro y fuera del aula e
institución educativa.
Respetar la opinión de sus compañeros.
Respetar su turno al hablar, levantado la mano.
Cumplir con las obligaciones escolares
Escuchar atentamente las clases e indicaciones.
Levantar la mano antes de opinar o participar.
Practicar valores.
c. A NIVEL DE LOS PADRES DE FAMIL IA
Ser puntuales, responsables y honestos
Respetar las opiniones de los demás.
Practicar la democracia.
Actuar con lealtad sin hipocresía.
Escuchar atentamente sin interrumpir.
Participar activamente en las diferentes actividades de la institución educativa.
Apoyar consecutivamente en las labores escolares a sus hijos.
Integrarse activamente para el logro de los aprendizajes de sus hijos.
Mantener el orden, la limpieza e higiene del aula e institución educativa.
ART. 39° DE LA ORGANIZACIÓN DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR
Integrar los grupos de trabajo.
Promover charlas de reflexión y sensibilización.
Desarrollar terapias de motivación y crecimiento personal.
Evaluar el cumplimiento de las normas de convivencia.
ART. 40° DE LA PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA Y ATENCIÓN DE CASOS.
Promover campañas de sensibilización y reflexión.
Practicar la comunicación afectiva y asertiva.
Promover charlas de prevención con la participación de profesionales.
Cuidar la autoestima y el autocontrol personal.
ART. 41° DE LA ATENCIÓN DE CASOS
Registrar casos de violencia y acoso entre estudiantes en el libro de registros
de incidencias de la I.E. así como consolidar información existente en los
anecdotarios de clase.
Adoptar medidas de protección, contención y corrección frente a los casos de
violencia entre los estudiantes en coordinación con la dirección del plantel.
Registrar en registros de ocurrencias, registros anecdotarios y libro de actas
los sucesos de violencia.
Realizar visitas domiciliarias.
Reportar el caso a la dirección.
Reportar el caso a la plataforma virtual del SISEVE.
Firmar el acta de compromiso del aula o en la Dirección del plantel.
ART. 42° DE LOS ESTIMULOS Y MEDIDAS CORRECTIVAS
Dar palabras de felicitación.
Otorgar diplomas de honor al mérito o de reconocimiento.
Siendo el objetivo aplicar medidas correctivas, estas deben permitir que los
estudiantes reflexionen y aprendan de la experiencia vivida, para los cual es
necesario contar con el compromiso de los padres de familia, a fin de contribuir
con la formación integral del estudiante.
Toda medida de corrección de ser muy respetuosa de sus derechos,
reparadora
y formativa, de sus integridad física, síquica y moral de las y los estudiante s.
Informe a la superioridad.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS.
ART. 43° Las sesiones ordinarias y extraordinarias del Personal Docente serán
convocadas por el Director previa coordinación y si la situación lo requiera
con los demás equipos, comisiones, comités, etc.
ART. 44° El Director, el Personal Docente, Alumnos y Padres de Familia, están obligados
a cumplir el presente reglamento bajo responsabilidad.
ART. 45° Las disposiciones no contenidas en el presente Reglamento, serán
discutidos en asamblea para su aprobación.
ART. 46° El presente Reglamento entra en vigencia a partir del día de su aprobación.
ART. 47° El Director aprobará el presente Reglamento mediante Resolución Directoral
Institucional.
CAPITULO X
CONVIVENCIA ESCOLAR
ART. 48º La comunidad educativa respetará
EL D.S. Nº 004-2018-MINEDU. Aprueban los “Lineamientos para la Gestión de la
Convivencia Escolar, la Prevención y la Atención de la Violencia Contra Niñas, Niños y
Adolescentes”. 13/05/2018.
“Se refiere a la coexistencia pacífica de los miembros de la comunidad educativa, que supone
una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos
educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes”.
FUNCION
Las relaciones que promuevan y fomenten los derechos humanos inclusivas, solidaridad,
tolerancia, pacífica, respetuosa, con toda la comunidad educativa en un marco de equidad de
género. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la
construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y
la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa.
DE LOS INTEGRANTES
a) Estudiar los casos de estudiantes con dificultades comportamiento.
b) Establecer correctivos a los estudiantes que incumplan el manual de convivencia escolar.
c) Efectuar seguimiento cosos tratados, motivando e incentivando el mejor comportamien to
de los alumnos.
d) Registrar todos los casos en el libro de incidencias de la Institución Educativa.
e) Dar a conocer de las normas de convivencia escolar a toda la comunidad educativa.
f) Velar por el cumplimiento del manual de convivencia escolar.
LINEAS DE ACCION
a) Fortalecer una buena convivencia escolar con toda la comunidad educativa.
b) Promover los derechos humanos de todos los actores sociales en una convivencia escolar
humana y fraterna e impartir el trabajo técnico pedagógico logrando el desarrollo de
capacidades de los alumnos.
c) Efectuar proyectos de una convivencia fraterna, solidaria, respetuosa de todos los actores
sociales comprometidos con el desarrollo del dicente, comunidad y sociedad.
d) Desterrar el mal trato del ser humano en todas sus formas. No a la discriminación, Bullying,
acoso, conflicto, violencia escolar formando personas de bien social.
e) Prevenir la violencia social en todos sus sectores, dentro del aula y fuera de ellas. Respeto
mutuo a la equidad de género, mejorar las relaciones humanas entre los miembros que lo
conforman en la institución.
DE LA ORGANIZACIÓN DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR
DE LA PREVENCION DE LA VIOLENCIA ESCOLAR
Seguridad escolar como el conjunto de condiciones, medidas y acciones enfocadas a la
prevención y el autocuidado requerido para que los miembros de la comunidad educativa puedan
realizar el ejercicio pleno de los derechos, libertades y obligaciones que les reconoce o les
impone el ordenamiento jurídico nacional e internacional como derechos, del niño y del
adolescente: Constitución Política del Perú (todo un recorrido desde la restricción de poderes
de las monarquía desde 1215 de Juan sin tierras, con el nacimiento de la Carta Magna, luego la
revolución francesa anulando las monarquías de que el poder emana de Dios al nacimientos de
los estados republicanos y el nacimiento de la Constituciones con los poderes del Estado y
estados democráticos),derecho del hombre y el ciudadano, derechos humanos, pactos,
tratados, convenciones internacionales.
El derecho internacional público es la rama del derecho público exterior que estudia y regula
el comportamiento de los Estados y otros sujetos internacionales, en sus competencias propias
y relaciones mutuas, sobre la base de ciertos valores comunes, para garantizar la paz y
cooperación internacional, mediante normas ...
La Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) es un documento declarativo
adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su Resolución 217 A (III), el 10
de diciembre de 1948 en París; en esta se recogen en sus 30 artículos los derechos
humanos considerados básicos, a partir de la carta de San ...
DIRECTOR
DOCENTE DE AULA
COMITÉ DE TOACE
INSTITUCIONES
ALIADAS
EQUIPO DE PRIMEROS
AUXILOS
BRIGADIERES BRIGADIERES DE
DEFENSA CIVIL
ALUMNOS (AS) DE LOS DIFERENTES GRADOS
DOCENTE DE AULA
TUTOR
La Corte Interamericana Derecho Humanos (acrónimo: Corte IDH) es un órgano judicial de la
Organización de los Estados Americanos (OEA) que goza de autonomía frente a los demás
órganos de aquella y que tiene su sede en San José de Costa Rica.
Los derechos de los niños, niñas y adolescentes son a que se proteja su vida y se respete su
intimidad, a la salud, a hacer deporte, a jugar y disfrutar de un ambiente sano, a no sufrir
humillaciones ni abusos de ningún tipo, a que se respete su honor y se proteja su imagen, a tener
su documento, su nombre, su ...
Los Representantes del Pueblo Francés, constituidos en Asamblea Nacional, considerando que
la ignorancia, el olvido o el menosprecio de los derechos del Hombre son las únicas causas de
las calamidades públicas y de la corrupción de los Gobiernos, han resuelto exponer, en una
Declaración solemne, los derechos naturales, ...
La Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano fue redactada el 26 de agosto
de 1789 por los miembros de la Asamblea Nacional Constituyente tras el comienzo de la
Revolución francesa. Esta declaración fue un preámbulo a la Constitución de 1791.
Gestión de la convivencia escolar La gestión de la convivencia escolar tiene como finalidad
motivar y crear relaciones positivas entre todos los integrantes de la comunidad educativa,
como fundamento para el ejercicio de una ciudadanía democrática e intercultural, una
valoración positiva de la diversidad y la eliminación de toda forma de violencia en la escuela. El
Comité de Tutoría y Orientación Educativa es el órgano responsable de la gestión de la
convivencia escolar en la institución educativa, y entre uno de sus integrantes debe nombrarse
a un responsable de convivencia escolar, que será también el responsable del Síseve. En el caso
de las II.EE. que no tienen acceso al portal del SíseVe, deberá reportar el caso a la UGEL o a
la Red Educativa Rural, en el más breve plazo. En las IE unidocentes y multigrado de ámbito
rural el Comité de Tutoría y Orientación Educativa está conformado por el CONEI u otra forma
de organización existente en la comunidad.
DE LA ATENCION DE CASOS
a. Libro de registro de incidencias.
El coordinador contará con un libro de incidencia foliado y apertura do por la autoridad
pertinente, registrando incidencias presentadas y las acciones correctivas tomadas por
el comité para atenuar la falta dándole solución respectiva.
b. Portal SISEVE
SíSeVe - Sistema Especializado en Reporte de Casos sobre Violencia Escolar -
www.siseve.pe. ¿Qué es el SíseVe? El SíseVe es un sistema que permite que cualquier
supuesta víctima o testigo reporte incidentes de violencia escolar. Para ello, bastará
con que complete un formulario virtual que empieza con registrarse.24 mar. 2014
Registrar, tanto en el portal Síseve como en el Libro de Registro de Incidencias,
orientar su funcionamiento, uso de los padres de familia, los casos de violencia que se
den en la institución educativa.
