Evaluación de los Factores Externos de la Organización.
Planadas ie primavera nuevo manual de convivencia
1. INSTITUCIÓN EDUCATIVA“LA PRIMAVERA”
Código Dane: 273555000169 REGISTRO EDUCATIVO: 15552153
Secretaria De Educación del Tolima Decreto 05338 de 2013
MANUAL DE CONVIVENCIA
ESCOLAR
2014
REGLAMENTO O MANUAL DE CONVIVENCIA ________________________________ 5
TITULO I ______________________________________________________________ 6
CAPITULO I FILOSOFIA _________________________________________________ 6
ARTICULO 1º NATURALEZA JURÌDICA: __________________________________ 6
ARTICULO 2º FILOSOFÍA Y OBJETIVOS DE LA INSTITUCIÓN: _______________ 6
ARTICULO 3º PRINCIPIO INSTITUCIÓNAL: _______________________________ 6
ARTICULO 4º MISION: ________________________________________________ 7
ARTICULO 5º VISIÒN: _________________________________________________ 7
ARTICULO 6º OBJETIVO GENERAL DEL MANUAL DE CONVIVENCIA: ________ 7
ARTICULO 7º OBJETIVOS ESPECÌFICOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA: ___ 7
ARTICULO 8º JUSTIFICACIÒN DEL MANUAL DE CONVIVENCIA: _____________ 7
ARTICULO 9º MARCO TEORICO: _______________________________________ 8
ARTICULO 10º MARCO DE REFERENCIA: ________________________________ 8
ARTICULO 11º PREÁMBULO: __________________________________________ 9
ARTICULO 12° SIMBOLOS INSTITUCIÓNALES: ___________________________ 9
CAPITULO Il__________________________________________________________ 12
ARTICULO 13º ADQUISICIÓN DE LA CALIDAD DE ESTUDIANTES: __________ 15
ARTICULO 14º PERDIDA DE LA CALIDAD DE ESTUDIANTE: _______________ 15
ARTICULO 15º DE ADMISIÓN DE LOS ESTUDIANTES: ____________________ 15
ARTICULO 16º MATRICULA Y SUS REQUISITOS. (LEY 115/94, ART. 96): _____ 15
ARTICULO 17º REQUISITOS PARA SER ADMITIDO: ______________________ 15
ARTICULO 18º RENOVACIÓN DE LA MATRÍCULA Y SUS REQUISITOS: ______ 16
CAPITULO III _________________________________________________________ 16
REGIMEN ACADÉMICO CURRICULAR ___________________________________ 16
ARTICULO 19º CURRICULO. (LEY 115, ART. 76, 77, 78 Y 148. DECRETO 1860/94,
ART. 33 A 38: _______________________________________________________ 16
ARTICULO 20º ADOPCIÓN Y DIVULGACIÓN. (DECRETO 1860/94, ART. 37;
RESOLUCIÓN 2243/96, ART. 4 A 7): ____________________________________ 16
ARTICULO 21º PLAN DE ESTUDIOS. (LEY 115 /94, ART. 78 y79; DECRETO 1860,
ART. 38; Y RESOLUCIÓN 2343/96, ART.18): _____________________________ 17
ARTICULO 22º ÁREAS DE FORMACIÓN BÁSICA. (LEY 114/94, ART. 14, 23, 21 Y
32; Y DECRETO 1860/94, ART 34, 35,36 Y 41): ___________________________ 17
ARTICULO 23º NIVELES Y MODALIDADES (LEY 115/94, ART.10 Y 11; Y
DECRETO 1860/94; ART.4 A 10): ________________Error! Bookmark not defined.
ARTICULO 24º UTILIZACIÓN DE LAS PRUEBAS DE EVALUACIÓN __________ 17
(DECRETO 1860/94, ART. 49): _________________________________________ 17
ARTICULO 25º COMISIÓN DE EVALUACIÓN (DECRETO1860/94): ___________ 17
2. ARTICULO 26º REGISTRO ESCOLAR DE VALORACIÓN Y TERMINOS (DECRETO
1860/94, ARTICULO 16 DECRETO 1290 DE 2009): ________________________ 18
ARTÍCULO 27º PERFIL DEL ESTUDIANTE: ______________________________ 12
ARTÍCULO 28º DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES: ______ Error! Bookmark not
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ARTÍCULO 29º DEBERES DE LOS ESTUDIANTES:________________________ 14
ARTICULO 30º ESTIMULOS DE LOS ESTUDIANTES: ______________________ 38
ARTICULO 31º CALIFICACIÓN DE LAS FALTAS:___Error! Bookmark not defined.
ARTICULO 32º PROCEDIMIENTOS FORMATIVOS:_Error! Bookmark not defined.
ARTICULO 33º CRITERIOS PARA DETERMINAR LA GRAVEDAD DE UNA FALTA:
___________________________________________Error! Bookmark not defined.
ARTICULO 34º DERECHO DE DEFENSA:_________Error! Bookmark not defined.
CAPITULO IV ____________________________________ Error! Bookmark not defined.
PROCEDIMIENTOS ACADEMICOS _______________________________________ 19
ARTICULO 35º EVALUACIÓN: _________________________________________ 19
ARTICULO 36º ESCALA DE VALORACIÓN DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS
ESTUDIANTES EN SU SISTEMA DE EVALUACIÓN: _______________________ 19
ARTICULO 37º LA SIGUIENTE ES LA ESCALA VALORATIVA DE
CALIFICACIONES ADOPTADA POR LA INSTITUCIÓN EDUCATIVO LA
PRIMAVERA ________________________________________________________ 20
ARTICULO 38º PROMOCIÓN: __________________Error! Bookmark not defined.
ARTICULO 39º REPROBACIÓN: _______________________________________ 22
ARTICULO 40º ACTIVIDADES DE RECUPERACIÓN O DE REFUERZO: _______ 22
CAPITULO V _________________________________________________________ 31
ARTICULO 41º PERFIL DEL EDUCADOR: _______________________________ 31
ARTICULO 42º SON FUNCIONES DE LOS DOCENTES: ____________________ 32
ARTICULO 43º FUNCIONES DEL DOCENTE DIRECTOR DE GRUPO: ________ 32
ARTICULO 44º FUNCIONES DEL DOCENTE DE DISCIPLINA: _______________ 33
ARTICULO 45º LOS DERECHOS DEL DOCENTE: _________________________ 33
ARTICULO 46º LOS DEBERES DE LOS DOCENTES: ______________________ 34
ARTICULO 47º ESTIMULOS PARA DOCENTES DE LA INSTITUCIÓN: ________ 36
ARTICULO 48º DE LAS PROHIBICIONES DE LOS DOCENTES: _____________ 36
CAPITULO VI _________________________________________________________ 36
ARTICULO 49º DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA:_________________ 36
ARTICULO 50º DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA: __________________ 37
ARTICULO 51º ESTIMULOS PARA PADRES DE FAMILIA Y O ACUDIENTES: Error!
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ARTICULO 52º AMONESTACIONES POR INCUMPLIMIENTO DE DEBERES Y
OBLIGACIONES DE LOS PADRES: _____________________________________ 37
CAPITULO VII ________________________________________________________ 38
ARTICULO 53º OBLIGACIONES ESPECIALES DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA:
__________________________________________________________________ 39
ARTICULO 53º OBLIGACION ÉTICA FUNDAMENTAL DE LOS
ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS: ___________________________________ 39
ARTICULO 54º OBLIGACIONES COMPLEMENTARIAS DE LAS INSTITUCIÓNES
EDUCATIVAS: ______________________________________________________ 40
ARTICULO 55º PROHIBICION DE SANCIONES CRUELES, HUMILLANTES O
DEGRADANTES: ____________________________________________________ 40
3. CAPITULO VIII ________________________________________________________ 41
GOBIERNO ESCOLAR _________________________________________________ 41
ARTICULO 56º GOBIERNO ESCOLAR: __________________________________ 41
ARTICULO 57º INTEGRACIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO: ________________ 41
ARTICULO 58º FUNCIONES DEL DIRECTOR: ____________________________ 41
ARTICULO 59º FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO: __________________ 42
ARTICULO 60º FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO: _________________ 43
ARTICULO 61º FUNCIONES DEL CONSEJO DE LOS ESTUDIANTES: ________ 43
ARTICULO 62º FUNCIONES DEL PERSONERO ESTUDIANTIL: _____________ 43
ARTICULO 63º FUNCIONES DEL CONTRALOR ESTUDIANTIL:______________ 44
ARTICULO 64º FUNCIONES DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA.
CORRESPONDE AL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA:__________________ 45
CAPITULO IX _________________________________________________________ 46
DISPOSICIONES GENERALES __________________________________________ 46
ARTICULO 65º SERVICIO BIENESTAR: _________________________________ 46
ARTICULO 66º MEDIOS DE COMUNICACIÓN, PROFESORES, PADRES DE
FAMILIA: ___________________________________________________________ 46
ARTICULO 67º ADMISIONES: _________________________________________ 47
ARTICULO 68º REQUISITOS PARA LA ADMISION: _______________________ 47
ARTICULO 69º UNIFORMES: __________________________________________ 47
ARTICULO 70º PERFIL DE LA INSTITUCIÓN: ____________________________ 47
ARTICULO 71º HORARIO DE LA JORNADA ESCOLAR: ____________________ 48
ARTICULO 72º ASISTENCIA: __________________________________________ 48
ARTICULO 73º REGLAMENTO INTERNO DE LA SALA DE SISTEMAS: _______ 48
ARTICULO 74º VIGENCIA: ____________________________________________ 50
4. 5
REGLAMENTO O MANUAL DE CONVIVENCIA
RESOLUCIÒN Nº 01 DE 2013
(Octubre 04)
POR LA CUAL SE ADOPTA EL MANUAL DE CONVIVENCIA DE LA INSTITUCIÓN
EDUCATIVA LA PRIMAVERA DE PLANADAS TOLIMA
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA “LA PRIMAVERA”
En uso de sus facultades legales
CONSIDERANDO:
Que es deber de la comunidad Educativa cumplir con los preceptos establecidos en la
Constitución política de Colombia, Ley General de Educación 115 de 1.994 y sus decretos
reglamentarios, especialmente el decreto 1860 de 1.994, decreto Ley Nº 2737 de 1989,
Ley 715 de 2001, Decreto 1290 del 16 abril de 2009.En las directrices dadas por la Corte
Constitucional de Colombia. Ley 1098de noviembre 8 del 2006. Por el cual se expide el
código de la Infancia y la adolescencia. En sus artículos: 28-29-30-42-43-44, Decreto
3055 de 2002, Decreto 3020 de 2002 y decreto1965 del 11 se septiembre de 2013
"Por el cual se reglamenta la Ley 1620 de 2013, que crea el Sistema Nacional de
Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos, la
Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar
RESUELVE
Adoptar el MANUAL DE CONVIVENCIA por medio del cual se regirán los estamentos de
nuestra comunidad educativa; este manual de convivencia parte integral del Proyecto
Educativo Institucional (PEI), de acuerdo con los principios fundamentales y los artículos
que a continuación se señalan:
5. 6
TITULO I
LA INSTITUCIÓN
CAPITULO I FILOSOFIA
INTRODUCCIÓN
Este manual ha sido elaborado con la participación de todas las personas que conforman
la comunidad educativa La “Primavera”, conocedores de la necesidad de alcanzar una
verdadera formación integra en la institución y con base en el derecho, la Constitución,
los tratados humanitarios aprobados por Colombia, la Ley General de Educación, La Ley
de Infancia y Adolescencia y demás leyes, afines, códigos, decretos y resoluciones
reglamentarias, normas y circulares que redunden en el buen quehacer educativo; se
convocó a la comunidad para que conjuntamente delinearan los parámetros a seguir en la
elaboración del presente pacto de convivencia y compromiso, como mecanismo formativo
y normativo de la institución, que entre sus prioridades esta de mantener la unión familiar
como base en la formación de una sociedad justa y equitativa.
Se quiere optimizar el funcionamiento de la institución con base en el respeto, la
autonomía, la tolerancia, la responsabilidad, la autoestima, buscando siempre la
formación integral de la persona que represente responsablemente la Institución dentro y
fuera de ella, perfilando así la ciudadanía del nuevo milenio, con una verdadera
idiosincrasia cultural, formativa, científica, deportiva, ética y normal.
