33. Control actual de la IT: Alta sensibilidad y una menor especificidad
34. Investigación y evaluación de la eficacia y
efectividad del control de la IT
• Justicia: adecuar reposo a necesidad, con independencia de clase
social y educación, teniendo en cuenta el bien común.
• Sostenibilidad del sistema y de la prestación
• Minimizar el esfuerzo (burocrático) realizado -Solo acciones de
verdadero valor añadido-.
• Efectos secundarios mal conocidos y poco valorados.
• Transformar al médico de atención primaria en responsable
(accountability = Libertad de acción en la toma de decisiones +
Rendición de cuentas -recompensa y/o penalizaciones, a posteriori)
de la incapacidad laboral
35. Transformar al médico de atención primaria en responsable de
la incapacidad laboral, implica
• considerarla instrumento terapéutico más, complementario a
otros:
• coordinación entre niveles en las que la autoridad real sea el MF:
• acceso preferencial a servicios especializados- pedir y recibir informes
• acceso a todas la pruebas diagnosticas necesarias
• establecimiento de prioridad en las listas de espera
• ordenar de investigación de sospechas de fraude a los servicios de
inspección
• reversión al sistema sanitario (centro de atención primaria) de los ahorros
generados• acabar con la separación en la gestión económica y clínica en el manejo global
de la incapacidad temporal
• reconsiderar el papel creciente de las mutuas colaboradoras e incluso del INSS
• la administración pasa de controladora a ayudadora
36. Pero no se
preocupen …… solo
son propuestas de
investigación, no me
quiero meter en su
trabajo
37. Como pueden ayudar las distintas
administraciones
•Dando el protagonismo y la autoridad al MF-
CONFIANZA
•Fomentado la investigación
•Facilitando la formación
•Evaluación continua de los mecanismos de
control
•Informatización real y útil no traslado del papel
al ordenador Reconvertir, convencer a todos los
actores de la realidad de la incapacidad sus
verdaderos objetivos y finalidad
•Campañas de concienciación y educación
efectivas
39. Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid. Derechos de los ciudadanos en relación
con el Sistema Sanitario de la Comunidad de Madrid
40. La incapacidad laboral es un gran logro
social
Como otros grandes logros sociales esta
prestación se puede pervertir o ser
utilizada con otros propósitos.
Resulta injusto el abuso de la prestación,
pero también resultaría injusta su
negación cuando se precisa
43. La incapacidad laboral es un gran logro social
que hace que la carga de la enfermedad no
sea una penalización económica del
trabajador.
Su gestión y control es un
desastre
Hinweis der Redaktion
tiene todos los visos de actividad para “cubrir el expediente” que justifique el cobro del apartado D.1 del Convenio General sobre IT entre INSS y Comunidad de Madrid 2009-2012, que más abajo se cita.«D.1 Formación de los profesionales sanitarios en materia de IT: Las acciones formativas destinadas a estos profesionales deberán ser planificadas, al menos con periodicidad semestral, dando conocimiento de dicha planificación a la Subcomisión Provincial que informará a su vez a la Comisión Central. En su desarrollo se deberá contar con la participación del INSS y de las MATEPSS.»
Las modificaciones introducidas por el Real Decreto 625/2014 han afectado, principalmente, a la expedición de los partes médicos de baja, de confirmación y de alta, de manera que, manteniendo el rigor en la constatación de la enfermedad o lesiones del trabajador y de su incidencia en su capacidad para realizar el trabajo, se ahorren trámites burocráticos y se adapte la emisión de los partes a la duración estimada de cada proceso. Para ello, se han establecido unos protocolos de temporalidad de los actos médicos de confirmación de la baja en función de la duración estimada del proceso, la cual será fijada por el facultativo correspondiente, a su criterio médico, contando a tal fin con unas tablas de duración óptima basadas en el diagnóstico, la ocupación y la edad del trabajador
unas tablas de duración óptima de los distintos procesos patológicos susceptibles de generar incapacidades, así como tablas sobre el grado de incidencia de los mismos en las distintas actividades laborales.
Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid. Además de los derechos regulados en la Ley General de Sanidad, se reconocen como derechos de los ciudadanos en relación con el Sistema Sanitario de la Comunidad de Madrid los recogidos en el Artículo 27:
La incapacidad laboral es un gran logro social que hace que a la carga de la enfermedad no se una penalización económica del trabajador incapaz de trabajar.