Reportar trimestralmente al coordinador de tutoría las acciones de convivencia escolar
desarrolladas.
c. Medidas correctivas.
Aplicar al alumno, dando a conocer al padre de familia, tutor serán las siguientes:
a) Llamada de atención.
b) Reincidencia firmando un acta el padre de familia y el tutor.
c) Llamada de atención por reincidencia firmando el padre de familia a que no se repita
la falta.
d) Reincidiendo falta se le solicitara a través del padre de familia a que sea atendido
por un psicólogo y/o trabajador social. Casos contrarios reportar tramitar hecho
SISEVE.
GLOSARIO
Para efectos de estos Lineamientos se utilizan los siguientes términos, en la acepción que se
señala:
a) Acoso escolar o acoso entre estudiantes (bullying). De conformidad con lo señalado
en el artículo 3 del Reglamento de la Ley que promueve la convivencia sin violencia en
las instituciones educativas, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2012-ED, es un
tipo de violencia que se caracteriza por conductas intencionales de hostigamiento, falta
de respeto y maltrato verbal o físico que recibe un estudiante en forma reiterada por
parte de uno o varios estudiantes, con el objeto de intimidarlo o excluirlo, atentando
así contra su dignidad y derecho a gozar de un entorno escolar libre de violencia.
b) castigo físico. De conformidad con lo señalado en el artículo 2 de la Ley N° 30403,
Ley que prohíbe el uso del castigo físico y humillante contra los niños, niñas y
adolescentes, es el uso de la fuerza, en ejercicio de las potestades de crianza o
educación, con la intención de causar algún grado de dolor o incomodidad corporal, con
el fin de corregir, controlar o cambiar el comportamiento de los niños, niñas o
adolescentes, siempre que no constituya un hecho punible.
c) castigo humillante. De conformidad con lo señalado en el artículo 2 de la Ley que
prohíbe el uso del castigo físico y humillante contra los niños, niñas y adolescentes, es
cualquier trato ofensivo, denigrante,
d) protección integral. Es el conjunto de acciones orientadas a garantizar el desarrollo de
las niñas, niños y adolescentes en todas las dimensiones que le corresponden, haciendo
efectivo el ejercicio de sus derechos o restituyéndolos cuando hayan sido vulnerados.
e) simeX. Sistema Informático de Monitoreo de Expedientes, es un aplicativo informático
que registra la información referida a los expedientes sobre procesos administrativos
disciplinarios seguidos en el Sector Educación. Aprobado mediante Resolución
Ministerial N° 308-2014-MINEDU
f) SíseVe. Aplicación virtual que permite que cualquier persona pueda reportar un caso de
violencia escolar. A través de dicha aplicación las instancias de gestión educativa
descentralizada brindan seguimiento a los casos de violencia escolar mediante un
trabajo colaborativo e interconectado. El reporte de casos permite la consolidación y
el manejo de información actualizada sobre la situación de violencia escolar en las
instituciones educativas, así como su tratamiento a nivel regional y nacional. Asimismo,
el portal SíseVe ofrece, a directivos y docentes, materiales orientadores para la
promoción de la convivencia escolar, prevención de la violencia y atención de casos.
g) Secretaria técnica de la Ley del servicio civil. Apoya el desarrollo del procedimiento
disciplinario. Se encuentra a cargo de un Secretario Técnico que es designado por la
máxima autoridad administrativa de la entidad. Tiene por funciones esenciales
precalificar y documentar todas las etapas del procedimiento administrativo
disciplinario, asistiendo a las autoridades instructoras y sancionadoras del mismo.
h) Reglamento comunal o comunitario. Se refiere a las normas acordadas a nivel de una
comunidad campesina, nativa, indígena u originaria, que estipula las conductas
sancionadas en este nivel y que se amparan en la Ley N° 27908, Ley de Rondas
Campesinas, y en el Derecho Consuetudinario del Convenio OIT 169. Este reglamento
es previamente aprobado por la comunidad, que es la que tiene la potestad de cambiarlo.
i) Revictimización. Acciones u omisiones que incrementan el daño sufrido por la víctima,
como consecuencia de su contacto con las entidades encargadas de la atención,
protección, sanción y recuperación frente a la violencia.
j) Violencia contra niñas, niños y adolescentes. Todo acto o conducta que atenta contra
la integridad física, psicológica y/o sexual de una niña, niño o adolescente, la cual puede
ocurrir dentro o fuera de la institución educativa, a través de Internet u otro medio
de comunicación.
k) Violencia contra niñas, niños y adolescentes en el entorno escolar. Todo acto o
conducta violenta contra una niña, niño o adolescente que ocurre dentro de la institución
educativa, en sus inmediaciones o en el trayecto entre la institución educativa y el
hogar, y en el que los involucrados pertenecen a una institución educativa,
independientemente de si pertenezcan o no a la misma.
l) Violencia física. Todo acto o conducta que causa o pueda causar daño a la integridad
corporal a la salud. Por ejemplo: puntapiés, puñetes, coscorrones, jalones de pelo,
mordeduras, reglazos, correazos, entre otros similares. Este tipo de violencia incluye
el maltrato por negligencia, descuido o por privación de las necesidades básicas, que
hayan ocasionado daño físico o que puedan llegar a ocasionarlo, sin importar el tiempo
que se requiera para su recuperación.
m) Violencia psicológica. Toda acción u omisión que cause o pueda causar daño psicológico,
trastornos del desarrollo o privaciones. Por ejemplo: ridiculizar, aislar, insultar,
menospreciar, denigrar, amenazar, asustar, entre otros similares.
n) Violencia sexual. Todo acto de índole sexual propiciado por un adulto o adolescente
para su satisfacción. Puede consistir en actos con contacto físico (tocamiento,
frotamiento, besos íntimos, coito interfemoral, actos de penetración con el órgano
sexual o con las manos o con los dedos u otro objeto que pueda causar daño) o sin
contacto físico (exhibicionismo, actos compelidos a realizas en el cuerpo del agresor o
tercera persona, imponer la presencia en que la niña o niño se baña o utiliza los servicios
higiénicos, obligado a presenciar y/o utilizado en pornografía, acoso sexual por medio
virtual o presencial, entre otros). Tratándose de niñas, niños y adolescentes no se
considera necesaria que medie la violencia o amenaza para considerarse como violencia
sexual.
o) Concepto de Norma: En su sentido más general la palabra NORMA significa: REGLA DE
CONDUCTA
p) Concepto de Derecho: Es el conjunto de normas jurídicas que regulan la conducta
externa del individuo en sociedad.
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  • 1. ReglamentoInternoInstituciónEducativa Nº82803, CENTRO POBLADO RODEOPAMPA, LLAPA – SAN MIGUEL REGLAMENTO INTERNO CAJAMARCA-PERU 2019
  • 2. “Dime y lo olvido, enséñame y lo recuerdo, involúcrameyloaprendo” BenjaminFranklin. “La educación no es para conseguir un trabajo. Se trata de desarrollarte como ser humano” LizBerry.
  • 3. “Los libros son los amigos más silenciosos y constantes, los consejeros más accesibles y sabiosylosmaestrosmáspacientes” CharlesWilliamEliot.
  • 4. RESOLUCIÓNDIRECTORALN°.07-2019-REG-CAJ/DRE-UGEL-SM/D-II.EE.N°.82803-CPS-LL-SM Rodeopampa, 03demarzo del 2019. Visto, RI, II.EE. Nº. 82803, perteneciente al CP Rodeopampa, Distrito de Llapa, Provincia de San Miguel, Región Cajamarca, para el Presente año académico dos mil diecinueve, que ha sido elaboradas por la plana docente, Concejos Directivo, Padres de Familia y Concejo educativo Institucional, y de acuerdo a las normas legales vigentes. CONSIDERANDO: Que, es necesario contar con un documento técnicos de gestión, lo cual norma la finalidad, fines, funciones, derechos, deberes, estímulos y prohibiciones, del personal que labora en la institución educativa. el Reglamento Interno es un instrumento de gestión de la II.EE. que define la convivencia de los actores sociales de toda la comunidad educativa tanto mejorando el trabajo administrativo y técnico pedagógico, el rol que desempeñan. Es, un documento, que contiene obligaciones y deberes y derechos de los trabajadores, de los estamentos que integran la institución. Estando a lo opinado procedente por el Consejo Educativo Institucional, de conformidad con los dispositivos legales vigentes:  Constitución Política del Perú.  Ley N° 28044, Ley General de Educación.  Ley N° 28628, Ley que regula la participación de las Asociaciones de Padres de Familia en las Instituciones Educativas Públicas.  Ley N° 29600, que fomenta la reinserción escolar por embarazo.  Decreto Supremo N° 015-2012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29694 que protege a los consumidores de prácticas abusivas en la selección o adquisición de textos escolares.  Ley N° 29719 que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones educativas y su Reglamento.  Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial.  Decreto Legislativo N° 882, Ley de Promoción de la Inversión en la Educación  DS No. 011-2012-ED, Reglamento de la Ley del Profesorado;  DS No. 04-2013-ED, DS No. 013-2004-ED, DS No. 09-2005-ED,  R.M. Nº. 712-2019-, ORIENTACIONES PARA EL DESARROLLO DEL AÑO ESCOLAR 2019 EN INSTITUCIONES EDUCATIVAS Y PROGRAMAS EDUCATIVOS DE LA EDUCACION BÁSICA. Lima 28/12/2018.  “Directiva N°01-2018-GR.DRE.CAJ/UGEL-SM-AGP. …___...”. San Miguel, enero 2018.  Y, otras normas legales vigentes. SERESUELVE: Artículo 1°. - Aprobar el Reglamento Interno, II.EE. N°. 82803, para el presente año académico dos mil diecinueve del Centro Poblado de Rodeopampa, Distrito de Llapa, Provincia de San miguel. Artículo 2°. - Encargar a todos los miembros de la Comunidad educativa su fiel cumplimiento, entrando en vigencia al día siguiente de su publicación, deróguese todo documento que contradiga dicho documento. Artículo 3°. - Elevar a la Unidad de Gestión Educativa Local de San Miguel e Institución Educativa un original de la presente Resolución Directoral, para su conocimientos y demás fines del Sector Educación. Regístrese, Comuníquese, Archívese.
