1. ESCUDO REPRESENTATIVO DE LA INSTITUCIÓN
HIMNO DE LA INSTITUCIÓN
Monumento de la historia del Tolima,
Ambalema es rincón colonial.
Nuestro claustro su luz ilumina
Enseñanza, cultura sin par.
Nicanor como padre del bunde,
Homenaje te queremos brindar.
Con orgullo el colegio difunde
El alma de mi raza natal.
Cada día feliz empezamos
La jornada que nos llevará
A las metas que todos buscamos
Con tesón, valor, dignidad
En el tiempo sin fin llevaremos
El decoro de nuestra Institución,
Nicanor siempre te amaremos
Nuestro orgullo es tu educación
Coro
Nicanor, Nicanor, Nicanor,
Ser tus hijos es todo un honor
BANDERA
2. RESOLUCIÓN DE INTEGRACIÓN
INSTITUCIÓN EDUCATIVA NICANOR VELÁSQUEZ ORTIZ
La Institución Educativa “Nicanor Velásquez Ortiz” del municipio de Ambalema
Tolima, es de carácter oficial, aprobado mediante Resolución de aprobación: 0933
Del 28/10/2004 Resolución de integración: No. 1211 del 3 de octubre de 2003
Dane: 173030000325
E.mail: ieducanicanor@hotmail.com
N.I.T. 809009472-9
Código Icfes: 015966
DISPOSICIONES GENERALES SOBRE MATRICULAS Y ADMISIONES
Son alumnos de la Institución Educativa Nicanor Velásquez Ortiz quienes se
encuentren debidamente matriculados de acuerdo con las disposiciones legales
establecidas por M.E.N.
Presentarse en la fecha y hora señalada para la inscripción y cumplir con los
requisitos exigidos.
· Según el grado tener la siguiente edad.
• Estudiantes nuevos deben presentar los siguientes documentos:
a. Certificado de estudios, debidamente legalizados de los años inmediatamente
anteriores al grado de ingreso.
b. Registro civil de nacimiento legible.
c. Documento de identidad vigente.
f. Grupo Sanguíneo y RH.
g. Certificado de comportamiento expedido por la Institución de donde procede.
h. Firmar el contrato de matrícula el estudiante y su acudiente.
j. Fotocopia de los servicios de Salud.
k. Documento de Estrato Social Vigente
l. Una carpeta archivadora tamaño oficio, color azul y con gancho legajador.
• Estudiantes Antiguos
Los Estudiantes antiguos deben presentar los siguientes requisitos para renovar
su matrícula:
a. Boletín final del año anterior.
p. Paz y salvo de la institución por todo concepto.
3. q. Los alumnos que ingresen a cualquiera de los grados deben tener todos los
grados anteriores debidamente aprobados.
Los alumnos se recibirán teniendo en cuenta lo siguiente:
1. La Institución se reserva el derecho de admisión de los estudiantes que
presenten un comportamiento social no acorde al manual de convivencia y el
marco legal que rige la institución, basándose en un informe previo emitido por
el consejo académico( inciso d. Art.144 de la ley 115 de 1.994).
2. Para el registro de la matricula debe acudir el estudiante, con uno de sus
padres, dentro de las fechas que determine la Institución, quien será el
acudiente legal, responderá y representará al estudiante ante la institución.
3. En casos especiales debidamente comprobados, se admitirá un acudiente
diferente a sus padres con la misma responsabilidad del padre de familia.
4. La Institución Educativa se abstendrá de autorizar la matricula a quien no
cumpla con los requisitos establecidos.
5. Con respecto al costo educativo, certificados, constancias, derecho de grado y
otros, la institución se ajusta a las disposiciones vigentes del M.E.N Secretaría
de Educación y Consejo Directivo.
6. Cuando el padre de familia y/o acudiente debe retirar al estudiante de la
institución, comunicará la decisión al rector, debidamente registrada por el
secretario y firmará con el estudiante la cancelación de la matricula.
7. Se aplicará matricula en observación a los estudiantes que el año anterior
hayan presentado insuficiencia académica y/o comportamiento social
insuficiente, según el concepto reportado por el Consejo Académica
8. La edad para admisión de estudiantes será: Cuatro (4) años para Jardín; cinco
(5) años en Transición para el nivel Preescolar; seis (6) años a doce (12) años
para la Básica Primaria; trece (13) años a quince (15) años para el nivel de
Básica Secundaria; dieciséis (16) años a veintidós ( 22) años Media.
FUNDAMENTOS CONSTITUCIONALES Y LEGALES
CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA 1991.
ARTICULO 44. Derechos fundamentales de los niños
ARTICULO 11. El derecho a la vida es inviolable. No habrá pena de muerte.
ARTICULO 13. Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la
misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos
derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones
de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o
filosófica.
ARTICULO 16. Todas las personas tienen derecho al libre desarrollo de su
personalidad sin más limitaciones que las que imponen los derechos de los
demás y el orden jurídico.
4. ARTICULO 18. Se garantiza la libertad de conciencia. Nadie será molestado por
razón de sus convicciones o creencias ni compelido a revelarlas ni obligado a
actuar contra su conciencia.
ARTICULO 21. Se garantiza el derecho a la honra. La ley señalará la forma de su
protección.
ARTICULO 23. Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a
las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta
resolución. El legislador podrá reglamentar su ejercicio ante organizaciones
privadas para garantizar los derechos fundamentales.
ARTICULO 25. El trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas
sus modalidades, de la especial protección del Estado. Toda persona tiene
derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas.
ARTICULO 27. El Estado garantiza las libertades de enseñanza, aprendizaje,
investigación y cátedra.
ARTICULO 28. Toda persona es libre
ARTICULO 29. El debido proceso se aplicará a toda clase de actuaciones
judiciales y administrativas.
ARTICULO 40. Todo ciudadano tiene derecho a participar en la conformación,
ejercicio y control del poder político
ARTICULO 41. En todas las instituciones de educación, oficiales o privadas, serán
obligatorios el estudio de la Constitución y la Instrucción Cívica
ARTICULO 67. La educación es un derecho de la persona y un servicio público
que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la
ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura.
ARTICULO 79. Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano.
ARTICULO 95. La calidad de colombiano enaltece a todos los miembros de la
comunidad nacional.
3.2. CODIGO DE LA INFANCIA Y DE LA ADOLESCENCIA (Ley 1098 / 2006)
ARTÍCULO 1o. FINALIDAD. Este código tiene por finalidad garantizar a los niños,
a las niñas y a los adolescentes su pleno y armonioso desarrollo para que
crezcan en el seno de la familia y de la comunidad, en un ambiente de
felicidad, amor y comprensión. Prevalecerá el reconocimiento a la igualdad y
la dignidad humana, sin discriminación alguna.
ARTÍCULO 2o. OBJETO. El presente código tiene por objeto establecer normas
sustantivas y procesales para la protección integral de los niños, las niñas y los
adolescentes, garantizar el ejercicio de sus derechos y libertades consagrados en
los instrumentos internacionales de Derechos Humanos, en la Constitución
Política y en las leyes, así como su restablecimiento. Dicha garantía y protección
será obligación de la familia, la sociedad y el Estado.
LEY 1620 DE MARZO 15 DE 2013 – CONVIVENCIA ESCOLAR Y FORMACION
PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS HUMANOS, LA EDUCACION PARA
LA SEXUALIDAD Y LA PREVENCION Y MITIGACION DE LA VIOLENCIA
ESCOLAR.
Considerando que la Ley 1620 de 2013, creó el Sistema Nacional de Convivencia
Escolar y Formación para el ejercicio de los Derechos Humanos, la educación
5. para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar y que la
misma Ley establece como herramientas de dicho Sistema: i) el Sistema de
Información Unificado de Convivencia Escolar y ii) la Ruta de Atención Integral
para la Convivencia Escolar y sus protocolos de atención, es necesario la inclusión
en el Manual de Convivencia de las Institución todos aquellos aspectos pertinentes
para el funcionamiento de la Ley, siguiendo los lineamientos de su decreto
reglamentario 1965 de 2013.
HORIZONTE INSTITUCIONAL
EL FERFIL DEL ESTUDIANTE DE LA INSTITUCION
Es un estudiante comprometido con su aprendizaje, con capacidad de comprender
y aplicar los saberes consigo mismo con los demás y con el entorno. Con sentido
de dignidad, autoestima y valoración de sí mismo, consciente de sus derechos
pero también de sus deberes y que respete la dignidad y los derechos de los
demás. Consciente de su realidad y de la de su entorno
Se comunica eficazmente con los demás, respetando lo consagrado en el manual
de convivencia
Asume su compromiso con el cuidado del medio ambiente, con el desarrollo
sostenible y con una cultura de prevención.
MISION
VISION
FILOSOFIA
Reseña histórica
ADMISIONES
OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA
Los objetivos del Manual de Convivencia escolar son los siguientes:
1. Establecer las medidas y procedimientos que rigen las relaciones entre los
diferentes estamentos de la comunidad educativa.
2. Determinar los derechos, deberes y estímulos de los diferentes estamentos
que conforman la comunidad.
3. Dar a conocer a los y las estudiantes, las medidas formativas a las faltas de
disciplina y comportamiento.
4. Establecer pautas para promover el buen comportamiento interno y externo
de los estudiantes ante la comunidad.
5. Establecer pautas y acuerdos que debe seguir la comunidad educativa para
garantizar la convivencia escolar.
6. Lograr la armonía, comunicación y colaboración entre docentes,
estudiantes, padres de familia y demás estamentos del plantel.
7. Orientar y estimular a los estudiantes en el ejercicio de sus derechos y
responsabilidades.
6. 8. Estimular en los estudiantes su compromiso para lograr la excelencia en su
formación integral.
9. Fomentar el cumplimiento de la ética ambiental y el desarrollo sostenible de
los recursos.
10.Definir las situaciones que afecten la convivencia escolar y el ejercicio de
los derechos humanos sexuales y reproductivos.
11.Garantizar el cumplimiento de los protocolos en la ruta de la convivencia
escolar
1. DEFINICIONES.
Art. 2. Para efectos del presente Decreto reglamentario 1965 de 2013 se
entiende por
Competencias ciudadanas. Es una de las competencias básicas que se
define como el conjunto de conocimientos y de habilidades cognitivas,
emocionales y comunicativas que, articulados entre sí, hacen posible que el
ciudadano actúe de manera constructiva en una sociedad democrática
Educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y
reproductivos: es aquella orientada a formar personas capaces de
reconocerse como sujetos activos titulares de derechos humanos sexuales y
reproductivos con la cual desarrollarán competencias para relacionarse
consigo mismo y con los demás, con criterios de respeto por sí mismo, por el
otro y por el entorno, con el fin de poder alcanzar un estado de bienestar físico,
mental y social que les posibilite tomar decisiones asertivas, informadas y
autónomas para ejercer una sexualidad libre, satisfactoria, responsable y sana;
en torno a la construcción de su proyecto de vida y a la transformación de las
dinámicas sociales, hacia el establecimiento de relaciones más justas
democráticas y responsables .