ARTICULO 1º NATURALEZA JURÍDICA: La Institución educativa “La Primavera” de
Planadas Tolima, es una institución de carácter oficial con resolución Nº 0328 de Abril 22
de 2004 Post-primaria- Resolución Nº 2314 del 29 de Septiembre de 2010- y Resolución
Nº 04069 de Septiembre 7 de 2011- ubicada en la vereda Primavera de Planadas Tolima,
código Dane 273555000169, Registro Educativo Nº 15552153, correo electrónico
ie.primavera@yahoo.es RUT 900123620-1, jornada mañana, carácter académico, género
mixto,, Niveles Preescolar, Primaria y básica secundaria con proyección a obtener la
Media académica.
ARTICULO 2º FILOSOFÍA Y OBJETIVOS DE LA INSTITUCIÓN:
FILOSOFÍA
La institución Educativa “La Primavera se fundamenta en una filosofía humanista, en este
sentido la Educación, los proyectos pedagógicos y los programas de desarrollo humano
integral con la participación de la comunidad Educativa, estarán fundamentadas en el
concepto de la persona humana bajo los aspectos axiológicos, intelectuales, éticos y
estéticos, desarrollando sus capacidades críticas y analíticas, como ser cultural activo y
participativo, teniendo en cuenta la singularidad, el respeto, el derecho a la libre
expresión, concertación y diálogo con miras a lograr una convivencia pacífica y una
verdadera formación para la vida.
ARTICULO 3º PRINCIPIO INSTITUCIONAL: Los estudiantes son el centro de los
procesos educativos y la razón de ser de la Institución educativa La Primavera,
ubicándolos en el tiempo y en la realidad colombiana y proyectándolos como seres
sociales e integrales, llamados a vivir en comunidad.
6. A través del fortalecimiento de la familia y la orientación integral de los estudiantes, la
Institución educativa pretende formar altos niveles de criticidad, análisis y búsqueda de la
verdad que le permitan plantear alternativas de solución a la problemática regional y
nacional, dentro de un marco de equidad, humanismo, solidaridad y convivencia social.
ARTICULO 4º MISIÓN: La Institución Educativa La Primavera es un establecimiento
educativo que forma parte de las INSTITUCIONES oficiales del estado que ofrece
educación formal del grado Preescolar al grado Noveno a ciudadanos planadunos
implementando la metodología escuela nueva y Post-Primaria por ende se formaran
personas competentes que desde una actitud crítica se adecuen a los parámetros y
exigencias de una sociedad en permanente cambio.
La institución es promotora de la cultura local y gestora del saber
ARTICULO 5º VISIÓN: La institución Educativa La Primavera de Planadas Tolima, será
un ente orientador del servicio educativo del sector rural, que se proyecta para el año
2015,tener la media académica completa; propender por ser un centro de formación, a
través de una educación integral, basado en el Proyecto Educativo Institucional que
genere en nuestros educandos una actitud crítica, creativa y reflexiva, buscando el
desarrollo humano y comunitario.
ARTICULO 6º OBJETIVO GENERAL DEL MANUAL DE CONVIVENCIA:
Definir los derechos y las obligaciones de todas las personas de la comunidad educativa
en aras de convivir de manera pacífica y armónica.
ARTICULO 7º OBJETIVOSESPECÌFICOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA:
Dar a conocer los requerimientos para el ingreso y permanencia de los educandos en la
institución, así como los procedimientos legales para la aplicación de los correctivos.
Promover, garantizar y defender los DDHH y DHSR.
Establecer normas para las funciones, deberes, comportamientos y actitudes
pactados por la comunidad educativa entre sí y con el entorno escolar, de manera tal
que se garantice el ejercicio de los derechos de todas las personas que la conforman.
Fortalecer procesos en torno a las medidas pedagógicas y alternativas de solución
7
para las situaciones que afectan la convivencia escolar.
ARTICULO 8ºJUSTIFICACIÒN DEL MANUAL DE CONVIVENCIA:
Los artículos 67 y 68 de la Constitución política de Colombia en concordancia con los
artículos 73 y 87 de la Ley 115 del 94 y el artículo 17 del decreto 1860 de1994, decreto
1965 del 11 de septiembre de 2013, ley 1620 de marzo de 2013 establece que todos los
establecimientos educativos tendrán un Manual de convivencia.
Teniendo en cuenta que la actividad educativa requiere una directriz con aspectos
fundamentales que conduzcan a una formación humana; el manual de convivencia
permite a todos los estamentos de la comunidad educativa conocer las normas que rigen
y armonizan su actividad.
El hombre es un ser social, por tanto su convivencia necesita estar enmarcada por
principios claros que le permitan dirigir sus acciones en busca del desarrollo y
crecimiento, logrando sus objetivos personales e institucionales, con una conciencia
democrática y el cumplimiento de sus derechos y deberes.
7. ARTICULO 9º MARCO TEORICO:
LA INSTITUCIÓN centro de cultura debe proporcionar a sus estudiantes una formación
integral que les permita participar en la sociedad y convivir en igualdad de condiciones.
Para que esto se logre debe existir una adecuada disciplina consignada en un reglamento
que consulte las nuevas realidades del paísy dar a conocer a los estudiantes, no solo sus
derechos, sino también los deberes que tiene para la comunidad.
El reglamento no podrá ignorar que la educación encarna la más evidente posibilidad que
un ciudadano conozca a cabalidad todos los deberes que tiene para con la comunidad, en
particular, la práctica diaria del respeto a la dignidad humana, al trabajo como uno de sus
más importantes medios de realización personal, la convivencia pacífica, y la solidaridad,
entre otros.
Enseñar la disciplina es un proceso largo, como el de aprender cualquier cosa. Se
necesita indiscutiblemente, tiempo y paciencia para hacer de un niño, niña o de un
adolescente, una persona sanamente independiente y en ello, la disciplina y las normas
ayuda a consolidar la personalidad, si son legítimas y se aplican teniendo en cuenta los
fines del proceso educativo, por lo tanto, es fundamental revelar cuáles son las reglas del
sistema, por qué existen, por qué son importantes, qué sucedería si no existiesen y cómo
podría ser la manera de perfeccionarlas en colectivo hacia el futuro; de tal manera, la
discusión, la explicación, la aclaración y la participación, siempre serán una vía importante
para ayudar a una persona en formación a entender la disciplina y a controlar su propia
forma de actuar en sociedad.
ARTICULO 10ºMARCO DE REFERENCIA:
Teniendo en cuenta lo anterior, es evidente cómo en el marco de la Ley 1620 de 2013 el
manual de convivencia se convierte en un elemento fundamental para garantizar el
mejoramiento de la convivencia y el ejercicio de los DDHH y DHSR. Por esta razón, en el
Decreto 1965 de 2013 el proceso de actualización del manual se convierte en un eje
fundamental para la implementación de las definiciones, principios y responsabilidades
que se plantean en la Ley de Convivencia Escolar.
Según el artículo 17 del decreto 1860 de 1994 y en los artículos 73 y 87 de la ley 115 de
1994 se exige: Toda Institución Educativa debe tener como parte integral del Proyecto
Educativo Institucional, un reglamento o Manual de Convivencia, el cual debe contener
una definición de los derechos, deberes de los estudiantes, profesores y de sus relaciones
con los demás estamentos de la comunidad educativa.
De la misma manera se hace necesario conocer los derechos y obligaciones que tienen
los Estudiantes de acuerdo a lo consagrado en la Ley 1098 de 2006 Código de la Infancia
y la Adolescencia.
La ley de Educación presenta como aspectos que deben también incluirse en el manual
los siguientes:
Derechos y obligaciones de los estudiantes (Art. 8 ley 115).
Lo referente a la permanencia del representante de los estudiantes (Art. 93 ley 115
8
y Art28 decreto 1860)
La conformación del Gobierno Escolar ( Art. 142 ley 115 Art. 19 y 28 dec 1860)
Los estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del
estudiante (Art.23 Dec. 1860).
Funciones disciplinarias del Rector (a) (Art. 25 Dec. 1860)
Las actividades del Gobierno Estudiantil.
Integración del Consejo Directivo (Art. 21 Dec. 1860)
8. Directivos docentes y sus funciones (Art. 27)
Asociación de padres de familia (Art. 30)
Consejo de padres de familia (Art. 31)
Servicio de orientación estudiantil ( Art. 40)
El manual de convivencia esta realizado a la luz de la Constitución, y del Código
9
de la Infancia y la Adolescencia Ley 1098 de 2006.
Derechos y Libertades Ley 1098 de 2006 (Art. 17 al 37)
Obligaciones de la Familia, la Sociedad y el Estado (Art. 39 al 41) Ley 1098 de
2006.
Obligaciones especiales de la Instituciones Educativas (Art. 42 al 45) de la Ley
1098 de 2006
ARTICULO 11ºPREÁMBULO:
Estas normas de convivencia son el resultado de un estudio de los principios y normas
que serán aplicadas para la regulación y conciliación de relaciones entre los integrantes
de la Comunidad Educativa de la Institución, ellos incluyen derechos y deberes de los
estudiantes. Los derechos se refieren a los valores que gobiernan el respeto a la dignidad
humana, y los deberes a aquellos compartimientos individuales requeridos por la
sociedad, como un todo en orden de garantizar el derecho a la libertad y la dignidad
humana.
Todos los miembros de la Comunidad Educativa tienen el deber de conocer las reglas y
procedimientos que gobiernan la institución, así como de sus responsabilidades. Tal
información está fundada, no solamente en estas normas de convivencia, sino también los
estatutos de Asociación de padres, las pautas internas de la institución, las reglas que
pertenecen a la vida estudiantil y a las actividades académicas.
ARTICULO 12°SIMBOLOS INSTITUCIÓNALES:
ESCUDO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA PRIMAVERA DE
PLANADASTOLIMA
9. El concejo directivo de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA PRIMAVERA DE PLANADAS
TOLIMA del año 2007 mediante concurso, fue aprobado el escudo de la institución que
consta de las siguientes partes:
En la parte superior una banda amarilla con el nombre de la institución y dividido en tres
franjas. La primera franja está dividida en dos partes, en la parte izquierda está un libro
abierto sobre un fondo rojo que significa el conocimiento que la institución brinda a sus
educandos de una manera integral al combinarse con otros campo del saber, en la parte
derecha encontramos la llama con los anillos olímpicos como símbolo de los juegos y el
deporte donde el fuego es considerado energía que transcurre en el pasar de los tiempos
para el bien de la humanidad. El fondo blanco que significa la paz que se puede lograr
con el deporte y lo lúdico.
La segunda franja tiene una tonalidad de verdes y azules a sus lados haciendo referencia
a la cordillera entrelazadas de montañas en donde nos encontramos, con unas grandes
mesetas y en el centro el rio Ata que atraviesa nuestras fértiles tierras el cual nos hace
estrella hídrica de la región.
La tercera franja se encuentra dividida en dos en la izquierda encontramos un cuerno que
simboliza la riqueza como fuente de vida y de luz para respetar nuestro entorno natural
como origen de la materia prima necesaria para el desarrollo del municipio y en l aparte
derecha está el computador como innovación tecnológica que promueve el crecimiento y
el desarrollo intelectual y de actualización de la comunidad educativa.
10
10. A sus lados esta enmarcados por una rama de café entrelazada con una caña de maíz
como base de la economía regional.
En la parte inferior una banda amarilla con sus lemas que enaltecen el buen nombre de la
Institución Educativa que son:
11
TRABAJO, PAZ, EDUCACION, PROSPERIDAD Y DEPORTE.
HIMNO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
“ LA PRIMAVERA”
Cantemos con alegría,
Cantemos con emoción;
Exaltemos a nuestro colegio,
Llevémoslo en el corazón.
Incrustado en las verdes montañas,
Surgiendo un colegio se ve;
La esperanza de mentes fervientes
Y el aroma de nuestro café.
De diversos lugares confluyen
a este centro de superación;
Unos niños con grandes deseos
y el futuro en su corazón.
