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Legislación y Doctrina Aeronáutica
Raul Benavides B.
Septiembre de 2014
DIPLOMADO EN PREVENCIÓN DE ACCIDENTES E
INCIDENTES AEREOS Y LABORALES
Presentación
• Presentación
• Introducción
• Unidades
• Horarios
• Evaluación
• Normas Convivencia
• Preguntas, dudas.
Unidad 1 Antecedentes
• Historia de la aviación
• Derecho Aeronáutico
• Tratados Internacionales
• Libertades del Aire
• Negociaciones Aéreas Comerciales
• Política Domestica
• Aerocivil
• RAC
• Constitución Política
• Código de Comercio
• AIP Publicación de Información Aeronautica
Unidad II Manual de Operaciones
• Normas Generales de Operación
• Personal de Operaciones
• Vestuario y Equipo
• Seguridad
• Normas y Requerimientos para Autonomías de Vuelo
• Asignación de Autonomías de Vuelo
• Instrucciones Generales de Coordinación
• Operación General de Helicópteros
Unidad III Manual de Seguridad
• Conceptos
• Generalidades
• Funciones y Responsabilidades
• Investigaciones Aéreas
• Recuperación de Personal
Evaluaciones
• Unidad I 25%
• Unidad II 25%
• Unidad III 25%
• Talleres, Participación, Asistencia. 25%
HISTORIA DE LA AVIACIÓN
Historia
• “Ciencia, libertad, belleza, aventura…la aviación
las ofrece todas” Charles Lindbergh.
o El hombre desde su existencia siempre
ha anhelado sentir la sensación de volar.
o La mitología griega con Dédalo e Ícaro,
proyecta el deseo natural de libertad que
proyecta el vuelo inspirado por las aves.
o Es necesario como cultura general en
hombres y mujeres del aire, comprender
la historia y la evolución de la aviación
en el transcurso del tiempo.
La Peristera
• 400 A.C Aprox. Arquitas de Tarento
construye quizás el primer artefacto
capaz de volar por sus propios
medios.
• Lo hacia por medio de un chorro de
aire, que aun hoy se debate que lo
producía.
• Capaz de volar a 180 metros de
altitud.
La Cometa
• 300 A.C China.
• Se desarrollan diferentes modelos así como
técnicas para hacerla volar.
• Era utilizada en la guerra para transmitir
mensajes y asustar a los enemigos.
Torre del Fénix
• 559 Yuan Huangtou.
• Prisionero chino que logra escapar saltando de la
torre del fénix con una especie de cometa atada a
su cuerpo.
• Es capturado nuevamente y ejecutado.
Torre de Córdoba
• 852 Abbás Ibn Firnás. Salta de la torre de Córdoba en
España con una lona que amortigua su caída.
• En 875 decide lanzarse de una colina con unas alas
de madera cubiertas con seda, logra planear unos
metros pero fractura sus piernas en la caída.
Ornitóptero
• 1290 Roger Bacon. Primer expositor de los
conceptos básicos de la aerodinámica.
• Precursor del Ornitóptero, una aeronave primitiva
con alas semejantes a las de un pájaro.
Leonardo DaVinci
• Siglo XV. Fue la mente mas ambiciosa en la
creación de un aparato capaz de volar por sus
propios medios.
• Trabajo bocetos de paracaídas, proyectiles,
planeadores, helicópteros. Su ingenio y visión
dieron un gran impulso a la aviación.
Passarola
• 1709. Bartolomeu Lourenço realiza el primer
vuelo en un globo de aire caliente. Lo llamo
Passarola.
• Logró elevarse 3 metros sobre el suelo bajo el
asombro de los presentes.
PrimerVuelo en Globo Controlado
• 1783 En Chateau la Muette cerca de Paris Pilatre de
Rozier y el Márquez D’Arlandes realizan el primer
vuelo controlado en un globo de aire caliente.
• Logran elevarse 1000 metros, recorrer 9 kilómetros y
sobrevolar Paris por 25 minutos.
PrimerasVictimas en un Accidente
Aéreo
• 1785 Jean François Pilâtre y Jules Romain mueren en un
intento por cruzar el canal de la mancha en su globo.
• Los globos para ese entonces eran sumamente inestables.
• Jean Pierre Blanchard y John Jeffries consiguen a travesar el
canal días después.
Primer Planeador Controlado
• 1799 George Cayley es considerado el padre de la
aerodinámica.
• Crea un planeador controlado desde la cola con la
posibilidad de ubicar un piloto en la parte inferior.
Avión aVapor
• 1848 William Henson y John Stringfellow construyen
una aeronave a vapor no tripulado.
• Seria el primer objeto más pesado que el aire en
volar. Lo haría en una distancia de 40 metros.
Otto Lilienthal
• 1881-1896 Investigador con un aporte enorme a la
aviación gracias a sus experimentos con planeadores.
• Su trabajo esta documentado en escritos y fotografías.
• Primera persona en realizar un vuelo planeado
controlado por el piloto. Muere en un accidente aéreo.
Aerodrome A
• 1903 Samuel Pierpont Langley es el creador de lo
que seria considerado por el Instituto Smithsoniano
como el primer avión de la historia.
• Falla en el intento de lograr ponerlo en vuelo.
El PrimerVuelo
• 1903 Los hermanos Orville y Wilbur Wright logran
realizar el primer vuelo en Kitty Hawk Carolina del Norte
a bordo del Flyer.
• 1906 Alberto Santos Dummont logra volar el 14-bis por
sus propios medios sin ayudas externas.
El Canal de la Mancha
• 1909 Louis Blériot logra atravesar el canal de la
mancha y gana 1000 libras esterlinas que ofrecía
el periódico Daily Mail.
Primeras Aerolíneas del Mundo
• 1919 Se fundan tanto KLM como SCADTA
primeras aerolíneas comerciales del mundo.
PrimerVuelo Transatlántico
• 1919 John Alcock y Arthur Whitten realizan el primer
vuelo transatlántico entre Nueva Escocia, Canada y
Clifden, Irlanda.
• 1927 Charles Lindbergh a bordo del “Espíritu de San
Luis” realiza el primer vuelo transatlántico entre Nueva
York y Paris.
Amelia Earhart
• 1932 Es la primera mujer en realizar un vuelo
transatlántico desde Terranova, Canadá hasta Derry en
el Reino Unido.
• Desapareció en el pacifico en 1935 cuando intentaba ser
la primera mujer en darle la vuelta al mundo.
Motores a Reacción
• 1939 El Heinkel He 178 alemán se convierte en la
primera aeronave con motor a reacción.
• 1942 El Bell XP-59ª es el primer avión jet de los
Estados Unidos y el predecesor de todos los aviones
jet Americanos.
De Havilland Comet
• 1952 DH 106 Comet Es la primera aeronave con
motores a reacción en entrar en servicio con fines
comerciales.
Primer Hombre en el Espacio
• 1961 Yuri Gagarin de nacionalidad rusa se
convierte en el primer astronauta en llegar al
espacio.
La era Supersónica
• 1968 El Tupolev Tu-144 de fabricación rusa se
convierte en la primer aeronave supersónica con
fines comerciales.
• Meses después entraría en servicio el Concorde.
El Mayor Accidente de la Historia
• 1977 En Tenerife, España colisionan en el aeropuerto
dos Boeing 747 de KLM y PanAm.
• Se convierte en el accidente aéreo con mayor numero
de victimas en la historia, 583 en total.
Transbordadores
• 1981 Estados Unidos lanza el transbordador
Columbia, convirtiéndose en el primer vehículo
espacial reutilizable y en el mas complejo aparato
volador jamás construido.
Vuelta al Mundo
• 1986 Se realiza el primer vuelo alrededor del mundo
sin repostaje de combustible.
• Jeana Yeager y Dick Rutan logran esta hazaña a
bordo del Voyager, un tanque de combustible
volador literalmente.
• 9 días, 3 minutos y 44 segundos tomó el vuelo.
El Avión mas Grande del Mundo
• 1988 El Antonov AN-225 de bandera Ucraniana se
convierte oficialmente en el avión mas grande del
mundo en servicio hasta hoy.
9/11
• 2001 Se utilizan cuatro aeronaves comerciales de
American Airlines y United Airlines como armas, en
el ataque terrorista con mas victimas en la historia de
Estados Unidos.
• Estas acciones traen consigo grandes cambios en
los sistemas de seguridad tanto en tripulaciones
como en aeronaves y aeropuertos.
Avión Comercial más Grande
• 2007 El Airbus 380 realiza su primer vuelo
comercial convirtiéndose en la aeronave mas
grande de su tipo en la historia de la aviación.
Video Airbus 380
http://www.youtube.com/watch?v=OFbryriZ3is&feature=youtu.be
Video Historia de la Aviación
http://www.youtube.com/watch?v=gN-ZktmjIfE
https://www.youtube.com/watch?v=G5CsjXq3_hE
DERECHO AERONAUTICO
Derecho Aeronáutico
• En la Primera Guerra Mundial se empiezan a utilizar las
aeronaves como instrumento de guerra.
• De ahí surge la necesidad de proteger el espacio aéreo
y la soberanía.
• Se busca una normatividad y un marco jurídico
internacional homogéneo, estándar y universal.
• Este principio no aplica solo al derecho sino a toda la
operatividad propia de la actividad aérea.
Derecho Aeronáutico
• Federico Videla: “El derecho aeronáutico es el conjunto
de principios y normas, de derecho público y privado, de
orden interno e internacional que rigen las instituciones y
relaciones jurídicas nacidas de la actividad aeronáutica o
modificaciones de ella” (Derecho aeronáutico, I, 18).
• Los objetivos del Derecho Aeronáutico son la seguridad
de la navegación aérea y la economía del transporte
aéreo.
• La palabra clave es “Equilibrio”.
Derecho Aeronáutico
• Tiene sus raíces en el Derecho Marítimo.
• La especialización de la aviación termino por
separarla definitivamente del Derecho Marítimo.
• Existen países con un código dedicado
exclusivamente a la aeronáutica civil.
• Otros países mantienen lo inherente al derecho
aeronáutico inmerso en otro código.
• Caso Colombia: Derecho Aeronáutico- Marítimo
-Derecho Ordinario no especializado. (Civil)
Ramas del Derecho Aeronáutico
(Público)
• Derecho Internacional Publico.
• Derecho Constitucional Colombiano.