Conflictos. Son situaciones que se caracterizan porque hay una
incompatibilidad real o percibida entre una o varias personas frente a sus
intereses.
Conflictos manejados inadecuadamente. Son situaciones en las que los
conflictos no son resueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que
afectan la convivencia escolar, como altercados, enfrentamientos o riñas entre
dos o más miembros de la comunidad educativa de los cuales por lo menos
uno es estudiante y siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la
salud de cualquiera de los involucrados.
Agresión escolar. Es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la
comunidad educativa que busca afectar negativamente a otros miembros de la
comunidad educativa, de los cuales por lo menos uno es estudiante. La
agresión escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y electrónica.
Agresión física. Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al
cuerpo o a la salud de otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones,
cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras.
7. Agresión verbal. Es toda acción que busque con las palabras degradar,
humillar, atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos,
burlas y amenazas.
Agresión gestual. Es toda acción que busque con los gestos degradar,
humillar, atemorizar o descalificar a otros.
Agresión relacional. Es toda acción que busque afectar negativamente las
relaciones que otros tienen. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y
difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o
imagen que tiene la persona frente a otros.
Agresión electrónica. Es toda .acción que busque afectar negativamente a
otros a través de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos
íntimos o humillantes en Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos
sobre otros a través de redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes
de texto insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se
revela la identidad de quien los envía.
Acoso escolar (bullying). De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de
2013, es toda conducta negativa, intencional metódica y sistemática de
agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción,
aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma
de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño,
niña o adolescente. por parte de un estudiante o varios de sus pares con
quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma
reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También puede ocurrir por
parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra
docentes, ante la indiferencia o complicidad de su entorno.
Ciberacoso escolar (ciberbullying). De acuerdo con el artículo 2 de la Ley
1620 de 2013, es toda forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías
de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos
online) para ejercer maltrato psicológico y continuado.
Violencia sexual. De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley
1146 de 2007, "se entiende por violencia sexual contra niños, niñas y
adolescentes todo acto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un
niño, niña o adolescente, utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción
física, psicológica o emocional, aprovechando las condiciones de indefensión,
de desigualdad y las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor".
Vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es toda
situación de daño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los
derechos de los niños, niñas y adolescentes
PRINCIPIOS
Artículo 5. Principios del Sistema: Son principios del sistema nacional de
convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la
sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar:
8. 1. Participación. En virtud de este principio las entidades y establecimientos
educativos deben garantizar su participación activa para la coordinación y
armonización de acciones, en el ejercicio de sus respectivas funciones, que
permitan el cumplimiento de los fines del Sistema. Al tenor de la Ley 115 de 1994
y de los artículos 31, 32, 43 Y 44 de la Ley 1098 de 2006, los establecimientos
educativos deben garantizar el derecho a la participación de niños, niñas y
adolescentes en el desarrollo de las estrategias y acciones que se adelanten
dentro de los mismos en el marco del Sistema. En armonía con los artículos 113 y
288 de la Constitución Política, los diferentes estamentos estatales deben actuar
en el marco de la coordinación, concurrencia, complementariedad y
subsidiariedad; respondiendo a sus funciones misionales.
2. Corresponsabilidad. La familia, los establecimientos educativos, la sociedad y el
Estado son corresponsables de la formación ciudadana, la promoción de la
convivencia escolar, la educación para el ejercicio de los derechos humanos,
sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes desde sus respectivos
ámbitos de acción, en torno a los objetivos del Sistema y de conformidad con lo
consagrado en el artículo 44 de la Constitución Política y el Código de Infancia y la
Adolescencia.
3. Autonomía: Los individuos, entidades territoriales e instituciones educativas son
autónomos en concordancia con la Constitución Política y dentro de los límites
fijados por las leyes, normas y disposiciones.
4. Diversidad: El Sistema se fundamenta en el reconocimiento, respeto y valoración
de la dignidad propia y ajena, sin discriminación por razones de género,
orientación o identidad sexual, etnia o condición física, social o cultural. Los niños,
niñas y adolescentes tienen derecho a recibir una educación y formación que se
fundamente en una concepción integral de la persona y la dignidad humana, en
ambientes pacíficos, democráticos e incluyentes.
5. Integralidad: La filosofía del sistema será integral, y estará orientada hacia la
promoción de la educación para la autorregulación del individuo, de la educación
para la sanción social y de la educación en el respeto a la Constitución y las leyes.
RESPONSABILIDADES DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
EN EL SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y FORMACIÓN
PARA LOS DERECHOS HUMANOS, LA EDUCACIÓN PARA LA
SEXUALIDAD Y LA PREVENCIÓN Y MITAGACIÓN DE LA VIOLENCIA
ESCOLAR. (art. 17 ley 1620 de 2013)
· DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
1. Garantizar a sus estudiantes, educadores, directivos docentes y demás
personal de los establecimientos escolares el respeto a la dignidad e integridad
física y moral en el marco de la convivencia escolar, los derechos humanos,
sexuales y reproductivos.
9. 2. Implementar el comité de escolar de convivencia y garantizar el cumplimiento
de sus funciones.
3. Desarrollar los componentes de prevención, promoción y protección a través
del manual de convivencia, y la aplicación de la Ruta de Atención Integral para
la Convivencia Escolar, con el fin de proteger a los estudiantes contra toda
forma de acoso, violencia escolar y vulneración de los derechos humanos
sexuales y reproductivos, por parte de los demás compañeros, profesores o
directivos docentes.
4. Revisar y ajustar el proyecto educativo institucional, el manual de convivencia,
y el sistema institucional de evaluación de estudiantes anualmente, en un
proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la
comunidad educativa, a la luz de los enfoques de derechos, de competencias y
diferencial, acorde con la Ley General de Educación, la Ley 1098 de 2006 y las
normas que las desarrollan.
5. Revisar anualmente las condiciones de convivencia escolar del establecimiento
educativo e identificar factores de riesgo y factores protectores que incidan en
la convivencia escolar, protección de derechos humanos, sexuales y
reproductivos, en los procesos de autoevaluación institucional o de certificación
de calidad, con base en la implementación de la Ruta de Atención Integral y en
las decisiones que adopte el comité escolar de convivencia.
6. Emprender acciones que involucren a toda la comunidad educativa en un
proceso de reflexión pedagógica sobre los factores asociados a la violencia y el
acoso escolar y la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos y el
impacto de los mismos incorporando conocimiento pertinente acerca del
cuidado del propio cuerpo y de las relaciones con los demás, inculcando la
tolerancia y el respeto mutuo.
7. Desarrollar estrategias e instrumentos destinados a promover la convivencia
escolar a partir de evaluaciones y seguimiento de las formas de acoso y
violencia escolar más frecuentes.
8. Adoptar estrategias para estimular actitudes entre los miembros de la
comunidad educativa que promuevan y fortalezcan la convivencia escolar, la
mediación y reconciliación y la divulgación de estas experiencias exitosas.
9. Generar estrategias pedagógicas para articular procesos de formación entre
las distintas áreas de estudio.
· DEL RECTOR
1. Liderar el comité escolar de convivencia.
10. 2. Incorporar en los procesos de planeación institucional el desarrollo de los
componentes de prevención y de promoción, y los protocolos o procedimientos
establecidos para la implementación de la ruta de atención integral para la
convivencia escolar.
3. Liderar la revisión y ajuste del proyecto educativo institucional, el manual de
convivencia, y el sistema institucional de evaluación anualmente, en un
proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la
comunidad educativa, en el marco del Plan de Mejoramiento Institucional.
4. Reportar aquellos casos de acoso y violencia escolar y vulneración de
derechos sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes del
establecimiento educativo, en su calidad de presidente del comité escolar de
convivencia, acorde con la normatividad vigente y los protocolos definidos en la
Ruta de Atención Integral y hacer seguimiento a dichos casos.
· DE LOS DOCENTES
1. Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de acoso escolar,
violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos que
afecten a estudiantes del establecimiento educativo, acorde con los artículos
11 y 12 de la Ley 1146 de 2007 y demás normatividad vigente, con el manual
de convivencia y con los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral
para la Convivencia Escolar. Si la situación de intimidación de la que tienen
conocimiento se hace a través de medios electrónicos igualmente deberá
reportar al comité de convivencia para activar el protocolo respectivo.
2. Transformar las prácticas pedagógicas para contribuir a la construcción de
ambientes de aprendizajes democráticos y tolerantes que potencien la
participación, la construcción colectiva de estrategias para la resolución de
conflictos, el respeto a la dignidad humana, a la vida, a la integridad física y
moral de los estudiantes.
3. Participar de los procesos de actualización y de formación docente y de
evaluación del clima escolar del establecimiento educativo.
4. Contribuir a la construcción y aplicación del manual de convivencia.
· DEL DOCENTE ORIENTADOR
1. Contribuir con la dirección del establecimiento educativo en el proceso de
identificación de factores de riesgo que pueden influir en la vida escolar de
los estudiantes.
11. 2. Documentar y registrar en el Sistema de Información Unificado de
Convivencia Escolar los casos de acoso o violencia escolar o vulneración
de derechos sexuales y reproductivos
3. Participar en el proceso de acompañamiento así como de la evaluación de
los resultados de esta orientación.
4. Actuar como agentes de enlace o agentes que apoyan la remisión de los
casos de violencia escolar o vulneración de derechos sexuales y
reproductivos a las instituciones o entidades según lo establecido en la
Ruta de Atención Integral.
5. Participar en la definición de los planes individuales y grupales de
intervención integral y seguir los protocolos establecidos en la Ruta de
Atención Integral.
6. Apoyar al comité escolar de convivencia en el desarrollo de estrategias e
instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar y la
promoción de los derechos sexuales y reproductivos, así como documentar
los casos que sean revisados en las sesiones del mismo.
7. Participar en la construcción, redacción, socialización e implementación del
manual de convivencia y de los proyectos pedagógicos de que trata el
artículo 20 de la presente ley.
8. Involucrar a las familias, a través de la escuela para padres y madres, en
los componentes y protocolos de la ruta de atención integral.
· DE LOS PADRES DE FAMILIA Y ACUDIENTES
1. Proveer a sus hijos espacios y ambientes en el hogar, que generen
confianza, ternura, cuidado y protección de sí y de su entorno físico, social
y ambiental.
2. Participar en la formulación, planeación y desarrollo de estrategias que
promuevan la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y
reproductivos, la participación y la democracia, y el fomento de estilos de
vida saludable.
3. Acompañar de forma permanente y activa a sus hijos en el proceso
pedagógico que adelante el establecimiento educativo para la convivencia y
la sexualidad.
4. Participar en la revisión y ajuste del manual de convivencia a través de las
instancias de participación definidas en el proyecto educativo institucional
del establecimiento educativo.
5. Asumir responsabilidades en actividades para el aprovechamiento del
tiempo libre de sus hijos para el desarrollo de competencias ciudadanas.
12. 6. Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en el manual de
convivencia y responder cuando su hijo incumple alguna de las normas allí
definidas.
