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17240253108325-731520-549275Soluciones integrales en las organizaciones2011Iniciativa electrónica en MéxicoSandra Rivera Méndez Sistemas Computacionales Administrativos<br />PORTALES DE INICIATIVA ELECTRÓNICA EN MEXICO.<br />Actualmente muchas de las actividades en las que se tenía en asistir forzosamente a la institución para la realización de transacciones, papeleo, etc. gracias a la utilización de medios computarizados y a la red de internet a facilitado en gran manera la forma en que estas actividades se llevan a cabo, diversas de estas herramientas existentes ayudan a que los procesos sean de forma más rápida segura y sin perdidas de tiempo. <br />SPEI<br />671830-5080<br />El SPEI es un sistema de pagos que fue desarrollado por el Banco de México, el banco central de la Nación, y la banca comercial, para permitir a los clientes de los bancos enviar y recibir transferencias electrónicas de dinero en cuestión de minutos. <br />Las transferencias SPEI son rápidas, seguras, cómodas y convenientes.<br />Permite realizar transferencias de fondos entre sus participantes. Lleva información para indicar si un cliente ordenó el pago y, en su caso, para identificarlo. Asimismo, puede llevar información para instruir al participante receptor para que acredite el pago a uno de sus clientes. El SPEI empezó a operar el 13 de agosto de 2004.<br />En el SPEI los participantes pueden asignar prioridad alta a algunos pagos y reservar parte de su saldo para liquidar exclusivamente estos pagos. Cuando el sistema recibe una instrucción de pago, la almacena en una cola de pagos pendientes. El SPEI ejecuta con frecuencia un proceso que determina que pagos pueden liquidarse con los saldos que los participantes tienen en ese momento. Si un pago no puede realizarse por falta de liquidez del participante que lo envía, éste permanece en la cola de pagos pendientes.<br />Los bancos participantes deben enviar los pagos que soliciten sus cuentahabientes a más tardar diez minutos después de aceptar la solicitud. Asimismo, los bancos receptores de un pago deberán acreditar la cuenta de su cliente beneficiario a más tardar 10 minutos después de recibir el aviso de que se ha liquidado el pago.<br />Los pagos que queden pendientes al cierre de operaciones se cancelan y los saldos de las cuentas del SPEI se transfieren a las Cuentas Únicas en el SIAC de los Participantes.<br />La seguridad del SPEI está basada en mensajes firmados digitalmente. Para ello, los participantes usarán los certificados digitales y las claves de las personas autorizadas, quienes deberán obtener estos certificados de acuerdo con las normas de la Infraestructura Extendida de Seguridad, IES, del Banco de México.<br />El SPEI utiliza un protocolo abierto (reglas públicas de comunicación con el sistema) lo que permite a los participantes automatizar sus procesos y brindar más y mejores servicios a sus clientes.<br />¿Cómo funciona el SPEI?<br />Para describir la forma en que funciona el SPEI, es necesario definir a las personas y bancos que intervienen en las transferencias:<br />El Ordenante es la persona que desea transferir dinero desde su cuenta bancaria.<br />El Beneficiario es la persona que recibe el dinero de la transferencia directamente en su cuenta bancaria.<br />El Banco Emisor es el banco comercial que le lleva la cuenta al Ordenante.<br />El Banco Receptor es el banco comercial que le lleva la cuenta al Beneficiario.<br />El Banco de México es el banco central de la nación, y actúa como “puente” entre el Banco Emisor y el Banco Receptor ya que ambos mantienen una cuenta en el banco central.<br />Una transferencia típica a través del SPEI sigue los siguientes pasos:<br />El Ordenante instruye a su Banco Emisor que transfiera dinero, a través de su banca por Internet. La instrucción debe indicar el monto de la transferencia y los datos del Beneficiario, como lo son su cuenta CLABE (18 dígitos) o su número de tarjeta de débito (16 dígitos), su nombre y el de su Banco Receptor. El Ordenante también tiene la opción de incluir alguna referencia (7 dígitos) o concepto (40 letras o dígitos) para una mejor identificación de la transferencia.