Son semillas de un largo camino
que adelante visualizarán:
los valores, la lucha y la vida,
el trabajo, el amor y la paz.
Son los libros los sabios eternos
que su ciencia nos han de entregar;
pues estudio y trabajo son leyes
que harán nuestro mundo cambiar. (bis).
AUTOR
EVERCELIO AVILES POLANIA
11. 12
LA BANDERA
La bandera de la institución Educativa LA PRIMAVERA consta de Tres colores
Azul. Representa la hidrografía de nuestras veredas y el azul del cielo. El color verde: La
vida de nuestra naturaleza y conservación del medio ambiente, al igual que el color de
nuestras montañas. El Blanco representa la paz que aclamamos y la pureza de nuestros
niños y niñas, también las blancas nubes que rodean y embellecen nuestro cielo.
CAPITULO Il
DE LA CALIDAD DEL ESTUDIANTE
ARTÍCULO 13º PERFIL DEL ESTUDIANTE:
Que desarrolle sus capacidades intelectuales, físicas, afectivas, morales y
artísticas para el logro de su formación.
Comprometido en la construcción de una nueva sociedad.
Capaz de intervenir en la toma de decisiones, que comprometan en su vida dando
solución a sus propios problemas y a los de su entorno.
Comprometido en el mantenimiento la conservación del medio ambiente, de su
entorno escolar, familiar, regional y colombiano.
Crítico y analítico capaz de defender sus derechos, comprometido con sus
deberes.
ARTÍCULO 14º DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES:
Ser tratado(a) con igualdad en todo momento y por todas las personas.
Ser respetado(a) como persona en su integridad física, moral, religiosa y política.
Expresar libre y respetuosamente sus inquietudes y ser escuchado(a).
Recibir una educación acorde con su perfil establecido en el PEI
Será derecho inalienable el que pueda analizar, discutir, participar y colaborar en
el desarrollo y construcción de los planes de estudio tanto en el ámbito general
como interno.
Hacer uso de los elementos, o ayudas educativas de las dependencias, con previa
autorización de las personas encargadas y siguiendo los procedimientos
requeridos para tal fin.
12. Permanecer en un ambiente limpio y organizado, usando correctamente los
13
servicios como también los recipientes destinados para tal efecto.
Recibir los trabajos hechos en clase y las evaluaciones que hagan los(as)
profesores (as) dentro de los 2 días hábiles después de ser presentados.
conocer el informe académico y disciplinario antes de ser entregado.
presentar reclamos, sugerencias, ideas e inquietudes a los(as) profesores(as).
Ser escuchado(a) en descargos por las autoridades educativas antes de tomarse
cualquier determinación en contra.
Liderar, organizar y participar en eventos escolares desu propia iniciativa,
seguidos por los principios del plantel.
Participar en el gobierno escolar a través de la elección del personero(a),
representante estudiantil, comités especiales, consejos directivos y otros que
organizan la constitución y la ley.
Representar a la institución en eventos deportivos, recreativos, científicos,
culturales y académicos.
Recibir estímulos por los aportes hechos en los procesos de formación.
Disfrutar del tiempo establecidos para la recreación y el descanso.
Obtener asesorías y orientación periódica sobre temas de sexualidad, autoestima,
valores de la personalidad y prevención de drogas.
Ser orientados por docentes competentes.
Recibir de los docentes testimonio de cultura moral, civismo, relaciones humanas.
Que se le expida certificado de estudio, conducta y constancia de asistencia
dentro de un plazo de hasta diez (10) hábiles. Cada vez que soliciten este servicio
previo.
Conocer el calendario académico y el cronograma de actividades de la Institución.
Conocer el plan de estudio.
Conocer el encuadre pedagógico al inicio de cada periodo.
Conocer el manual de convivencia
Registrar en el observador los aspectos positivos y negativos de los estudiantes.
Los estudiantes tienen derecho a recibir oportunamente las clases asignadas.
Capacitarse para las pruebas SABER.
Que se le respete el debido proceso en caso de incumplimiento a las normas
contempladas en el manual de convivencia.
Cada estudiante tendrá derecho a su respectivo pupitre.
Facilitar el acceso de los niños, niñas y adolescentes al sistema educativo y
garantizar su permanencia.
Abrir espacios de comunicación con los padres de familia para el seguimiento del
proceso educativo y propiciar la democracia en las relaciones dentro de la
comunidad educativa.
Organizar programas de nivelación de losniños y niñas que presenten dificultades
de aprendizaje o estén retrasados en el ciclo escolar y establecer programas de
orientación psicopedagógica y psicológica.
Respetar, permitir y fomentar la expresión y el conocimiento de las diversas
culturas nacionales y extranjeras y organizar actividadesculturales
extracurriculares con la comunidad educativa para tal fin.
Estimular las manifestaciones e inclinacionesculturales de losniños, niñas y
adolescentes, y promover su producción artística, científica y tecnológica.
Garantizar la utilización de los medios tecnológicos de acceso y difusión de la
cultura y dotar al establecimiento de una biblioteca adecuada.
13. Recibir llamadas urgentes y de carácter familiar. (estando el celular en vibrador,
según lo acordado en la reunión de las comisiones de evaluación y Promoción el
día 6 de Septiembre de 2013).
14
ARTÍCULO 15º DEBERES DE LOS ESTUDIANTES:
Reconocer y acatar las normas del presente manual de convivencia.
Actuar con respeto y responsabilidad con palabras y hechos frente a los
compañeros, directivas, docentes y comunidad.
Respetar y hacer respetar el buen nombre del plantel en cualquier lugar.
Respetar los símbolos patrios y de la Institución.
Velar por el cuidado y la conservación de las pertenencias de la institución.
Asistir diaria y puntualmente a los horariosde clase del plantel incluidas las
recuperaciones.
Abstenerse de portar y usar juegos de azar, revistas y elementos pornográficos,
reproductores de sonido, armas, ataris, mp4 y/o cualquier otro elemento que
interfiera en la disciplina, las clases y atente contra la buena imagen del plantel.
Asumir con responsabilidad el proceso de aprendizaje, cumpliendo con tareas y
trabajos asignados dentro del término acordado entre docentes y estudiantes.
Prever, proveerse y responsabilizarse de los instrumentos necesarios para el
desarrollo de clase.
Permanecer en los espacios asignados o determinados por el docente para el
desarrollo de la clase o las actividades programadas por el plantel.
Informar oportunamente a los padres o acudienteslas fechas de reuniones u otras
actividades programadas por la institución.
En caso de no asistir a clase presentar la excusa justificada, firmada por el padre,
madre o acudiente.
Pedir permiso al docente encargado cuando necesite ausentarse de su clase o de
la instituciónde forma escrita firmada por el padre de familia y confirmada a través
de llamada vía celular.
Respetar, apoyar y ayudar a los organismos colegiales tales como representantes
de monitor, consejal, gobierno escolar, personero estudiantil, contralor estudiantil y
representante de los estudiantes al consejo Directivo.
Participar en las actividades culturales, deportivas, científicas que se programen
en la institución de acuerdo con las posibilidades y habilidades.
Portar permanentemente el carné estudiantil.
Devolver en buen estado y oportunamente los materiales facilitados para su
servicio por el establecimiento. De lo contrario no obtendrá su paz y salvo.
Respetar las pertenencias ajenas y entregar todo objeto que encuentre y no le
pertenezca.
Contribuir en el aseo, conservación, mejoramiento y embellecimiento de la planta
física.
Responder por los daños causados a la planta física restituyéndolade forma
material o monetariamente.
Evitar peleas, agresiones físicas , verbales, gestuales, relacional, electrónica y
acoso escolar( artículo 39 Numeral 4 decreto 1965 11/09/2013) dentro y fuera de
la institución como método para solucionar conflictos ( Matoneo)
Confirmado el desacato a la norma, aceptar las sanciones disciplinarias que se le
apliquen.
En caso de no asistir a clase actualizarse con los trabajos pendientesy demás
actividades realizadas.
14. Esperar en orden y en silencio dentro del aula la llegada del profesor, evitando los
15
brotes de indisciplina.
No permanecer dentro del aula de clase en las horas de descanso.
Depositar la basura y desperdicios en las canecas destinadas para tal fin.
Utilizar adecuadamente los baños de la institución.
Emplear siempre un vocabulario adecuado para expresarse en la institución, en el
juego o en todos los lugares y circunstancias en que se encuentre.
Debe portar el uniforme completo, limpio y sin accesorios como: aretes, pulseras,
anillos, collares entre otros que sean extravagantes usando el uniforme según el
horario asignado.
ARTICULO 16º ADQUISICIÓN DE LA CALIDAD DE ESTUDIANTES:
Para adquirir la calidad de estudiante de La Institución, es necesario, por sí mismo o a
través de sus padres, representante legal o acudientes: aceptar su filosofía y reglamento;
haber sido oficialmente aceptado en la Institución, cumpliendo los requisitos previstos en
el manual o previa aprobación de la solicitud de transferencia y legalizar la matrícula.
ARTICULO 17º PERDIDA DE LA CALIDAD DE ESTUDIANTE:
Se pierde la calidad de estudiante en la institución por:
Cuando se ha cursado y aprobado el grado 11 del nivel de educación básica
secundaria.
Cuando no se formalice la renovación de la matricula dentro de los plazos y con el
lleno de los requisitos previstos por la institución.
Cuando así lo determine una medida disciplinaria, de manera temporal o
permanente, con forme a lo establecido en este manual.
Por la inasistencia a clases, más de la cuarta parte de la intensidad horaria de una
materia.
Por cierre del plantel o del grado.
Por retiro voluntario bien sea del estudiante o de los padres de familia o acudiente
legal.
ARTICULO 18º ADMISIÓN DE LOS ESTUDIANTES:
Para ser admitido en la Institución se debe cumplir con los siguientes requisitos:
Revisión de los antecedentes académicos y disciplinarios. (Fotocopia del
certificado de conducta del estudiante).
Retiro del sistema de matrículas. (SIMAT)
Presentar documentos al día
ARTICULO 19º MATRICULA Y SUS REQUISITOS. (LEY 115/94, ART. 96):
La matrícula es el acto jurídico que formaliza la vinculación del aspirante admitido como
estudiante regular del colegio. Se realiza por una sola vez al ingresar a la institución y se
podrá renovar para cada año lectivo en la medida en que el estudiante y sus padres o
acudientes cumplan con los requisitos exigidos para ello.
ARTICULO 20º REQUISITOS PARA SER ADMITIDO:
Presentarse en la hora y fecha indicada con el padre o acudiente con los siguientes
documentos:
Registro civil de nacimiento o T.I, contraseña o cédula
Boletín de informe académicos de años anteriores.
Paz y salvo del establecimiento donde haya estudiado el último año.
15. Fotocopia del observador del estudiante
Carpeta de color azul oscuro.
Fotocopia de la cédulade los padres o acudiente.
Pago del seguro de accidente.( Si no está de acuerdo con el seguro firmar un acta
donde conste que la institución no asume ninguna responsabilidad en caso de
accidente u otra emergencia).
16
Recibo de la energía eléctrica.
Fotocopia del Sisben actualizado.
Certificado médica.
Certificado médico de discapacidad si lo amerita. (NEE)
PARAGRAFO: Los estudiantes que sean desplazados y no presenten documentación, se
recibirán y la institución junto con sus padres o acudientes legales tramitarán ante las
autoridades respectivas los documentos pertinentes para la legalización de la matrícula.
ARTICULO 21º RENOVACIÓN DE LA MATRÍCULA Y SUS REQUISITOS:
La renovación de la matrícula es el acto jurídico mediante el cual el estudiante legaliza su
permanencia en la institución por cada periodo o año académico y para cada grado.
La matrícula podrá renovarse en los siguientes eventos:
Cuando el estudiante haya sido promovido al grado siguiente al término del
periodo o año académico.
Cuando a juicio de la comisión de promoción el estudiante sea promovido a un
grado superior, dentro del mismo periodo.
Cuando repruebe el grado cursado de acuerdo con lo establecido en el artículo 53
del decreto 1860 de 1994, mediante el cual manifieste su voluntad de repetirlo y no
tenga antecedentes disciplinarios calificados como graves, según lo previsto en el
presente manual.