7. Conocer y seguir la Ruta de Atención Integral cuando se presente un caso
de violencia escolar, la vulneración de los derechos sexuales y
reproductivos o una situación que lo amerite, de acuerdo con las
instrucciones impartidas en el manual de convivencia del respectivo
establecimiento educativo.
8. Utilizar los mecanismos legales existentes y los establecidos en la Ruta de
Atención Integral a que se refiere esta Ley, para restituir los derechos de
sus hijos cuando éstos sean agredidos.
· DE LOS ESTUDIANTES
DEBERES Y RESPONSABILIDADES DE LOS ESTUDIANTES
Al firmar la matrícula adquiero el compromiso serio de:
1. Cumplir con los deberes y normatividades establecidas en este manual de
convivencia e igualmente me hago sujeto a derechos.
2. Mi responsabilidad más grande es mi formación integral, significa lograr el
desarrollo personal, social y la excelencia académica.
3. Conocer el manual de convivencia de la institución Educativa, a respetarlo
y cumplirlo en toda y cada una de sus partes.
4. Presentarme ordenado(a) y limpio(a) a la institución, portando con dignidad
y respeto el uniforme de diario, educación física, según modelo y horario
establecido.
5. Llegar cumplido(a) y puntualmente a la Institución, a las clases, a los actos
sociales, culturales que se programen en la Institución
6. Mantener aseada y organizada el aula de clase y la institución en general,
acatando el derecho a un ambiente sano y digno para todos.
Parágrafo: Hacer el aseo del aula y/o de alguna área específica de la
institución según horario establecido.
7. Atenderé oportunamente los toques del timbre o campana, no entraré a
otra aula sin ser autorizado.
8. No consumir chicle u otro alimento en clase diferente al refrigerio
industrializado, no hacer ningún tipo de compras por la malla que rodean
la institución o en tiempo diferente al descanso.
13. 9. Presentar la incapacidad médica con el respectivo código del médico, en
caso de no poder hacer educación física, y cumplir con las actividades
asignadas por el profesor que oriente el área.
10.Reconocer que mi mal comportamiento en cualquier práctica de la
institución, atenta contra el buen nombre de la misma y por ende perjudica
a toda la comunidad Educativa.
11.Valorar y respetar los símbolos patrios y del plantel.
12.No traer objetos valiosos, dinero en grandes cantidades, y aparatos
tecnológicos de alta gama, pues la institución no responderá en caso de
pérdida de los mismos.
13.Responder económicamente por los daños causados una vez comprobada
mi responsabilidad de pérdida o de daño.
14.Ser consciente que con mis retardos estoy interrumpiendo el normal
desarrollo de las clases y fomentando la indisciplina. Si llego tarde a
cualquiera de las clases, me hago acreedor a la falla, a la respectiva
anotación en el observador y se me permitirá el ingreso a la clase, si
reincido, se llamará a mi acudiente para hacer el compromiso respectivo.
15.La inasistencia a cualquier actividad programada por la institución, la
justificaré por escrito a más tardar el día siguiente, refrendada con la firma
del padre o acudiente; al no hacerlo perderé el derecho a la participación
de las actividades programadas por la Institución.
16.En cualquier lugar donde esté, observaré un comportamiento digno,
respetuoso y culto, es decir, evitaré tratos bruscos y expresiones vulgares
en mi vocabulario, no incurriré en peleas ni escándalos callejeros, que
demeriten mi persona y el nombre de mi institución.
17.Respetar, cuidar y conservar la planta física, los pupitres y todos los
materiales didácticos que son de propiedad comunitaria evitando rayones,
letreros, o dibujos que denigren u ofendan a cualquier persona,
colaborando para que la institución se conserve en completo orden y
aseada.
18.Participar de las jornadas de conservación del medio ambiente y protección
de los recursos naturales.
19.Evitar ingresar y salir del plantel por sitios diferentes a la entrada
establecida.
20.Asistir a clases con los elementos y materiales indispensables para realizar
el trabajo escolar, cuidando de dar el uso adecuado y no utilizarlos para
agredir o fomentar desorden durante la jornada escolar.
21.No usar el nombre del Plantel para realizar actividades no autorizadas.
22.La asistencia a actividades como: convivencias, excursiones, encuentros
deportivos, fuera de la población, no es obligatoria, a no ser, que se hayan
incluido y aprobado en el cronograma y calendario académico desde el
inicio del año lectivo. En todos los casos el estudiante deberá presentar
autorización escrita del padre o acudiente donde conste que asume la
totalidad de los eventuales riesgos que pueda implicar este tipo de
14. actividades; por consiguiente a los estudiantes que no asistan no se les
podrá evaluar dicha actividad.
23.Solucionar las dificultades académicas o disciplinarias, siguiendo los
conductos regulares (docente, director de grupo, coordinador. Consejo
académico, Rector(a), Comité de Convivencia, Orientación Escolar y
Consejo Directivo).
24.Respetar el conducto regular para el análisis y tratamiento de las
situaciones cotidianas. El conducto regular es el siguiente:
1. Dialogo con la persona con la cual se presentó la situación.
2. Diálogo con el Director (a) de grupo y o representante del grado, si persiste
la dificultad.
3. Diálogo con el Coordinador.
4. Dialogo con la familia. (Padre o Acudiente)
5. Dialogo con el (la) Docente Orientador (a)
6. Dialogo con Rector (a)
7. Diálogo con el Comité de Convivencia
8. Dialogo con Consejo Directivo
PORTE DEL UNIFORME PARA LOS ESTUDIANTES DE LA INSTITUCION
Del uniforme de diario para las niñas de preescolar a grado once
1. Falda azul oscura con prenses a la altura de la rodilla.
2. Camibuso blanco con la identificación del colegio, por fuera de la falda. El
largo del camibuso debe cubrir la pretina de la misma. Si se usa camiseta
por debajo del camibuso, debe ser blanca sin estampados, esta debe
usarse por dentro de la falda.
3. Medias blancas largas utilizadas por debajo de la rodilla
4. Zapatos negros colegiales, debidamente embetunados.
Del uniforme de diario para los hombres de Preescolar a grado once
1. Pantalón azul oscuro con bota de 18cm de ancho
2. Camibuso blanco con la identificación del colegio, por fuera del pantalón. El
largo del camibuso debe cubrir la pretina del mismo. Si se usa camiseta por
debajo del camibuso, debe ser blanca sin estampados, esta debe usarse
por dentro del pantalón.
3. Zapatos negros colegiales limpios debidamente embetunados.
4. Medias azul oscuro, no tobilleras
Del uniforme de educación física en general
1. Sudadera color vino tinto con 1 ribete lateral color oro, con bota de 18
centímetros de ancho.
15. 2. Buso blanco con bordes vino tinto en cuello v y manga corta, con
identificación del colegio. Si usa camiseta por debajo debe ser blanca sin
estampados que resalten por encima del camibuso
3. Pantaloneta del mismo color de la sudadera y con ribete lateral.
4. Medias blancas media caña, no tobillera.
5. Tenis blancos limpios, sin franjas de colores
PARAGRAFO: El uniforme corresponde a la identidad institucional, no está sujeto
a los estándares de la moda, por tal razón no se permite ningún tipo de
modificación.
PORTE DEL UNIFORME
PARA LAS ESTUDIANTES
o Camibuso por fuera de la falda
o Falda a la altura de la rodilla.
o Las medias largas por debajo de la rodilla
o Los zapatos limpios
o Si tiene el cabello largo y utilizan balacas o moñas, que sean blancas,
azul oscuras o negras
o No es permitido el uso de maquillaje.
o Aretes pequeños y adecuados al uniforme, sin collares, pulseras o
piercing
o Uñas de las manos sin esmalte de colores extravagantes
o El uniforme debe ser portado únicamente dentro del establecimiento
Educativo y en actos culturales, deportivos, sociales y religiosos en los
que participe la institución
PARA LOS ESTUDIANTES
o Camibuso por fuera del pantalón
o Pantalón con las especificaciones aprobadas
o Zapatos limpios
o Cabello con corte clásico sin ningún peinado de moda extravagante
o El uniforme debe ser portado únicamente dentro del establecimiento
Educativo y en actos culturales, deportivos, sociales y religiosos en los que
participe la institución.
o Una (1) hora después de la salida del establecimiento o de terminado el
acto al que se asistió no se debe portar el uniforme
PARÁGRAFO: Los camibusos de los uniformes de diario y de Educación Física,
deben tener el Escudo de nuestra institución, en el lado izquierdo.
DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES
16. Como estudiante matriculado en la INSTITUCIÓN EDUCATIVA NICANOR
VELÁSQUEZ ORTIZ, gozaré de los siguientes derechos:
1. A todos los estudiantes se nos reconocen todos los derechos que
contemplan la constitución política de Colombia, la Ley General de
Educación, los decretos reglamentarios y el Código de la Infancia y
Adolescencia.
2. Conocer en forma total EL MANUAL NORMATIVO O PACTO DE
CONVIVENCIA DEL ESTUDIANTE.
3. Todos los estudiantes somos personas libres e iguales ante las normas
educativas y recibiremos la misma protección y un trato digno de las
directivas, docentes, personal administrativo y operativo, gozando de los
mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación
por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión,
opinión pública, filosófica (Art. 13 de la constitución del 1991).
4. Se me garantiza la libertad de conciencia, no seré molestado por razones
de convicciones o creencias, ni comprometidos a revelarlas o actuar contra
mi conciencia. (Art. 18 de la constitución del 1991).
5. Los estudiantes tenemos derechos a constituir asociaciones y comités
estudiantiles con el objeto de establecer mecanismos democráticos de
representación en las diferentes instancias de participación, concertación,
control y vigilancia de la educación que se establezca en el plantel (Art. 45
de la constitución del 1991).
6. Conocer y analizar con el docente, en la primera semana del año escolar,
los estándares, indicadores, logros, recursos, metodologías, tipos de
evaluación, etc. de las asignaturas a cursar en el correspondiente grado.
7. Utilizar los recursos de la Institución para nuestra formación integral, de
conformidad con los reglamentos de cada dependencia.
8. Utilizar los servicios de tienda escolar, manejando las buenas prácticas de
manufacturas (BPM) y obteniendo precios justos y productos nutrientes.
9. Recibir todas las clases de la jornada debidamente preparadas y
planteadas, de acuerdo con las normas y las técnicas que orientan el
proceso de enseñanza-aprendizaje determinadas por el Ministerios de
Educación Nacional (M.E.N.)
10.A recibir asesoría espiritual y Orientación Escolar.
11.Todos los estudiantes tenemos derechos a presentar peticiones
respetuosas a docentes y directivos por motivos de interés general y/o
particular, y a obtener respuestas prontas.
12.Recibir y conocer oportunamente del docente los resultados de las
evaluaciones orales y escritas, actividades de clase, extraclase y
coevaluarlas.
13.Hacer reclamos pertinentes inmediatamente después de recibirlas y dentro
de la clase.
17. 14.Seré evaluado cuando por motivos justificados no asista a clase, previa
autorización del coordinador general y dentro del periodo académico
respectivo.