<br />Al recibir la instrucción, el Banco Emisor verifica la identidad de su cliente Ordenante y que el saldo en su cuenta sea suficiente para cubrir la transferencia; aceptando sólo procesar las transferencias que cumplan estos requisitos. En tal caso, el Banco Emisor le avisa al Ordenante, a través de Internet, la hora precisa en que aceptó la transferencia, así como una clave de identificación única, llamada “número de rastreo” que serviría para futuras aclaraciones.<br />Unos minutos después, el Banco Emisor transmite, a través del SPEI, toda la información de la transferencia al Banco de México.<br />Al recibir la información, el Banco de México transfiere el dinero de la cuenta que le lleva al Banco Emisor hacia la cuenta que le lleva al Banco Receptor y retransmite, también a través del SPEI, toda la información necesaria al Banco Receptor.<br />De esta manera el Banco Receptor cuenta con la información necesaria y los recursos para depositarlos a favor del Beneficiario.<br />¿Cómo puedo transferir dinero a través del SPEI?<br />Cualquier persona que desee realizar transferencias de dinero a través del SPEI debe solicitarlo directamente al banco donde tiene su cuenta. Normalmente, los bancos ofrecen el servicio a través de la Banca Electrónica por Internet.<br />Cuánto cuesta la transferencia por medio de SPEI<br />La comisión por transferir dinero a través del SPEI varía de un banco a otro<br />767715259080TU EMPRESA.COM<br />En agosto de 2009, el Gobierno Federal puso en marcha la plataforma www.tuempresa.gob.mx, mediante la cual se ofrece a los ciudadanos emprendedores un canal rápido y eficiente para la constitución de sociedades. Lo anterior, para simplificar la interacción entre ciudadanos y gobierno con el objeto de incrementar la competitividad, favorecer el crecimiento y el desarrollo económico de nuestro país.<br />El portal fue creado por el Gobierno Federal, a través de la Secretaría de Economía con la finalidad de integrar y agilizar los distintos trámites administrativos que se requieren para constituir una Sociedad Anónima de Capital Variable (S.A. de C.V.) o una Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable (S. de R.L. de C.V), las cuales en su conjunto representan alrededor del 80% del total de las sociedades mercantiles que se constituyen anualmente en México; así como la interoperabilidad de sistemas correspondientes a distintas dependencias tales como la Secretaría de Relaciones Exteriores, el Servicio de Administración Tributaria, la Secretaría de Economía y el Instituto Mexicano del Seguro Social. Además, brinda orientación básica en línea a la ciudadanía emprendedora sobre los requisitos y trámites federales necesarios para crear una empresa y para su funcionamiento. El portal también busca alcanzar el objetivo del Gobierno Federal de instrumentar mecanismos que agilizan los procesos acorde a la tendencia mundial para impulsar el uso de tecnologías de la información y comunicaciones en la gestión pública, optimizando y ampliando el acceso y la cobertura a los diferentes trámites y servicios.<br />Actualmente, el portal permite realizar diversos trámites federales a través de una plataforma de interoperabilidad a la que se encuentran conectadas las siguientes dependencias y entidades del Gobierno involucradas:<br />La Secretaría de Relaciones Exteriores, para efectos del permiso de constitución de sociedad y aviso de uso de denominación o razón social;<br />La Secretaría de Economía, para efectos de la inscripción de la sociedad en el Registro Público de Comercio (en oficinas registrales ubicadas en Aguascalientes, Campeche, Coahuila, Distrito Federal, Estado de México, Guanajuato, Guerrero, Jalisco, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí, Sinaloa, Tabasco, Veracruz y Yucatán), y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras;<br />El Servicio de Administración Tributaria, para efectos de la inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes;<br />El Instituto Mexicano del Seguro Social, para efectos de la cita ante la Subdelegación correspondiente para la obtención del aviso de inscripción patronal y/o de trabajadores; <br />El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, para efectos del inicio del proceso de registro de marcas; y<br />Los fedatarios públicos, para efectos de la formalización del contrato societario.