CAPITULO III
REGIMEN ACADÉMICO CURRICULAR
ARTICULO 22º CURRICULO. (LEY 115, ART. 76, 77, 78 Y 148. DECRETO 1860/94,
ART. 33 A 38: Se entiende por currículo el conjunto de criterios, planes de estudio
programas metodologías y procesos que contribuyen a la formación integral y a la
constitución de la identidad cultural: nacional regional y local; incluyendo también los
recursos humanos, académicos, físicos para poner en práctica las políticas y llevar a cabo
el Proyecto Educativo Institucional.
ARTICULO 23º ADOPCIÓN Y DIVULGACIÓN. (DECRETO 1860/94, ART. 37;
RESOLUCIÓN 2243/96, ART. 4 A 7):
La adopción del currículo y sus modificaciones son efectuadas por el consejo directivo de
la institución, mediante el mismo procedimiento señalado para el Proyecto Educativo
Institucional en el artículo 15 del Decreto 1860 de 1994, Una vez adoptado debe ser
divulgado entre la comunidad educativa y cualquier miembro de ella podrá dirigirse al
rector del plantel para solicitarle que presente ante el consejo directivo los ajustes o
modificaciones que considere pertinentes hacerle tanto a éste como al Proyecto Educativo
Institucional en general.
16. ARTICULO 24º PLAN DE ESTUDIOS. (LEY 115 /94, ART. 78 y79; DECRETO1860,
ART. 38; Y RESOLUCIÓN 2343/96, ART.18):
El plan de estudios es el esquema estructurado de las áreas obligatorias y fundamentales
y de áreas adoptivas con sus respectivas asignaturas, que formen parte del currículo de la
institución. Se entiende como una propuesta dinámica del que hacer educativo, nacida de
los procesos curriculares que incorpora y promueve las dimensiones y procesos del
desarrollo humano.
Los objetivos por niveles, grados, áreas; la metodología, la distribución del tiempo, los
criterios de evaluación y la administración; y demás aspectos del currículo y del plan de
estudios, serán determinados y desarrollados en el Proyecto Educativo Institucional.
ARTICULO 25º ÁREAS DE FORMACIÓN BÁSICA. (LEY 114/94, ART. 14, 23, 21 Y 32;
Y DECRETO 1860/94, ART 34, 35,36 Y 41):
Las áreas obligatorias y fundamentales para la educación básica son las siguientes:
Ciencias naturales, educación ambiental y sexual.
Ciencias sociales, historia, geografía, Constitución Política Colombiana, instrucción
17
cívica y democracia.
Educación artística.
Educación ética y valores humanos.
Educación física, aprovechamiento del tiempo libre, fomento de la cultura,
recreación y deporte formativo.
Educación religiosa.
Humanidades, lengua castellana e idioma extranjero.
Matemáticas.
Tecnología e informática.
ARTICULO 26º NIVELES Y MODALIDADES (LEY 115/94, ART.10 Y 11; Y DECRETO
1860/94; ART.4 A 10): La institución Educativa la Primavera ofrece los niveles de
educación en Preescolar (Modelo CIDEP) básica primaria, básica secundaria y media.
ARTICULO 27º UTILIZACIÓN DE LAS PRUEBAS DE EVALUACIÓN
(DECRETO 1860/94, ART. 49):
Después de la evaluación de cada periodo el docente programará, como parte de las
labores normales las actividades grupales o individuales que se requieran para superar
las fallas o limitaciones en la consecución de los logros por parte de los educandos. En
caso de que el educando no supere los logros, estos casos serán remitidos al comité de
evaluación y promoción. En forma similar podrá programar actividades de profundización,
investigación o de prácticas, ejecutadas por todos los educadores y de monitoria por
aquellos que muestren logros sobresalientes, con el fin de consolidar sus avances...
Al final del último periodo de cada grado se deben analizar los informes periódicos para
emitir un concepto evaluativo integral de carácter formativo.
ARTÍCULO 28º COMISIÓN DE EVALUACIÓN (DECRETO1860/94):
Los comités de evaluación de promoción y evaluación escolar estarán conformados por:
el rector de la institución ó por la persona a quien el rector le delegue la responsabilidad;
dos maestros o maestras que dicten clase en los respectivos grados ó grupos a evaluar;
un padre de familia; un estudiante de los respectivos grados que se destaque por tener un
desempeño superior. Con el fin de analizar los casos persistentes de superación o
17. insuficiencia en la consecución de los logros. Como resultado del análisis, las comisiones
prescribirán las actividades pedagógicas complementarias y necesarias para superar las
deficiencias. Estas se realizan simultáneamente con las actividades académicas en curso.
En los casos de superación, recomendarán la promoción anticipada.
Funciones:
1. El rector o su delegado presidirán el comité.
2. Definir al finalizar el año escolar la promoción de los estudiantes que al finalizar el año
se encuentren matriculados en la Institución Educativa
3. Garantizar durante el año una evaluación ajustada a los criterios de evaluación y
promoción establecidos en el presente manual
4. Acompañar y conocer los planes de recuperación establecidos por maestros y
maestras para que los estudiantes con bajos desempeños puedan alcanzar las metas
propuestas.
5. Garantizar el cumplimiento y el debido proceso en todo lo relacionado con evaluación y
promoción escolar
6. Darse su propio reglamento.
ARTÍCULO 29° MECANISMOS PARA LA ELECCIÓN DEL COMITÉ DE EVALUACIÓN
Y PROMOCIÓN:
El Consejo Académico elegirá a los maestros que harán parte de los Comités de
evaluación y promoción; el Consejo de padres designará su representante que no sea
docente de la Institución y el rector o su delegado; el estudiante que asistirá a la comisión
en el primer periodo será quien en el año inmediatamente anterior se haya destacado por
su excelente rendimiento académico y en los sucesivos periodos los directores de grupo
seleccionaran al estudiante por grado que cumpla con el criterio establecido
anteriormente.
PARRAGRAFO: En las sedes alejadas y donde sea un solo docente en la Institución
Educativa el comité de evaluación y promoción estará conformado por el docente, dos
padres de familia, un estudiante de cada grado que se haya destacado por su excelente
rendimiento académico, en los sucesivos periodos.
ARTÍCULO 30º REGISTRO ESCOLAR DE VALORACIÓN Y TERMINOS (DECRETO
1860/94, ARTICULO 16 DECRETO 1290 DE 2009):
Para los efectos de la transferencia de los educandos a otros establecimientos, la
valoración por logros dentro de cada asignatura y proyecto pedagógico se expresará en
los siguientes términos:
La comisión de promoción de que trata el artículo anterior podrá determinar que un
educando ha reprobado cuando ocurra una de las siguientes circunstancias:
Que el educando haya dejado de asistir a las actividades pedagógicas
programadas en el plan de estudios para un determinado grado, por periodos que
acumulados resulten superiores a la cuarta parte del tiempo total previsto, o
acumule 20% fallas en cualquiera de las áreas programadas y que al final del
periodo obtenga bajo en tres o más áreas.
18
18. Cuando después de cumplidas las actividades complementarias especiales
señaladas en el presente Manual de convivencia, persista la insuficiencia en la
satisfacción de los logros.
Los educandos que pierdan más de tres áreas o asignaturas en su grado
19
automáticamente quedan reprobados.
Cuando no asita a las actividades de recuperación o complementarias sin ninguna
justificación.
Educandos con valoración final bajo en tres o más áreas.
CAPITULO IV
PROCEDIMIENTOS ACADÉMICOS
ARTICULO 31° METODOLOGÍA:
La Institución Educativa la Primavera y sus respectivas sedes se implementa el modelo
flexible Escuela Nueva en caso de Básica Primaria, Posprimaria en La Básica
Secundaria y la media hasta el momento se especifica como Media Rural con proyección
Articulación en un Media Técnica con el objetivo principal de maximizar la cobertura con
Calidad de Educación en toda la Población Rural, Para así ofrecer a los jóvenes la
posibilidad de continuar sus estudios de Secundaria.
PARRAGRAFO: Los objetivos, metodologías y forma de trabajo de cada uno de los tres
programas (Escuela Nueva, Posprimaria y la Media Rural) implementados en la
Institución estarán especificados en el Proyecto Educativo Institucional (PEI).
ARTÍCULO 32º EVALUACIÓN:
La evaluación de los educando será diagnostica continua, integral, formativa y
sumativa; estará estipulada acorde los lineamientos regidos en el SIEE y PEI. Se
hará en cuatro periodos de igual duración (en total 40 semanas) en los que se
dividirá el año escolar.
Los informes se presentaran en forma comprensible que permitan a los padres y
educandos apreciar el avance de la formación del proceso educativo. Estos
deberán incluir información detallada acerca de la fortaleza y dificultades de que
haya presentado el educando en cualquiera de las áreas y establecerá
recomendaciones y estrategias para mejorar.
Al final de cada periodo los padres de familia recibirán un informe académico
escrito.
Al finalizar el año escolar se entregará certificado del grado, el cual se incluirá una
evaluación de rendimiento para cada área durante todo el año.
Las calificaciones se darán en los siguientes términos: Superior, Alto, Básico, y
Bajo. El estudiante recibirá sus respectivas observaciones en cada una de las
áreas, acorde a la escala de valoración emitida.
Los informes se entregaran a los padres de familia en reuniones programadas, en
días y horas que el rector estime conveniente.
19. PARRAGRAFO: Los objetivos, las estrategias y mecanismos de los procesos de
evaluación implementados en la Institución estarán especificados en el SIEE y en el
proyecto educativo Institucional (PEI).
ARTÍCULO 33º LA SIGUIENTE ES LA ESCALA VALORATIVA DE CALIFICACIONES
ADOPTADA POR LA INSTITUCIÓN EDUCATIVO LA PRIMAVERA:
ESCALA DE VALORACIÓN: Esta escala estará acorde a los juicios
emitidos teniendo en cuenta el anterior artículo y constará de la
siguiente escala:
20
LETRA VALOR PORCENTAJE % DENOMINACIÓN
S 4.6 a 5.0 96 – 100 Desempeño Superior
A 4.0 a 4.5 80 – 95 Desempeño Alto
B 3.0 a 3.9 60 – 79 Desempeño Básico
BJ 1.0 a 2.9 1 – 59 Desempeño Bajo
ARTICULO 34º DEFINICION DE CADA ESCALA DE VALORACIÓN
DESEMPEÑO SUPERIOR
Alcanza todos los logros propuestos, sin ningún tipo de actividad nivelación.
No presenta fallas o las justifica sin que su proceso de aprendizaje se vea
mermado.
Cumple con todas las exigencias comporta- mentales dentro de su comunidad
(anecdotario y hoja de vida solo con anotaciones positivas).
Desarrolla actividades curriculares que exceden las exigencias esperadas.
Manifiesta sentido de pertenencia por la institución.
Participa de manera positiva en las actividades curriculares y extracurriculares de
manera voluntaria.
Evidencia la manera de aprender en todo el contexto que le rodea.
Cuantitativamente de 4.5 a 5,0. Esta valoración es obtenida por el estudiante que:
INTERPRETA los conceptos, ARGUMENTA con ellos y PROPONE con base en ellos,
su actitud está acorde con el perfil del educando que se persigue.
DESEMPEÑO ALTO
Alcanza todos los logros propuesto, pero con algún grado de apoyo, aprende de
sus errores, valora y promueve autónomamente su propio desarrollo.
Presenta algunas fallas de asistencia justificadas.
Reconoce y supera sus dificultades de comportamiento.
Desarrolla actividades curriculares específicas y ordinarias.
Manifiesta sentido de pertenencia con la Institución.
Se interesa por el trabajo académico siguiendo el ritmo acordado con el docente.
20. Cuantitativamente de 4.0 – 4.5 Esta valoración es obtenida por el estudiante que:
combina los aspectos señalados para la valoración de desempeño superior, además
su actitud está acorde con el perfil del educando que se persigue.
21
DESEMPEÑO BÁSICO
Alcanza los logros mínimos (60%) esperados, puede o no utilizar actividades
complementarias dentro del período académico.
Requiere de gran apoyo para alcanzar sus metas, necesita soporte de las
actividades complementarias.