15.Gozar de un ambiente cómodo, adecuado y dotado de los recursos
necesarios para su buen desempeño escolar.
16.Requerir el reconocimiento, respeto de los derechos fundamentales
consagrados en la Constitución Nacional, el Código de Infancia y
adolescencia, La ley General de Educación y demás leyes vigentes.
17.Que me respeten los juicios académicos obtenidos en mi rendimiento
escolar.
18.Ser orientado mediante un proceso pedagógico adecuado, en procura de
lograr mi formación integral, la educación debe ser orientada a desarrollar
mi personalidad y mis facultades.
19.A que no divulguen mis problemas personales y familiares con otras
personas.
20.Participar y representar a la Institución en los diferentes eventos deportivos
y culturales, previo consentimiento de mi padre de familia o acudiente,
siempre y cuando haya demostrado buen comportamiento y rendimiento
académico, ciñéndome al reglamento interno de cada grupo.
21.Conocer por parte del docente de cada asignatura y en cada periodo mi
avance académico lo mismo que mi informe de comportamiento; antes de
ser consignado en los libros reglamentarios.
22.La Institución hará reconocimiento público de mi excelente rendimiento
académico, comportamiento social, espíritu social en la vida del plantel o en
mis actitudes y/o aptitudes sobresalientes en los certámenes sociales,
culturales, científicos, deportivos, etc.
23.A elegir y ser elegido(a) para participar en el gobierno escolar.
24.Presentar descargos y ser escuchado, siguiendo el conducto regular,
establecido en el Capitulo, articulo de la ruta de la convivencia del
presente manual de convivencia.
25. . Garantizar el debido proceso ante las situaciones que afecten la
convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y
reproductivos
ESTIMULOS
1. Inscripción del cuadro de honor de cada periodo.
2. Representar a la institución en invitaciones especiales.
3. Reconocimiento público o grupal, ante comportamientos positivos, de lo
cual quedará constancia por escrito en el libro observador del
estudiante.
4. Izar bandera y registro específico en el observador del estudiante, según
el motivo especifico.
5. Diploma de honor, como máxima distinción del colegio a los estudiantes
que periódicamente se destaquen por disciplina, calidad humana, orden
personal, relaciones interpersonales y que hayan alcanzado un
desempeño superior en el aspecto académico.
18. 6. Medalla de “Mejor Bachiller” concedida al estudiante que se destaque
como el mejor de su promoción.
7. Medalla y/o mención de honor al estudiante que haya ocupado primer
puesto en la Pruebas saber 11
Parágrafo: para los y las estudiantes que salen a representar a la
institución o municipio, en actividades deportivas y culturales
tendrán las siguientes garantías.
1. Presentar las pruebas o trabajos escolares que se realizaron en su
ausencia, en un término no mayor a 8 días hábiles, previa concertación con
los respectivos profesores, de lo contrario se realizará un juicio
reprobatorio.
2. Se hará un juicio valorativo en el área o asignatura afín con la actividad
correspondiente, teniendo en cuenta el grado de participación en los
eventos realizados y a criterio del profesor de la asignatura
3. Resaltar ante la comunidad educativa la participación en el respectivo
evento y hacer la anotación en el observador del estudiante
DE PERMISOS
a. Solamente el coordinador o en su ausencia el profesor de disciplina para el
caso de secundaria, podrá dar permiso a los estudiantes para salir de la
Institución, previa solicitud por parte del padre y/o acudiente. En primaria
otorgará el permiso el director de grupo y docente de disciplina con el visto
bueno del coordinador(a) si se encuentra dentro de dicha sede, siendo
registrado el caso en el libro de disciplina.
b. La solicitud de permiso debe ser presentada por escrito en hoja de block,
debidamente diligenciada y avalada con el número de cédula.
COMPONENTES DE LA RUTA DE ATENCION INTEGRAL PARA LA
CONVIVENCIA
Promoción: fomentar el mejoramiento de la convivencia y el clima escolar con
el fin de generar un entorno favorable para el ejercicio real y efectivo de los
derechos humanos, sexuales y reproductivos.
Prevención: intervenir oportunamente en los comportamientos que podrían
afectar la realización efectiva de los derechos humanos, sexuales y
reproductivos en el contexto escolar.
Atención: asistir oportunamente a los miembros de la comunidad educativa
frente a las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los
derechos humanos, sexuales y reproductivos en el contexto escolar.
Seguimiento: seguimiento y evaluación de las estrategias y acciones de
promoción, prevención y atención desarrolladas por el Comité de Convivencia
Escolar de la Institución.
19. TIPIFICACIÓN DE SUS FALTAS CON SU RESPECTIVO PROTOCOLO PARA
EL DEBIDO PROCESO. (Decreto 1965 de Septiembre 11 de 2013.)
2. CLASIFICACIÓN DE LAS SITUACIONES.
3. Las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos
humanos, sexuales y reproductivos, se clasifican en tres tipos:
Situaciones Tipo l. Corresponden a este tipo los conflictos manejados
inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden
negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al
cuerpo o a la salud.
Situaciones Tipo II. Corresponden a este tipo las situaciones de agresión
escolar, acoso escolar (bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), que no revistan
las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de
las siguientes características:
· que se presenten de manera repetida o sistemática
· que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad
alguna para cualquiera de los involucrados.
Situaciones Tipo III. Corresponden a esta tipo las situaciones de agresión
escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad
y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro 11 de la Ley 599 de 2000,
o cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal
colombiana vigente.
4. RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR.
ACCIONES QUE CON LLEVAN A SITUACIONES TIPO I.
1. Emplea vocabulario inadecuado con sus compañeros, docentes, directivos y
personal de apoyo.
2. Realiza actos o tiene actitudes propias de la intimidad de pareja en público.
3. Poner sobrenombres que dañen su dignidad.
4. Portar encendedores, materiales u objetos inflamables.
5. Emitir gritos extemporáneos, silbidos, ruidos y tener modales incorrectos, que
contribuyen al desorden en clases o actos comunitarios.
6. Promueve el desorden en clase cuando el docente se ausentan
7. Mal comportamiento social en el cual compromete el nombre de la Institución.
20. 8. Empleo de modales, gestos o ademanes vulgares e irrespetuosos, que van en
contra de la dignidad de la persona, con cualquier miembro de la comunidad,
dentro y fuera de la institución.
9. Propagar comentarios, que perjudiquen a terceros en su honra, persona y bienes.
10.Traer o participar en juegos de azar que impliquen uso de dinero.
11.Cometer actos que propicien la pérdida o extravío de materiales escolares,
elementos deportivos o de cualquier otra naturaleza.
12.Apropiarse de ideas, creaciones o producciones de otras personas (copia de
trabajos realizados por otros).
13.Usar expresiones irrespetuosas y vocabulario soez en cualquier ocasión, contra
compañeros, docentes, o demás personas de la institución.
14.Todo acto escrito que sea de difamación o calumnia que atente contra la dignidad
de las personas o que debilite el principio de autoridad y buen nombre de los
directivos, docentes y el resto de la comunidad educativa.
15.Tomar irregularmente dinero, prendas, y materiales ajenos.
16.Portar, usar o compartir material pornográfico (revistas, libros, cd, memorias,
videos, entre otros) dentro de la institución.
DEBIDO PROCESO PARA LAS SITUACIONES TIPO I.
De acuerdo a la ley Artículo 42. De los protocolos para la atención de Situaciones
Tipo l.
1. Reunión inmediata con las partes involucradas en el conflicto.
2. Intervención por medio de la cual cada parte expone su punto de vista.
3. Buscar entre las personas involucradas la estrategia para reparar los daños
causados, restablecer los derechos e iniciar una mediación.
4. Fijar una solución de manera imparcial y equitativa. Dejar constancia de dicha
solución. En esta instancia se debe dar participación a los estudiantes
capacitados en mediación.
5. Si la situación sucedió en presencia del grupo de clase se debe realizar una
reflexión pedagógica al respecto, corta y pertinente.
6. Realizar seguimiento al caso y a los compromisos establecidos.
7. Si no se alcanza el objetivo con las acciones pedagógicas, se cita a los padres
de familia para generar compromisos.
8. Coordinación cita a la familia para un dialogo con el estudiante y el director de
grupo. Se hará una reflexión, se definirá una sanción y/o reparación
proporcional al daño causado y se establecerán las fechas de seguimiento.
9. Si las reincidencias agotan las acciones pedagógicas y no presenta cambios
desde la sanción el caso debe ser consultado con otras instancias
institucionales (rectoría, orientación escolar, comité de convivencia, consejo
directivo).
21. Parágrafo. Los estudiantes que hayan sido capacitados como mediadores o
conciliadores escolares podrán participar en el manejo de estos casos en los
términos fijados en el manual de convivencia
Acciones pedagógicas para situaciones tipo I.
a. Llamado de atención verbal acompañado de una acción pedagógica o
servicio social.
b. Llamado de atención escrito del cual se dejará constancia en el
observador del estudiante y protocolo establecido para ello.
c. Realización de actividades referentes a un tema especifico en formación
y crecimiento personal y/o charlas de reflexión.
d. Hacer acompañamientos en horas de descanso.
FALTAS SITUACION TIPO ll
1. Rechazo y discriminación sistemática hacia un estudiante u otro miembro de la
comunidad educativa.
2. Ofensas o golpes proferidos a un estudiante.
3. Amenazas, ofensas, presiones recibidas a través de las redes sociales.
4. Daños intencionados a la propiedad ajena o a las instalaciones del colegio.
5. Peleas o conflictos que involucran a estudiantes de diferentes instituciones
educativas.
6. Acoso escolar de docentes a estudiantes.
7. Presión para acceder a algún tipo de actividad sexual entre pares.
8. Inducir para la práctica de actividades sexuales que atenten a la integridad sexual.
9. Intimidación y presión de cualquier tipo tanto a los compañeros como a los demás
miembros de la comunidad educativa.
10.Consumo de sustancias psicoactivas dentro de la institución.
11.Discriminación por su condición sexual
12.Agresiones verbales entre compañeros
13.Chismes y murmuraciones persistentes que afectan a los compañeros.
14.Apropiarse de las pertenencias de cualquier miembro de la comunidad educativa
donde esté involucrado un estudiante.
15.Agresiones físicas entre compañeros
16.Agresiones verbales de estudiantes a profesores
17.Agresiones físicas de estudiantes hacia profesores
18.Agresiones físicas de profesores a estudiantes
19.Agresiones verbales y/o físicas de estudiantes a cualquier miembro de la
comunidad educativa.
20.Agresiones verbales y/o físicas entre docentes.
21.Agresiones verbales y/o físicas de padres de familia a estudiantes
22.Uso indebido de implementos escolares para atentar contra la integridad de
cualquier miembro de la comunidad educativa.
22. 23.Ausentismo de un estudiante por miedo a ser acosado por alguien al interior de la
institución.
24.Intimidación, presiones o agresiones camino de ida o vuelta del colegio
25.Amenazas a docentes por parte de los estudiantes
26.Ventas ambulantes que trafican con sustancias psicoactivas.