• Derecho Administrativo.
• Derecho Penal.
• Derecho Tributario.
• Derecho Espacial.
Ramas del Derecho Aeronáutico
(Privado)
• Derecho Civil.
• Derecho Comercial.
• Derecho Marítimo.
• Derecho Agrario.
• Derecho Laboral.
• Derecho Internacional Privado.
• *Derecho Comparado
Convenio de Paris 1919
• Convención Internacional de Navegación Aérea
(CINA).
• Es considerada la Carta Magna de la aviación
civil internacional gracias a la adhesión de
múltiples Estados.
• Reconocimiento de soberanía sobre espacio
aéreo.
• Identificación de las aeronaves-nacionalidad.
• No aterrizar en propiedad privada salvo
indemnización.
• Aspectos Técnicos.
CITEJA
• Comité Internacional Técnico de Expertos
Jurídicos Aéreos. Paris 1926.
• Primeros avances en la formación del Derecho
Aeronáutico Privado Internacional.
• Estudios y tratados de derecho aéreo.
• Primeros pasos hacia convenio de Varsovia 1929.
• Convención de Madrid (CIANA) y Habana.
Convenio deVarsovia 1929
• Se buscaba una normatividad uniforme.
• Velar por los derechos de los pasajeros. Muerte,
Lesión, Equipaje, Retrasos.
• Emisión de tiquetes por parte de las compañías.
• Obligar la entrega de un documento que certifique
la entrega de equipaje facturado.
• Limitar la responsabilidad de las compañías a la
hora de compensaciones por muerte lesión o
perdida de equipaje a Derechos Especiales de
Giro DEG.
Convenio Sobre Aviación Civil
Internacional 1944
• Estados Unidos promueve la convención en un
momento clave donde el fin de la guerra se
acercaba.
• Posición dominante, potencias europeas
destruidas y endeudadas.
• Dos posiciones USA vs UK.
• Posición Canadiense.
• Se crea inicialmente la OPACI y posteriormente la
OACI Organización Civil de la Aviación Civil
Internacional en 1947.
Convenio Sobre Aviación Civil
Internacional 1944
• Se lleva a cabo en Chicago.
• Actividad aérea históricamente regulada por el
Estado dada su importancia. Soberanía.
• Marca la diferencia entre la aviación civil y la
aviación estatal.
• Garantizar mayor seguridad de la operación
aérea.
• Incluye sin limitarse a navegación aérea,
aspectos técnicos, operacionales y económicos.
OACI
• Velar por el cumplimiento de las directrices dadas
en Chicago.
• Regularizar el transporte aéreo internacional para
que sea seguro, eficaz y económico.
• Distinción entre vuelos regulares y no regulares.
• Prohibición del cabotaje.
• Principio de reciprocidad entre Estados.
• Principio de no discriminación.
Anexos Convenio Chicago
• Anexo 1. Licencias al personal aeronáutico.
• Anexo 2. Reglamento del aire. operaciones
VFR/IFR.
• Anexo 3. Servicio meteorológico para la
navegación aérea internacional.
• Anexo 4. Cartas aeronáuticas.
• Anexo 5. Unidades de medida para operaciones
aéreas y terrestres.
• Anexo 6. Operación de aeronaves.
• Anexo 7. Marcas de nacionalidad y de matricula
de las aeronaves.
Anexos Convenio Chicago
• Anexo 8. Aeronavegabilidad.
• Anexo 9. Facilitación.
• Anexo 10. Telecomunicaciones aeronáuticas.
• Anexo 11. Servicios de transito aéreo.
• Anexo 12. Búsqueda y salvamento.
• Anexo 13. Investigación de accidentes e
incidentes en la aviación.
• Anexo 14. Aeródromos.
• Anexo 15. Servicios de información aeronáutica.
Anexos Convenio Chicago
• Anexo 16. Protección del medio ambiente.
• Anexo 17. Seguridad: Protección de la aviación civil
internacional contra los actos de interferencia ilícita.
• Anexo 18. Transporte sin riesgos de mercancías
peligrosas por vía aérea.
• Anexo 19. Gestión de la seguridad operacional.
Convenio de Bermuda 1946
• Fue el modelo ideal de acuerdos bilaterales
armonizando las posiciones. USA-UK.
• Marca una posición intermedia entre la libertad
del aire y su restricción.
• En 1977 se celebra un segundo acuerdo
conocido como Bermuda II.
• Se buscaba una mayor protección a los intereses
del Reino Unido restringiendo las libertades.
Libertades del Aire
• Primera Libertad: Sobrevuelo sin aterrizaje.
Avianca (Colombia) vuela de Bogotá a Santiago
sobrevolando espacio aéreo Peruano.
Libertades del Aire
• Segunda Libertad: Escala con fines no
comerciales. Una aeronave de LAN (Colombia)
vuela de Bogotá a Santiago aterriza en Lima a
repostar combustible.
Libertades del Aire
• Tercera Libertad: Derecho a desembarcar pasajeros, carga
y equipaje embarcados en el Estado al que pertenece la
línea aérea. Aeronave de Copa (Colombia) parte de Bogotá
a Santiago y al llegar desembarca pasajeros, carga y
correo.
Libertades del Aire
• Cuarta Libertad: Derecho a embarcar pasajeros, carga
y correo con destino al Estado al cual pertenece la
línea aérea. VivaColombia (Colombia) decide embarcar
pasajeros, carga y correo en Santiago con destino a
Bogotá.
Libertades del Aire
• Quinta Libertad: Derecho a embarcar y
desembarcar pasajeros, carga y correo con destino
o procedente de terceros Estados. Una aeronave de
Avianca (Colombia) parte de Bogotá a Santiago,
hace una escala en Lima en donde deja algunos
pasajeros y embarca otros con destino a Santiago.
Libertades del Aire
• Sexta Libertad: Derecho a embarcar pasajeros, carga y
correo y desembarcar en otro Estado vía la realización
de una escala en su propio Estado. Una aeronave de
LAN (Colombia) se encuentra en Santiago, parte
rumbo a Miami haciendo una escala en Bogotá.
Libertades del Aire
• Séptima Libertad: Derecho a que el operador aéreo
de un Estado transporte pasajeros, carga y correo
fuera de su Estado sin haber iniciado el vuelo en su
territorio. Copa (Colombia) tiene una aeronave con
base en Miami y realiza vuelos a Kingston.
Libertades del Aire
• Octava libertad: Derecho del operador aéreo de un
Estado a transportar pasajeros, carga y correo
dentro del territorio de otro Estado. “Cabotaje”.
VivaColombia (Colombia) realiza la ruta Bogotá-
Miami-Los Ángeles.
Libertades del Aire
• Novena Libertad: Derecho de una aerolínea a tener
base en otro Estado y a partir de ahí realizar vuelos
domésticos. Avianca (Colombia) con base en Miami
realiza las rutas Nueva York- Atlanta.
Negociaciones Aéreas Comerciales
• Dos elementos del Convenio de Chicago dan
origen a las negociaciones aéreas comerciales:
1. Permiso Especial (articulo 6).
2. El reconocimiento expreso a la igualdad de
oportunidades entre los Estados. (Preámbulo).
• Con base en estas dos premisas los Estados
regulan y establecen las condiciones de entrada a
rutas internacionales.
• Colombia se adhiere al convenio mediante Ley 12
de 1947.
Negociaciones Aéreas Comerciales
• A partir de la adhesión, Colombia mediante
negociaciones bilaterales y multilaterales define
los derechos de trafico aéreo. (libertades del
aire).
• Se definen en Acuerdos de Transporte Aéreo.
Definen entre otros rutas, derechos de trafico,
equipos, frecuencias, tarifas, accesos al mercado,
servicios de carga código compartido entre otros.
• Estas negociaciones quedan plasmadas en
Acuerdos Internacionales, Actas de
Entendimiento y Memorandos.
Convenio de Montreal 1999
• Remplaza sustancialmente en un solo texto, al Convenio de
Varsovia buscando la unidad en la relación aerolínea-
pasajero.
• Aplica a personas, equipaje o carga transportadas
internacionalmente en una aeronave a cambio de una
remuneración.
• Regula situaciones de muerte y lesión en el pasajero.
Retraso de vuelo y daño o perdida de equipaje.
• Implementa una responsabilidad en la que el transportista no
podrá limitar ni excluirse de la misma.
• Fue ratificado por la UE lo que lo convierte en un Derecho
Comunitario, elevando su rango en soberanía referente a
política de transporte aéreo gracias al principio de primacía.
Convenio Ciudad del Cabo 2001
• Establece ventajas para el arrendador y
financiadores de aeronaves.
• Facultad del arrendatario de una aeronave para
retirar el avión del país si existe incumplimiento
de pagos con la potestad de venderlo.
• No hay legislación al respecto en Colombia ni se
ha presentado el primer caso.
• Convención permite una acción inmediata sobre
el bien, el Código de Comercio requiere un
proceso ejecutivo. Conflicto en la normatividad.
Principios del Derecho Publico
Aeronáutico.
• Soberanía (Art 2 Convención de Chicago).
• Aeronaves de Estado y Aeronaves Civiles. (Art 3
CC).
• Aplicación de Leyes Nacionales. (Art 11 y 15).
• Aplicación reglas del aire. (Art 12).
Política Aérea Comercial
• Acciones y decisiones del Gobierno orientadas a
dirigir el curso de la aviación comercial.
• Principalmente dos variables: Condiciones de
acceso y determinación de los precios.
• Dos segmentos se regulan a través de la política.
• Mercado Internacional: Convenios Aéreos
Comerciales ( Libertades del Aire).
• Mercado Domestico: Regido por regulaciones
internas, reservado aerolíneas nacionales.
¿Qué se negocia?
• Rutas y derecho de trafico.
• Equipos y frecuencias.
• Tarifas.
• Acceso al mercado.
• Servicios exclusivos de carga.
• Códigos compartidos.
• Estas negociaciones quedan plasmadas en
Acuerdos Internacionales, Actas de
Entendimiento y Memorandos.
Tipos de enfoque en el transporte
aéreo.
• Convenios aéreos comerciales: Acuerdos entre países,
usualmente son bilaterales pero existen ejemplos de
algunos multiláteras (CAN, UE, CLAC).
Caso Colombiano
Política Actual
• Múltiple designación.
