Este documento ofrece una guía sobre las diferentes formas jurídicas que puede adoptar una entidad sin ánimo de lucro como una asociación, ONG o fundación. Explica los requisitos para constituir cada una, como el capital necesario, el número mínimo de socios y los trámites de inscripción. También compara aspectos como la responsabilidad de los socios, la posibilidad de generar beneficios y las obligaciones fiscales y laborales de cada opción jurídica. Por último, ofrece los servicios de asesoramiento y tramitación
3. Guía jurídica para constituir tu ENL
1. Introducción
2. Formas jurídicas
3. ¿Qué necesito para empezar?
4. ¿Qué es una empresa de economía social?
5. ¿Y una fundación?
6. ¿Qué me interesa más?
7. ¿Cuáles son las diferencias fundamentales?
8. Ya lo tengo claro: ¿y ahora qué?
Índice
4. 1. Introducción
Sabes que quieres ayudar pero no sabes
por dónde empezar
• Tienes una idea maravillosa
• Cuentas con personas que te apoyan
• Quieres empezar… pero
• Necesitas darle forma jurídica a tu proyecto
• Y nuestros servicios te pueden ayudar
5. 2. Formas jurídicas
Sociedades civiles, mercantiles y las
entidades de economía social
• Sociedades civiles (sin ánimo de lucro):
Asociaciones, ONGs y Fundaciones
• Sociedades mercantiles: S. Anónimas (SA),
Limitadas (SL, SLU, SLNE), etc.
• Entidades de economía social: Sociedades
Laborales y Cooperativas (éstas también
pueden ser sin ánimo de lucro)
6. 3. ¿Qué necesito para empezar?
Prepara las maletas, nos vamos
• Un destino: hay que definir los objetivos y
actividades que va a tener la entidad
• Compañeros de viaje: un número de socios
mínimo que va a ser diferente según el caso
• Algo de dinero en el bolsillo: Dependiendo
de la forma jurídica escogida es necesario
contar con un capital fundacional o no
7. 4. ¿Qué es una empresa de economía social?
En busca del beneficio social
• Forma jurídica: pueden ser una Cooperativa
o empresa mercantil tradicional (SAL, SLL)
• Conjuga las condiciones de necesidad e
identidad colectiva y se materializa en
iniciativas locales de inserción social
• Persigue una combinación de objetivos
sociales y económicos. El TSAS
8. 5. ¿Y una fundación?
Patrimonio afecto al cumplimiento de fines
de interés general
• Patrimonio fundacional son 30.000€. Pero
puede ser menor si se justifica que con menos
se lograrían los fines (revisa el Protectorado)
• El órgano de gobierno es un patronato que no
depende de una Asamblea General Socios
• El Protectorado es una institución de control
que supervisa su funcionamiento. Importante
9. 6. ¿Qué me interesa más?
ASOCIACIÓN, ONGCapital social: 0€Mínimo socios: 3Sin fines lucrativos
FUNDACIÓN
Capital: 30.000€
Protectorado
Sin fines lucrativos
SL, SLNECapital social: 3.000€Mínimo socios: 1Con ánimo de lucro
COOPERATIVA
Capital social: 3.000€
(varía según CC.AA.)
Mínimo socios: 3
10. Descripción Sociedad Civil (Asociación) Soc. Mercantil (SA, SL, etc)
¿Quién puede ser socio/a? Personas físicas y jurídicas Personas físicas y jurídicas
¿Cuántos socios hacen falta? Mínimo 3 A partir de 1 (SLU)
¿Cómo se constituye? Acta fundacional y Estatutos Escritura notarial y Estatutos
¿Hay que pasar por Notaría? NO SÍ
¿Y por el Registro? SÍ, por el de Asociaciones* SÍ, por el Mercantil**
¿Hay gastos de inscripción? SÍ, pago de tasas*** SÍ, honorarios registrador/a
7. ¿Cuáles son las diferencias fundamentales?
* Registro Nacional de Asociaciones para entidades de ámbito estatal o Registros
de las comunidad autónomas para las de ámbito provincial o autonómico.
** Registro Mercantil de la provincia donde se ha constituido la empresa.
*** Varían en función de la demarcación territorial . Ejemplos Tasas 2014:
Reg. Nacional: 37,01€, Comunidad de Madrid 45,09€, Navarra 12€.