PARÁGRAFO 1: El comité escolar de convivencia revisará, evaluará y clasificará el
comportamiento del (la) estudiante y decidirá si se encuadra dentro de las
situaciones tipo Il la falta que no se contemplo en los numerales anteriores.
DEBIDO PROCESO PARA LAS SITUACIONES TIPO II.
De acuerdo a la ley 1620 Art. 43. De los protocolos para la atención de
Situaciones Tipo II.
Protocolo a seguir por parte de la Institución:
Las situaciones TIPO II conllevan el siguiente proceso por parte de la Institución:
1. Recepción del caso por parte del coordinador de convivencia o su delegado.
2. En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en
salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión por parte de
quien preside el comité de convivencia a las entidades competentes, y dejará
constancia de la situación en un formato.
3. Cuando se requieran medidas de restablecimiento de derechos, remitir la
situación a las autoridades administrativas, en el marco de la Ley 1098 de 2006
–Ley de infancia y adolescencia-, actuación que ejecutará el rector, de la cual
se dejará constancia. Para este efecto se deberá llevar una carpeta que
contenga las evidencias en estos casos.
4. El comité de convivencia adoptará las medidas para proteger a los
involucrados en la situación de posibles acciones en su contra, actuación de la
cual se dejará constancias.
5. El comité de convivencia informará de manera inmediata a los padres/ madres
o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se
dejará constancia.
6. Una vez garantizada la atención requerida, el coordinador de convivencia
debe citar a las partes involucradas, a los padres. madres o acudientes de
los estudiantes, para que puedan exponer y precisar lo acontecido.
preservando en cualquier caso, el derecho a la intimidad, confidencialidad y
demás derechos, dando lugar a la formulación de los respectivos descargos
que deben dejar por escrito.
23. 7. El comité de convivencia generará espacios en los que las partes involucradas
y los padres. madres o acudientes de los estudiantes, puedan exponer y
precisar lo acontecido. preservando. en cualquier caso, el derecho a la
intimidad, confidencialidad y demás derechos.
8. El coordinador de convivencia señalará la falta en la que se incurrió de acuerdo
al Manual de convivencia, les informará acerca de las opciones de ir a la
negociación directa, a la mediación o de someterse a un proceso disciplinario.
Se les explica en qué consiste cada opción.
9. Si las partes involucradas aceptan la opción de negociación directa o
mediación, se determinarán conjuntamente las acciones restaurativas que
busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los
derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas
en el establecimiento educativo; así como las consecuencias aplicables a
quienes han promovido, contribuido o participado en la situación reportada.
10.Anexar estrategias de negociación, mediación y acciones formativas –
pedagógicas para la solución de conflictos.
11.El comité de convivencia determinará las acciones restaurativas que busquen
la reparación de los daños causados, el· restablecimiento de los derechos y la
reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el
establecimiento educativo; así como las consecuencias aplicables a quienes
han promovido, contribuido o participado en la situación reportada.
12.Si se dio una adecuada resolución del conflicto, el coordinador de convivencia
deberá informar por escrito al CEC lo sucedido y las medidas adoptadas. El
comité realizará el análisis y seguimiento a fin de verificar si la solución
fue efectiva.
13.Si las partes no aceptan la negociación directa ni la mediación, el coordinador
de convivencia deberá remitir el hecho al CEC en el formato dispuesto para
ello.
14.El CEC una vez reciba el caso procederá a establecer el debido proceso
así:
15.Hacer una indagación preliminar para determinar asuntos de la posible
violación de las normas. En ultimas si hay necesidad de acudir al proceso
disciplinario.
16.Verificación de la situación en mención dentro del Manual de convivencia y su
clasificación respectiva;
17. ldentificación de los presuntos responsables, las circunstancias de modo,
tiempo y lugar en que ocurrieron los hechos u omisiones.
18. lndagación y recolección de las pruebas existentes.
24. 19.Los padres o acudientes deben estar acompañando a sus hijos o acudidos en
estas diligencias.
20.Si no hay lugar para abrir un proceso disciplinario el CEC archiva.
21.Apertura e inicio de proceso en CEC
22.Si hay mérito para abrir el proceso, el CEC formula pliego de cargos a los
presuntos implicados, por medio de una resolución.
23.El CEC notifica el pliego de cargos a los presuntos implicados entregándoles
una copia de la resolución, más la copia de los anexos si los hubiere, ellos
firman el recibido. El CEC debe abrir un expediente que contiene cada una de
las actuaciones que se suceden en el proceso.
24.Los presuntos implicados presentan descargos dentro del término de 5 días
hábiles al CEC.
25.Se practican las pruebas ordenadas por el CEC y las solicitadas por los
presuntos implicados, quienes pueden estar presentes durante la práctica de
tales pruebas y pueden controvertirlas. El personero de los estudiantes debe
acompañarlo en estas diligencias y estar pendiente de que no se violen los
derechos fundamentales.
26.El CEC concede un término al presunto implicado de 5 días hábiles, para que
presente los debidos alegatos de conclusión, en donde, de forma escrita
consigna todos los asuntos, que de acuerdo con las pruebas practicadas y
según su criterio, muestran que no existió la falta, que es inocente o que existe
una causal que justifica el hecho u omisión, atenúa o excluye la sanción.
Nuevamente el personero de los estudiantes puede apoyarlo con este escrito.
27.El CEC expide una resolución donde decide acerca de la responsabilidad del
presunto implicado: si considera que no es responsable lo absuelve y archiva
el expediente. Notifica la información al implicado e informa a los padres o
acudientes.
Si lo considera responsable expide una resolución, se la notifica y da lugar a
que interponga por escrito en 5 días hábiles, los recursos y defensas últimas
del implicado. Informa a los padres o acudientes.
28.El CEC dejará constancia en acta de todo lo ocurrido y de las decisiones
adoptadas, la cual será suscrita por todos los integrantes del CEC.
29.El presidente del CEC reportará la información del caso al aplicativo que
para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información
Unificado de Convivencia Escolar.
30.El CEC hará seguimiento a las soluciones planteadas a fin de verificar que se
hubiera hecho una reparación integral y se haya resuelto el conflicto de manera
efectiva, ciñéndose al debido proceso.
31.El comité escolar de convivencia informará sobre la situación ocurrida y las
medidas adoptadas. El comité realizará el análisis y seguimiento, a fin de
verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir al protocolo
consagrado en el artículo 44 del presente Decreto.
25. 32.El comité escolar de convivencia dejará constancia en acta de todo lo ocurrido
y de las decisiones adoptadas, la cual será suscrita por todos los integrantes e
intervinientes.
33.El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del
caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de
Información Unificado de Convivencia Escolar.
Parágrafo: Cuando el comité escolar de convivencia adopte como acciones o
medidas la remisión de la situación al Instituto Colombiano de Bienestar
Familiar para el restablecimiento de derechos, o al Sistema de Seguridad
Social para la atención en salud integral, estas entidades cumplirán con lo
dispuesto en el artículo 45 del presente Decreto
ACCIONES PEDAGOGICOS:
1. Una o varias jornada de reflexión dentro de la institución con el
acompañamiento de sus padres, orientación escolar, coordinación o de las
autoridades administrativas competentes.
2. No asistencia a los actos de clausura y/o proclamación de bachilleres,
culturales y deportivos y otros
3. Matricula con observación.
Parágrafo: El comité escolar de convivencia hará el respectivo seguimiento al
caso, en caso que las medidas tomadas no surgen efecto o no se da el cambio
esperado y la situación continúa, el caso será remitido al Consejo Directivo para
su respectivo proceso.
ACCIONES QUE CON LLEVAN A LAS SITUACIONES TIPO III.
4. Portar sustancias psicotrópicas, alucinógenos, alcohol, dentro y fuera de la
institución con el uniforme
5. Inducir a los compañeros a realizar actos como: Hurto, tabaquismo, fraude,
drogadicción, alcoholismo, aborto, prácticas sexuales y prostitución.
6. El porte y uso de armas, explosivos y elementos incendiarios que puedan
poner en peligro la integridad física de las personas.
7. Amenazar a otro estudiante o profesor de forma verbal o con cualquier tipo
de arma.
8. Coaccionar o ser responsable de hurto de dinero, objetos electrónicos o
pertenencias de un miembro de la comunidad educativa.
9. Casos en los que existan indicios de que un niño o niña ha sido víctima de
violación, ya sea por parte de una persona adulta o de un menor de edad.
10.Niñas, niños y adolescentes que son abusados sexualmente por un
miembro de la familia.
26. 11.Situación en la que una niña, niño y adolescente ha sido víctima de caricias
o manoseos, y en la que la persona agresora se ha valido de la fuerza
física, el engaño o la intimidación.
12.Situaciones en las que la víctima ha sido abusada sexualmente luego de
haber ingerido cualquier sustancia que la haya puesto en incapacidad de
resistir u oponerse a la actividad sexual.
13.Actividad sexual con niña, niño y adolescente en situación de discapacidad
cognitiva, en donde la persona agresora se sirve de su limitación para
consentir o comprender la naturaleza de la actividad.
14.Cualquier situación de actividad sexual que involucre a una persona adulta
y a un menor de 14 años.
15.Niña, niño y adolescente que, obligados por un tercero, permiten que sus
compañeras o compañeros de clase toquen partes de su cuerpo a cambio
de dinero.
16.Niña, niño y adolescente que son ofrecidos con fines sexuales a una
persona adulta a cambio de dinero.
17.Niña, niño y adolescente que son hostigados o asediados con fines
sexuales por una persona adulta.
18.Niña, niño y adolescente que han sido contactados por personas adultas a
través de redes sociales para participar en actividades sexuales.
19.Niña, niño y adolescente que prestan servicios sexuales a través de una red
de tráfico de personas.
1.
PARÁGRAFO 1: El Comité Escolar de Convivencia activará la Ruta de Atención
Integral (RAI) para que brinden la atención inmediata a la víctima, a quien se le
atribuye la agresión y a las personas que hayan informado o hagan parte de la
situación presentada para brindarles protección dentro y fuera de la Institución.
DEBIDO PROCESO PARA LAS SITUACIONES TIPO III.
De acuerdo a la ley 1620 de 2013 Artículo 44. Protocolo para la atención de
Situaciones Tipo III.
1. En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud
física y mental de los involucrados, mediante la remisión por parte de quien
preside el comité de convivencia a las entidades competentes, y dejará constancia
de la situación en un formato.
2. El estudiante afectado se debe acompañar por el acudiente o un docente.
3. Las personas involucradas que no requieren remisión a servicio de salud deben
ser acompañados en coordinación hasta que llegue el acudiente o la autoridad
competente.
4. Denuncia de la situación a la autoridad competente
27. 5. Quien preside el comité de convivencia informará de manera inmediata a los
padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de
la cual se dejará constancia en un formato.
6. El presidente del Comité Escolar de Convivencia de manera inmediata y por el
medio más expedito, pondrá la situación en conocimiento de la Policía Nacional,
actuación de la cual se dejará constancia en un formato.