• Libertad de equipo de vuelo y frecuencias en rutas
acordadas con el fin de promover integración regional
y global.
• Diversificar la conectividad de Colombia hacia otros
países, esencial en las relaciones internacionales.
• Apertura de todo el territorio a las negociaciones
áreas, cielos abiertos en 3ª y 4ª libertad. Flexibilidad
de la 5ª en Latinoamérica.
• Clausula de nacionalidad por establecimiento para
facilitar inversión extranjera en el sector.
Política Actual en Carga
• Libertad en frecuencias y vuelos chárter.
• Cuadro de rutas completamente abiertos.
• Libertad de derechos de 5ta libertad. Énfasis en el
continente americano. Aprovechar posición geográfica.
Acuerdos/Memorandos suscritos por
Colombia
Canadá
Estados
Unidos
México
El
salvador
Costa
Rica
Panamá
Ecuador
Perú
Chile
Argentina
Uruguay
Paraguay
Bolivia
Brasil
Surinam
Venezuela
Cuba
Rep. Dominicana
Antillas
Francesas
Curazao
Aruba
Barbados
China
Emiratos
Árabes
Singapur
Corea
Israel
Qatar
Turquía
Portugal
España
Francia
Alemania
Reino Unido
Bélgica
Holanda
Suiza
Luxemburgo
Italia
Islandia
Política Domestica
• Estado soberano y autónomo en sus decisiones
(Art 7 CC). Cabotaje prohibido.
• A finales de 2012, se liberalizó el acceso al
mercado domestico (eliminación de cupos por
aerolínea, frecuencias, equipos).
• Las tarifas se han ido flexibilizando
progresivamente hasta llegar a una liberalización
total a partir de abril 2012.
• Los proyectos de empresas y/o rutas se autorizan
cumpliendo con los requisitos del RAC. (Capital,
idoneidad técnica, numero de aeronaves etc.)
Marco Institucional
• Importancia estratégica de la aviación y el uso del
espacio aéreo implica una intervención del
Estado. Lo hace en dos áreas, estructura
orgánica y cuerpo normativo:
1. Estructura Orgánica: Entes gubernamentales
que conforman la autoridad aeronáutica.
• Presidencia de la Republica: Fija orientaciones
generales de la política del gobierno.
• Ministerio de Transporte: Directrices y políticas
relacionadas con la aviación.
Marco Institucional
• Consejo Directivo Aerocivil: Cuerpo colegiado presidido
por el Ministro de Transporte. Funciones: Planes,
proyectos y estrategias de la entidad acorde con las
políticas generales. Verificar su cumplimiento.
• Aerocivil (UAEAC): Organismo técnico especializado.
Funciones: Coordinar junto al Ministerio de Transporte la
definición e implementación de políticas, planes,
programas y proyectos del transporte aéreo dentro del
plan global del transporte velando por el desarrollo
aeronáutico y aeroportuario del país.
Aerocivil
• Ley 105 de 1993. Dicta las disposiciones básicas sobre
el sector transporte.
• Decreto 260 de 2004. Define la naturaleza jurídica,
estructura y funciones de la entidad.
• La Aerocivil es una entidad especializada de carácter
técnico adscrita al Ministerio de Transporte, con
personería jurídica, autonomía administrativa y
patrimonio independiente.
Aerocivil
• Visión: La Aeronáutica Civil en el año 2019 será una
institución líder a nivel internacional, con altos
estándares de seguridad operacional, infraestructura
aeroportuaria y aeronáutica moderna y
ambientalmente responsable.
• Misión: En la Aeronáutica Civil trabajamos para
garantizar el desarrollo ordenado de la aviación civil,
de la industria aérea y la utilización segura del espacio
aéreo colombiano, facilitando el transporte intermodal
y contribuyendo al mejoramiento de la competitividad
del país.
Aerocivil
• Clientes:
 Propietarios y Explotadores de aeronaves
 Empresas aéreas
 Operadores
 Talleres aeronáuticos
 Centros de instrucción
 Personal Técnico Aeronáutico
Aerocivil
• Servicios:
 Inspección y Vigilancia a Empresas Aeronáuticas: Escuelas
de aviación, talleres aeronáuticos, personal aeronáutico.
 Atención al Ciudadano: Licencias, registro de aeronaves,
permisos de operación, asesoría en temas aeronáuticos y
aeroportuarios.
 Comercialización: Concesiones y servicios conexos, solicitud
de stickers y arrendamiento de locales, stands, módulos y
espacios para publicidad
 Aeronáuticos: ATS-COM-MET-AIS-SAR-SEI
 Aeroportuarios: Infraestructura aeroportuaria, seguridad
aeroportuaria, sanidad
 Regulación y Reglamentación
Estructura Organizacional
Marco Institucional
2. Marco Normativo. Las normas aeronáuticas se
clasifican por su jurisdicción y contenido:
•Jurisdicción:
•Nacionales: El campo de aplicación se limita al
ámbito de soberanía del Estado que las promulga.
•Internacionales: Su aplicación se expande a la
comunidad de naciones como norma universal de
obligatorio cumplimiento. Ejemplo: OACI – Convenios
Multilaterales
Marco Institucional
• Contenido:
a. Normas de contenido político: Texto de referencia en
que el Estado busca se desarrolle la industria
aeronáutica. CONPES.
b. Normas de contenido juridico: Grupo de normas
generales que se aplican a la industria para mantener
un desarrollo social armónico. Código de Comercio,
Libro V Parte II.
Marco Institucional
c. Normas de contenido económico: Regulan
aspectos económicos de la industria. Normas sobre
tarifas, servicios aeroportuarios.
d. Normas Técnicas: Leyes orientadas a la
aplicación de ciencias exactas ( Física, Química,
Matemáticas) al ser precisas no son objeto de
variación. (Mínimos meteorológicos, Normas de
Mantenimiento)
Jerarquía Normativa
• Constitución Nacional  Art 101 ( Espacio Aéreo como
parte del territorio) Art 333 Libertad Económica e
Intervención del Estado.
• Convenios Aéreos  Regulan el acceso a rutas
internacionales.
• Leyes del Transporte  Leyes marco del transporte.
(Ley 105 de 1993 y Ley 336 de 1996).
• Código de Comercio Libro V Parte 2  Es el código
aeronáutico que permite la intervención y regulación del
sector.
• Reglamentos Aeronáuticos de Colombia RAC 
Regulación de talada de las actividades aeronáuticas.
Contrato de Transporte Aéreo
• Contrato: Acuerdo de voluntades que se ponen de
acuerdo.
Ley Aplicable
a. Nacional: Vuelos Domésticos.
• Código de Comercio
• Código Civil
• Sistema Nacional de Transporte (ley 105 de 1993)
• Estatuto Nacional de Transporte (ley 33/1996)
• RAC Parte 3 y 7
Contrato de Transporte Aéreo
b. Internacional: Vuelos Internacionales.
• Varsovia 1929
• La Haya 1955
• Montreal protocolos I, II, III y IV.
• Guadalajara 1961
• Tokio 1969
• Montreal 1999
• Decisión 582 y 619 CAN
• Bilaterales
Contrato de Transporte Aéreo
Tipos de contrato:
•Consensual: Solo con el acuerdo de voluntades.
•Solemne: Requiere una solemnidad escritura o
documento publico.
•En el caso del transporte aéreo el contrato es consensual.
Contrato de Transporte Aéreo
Características
•Bilateral: Celebrado entre dos partes.
•Oneroso: Tiene un costo.
•Adhesión: No puede escoger ni negociar el contrato.
•Intuitu personae: Por las características de la persona.
•Al comprar un tiquete aéreo el contrato es con la
aerolínea. Despegar, Expedia, etc. Son intermediarios.
Contrato de Transporte Aéreo
• Transportes sucesivos: Varias aerolíneas operando
diferentes rutas en un mismo contrato.
• Solidaridad: No importa quien este operando la
responsabilidad es solidaria.
• Transporte combinado: Aéreo, Terrestre, Fluvial de igual
forma hay responsabilidad solidaria.
• El ultimo transportador representa a los demás para
cobrar al seguro.
¿Que avión es?
¿Que avión es?
• Jetstream 32
Contrato de Transporte Aéreo
Obligaciones del Transportador
•De resultado. Hacer lo debido o comprometido. Salvo que el
pasajero actué de manera que se ponga en peligro a el mismo u
otras personas. Toda obligación se debe cumplir salvo fuerza
mayor demostrable.
Obligaciones del Pasajero
•Pagar, reservar, documentación, puntualidad, control
aduanero, desistir del transporte.
Contrato de Transporte Aéreo
Adicionales
•Tarifas: Todo costo debe ir incluido en el tiquete, tasas
aeroportuarias, IVA, cargos de emisión, cargos por
combustible.
•El tiquete y la reserva hacen sus veces de factura.
•La aerolínea puede retener hasta un 10% del rembolso de
tiquetes por gastos de facturación, para la SIC no.
Responsabilidad del Transportista
• La responsabilidad esta en el pago de una suma de dinero
por el daño causado.
• Existen 2 nociones fundamentales:
a. Subjetiva: Si actuó con culpa, no necesariamente con
intención. (negligencia).
- Daño
- Hecho
- Nexo Causal
- Factor de atribución
b. Objetiva: No interesa saber la conducta.
Responsabilidad del Transportista
• De ser subjetiva u objetiva dependerá la responsabilidad del
transportista.
• La carga de la prueba la lleva el transportista.
• Marco jurídico de la responsabilidad esta en el Convenio de
Montreal 1999.
• ¿ En donde se debe presentar la demanda?
• Hay un limite de responsabilidad negociado en la CITEJA
para evitar la quiebra de las compañías aéreas. PanAm.
• Convenio de Varsovia aun aplica, Montreal es preferido
• 107 Estados a Julio de 2014
• Convenio de Montreal propone reglas comunes para los
transportistas.
Responsabilidad del Transportista
• La implementación de convenios promueve la industria
aseguradora.
• Existe un principio de exclusividad por parte del transportista.
• ¿Qué clase de daño es indemnizable?
Patrimonial:
a. Daño emergente: Persona que fallece, repatriación, traslado.
b. Lucro cesante: Lo que se deja de percibir a futuro.
Extra patrimonial:
a. Moral: Sufrimiento, congoja, dolor, aflicción.
b. Fisiológico: Reparar la orbita social.
¿Que helicóptero es?