  • 5. PRESENTACIÓN La Institución Educativa N° 82803, está ubicada en el Centro Pobladode Rodeopampa, Distrito de Llapa, Provincia de San Miguel, está ubicada una altura de 3 300 m.s.n.m., cuenta con una trocha carrozable de Llapa a Rodeopampa, con un promedio de 7 Km. de distancia. También, hay otra vía carrozable a la Calzada, San Miguel y/o Cajamarca. Su ubicación estálocalizada en laCordillera OccidentaldelosAndes.Laactividad económica principal es la ganadería, la agricultura, la artesanía e intercambian fuerza de trabajo en formas deminkas uotraforma detrabajo comunal. El Centro Pobladode Rodeopampa tiene un área de 4 500 hás, limita con los siguientes Caserío: porel Nortecon la Hacienda deQuilcate y elCentro PobladodeSan AntoniodeOjos, porel SurconLlapa, porel Este conla Comunidad dePampa Cuyoc-La Colpa ySantaAurelia, yporel Oeste conla Comunidad deCalquis. Elpresente reglamento internohasidoelaborado porlacomisión dela IEPN°82803 de Rodeopampa, la misma que ha sido elaborado director; docentes y un miembro de APAFA representante de los padres de familia. El mismo que ha sido ampliamente analizado y discutido para su aprobación en asamblea general del personal docente y administrativo conla participación de laAPAFA. Consta de IX capítulos y 39 artículos los mismos que recogen los postulados establecidos en las normas legales vigentes, así como los del carácter organizativo y funcional de laIE detodala comunidad educativa. Pretende este reglamento dinamizar operativamente todo el que hacer educativo inherente a losfines delplantel, entodaslas áreas quese desprendencomo abanico.
  • 6. Entendemos que puede haber vacíos, porla complejidad de la normativa en lo cual hemos querido ser escrupulosos; Así como por la complejidad del que hacer de la humanidad quese desarrolló como unavorágine, las mismas quetienen relación directa e incidencia en elque hacer educativo. Apelamos a la buena predisposición, al profesionalismo y a la entrega, sin reserva alguna, a la tarea educativa para plasmar óptimamente el presente reglamento interno y superar, enla práctica y coordinación,cualquier vacío presente. Finalmente, quedan en consideración de la UGEL, las observaciones del caso, las mismas queserán incorporados al presentereglamento interno,conforme a ley. Equipo de trabajo REGLAMENTO INTERNO INSTITUCION EDUCATIVA Nº 82803 CAPITULO I GENER AL IDA D ES: ART. 1° INTRODUCCIÓN. - El Reglamento Interno es un documento de gestión, Control, establece normas a la organización y funcionamiento interno de la Institución Educativa, su finalidad es lograr los fines y objetivos propuestos. El fin que persigue el presente Reglamento Interno, es adecuar la organización y funcionamiento de la Institución Educativa en base a las normas legales vigentes. ART. 2° BASE LEGAL: El presente Reglamento tiene base legal y se sustenta en: Constitución Política del Perú. LeyNº28044, LeyGeneral de Educación. Decreto Supremo N°011-2012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N°28044, Ley General de Educación. LeyN° 29944, Leyde laReformaMagisterial ysureglamento.
  • 7. D.S. N° 004 -2013-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29944, Ley de ReformaMagisterial. Ley N°28628, Ley que regula la participación de las Asociaciones de Padres de FamiliaenlasInstitucionesEducativasPúblicas. Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministeriode Educación y su modificatoria la Ley Nº 26510. Decreto Legislativo N° 276 y su Reglamento aprobado por D.S. N° 005-90- PCM. Ley N° 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación,Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa SINEACE. Proyecto Educativo Nacional al 2021. Ley N° 29694, Ley que protege a los consumidores de la prácticas abusivas en la selección o adquisición de textos escolares, modificada por la ley N° 29839. Ley 29719, Ley que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones educativas. DecretoSupremoN°010-2012-ED que apruebael Reglamentode laLeyN°29719. ResoluciónDi rectoral N ° 0343-2010-ED – Normas para el desarrollo de las acciones de tutoría y orientación educativa en las DRE, UGEL e instituciones educativas. Resolución Ministerial N° 519 – 2012- ED que aprueba la Directiva N° 019-2012- MINEDU/VMGI-OET, Lineamientos para la prevención y protección de las y los
  • 8. estudiantes contra la violencia ejercida por personal de las instituciones educativas. Decreto Supremo N° 006-2012-ED, que aprueba el Reglamentode Organización y Funciones (ROF) y el cuadro para asignación de personal (CAP) del Ministerio de Educación. Decreto Supremo Nº 017-2007-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28988, Ley que declara la Educación Básica Regular como Servicio Público Esencial. Decreto Supremo N° 010-2012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29719, Ley que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones educativas. Decreto Supremo N° 015-2012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29694, Ley que protege a los consumidores de las prácticas abusivas en la selección o adquisición de textos escolares. Resolución Ministerial N° 281-2016-MINEDU, que aprueba el Diseño Curricular Nacional 2017 de la Educación Básica Regular. R.M. Nº 712-2018-MINEDU - N orma l as Ori e ntaci one s para el De sarrol l o de l A ño Escol ar 2019, en las Instituciones educativas y Programas Educativos de Educación Básica Regular. El PEI y PlanAnual de Trabajode I.E. ART. 3° PRINCIPIOS, FINES, OBJETIVOS: a) La educación se basa en la democracia social, la justicia, la libertad y la equidad. b) La educación debe estar orientada a que el estudiante desarrolle la utilización de su cuerpo mediante la maduración y fortalecimiento de su capacidad de manipulación de las cosas, tomando conciencia del efecto de la actividad sobre el medio ambiente y sobre él mismo. c) Capacidad para adaptarse a los cambios para adquirir una mayor autonomía en las necesidades educativas, incorporando información valiosa y variada al repertorio de estímulos de los niños y niñas. d) Participar en la sociedad escuchando y expresándose de manera democrática las ideas propias y valorando los estados emocionales propios y ajenos, a fin de sostener la paz. e) Reconocer en sí mi smo y los demás, la dignidad de la persona humana, en su dimensión física y espiritual; y propiciar en los alumnos la práctica de valores cívicos, morales y religiosos. Fines: a. Brindar la atención educativa a estudiantes menores en edad escolar. b. Proporcionar apoyo, orientación a los estudiantes de las diferentes edades. c. Contribuir en el desarrollo y progreso socio cultural dentro de la comunidad. d. Contribuir al mejoramiento del sistema educativa. Objetivos: a) Brindar formación integral de los estudiantes de todos los grados, ciclos, del nivel. b) Coordinar con todas las autoridades de la comunidad educativa. c) Mejorar la infraestructura del local escolar con apoyo de la comunidad educativa. d) Promover el mejoramiento del servicio educativo y actualización permantes de la plana docente. e) Promover, fortalecer, atención, protección del educando con la comunidad educativa.