7. No obstante, lo dispuesto en el numeral anterior, se citará de manera
extraordinaria a los integrantes del comité escolar de convivencia en los términos
fijados en el manual de convivencia. De la citación se dejará constancia.
8. El presidente del comité escolar de convivencia informará a los participantes en el
comité, de los hechos que dieron lugar a la convocatoria extraordinaria, guardando
reserva de aquella información que pueda atentar contra el derecho a la intimidad
y confidencialidad de las partes involucradas, así como del reporte realizado ante
la autoridad competente. Pese a que una situación se haya puesto en
conocimiento de las autoridades competentes, el comité escolar de convivencia
adoptará, de manera inmediata, las medidas propias del establecimiento
educativo, tendientes a proteger dentro del ámbito de sus competencias a la
víctima, a quien se le atribuye la agresión y a las personas que hayan informado o
hagan parte de la situación presentada, actuación de la cual se dejará constancia
en acta.
9. El comité establece los mecanismos de garantía de protección para la víctima, el
agresor y las personas denunciantes. De tal manera que se respete sus derechos
(intimidad, buen nombre, educación, y que no sean estigmatizados, entre otros).
10.Aplicación de estrategias pedagógicas y convivenciales
11.
12.Citar a los acudientes y estudiantes involucrados de manera individual en los
casos que aplique, para hacer seguimiento a la situación.
13.El comité determina la necesidad de remisión a apoyos clínicos y psicosociales
externos.
14.El comité determina la necesidad de apoyos pedagógicos y académicos
extracurriculares.
15.El comité determina la remisión a consejo directivo de acuerdo a las necesidades
que se analicen.
16.El comité implementa estrategias de promoción y prevención para que la situación
no se vuelva a presentar.
17.El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del caso
al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de
Información Unificado de Convivencia Escolar.
28. 8. Los casos sometidos a este protocolo serán objeto de seguimiento por parte del
comité escolar de convivencia escolar, de la autoridad que asuma el conocimiento
y del comité municipal, distrital o departamental de convivencia escolar que ejerza
jurisdicción sobre el establecimiento educativo en el cual se presentó el hecho.
Sanciones a tomar para situaciones tipo III.
Desescolarización o suspensión de clases por el término que dure la aclaración
de su situación ante las autoridades competentes.
No asistencia a los actos de clausura y/o proclamación de bachilleres.
No participación en eventos en los que tenga que representar a la institución.
Pérdida de cupo para el año siguiente o no renovación de matrícula.
Cancelación de la matrícula.
FALTAS QUE AFECTAN EL ASPECTO FORMATIVO.
FALTAS DE NIVEL A
1. Conversa o asume actitudes que interrumpen las clases o reuniones
generales.
2. Desatiende las observaciones realizadas por algún integrante de la
comunidad educativa.
3. Es impuntual para asistir a las clases y a los demás actos realizados en la
institución educativa
4. No practica normas de higiene personal.
5. Usar inadecuadamente el uniforme y con prendas que no pertenecen al
mismo.
6. Incumplir con los materiales y elementos para desarrollar su proceso escolar.
7. Presentarse al colegio con el uniforme que no corresponde al día.
8. Permanece sin autorización en el aula durante descansos y otras actividades
institucionales.
9. Evadir las clases y actividades durante la jornada escolar sin el debido
permiso.
10.Demorarse en llegar al aula después del descanso.
11.Evade la realización del aseo correspondiente.
12.No entregar las notas enviadas a los padres de familia para citaciones
especiales, en las fechas indicadas
13.Consume chicle al interior de la institución educativa.
14.Evadirse de la institución o no asistir a la misma, cuando salió de su casa
para tal fin.
29. 15.Permanece sin autorización en la institución educativa después de terminada
la jornada escolar.
16.Consume alimentos en clases, los actos comunitarios y otras dependencias
no indicadas para tal fin.
17.Compra en cafetería diferente al agua a deshoras desconociendo las normas
institucionales.
18.uso de maquillaje joyas y otros accesorios con el uniforme
FALTAS NIVEL B
19.Atentar contra el patrimonio cultural y ecológico.
20.Producir daño o hacer uso inadecuado de los bienes, equipos, materiales y
demás elementos destinados a la enseñanza o al servicio de los estudiantes.
21.Utiliza audífonos en las clases sin autorización como: celulares mp3, mp4,
cámaras de cualquier tipo reproductores de audio y video, juegos u otro
objeto tecnológico sin previa autorización del docente.
22.Maltrata los implementos del aula, de educación física, laboratorios, salas de
tecnología y la planta física en general.
23.Se acerca a la malla para hacer compras a los vendedores ambulantes y/o
recibir materiales o comestibles.
24.Manchar y rayar puertas, paredes y pupitres, o atentar contra la instalación
Institucional.
25.Arroja basuras al piso y no apoya el reciclaje.
26.Entra en la sala de profesores u otras dependencias sin autorización.
27.Negligencia en el cumplimiento de los deberes académicos
28.Hablar mal de la Institución, referirse despectivamente de ella u obstaculizar
los proyectos o actividades que la comunidad educativa haya aprobado
democráticamente.
29.Presentarse con modas que no corresponden al uniforme como piercing,
expansiones en orejas, aretes largos y de colores no aprobados, collares,
pulseras manillas etc.
30.Usar tintura o cortes extravagantes en el cabello que no contribuyan a la
buena presentación del uniforme.
31.Comercializar cualquier tipo de elementos dentro de la institución.
32. Recibir visitas de personas ajenas a la institución en rejas
33. Ingresar o salir del plantel o de las aulas de clase a través de los muros,
mallas o ventanas.
30. 34.Ser responsable de la sustracción, adulteración, falsificación de trabajos,
evaluaciones y de cualquier registro o documento de la institución.
35.Falsificación de firmas de padres, profesores, acudientes o administradores
del plantel educativo, en .
PROTOCOLO DE
PROCEDIMIENTO NIV
EL
CONDUCTO
REGULAR
EVIDENCIAS
Reunión con las partes
involucradas para que
expongan su punto de vista.
Inmediato Docente de área y/ o
Director de grupo.
Observador del
estudiante.
Establecer compromisos por
parte de los estudiantes
Inmediato Docente de área y/ o
Director de grupo.
Observador del
estudiante.
Si la situación lo amerita, citar
los padres o acudientes para
dar a conocer la situación
Mediático Coordinador Observador del
estudiante.
Coordinación cita a la familia
para un dialogo con el
estudiante y el director de
grupo. Se hará una reflexión,
se definirá una sanción y/o
reparación proporcional al
daño causado y se
establecerán las fechas de
seguimiento.
Mediático Director de grupo y
coordinación
Observador del
estudiante.
.
DEL PADRE DE FAMILIA
14.1. PERFIL
Los padres de familia como los primeros educadores de sus hijos para compartir
dicha responsabilidad se identifican con la filosofía y objetivos institucionales y
se comprometen con el desarrollo y ejecución del Proyecto Educativo.
En este contexto el padre de familia debe ser:
1. Una persona consciente de sus deberes como padre en la atención de las
necesidades socio afectiva, moral y cognoscitiva.
31. 2. Consecuente en las prácticas de su núcleo familiar de los valores que
desarrolla la institución
3. Promotor del espíritu de colaboración y servicio en las buenas relaciones con
los diferentes estamentos que conforman la Comunidad Educativa.
4. Facilitador de ambientes que le permitan a sus hijos la toma de decisiones de
acuerdo a su edad
5. Cumplidor de las citaciones a las reuniones, talleres y llamados que el colegio
le programe
6. Comprometido en el hogar y en el colegio con la formación académica y
espiritual de sus hijas.
7. Responsable y puntual en los compromisos adquiridos con la institución.
8. Promotor del diálogo principio en el que se debe fundamentar la autoridad.
14.2. DERECHOS.
Al firmar la matrícula de nuestros hijos o acudidos, nos sometemos a todas las
disposiciones reglamentarias de la Institución, entre otras las siguientes:
1. Participar en la planeación, ejecución y evaluación del P.E.I
2. Elegir y ser elegido en los cargos representativos de la institución Educativa
(consejo directivo, Asociación de padres de familia, consejo de padres, etc.)
3. Recibir con anterioridad las citaciones o circulares en donde se informe sobre
los compromisos con la institución.
4. Solicitar explicaciones claras y precisas sobre rendimiento escolar y
comportamiento de nuestros hijos y/o acudidos en forma periódica dentro de la
institución.
5. Ser atendidos y escuchados por los directivos, docentes y/o personal
administrativo cuando se vaya a precisar información o al presentar
sugerencias o reclamos sobre nuestros hijos y/o acudidos.
6. Estar informados oportunamente del rendimiento académico y del
comportamiento de nuestros hijos y/o acudidos.
7. Gozar las garantías de ley, políticas, sociales y económicas planteadas en la
constitución nacional.
8. Obtener el respeto por su persona, por sus ideas, recibiendo trato cordial de
los diferentes estamentos de la institución.
9. Ser parte de la Asociación de padres de familia, elegir y ser elegido para
Integrar los comités que en ésta se establezcan.
10.Recibir información objetiva y oportuna sobre el desempeño de sus hijas.
11.Ser escuchado en sus inquietudes y sugerencias para la buena marcha de la
institución
12.Solicitar permiso para retirar del Colegio a su hijo(a) o acudido(a), dentro del
horario de clase con la respectiva justificación.
13.Conocer y participar en la planeación, desarrollo y ejecución de actividades
programadas por el plantel de carácter educativo y/o formativo.
14.Conocer las normas contempladas en el presente Manual.
15.Ser informado sobre las modificaciones que sufran los horarios, programas,
actividades previamente establecidos y con antelación.
32. 16.Estar informado sobre el seguimiento hecho a su hijo(a) ante las faltas de
comportamiento, inasistencia, bajo rendimiento, logros, habilidades o
fortalezas.
17.Ser atendido por los profesores en los horarios que la Institución señale para
tal efecto.
18.Recibir asesoría y orientación de los directivos, de Orientación Escolar y
profesores del plantel cuando lo estimen conveniente.
19.Conocer y seguir la RAI cuando se presente un caso de violencia escolar o
vulneración de los derechos.
20.Utilizar los mecanismos legales existentes y los establecidos en la RAI para
restituir los derechos de sus hijos cuando estos sean agredidos.
DEBERES.
1. Los padres de familia deben contribuir para lograr el buen rendimiento
académico y disciplinario de sus hijos(as), por medio de la correcta educación
familiar y estableciendo verdaderos lazos de comprensión y cooperación con
los demás estamentos de la comunidad educativa.
2. Ser conscientes de su papel como primeros educadores de sus hijos(as) y que
el Colegio es un colaborador.
3. Colaborar con el Colegio en el proceso formativo de sus hijos(as), apoyando a
directivas y profesores en sus políticas, estrategias y programaciones
educativas.
4. Tener claro el principio de la autoridad fundamentado en el diálogo. Evitar el
excesivo paternalismo, el autoritarismo y la permisividad.
5. Velar porque sus hijos o acudidos cumplan las normas estipuladas en el
presente Manual de Convivencia dentro y fuera del plantel.