¿Que helicóptero es?
• Eurocopter 145
Responsabilidad del Transportista
• Montreal prohíbe daños punitivos.
• El fin de la indemnización en teoría supone que la
persona debe mantener su estatus, no enriquecerse.
• ¿Cuando apelar al convenio?
• Se debe identificar si los Estados son parte y el itinerario
contratado.
• Si el vuelo es ida-vuelta solo hay necesidad que uno de
los Estados sea parte, si es solo ida los dos Estados
deben ser parte.
Responsabilidad del Transportista
Muerte o Lesión
•Se debe demostrar el daño: Lesiones corporales, no daños
psíquicos o morales.
•Causada por un accidente: Algo inusual, súbito, imprevisto.
•Ocurre a bordo de la aeronave o durante el
embarque/desembarque: Actividad, intención del pasajero,
control de la aerolínea.
•La responsabilidad es ilimitada a no ser que sea pactada su
limitación.
•DEG 1,5us = 1DEG
•113.100 DEG por pasajero es el mínimo
Responsabilidad del Transportista
• Exoneración
a. Prueba que no ocurrió por su culpa.
b. Ocurrió por un tercero.
• Por encima de 113.100 es subjetiva, por debajo debe
ser objetiva.
Responsabilidad del Transportista
Equipaje
•Facturado: Equipaje de bodega
•No Facturado: Equipaje de mano
Responsabilidad:
•Es responsable si el suceso ocurre bajo la custodia de la
aerolínea.
Exoneración:
•Defectos propios de la maleta, culpa del reclamante.
•Hay un limite máximo de 7 días calendario para reclamar.
Responsabilidad del Transportista
• Admite una prorroga a 21 días.
• Responsabilidad limitada a 1131 DEG a no ser que
exista un previo acuerdo.
• Equipaje no facturado responde solo cuando la perdida
o daño es producto de la negligencia del transportista.
Responsabilidad del Transportista
Carga
•Responsable por daño, avería, perdida a causa del transporte
aéreo bajo custodia del transportista.
•Airway Bill (AWB) Carta de Porte: Master-Inicial, Hijo cada
compañía de transporte.
•Tiempo maximo para reclamar 14 dias calendario.
Exoneración
•Prueba que el daño no ocurrió en su posesión, acto de guerra,
autoridad publica (DIAN) (ICA)
•Limite 19 DEG x Kilogramo.
Responsabilidad del Transportista
• ¿Donde demandar?
• El reclamante decide en que Estado instaura la demanda.
• Domicilio del transportista
• Oficina principal
• Oficina donde se celebro el contrato
• Tribunal del lugar de destino
• En caso de muerte en otro Estado se puede demandar en el
Estado del pasajero si la aerolínea vuela ahí.
Responsabilidad del Transportista
Código de Comercio
•Si algún tema no esta incluido en Montreal aplica el Código de
Comercio.
•Montreal puede aplicar en un vuelo domestico si el destino final
es internacional.
•Código de Comercio aplica independientemente si hay o no hay
contrato.
•No se limita a lesiones corporales incluye las psicológicas.
•Es irrelevante la nacionalidad del pasajero o transportista.
•Art 1880-1003 C.C
•RAC 3.10.2.10
Responsabilidad del Transportista
• Código de Comercio si define que es embarque y
desembarque.
Exoneración
• A diferencia de Montreal este exonera si la culpa es exclusiva
de la victima, no parcial o total como Montreal.
• Se debe demostrar siempre la inocencia, concepto de
medidas necesarias es muy amplio.
• Código de Comercio aplica tanto a empresas como a
instituciones del Estado se regula el transporte no el contrato.
¿Qué avión es?
¿Qué avión es?
• Antonov 26B
Responsabilidad del Transportista
Equipaje y Carga
•Código de Comercio Art. 1886-1887
•Equipaje de mano hasta 200 gramos de oro
•Equipaje registrado 10 gramos de oro x kilo o según
declaración.
Responsabilidad del Estado
•Demandas deben referirse a la Aerocivil.
•El demandante tiene toda la carga jurídica.
•SIC vs Aerolíneas y Aerocivil
Anexos RAC
1. Definiciones.
2. Personal Aeronáutico.
3. Actividades Aéreas Civiles.
4. Normas de Aeronavegabilidad y Operación de
Aeronaves.
5. Reglamento del Aire.
6. Gestión de Transporte Aéreo.
7. Régimen Sancionatorio.
8. Seguridad Aérea.
Anexos RAC
9. Certificación de tipo y Fabricación de Productos
Aeronáuticos.
10.Transporte sin Riesgos de Mercancías
Peligrosas por Vía Aérea.
11. Normas Ambientales para la Aviación.
12.Meteorología Aeronáutica.
13.Cartas Aeronáuticas para la Navegación Aérea.
14.Aeródromos, Aeropuertos y Helipuertos.
15.Servicios de Información Aeronáutica.
16.Búsqueda y Salvamento.
Anexos RAC
17.Normas sobre seguridad de la Aviación Civil.
18.Unidades de Medida para Operaciones Aéreas y
Terrestres de las Aeronaves.
19.Telecomunicaciones Aeronáuticas.
20.Registro Aeronáutico.
21.Certificación de Productos Aeronáuticos.
22.SMS Security Managment System.
23.Certificación de Aeronaves Categoría Normal,
Utilitaria, Acrobática y Commuter.
24.Simuladores para Entrenamiento de Vuelo.
Anexos RAC
25. Aeronaves Categoría Transporte. (Reservada).
26. Aeronaves Categoría Liviana. (ALS).
137. Normas de Aeronavegabilidad y Operaciones
en Aviación Agrícola.
Constitución Política
• Normas constitucionales de mayor incidencia en la
reglamentación de la aviación.
• Articulo 24: Libertad de movimiento en el territorio
colombiano.
• Articulo 26: Vigilancia al ejercicio de las profesiones.
• Articulo 78: Control de calidad bienes y servicios.
• Articulo 101: Territorio colombiano.
• Articulo 333: Controlar posición dominante y alcances.
• Articulo 334: Intervención del Estado en la economía.
Código de Comercio
• Parte Segunda del Libro V “ De la Aeronáutica”
I. Disposiciones Generales
II. Navegación Aérea
III.Aeronaves
IV.Personal Aeronáutico
V. Infraestructura Aeronáutica
VI.Daños a Terceros en la Superficie
VII.Abordaje
VIII.Búsqueda, Rescate, Asistencia y Salvamento
Código de Comercio
IX. Investigación de Accidentes de Aviación
X. Explotador de Aeronaves
XI. Transporte Privado, Escuelas de Aviación, Aeronaves
dedicadas al Turismo y Mantenimiento de Aeronaves.
XII. Transporte Aéreo
XIII.Contratos de utilización de Aeronaves
XIV.Seguro
XV. Hipoteca, embargo y Secuestro.
AIP-Publicación de Información
Aeronáutica
• Es el manual básico de información aeronáutica en
Colombia.
• Contiene información de carácter permanente y
cambios temporales de larga duración, esencial para la
navegación aérea y las operaciones aeroportuarias.
Se divide en tres partes:
1. Generalidades
2. En ruta
3. Aeródromos
AIP-Publicación de Información
Aeronáutica
1. Generalidades:
• Generalidades: Registros de enmienda, actualizaciones,
lista de verificación, índice.
• Reglamentos nacionales y requisitos: Autoridades
designadas, entrada, transito y salida de aeronaves,
mercancías, pasajeros y tripulación.
• Instrumentos, equipos y documentación de vuelo de las
aeronaves: VFR, IFR, ELT.
• Resumen de acuerdos y convenios internacionales.
• Diferencias en normas y procedimiento: Licencias, etc.
AIP-Publicación de Información
Aeronáutica
2. En Ruta
• Índice
• Reglas y procedimientos generales: VFR-IFR, espacios
aéreos, interceptación de aeronaves.
• Espacio aéreo de los servicios de transito aéreo: UTA,
FIR, CTA, TMA.
• Rutas ATS: Inferiores, Superiores, RNAV.
• Radioayudas para la navegación: VOR, DME, ADF, Luces.
• Avisos para la navegación: Zonas prohibidas, militares.
• Cartas de Navegación en ruta: TMA, Área de Control.
AIP-Publicación de Información
Aeronáutica
3. Aeródromos
• Intro: Disponibilidad de aeródromos y aeropuertos.
• Controlados: Lista aeropuertos.
• No controlados: Lista de aeropuertos.
• Fuerza Publica: Lista de aeropuertos.
¿Que Helicóptero es?
¿Que Helicóptero es?
• Mil MI-17
MANUAL DE OPERACIONES
AÉREAS POLICÍA NACIONAL
Manual de Operaciones Aéreas Policía
Nacional
• Resolución 01498 del 14 de Mayo de 1997 crea el
Manual de Operaciones Aéreas para la Policía
Nacional.
• Acuerdo Colombia – Estados Unidos trae
helicópteros y aviones ultralivianos con
características operacionales no presentes en
1997.
• Se actualiza el Manual de Operaciones el 28 de
Octubre de 1999 bajo la dirección del Gr Rosso
José Serrano Cadena.
Generalidades
• Su objetivo es crear doctrina, fijar pautas y unificar
criterios.
• Utilización eficiente de aeronaves, normas de
seguridad de vuelo, material de guía y consulta.
• Sujeción estricta al RAC, normas OACI,
reglamentación de cada país y manual del equipo.
• Por situación de orden publico podrá apartarse de las
regulaciones aéreas previa autorización de la UAEAC.
• Pilotos que ejerzan en aeronaves de la PONAL deben
conocer reglamentos de operación, transito aéreo,
comunicaciones, ayudas de navegación y demás.
Generalidades
• Toda operación realizada en territorio extranjero
deberá cumplir con leyes y normas de operación de
dicho país.
• El Manual de Operaciones de la Policía Nacional es de
obligatorio cumplimiento para todo personal directa o
indirectamente relacionado con la actividad aérea.
• La misión del grupo aéreo de la Policía Nacional es
combatir el narcotráfico en todas sus formas.
• Prestar apoyo a unidades policiales ante alteraciones
de orden publico previo requerimiento de Dirección o
Subdirección: Interdicción, aspersión, transporte y
entrenamiento.
Normas Generales de Operación
I. Autoridad y responsabilidad del piloto al
mando.