  • 9. f) Promover la participación del educando a través de actividades recreativas, culturales y deportivas. g) Desarrollar las actividades biopsicosociales del educando, cuyo fin desarrollo integral del educando, dentro y fuera de sus entorno social, cultural, etc. Funciones generales: a) Programar, ejecutar, evaluar el trabajo administrativo, técnico pedagógico. b) Velar por los niños dentro del aula y fuera. c) Detectar problemas de aprendizaje derivarlos a instituciones a que le brinden atención. d) Reunión ordinaria y extraordinarias con la APAFA Y CONEI. e) Informar a los padres de familia del rendimiento de sus hijos. Estructura orgánica: a) Órgano de Dirección. b) Planta docente. c) Órgano de participación: APAFA Y CONEI. ART. 4° ALCANCES: El presente Reglamento Interno, tiene vigencia a partir de su aprobación hasta que se sustituya por otra, siendo responsabilidad de la Comunidad Educativa, su estricto cumplimiento y su interpretación. Siendo su alcance a los siguientes: - Director; - Sub Director - Personal Docente de Educación Primaria
  • 10. - Estudiantes; y - Los padres de familia CAPITULO II ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA ART. 5° OBJETIVOS DEL REGLAMENTO INTERNO. a) Garantizar el buen funcionamiento de la Institución Educativa de acuerdo a las normas vigentes, b) Velar por el cumplimiento de los derechos, obligaciones y responsabilidades del personal y definir los ámbitos de competencia de los miembros de la Comunidad Educativa. c) Otorgar estímulos por acciones destacadas en el cumplimiento de sus funciones. d) Sancionar las acciones que dañen la imagen de la I.E. ART. 6° ESTRUCTURA ORGANICA DE LA INSTITUCIÓN: La estructura orgánica de la Institución Educativa. Salazar Aguilar” se establece de la manera siguiente: Órgano Directivo. Dirección. Órgano Ejecutivo Personal Docente. Equipos de Trabajo. Los equipos de trabajo se establecen por compromisos de gestión escolar
  • 11. CAPITULO III FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS MIEMBROS QUE LO INTEGRAN. ART. 7° FUNCIONES GENERALES DE DIRECCIÓN. a) Optimizar la calidad de los aprendizajes de los estudiantes y el desempeño docente, desarrollando competencias y capacidades; aplicando estrategias didácticas del nuevo enfoque curricular, con una permanente innovación pedagógica. b) Difundir y aplicar en la Institución Educativa los documentos normativos que orienten la institucionalidad y que estén en concordancia con lo dispuesto por las normas oficiales. c) Monitorear, supervisar, acompañar y evaluar los resultados de la gestión escolar en cada una de sus etapas y fases. d) Suscribir convenios y/o contratos con fines educativos y organizar eventos de capacitación y actualización docente. e) Estimular y organizar la participación de los estudiantes de la Institución Educativa en eventos de carácter académico, cultural, deportivo convocado por el Ministerio de Educación y sus órganos descentralizados y otras instituciones, de acuerdo a las normas vigentes. f) Impulsar jornadas pedagógicas que promueven espacios de ínter aprendizaje y reflexión, así como actividades dirigidas a mejorar la calidad de los aprendizajes. ART. 8° EN LOS RECURSOS Y SERVICIOS DE LA INSTITUCIÖN. a) Planificar, organizar y administrar los recursos y servicios prestados por la Institución Educativa, siguiendo las orientaciones del PEI y las normas oficiales, atendiendo las necesidades de los mismos. b) Autorizar el uso eventual y alquiler de equipos, de la Institución de acuerdo con las normas oficiales, asegurando la conservación del medio ambiente, de las instalaciones y equipos, y el tipo de utilización que no distorsionen los fines educativos de la institución. c) Coordinar con la Asociación de Padres de Familia el uso de los fondos que ella recaude, teniendo en cuenta los requerimientos del Plan de Trabajo Anual. ART. 9° EN LO ADMINISTRATIVO. a) Supervisar y evaluar las actividades administrativas en coordinación con los docentes y personal administrativo. b) Organizar el proceso de matrícula, autorizar traslados de matrícula y expedir certificados de estudios. Dentro de lo normado, aprobar las nóminas y actas, rectificar nombres y apellidos de los alumnos en documentos oficiales, exonerar Áreas y autorizar convalidaciones, pruebas de revalidación y de ubicación en cualquier momento del año.
  • 12. c) Proponer a la autoridad educativa, la contratación o el nombramiento del personal docente y administrativo que reúna los requisitos legales, en función a las plazas que correspondan a la Institución Educativa, teniendo en cuenta las propuestas de la Comisión Especial de Evaluación, especificando la justificación del requerimiento y la duración del contrato. d) Evaluar, incentivar y reconocer el esfuerzo y mérito individual y colectivo del personal. En caso de una Evaluación negativa, adoptar medidas correctivas según lo dispuesto en el Régimen Disciplinario y otras normas vigentes. e) Proponer al órgano intermedio las licencias, de acuerdo a las normas vigentes. Seleccionar y designar en la Institución Educativa, previa propuesta de la respectiva Comisión Especial de Evaluación, al docente reemplazante por el tiempo que dure la licencia del titular, comunicando oportunamente al órgano intermedio del Ministerio de Educación, para las acciones correspondientes. La Resolución se emite dentro del plazo de diez días útiles. Asimismo proponer al órgano intermedio licencias de personal; y f) Informar de manera pública y transparente a la Comunidad Educativa del manejo de recursos y bienes de la Escuela. ART. 10° EN LAS RELACIONES CON LA COMUNIDAD EDUCATIVA. a) Convocar y presidir el Consejo Educativo Institucional CONEI, de la Institución Educativa. b) Coordinar con la Asociación de Padres de Familia y el órgano intermedio del Ministerio de Educación, asuntos de interés común. c) Prevenir y mediar en situaciones de conflicto, creando condiciones que favorezcan relaciones humanas positivas al interior de la comunidad magisterial con la participación del Comité Tutoría y Orientación Educativa; y d) Disponer de oficio la matrícula del menor abandonado o en riesgo de abandono y coordinar acciones de ayuda con diversas instituciones. ART. 11° FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL DIRECTOR. a) Representar legalmente a la Institución. b) Formula, elabora, coordina, ejecuta y evalúa el PEI, Plan Anual de Trabajo, RIN con participación de los miembros del Equipo de Trabajo, el Personal Docente, Administrativo, profesionales especializados y la colaboración de la Asociación de Padres de Familia. c) Vela por el cumplimiento de la visión, misión, valores, objetivos y metas de la Institución Educativa en el marco del buen clima institucional entre los miembros de la comunidad educativa. d) Organiza y dirige el servicio de supervisión, monitoreo y acompañamiento pedagógico como prioridad de la política educativa institucional. e) Preside las reuniones técnico-pedagógicas, administrativas y otras relacionadas con los objetivos de la Institución. f) Preside Los Equipos de Trabajo. g) Autoriza la realización de actividades de carácter educativo y actividades de Promoción Educativa Comunal. h) Organiza el proceso de matrícula y autoriza traslados de matrícula y exoneraciones de Áreas, así como la aplicación de las pruebas de ubicación. i) Autoriza la rectificación de nombres y apellidos de los educandos en los documentos pedagógicos oficiales, de acuerdo a normas específicas.
  • 13. j) Matricula de oficio al menor abandonado o en peligro moral, y pone el caso en conocimiento de las autoridades e instituciones pertinentes. k) Expide certificados de estudios. l) Estimula o sanciona según sea el caso, a los estudiantes y el personal de la Institución Educativa, de conformidad con lo normado en el Reglamento Interno. m) Dirige, coordina, asesora, supervisa, evalúa y acredita el desempeño del personal a su cargo. n) Solicita coordina con la autoridad inmediata superior, la cobertura inmediata de las plazas docentes o administrativos vacantes y el reemplazo del personal en licencia de conformidad con los dispositivos legales vigentes. o) Otorga permiso al personal a su cargo, de acuerdo a la LRM, en casos debidamente justificados, informando a la autoridad superior lo actuado. p) Estimula y amerita al personal a su cargo por acciones extraordinarias, tanto en el cumplimiento de sus funciones de conformidad al Marco del Buen Desempeño Docente, como en otras que redunden en beneficio del estudiantado, la Escuela o la Comunidad. En los casos sobresalientes propone a la autoridad superior inmediata su reconocimiento mediante Resolución. q) Aplica las disposiciones del Régimen Disciplinario Docente de la LRM y del Régimen Disciplinario Administrativo, en casos de faltas e incumplimiento de funciones. r) Organiza, supervisa el cumplimiento de los planes de trabajo de las diferentes Áreas de Trabajo. s) Promueve la cooperación de instituciones locales, regionales para mejorar los servicios educativos que brinda la Institución Educativa. t) Administra los bienes, enseres y la documentación de la Institución Educativa. u) Administra el SIAGIE de la Institución Educativa. v) Administra los fondos provenientes de actividades productivas de acuerdo a las normas especificadas. w) Formula el cuadro de necesidades de Bienes y Servicios. x) Autoriza el uso eventual de instalaciones de la Institución Educativa. ART.12° FUNCIONES Y OBLIGACIONES DE LA SUB DIRECTO R. Depende del Director de la Institución Educativa, y cumple con las siguientes funciones: a) Participa en la formulación del Plan de Trabajo Anual, Proyecto Curricular Institucional, Proyectos de Innovación y Memoria de Gestión. b) Interviene en la actualización del Reglamento Interno. c) Coordina con el Director el horario, jornada y turnos de la Institución Educativa; d) Organiza con la Dirección de la Institución la rotación del Personal docente en los grados y secciones. e) Controla la asistencia y puntualidad del personal docente, administrativo para su respectivo informe a las instancias superiores por medio de la Dirección; si el caso amerita, coloca con rojo para el personal que llega tarde. f) Constituye, coordina y evalúa los Comités de Trabajo docente. g) Administra, en coordinación con la Dirección el uso de los ambientes, equipos e instrumentos y documentos inherentes a su trabajo. h) Visa en forma rutinaria las sesiones de aprendizaje, las unidades didácticas y otros documentos inherentes al trabajo pedagógico de los docentes.
  • 14. i) Informa al director, profesores y padres de familia sobre los resultados del desarrollo del proceso de aprendizaje-enseñanza de los grados y secciones. j) Administra la documentación a su cargo. k) Asume la Dirección de la Institución, en segunda delegación en ausencia del titular. l) Organiza, coordina, supervisa, monitorea, acompaña y evalúa las actividades técnico pedagógico en coordinación con la Dirección de la Institución Educativa. m) Orienta al personal docente en estrategias didácticas de aprendizaje. n) Organiza, coordina, supervisa y evalúa el avance curricular de la Institución. o) Desarrolla la actualización docente. p) Coordina las actividades educativas complementarias. q) Coordina, ejecuta y evalúa las organizaciones estudiantiles. r) Coordina la facilitación de medios y recursos educativos. s) Coordina permanentemente con los coordinadores de grado sobre el trabajo en equipo y de desarrollo curricular. t) Organiza y orienta la escala de valores humanos en las actividades estudiantiles. u) Promueve, organiza, orienta y evalúa con los Profesores de Educación Física las actividades deportivas del plantel. v) Organiza, programa, ejecuta y evalúa las actividades de recreación escolar; w) Asesora y evalúa los programas de producción con cooperación comunal/o empresarial; x) Supervisa, gestiona la buena conservación del material artístico, deportivo y medios y) Fomenta y ejecuta la participación comunitaria en las actividades educativas. z) Reemplaza al docente en caso de permiso, licencias menores de acuerdo a la norma. ART. 13° FUNCIONES Y OBLIGACIONES DE LOS PROFE SO RES. a) Participa en la elaboración, ejecución y evaluación del PEI, PCI, Plan Anual de Trabajo. b) Programa, desarrolla y evalúa las actividades curriculares así como las actividades del equipo de trabajo de su grado. c) Organiza y ambienta el aula, preparar material educativo con la colaboración de los alumnos y padres de familia. d) Evaluar el proceso enseñanza-aprendizaje y la elaboración de todos los documentos correspondientes. e) Mantiene actualizada la documentación pedagógica y administrativa de su responsabilidad. f) Participa en acciones programadas de investigación y experimentación de paradigmas educativos y técnicas de trabajo educativo. Integra las comisiones de trabajo. Colabora con la Dirección de la Institución Educativa en las acciones que permiten el logro de los objetivos de la Institución Educativa y del Nivel Educativo. g) Atiende a los educandos y vela por su seguridad durante el tiempo que permanece en la Institución Educativa. h) Detectar problemas que afectan el desarrollo del educando dando a conocer a la Dirección y padre de familia.