6. Participar en los comités que sean requeridos y organizadas en el colegio.
7. Inculcar en sus hijos la obligación de cumplir las normas disciplinarias del
establecimiento, enseñándoles la responsabilidad en los deberes y el respeto a
los directivos, profesores, compañeros y demás personas.
8. Cumplir eficazmente en la formación moral, intelectual, social, ética, estética y
física de nuestros hijos y/o acudidos
9. Dotar a sus hijos de los uniformes, cuadernos, útiles y demás elementos
indispensables para el correcto desarrollo de las actividades, además autorizar
a sus hijos para que asistan a las prácticas y actividades extraclase
programadas por los profesores.
10.Analizar los informes académicos y de comportamiento de los hijos y/o
acudidos para sugerir y colaborar en los correctivos.
11.En caso de ausencias de sus hijos y/o acudidos a la Institución presentar
oportunamente las excusas por escrito y en caso de enfermedades anexar el
certificado médico correspondiente.
12.Responder por todos los daños y destrozos que causen sus hijos y/o acudidos
a la planta física de la institución, a sus dependencias, a los implementos de
33. servicio de mantenimiento, a los útiles, enseres y propiedades de los
compañeros.
13.Acudir inmediatamente a las citaciones que directivos y profesores les hagan
por intermedio de sus hijos y/o acudidos.
14.Ser respetuoso en el trato utilizando un lenguaje y vocabulario adecuado con
los Docentes y Directivos Docentes lo mismo que con los estudiantes y demás
comunidad educativa.
PARAGRAFO: El padre de familia que demuestre enemistad, exabrupto,
difamación, irrespeto, acusación sin fundamento, maltrato psicológico o
físico contra algún miembro del cuerpo Docente, Directivo Docente o
Administrativo de esta institución se le podrá negar ser el acudiente y el de
pertenecer al Gobierno Escolar (Asociación de padres de Familia, Concejo
de Padres, representantes de grupo, comisión de evaluación y promoción,
consejo directivo etc.) así mismo será impedido.
34. 15.Se entiende por acudiente la persona mayor de edad que al firmar la matrícula
del estudiante, se compromete a responder por las necesidades y acciones de
su acudido, asistiendo toda reunión citada por los directivos de la institución
por profesores o por el director de grupo debe quedar registrado en el
observador del estudiante. Al acudiente que sin justificación falte a las
citaciones hechas por los directivos o profesores de la institución será devuelto
su hijo y/o acudido el día siguiente.
16.Apoyar en casa la realización de tareas, repasos, actividades escolares
programadas.
17.Controlar la presentación personal de sus hijos(as) y velar porque asistan con
el uniforme de diario impecable y el de Educación Física con las
especificaciones establecidas en el manual de convivencia, durante los días
fijados en el colegio
18.Preocuparse por la formación afectiva sexual de sus hijos(as) dando ejemplo
de amor, fidelidad, perdón, respeto y tolerancia.
19.Evitar los comentarios que atente con el buen nombre de la comunidad
Educativa
20.Participar en la revisión y ajuste del manual de convivencia.
21.Asumir responsabilidades en actividades para el aprovechamiento del tiempo
libre de sus hijos para el desarrollo de competencias ciudadanas.
22.Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en el manual de
convivencia y responder cuando su hijo incumple alguna de las normas allí
definidas.
23.Las acciones encaminadas a desarrollar la presente ruta, serán orientadas por
el Comité de Convivencia Escolar que será responsable de hacerlas extensivas
a la comunidad educativa.
FORMACIÓN DISCIPLINARIA DEL ESTUDIANTE DE LA INSTITUCIÓN
EDUCATIVA NICANOR VELÁSQUEZ ORTIZ.
CONSIDERACIONES:
1. La verdadera disciplina se forma por CONVENCIMIENTO y no por imposición.
2. La disciplina no se opone al quehacer científico.
3. La disciplina en todas las actividades de la vida, es el fundamento sobre el cual
se apoya el progreso individual colectivo.
4. El orden, la puntualidad, el respeto hacia los demás, la responsabilidad en el
trabajo, son necesarias para el desarrollo de las actividades escolares,
familiares y sociales en general.
5. Uno de los principales puntos de la formación disciplinaria es el silencio, que
permite la interiorización y búsqueda de sí mismo, por eso el estudiante de la
INSTITUCIÓN EDUCATIVA NICANOR VELÁSQUEZ ORTIZ, hará silencio
cuando las circunstancias así lo exigen.
35. 15. GOBIERNO ESCOLAR
Gobierno Escolar está constituido por: El Rector, El Consejo Directivo, El Consejo
Académico y los comités de evaluación y promoción, El Consejo de convivencia,
El Consejo de administración, Asociación de padres de familia, El consejo de
padres de familia, La personero estudiantil, El consejo estudiantil, Alcaldesas o
monitoras de cursos con sus tres secretarias de gobierno (disciplina, academia y
social)
15.1. EL RECTOR.
Le corresponde al Rector del establecimiento Educativo:
1. Orientar la ejecución del Proyecto Educativo Institucional y aplicar las
decisiones del gobierno escolar.
2. Velar por el cumplimiento de las funciones docentes y el oportuno
aprovisionamiento de los recursos necesarios para el efecto.
3. Promover el proceso continuo de mejoramiento de calidad de la educación en el
establecimiento.
4. Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas, con los
patrocinadores o auspiciadores de la Institución y el mejoramiento de la vida
comunitaria.
5. Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la
comunidad educativa.
6. Orientar el proceso educativo con la asistencia del Consejo Académico.
7. Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuyan la Ley, los reglamentos y el
manual de convivencia.
8. Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones, e Influencias para canalizarlas a
favor del mejoramiento del proyecto educativo institucional.
9. Promover actividades de beneficio social que vinculan al establecimiento con la
comunidad local.
10. Aplicar las disposiciones que se expidan por parte del Estado, concernientes a
la prestación del Servicio Público Educativo.
11. Representar legalmente al Colegio ante las autoridades educativas.
12. Establecer criterios para dirigir la Institución de acuerdo con las normas
vigentes.
13. Planear y organizar con el Consejo Académico las actividades curriculares de
la Institución.
14. Dirigir y supervisar las actividades de bienestar y proyección a la comunidad.
15. Dirigir y supervisar el desarrollo de las actividades Académicas y
Administrativas del plantel.
16. Administrar el personal de la Institución de acuerdo con las normas vigentes.
17. Hacer cumplir la asignación Académica de acuerdo a las normas legales
vigentes
36. 18. Presidir las reuniones de las juntas de profesores, Consejo Directivo,
Académico, de convivencia y demás entes del gobierno escolar.
19. Mantener constante intercambio con los padres o acudientes de los
estudiantes.
20. Estimular y estudiar las iniciativas que se propongan para el mejoramiento del
Colegio, Oír y Decidir sobre los reclamos que hagan los estudiantes y
empleados.
21. Conceder los permisos especiales a los profesores y empleados para salir del
plantel por un día laboral.
22. Levantar al final de cada año calendario una relación del personal docente que
haya prestado sus servicios al plantel firmado y sellado conjuntamente con la
secretaria y protocolizar en una notaría.
23. Proponer al superior inmediato los nombramientos y cambios del personal
24. Presidir las diligencias de matrículas y dar charlas a los estudiantes.
25. Dictar por medio de resoluciones, todas las medidas que se considere
necesarias y convenientes para el buen funcionamiento del plantel.
26. Presidir y participar en la ejecución del programa de evaluación de la
institución.
27. Estimular o sancionar algún personal (estudiantes, docentes y directivos)
cuando el caso haya cumplido todo el conducto regular
CONSEJO DIRECTIVO
Órgano de dirección que aprueba directrices para el buen funcionamiento de la
Institución; lo integran: El Rector quien lo preside, Tres representantes de los
docentes elegidos en reunión general:
preescolar, primaria y secundaria, Dos representantes de los padres de familia:
Asociación de Padres de Familia y del Consejo de Padres, Un representante
de los y las estudiantes del grado once, Un representante de los(as) ex
alumnos(as), Un representante de los gremios del sector productivo. Las
funciones del Consejo Directivo de los establecimientos Educativos serán las
siguientes.
1. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la Institución,
excepto las que sean competencia de otra autoridad, tales como las
reservadas a la dirección administrativa, en el caso de los establecimientos
privados.
2. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presentan entre
docentes y administrativos con las alumnas del establecimiento educativo y
después de haber agotado los procedimientos previstos en el reglamento o
manual de convivencia.
3. Adoptar el manual de convivencia y el reglamento de la Institución.
4. Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión
de nuevas alumnas.
37. 5. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la Comunidad
Educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado.
6. Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente
presentado por el rector.
7. Participar en la planeación y evaluación del proyecto educativo institucional,
del currículos y del plan de estudios y someterlos a la consideración de ¡a
Secretaria de Educación respectiva o del organismo que haga sus veces,
para que verifiquen el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley
y los reglamentos.
8. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la Institución Educativa.
9. Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social
las alumnas que ha de Incorporarse al reglamento o manual de convivencia.
En ningún caso pueden ser contrarios a la dignidad del estudiante.
9. Participar en la evaluación de los Docentes, Directivos Docentes y personal
administrativo de la Institución mediante la adopción de criterios e
instrumentos idóneos.
10.Recomendar criterios de participación de la Institución en actividades
comunitarias, culturales, deportivas y recreativas.
11.Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la
realización de actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y
sociales de la respectiva comunidad educativa.
12.Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras
instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles.
13.Fomentar la conformación de asociaciones de padres de familia y de
estudiantes.
14.Reglamentar los procesos electorales previstos en el presente año.
REGLAMENTACIONES.
- SESIONES: El Consejo Directivo sesionará de forma ordinaria una vez cada
periodo escolar y en forma extraordinaria cuando el presidente (RECTOR) lo
considere.
- QOURUM: Las decisiones del Consejo Directivo se tomará con el voto de la
mitad más uno de sus integrantes. No sesionará sin la presencia del presidente
(RECTOR).
LIBRO DE ACTAS. El Consejo Directivo consignará en un libro de actas
debidamente foliado, todas las reuniones de tipo ordinario y extraordinaria.
- CONFLICTO DE INTERESES Y CAUSALES DE IMPEDIMENTOS Y
RECUSACIONES. Cuando en las actuaciones adelantadas por parte del
Consejo Directivo se presenten estas situaciones, respecto a los integrantes se
tramitarán conforme al artículo 11 y 12 a ly 1437 de 2011.
38. CONSEJO ACADEMICO
El Consejo Académico está Integrado por el Rector quien lo preside, los directivos
docentes, y los docentes de cada área definida en el plan de estudio.
Cumplirán las siguientes funciones:
1. Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta
del Proyecto Educativo Institucional.
2. Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las
modificaciones y ajustes, de acuerdo con el procedimiento previsto en el
presente decreto.
3. Organizar el plan de estudio y orientar su ejecución.
4. Participar en la evaluación Institucional anual.
5. Integrar los consejos de docentes para la evaluación periódica del rendimiento
de los educandos y para la promoción, asignarles sus funciones y supervisar el
proceso general de la evaluación.