Presenta faltas de asistencia justificada e injustificada.
Demuestra dificultades de comportamiento y realiza compromisos.
Desarrolla el mínimo de actividades curriculares requeridas ordinarias
Manifiesta sentido de pertenencia con la institución.
Tiene algunas dificultades de aprendizaje y disciplinarias que supera, pero no en
su totalidad.
Cuantitativamente de 3.0 a 3.9. Esta valoración es obtenida por el estudiante que:
INTERPRETA los conceptos, además, su actitud está acorde con el perfil del
educando que se persigue.
DESEMPEÑO BAJO
No alcanza los logros mínimos (60%) esperados y requiere de actividades de refuerzo
y superación, sin embargo después de realizadas las actividades de recuperación no
logra alcanzar los logros previstos.
Presenta dificultades de comportamiento.
No desarrolla el mínimo de actividades curriculares ordinarias.
Posee su anecdotario y hoja de vida con información negativa en su gran porcentaje.
Presenta muchas faltas de asistencia injustificada.
Presenta poco sentido de pertenencia institucional.
Tiene importantes dificultades de aprendizaje en su desarrollo académico que
requieren de asistencia especializada continua.
Incumple reiteradamente compromisos académicos y disciplinarios.
Interactúa de manera muy reducida con su entorno, otras consideradas pertinente por
la institución, según el Pacto o Manual de Convivencia.
Cuantitativamente de 1,0 a 2,9. Esta valoración la obtiene el estudiante que tiene los
conocimientos pero no los INTERPRETA o lo hace inadecuadamente, además, su actitud
no está acorde con el perfil del educando que se persigue.
ARTÍCULO 35º PROMOCIÓN:
La institución Educativa La Primavera. Realizará Promoción del estudiante cuando
este haya superado satisfactoriamente la mayoría de los logros propuestos (60%)
en todas y cada una de las áreas del conocimiento.
La institución Educativa La Primavera se compromete a promover el 100 % de los
educandos por Grados, mientras ellos hayan cumplido con el ítem anterior.
Comisiones de Evaluación y Promoción y el Consejo Académico decidirán la
promoción o reprobación de aquellos estudiantes que durante los cuatro periodos
21. del año lectivo hayan presentado constantes dificultades disciplinarias y
académicas en tres (3) o más áreas, que aún después de un proceso de
seguimiento y orientación, nivelación y compromiso no han demostrado
superación.
PARÁGRAFO:
Se considerara de común acuerdo entre los padres de familia y la Institución
Educativa los pagos de los costos de graduación de los estudiantes del grado quinto y
noveno de la Institución Educativa por la proyección del grado undécimo.
ARTICULO 36º REPROBACIÓN: La institución Educativa la Primavera. Considerará la
reprobación de los estudiantes en los siguientes casos:
Cuando un educando ha dejado de asistir a las actividades escolares por ausencia
22
mayor al 20% sin justificación y obteniendo su valoración final BAJO.
Educandos que hayan obtenido valoración final BAJO en tres (3) o más áreas.
ARTICULO 37º ACTIVIDADES DE SUPERACIÓN O DE REFUERZO: Son aquellas que
el estudiante puede presentar durante el normal desarrollo de las clases cuando no ha
alcanzado los logros en las diferentes áreas es decir han obtenido valoración final BAJO.
Las programa cada docente en su respectiva área o asignatura, en forma periódica.
ACTIVIDADES DE SUPERACIÓN.
Los educandos que demuestren justificación médica o calamidad doméstica en caso de
inasistencia podrán también presentarlas y se firmará el acta correspondiente.
CAPITULO V
SITUACIONES QUE ALTERAN LA DISCIPLINA Y LA CONVIVENCIA ESCOLAR
ARTÍCULO 38 - SITUACIONES QUE ALTERAN LA DISCIPLINA. Se considera que una
falta es un evento en el cual se genera el incumplimiento de los deberes, compromisos y
acuerdos, así como el desacato a las normas y acuerdos definidos por la comunidad. Las
faltas y correctivos se tratarán de conformidad con lo señalado en el Artículo 44, numeral
6 de la Ley 1098 de 2006, donde se determina que la Institución debe establecer
mecanismos de carácter disuasivo, correctivo y reeducativo, con el propósito de
salvaguardar la integridad de todos los estamentos de la Comunidad Educativa
Para la valoración de las acciones que alteren la disciplina escolar se tendrán en cuenta
las siguientes variables:
1. Grado de perturbación ocasionado al desarrollo de las diferentes actividades
2. Motivo(s) que determinaron tal comportamiento
3. Grado de culpabilidad e intencionalidad
4. Desarrollo psico-afectivo de los involucrados
5. Trascendencia social del perjuicio causado
6. Naturaleza y trascendencia del daño producido
7. Concurrencia y/o reincidencia de faltas
8. Seguimiento comportamental de años anteriores
22. 23
Acciones Disciplinarias:
1. Salir del salón en cambio de clase y/o cuando el profesor no ha llegado.
2. Ingerir alimentos en formación, actos de comunidad, salón de clase, biblioteca y
sala de informática.
3. Fomentar el desaseo de su salón y del patio de la Institución.
4. Vender comestibles y otros elementos dentro del colegio y los espacios
académicos sin autorización.
5. Usar lenguaje inapropiado o displicente para responder a un llamado de
atención.
6. Elaborar, realizar o escribir grafitis indecorosos y mensajes en paredes, baños o
pupitres.
7. Llegadas tarde al colegio o al aula de clases sin justificación.
8. Utilizar espacios que no son permitidos para los y las estudiantes en las horas
de descanso.
9. El descuido en la presentación personal, la higiene diaria, el uso inadecuado del
uniforme.
10. Interrumpir y/o afectar el normal desarrollo de las clases.
11. Asumir una actitud de apatía, indiferencia y desinterés, frente a las actividades
propuestas por los maestros y la institución.
12. Traer al colegio cualquier tipo de juguetes y/o elementos que interfieran el
desarrollo de las clases.
13. Entrar a los salones que no correspondan a su grupo sin autorización.
14. Hacer caso omiso a un llamado de atención en público o en privado por parte
de cualquier integrante de la comunidad educativa.
15. Hacer uso inadecuado de los recursos naturales
16. No hacer uso adecuado de los materiales facilitados por la institución para el
buen desarrollo de las actividades planteadas por la Institución en clases,
laboratorios, actividades lúdicas, salidas pedagógicas, convivencias, etc.
17. Utilizar el teléfono móvil y/o demás elementos electrónicos en horas diferentes
a los descansos. Durante las clases y actividades estos elementos deben estar
apagados. La Institución Educativa no se hace responsable por su pérdida o daño.
18. Portar y utilizar audífonos durante la jornada de clase.
19. Quedarse dentro del colegio después de la jornada escolar, sin previa
autorización del rector o del profesor de disciplina y sin permiso escrito de sus
padres.
20. Las excesivas manifestaciones afectuosas (caricias, besos, manoseo) frente a
los demás miembros de la comunidad educativa.
21. Hacer uso inadecuado del refrigerio y del transporte escolar.
22. Irrespeto a los símbolos patrios
23. Jugar en espacios no permitidos con balones, los cuales pueden atentar contra
la integridad personal.
Ante las reiteradas llegadas tarde a la Institución sin justificación y habiendo seguido el
debido proceso se procederá a notificar a los organismos e instancias correspondientes (
comisaria de familia, bienestar familiar).
23. ARTICULO 39. ACCIONES DISCIPLINARIAS GRAVES.
1. Realizar fraude en evaluaciones, suplantación y falsificación.
2. Cometer hurto
3. Causar daño a bienes institucionales o privados
4. Agredir físicamente a otros miembros de la comunidad educativa, de los cuales por lo
menos uno es estudiante.
5. Agredir verbalmente a otros miembros de la comunidad educativa, de los cuales por lo
menos uno es estudiante usando vocabulario soez, de burla, de humillación o desprecio.
6. Perturbar en forma significativa y persistente el normal desarrollo de actividades
escolares.
7. Ausentarse sin justa causa de cualquier actividad institucional sin la autorización
correspondiente.
8. Realizar acciones desmedidas de afecto que denoten obscenidad o conducta
exhibicionista, durante la jornada escolar o fuera de ella, portando el uniforme del Colegio.
9. Ejercer influencia negativa o inducir a prácticas nocivas, a personas o a grupos de
alumnos o alumnas o compañeros, en detrimento de la integridad física, psicológica y
moral de sí mismo y de los demás.
10. Agraviar a través de la web o medios cibernéticos o telemáticos, telefónicos o símiles,
a compañeros(as), profesores, directivos y demás miembros de la comunidad educativa.
11. Celebrar dentro o fuera del colegio cumpleaños utilizando alimentos como huevos,
harinas, entre otros que afecten negativamente en la dignidad o integridad personal de
miembros de la comunidad educativa, de los cuales por lo menos uno es estudiante.
12. El no cumplimiento de las sanciones impuestas por el (la) profesor(a) de disciplina y/o
por el comité de convivencia.
13. La reiterada indisciplina en la presentación personal y en la forma de llevar el cabello
(NO afín o símil a tribus urbanas o modas que alienten, motiven, disuadan, coerciten o
estimulen a la primera infancia, combinado con el uniforme, recuerde que su libre
desarrollo a la personalidad, está sujeto y condicionado a que NO vulnere a terceros, ello,
incluye inducción, estímulo y coerción a la primera infancia)
14. Intercambiar artículos, o comunicarse a través de puertas, ventanas, mallas de
encerramiento con personas ajenas a la institución..
15. Juegos de contacto que estimulan la agresividad, afectando la integridad física de los
estudiantes.
16. Todas aquellas que a criterio del Comité de convivencia, Académico y Directivo se
determinen como tales según lo establecido en el decreto 1965 del 11 de septiembre del
2013.
17. Promover y/o participar en actividades que degraden o destruyan el entorno o el
medio ambiente.
18. Irrespetar la Institución injuriando, calumniando o hablando mal de ella.
19. Comercializar y/o facilitar el uso de material pornográfico entre estudiantes del
colegio.
24
24. 20. Pintar figuras obscenas, realizar escritos vulgares o pasquines en cualquier lugar o
mueble del colegio.
25
ARTICULO 40. PROTOCOLO DE ATENCIÓN PARA ACCIONES DISCIPLINARIAS.
A. PRIMERA INSTANCIA: Docente conocedor del caso.
1. Llamado de atención verbal con proceso formativo para restitución de la falta
2. Registro en el cuaderno de seguimiento personal del docente
3. Citación de acudiente y registro en el observador del alumno y asignación de trabajo
pedagógico.
4. Informe del caso al director de curso
B. SEGUNDA INSTANCIA: Director de grupo
1. Valoración y seguimiento del caso para definir acciones a seguir
2. Registro en el observador del estudiante en caso de reincidencia
3. Citación de acudiente y firma de compromiso.
4. Remisión a coordinación y orientación
C. TERCERA INSTANCIA: Coordinación de convivencia y orientación por reincidencia
1. Análisis del caso para definir acciones a tomar
2. Seguimiento de los compromisos establecidos en el observador o anecdotario del
estudiante.
3. Citación de los padres de familia y registro de compromisos en el observador.
4. Remisión a entidades competentes para apoyo en el manejo
5. Remisión a reunión de grado
D. CUARTA INSTANCIA: Reunión de grado por incumplimiento de compromisos
1. Valoración y análisis del caso
2. Asignación de acciones pedagógicas para corrección de las faltas
3. Firma de compromiso con padres y estudiantes enfocado a reforzar valores
ARTÍCULO 41. SITUACIONES QUE ALTERAN LA CONVIVENCIA ESCOLAR.
Teniendo en cuenta los lineamientos definidos en el Decreto 1965 del 11 de septiembre
de 2013 el cual en los artículos del 40 al 45 define los tipos de situaciones, los protocolos
de respuesta y los mecanismos de seguimiento a implementar en la institución.