• Determina las responsabilidades y facultades
que tiene el comandante de una aeronave en el
ejercicio de su función.
II. Vuelos VFR
• Dicta los parámetros generales a la hora de
efectuar vuelos bajo reglas visuales.
Condiciones meteorológicas, requerimientos de
combustible, comunicaciones.
Normas Generales de Operación
III. Vuelos IFR
• Dicta los parámetros generales a la hora de
efectuar vuelos bajo reglas instrumentales.
Condiciones meteorológicas, requerimientos de
combustible, comunicaciones.
IV. Horas limite (salida y puesta del sol)
• Programación de la hora de salida,
documentación, meteorología, cambios
climatológicos durante el vuelo, entrenamiento
para vuelo nocturno y funciones del copiloto.
Normas Generales de Operación
V. Orden de vuelo
• Obligatoriedad de la orden de vuelo,
características, contenido y modificaciones al
documento.
VI. Plan de vuelo
• Contenido del plan de vuelo, su elaboración en
operaciones especiales y condiciones de orden
publico.
VII. Pre vuelo
• Revisión de documentos y equipos, efectuarlo con
base en el manual de operaciones de la
aeronave.
Normas Generales de Operación
VIII. Despachador de vuelos
• Funciones del despachador de vuelo, coordinación
con autoridades y personal policial, control y
recolección de la documentación necesaria,
información del vuelo.
IX. Peso y balance
• Calculo del peso de la aeronave, cambios en el
centro de gravedad, manifiesto de carga,
limitaciones.
X. Vuelos de prueba
• Propósito, quienes lo realizan y cuando se realiza.
Normas Generales de Operación
XI. Limitaciones al tiempo de vuelo
• Establece las limitaciones de vuelo para los
tripulantes, jornadas de descanso.
• En un día 8 horas
maquina.
• En una semana 30 horas
maquina.
• En una quincena 45 horas
maquina.
• En un mes 90 horas
maquina.
• En un año 1000 horas
Personal de Operaciones
A.Control de operaciones
• Responsabilidades de la Policía Nacional.
• Responsabilidad del piloto al mando.
• Notificación de operaciones, mantenimiento y
cambios.
B.Uso de las listas de comprobación
• Procedimientos en lo que se dará uso a las listas.
• Cartas de navegación, listas y documentación a
bordo.
Personal de Operaciones
C.Carga en el compartimiento de pasajeros
• Condiciones para llevar la carga y en que
condiciones.
• Interacción de la carga con los pasajeros y la
estructura.
D.Utilización de un segundo piloto y tripulantes
• En que condiciones se requiere de un copiloto y
personal asistente.
E. Limitación de las operaciones
• No operación de manera individual en misiones que
impliquen riesgo a la aeronave y/o a las personas a
bordo.
Vestuario y Equipo
A. Uniforme de vuelo
• Características del uniforme para la tripulación y
demás personal que presta servicio en
operaciones aéreas.
B. Equipo
• Contenido del maletín de vuelo, documentación a
bordo antes de iniciar la misión, manuales de
operación y elementos personales para
pernoctar.
C. Instrumentos según operación
• Instrumentos que deben estar instalados y en
funcionamiento tanto para vuelos VFR como IFR.
Vestuario y Equipo
D. Elementos a bordo
• Serie de elementos mínimos que deben estar a bordo
de la aeronave antes de iniciar operaciones normales y
especiales.
Seguridad
I. Procedimiento para notificar accidentes e
incidentes de una aeronave.
• Información que se debe entregar a la jefatura de
operaciones y al oficial de seguridad del servicio
aéreo.
• Entregar un informe detallado dentro de los cinco
días siguientes a la fecha del incidente/accidente.
• Manejo de los restos, repuestos y la carga de la
aeronave.
II. Anotación en el libro de vuelo
• Información que el piloto debe anotar en cuanto a
datos y daños de la aeronave.
Seguridad
III. Recomendaciones para evitar condiciones de
mal tiempo
• No realización de vuelos en condiciones criticas,
referencia al manual de la aeronave, identificación
y curso de acción.
IV. Emergencias en vuelo
• Toda la información pertinente a manejo de
emergencias será competencia del comandante
tomando como base el manual de procedimientos
de cada aeronave.
• Declaración de la emergencia, búsqueda de la
aeronave, procedimiento de evacuación, rescate y
supervivencia.
Normas y Requerimientos para
Autonomías deVuelo
• Se busca reglamentar las autonomías de vuelo
de los tripulantes.
• Tener en cuenta las condiciones psicofísicas para
un optimo desempeño en las misiones de vuelo.
• Buscar un entrenamiento de máximo nivel que
permita un optimo rendimiento y operación
segura.
• Funciones de la Jefatura de División de Servicio
Aéreo.
• Funciones de la oficina de operaciones aéreas.
• Funciones de la seccional de aviación.
Asignación de Autonomías deVuelo
1. Control de Operaciones
• Quienes componen la junta de autonomías.
• Cuales son las funciones del a junta de
autonomías.
• Consideraciones generales sobre la junta.
2. Requisitos
• Entender cuales son requerimientos que deben
cumplir los pilotos autónomos así como los
instructores de vuelo.
• Calificación en un equipo, transiciones,
chequeadores de operación, pilotos de seguridad
Asignación de Autonomías deVuelo
3. Autonomías
• Documentación de control para cada uno de los
cursos.
• Requisitos para mantener la autonomía de vuelo.
Horas de vuelo IFR, repaso anual, exámenes
médicos.
• Perdida de la autonomía por incidente o accidente.
Suspensión de vuelo, autoridad para levantar la
suspensión y tiempo de resolución.
• Recobro de la autonomía de vuelo dependiendo del
numero de días sin ejercer funciones como piloto al
mando.
Instrucciones Generales de
Coordinación
• Perdida de curso de transición o repaso y sus
implicaciones.
• Requisitos dispuestos en el manual son los mínimos y
no podrán bajarse, sin embargo si podrán ser mas
exigentes.
• Selección adecuada de tripulantes de acuerdo a la
misión.
• Las horas de vuelo solo garantizan ser preseleccionado.
• Cursos de vuelo ajenos a la Policía Nacional pueden ser
tenidos en cuenta. Con restricciones.
• Puede incorporarse a la especialidad de piloto si ya ha
estado en otro programa diferente del servicio aéreo.
Caso AiresVuelo 8250
• https://www.youtube.com/watch?v=kIXqtBky_3w
Operación General de Helicópteros
Normas generales
•Marca las pautas generales que debe tener en cuenta
el personal que opera helicópteros al servicio de la
Policía Nacional.
•Entre ellas incluye mínimos de operación, transporte
de pasajeros y carga, incorporación al patrón, manejo
de emergencias.
Zonas de lanzamiento
•Características generales que debe tener el terreno
para efectuar el lanzamiento.
Operación General de Helicópteros
• Información detallada del terreno que debe
reportarse: Sitio, cuadrante libre, vía de
aproximación, obstáculos, puntos de referencia,
fecha, hora y abastecimientos.
Marcación y zonas de lanzamiento
• El propósito es identificar el sitio o punto especifico
de lanzamiento para la tripulación.
• Procedimientos en operaciones diurnas y nocturnas.
• Distancia de las marcas con respecto a los
obstáculos.
• Visibilidad de las marcas solo deben ser visibles
desde la dirección de ruta de vuelo.
Operación General de Helicópteros
Operación nocturna de helicópteros
A.Condiciones: Recibe el mismo tratamiento de una
operación IFR y requiere 2 pilotos entrenados en vuelo
nocturno.
B.Limitaciones: Características del helicóptero así como
del vuelo IFR limitan su operación y rendimiento.
C.Requisitos para operación nocturna de
helicópteros: La reglamentación no es taxativa esta
sujeta al criterio del piloto pero debe tomarse como tal.
D.Requerimientos de Apoyo Aeronáutico:
Características, sugerencias y obligaciones.
Operación General de Helicópteros
Empleo de helicópteros armados, operaciones en
orden público.
A.Consideraciones: Es el uso de la capacidad de fuego
de los helicópteros para suministrar apoyo al personal en
la superficie y operaciones helicoportadas.
•Apoyo de fuego pre planeado: Permite el planeamiento
previo para determinar su aplicación.
•Apoyo de fuego inmediato: De acuerdo al desarrollo de
las operaciones y circunstancias requiere ser aplicado de
forma inmediata.
Operación General de Helicópteros
B. Responsabilidades de las unidades apoyadas
• Construcción y conservación de helipuertos.
• Servicio de vigilancia y seguridad a los equipos en
tierra.
• Servicio de vigilancia y seguridad al combustible y
demás.
• Suministrar a tripulaciones transporte terrestre,
alojamiento y alimentación.
• Disponer de personal para diferentes servicios: Aseo,
transporte, cargue y descargue, conservación.
Operación General de Helicópteros
• Coordinar las facilidades para hacer trabajo de pre y pos
vuelo.
• Instrucción a tropas en embarque, desembarque y
permanencia.
• Emplear el apoyo aéreo de acuerdo a las necesidades de
operación y el fin.
• No ubicación de elementos de carga en el helipuerto
hasta el completo aterrizaje de la aeronave.
• Identificación de los elementos transportados.
• Facilidad de comunicaciones administrativas a personal
aéreo.
• Velar por la economía de vuelo.
Operación General de Helicópteros
Construcción de helipuertos
A.Responsabilidad de los comandos terrestres la
construcción y mantenimiento de helipuertos.
B.La continua operación en zonas de orden publico hace
necesaria la construcción de helipuertos.
C.Normas generales: Construcción de helipuertos.
•Localización cercana al puesto apoyar.
•25 metros de zona despejada 150 en dirección al viento.
•Manga veleta ubicada a no menos de 25 metros del punto
de aterrizaje.
Operación General de Helicópteros
• En ausencia de manga veleta se hará uso de una fogata.
• Sitio plano, horizontal y preferiblemente cubierto de
hierba.
• Dimensión y demarcación del punto de aterrizaje.
• Área despejada alrededor del circulo mínimo 20 metros.
• Máximo declive del terreno 5 a 8 metros.
• Terreno suficientemente firme para soportar la aeronave.
• Acondicionamiento de helipuertos en pantanos o
ciénagas.
• Propósito de la marcación de helipuertos.
• Operación nocturna y sistema Y.
Operación General de Helicópteros
• Instrucciones generales sobre el manejo de
combustible.