<br />Según la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE), los portales electrónicos de resolución de trámites ayudan a los ciudadanos y a las empresas en un óptimo manejo de trámites gubernamentales y son particularmente útiles en la apertura de empresas.  En el ámbito internacional, muchos países han instrumentado portales electrónicos para ayudar a la creación de nuevas empresas; los casos más representativos y que han fungido como modelo en nuestro país son los de Portugal y España.<br />En el primero de ellos se necesitaban 11 procedimientos, 20 formatos, 78 días y 2000 Euros para la apertura de una empresa por la vía tradicional; sin embargo, en 2005 se inició un programa gubernamental para la simplificación administrativa y el uso de medios electrónicos llamado “empresa na hora” (empresa en una hora). A pesar de que inicialmente existieron obstáculos para la instrumentación, tales como la resistencia de los notarios y la asignación de presupuesto, después de un año de su implementación el portal, se logró reducir a 6 procedimientos, 6 días y 600 Euros la apertura de una empresa. Actualmente, dicha herramienta agrupa a varias oficinas gubernamentales en una misma ventanilla electrónica, elimina trámites, genera estatutos estandarizados, el notario es opcional, otorga un registro único empresarial, un registro de comercio electrónico, un nombre pre-aprobado y la eliminación de libros contables.<br />Por lo que respecta a nuestro país, durante 2007 se concedieron alrededor de 150,000 autorizaciones a solicitantes que deseaban constituir sociedades mercantiles; sin embargo, menos de dos tercios de ellos finalizaron el proceso, lo cual sugiere que los empresarios se desalentaron al momento de constituir su empresa. Razón por la cual, la OCDE realizó un estudio tomando en cuenta la iniciativa del portal para la apertura rápida de empresas en México, del cual se concluyó que la implementación de una herramienta de tales características tiene un impacto significativo en la productividad, el crecimiento y por ende un mayor bienestar para los ciudadanos. Adicionalmente, ayuda a simplificar los trámites, mejorar el ambiente de negocios, incentivar la integración de las empresas al sector formal, hacerlas más competitivas y alentar a los inversionistas tanto nacionales como extranjeros a iniciar sus operaciones en nuestro país.<br />Tomando en cuenta los múltiples beneficios que obtiene el ciudadano a partir de la implementación de una herramienta tecnológica de tales características, el Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos estableció en el Programa para Impulsar el Crecimiento y el Empleo como quinta medida del mismo facilitar el establecimiento de empresas en México, que bajo el esquema tradicional tienen que seguir una larga cadena de trámites para poder ser competitivas. Así, el Gobierno Federal y la Secretaría de Economía, a través de la Subsecretaría de Competitividad y Normatividad, dan un paso adelante y se colocan a la altura de las mejores prácticas internacionales con el diseño e implementación del portal www.tuempresa.gob.mx.<br />El portal www.tuempresa.gob.mx beneficia directamente a los emprendedores mediante la disminución de costos y reducción de tiempos (aproximadamente 65% según el Standard Cost Model de la OCDE; de 22 días promedio a 2.5 horas; de 4 filas a 1 presencia física ante fedatarios públicos), así como la eliminación de duplicidades (de 7 formatos a 1 solo expediente electrónico) en el proceso de constitución de una empresa.<br />Desde su lanzamiento, el portal ha avanzado a su segunda fase siguiendo un proceso de mejora continua, integrando trámites denominados contingentes, como son la Solicitud de Registro de Marca ante el IMPI. Se han integrado siete entidades federativas más (Aguascalientes, Distrito Federal, Guerrero, Nayarit, Querétaro, Tabasco y Yucatán) y se han registrado cerca de trece mil usuarios a lo largo de sus 7 meses de vida.<br />Según el reporte Doing Business del Banco Mundial 2010, México refleja un adelanto en el indicador de apertura de empresas en comparación con el año anterior posicionándose en el lugar 90 de 183 economías.