De acuerdo con lo anterior, las situaciones que afectan la convivencia se clasifican en:
1. Situaciones tipo I
2. Situaciones tipo II
3. Situaciones tipo III
SITUACIONES TIPO I: Según el artículo 40 del Decreto 1965 del 11 de septiembre de
2013, son eventos en los que los conflictos en las relaciones son manejados
inadecuadamente generando situaciones esporádicas que afectan negativamente el clima
escolar, pero que en ningún caso generan daños en el cuerpo o en la salud de las
personas. Para la institución, se pueden entender además como acciones que realiza un
estudiante y que como consecuencia de las mismas incumple sus deberes, compromisos
y acuerdos, afectando levemente el desarrollo del proceso académico y de convivencia,
25. pero sin agredir de manera sustancial la integridad física o emocional de sí mismo o de
otras personas.
26
PROTOCOLO DE ATENCIÓN PARA SITUACIONES TIPO I
A. PRIMERA INSTANCIA: Docente conocedor del caso:
5. Llamado de atención verbal con proceso formativo para restitución de la falta
6. Registro en el cuaderno de seguimiento personal del docente
7. Citación de acudiente y registro en el observador del alumno y asignación de trabajo
pedagógico.
8. Informe del caso al director de curso
B. SEGUNDA INSTANCIA: Director de grupo
Valoración y seguimiento del caso para definir acciones a seguir
Registro en el observador del estudiante en caso de reincidencia
Citación de acudiente y firma de compromiso.
Remisión a coordinación y orientación
C. TERCERA INSTANCIA: Coordinación de convivencia y orientación por reincidencia
1. Análisis del caso para definir acciones a tomar
2. Seguimiento de los compromisos establecidos en el observador o anecdotario del
estudiante.
3. Citación de los padres de familia y registro de compromisos en el observador.
4. Remisión a entidades competentes para apoyo en el manejo
5. Remisión a reunión de grado
D. CUARTA INSTANCIA: Reunión de grado por incumplimiento de compromisos
4. Valoración y análisis del caso
5. Asignación de acciones pedagógicas para corrección de las faltas
6. Firma de compromiso con padres y estudiantes enfocado a reforzar valores
SANCIONES Y CORRECTIVOS APLICABLES A LAS SITUACIONES TIPO I: Las
siguientes son las acciones correctivas que se pueden aplicar cuando un estudiante
comete una situación clasificada como Tipo I. El docente selecciona el correctivo que se
ajuste más a la falta cometida:
1. Trabajo escrito de reflexión y crecimiento personal, que será asignado por el docente.
2. Registro en el observador, con la firma de compromiso del estudiante para no repetir la
conducta presentada.
3. Citación al acudiente en caso de reincidencia.
4. Remisión a comité de asistencia activa por reincidencia
SITUACIONES TIPO II: Según el artículo 40 del Decreto 1965 del 11 de septiembre de
2013, Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso laboral
(bullying) y ciberacoso (ciberbullying), que no revistan las características de la comisión
de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características:
1. Se presentan de manera repetida o sistemática
2. Causan daño al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad.
26. Para la institución son acciones que realiza un estudiante y que como consecuencia de la
misma incumple sus deberes, compromisos y acuerdos, afectando su formación integral,
y por lo tanto el normal desarrollo del proceso académico y de convivencia, a la vez que
agrede la dignidad, el buen nombre y/o la integridad física y emocional propia o de otras
personas, y de los bienes de la institución o privados. Por lo cual, la institución en
conformidad con la ley 1620 de 2013 y el artículo 40 del decreto 1965 del 11 de
septiembre del 2013 considera situaciones tipo II, entre otras, las siguientes:
27
PROTOCOLO DE ATENCIÓN PARA SITUACIONES TIPO II.
A. PRIMERA INSTANCIA: Coordinación de convivencia y orientación escolar.
1. En caso de afectación de la salud, se debe garantizar la atención inmediata de los
implicados por parte del primer respondiente, de lo cual se dejará constancia.
2. Remisión a entidad competente en los casos en que se amerite para restablecimiento
de derechos, actuación de la cual se dejará constancia.
3. Toma de medidas para proteger a los involucrados de situaciones en las que se
puedan tomar acciones en su contra.
4. Registro de hechos en el observador del estudiante por parte del conocedor del caso
5. Información al director de grupo y a coordinación de convivencia.
6. Información inmediata a padres de familia o acudientes, de lo cual se dejará
constancia.
7. Formulación de los cargos ante Coordinador de convivencia.
8. Descargos y Firma de Compromiso en el cual queden explícitas las acciones de
restauración para reparar daños y definición de consecuencias aplicables para quienes
han promovido o participado en la situación.
9. Notificación al padre y/o madre de familia o acudiente de la decisión tomada.
B. SEGUNDA INSTANCIA: Seguimiento disciplinario (comité de asistencia activa)
1. Acta especial de debido proceso o protocolo (libro de actas comité de asistencia
activa).
2. Remisión a Orientación escolar, con trabajo formativo dentro de la institución.
3. Citación a padres.
4. Denuncia a las autoridades pertinentes cuando se amerite
C. TERCERA INSTANCIA: Comité de convivencia institucional:
1. El comité de asistencia activa reporta por escrito el caso al comité de convivencia
institucional.
2. El presidente del comité o su delegado reporta el caso para su análisis y seguimiento
para verificar si la solución fue efectiva o si se requiere aplicar el protocolo
definido para situaciones tipo II.
3. El comité de convivencia institucional deja constancia en acta de lo actuado.
4. El presidente del comité o su delegado reporta el caso en el aplicativo del Sistema de
Información unificada de convivencia escolar.
5. Según el caso y de ser necesario se realiza el reporte a entidades competentes que
dentro de sus funciones tienen asignado el apoyo al desarrollo integral del menor. Entre
ellas están:
27. 28
-I.C.B.F
-Comisaria de familia.
-Entes consultores.
-Policía de Infancia.
D. CUARTA INSTANCIA: Consejo Directivo.
1. Análisis del caso en reunión extraordinaria con citación de padres de los casos remitidos
por el comité institucional de convivencia.
2. Asignación de trabajo pedagógico y firma de matrícula con condición de permanencia.
3. Por reincidencia resolución rectoral de cancelación de cupo.
SANCIONES Y CORRECTIVOS APLICABLES A LAS SITUACIONES TIPO II
Las siguientes son las acciones correctivas que se pueden aplicar cuando un estudiante
comete una situación clasificada como Tipo II. El competente selecciona el correctivo que
se ajuste más a la falta cometida:
1. AMONESTACIÓN ESCRITA: Es el llamado de atención al estudiante por alterar la sana
convivencia, se comunicará al padre o acudiente del estudiante y estos se
comprometerán a vigilar el cumplimiento del compromiso hecho por el alumno.
2. TRABAJO EN CASA: (suspensión) De acuerdo a la falta cometida se puede asignar
trabajo en casa hasta por tres (3) días para motivar un cambio de actitud. En este caso el
estudiante y su familia asumen las consecuencias derivadas de la suspensión.
3. CONDICION DE PERMANENCIA: Consiste en el llamado de atención que se consigna en
el observador donde el estudiante y el padre o acudiente se comprometen a la
observancia y seguimiento de un comportamiento especial. En caso de incumplimiento, la
situación será clasificada tipo III y el estudiante perderá el cupo en la institución. Los
registros deben hacerse según formato del observador establecido.
4. CANCELACIÓN DE MATRÍCULA: Una vez finalizado el conducto regular y el debido
proceso y cuando no se lograron cambios en el comportamiento del estudiante.
1. SITUACIONES TIPO III : De acuerdo a lo definido por el Decreto 1965 del 11 de
septiembre de 2013, son situaciones de agresión escolar que son constitutivas de
presuntos delitos contra la libertad, la integridad y la formación referidos en el título IV
libro II de la Ley 599 de 2000 (código penal colombiano). Para la institución son definidas
como acciones que realiza un estudiante y que como consecuencia de las mismas
incumple sus deberes, compromisos y acuerdos, afectando el orden social establecido,
de alto riesgo y contundente el desarrollo normal del proceso académico y de convivencia
de sí mismo y/o de otras personas, y que puede constituir acción punible legalmente
judicializable y que por tanto debe ser informada a las autoridades competentes.
El tratamiento de estas faltas se hará acatando el sentido de lo establecido en los
Artículos 18; 43 y 44 de Ley 1098 de 2006, y Ley de garantes.
Se consideran situaciones tipo III, entre otras, las siguientes:
1. Promover, intimidar, manipular y/o coaccionar a otras personas a formar parte de
subculturas y/o tribus urbanas que desde su filosofía, conductas y actuaciones, atenten
contra la salud, la vida y la dignidad.
4. Irrespetar la Institución injuriando, calumniando o hablando mal de ella.
5. Suplantar a otras personas en compromisos institucionales
6. Inducir a otras personas a cometer error para favorecerse así mismo o a terceros
28. 7. Portar y/o usar armas y demás objetos que atenten contra la integridad de las
personas.
8. Consumir, inducir y expender cigarrillos, alcohol, psicoactivos y demás sustancias que
atenten contra la integridad propia y/o de los demás.
9. Agredir física y psicológicamente a otras personas, poniendo en riesgo su salud e
integridad.
10. Ejercer en forma manifiesta acciones de Intimidación, acoso escolar, -matoneo-, para
con los miembros de la comunidad educativa. Por ser de carácter policivo el caso se
remitirá a las autoridades pertinentes; en acatamiento a la ley 1620 de 2013.
11. Estar implicado en infracciones o actuaciones que se constituyen como punibles o
como infracciones de ley o contravenciones que determine la ley de infancia, la ley 1620
de 2013 y el código penal.
12. Realizar, participar, promover, ocultar o favorecer cualquier práctica espiritista, de
brujería, hechicerías, satanismo o inducir a estas a sus compañeros o compañeras.
13. Pertenecer, promover, participar, ocultar o favorecer nexos con cualquier grupo
delictivo, satánico o pandilla callejera, barra brava o grupo delincuencial que agredan la
vida, dignidad o integridad de los demás miembros de la comunidad educativa.
14. Otras situaciones que se consideren tipo III por parte del Consejo Directivo y/o de la
Rectoría del Colegio, mediante resolución escrita.
15. Reiterar la comisión de una situación tipo III.
PARÁGRAFO 1. Las faltas no contempladas de manera explicitas en el presente manual
no eximen al estudiante de su responsabilidad ni de las sanciones que genere por
violación a los derechos y deberes como estudiante matriculado en la institución.
PROTOCOLO DE ATENCION PARA SITUACIONES TIPO III.
A. PRIMERA INSTANCIA: Comité de convivencia institucional
1. En caso de afectación de la salud, se debe garantizar la atención inmediata de los
implicados por parte del primer respondiente, de lo cual se dejará constancia.
2. Información a coordinación de convivencia y a orientación escolar.
3. Información inmediata a padres de familia o acudientes, de lo cual se dejará
constancia.
4. Registro escrito del hecho por parte del conocedor del caso.
5. Formulación de los cargos ante Coordinador de convivencia.
6. El presidente del comité de convivencia o su delegado en funciones informará de
inmediato a la policía nacional y/o de infancia y adolescencia según sea el caso.
7. Adopción de medidas por parte del comité para proteger la vida de la víctima, del
agresor y del informante aplicando la normatividad sobre protección a la intimidad.
8. Citación inmediata al comité de convivencia institucional.
9. Presentación del caso ante el comité y toma de decisiones sobre acciones de
reparación y restauración de daños y consecuencias aplicables para quienes han
promovido o participado en la situación.
10. Reporte del caso al aplicativo del Sistema de información unificada de convivencia.
11. remisión del caso a Consejo Directivo por reincidencia o incumplimiento de
compromisos
29
B. SEGUNDA INSTANCIA: Consejo Directivo.
1. Análisis del caso en reunión extraordinaria con citación de padres de los casos remitidos
por el comité institucional de convivencia.
2. Expedición de resolución rectoral de cancelación de cupo.
29. 30
SANCIONES Y CORRECTIVOS APLICABLES A LAS SITUACIONES TIPO III
1. Suspensión de las actividades académicas entre uno (1) y tres (3) días, dependiendo de
la falta y atendiendo a las circunstancias atenuantes o agravantes. Además, el
sancionado deberá ejercer acciones de reivindicación y reparación de la falta.