  • 15. i) Coordinar y mantener comunicación permanente con los padres de familia sobre asuntos relacionados con el rendimiento académico de los alumnos. j) Velar por el buen estado de conservación de los ambientes y mobiliario de la escuela. k) Participar en las actividades del día lunes al frente de sus respectivos alumnos. l) Firmar el parte diario de asistencia, anotando la hora de ingreso y salida. m) Intervenir en el desarrollo del Calendario Cívico Escolar. n) Entregar de forma oportuna los documentos solicitados por la Dirección y sub dirección. o) Participar en las actividades programadas por la Institución Educativa desde su inicio hasta su término. p) Controla en su aula los desayunos escolares en función al horario establecido por el programa Qaliwarma. q) Estimula la participación de sus educandos en actividades significativas. ART. 14° FUNCIONES DEL RESPONSABLE DEL CENTRO DE RECURSOS TECNOLÓGICOS (CRT). R.M. 668-2010-ED. a) Formular el Plan Anual de Trabajo del CRT para ser aprobado por el director de la I.E. e incluir actividades de capacitación. b) Conocer, difundir y promover los Lineamientos Pedagógicos de la Dirección General de Tecnologías Educativas (DIGETE) en la institución educativa. c) Elaborar los documentos vinculados con el funcionamiento del CRT (Plan Anual de Trabajo, Reglamento Interno, Catálogo de Recursos, Horarios, entre otros). d) Identificar y atender las necesidades de capacitación docente en el aprovechamiento educativo de las TIC. e) Organizar y promover actividades de capacitación docente para el aprovechamiento pedagógico de las TIC. f) Asesorar a los docentes de área en el desarrollo de actividades educativas relacionadas con las TIC. g) Asesorar a los docentes en el uso de los recursos informáticos (uso de las computadoras, proyector multimedia, servicio de internet y otros del CRT). h) Organizar con los docentes capacitados, un equipo de trabajo de apoyo para la promoción, capacitación y desarrollo de la integración de las TIC en la Institución Educativa. i) Promover el aprovechamiento educativo de los recursos TIC, la implementación de plataformas virtuales para la IE, el desarrollo y producción de material educativo digital por docentes y estudiantes, el trabajo colaborativo en la Institución Educativa o con sus pares de otras instituciones educativas. j) Promover la participación de docentes y estudiantes en las comunidades virtuales y plataformas instaladas. k) Permitir la comunicación permanente de docentes. l) Promover el uso transversal del CRT por los docentes de todas las Áreas Curriculares. m) Organizar y planificar las actividades educativas del CRT. n) Establecer el horario del uso del CRT, según la demanda de los docentes y estudiantes, garantizando la oportunidad de acceso a los estudiantes. o) Llevar el registro de asistencia de los docentes al CRT.
  • 16. p) Velar por la provisión y mantenimiento de los recursos educativos, equipamiento e infraestructura del CRT. q) Supervisar la instalación y velar por el mantenimiento de los equipos informáticos y de comunicación. r) Velar porque el software instalado cuente con la licencia respectiva. s) Mantener el aula de innovaciones como un ambiente favorable y agradable para el aprendizaje, facilitando el trabajo individual y en grupo de los estudiantes. t) Reportar el inventario y estado de los recursos TIC a la Dirección de la Institución Educativa. ART. 15° FUNCIONES DEL PROFESOR DE TURNO. a) Ingresar 5 minutos antes de la hora de ingreso, en la semana de turno que le corresponda. b) Los días lunes y si el caso amerita sobre las fechas del Calendario Cívico Escolar desarrollar un programa breve y pertinente. c) Controla la disciplina del estudiante durante la formación. d) Controla el aspecto de higiene personal y formativa de los estudiantes. e) Reemplazar al Director en caso de ausencia del Sub director si no existiese un docente delegado para tal función. f) Permanecer en el plantel las horas de trabajo académico. ART. 16° TRABAJADOR DE SERVICIO II a) Realiza la limpieza permanente de los diferentes ambientes de la Institución Educativa así como desinfecta los SS.HH. y otros. b) Controla el ingreso y salida del estudiantado de acuerdo al horario establecido; dando cumplimiento estricto a los acuerdos pactados sobre el ingreso y salida del local escolar. c) Controla y orienta el ingreso y salida de personas al local escolar, así como de los equipos, materiales y otros en su horario de trabajo, exigiendo la presentación de la autorización expresa del Director. d) Brinda atención permanente en la puerta cumpliendo el siguiente cronograma: TURNO DE MAÑANA: 7.40 am a 8.15 am; 12.40 m 1.15 pm (puerta principal) T
  • 17. e) Brinda atención oportuna en la puerta durante su jornada de trabajo. En el horario diferente al cronograma anterior, cualquier puerta de acceso al local escolar, deberá estar cerrada. f) Vela por la limpieza, el mantenimiento y conservación de los bienes y enseres de la institución Educativa; arregla y conserva los jardines. g) Elimina oportunamente los deshechos acumulados en el local escolar cuando pasa el recolector de basura. La acumulación de residuos orgánicos e inorgánicos se realiza en la parte posterior de local escolar. h) Toca en forma puntual el timbre de ingreso a las aulas al inicio de las clases, salida al refrigerio, entrada después del refrigerio, salida al finalizar las clases, durante su jornada laboral y el turno que le corresponde. i) Demuestra buen trato al potencial humano. j) Realiza otras funciones afines que le asigne el Director de la Institución Educativa y personal docente. CAPITULO IV GESTIÓN PEDAGÓGICA DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA ART. 17° ORGANIZACIÓN Y DESARROLLO DE LAS ACTIVID AD ES ACADÉMICAS. a) Nivel Normativo. La formulación del Currículo Nacional, se realiza a partir de las demandas nacionales, además el perfil de egreso, los temas transversales y los estándares de progreso. Para la formulación del Proyecto Curricular de la Institución Educativa es necesario considerar la formulación de lineamentos de política regional e institucional. b) NIVEL OPERATIVO. La Construcción del Proyecto Curricular de la Institución Educativa (PCIE) es el producto del proceso de sistematización de las competencias, capacidades, indicadores y la formulación de estrategias en aplicación obligatoria de las Rutas de Aprendizaje y el nuevo CN. c) PROGRAMACIÓN CURRICULAR EN EL ÁMBITO DEL AULA. Comprende la Programación Anual y la Programación a Corto Plazo. La Programación Anual comprende la previsión del Calendario de la Comunidad, Calendario Cívico Escolar, Competencias, Capacidades, desempeños, conocimientos debidamente secuenciadas y tiempo. La Programación a Corto Plazo comprende las Unidades Didácticas y las actividades de aprendizaje previstos con una adecuada temporalización, con los medios y recursos que se necesita para su ejecución. d) EVALUACIÓN: La evaluación de los aprendizajes está sujeto a la norma pertinente. e) MONITOREO, ACOMPAÑAMIENTO Y SUPERVISIÓN EDUCATIVA.  La supervisión educativa permite al Director y Sub director, evaluar y orientar desde el punto de vista normativo, sobre el trabajo pedagógico que se realiza en la Institución Educativa,  El monitoreo permite al Director y Sub director, evaluar y orientar desde el punto de vista didáctico y pedagógico cómo se desarrolla la enseñanza- aprendizaje en el aula con el propósito de mejorar la calidad de la educación que se brinda en la Institución Educativa,
  • 18.  El acompañamiento permite al Director y Sub director, evaluar y orientar desde el punto de vista de los objetivos y metas establecidos, en la medida de que se está avanzando con las dificultades encontradas sobre el trabajo pedagógico que se realiza en la Institución Educativa,  En consecuencia, el Director y el Sub Director tienen que realizar dos tareas: Evaluar el desempeño docente en el aula y orientar al docente para el mejoramiento de su trabajo pedagógico; así como identificar las necesidades de capacitación docente. Art.18° HORARIO DE TRABAJO DE LA INSTITUCION EDUCATIVA a) La Institución Educativa funciona en el siguiente horario de trabajo: (Aplicable a los Docentes Primaria) La jornada en horas es: 45 minutos, como hora pedagógica. Pues la jornada diaria es de 6 horas pedagógicas. La jornada semanal abarca 30 horas. Se trabajará 38 semanas, CON UN PROMEDIO DE 1100 horas de trabajo pedagógico efectivo anual, de acuerdo a las normas legales. a) TURNO MAÑANA: - 8:30 a 9:15 a.m. primera sesión. - 9:15 a 10:00 a.m. segunda sesión - 10:00 a 10:45 a.m. tercera sesión - 10:45 a 11:15 a.m. recreo. - 11:15 a 12:00. m. cuarta sesión. - 12:00 a 12:45. m. quinta sesión. - 12:45 a 1:30 p.m. sexta sesión. - Nota: el almuerzo escolar a las 1:30 p. m. a 2:00 p.m. CAPITULO V AMINISTRATIVO: REGIMEN INTERNO DE TRAB AJO ART. 19° DERECHOS DEL PERSONAL DOCENTE. a) Desarrollarse profesionalmente en el marco de la LRM y sobre la base del mérito, sin discriminación por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole que atente contra los derechos de la persona. b) Ser evaluados de manera transparente, conocer los resultados de su evaluación personal de desempeño laboral, solicitar su revisión y tener acceso a su historial de evaluación. c) Autonomía profesional en el cumplimiento de las tareas pedagógicas que les compete, la misma que está supeditada a que se ejerza dentro del proyecto educativo ejecutado por la institución educativa y a que se respete la normatividad vigente. d) Participar en la elaboración, ejecución y evaluación del PEI, PAT, RIN. Derecho a permisos y licencias conforme a la normatividad.