<br />Para extender los beneficios de esta herramienta a todo el territorio nacional, se espera que el resto de los estados y fedatarios públicos se sumen a esta iniciativa a lo largo de 2010. Adicionalmente se está trabajando para incorporar los trámites contingentes durante el proceso de creación y vida de una empresa.<br />Por último cabe mencionar que es necesaria la combinación de esfuerzos transversales para garantizar que la simplificación de trámites a nivel federal sea extendida en su totalidad a los órdenes estatales y municipales de gobierno<br />1649730259080IFAI<br />El Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) es un organismo del Poder Ejecutivo Federal de México, con autonomía presupuestaria y de decisión. Es encargado, fundamentalmente, de:<br />Garantizar el derecho de acceso de las personas a la información pública gubernamental.<br />Proteger los datos personales que están en manos tanto del gobierno federal, como de los particulares.<br />Y resolver los reclamos sobre las negativas de acceso a la información que las dependencias o entidades del gobierno federal hayan formulado a los solicitantes.<br />A partir de la entrada en vigor de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, el 12 de junio de 2003, más de 250 dependencias y entidades del gobierno federal tienen la obligación de atender solicitudes de información bajo la vigilancia del IFAI. <br />Todas ellas abrirán una Unidad de Enlace para ese fin. Una vez solicitada, un Comité de Información en cada dependencia determinará si la información se otorga o no. En caso de que la decisión sea negativa, el solicitante puede interponer un recurso de revisión ante el IFAI.<br />El IFAI sólo interviene en aquellos casos en los cuales, las personas se inconformen e interpongan un recurso de revisión.<br />El IFAI elaborará un dictamen en cada caso, abriendo la información o confirmando la decisión de la dependencia.<br />En cualquier caso, el IFAI trabajará bajo el principio de publicidad de la información del gobierno.<br />El IFAI es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, no sectorizado, y goza de autonomía operativa, presupuestaria y de decisión.<br />El IFAI promovió la recepción de estas solicitudes a través de internet, mediante el sistema INFOMEX.<br />Las resoluciones emitidas por el IFAI en materia de acceso a la información son definitivas, de acuerdo con la legislación federal.<br />ANTECEDENTES <br />Una iniciativa de ley presentada durante el Gobierno de Vicente Fox, fue la promulgación de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, la cual incluyó la creación del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública; esta ley fue aprobada por unanimidad. Más tarde en 2007 se reformó el artículo 6° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el que se estableció el derecho a la información pública como un derecho fundamental para los mexicanos. En el primer semestre de 2010, el Congreso de la Unión aprobó la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares, lo cual amplió sustancialmente las facultades, atribuciones y responsabilidades del Instituto, al ser considerado como autoridad nacional en la materia. Asimismo, modificó su nombre al de quot;
Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datosquot;
. A partir de julio del mismo año, el IFAI inició un proceso de reestructuración y capacitación tanto de su personal como de todos aquellos sujetos, físicos o morales, poseedores de una base de datos, el cual concluirá en enero de 2012, fecha en la que el derecho de las personas a ser protegidas en sus datos tendrá plena vigencia.<br />FACULTADES <br />Entre sus facultades está el pedir la revelación a petición expresa de un ciudadano, la cual no es necesaria que se revele la identidad del peticionario.<br />En la ley específica bajo qué condiciones los documentos son públicos, confidenciales o temporalmente reservados para su revelación. La obligatoriedad de esta ley se aplica a los tres poderes federales, el Ejecutivo, Legislativo y Judicial, junto con todo organismo público autónomo como el Instituto Federal Electoral o el Banco de México, así como aquellos dependiente de los tres poderes federales.<br />