2. CONDICION DE PERMANENCIA: Consiste en el llamado de atención que se consigna en
el observador donde el estudiante y el padre o acudiente se comprometen a la
observancia y seguimiento de un comportamiento especial. En caso de incumplimiento, la
falta será calificada como tipo III y el alumno perderá el cupo en la institución. Los
registros deben hacerse según formato del observador establecido.
3. Pérdida del cupo para el año siguiente
4. Cancelación de la matrícula.
CAPÍTULO VI
PROTOCOLO DE ATENCIÓN EN CONVIVENCIA
Para ajustarlo a lo exigido por la ley 1620 de 2013 y su decreto reglamentario 1965 se
adiciona al título del capítulo el concepto de PROTOCOLOS DE ATENCION EN
CONVIVENCIA.
DEBIDO PROCESO Y CONDUCTO REGULAR
ARTÍCULO 42. De acuerdo a lo reglamentado por el artículo 41 del Decreto 1965 del 11
de septiembre de 2013, la institución debe definir claramente el protocolo a través del cual
expone los procedimientos necesarios a seguir para asistir a la comunidad ante
situaciones que afecten la convivencia escolar y el uso de los derechos. En este sentido,
y teniendo en cuenta que la función primordial del Colegio es formar integralmente a los
estudiantes, resulta necesario reglamentar la forma y los términos que deben cumplirse
para aplicar los correctivos a que haya lugar así:
1° Comunicación formal: apertura del proceso de manera escrita. Esta apertura se debe
hacer mediante la radicación de una queja escrita ante el competente de acuerdo a la
categoría de la falta, a través de la cual se informa de los hechos. (Artículo 41 Decreto
1965 de 2013)
2° Formulación de los cargos: Lo realiza el propio docente con comunicación formal de la
falta con registro en el observador del alumno.
3° Presentación de pruebas por parte del docente.
4° Presentación de descargos: Lo realiza el estudiante ante la instancia correspondiente
de acuerdo a la gravedad de la falta.
5° Estudio o análisis de los descargos: Lo realiza la persona o estamento que hace el
estudio.
6° Definición de la sanción y de las acciones restaurativas: La sanción siempre va de
acuerdo a los hechos. Se tiene en cuenta el desarrollo cronológico, madurez psicológica,
contexto que rodeó los hechos y condiciones familiares. No debe ser excesiva, será
formativa mediante trabajo pedagógico y además el estudiante debe realizar acción de
restitución cuando haya afectación a otra persona y/o bienes.
7° Recurso de reposición: Ante la persona o ente que sancionó o estamento siguiente,
según el conducto regular.
La referencia a las sentencias 037 de 1995 y 316 de 1994 se mantienen vigentes.
30. ARTICULO 43. De acuerdo a lo establecido en el Artículo 41 del Decreto 1965 de 2013,
se incluye el directorio actualizado de las principales instituciones que tiene que ver con el
sistema de convivencia escolar y a las cuales se puede acudir durante el trámite aplicado
para la solución de los conflictos:
ENTIDAD DIRECCION TELEFONO FIJO CELULAR EMAIL POLICIA NACIONAL
31
SECRETARIA DE
GOBIERNO
FISCALIA GENRAL DE
LA NACION
POLICIA DE INFANCIA
Y ADOLESCENCIA
DEFENSORIA DE
FAMILIA
COMISARIA DE
FAMILIA
ICBF HOSPITAL CENTRO
PLANADAS
BOMBEROS MEDICINA LEGAL CAPITULO VII
DE LA CALIDAD DEL DOCENTE
ARTICULO 44º PERFIL DEL EDUCADOR:
Será ejemplo de entusiasmo permanente que generé procesos de formación
continua.
Se mantendrá actualizado en el manejo del conocimiento para ser facilitador de
actividades de cambio frente al que hacer educativo.
Será un participante de buenas costumbres y los valores morales.
Será cumplidor constante de los deberes que le exige el presente manual de
convivencia.
31. 32
ARTICULO 45º SON FUNCIONES DE LOS DOCENTES:
Participar en la elaboración del planeamiento y programación de actividades del
área respectiva.
Programar y organizar las actividades de enseñanza y aprendizaje de las áreas a
su cargo, de acuerdo con los criterios establecidos en la programación a nivel de
área.
Dirigir y orientar las actividades de los educandos para lograr el desarrollo de su
personalidad y darles el tratamiento y ejemplo formativo.
Participar en la realización de las actividades complementarias.
Controlar y evaluar la ejecución de las actividades del proceso enseñanza y
aprendizaje.
Presentar al consejo académico informe del rendimiento de los educandos a su
cargo, al término de cada uno de los períodos de evaluación, certificando los
resultados de la evaluación con su firma.
Participar en el direccionamiento de educandos conforme lo determine el
reglamento de la institución y presentar los casos especiales, al director de grupo
y/o comité de convivencia escolar para su tratamiento.
Presentar periódicamente informe al comité de evaluación y promoción sobre el
desarrollo de las actividades propias de su cargo.
Ejercer la dirección de grupo cuando le sea asignada.
Participar en los Comités en que sea requerido.
Cumplir la jornada laboral y la asignación académica de acuerdo con las normas
vigentes.
Cumplir los turnos de disciplina que le sean asignados.
Participar en los actos de comunidad y asistir a las reuniones convocadas por las
directivas del establecimiento educativo.
Atender a los padres de familia, de acuerdo con el horario establecido en la
institución educativa.
Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y
materiales confiados a su manejo.
ARTICULO 46º FUNCIONES DEL DOCENTE DIRECTOR DE GRUPO:
El profesor encargado de la Dirección de Grupo tendrá además las siguientes funciones:
Participar en el planeamiento y programación de la administración de educandos,
teniendo en cuenta sus condiciones socio-económicas y características
personales.
Ejecutar el programa de inducción de los educandos del grupo confiados a su
dirección.
Ejecutar acciones de carácter formativo y hacer seguimiento de sus efectos en los
estudiantes.
Orientar a los educandos en la toma de decisiones sobre su comportamiento y
aprovechamiento académico, en coordinación con los servicios de bienestar.
Promover el análisis de situaciones conflictivas de los educandos y lograr en
coordinación con otros estamentos, las soluciones más adecuadas.
Establecer comunicación permanente con los profesores y padres de familia o
acudientes, para coordinar la acción educativa.
32. Diligenciar las fichas de registro, control y seguimiento de los educandos del grupo
33
a su cargo, en coordinación con los servicios de bienestar.
Participar en los programas de bienestar para los estudiantes del grupo a su
cargo.
Rendir periódicamente informe de las actividades y programas realizados a la
dirección del establecimiento educativo.
ARTICULO 47º FUNCIONES DEL DOCENTE DE DISCIPLINA:
Cumplir y hacer cumplir el horario de jornada.
Controlar el horario de entrada y salida de los estudiantes.
Revisar y controlar la presentación personal de los educandos, según lo estipulado
en el Manual de Convivencia.
Supervisar las horas de descanso.
Orientar las jornadas de aseo al finalizarla jornada.
Registrar en el observador los comportamientos positivos o negativos que deben
ser resaltados, informar de esto al director de grupo.
Atender a los padres de familia en forma cordial y respetuosa dentro de las
normas que sean programadas por el Colegio.
Ser respetuoso y cordial en las relaciones interpersonales, padres de familia,
colegas y directivos docentes.
Entregar informe de los sucesos de la semana al Director o rector.
ARTICULO 48º LOS DERECHOS DEL DOCENTE:
Ser tratado por todos los estamentos del establecimiento como persona con
derechos y obligaciones.
Recibir del establecimiento los recursos necesarios para el buen cumplimiento de
sus acciones.
Ser respetado en su intimidad y en sus relaciones interpersonales, siempre y
cuando no atenten contra los principios, filosofía y objetivos del colegio.
Ser escuchado por los directivos del plantel en los problemas y eventualidades de
orden personal.
Recibir estímulos por parte del plantel cuando su labor lo amerite.
Recibir capacitación que conlleve al mejoramiento del proceso educativo.
Elegir y ser elegido por los diferentes consejos y directivos del gobierno escolar
según lo establezca la ley.
Utilizar los elementos del establecimiento cumpliendo con los requisitos que para
el caso se señalen.
Obtener permiso, debidamente justificados, según disposiciones legales, art. 65
estatuto docente, art. 57 decreto12-78 /2002.
Promover y participar en programas de bienestar social, compañas de solidaridad,
recreación y convivencia.
No ser discriminado por razón de sus creencias políticas, religiosas sociales o
raciales, art. 13 de la constitución política.
Tener autonomía de cátedra respeto en el desempeño de sus clases por parte de
directivos, profesores, padres de familia y estudiantes.
Conocer a través de la dirección la distribución del calendario y cronograma de
actividades semanales, mensuales y anuales.
PARAGRAFO:
PERMISOS, LICENCIAS E INCAPACIDADES
33. Los funcionarios de la Institución Educativa “La Primavera” pueden abandonar las
funciones propias de su cargo o no asistir a su sitio de trabajo, siempre y cuando se
encuentren en algunas de las siguientes situaciones:
PERMISO: Solicitado y viabilizado por el inmediato superior con tres días de anticipación.
El docente, para otorgarle el permiso solicitado debe presentar junto con el permiso las
actividades que deben efectuar los estudiantes con los cuales tiene clase en el caso de
Secundaria.
LICENCIA: Otorgada por el ente nominador. Debe dejar copia en su respectiva hoja de
vida.
INCAPACIDAD: Concedida por médico o especialista. Esta debe reposar en la hoja de
vida del funcionario.
CALAMIDAD DOMÉSTICA: Entendido este aspecto como gravedad, accidente o muerte
de familiar cercano (padres, hijos, hermanos). Para estas circunstancias el funcionario
puede justificar, si considera pertinente, después de solucionado el impase, su situación.
De igual manera se concibe como calamidad doméstica casos fortuitos de la naturaleza,
sucedidos a los funcionarios mencionados.
Cuando el funcionario deje de asistir al cumplimiento de sus funciones, sin ajustarse a las
situaciones mencionadas anteriormente, se hará merecedor de llamado de atención
durante la primera vez y a descuento del díasi se vuelve a presentar el caso.
MANEJODELTIEMPO
El tiempo es elemento importante para la organización INSTITUCIÓNal. Debe estar en
función de la construcción de saberesy en la formación integral de los educandos.
Para ello, su distribución y uso, está adecuado al campo de la participación, aplicación a
la realidad local y a la flexibilidad, lo que conlleva a una verdadera acción educativa que
beneficiará a toda la comunidad educativa.
La organización y manejo del tiempo está atendido a través del cronograma general de
actividades anuales, estableciendo prioridades y complementado con el horario que debe
tener un alto contenido de flexibilidad. En su organización se tiene en cuenta los diversos
ciclosque ofrece la institución (Preescolar, Básica y Media grado diez) y las normas
legales que rige a cada uno.
Es imprescindible que en la Institución Educativa “La Primavera”, el horario sea flexible
para que facilite el agrupamiento del alumnado, de acuerdo con el enfoque curricular y la
propuesta pedagógica.
34
ARTICULO 49º LOS DEBERES DE LOS DOCENTES:
Desempeñar las funciones académicas y administrativas dentro del marco de la
ética, el respeto y responsabilidad.
Respetar a sus compañeros, educandos y demás personal que labore en la
institución.
Tener una adecuada presentación personal al desempeñar su labor, y preparar las
clases con debida anticipación con los utensilios correspondientes.
Informar a los educandos sobre la programación a desarrollar.
34. Acatar las órdenes de sus superiores en el ejercicio de sus funciones y el
35
desarrollo de actividades pedagógicas contempladas en el P.E.I.
Llegar puntualmente a la clase y cumplir con el horario de clase previsto.
Preparar y utilizar los materiales que ha previsto para el desarrollo de su
asignatura.
Entregar puntualmente los informes periódicos de rendimiento académicos al
Director.
Informar regularmente el alcance de sus logros.
Llevar el control de asistencia de los educandos.
Cumplir con los procedimientos acordados, en el presente manual de convivencia
y los demás que le asignen el consejo directivo de la institución.