  • 19. ART. 20° SON DEBERES DEL PERSONAL DOCENTE. Los profesores deben: (Art. 40 de la Ley de Reforma Magisterial) a) Cumplir en forma eficaz el proceso de aprendizaje de los estudiantes, realizando con responsabilidad y efectividad los procesos pedagógicos, las actividades curriculares y las actividades de gestión de la función docente, en sus etapas de planificación, trabajo en aula y evaluación, de acuerdo al diseño curricular nacional. b) Orientar al educando con respeto a su libertad, autonomía, identidad, creatividad y participación; y contribuir con sus padres y la dirección de la institución educativa a su formación integral. Evaluar permanentemente este proceso y proponer las acciones correspondientes para asegurar los mejores resultados. c) Respetar los derechos de los estudiantes, así como los de los padres de familia. d) Presentarse a las evaluaciones médicas y psicológicas cuando lo requiera la autoridad competente, conforme a los procedimientos que establezca el reglamento. e) Cumplir con la asistencia y puntualidad que exige el calendario escolar y el horario de trabajo. f) Aportar en la formulación del proyecto educativo institucional, asumiendo con responsabilidad las tareas que les competan. g) Participar, cuando sean seleccionados, en las actividades de formación en servicio que se desarrollen en instituciones o redes educativas, Unidades de GestiónEducativa Local, Direcciones Regionales de Educación o Ministerio de Educación. h) Presentarse a las evaluaciones previstas en la Carrera Pública Magisterial y a las que determinen las autoridades de la institución educativa o las entidades competentes. i) Ejercer la docencia en armonía con los comportamientos éticos y cívicos, sin realizar ningún tipo de discriminación por motivos de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole. j) Conocer, valorar y respetar las culturas locales, en el ámbito nacional, y la lengua originaria. k) Contribuir a la afirmación y desarrollo cultural y ciudadano de los miembros de la institución educativa de la comunidad local y regional. l) Informar a los padres de familia sobre el desempeño escolar de sus hijos y dialogar con ellos sobre los objetivos educativos y la estrategia pedagógica, estimulando su compromiso con el proceso de aprendizaje. m) Cuidar, hacer uso óptimo y rendir cuentas de los bienes a su cargo que pertenezcan a la institución educativa. n) Asegurar que sus actividades profesionales se fundamenten en el respeto mutuo, la práctica de los derechos humanos, la Constitución Política del Perú, la solidaridad, la tolerancia y el desarrollo de una cultura de paz y democrática. o) Coadyuvar al trabajo en equipo de los profesores de la institución educativa y, si fuera el caso, de las instancias de gestión educativa descentralizada. p) Participar en los sistemas tutoriales que desarrolle la institución educativa.
  • 20. q) Otros que se desprendan de la presente ley o de otras normas específicas de la materia. ART. 21° SON DERECHOS DE LOS EDUCANDOS. a) Ser aceptado y recibir formación integral dentro de un ambiente que le brinde seguridad moral y física; y b) Ser tratado con dignidad y respeto, sin discriminación y ser informado de las disposiciones que le concierne al educando. ART. 22° SON DEBERES DE LOS ESTUDIANTES. a) Respetar a todos los miembros de la Comunidad Educativa dentro y fuera de la Escuela; b) Participar con responsabilidad en las actividades educativas de la Escuela; c) Entregar a su Profesor(a) los objetos que encuentre dentro del plantel; d) Respetar los símbolos patrios; e) Cumplir su tarea y obligaciones puntualmente; f) Asistir puntualmente a sus clases; g) Asistir correctamente. h) Expresarse correctamente empleando un lenguaje educado dentro y fuera de la Institución Educativa; i) Permanecer dentro del aula durante las horas de clase guardando la compostura del caso; j) Participar en forma obligatoria en las diferentes actividades organizadas por la Institución Educativa de acuerdo a las normas pertinentes del MINEDU y órganos descentralizados. k) Participar responsablemente en las actividades educativas de la Institución Educativa y abstenerse de participar en actos reñidos contra la moral y las buenas costumbres o que atentan contra la integridad física y/o mental; l) Cuidar los ambientes, equipo mobiliario y demás instalaciones de la Institución Educativa; m) Cumplir el Reglamento Interno de la Institución Educativa y otras disposiciones dadas por la Dirección, Sub Dirección y el/la Docente; y n) Practicar hábitos de higiene personal. ART. 23° DERECHOS QUE ASISTEN AL PADRE DE FAMILIA. a) Que sus hijos reciban una educación integral; b) Ser tratado con respeto en toda reunión, por los miembros del plantel; c) Ser informado del avance de aprendizaje de su hijo; ART. 24° DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA. a) Velar por la educación integral de sus hijos; b) Participar en todas las actividades programadas por el aula y plantel; c) Justificar personalmente las tardanzas e inasistencias de sus hijos, así como el cumplimiento de las tareas escolares; d) Asistir puntualmente a todas las reuniones solicitadas por la Dirección, Profesores y APAFA; e) Enviar a sus hijos limpios, ordenados y correctamente uniformados. f) Velar por la salud física y mental de sus hijos; y g) Colaborar económicamente con la I.E. a través de los comités de aula y/o APAFA.
  • 21. h) Hacer de su hogar un espacio adecuado para los hijos donde se brinde valores morales. ART. 25° ESTIMULOS A LOS PROFESORES. a) Estímulos de reconocimiento mediante resolución directoral institucional, se otorgan al docente, cuando la autoridad educativa conozca acciones excepcionales en beneficio de la Educación y la Cultura, promovidas y ejecutadas por éstos, o por el cumplimiento eficiente de las comisiones encargadas. ART. 26° ESTIMULOS A LOS EDUCANDOS. a) Reconocimiento en público por acciones de elevado contenido moral, social, cívico, cultural y deportivo. A los estímulos que se hacen acreedores los educandos que realizan acciones extraordinarias dentro y fuera del plantel son: - Felicitaciones escritas; - Premios o entrega de presentes por participación de diversa índole. ART. 27° SANCIONES PARA LOS ALUMNOS. Las sanciones que se aplican a los educandos por el incumplimiento de sus deberes y faltas son: a) Llamada de atención verbal o escrita por el profesor. b) Comunicación escrita a los padres de familia, por las reincidencias de las faltas cometidas. c) Dar a conocer a la Dirección para su tratamiento respectivo de acuerdo a la gravedad del caso.
  • 22. ART. 28° SANCIONES DE LOS DOCENTES a) Para los docentes. de acuerdo a la normatividad pertinente (Art. 79 del reglamento de la Ley de la Reforma Magisterial) y demás normas que estén relacionadas al desempeño ético y profesional del docente de nuestro sistema jurídico nacional. ART. 29° REGISTRO Y CONTROL DE PERSONAL DE LA ESCUELA a) El control de asistencia y permanencia, es el proceso mediante el cual se regula la asistencia de los servidores en la Institución Educativa de acuerdo a la jornada laboral y los horarios establecidos; b) La Dirección del Plantel debe verificar que el registro diario de ingreso y salida de los trabajadores se realice de acuerdo a la hora oficial del país; c) El Director comunicará las inasistencias para los descuentos, correspondientes a la autoridad respectiva. d) El horario de ingreso y permanencia para los docentes es hasta 8.30 am. a 1.30 pm. en el turno de mañana. CAPITULO VI RÉGIMEN ECONÓMICO DE LA INSTITUCIÒN EDUCATIVA ART. 30° PRESUPUESTO DE LA INSTITUCION EDUCATIVA. a) El Presupuesto Anual de la Institución Educativa es la previsión de los recursos, que le permita financiar las metas de los proyectos previstos en el Plan Anual de Trabajo del Plantel. ART. 31° DE LOS INGRESOS. La Institución Educativa tiene las siguientes fuentes de ingreso. a) CUOTAS APAFA.- Es el dinero o bienes provenientes de los padres de familia. d) PRESUPUESTO DE MANTENIMIENTO.- Es la fuente de ingreso más importante que tiene el plantel, con ello se invierte en la solución de las prioridades más apremiantes: reparación, refacción, material educativo, mobiliario entre otros. ART. 32° DE LOS EGRESOS. a) Son los desembolsos o gastos que se realizan para la adquisición de bienes y servicios de la Institución Educativa; b) Los ingresos y egresos de la APAFA deberá registrarse en el Libro de Caja; c) Sobre el uso y rendición de los fondos será de única responsabilidad del Consejo Directivo de la APAFA; y d) Los egresos se sustentan con la boleta de venta o facturas y/o recibos para aquellos gastos por los cuales no es posible la obtención de boletas, esto debe ser abalado por una Declaración Jurada.