6. Recibir y decidir los reclamos de los alumnos sobre la evaluación educativa.
7. Informar a tiempo las debilidades de las estudiantes en un área específica para
ser analizadas.
8. Las demás funciones a fines o complementarias con las anteriores que le
atribuye el proyecto Educativo Institucional
REGLAMENTACIONES.
- SESIONES: El Consejo Académico sesionará de forma ordinaria una vez cada
quince dias y en forma extraordinaria cuando una situación lo amerite
- QOURUM: Las decisiones del Consejo Acadèmico se tomará con el voto de la
mitad más uno de sus integrantes.
- LIBRO DE ACTAS. El Consejo Acadèmico consignará en un libro de actas
debidamente foliado, todas las reuniones de tipo ordinario y extraordinaria.
- CONFLICTO DE INTERESES Y CAUSALES DE IMPEDIMENTOS Y
RECUSACIONES. Cuando en las actuaciones adelantadas por parte del
Consejo Académico se presenten estas situaciones, respecto a los integrantes
se tramitarán conforme al artículo 11 y 12 a ly 1437 de 2011
CONSEJO ESTUDIANTIL
En todos los establecimientos educativos el Consejo de Estudiantes es el máximo
órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la
participación por parte de los educandos. Estará integrado por un vocero de
cada uno de los grados ofrecidos por el establecimiento o establecimientos que
comparten un mismo Consejo Directivo.
El consejo Directivo deberá convocar en una fecha dentro de las cuatro primeras
semanas del calendario académico, sendas asambleas integradas por los
39. estudiantes que cursen votación secreta un vocero estudiantil para el año
lectivo en curso.
Alumnos de nivel preescolar y los tres primeros grados del ciclo de primaria, son
convocados a unas asambleas conjunto para elegir un vocero único dentro de
los estudiantes que cursan tercer grado.
Corresponde al Consejo de Estudiantes
Darse su propia organización interna.
Elegir el representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo del
establecimiento y asesorado en el cumplimento de su representación.
Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas
sobre el desarrollo de la vida estudiantil.
Las demás actividades afines o complementarias con las anteriores que le
atribuya el manual de convivencia
En todos los establecimientos educativos el personero de los estudiantes será
un alumno que curse el último grado que ofrezca a la Institución, encargado de
promover el ejercido de los deberes y derechos de los estudiantes
consagrados en la constitución política, las leyes, los reglamentos y el manual
de convivencia.
REGLAMENTACIONES.
- SESIONES: El consejo estudiantil sesionará de forma ordinaria una vez cada
periodo escolar y en forma extraordinaria cuando el presidente lo considere.
- QOURUM: Las decisiones del consejo estudiantil se tomará con el voto de la
mitad más uno de sus integrantes. No sesionará sin la presencia del
presidente.
LIBRO DE ACTAS. El consejo estudiantil consignará en un libro de actas
debidamente foliado, todas las reuniones de tipo ordinario y extraordinaria.
- CONFLICTO DE INTERESES Y CAUSALES DE IMPEDIMENTOS Y
RECUSACIONES. Cuando en las actuaciones adelantadas por parte del
consejo estudiantil se presenten estas situaciones, respecto a los integrantes
se tramitarán conforme al artículo 11 y 12 a ly 1437 de 2011
PERSONERO(A) DE LOS ESTUDIANTES
Será un estudiante del grado 11° el encargado de ejercer el ejercicio de los
deberes y derechos de los estudiantes consagrados en la Constitución Política, la
40. Ley general de Educación, los decretos reglamentarios, el código de infancia y
adolescencia y el manual de convivencia.
El personero(a) tendrá las siguientes funciones.
1. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes,
para lo cual podrá valerse de estrategias dentro del establecimiento, pedir la
colaboración del consejo de estudiantes, organizar foros u otras formas de
deliberación.
2. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los estudiantes sobre
lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad
sobre el incumplimiento de las obligaciones de los estudiantes.
3. Presentar ante el Rector(a), según sus competencias las solicitudes de
oficio que considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y
facilitar el cumplimiento de sus deberes.
4. Servir de garante ante el comité de convivencia cuando un estudiante es
llevado por este órgano por realizar acciones anticonvivenciales de tipo ll y tipo lll,
para que se le realice el debido proceso y se respeten sus derechos y el
cumplimiento de sus deberes.
El personero(a) será elegido dentro de los 30 días calendario siguientes al de la
iniciación de las clases del año lectivo. Para tal efecto el Rector convocará a todos
los estudiantes matriculados con el fin de elegir por el sistema de mayoría simple
y mediante voto secreto.
El ejercicio del cargo del personero(a) es incompatible con el representante de los
estudiantes ante el Consejo Directivo.
Art. Condiciones para ser elegido personero(a), representante de los estudiantes y
miembros del consejo estudiantil.
1. Personero(a) y Representante de los Estudiante.
1.1. Estar matriculado en la institución.
1.2. Estar cursando el último grado
1.3. Ser responsable en el cumplimiento de sus deberes
1.4. Demostrar sentido de pertenencia a la Institución
1.5. Tener buenas relaciones con los compañeros
1.6. Conocer y practicar el manual de convivencia
1.7. Destacarse por su desempeño y aspecto formativo
1.8. No tener matricula condicional, ni seguimiento por actas de compromiso.
2. Miembros del Consejo Estudiantil.
1. Estar matriculado en la institución
2. Ser responsable en el cumplimiento de sus deberes
3. Conocer y practicar el manual de convivencia
4. Destacarse por su desempeño y aspecto formativo
5. No tener matricula condicional, ni seguimiento por actas de compromiso
6. Tener buenas relaciones con los compañeros
Elecciones.
41. · ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS ESTUDIANTES
Los docentes encargados del proyecto de Democracia de la Institución deberán
convocar dentro de las cuatro primeras semanas del calendario académico,
asambleas integradas por los estudiantes de los cursos existentes en la
Institución, con el fin de elegir a sus respectivos representantes mediante voto
secreto o público. El grupo de representantes que conforman el Consejo
estudiantil, estos eligen por voto secreto o publico al Representante al Consejo
Directivo, entre los estudiantes del grado 11° que se postulan para el cargo,
previo acuerdo con los estudiantes de cada curso.
FUNCIONES DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES.
Corresponde al Consejo de Estudiantes.
a. Darse su propia organización interna.
b. Elegir al representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo de la
Institución entre los representantes del grado 11°, postulados libremente,
que cumplan con los requisitos establecidos en el presente reglamento y
asesorarlo(a) en el cumplimiento de su representación.
c. Manifestar sugerencias e inquietudes con respecto al funcionamiento de la
Institución a las diferentes instancias colegiales.
d. Fomentar la participación de todos los estudiantes en las diferentes
actividades programadas por la Institución y aquellas actividades
intercolegiadas que favorezcan el desarrollo intelectual, formativo y cultural
de los estudiantes.
e. Elegir uno de los representantes como secretario del Consejo Estudiantil
que lleve los libros de actas y organice correctamente los documentos
propios del consejo.
f. Participar en la planeación, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo
Institucional.
g. Las demás actividades afines o complementarias con las anteriores que le
atribuya el manual de convivencia.
ORGANIZACIÓN Y EJECUCIÓN.
Para una buena organización del Consejo Estudiantil, se tendrá en cuenta:
1. Hacer reuniones periódicas para constatar los avances y detectar las
deficiencias en cada uno de los cursos y a nivel general de la Institución
2. Favorecer la animación y coordinación de todas las actividades de la
Institución. Para tal efecto es necesario la presencia del coordinador de
convivencia y académico en las reuniones.
3. Trabajar en equipo con cada uno de los representantes de cada curso para
que colaboren en las diferentes areas de formación integral.
FUNCIONES DEL REPRESENTANTE.
1. Como miembro del consejo estudiantil, elegir al representante delos
estudiantes.
42. 2. Representar al curso cuando sea necesario
3. Colaborar directamente con el(la) Director(a) de grupo para la organización
del grupo y el desarrollo de actividades.
4. Promover el bienestar del curso en los aspectos formativos y de
convivencia.
5. Responsabilizarse de la disciplina del curso en ausencia del profesor.
6. Dar informe semanal a la coordinadora de convivencia
7. Asistir puntualmente a las reuniones del Consejo Estudiantil.
PARAGRAFO la revocatoria del cargo se realizara por circunstancias como
incumplimiento de sus deberes por la cual fue elegido(a), y por incurrir en faltas
establecidas en el manual e convivencia.
CONFORMACIÓN DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA:
Todas las instituciones educativas y centros educativos oficiales y no oficiales del país
deberán conformar el comité escolar de convivencia, encargado de apoyar la labor
de promoción y seguimiento a la convivencia escolar, a la educación para el
ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, así como del
desarrollo y aplicación del manual de convivencia y de la prevención y mitigación.
(Capitulo III, artículo 22. Decreto reglamentario).
1. Para el caso de los centros educativos, el director será el presidente del
comité escolar de convivencia. En ausencia del director, presidirá el
docente que lidera procesos o estrategias de convivencia y que hace parte
del respectivo comité.
2. Conformación del comité escolar de convivencia. El comité escolar de
2.1 convivencia estará conformado por:
a. rector del establecimiento educativo, quien preside el comité.
b. personero estudiantil.
c. docente con función de orientación
d. Coordinadores
e. presidente del consejo de padres de familia
f. El presidente del consejo de estudiantes
g. Un (1) docente por cada sede de la institución que lidere procesos de
convivencia escolar
3. Sesiones. El comité escolar de convivencia sesionará como mínimo una
vez cada dos (2) meses.
4. Las sesiones extraordinarias serán convocadas por el presidente del comité
escolar de convivencia, cuando las circunstancias lo exijan o por solicitud
de cualquiera de los integrantes del mismo.
43. 5. Quórum decisorio. El quórum decisorio del comité escolar de convivencia
será el establecido en su reglamento. En cualquier caso, este comité no
podrá sesionar sin la presencia del presidente.
6. Actas. De todas las sesiones que adelante el comité escolar de convivencia
se deberá elaborar un acta, la cual deberá contener como mínimo los
requisitos establecidos en el artículo 10 del presente Decreto.
7. El comité escolar de convivencia deberá garantizar el derecho a la intimidad
y a la confidencialidad de los datos personales que sean tratados en el
marco de las actuaciones que· éste adelante, conforme a lo dispuesto en la
Constitución Política, los tratados internacionales, en la Ley 1098 de 2006,
en la Ley estatutaria 1581 de 2012, en el Decreto 1377 de 2013 y demás
normas aplicables a la materia.
Artículo 13. Funciones del comité escolar de convivencia. Son funciones del
comité:
1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten
entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre
docentes.
2. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la
convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos
humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia
escolar entre los miembros de la comunidad educativa.
3. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias,
programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se
adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad
educativa.
4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones
conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de
los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime
conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la
comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de
familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo.
5. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el
artículo 29 de esta Ley, frente a situaciones especificas de conflicto, de acoso
escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de
vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos
por este · comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia,
porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la
comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por