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Iniciativa electrónica en mexico

  • 1. 17240253108325-731520-549275Soluciones integrales en las organizaciones2011Iniciativa electrónica en MéxicoSandra Rivera Méndez Sistemas Computacionales Administrativos<br />PORTALES DE INICIATIVA ELECTRÓNICA EN MEXICO.<br />Actualmente muchas de las actividades en las que se tenía en asistir forzosamente a la institución para la realización de transacciones, papeleo, etc. gracias a la utilización de medios computarizados y a la red de internet a facilitado en gran manera la forma en que estas actividades se llevan a cabo, diversas de estas herramientas existentes ayudan a que los procesos sean de forma más rápida segura y sin perdidas de tiempo. <br />SPEI<br />671830-5080<br />El SPEI es un sistema de pagos que fue desarrollado por el Banco de México, el banco central de la Nación, y la banca comercial, para permitir a los clientes de los bancos enviar y recibir transferencias electrónicas de dinero en cuestión de minutos. <br />Las transferencias SPEI son rápidas, seguras, cómodas y convenientes.<br />Permite realizar transferencias de fondos entre sus participantes. Lleva información para indicar si un cliente ordenó el pago y, en su caso, para identificarlo. Asimismo, puede llevar información para instruir al participante receptor para que acredite el pago a uno de sus clientes. El SPEI empezó a operar el 13 de agosto de 2004.<br />En el SPEI los participantes pueden asignar prioridad alta a algunos pagos y reservar parte de su saldo para liquidar exclusivamente estos pagos. Cuando el sistema recibe una instrucción de pago, la almacena en una cola de pagos pendientes. El SPEI ejecuta con frecuencia un proceso que determina que pagos pueden liquidarse con los saldos que los participantes tienen en ese momento. Si un pago no puede realizarse por falta de liquidez del participante que lo envía, éste permanece en la cola de pagos pendientes.<br />Los bancos participantes deben enviar los pagos que soliciten sus cuentahabientes a más tardar diez minutos después de aceptar la solicitud. Asimismo, los bancos receptores de un pago deberán acreditar la cuenta de su cliente beneficiario a más tardar 10 minutos después de recibir el aviso de que se ha liquidado el pago.<br />Los pagos que queden pendientes al cierre de operaciones se cancelan y los saldos de las cuentas del SPEI se transfieren a las Cuentas Únicas en el SIAC de los Participantes.<br />La seguridad del SPEI está basada en mensajes firmados digitalmente. Para ello, los participantes usarán los certificados digitales y las claves de las personas autorizadas, quienes deberán obtener estos certificados de acuerdo con las normas de la Infraestructura Extendida de Seguridad, IES, del Banco de México.<br />El SPEI utiliza un protocolo abierto (reglas públicas de comunicación con el sistema) lo que permite a los participantes automatizar sus procesos y brindar más y mejores servicios a sus clientes.<br />¿Cómo funciona el SPEI?<br />Para describir la forma en que funciona el SPEI, es necesario definir a las personas y bancos que intervienen en las transferencias:<br />El Ordenante es la persona que desea transferir dinero desde su cuenta bancaria.<br />El Beneficiario es la persona que recibe el dinero de la transferencia directamente en su cuenta bancaria.<br />El Banco Emisor es el banco comercial que le lleva la cuenta al Ordenante.<br />El Banco Receptor es el banco comercial que le lleva la cuenta al Beneficiario.<br />El Banco de México es el banco central de la nación, y actúa como “puente” entre el Banco Emisor y el Banco Receptor ya que ambos mantienen una cuenta en el banco central.<br />Una transferencia típica a través del SPEI sigue los siguientes pasos:<br />El Ordenante instruye a su Banco Emisor que transfiera dinero, a través de su banca por Internet. La instrucción debe indicar el monto de la transferencia y los datos del Beneficiario, como lo son su cuenta CLABE (18 dígitos) o su número de tarjeta de débito (16 dígitos), su nombre y el de su Banco Receptor. El Ordenante también tiene la opción de incluir alguna referencia (7 dígitos) o concepto (40 letras o dígitos) para una mejor identificación de la transferencia.