A.Instrucciones:
• Difundir a todo el personal normas en el manejo del
combustible.
• Prohibición en el uso de tambores metálicos usados para
almacenar combustible de aviación.
• Almacenar tambores en sitios altos, secos y
horizontalmente.
• Organizar en orden cronológico de envase mm/dd/aaaa.
• Utilizar primero los envases que llevan mas tiempo
almacenados.
Operación General de Helicópteros
• Evitar el almacenamiento en hangares y bodegas cerradas, sí
en zonas apartadas con techo y sin paredes.
• Áreas de almacenamiento de aceite y combustible deben ser
exclusivas y no mezclarse con otros materiales.
• Identificación del área de almacenamiento con señales de
“PELIGRO, NO FUME, PROHIBIDA LA ENTRADA”.
• En la puerta de entrada debe estar disponible un extintor.
• Revisión constante de tambores de almacenamiento en
búsqueda de escapes y/o imperfectos.
• Máximo tiempo de almacenamiento de un tambor es de 6
meses.
• “Un tambor con escape puede ocasionar un accidente
fatal en un momento dado.”
Operación General de Helicópteros
B. Precauciones antes del abastecimiento
• Verificar que el tambor se encuentre marcado con el tipo
de combustible que requiere la aeronave.
• Obtener muestras para verificar que si corresponde al
grado.
• Efectuar prueba de claro y brillante antes de utilizarlo.
• Verificar que el tambor no tenga agua realizando las
respectivas pruebas, si hay presencia de agua NO
utilizar el combustible.
• Evitar el uso de tambores almacenados por mas de tres
meses que presenten escapes.
Operación General de Helicópteros
• Desocupar inmediatamente tambores que su contenido
no se use en la aviación.
• Combustible JET A1 que sobre no podrá ser envasado
nuevamente después de 24 horas de abierto el tambor.
C.Manejo de Tambores Vacíos
• Un tambor vacío resulta mucho mas peligroso que uno
lleno. Un tambor lleno produce un incendio que se
puede controlar, un tambor vacío puede desencadenar
una explosión.
• Se deben separar los tambores vacíos tan pronto como
se pueda y llevarlos a la unidad de origen.
Operación General de Helicópteros
D. Aprovisionamiento con tanque de caucho GIBAS
• Verificar estado, utilizar bases de madera y revisar
accesorios.
• Mangueras de seguridad deben tener un mínimo de 12
a 15 metros y un diámetro mínimo de media pulgada.
• Instruir al personal responsable acerca del buen uso de
los elementos así como la limpieza a fin de evitar
contaminación.
• Elaborar pruebas constantes al combustible y en caso
de duda llevarlo a laboratorio para inspección.
Operación General de Helicópteros
E. Transporte de combustible
• Ejercer extremada precaución tanto en el transporte de
combustible en tambores como en carro tanques.
• Se deben ejercer los mismos procedimientos de control
tanto en los almacenes como en los sistemas de
transporte.
• Si se trata de un carro tanque verificar que solo haya
sido usado para el transporte de un solo tipo de
combustible.
• Si ha transportado otro tipo de combustible debe lavarse.
• Verificar control de calidad del combustible, documentos.
• Revisar cantidad recibida contra comprobante de envío.
Conceptos Adicionales del Manual de
Operaciones
Titulo IV: Modificaciones al Manual de Operaciones.
•Anexo 1: Mercancías Peligrosas.
a.Marco Normativo.
b.Clasificación de las Mercancías Peligrosas.
c.Requisitos para el transporte de combustible en aeronaves de
carga.
d.Requisitos para el transporte de explosivos.
•Anexo 2: Requisitos para Curso de Vuelo.
Se dictan los requisitos mínimos para comandante, copiloto e
instructor en los diferentes equipos.
Vuelo de prueba
• https://www.youtube.com/watch?v=uxi9w5q03jA
MANUAL DE SEGURIDAD AÉREA
Generalidades
• El manual es implementado y supervisado por el Director
Nacional Antinarcóticos. Y aplicado por todo el personal
relacionado con la actividad aérea.
• El manual de seguridad aérea tiene como objetivo, la
conservación del recurso humano y material de la institución.
• Busca proponer la asignación de funciones,
responsabilidades y adopción de medidas que permitan evitar
accidentes con base en la prevención e investigación de
accidentes.
• Si bien el manual abarca puntos con profundo análisis, otros
mas serán apenas mencionados y deben ser estudiados por
la respectiva especialidad.
• Componentes de la actividad aérea: Hombre, medio y
maquina.
Conceptos
• Define los diferentes términos utilizados en el manual
así como en las investigaciones de accidentes e
incidentes aéreos.
1. Accidente de Aviación
a. Definición y criterios
b. Clasificación:
• Accidente Fatal
• Accidente Mayor
• Accidente Menor
Conceptos
c. Incidente de Aviación
• ¿Que se considera un incidente y lo diferencia de un
accidente?
d. Situación riesgosa
• Actividad que pone en riesgo la integridad física de los
ocupantes de la aeronave.
e. Daños en la aeronave
• Destrucción total
• Daño considerable
• Daño menor
• Daño mínimo
Incidente o Situación Riesgosa
• https://www.youtube.com/watch?v=4JpfesVARQo
Conceptos
Conceptos
f. Lesiones a personas
• Situación en la que se ve comprometida la integridad
física de tripulantes o pasajeros. Medicina de aviación se
encargara de clasificar en fatales, graves o menores.
2. Análisis de los factores causantes de los accidentes
e incidentes
Es importante resaltar que la clasificación se hace con
propósitos de facilitar la comprensión y todos tienen la
misma importancia en la prevención de accidentes.
a. Definiciones
• Factores Causantes.
• Errores encontrados a través de la investigación.
Conceptos
Conceptos
Conceptos
Conceptos
• Fallas de material o mal funcionamiento de partes:
- Equipo auxiliar
- Proveedores
• Causa Fortuita
• Determinación de los factores:
- Determinado
- Mas probable
- Posible
- Indeterminado
¿Cómo manejar una emergencia?
• https://www.youtube.com/watch?v=CRMtJ67xyQQ
Funciones y Responsabilidades
Cargos
•Dirección Nacional Antinarcóticos
•Jefe Área de Aviación Policial
•Asesor Seguridad Aérea e Industrial
•Asesor Seguridad Aérea ala fija y ala rotatoria
•Asesor Seguridad Industrial
•Asesor Grupo de Divulgación
•Asesor Grupo de Búsqueda y Rescate
•Asesor Seguridad Aérea e Industrial Ala Fija
Funciones y Responsabilidades
• Comité de Seguridad Aérea
• Junta de Autonomías
• Oficial Investigador Técnico
• Coordinador Medicina de Aviación
• Asesor Abastecimientos
• Coordinador Operaciones Aéreas
• Coordinador Grupo Técnico
• Director Seccional de Aviación
• Asesor Telemática
Funciones y Responsabilidades
Procedimientos Preventivos
•Son los mecanismos para lograr la educación necesaria en
seguridad que permita la detección y eliminación de riesgos
que puedan llevar a un incidente o accidente.
1.Procedimientos
•Programa de prevención anual: Presentación de las
actividades preventivas que se desarrollaran durante el año
otorgando misiones especificas al personal.
•Educación en seguridad: Carteleras, afiches, avisos,
boletines, publicaciones de otras entidades, películas de
seguridad, reuniones de seguridad, conferencias de seguridad,
bibliotecas de seguridad.
•Difusión y Seguimiento.
Funciones y Responsabilidades
Riesgos
•Estudio de los riesgos: Es una potencial causa de accidente o
incidente.
•Detección del riesgo: Toda persona relacionada con la actividad
aérea esta comprometido a detectar factores de riesgo.
•Métodos de detección:
- Experiencias de los no comprometidos.
- Revisiones periódicas: Planes, Políticas, Procedimientos,
Instrucción, Inspección, Análisis estadísticos, Investigación de
Accidentes e Incidentes, Inspecciones de Seguridad, Reporte
del Riesgo y Estudio de los Factores Humanos.
Funciones y Responsabilidades
Factores Humanos
•Comportamiento humano
•Estado Fisiológico
•Estado Psicológico
•Entrenamiento
•Criterio y toma de decisiones
•Estrés y fatiga
•Comunicación
•Distracciones Operacionales
•Presión del grupo y Ego
Funciones y Responsabilidades
Evaluación del Riesgo
La evaluación del riesgo permite determinar la acción a
seguir para eliminarlo.
Probabilidad de ocurrencia:
•Ocurre frecuentemente
•Ha ocurrido
•Probablemente ocurra
•Improbable que ocurra
•Muy difícil que ocurra
Funciones y Responsabilidades
Daños que se pueden causar en caso que ocurra el
accidente o incidente
•Fatal
•Destrucción
•Considerable
•Menor
•Mínimo
Funciones y Responsabilidades
Severidad del Riesgo
•Riesgo Severo
•Riesgo Grave
•Riesgo Rutinario
•Riesgo Remoto
•Riesgo Inexistente
Funciones y Responsabilidades
Acción a seguir recomendada por seguridad aérea
•Acción inmediata y solución inmediata
•Acción inmediata y solución a corto plazo
•Acción inmediata y solución a largo plazo
•Acción indefinida y solución indefinida
•No procede acción alguna
Funciones y Responsabilidades
Eliminación del riesgo
•Responsabilidad de los niveles inferiores: Obligatoriedad
de eliminar los riesgos sobre los que el personal tenga
injerencia.
•Responsabilidad de los niveles superiores: Asesor de
Seguridad Aérea e Industrial, Jefe Área de Aviación Policial,
Mando Superior.
•Tramites reglamentados para la eliminación del riesgo:
Jefe de Grupo, Jefe Área Aviación, Tramite a Mando
Superior.
•Otros medios de eliminación: Acción directa, Comité de
Seguridad.