Atender respetuosamente y oportunamente al padre de familia o acudiente, de
conformidad al decreto 2277 de 1979, la ley 115 de 1994 y sus decretos
reglamentarios, ley 715 del 2001 y sus decretos reglamentarios sean establecidos
los siguientes deberes :
Elaborar los planes curriculares del Proyecto Educativo Institucional (P.E.I.) y
entregarlo oportunamente en las fechas establecidas.
Entregar la programación de área y asignatura en el P.E.I. durante la etapa de
Planeación Institucional.
Participar en la Evaluación Institucional del Plantel.
Elaboración de programa de asignatura siguiendo una secuencia lógica entre:
programación de asignatura y proyectos pedagógicos.
Dar un buen ejemplo en el cumplimiento de los deberes.
Asistir puntualmente y participar en todas las actividades de la institución,
colaborando con la disciplina y el desarrollo de las mismas.
Establecer fechas de evaluaciones y actividades de los estudiantes teniendo en
cuenta, no recargar las actividades académicas de los estudiantes al finalizar el
periodo o al terminar el año escolar.
Llevar la carpeta de control académico y disciplinario firmado por el estudiante
para establecer el seguimiento necesario.
Permanecer en la institución dando cumplimiento a su asignación académica y
demás compromisos acordados(Decreto 1850 de 2002, Decreto No. 1290
del2009)
Ser diligente en el cumplimento de los turnos y acompañamiento de disciplina de
acuerdo al plan establecido.
Concertar con los estudiantes la solución pacífica de conflictos presentados; en
caso de no lograr acuerdo, acudir a otros estamentos a quienes atañen estas
funciones.
Tratar a todas las personas sin distinción de raza, género, orientación sexual,
religión, origen social, posición económica, ideas políticas, o filosofía con respeto.
Dar una orientación y preparación académica constructiva acorde con los objetivos
de la educación.
Colaborar activamente con el proceso de humanización y personalización que
exige la educación integral.
Preparar cuidadosamente sus clases y proveerse de material didáctico necesario.
Dar a conocer oportunamente los resultados, de sus trabajos, pruebas y consultas,
lo mismo que las investigaciones.
35. Atender los reclamos presentados por los estudiantes inmediatamente después de
presentar la evaluación, con una explicación satisfactoria de la nota o concepto
evaluador.
Orientar la organización y aseo de las aulas, que se realizaran por turnos en cada
36
curso.
Entregar planes de clase, planillas y demás registros escritos en las fechas
programadas en el cronograma general de la institución.
Informar y solicitar por escrito autorización para ausentarse del trabajo en caso de
enfermedad, calamidad doméstica o fuerza mayor.
Respaldar afirmaciones con hechos programados, aceptando que tanto el cómo
los estudiantes son susceptibles de cometer errores.
Acompañar a los estudiantes en los actos de comunidad (Izadas de bandera,
desfiles, ceremonias religiosas, deportivas y culturales).
Ningún profesor de la institución debe solicitar cuotas en dinero a los estudiantes
por concepto de rifas internas u otra actividad, salvo las autorizadas por el Rector
o Consejo Directivo y para determinado fin específico, presentando un informe
detallado de gastos a los interesados.
ARTICULO 50º DE LAS PROHIBICIONES DE LOS DOCENTES:
Tener relaciones amorosas con los educandos (as)
Insultar, ofender verbal y físicamente a cualquier miembro de la comunidad
educativa.
fumar dentro de la institución.
Hacer proselitismo político o religioso.
Disponer sin autorización de los elementos de la institución.
Ingerir bebidas alcohólicas en el salón de clase y en predios de la institución.
Dar clase o presentarse en estado de embriaguez o con efectos de
estupefacientes.
Queda prohibido pedir plata a los educandos y padres de familia.
Ningún docente podrá manejar plata del establecimiento, ni solicitar plata a los
educandos (Refrigerios y otros casos).
CAPITULO VIII
DE LOS PADRES DE FAMILIA Y SU COMPROMISO INSTITUCIONAL
ARTICULO 51º DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA:
Elegir el tipo de educación que, de acuerdo con sus convicciones, procure el
desarrollo integral de sus hijos, de conformidad con la constitución y la ley.
Conocer con anticipación o en el momento de la matricula las características del
establecimiento educativo, los principios que orientan el PEI, el manual de
convivencia, el plan de estudios, las estrategias pedagógicas básicas, el sistema
de evaluación escolar y el plan de mejoramiento Institucional
Expresar de manera respetuosa y por conducto regular sus opiniones respecto del
proceso educativo de sus hijos y sobre el grado de idoneidad del personal docente
y directivos de la institución educativa.
Participar en el proceso educativo que desarrolle el establecimiento de manera
especial, en la construcción, ejecución y modificación del PEI.
36. Recibir respuesta suficiente y oportuna a sus requerimientos sobre la marcha del
establecimiento y sobre los asuntos que afecten particularmente el proceso
educativo de sus hijos.
Recibir durante el año escolar y en forma periódica, información sobre el
37
rendimiento académico y el comportamiento de sus hijos.
Conocer la información sobre los resultados sobre las pruebas de evaluación de
calidad del servicio educativo (Pruebas externas).
Elegir y ser elegidos para representante en los órganos del gobierno escolar y ante
las autoridades públicas, en los términos previstos de la ley general de educación.
Ejercer el derecho de asociación en el propósito de mejorar los servicios
educativos. La capacitación de los padres en los asuntos que atañen a la
ARTICULO 52º DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA:
Matricular oportunamente a sus hijos en el establecimiento educativo, asegurando
su permanencia durante toda su edad escolar obligatoria.
Contribuir para que el servicio educativo, sea armónico con el ejercicio del derecho
de la educación en cumplimiento de sus fines sociales y legales.
Cumplir con las obligaciones contraídas en el acto de matrícula y en el manual de
convivencia, para facilitar el proceso educativo.
Contribuir con la construcción de un clima de respeto, tolerancia y responsabilidad
mutua que favorezca la educación de sus hijos y la mejor relación entre los
miembros de la comunidad educativa.
Comunicar oportunamente, y en primer lugar a las autoridades del establecimiento
educativo, las irregularidades que tengan conocimiento, entre otras, en relación
con el maltrato infantil, abuso sexual, tráfico o consumo de drogas ilícitas. En caso
de no recibir pronta respuesta, acudir a las autoridades competentes.
Apoyar al establecimiento en el desarrollo de las acciones que conduzcan al
mejoramiento del servicio educativo y que eleven la calidad del aprendizaje,
especialmente en la formulación y desarrollo de los planes del mejoramiento
Institucional.
Proveer de manera oportuna y eficaz los útiles escolares necesarios para su
aprendizaje y acompañar el proceso educativo en cumplimiento de su
responsabilidad como primeros educadores de sus hijos, para mejorar la
orientación personal y el desarrollo de los valores ciudadanos.
participar en el proceso de autoevaluación anual del establecimiento educativo.
Asistir puntualmente a reuniones o actividades programadas por la institución
PARAGRAFO:
En caso que el padre de familia no acuda a reuniones o actividades programadas por la
institución educativa deberá presentarse al día siguiente en compañía del estudiante a
primera hora de clase.
ARTICULO 53º AMONESTACIONES POR INCUMPLIMIENTO DE DEBERES Y
OBLIGACIONES DE LOS PADRES:
El padre de familia o acudiente que no asista a las reuniones programadas sin
justificación o causa alguna será responsable de sanciones que van hasta de reportarlo a
comisaria de familia.
CAPITULO IX
ESTIMULOS
37. ARTICULO 54º ESTIMULOS DE LOS ESTUDIANTES:
Son motivos de estimulación a los (as) estudiantes las siguientes cualidades,
características o hechos:
El buen rendimiento académico.
Buen comportamiento.
Participación activa en el gobierno escolar.
Espíritu deportivo.
Talento artístico
Todo aquello que enaltezca la personalidad del estudiante y el prestigio del plantel.
38
La institución concederá los siguientes estímulos y reconocimientos:
Izada del pabellón Nacional.
Entregas de medallas y menciones honoríficas por esfuerzo personal y
rendimiento académico.
Reconocimiento público a los educandos más destacados.
Exaltación en los cuadros de honor.
Conceptos asignados en informes escritos por buen rendimiento y
comportamiento.
vacaciones anticipadas de aquellos estudiantes que, por grupo, merecen gozar de
sus vacaciones de fin de año, como una distinción a su excelencia en su
desempeño académico y disciplinario.
ARTICULO 55º ESTIMULOS PARA DIRECTIVOS Y DOCENTES DE LA INSTITUCIÓN:
Son estímulos para los docentes de la institución, los siguientes:
La Institución tendrá en cuenta la fecha de sus cumpleaños y actividades
sobresalientes por su servicio al plantel (campañas de embellecimiento, cívicas,
culturales, deportivas y servicios a la comunidad).
La Institución reconoce y concede el 15 de Mayo de cada año como el día del
Educador por su labor al servicio de la juventud.
Disfrutar del ambiente de amistad, sinceridad y acogida dando su aporte personal
en la construcción de la fraternidad.
Participar en las jornadas de convivencia e integración docente.
Participar en seminarios, talleres, foros, etc. que redunden en la capacitación
personal y profesional del docente.
Exaltar públicamente el desempaño docente, en ceremonia de clausura o acto de
graduación de bachilleres.
ARTICULO 56. ESTIMULOS PARA PADRES DE FAMILIA Y O ACUDIENTES:
Recibir reconocimiento público por el buen desempeño académico y disciplinario
de su hijo.
Participar en el Consejo de Padres, Junta Directiva de la Asociación de Padres, o
Consejo Directivo.
Recibir reconocimiento público por el apoyo, colaboración y cumplimiento con las
actividades de la Institución.
38. 39
ARTICULO 57. ESTIMULOS A TERCEROS:
El Consejo Directivo podrá autorizar estímulos y reconocimientos a otros miembros de la
comunidad educativa, Instituciones, empresas o ciudadanos que hayan contribuido al
desarrollo y normal funcionamiento de la Institución Educativa.
CAPITULO X
ARTICULO 58º OBLIGACIONES ESPECIALES DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA:
Facilitar el acceso de los niños, niñas y adolescentes al sistema educativo y
garantizar su permanencia.
Brindar una educación pertinente y de calidad.
Respetar en toda circunstancia la dignidad de los miembros de la comunidad
Educativa.
Facilitar la participación de los estudiantes en la gestión académica del centro
educativo.
Abrir espacios de comunicación con los padres de familia para el seguimiento del
proceso educativo y propiciar la democracia en las relaciones dentro de la
comunidad educativa.
Organizar programas de nivelación de los niños y niñas que presenten dificultades
de aprendizaje o estén retrasados en el ciclo escolar y establecer programas de
orientación psicopedagógica y psicológica.
Respetar, permitir y fomentar la expresión y el conocimiento de las diversas
culturas nacionales y extranjeras y organizar actividades culturales
extracurriculares con la comunidad educativa para tal fin.
Estimular las manifestaciones e inclinaciones culturales de los niños, niñas y
adolescentes, y promover su producción artística, científica y tecnológica.
Garantizar la utilización de los medios tecnológicos de acceso y difusión de la
cultura y dotar al establecimiento de una biblioteca adecuada.
Organizar actividades conducentes al conocimiento, respeto y conservación del
patrimonio ambiental, cultural, arquitectónico y arqueológico nacional.
Fomentar el estudio de idiomas nacionales y extranjeros y de lenguajes
especiales.
Evitar cualquier conducta discriminatoria por razones de sexo, etnia, credo,
condición socio-económica o cualquier otra que afecte el ejercicio de sus
derechos.
ARTICULO 59º OBLIGACION ÉTICA FUNDAMENTAL DE LOS ESTABLECIMIENTOS
EDUCATIVOS:
Las Instituciones de educación primaria y secundaria, públicas y privadas, tendrán la
obligación fundamental de garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a
su dignidad, vida, integridad física y moral dentro de la convivencia escolar. Para tal
efecto, deberán:
Formar a los niños, niñas y adolescentes en el respeto por los valores
fundamentales de la dignidad humana, los derechos humanos, la aceptación, la
tolerancia hacia las diferencias entre personas. Para ello deberán inculcar un trato