A la hora de crear la entidad
11. Descripción Sociedad Civil (Asociación) Soc. Mercantil (SA, SL, etc)
¿Necesito un capital social? NO SÍ. Mín. en una SL: 3.000€ *
¿Y la denominación social? Depende del Reg. Asociac.** Reg. Mercantil Central ***
¿Lleva alguna mención? NO. Opcional: ONG, ONGD… SÍ. Según sea: SA, SL, SLU…
¿Y el órgano de gobierno? Mínimo 2 personas:
Presidente/a y Secretario/a.
En su caso:
Vicepresidente/a,
Tesorero/a y Vocales
Administrador/a único/a,
varios admin. solidarios o
mancomunados, o un
Consejo de Administración
7. ¿Cuáles son las diferencias fundamentales?
* Si no se tienen 3.000€ se puede optar por el régimen de formación sucesiva
aportándolos con cargo a los beneficios de los ejercicios siguientes (art. 23 LSC)
** Sin coste. Se consulta telemáticamente la disponibilidad del nombre escogido.
*** Con costo. Se solicitan 3 denominaciones sociales posibles y se concede, por el
orden de su solicitud, la primera que no induzca a confusión con otra existente.
A la hora de crear la entidad
12. Descripción Sociedad Civil (Asociación) Soc. Mercantil (SA, SL, etc)
Actividades Económicas Pueden desarrollar SÍ
IVA SÍ, según la actividad
Existen exenciones para
entidades carácter social
SÍ, según la actividad
Impuesto Sociedades SÍ (25%, 10%) * SÍ (20%, 25%, 30%, 35%) *
Generación de Beneficios Pueden generar beneficios SÍ, es el objetivo primordial
Reparto de Beneficios NO** SÍ***
7. ¿Cuáles son las diferencias fundamentales?
* Sobre el beneficio obtenido en el ejercicio fiscal. Tipo impositivo diferente en
función de requisitos: cifra de negocios y personal contratado.
** Los resultados positivos se deben aplicar a la consecución de los fines sociales.
Por este motivo se trata de entidades sin ánimo de lucro.
*** Dividendos, una vez se hayan cubierto las reservas legales y estatutarias.
A la hora de funcionar
13. Descripción Sociedad Civil (Asociación) Soc. Mercantil (SA, SL, etc)
Seguridad Social NO (Órgano de gobierno) SÍ (Órgano administración)*
Personal Laboral SÍ, puede tener SÍ, puede tener
Contabilidad SÍ ** SÍ **
Aprobación Anual Cuentas SÍ SÍ + Depósito Reg.Mercant.
Responsabilidad Socios Sólo si ha tomado parte en
la decisión.***
Limitada a la participación
que tenga del capital social
7. ¿Cuáles son las diferencias fundamentales?
* En función del porcentaje que ostenten del capital social si a su vez son socios.
función de requisitos: volumen de operaciones, personal contratado, etc.
** Planes contables diferentes: para entidades no lucrativas, Pymes, etc.
*** Con carácter general la responsabilidad será del Órgano de gobierno.
A la hora de funcionar
14. Servicio jurídico de RastroSolidario “Crea tu ONG”
• Asesoramiento personalizado
(mentorización)
• Redacción de documentos fundacionales
(Acta constitutiva, autorizaciones, etc.)
• Fijación de objetivos y fines estatutarios
• Redacción de Estatutos
• Cumplimentación de instancia alta registral
• Confección de los impresos de tasas
• Solicitud de NIF provisional y definitivo
• Confección de declaración fiscal de alta IAE
8. Ya lo tengo claro: ¿y ahora qué?
Servicio “llave en mano”: todo lo que necesitas para poner tu entidad en marcha
15. Preguntas y respuestas frecuentes (FAQ)
¿El servicio que presta RastroSolidario es gratuito?
NO. Aplicamos tarifas moderadas, pero no es
gratuito porque es un servicio ofrecido por
profesionales. Los honorarios nos permiten
continuar nuestra labor de forma sostenible.
¿Y si prefiero una Fundación en lugar de una ONG?
También podemos ayudarte, lo mismo que si
has decidido decantarte por una Cooperativa.
¿Qué hago si quiero contratar vuestros servicios?
Completa nuestro formulario web y nos
pondremos en contacto contigo:
8. Ya lo tengo claro: ¿y ahora qué?
https://www.rastrosolidario.org/servicios-para-ongs/juridico/contacto.php