Funciones y Responsabilidades
• Seguimiento
• Informes de riesgo de operación
• Principios del programa de reportes de riesgo:
- Confianza
- Independencia
- Fácil Reporte
- Recepción
- Motivación
- Retroalimentación
- Animo Preventivo
Funciones y Responsabilidades
Funciones y Responsabilidades
Comité de Responsabilidad Aérea
•Nombramiento de integrantes
•Miembros
•Autoridad que lo convoca
•Caso para su convocación
•Procedimiento
•Funciones
•Autonomía del Comité
•Registro del Comité y Distribución
Funciones y Responsabilidades
Junta de Autonomías
•Nombramiento de los integrantes
•Miembros
•Autoridad que los convoca
•Procedimiento
Inspecciones de seguridad
•Objetivos
•Clases
•Procedimiento
Funciones y Responsabilidades
Estadísticas de Seguridad
•Clasificación
•Responsabilidades en el suministro de información
estadística
•Daños por proyectiles de arma de fuego
Prioridades en la información
•Clasificación
•Canales de distribución
•Responsabilidades
Funciones y Responsabilidades
Piloto al mando y tripulación
•Capacitación y evaluación
•Autoridad
•Responsabilidades
•Horas Limites
•Piloto de Seguridad
•Técnicos
Despachadores
•Responsabilidad
Funciones y Responsabilidades
Utilización de Oxigeno
•Hipoxia
•Hiperventilación
•Presurización de cabinas
F.O.D (Foreign Object Depot)
•Causas
•Medidas preventivas
Caso PNC 0241
Funciones y Responsabilidades
Transporte
•Transporte de pasajeros regulares
•Transporte de tropas
•Transporte de enfermos
•Otras consideraciones
•Transporte de carga
•Transporte de sustancias peligrosas
Funciones y Responsabilidades
Combustible de Aviación
•Transporte aéreo
•Contaminación del combustible
Meteorología
Cumplimiento de Normas
•Normas institucionales
•Normas generales
•Recomendaciones de seguridad
Funciones y Responsabilidades
Estímulos en Seguridad
•Premios
•Sanciones
•El error de criterio
•Actuación del oficial de seguridad
Oficial de Seguridad Aérea
•Cualidades para su selección
•Procedimiento
•Preparación
•Responsabilidades
Funciones y Responsabilidades
¿Como manejar una emergencia?
• https://www.youtube.com/watch?v=AvgxLrZYfMc
Investigaciones Aéreas
Concepto
•Averiguación técnica que sigue a la ocurrencia de un
accidente, incidente o situación riesgosa a través de
procedimientos que permitan identificar las causas y emitir
recomendaciones.
Objetivo
•Se busca prevenir la ocurrencia de hechos similares al
investigado mediante el descubrimiento de las causas que
lo produjeron.
•Al final se deben identificar: Conclusiones, Causas,
Recomendaciones y Exposición.
Investigaciones Aéreas
Alcance
Toda investigación en la Policía Nacional debe ser
llevada según los parámetros de este manual.
Organizaciones Investigativas de Apoyo
•OACI
•FAA
•NTSB
•FAC
•UAEAC
•POLICIA NACIONAL COLOMBIANA
•OTROS
Investigaciones Aéreas
Otras Investigaciones frente a la Investigación Aérea
•Importancia de la independencia a la hora de llevar a
cabo la investigación.
Prueba de Hecho
•Concepto: Característica técnica que permite al
investigador concluir cual fue la causa de la falla
presentada.
•Búsqueda de la prueba: El manual dicta procedimientos
y guía al investigador hacia las pruebas técnicas en
fuentes diferentes al propio manual.
Investigaciones Aéreas
Oficial Investigador Técnico (O.I.T)
•Oficial de la Policía especializado en seguridad aérea e
investigación de accidentes encargado de hacer la
investigación hasta el final de la misma.
Oficial Investigador Preliminar (O.I.P)
Oficial especializado en seguridad aérea e investigación de
accidentes designado para acudir de forma inmediata al sitio.
Procedimiento Reducido
Se omiten algunos aspectos de la investigación.
Procedimiento Especial
Se aparta sustancialmente de lo escrito en el Manual de
Seguridad.
Investigaciones Aéreas
Procedimiento General de Investigación
1.Conocimiento del hecho
•Conocimiento directo o por terceros
•Notificaciones
•Informes
2.Desplazamiento del Personal Técnico
•Aplicación del plan pre accidente
•Trabajo en el campo
•La aeronave
•Los diagramas
Investigaciones Aéreas
• Las fotografías
• Testigos – clases:
a. Testigos a bordo
b. Testigos técnicos
c. Testigos en tierra
d. Testigos presenciales
• Testigos – búsqueda:
* Se dictan las recomendaciones para facilitar la búsqueda.
• Testigos – tratamiento:
* Cada testigo merece un tratamiento diferente según su tipo.
Investigaciones Aéreas
• Testigos – Tratamiento de la entrevista:
* Del buen tratamiento de la entrevista dependerán las
conclusiones sacándole el máximo provecho a la investigación.
• Testigos – Anotaciones a la entrevista:
* Conclusiones claras y concretas que realiza el Oficial
Investigador con el fin de facilitar posteriores análisis, testimonios,
causas etc.
• Testigos - Corroboración del testimonio:
* Todo testimonio debe ser corroborado por medio de otras
fuentes.
Investigaciones Aéreas
• Tratamiento de las partes
a. Remoción de los escombros
b. Traslado de las partes
c. Ensamble de las partes
• Equipo del Oficial Investigador Preliminar
* Existe un equipo mínimo que debe portar el Oficial
Investigador Preliminar.
Investigaciones Aéreas
3. El Informe Preliminar
• Primera información por escrito que se realiza dentro
de las 72 horas siguientes de notificado el hecho.
• Generalidades:
*Dos hechos requieren informe preliminar, los accidentes y los
incidentes.
• Clasificación del hecho:
a. Accidente
b. Incidente
c. Situación Riesgosa
Investigaciones Aéreas
Investigaciones Aéreas
• Tramite
• El informe preliminar debe ser enviado a la Jefatura del Área de
Aviación Policial y copias para investigación técnica y quienes
se puedan ver afectados por los errores hallados.
4. Oficial Investigador Técnico (O.I.T)
• Nombramiento
• Procedimientos y notificación
• El O.I.T y el Comité de Seguridad
5. Informe Intermedio
• Informe que rinde el O.I.T ante la Jefatura del Área de
Aviación Policial.
Investigaciones Aéreas
• Casos en que debe hacerse
* Deben cumplirse tres requisitos.
• Contenido
* Toma su base en el informe preliminar.
• Tramite
•Se realiza ante el Jefe de División.
6. Recopilación de pruebas
• Acopio de elementos técnico - científicos que reúne el
O.I.T para llegar a conclusiones, causas y
recomendaciones finales.
• Complemento del trabajo en el campo
* Estudiar y complementar las diferentes áreas que fueron
investigadas.
Investigaciones Aéreas
• Estudio de los factores humanos
* El O.I.T analizará que situaciones ameritan un estudio de Medicina
de Aviación que ayuden a sacar conclusiones.
• Determinación de fallas
a. Ingeniería de partes
b. Falla en los procedimientos de mantenimiento
c. Falla en los procedimientos operacionales
d. Fallas en otros procedimientos
e. Fallas en la planeación
f. Fallas en la documentación
g. Fallas medicas
Investigaciones Aéreas
• Solicitudes del O.I.T
* Se debe velar por brindar la información y herramientas
necesarias que requiera el Oficial Investigador.
• Las solicitudes pueden ir dirigidas a :
a. Autoridades Aeronáuticas Colombianas o Extranjeras
b. Otras Entidades
c. Medicina de Aviación
d. Telemática
e. Operaciones Aéreas
f. Seccional Escuela de Aviación
Investigaciones Aéreas
g. Bases aéreas
h. Mantenimiento
i. Abastecimientos
j. Recursos Humanos
• Anotaciones a las respuestas
• Es importante el hacer anotaciones al final de las solicitudes
con el fin de destacar puntos que facilite la investigación.
• Otros Análisis
a. Estudio de los manuales del fabricante
b. Estudio de los libros de la aeronave
c. Estudio de los informes técnicos
Investigaciones Aéreas
d. Estudio de documentos policiales
e. Estudio de los reglamentos aeronáuticos
• Tratamiento de los estudios
a. Anotaciones
b. Traducciones
6. Ordenes para la preservación de pruebas
El O.I.T debe impartir las instrucciones necesarias para la
preservación de las pruebas.
7. Recopilación formal de la investigación
• Forma en que debe ser entregada la investigación
técnica completa.
Investigaciones Aéreas
a. Portada
b. Contenido
7. Procedimientos reducidos
Se aplica en accidentes, incidentes, situaciones de riesgo y
cuando la aeronave resulte dañada por acción
delincuencial.
• Contenido
• Criterios de evaluación
8. Perdidas de autonomía
El personal de la Policía Nacional puede perder su
autonomía cuando suceda un hecho que deba ser
investigado, de acuerdo al Manual.
Investigaciones Aéreas
• Casos
a. Accidente o Incidente
b. Situación Riesgosa
c. Ataque de Grupos Delincuenciales
• Procedimiento
a. Ante un incidente
b. La tripulación que incumpla
c. Ante dudas sobre el hecho presentado
• Reanudación de actividades de vuelo
Investigaciones Aéreas
9. Informe Final
Es similar al al informe preliminar pero se aportan,
adicionan y profundizan nuevos aspectos.
• Generalidades
* Toda investigación requiere un informe final completo o
reducido.
• Comité de Seguridad
•Que investigaciones de ben ser sometidas al Comité de
Seguridad.
Investigaciones Aéreas
Contenido informe final completo
a.Historia del hecho
b.Investigación y análisis
c.Lugar del hecho
d.Exámenes de los restos
e.Información sobre la aeronave
f.Información sobre las personas
g.Factores meteorológicos
h.Radioayudas
i.Comunicaciones
Investigaciones Aéreas
j. Operación
k. Procedimiento
l. Aspectos de supervivencia
m. Entrevistas
n. Supervisión
o. Estudio de los factores humanos por Medicina de
Aviación.
c. Resumen final
d. Conclusiones del Oficial Investigador
e. Causa para el Oficial Investigador
Investigaciones Aéreas
f. Recomendaciones del Oficial Investigador
Informe Final Reducido
a. Historia del hecho
b. Nombre del sitio donde ocurrió el hecho
c. Relación de daños
d. Nombre de lesionados y grado de lesión
e. Nombres de la tripulación
f. Fallas encontradas en la investigación
g. Conclusiones y recomendaciones
Investigaciones Aéreas
• Acta del Comité de Seguridad
* Toda investigación sometida al comité deberá tener un acta
anexa al mismo.