<br />Al recibir la instrucción, el Banco Emisor verifica la identidad de su cliente Ordenante y que el saldo en su cuenta sea suficiente para cubrir la transferencia; aceptando sólo procesar las transferencias que cumplan estos requisitos. En tal caso, el Banco Emisor le avisa al Ordenante, a través de Internet, la hora precisa en que aceptó la transferencia, así como una clave de identificación única, llamada “número de rastreo” que serviría para futuras aclaraciones.<br />Unos minutos después, el Banco Emisor transmite, a través del SPEI, toda la información de la transferencia al Banco de México.<br />Al recibir la información, el Banco de México transfiere el dinero de la cuenta que le lleva al Banco Emisor hacia la cuenta que le lleva al Banco Receptor y retransmite, también a través del SPEI, toda la información necesaria al Banco Receptor.<br />De esta manera el Banco Receptor cuenta con la información necesaria y los recursos para depositarlos a favor del Beneficiario.<br />¿Cómo puedo transferir dinero a través del SPEI?<br />Cualquier persona que desee realizar transferencias de dinero a través del SPEI debe solicitarlo directamente al banco donde tiene su cuenta. Normalmente, los bancos ofrecen el servicio a través de la Banca Electrónica por Internet.<br />Cuánto cuesta la transferencia por medio de SPEI<br />La comisión por transferir dinero a través del SPEI varía de un banco a otro<br />767715259080TU EMPRESA.COM<br />En agosto de 2009, el Gobierno Federal puso en marcha la plataforma www.tuempresa.gob.mx, mediante la cual se ofrece a los ciudadanos emprendedores un canal rápido y eficiente para la constitución de sociedades. Lo anterior, para simplificar la interacción entre ciudadanos y gobierno con el objeto de incrementar la competitividad, favorecer el crecimiento y el desarrollo económico de nuestro país.<br />El portal fue creado por el Gobierno Federal, a través de la Secretaría de Economía con la finalidad de integrar y agilizar los distintos trámites administrativos que se requieren para constituir una Sociedad Anónima de Capital Variable (S.A. de C.V.) o una Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable (S. de R.L. de C.V), las cuales en su conjunto representan alrededor del 80% del total de las sociedades mercantiles que se constituyen anualmente en México; así como la interoperabilidad de sistemas correspondientes a distintas dependencias tales como la Secretaría de Relaciones Exteriores, el Servicio de Administración Tributaria, la Secretaría de Economía y el Instituto Mexicano del Seguro Social. Además, brinda orientación básica en línea a la ciudadanía emprendedora sobre los requisitos y trámites federales necesarios para crear una empresa y para su funcionamiento. El portal también busca alcanzar el objetivo del Gobierno Federal de instrumentar mecanismos que agilizan los procesos acorde a la tendencia mundial para impulsar el uso de tecnologías de la información y comunicaciones en la gestión pública, optimizando y ampliando el acceso y la cobertura a los diferentes trámites y servicios.<br />Actualmente, el portal permite realizar diversos trámites federales a través de una plataforma de interoperabilidad a la que se encuentran conectadas las siguientes dependencias y entidades del Gobierno involucradas:<br />La Secretaría de Relaciones Exteriores, para efectos del permiso de constitución de sociedad y aviso de uso de denominación o razón social;<br />La Secretaría de Economía, para efectos de la inscripción de la sociedad en el Registro Público de Comercio (en oficinas registrales ubicadas en Aguascalientes, Campeche, Coahuila, Distrito Federal, Estado de México, Guanajuato, Guerrero, Jalisco, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí, Sinaloa, Tabasco, Veracruz y Yucatán), y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras;<br />El Servicio de Administración Tributaria, para efectos de la inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes;<br />El Instituto Mexicano del Seguro Social, para efectos de la cita ante la Subdelegación correspondiente para la obtención del aviso de inscripción patronal y/o de trabajadores; <br />El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, para efectos del inicio del proceso de registro de marcas; y<br />Los fedatarios públicos, para efectos de la formalización del contrato societario.