  • 23. CAPITULO VII DE LOS RECURSOS Y MATERIALES DE LA ESCUE LA . ART. 33° ADQUISICIÓN DE MATERIALES: a) Es toda forma de obtener un bien o servicio, incluyendo las donaciones. b) Para la adquisición de bienes, existen las siguientes modalidades: - Licitación Pública. - Concurso Público de Gastos. - Adquisición Directa. ART. 34° SEGURIDAD, CONTROL DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS Y DISTRIBUCIÓN. a) Son bienes en uso de la Institución Educativa, la infraestructura física, mobiliario, Material Didáctico, Archivos, Implementos deportivos, otros; b) El Director, el Sub Director, el Personal Docente, Oficinista, Estudiantes y Padres de familia, deben velar por el buen uso y conservación de todos los bienes y enseres de la Institución Educativa; c) El Director elevará a las autoridades pertinentes el inventario de los bienes, de altas y bajas, acompañando de un Decreto Directoral de acuerdo a disposiciones vigentes; d) La distribución de los materiales de escritorio y/o educativo será en forma racionalizada de tal modo que se pueda apoyar a todos los grados y secciones; e ) Para solicitar autorización de baja de bienes, sujetarse a las cláusulas siguientes: - Por el desuso o inutilización y desgaste por el servicio. - Por pérdida, robo o hurto con conocimiento de las autoridades competentes. - Por siniestro. CAPITULO VIII RELACIONES Y COORDINACIONES EN LA COMUNIDAD Y LA INST ITU CIO N EDUC AT IVA. ART. 35° COLABORACIÓN DE LOS PADRES DE FAMILIA, INSTITUCIONES DE LA COMUNIDAD Y OTROS. a) Los padres de familia colaboran con la Institución Educativa, previa citación en los casos siguientes: - Faenas. - Participación en las actividades programadas por la Institución Educativa. - Preparación y distribución de los alimentos de Qaliwarma y otros. ART. 36° DEL ÒRGANO DE PARTICIPACIÒN, CONCERTACIÒN Y VIGILANCIA CIUDADANA. a) Está conformado por el Consejo Educativo Institucional y es el encargado de contribuir a la promoción y ejercicio de una gestión de calidad de carácter transparente, moral y democrático. Es presidido por el Director e integrado por los docentes, representante de docentes, padres de familia, estudiantes y ex alumnos.
  • 24. CAPITULO IX DE LOS ACUERDOS DE CONVIVENCIA DEMOCRÁTICA EN LA INSTITU CI ÓN EDUCATIVA ART. 37° CONVIVENCIA DEMOCRÁTICA: Conjunto de relaciones interpersonales horiozontales caracterizadas por el respeto y valoracion del otro; construida y aprendida en la vivencia cotidiana y el diálogo intercultural en la Institución Educativa, con la participacion de todos los miembros de la comunidad educativa. La convivencia democrática, favorece el desarrollo de vínculos afectivos identifica torios, asi como el desarrollo integral del estudiante en un marco de respeto, inclusión y de ejercicios de sus derechos y responsabilidades, contribuyendo a la solución pacífica de sus conflictos y la construcción de un entorno seguro y protector. ART. 38° DE LOS INTEGRANTES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA : a. A NIVEL DE DOCENTES: Promover el trato respetuoso y el diálogo entre los integrantes de la comunidad magisterial. Valorar a la persona en el marco de respeto y valoración de sus derechos fundamentales. Ser un docente competente, asertivo y empático, capaz de identificar y solucionar un problema.
  • 25. Demostrar puntualidad y eficiencia en el trabajo individual y colectivo. Trabajar con esmero y dedicación cumpliendo las horas efectivas de labor pedagógica. Integrarse como parte activa de las actividades de la Institución Educativa. Desarrollar las relaciones intra e interpersonales en forma asertiva y proactiva. Practicar el principio de liderazgo y ser un modelo permanente para la comunidad cumpliendo la visión y misión de la institución educativa. b. A NIVEL DE LOS ALUMNOS. Saludar a los docentes y las personas mayores. Demostrar cortesía al dialogar con sus compañeros. Mantener, el orden, la disciplina e higiene dentro y fuera del aula e institución educativa. Respetar la opinión de sus compañeros. Respetar su turno al hablar, levantado la mano. Cumplir con las obligaciones escolares Escuchar atentamente las clases e indicaciones. Levantar la mano antes de opinar o participar. Practicar valores. c. A NIVEL DE LOS PADRES DE FAMIL IA Ser puntuales, responsables y honestos Respetar las opiniones de los demás. Practicar la democracia. Actuar con lealtad sin hipocresía. Escuchar atentamente sin interrumpir. Participar activamente en las diferentes actividades de la institución educativa. Apoyar consecutivamente en las labores escolares a sus hijos. Integrarse activamente para el logro de los aprendizajes de sus hijos. Mantener el orden, la limpieza e higiene del aula e institución educativa. ART. 39° DE LA ORGANIZACIÓN DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR Integrar los grupos de trabajo. Promover charlas de reflexión y sensibilización. Desarrollar terapias de motivación y crecimiento personal. Evaluar el cumplimiento de las normas de convivencia. ART. 40° DE LA PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA Y ATENCIÓN DE CASOS. Promover campañas de sensibilización y reflexión. Practicar la comunicación afectiva y asertiva. Promover charlas de prevención con la participación de profesionales. Cuidar la autoestima y el autocontrol personal.
  • 26. ART. 41° DE LA ATENCIÓN DE CASOS Registrar casos de violencia y acoso entre estudiantes en el libro de registros de incidencias de la I.E. así como consolidar información existente en los anecdotarios de clase. Adoptar medidas de protección, contención y corrección frente a los casos de violencia entre los estudiantes en coordinación con la dirección del plantel. Registrar en registros de ocurrencias, registros anecdotarios y libro de actas los sucesos de violencia. Realizar visitas domiciliarias. Reportar el caso a la dirección. Reportar el caso a la plataforma virtual del SISEVE. Firmar el acta de compromiso del aula o en la Dirección del plantel. ART. 42° DE LOS ESTIMULOS Y MEDIDAS CORRECTIVAS Dar palabras de felicitación. Otorgar diplomas de honor al mérito o de reconocimiento. Siendo el objetivo aplicar medidas correctivas, estas deben permitir que los estudiantes reflexionen y aprendan de la experiencia vivida, para los cual es necesario contar con el compromiso de los padres de familia, a fin de contribuir con la formación integral del estudiante. Toda medida de corrección de ser muy respetuosa de sus derechos, reparadora y formativa, de sus integridad física, síquica y moral de las y los estudiante s. Informe a la superioridad. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS. ART. 43° Las sesiones ordinarias y extraordinarias del Personal Docente serán convocadas por el Director previa coordinación y si la situación lo requiera con los demás equipos, comisiones, comités, etc. ART. 44° El Director, el Personal Docente, Alumnos y Padres de Familia, están obligados a cumplir el presente reglamento bajo responsabilidad. ART. 45° Las disposiciones no contenidas en el presente Reglamento, serán discutidos en asamblea para su aprobación. ART. 46° El presente Reglamento entra en vigencia a partir del día de su aprobación. ART. 47° El Director aprobará el presente Reglamento mediante Resolución Directoral Institucional.
  • 27. CAPITULO X CONVIVENCIA ESCOLAR ART. 48º La comunidad educativa respetará EL D.S. Nº 004-2018-MINEDU. Aprueban los “Lineamientos para la Gestión de la Convivencia Escolar, la Prevención y la Atención de la Violencia Contra Niñas, Niños y Adolescentes”. 13/05/2018. “Se refiere a la coexistencia pacífica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes”. FUNCION Las relaciones que promuevan y fomenten los derechos humanos inclusivas, solidaridad, tolerancia, pacífica, respetuosa, con toda la comunidad educativa en un marco de equidad de género. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa. DE LOS INTEGRANTES a) Estudiar los casos de estudiantes con dificultades comportamiento. b) Establecer correctivos a los estudiantes que incumplan el manual de convivencia escolar. c) Efectuar seguimiento cosos tratados, motivando e incentivando el mejor comportamien to de los alumnos. d) Registrar todos los casos en el libro de incidencias de la Institución Educativa. e) Dar a conocer de las normas de convivencia escolar a toda la comunidad educativa. f) Velar por el cumplimiento del manual de convivencia escolar. LINEAS DE ACCION a) Fortalecer una buena convivencia escolar con toda la comunidad educativa. b) Promover los derechos humanos de todos los actores sociales en una convivencia escolar humana y fraterna e impartir el trabajo técnico pedagógico logrando el desarrollo de capacidades de los alumnos. c) Efectuar proyectos de una convivencia fraterna, solidaria, respetuosa de todos los actores sociales comprometidos con el desarrollo del dicente, comunidad y sociedad. d) Desterrar el mal trato del ser humano en todas sus formas. No a la discriminación, Bullying, acoso, conflicto, violencia escolar formando personas de bien social. e) Prevenir la violencia social en todos sus sectores, dentro del aula y fuera de ellas. Respeto mutuo a la equidad de género, mejorar las relaciones humanas entre los miembros que lo conforman en la institución.
  • 28. DE LA ORGANIZACIÓN DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR DE LA PREVENCION DE LA VIOLENCIA ESCOLAR Seguridad escolar como el conjunto de condiciones, medidas y acciones enfocadas a la prevención y el autocuidado requerido para que los miembros de la comunidad educativa puedan realizar el ejercicio pleno de los derechos, libertades y obligaciones que les reconoce o les impone el ordenamiento jurídico nacional e internacional como derechos, del niño y del adolescente: Constitución Política del Perú (todo un recorrido desde la restricción de poderes de las monarquía desde 1215 de Juan sin tierras, con el nacimiento de la Carta Magna, luego la revolución francesa anulando las monarquías de que el poder emana de Dios al nacimientos de los estados republicanos y el nacimiento de la Constituciones con los poderes del Estado y estados democráticos),derecho del hombre y el ciudadano, derechos humanos, pactos, tratados, convenciones internacionales. El derecho internacional público es la rama del derecho público exterior que estudia y regula el comportamiento de los Estados y otros sujetos internacionales, en sus competencias propias y relaciones mutuas, sobre la base de ciertos valores comunes, para garantizar la paz y cooperación internacional, mediante normas ... La Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) es un documento declarativo adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su Resolución 217 A (III), el 10 de diciembre de 1948 en París; en esta se recogen en sus 30 artículos los derechos humanos considerados básicos, a partir de la carta de San ... DIRECTOR DOCENTE DE AULA COMITÉ DE TOACE INSTITUCIONES ALIADAS EQUIPO DE PRIMEROS AUXILOS BRIGADIERES BRIGADIERES DE DEFENSA CIVIL ALUMNOS (AS) DE LOS DIFERENTES GRADOS DOCENTE DE AULA TUTOR
  • 29. La Corte Interamericana Derecho Humanos (acrónimo: Corte IDH) es un órgano judicial de la Organización de los Estados Americanos (OEA) que goza de autonomía frente a los demás órganos de aquella y que tiene su sede en San José de Costa Rica. Los derechos de los niños, niñas y adolescentes son a que se proteja su vida y se respete su intimidad, a la salud, a hacer deporte, a jugar y disfrutar de un ambiente sano, a no sufrir humillaciones ni abusos de ningún tipo, a que se respete su honor y se proteja su imagen, a tener su documento, su nombre, su ... Los Representantes del Pueblo Francés, constituidos en Asamblea Nacional, considerando que la ignorancia, el olvido o el menosprecio de los derechos del Hombre son las únicas causas de las calamidades públicas y de la corrupción de los Gobiernos, han resuelto exponer, en una Declaración solemne, los derechos naturales, ... La Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano fue redactada el 26 de agosto de 1789 por los miembros de la Asamblea Nacional Constituyente tras el comienzo de la Revolución francesa. Esta declaración fue un preámbulo a la Constitución de 1791. Gestión de la convivencia escolar La gestión de la convivencia escolar tiene como finalidad motivar y crear relaciones positivas entre todos los integrantes de la comunidad educativa, como fundamento para el ejercicio de una ciudadanía democrática e intercultural, una valoración positiva de la diversidad y la eliminación de toda forma de violencia en la escuela. El Comité de Tutoría y Orientación Educativa es el órgano responsable de la gestión de la convivencia escolar en la institución educativa, y entre uno de sus integrantes debe nombrarse a un responsable de convivencia escolar, que será también el responsable del Síseve. En el caso de las II.EE. que no tienen acceso al portal del SíseVe, deberá reportar el caso a la UGEL o a la Red Educativa Rural, en el más breve plazo. En las IE unidocentes y multigrado de ámbito rural el Comité de Tutoría y Orientación Educativa está conformado por el CONEI u otra forma de organización existente en la comunidad. DE LA ATENCION DE CASOS a. Libro de registro de incidencias. El coordinador contará con un libro de incidencia foliado y apertura do por la autoridad pertinente, registrando incidencias presentadas y las acciones correctivas tomadas por el comité para atenuar la falta dándole solución respectiva. b. Portal SISEVE SíSeVe - Sistema Especializado en Reporte de Casos sobre Violencia Escolar - www.siseve.pe. ¿Qué es el SíseVe? El SíseVe es un sistema que permite que cualquier supuesta víctima o testigo reporte incidentes de violencia escolar. Para ello, bastará con que complete un formulario virtual que empieza con registrarse.24 mar. 2014 Registrar, tanto en el portal Síseve como en el Libro de Registro de Incidencias, orientar su funcionamiento, uso de los padres de familia, los casos de violencia que se den en la institución educativa. Reportar trimestralmente al coordinador de tutoría las acciones de convivencia escolar desarrolladas. c. Medidas correctivas. Aplicar al alumno, dando a conocer al padre de familia, tutor serán las siguientes:
  • 30. a) Llamada de atención. b) Reincidencia firmando un acta el padre de familia y el tutor. c) Llamada de atención por reincidencia firmando el padre de familia a que no se repita la falta. d) Reincidiendo falta se le solicitara a través del padre de familia a que sea atendido por un psicólogo y/o trabajador social. Casos contrarios reportar tramitar hecho SISEVE. GLOSARIO Para efectos de estos Lineamientos se utilizan los siguientes términos, en la acepción que se señala: a) Acoso escolar o acoso entre estudiantes (bullying). De conformidad con lo señalado en el artículo 3 del Reglamento de la Ley que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones educativas, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2012-ED, es un tipo de violencia que se caracteriza por conductas intencionales de hostigamiento, falta de respeto y maltrato verbal o físico que recibe un estudiante en forma reiterada por parte de uno o varios estudiantes, con el objeto de intimidarlo o excluirlo, atentando así contra su dignidad y derecho a gozar de un entorno escolar libre de violencia. b) castigo físico. De conformidad con lo señalado en el artículo 2 de la Ley N° 30403, Ley que prohíbe el uso del castigo físico y humillante contra los niños, niñas y adolescentes, es el uso de la fuerza, en ejercicio de las potestades de crianza o educación, con la intención de causar algún grado de dolor o incomodidad corporal, con el fin de corregir, controlar o cambiar el comportamiento de los niños, niñas o adolescentes, siempre que no constituya un hecho punible. c) castigo humillante. De conformidad con lo señalado en el artículo 2 de la Ley que prohíbe el uso del castigo físico y humillante contra los niños, niñas y adolescentes, es cualquier trato ofensivo, denigrante, d) protección integral. Es el conjunto de acciones orientadas a garantizar el desarrollo de las niñas, niños y adolescentes en todas las dimensiones que le corresponden, haciendo efectivo el ejercicio de sus derechos o restituyéndolos cuando hayan sido vulnerados. e) simeX. Sistema Informático de Monitoreo de Expedientes, es un aplicativo informático que registra la información referida a los expedientes sobre procesos administrativos disciplinarios seguidos en el Sector Educación. Aprobado mediante Resolución Ministerial N° 308-2014-MINEDU f) SíseVe. Aplicación virtual que permite que cualquier persona pueda reportar un caso de violencia escolar. A través de dicha aplicación las instancias de gestión educativa descentralizada brindan seguimiento a los casos de violencia escolar mediante un trabajo colaborativo e interconectado. El reporte de casos permite la consolidación y el manejo de información actualizada sobre la situación de violencia escolar en las instituciones educativas, así como su tratamiento a nivel regional y nacional. Asimismo, el portal SíseVe ofrece, a directivos y docentes, materiales orientadores para la promoción de la convivencia escolar, prevención de la violencia y atención de casos. g) Secretaria técnica de la Ley del servicio civil. Apoya el desarrollo del procedimiento disciplinario. Se encuentra a cargo de un Secretario Técnico que es designado por la máxima autoridad administrativa de la entidad. Tiene por funciones esenciales precalificar y documentar todas las etapas del procedimiento administrativo disciplinario, asistiendo a las autoridades instructoras y sancionadoras del mismo.
  • 31. h) Reglamento comunal o comunitario. Se refiere a las normas acordadas a nivel de una comunidad campesina, nativa, indígena u originaria, que estipula las conductas sancionadas en este nivel y que se amparan en la Ley N° 27908, Ley de Rondas Campesinas, y en el Derecho Consuetudinario del Convenio OIT 169. Este reglamento es previamente aprobado por la comunidad, que es la que tiene la potestad de cambiarlo. i) Revictimización. Acciones u omisiones que incrementan el daño sufrido por la víctima, como consecuencia de su contacto con las entidades encargadas de la atención, protección, sanción y recuperación frente a la violencia. j) Violencia contra niñas, niños y adolescentes. Todo acto o conducta que atenta contra la integridad física, psicológica y/o sexual de una niña, niño o adolescente, la cual puede ocurrir dentro o fuera de la institución educativa, a través de Internet u otro medio de comunicación. k) Violencia contra niñas, niños y adolescentes en el entorno escolar. Todo acto o conducta violenta contra una niña, niño o adolescente que ocurre dentro de la institución educativa, en sus inmediaciones o en el trayecto entre la institución educativa y el hogar, y en el que los involucrados pertenecen a una institución educativa, independientemente de si pertenezcan o no a la misma. l) Violencia física. Todo acto o conducta que causa o pueda causar daño a la integridad corporal a la salud. Por ejemplo: puntapiés, puñetes, coscorrones, jalones de pelo, mordeduras, reglazos, correazos, entre otros similares. Este tipo de violencia incluye el maltrato por negligencia, descuido o por privación de las necesidades básicas, que hayan ocasionado daño físico o que puedan llegar a ocasionarlo, sin importar el tiempo que se requiera para su recuperación. m) Violencia psicológica. Toda acción u omisión que cause o pueda causar daño psicológico, trastornos del desarrollo o privaciones. Por ejemplo: ridiculizar, aislar, insultar, menospreciar, denigrar, amenazar, asustar, entre otros similares. n) Violencia sexual. Todo acto de índole sexual propiciado por un adulto o adolescente para su satisfacción. Puede consistir en actos con contacto físico (tocamiento, frotamiento, besos íntimos, coito interfemoral, actos de penetración con el órgano sexual o con las manos o con los dedos u otro objeto que pueda causar daño) o sin contacto físico (exhibicionismo, actos compelidos a realizas en el cuerpo del agresor o tercera persona, imponer la presencia en que la niña o niño se baña o utiliza los servicios higiénicos, obligado a presenciar y/o utilizado en pornografía, acoso sexual por medio virtual o presencial, entre otros). Tratándose de niñas, niños y adolescentes no se considera necesaria que medie la violencia o amenaza para considerarse como violencia sexual. o) Concepto de Norma: En su sentido más general la palabra NORMA significa: REGLA DE CONDUCTA p) Concepto de Derecho: Es el conjunto de normas jurídicas que regulan la conducta externa del individuo en sociedad.