<br />Según la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE), los portales electrónicos de resolución de trámites ayudan a los ciudadanos y a las empresas en un óptimo manejo de trámites gubernamentales y son particularmente útiles en la apertura de empresas.  En el ámbito internacional, muchos países han instrumentado portales electrónicos para ayudar a la creación de nuevas empresas; los casos más representativos y que han fungido como modelo en nuestro país son los de Portugal y España.<br />En el primero de ellos se necesitaban 11 procedimientos, 20 formatos, 78 días y 2000 Euros para la apertura de una empresa por la vía tradicional; sin embargo, en 2005 se inició un programa gubernamental para la simplificación administrativa y el uso de medios electrónicos llamado “empresa na hora” (empresa en una hora). A pesar de que inicialmente existieron obstáculos para la instrumentación, tales como la resistencia de los notarios y la asignación de presupuesto, después de un año de su implementación el portal, se logró reducir a 6 procedimientos, 6 días y 600 Euros la apertura de una empresa. Actualmente, dicha herramienta agrupa a varias oficinas gubernamentales en una misma ventanilla electrónica, elimina trámites, genera estatutos estandarizados, el notario es opcional, otorga un registro único empresarial, un registro de comercio electrónico, un nombre pre-aprobado y la eliminación de libros contables.<br />Por lo que respecta a nuestro país, durante 2007 se concedieron alrededor de 150,000 autorizaciones a solicitantes que deseaban constituir sociedades mercantiles; sin embargo, menos de dos tercios de ellos finalizaron el proceso, lo cual sugiere que los empresarios se desalentaron al momento de constituir su empresa. Razón por la cual, la OCDE realizó un estudio tomando en cuenta la iniciativa del portal para la apertura rápida de empresas en México, del cual se concluyó que la implementación de una herramienta de tales características tiene un impacto significativo en la productividad, el crecimiento y por ende un mayor bienestar para los ciudadanos. Adicionalmente, ayuda a simplificar los trámites, mejorar el ambiente de negocios, incentivar la integración de las empresas al sector formal, hacerlas más competitivas y alentar a los inversionistas tanto nacionales como extranjeros a iniciar sus operaciones en nuestro país.<br />Tomando en cuenta los múltiples beneficios que obtiene el ciudadano a partir de la implementación de una herramienta tecnológica de tales características, el Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos estableció en el Programa para Impulsar el Crecimiento y el Empleo como quinta medida del mismo facilitar el establecimiento de empresas en México, que bajo el esquema tradicional tienen que seguir una larga cadena de trámites para poder ser competitivas. Así, el Gobierno Federal y la Secretaría de Economía, a través de la Subsecretaría de Competitividad y Normatividad, dan un paso adelante y se colocan a la altura de las mejores prácticas internacionales con el diseño e implementación del portal www.tuempresa.gob.mx.<br />El portal www.tuempresa.gob.mx beneficia directamente a los emprendedores mediante la disminución de costos y reducción de tiempos (aproximadamente 65% según el Standard Cost Model de la OCDE; de 22 días promedio a 2.5 horas; de 4 filas a 1 presencia física ante fedatarios públicos), así como la eliminación de duplicidades (de 7 formatos a 1 solo expediente electrónico) en el proceso de constitución de una empresa.<br />Desde su lanzamiento, el portal ha avanzado a su segunda fase siguiendo un proceso de mejora continua, integrando trámites denominados contingentes, como son la Solicitud de Registro de Marca ante el IMPI. Se han integrado siete entidades federativas más (Aguascalientes, Distrito Federal, Guerrero, Nayarit, Querétaro, Tabasco y Yucatán) y se han registrado cerca de trece mil usuarios a lo largo de sus 7 meses de vida.<br />Según el reporte Doing Business del Banco Mundial 2010, México refleja un adelanto en el indicador de apertura de empresas en comparación con el año anterior posicionándose en el lugar 90 de 183 economías.<br />Para extender los beneficios de esta herramienta a todo el territorio nacional, se espera que el resto de los estados y fedatarios públicos se sumen a esta iniciativa a lo largo de 2010. Adicionalmente se está trabajando para incorporar los trámites contingentes durante el proceso de creación y vida de una empresa.<br />Por último cabe mencionar que es necesaria la combinación de esfuerzos transversales para garantizar que la simplificación de trámites a nivel federal sea extendida en su totalidad a los órdenes estatales y municipales de gobierno<br />1649730259080IFAI<br />El Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) es un organismo del Poder Ejecutivo Federal de México, con autonomía presupuestaria y de decisión. Es encargado, fundamentalmente, de:<br />Garantizar el derecho de acceso de las personas a la información pública gubernamental.<br />Proteger los datos personales que están en manos tanto del gobierno federal, como de los particulares.<br />Y resolver los reclamos sobre las negativas de acceso a la información que las dependencias o entidades del gobierno federal hayan formulado a los solicitantes.<br />A partir de la entrada en vigor de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, el 12 de junio de 2003, más de 250 dependencias y entidades del gobierno federal tienen la obligación de atender solicitudes de información bajo la vigilancia del IFAI. <br />Todas ellas abrirán una Unidad de Enlace para ese fin. Una vez solicitada, un Comité de Información en cada dependencia determinará si la información se otorga o no. En caso de que la decisión sea negativa, el solicitante puede interponer un recurso de revisión ante el IFAI.<br />El IFAI sólo interviene en aquellos casos en los cuales, las personas se inconformen e interpongan un recurso de revisión.<br />El IFAI elaborará un dictamen en cada caso, abriendo la información o confirmando la decisión de la dependencia.<br />En cualquier caso, el IFAI trabajará bajo el principio de publicidad de la información del gobierno.<br />El IFAI es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, no sectorizado, y goza de autonomía operativa, presupuestaria y de decisión.<br />El IFAI promovió la recepción de estas solicitudes a través de internet, mediante el sistema INFOMEX.<br />Las resoluciones emitidas por el IFAI en materia de acceso a la información son definitivas, de acuerdo con la legislación federal.<br />ANTECEDENTES <br />Una iniciativa de ley presentada durante el Gobierno de Vicente Fox, fue la promulgación de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, la cual incluyó la creación del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública; esta ley fue aprobada por unanimidad. Más tarde en 2007 se reformó el artículo 6° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el que se estableció el derecho a la información pública como un derecho fundamental para los mexicanos. En el primer semestre de 2010, el Congreso de la Unión aprobó la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares, lo cual amplió sustancialmente las facultades, atribuciones y responsabilidades del Instituto, al ser considerado como autoridad nacional en la materia. Asimismo, modificó su nombre al de quot; Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datosquot; . A partir de julio del mismo año, el IFAI inició un proceso de reestructuración y capacitación tanto de su personal como de todos aquellos sujetos, físicos o morales, poseedores de una base de datos, el cual concluirá en enero de 2012, fecha en la que el derecho de las personas a ser protegidas en sus datos tendrá plena vigencia.<br />FACULTADES <br />Entre sus facultades está el pedir la revelación a petición expresa de un ciudadano, la cual no es necesaria que se revele la identidad del peticionario.<br />En la ley específica bajo qué condiciones los documentos son públicos, confidenciales o temporalmente reservados para su revelación. La obligatoriedad de esta ley se aplica a los tres poderes federales, el Ejecutivo, Legislativo y Judicial, junto con todo organismo público autónomo como el Instituto Federal Electoral o el Banco de México, así como aquellos dependiente de los tres poderes federales.<br />