• Tramite
•El informe final debe ser tramitado ante el inmediato superior
jerárquico Jefe del Área de Aviación Policial.
• Difusión y Archivo
•Ante quien debe ser presentado el informe y donde debe
archivarse.
• Procedimientos contra fallos de la investigación
a. Investigaciones sin Comité de Seguridad
b. Investigación con Comité de Seguridad
Caso Miami
• https://www.youtube.com/watch?v=CRMtJ67xyQQ
Búsqueda y Salvamento
1. Búsqueda
La búsqueda de una aeronave declarada en emergencia
o desaparecida, de propiedad o al servicio de la
Policía Nacional , es responsabilidad exclusiva de la
institución.
• Alerta
Bajo que condiciones se declara que una aeronave esta
en estado de alerta.
• Emergencia
Bajo que condiciones se declara una aeronave en estado
de emergencia.
• Búsqueda Coordinada
El Jefe del Área de Aviación podrá solicitar la
colaboración de otras entidades.
Búsqueda y Salvamento
2. Salvamento
Esta fase debe iniciarse inmediatamente después de ser
localizada la aeronave accidentada o incidentada.
• Objetivos
Identificar cuales son las intenciones con la fase de
salvamento.
• Procedimiento
a. Alistamiento personal
b. Alistamiento equipo
• Organización de la Comisión
Definir integrantes, área y forma en que se efectuará
la operación.
Búsqueda y Salvamento
3. Procedimientos en la escena del hecho
Factores mas importantes a tener en cuenta a la hora de
llegar al lugar de los hechos, con el fin de preservar
de la mejor forma las pruebas vitales para la
investigación.
4. Evacuación
La comisión de sanidad determina la prioridad en la
evacuación de los sobrevivientes. De no haberlos se
efectuara la evacuación a discreción del oficial de
búsqueda y salvamento, previa coordinación con
otras autoridades.
Fuero Penal Militar
Fuero Penal Militar
• Corte Constitucional Articulo 29 Debido proceso.
• Tres condiciones llevan a otorgar una especial y propia
jurisdicción a las Fuerzas Armadas, diferenciándolas de la
sociedad civil.
1. Disciplina y pronta obediencia.
2. Formación como personas y profesionales.
3. La materia objeto de sus actuaciones.
• Por esta razón deben ser juzgados por sus iguales,
superiores en jerarquía y experiencia para que los fallos sean
justos e imparciales.
Fuero Penal Militar
• Constitución Política Art 221
“ De los delitos cometidos por los miembros de la fuerza
publica en servicio activo y en relación con el mismo
servicio, conocerán las Cortes Marciales o Tribunales
Militares con arreglo a las prescripciones del Código
Penal Militar. Tales Cortes o Tribunales estarán
integradas por miembros de la Fuerza Publica en
servicio activo o en retiro”
Fuero Penal Militar
• Código Penal Militar Articulo 16:”Los miembros de la
Fuerza Publica en servicio activo, cuando cometan
delitos contemplados en este Código u otros en relación
con el servicio, solo podrán ser juzgados por los jueces
y tribunales establecidos en este Código e instituidos
con anterioridad a la comisión del hecho punible.”
• Es con base a estos principios que deben ser los pares
quienes tienen la facultad de juzgar pues resulta difícil
para un particular ubicarse en el escenario de guerra o
del restablecimiento del orden tras una turba.
Fuero Penal Militar
• Sin embargo existe una limitación y es que se aplica
solo a los actos propios del servicio de lo contrario la
justicia penal ordinaria será la competente.
• Delitos relacionados con el servicio. Art 2 Código Penal
Militar. “ Son delitos relacionados con el servicio aquellos
cometidos por los miembros de la Fuerza Publica en
servicio activo dentro o fuera del territorio nacional,
cuando los mismos se deriven directamente de la
función militar o policial que la Constitución, la ley y los
reglamentos les ha asignado.”
Fuero Penal Militar
• Corte Constitucional Sentencia C-358 1997
• “ La expresión relación con el mismo servicio, a la vez
que describe el campo de la jurisdicción penal militar, lo
acota de manera inequívoca. El concepto de servicio
corresponde a la sumatoria de las misiones que la
Constitución y la ley le asignan a la Fuerza Publica, las
cuales se materializan a través de decisiones y acciones
que en ultimas se encuentran ligadas a dicho
fundamento jurídico”
Fuero Penal Militar
• En aquellos casos donde no aparezca relación directa del delito
con el servicio habrá que aplicarse el derecho penal ordinario.
• “El vinculo entre el delito y la actividad propia del servicio debe
ser próximo y directo, y no puramente hipotético y abstracto. Esto
significa que el exceso o la extralimitación deben tener lugar
durante la realización de una tarea que en si misma constituya un
desarrollo legitimo de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional.
Por el contrario, si desde el inicio, el agente tiene propósitos
criminales y utiliza entonces su investidura para realizar el hecho
punible el caso corresponde a la justicia ordinaria incluso en
aquellos eventos en que pudiera existir una cierta relación
abstracta entre los fines de la Fuerza Publica y el hecho punible
del actor. En ningún momento el agente estaba desarrollando
actividades propias del servicio, puesto que sus comportamientos
fueron “ab initio” criminales”.
Fuero Penal Militar
Fuero Militar en la Policía Nacional
•Art 4 C.P.M “La Fuerza Publica estará integrada en forma
exclusiva por las Fuerzas Militares y la Policía Nacional”
•A diferencia de los Militares los miembros de la Policía no
están sometidos a la obediencia debida, por lo tanto la
responsabilidad no recae sobre el superior que dio la orden
sino individualmente. Articulo 91 C.P
Fuero Penal Militar
• No es posible comparar los fines públicos, protectores
de la patria de la Policía con los intereses privados.
• Delitos no relacionados con el servicio están expuestos
en el articulo 3 del C.P.M “…Delitos de tortura,
genocidio, desaparición forzada, de lesa humanidad o
aquellos que atenten contra el Derecho Internacional
Humanitario entendidos en los términos definidos en
convenios y tratados internacionales ratificados por
Colombia, ni las conductas que sean abiertamente
contrarias a la función constitucional de la Fuerza
Publica…”
Fuero Penal Militar
• En pro de la independencia e imparcialidad se crearon los
jueces y fiscales militares, quienes no tienen mando, así, los
comandantes ya no son jueces.
Principios del DIH
1. Necesidad Militar
No se deben causar al adversario males desproporcionados en
relación con el objetivo armado que es derrotar al enemigo.
No causar a la parte adversa mayor violencia que la exigida
por el desarrollo de las hostilidades.
Fuero Penal Militar
2.Distinción
Plantea que los actos de guerra se dirijan solamente a los
combatientes y objetivos militares del enemigo. Evitando daños
innecesarios en personas civiles.
3.Proporcionalidad
Un ataque o acción debe buscar la derrota del enemigo, debe
ser un ataque sobre un objetivo militar y el daño causado a
civiles o propiedad civil debe ser proporcional y no excesiva en
relación con la ventaja militar.
GRACIAS

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Legislación y Doctrina Aeronautica

  • 1. Legislación y Doctrina Aeronáutica Raul Benavides B. Septiembre de 2014 DIPLOMADO EN PREVENCIÓN DE ACCIDENTES E INCIDENTES AEREOS Y LABORALES
  • 2. Presentación • Presentación • Introducción • Unidades • Horarios • Evaluación • Normas Convivencia • Preguntas, dudas.
  • 3. Unidad 1 Antecedentes • Historia de la aviación • Derecho Aeronáutico • Tratados Internacionales • Libertades del Aire • Negociaciones Aéreas Comerciales • Política Domestica • Aerocivil • RAC • Constitución Política • Código de Comercio • AIP Publicación de Información Aeronautica
  • 4. Unidad II Manual de Operaciones • Normas Generales de Operación • Personal de Operaciones • Vestuario y Equipo • Seguridad • Normas y Requerimientos para Autonomías de Vuelo • Asignación de Autonomías de Vuelo • Instrucciones Generales de Coordinación • Operación General de Helicópteros
  • 5. Unidad III Manual de Seguridad • Conceptos • Generalidades • Funciones y Responsabilidades • Investigaciones Aéreas • Recuperación de Personal
  • 6. Evaluaciones • Unidad I 25% • Unidad II 25% • Unidad III 25% • Talleres, Participación, Asistencia. 25%
  • 7. HISTORIA DE LA AVIACIÓN
  • 8. Historia • “Ciencia, libertad, belleza, aventura…la aviación las ofrece todas” Charles Lindbergh. o El hombre desde su existencia siempre ha anhelado sentir la sensación de volar. o La mitología griega con Dédalo e Ícaro, proyecta el deseo natural de libertad que proyecta el vuelo inspirado por las aves. o Es necesario como cultura general en hombres y mujeres del aire, comprender la historia y la evolución de la aviación en el transcurso del tiempo.
  • 9. La Peristera • 400 A.C Aprox. Arquitas de Tarento construye quizás el primer artefacto capaz de volar por sus propios medios. • Lo hacia por medio de un chorro de aire, que aun hoy se debate que lo producía. • Capaz de volar a 180 metros de altitud.
  • 10. La Cometa • 300 A.C China. • Se desarrollan diferentes modelos así como técnicas para hacerla volar. • Era utilizada en la guerra para transmitir mensajes y asustar a los enemigos.
  • 11. Torre del Fénix • 559 Yuan Huangtou. • Prisionero chino que logra escapar saltando de la torre del fénix con una especie de cometa atada a su cuerpo. • Es capturado nuevamente y ejecutado.
  • 12. Torre de Córdoba • 852 Abbás Ibn Firnás. Salta de la torre de Córdoba en España con una lona que amortigua su caída. • En 875 decide lanzarse de una colina con unas alas de madera cubiertas con seda, logra planear unos metros pero fractura sus piernas en la caída.
  • 13. Ornitóptero • 1290 Roger Bacon. Primer expositor de los conceptos básicos de la aerodinámica. • Precursor del Ornitóptero, una aeronave primitiva con alas semejantes a las de un pájaro.
  • 14. Leonardo DaVinci • Siglo XV. Fue la mente mas ambiciosa en la creación de un aparato capaz de volar por sus propios medios. • Trabajo bocetos de paracaídas, proyectiles, planeadores, helicópteros. Su ingenio y visión dieron un gran impulso a la aviación.
  • 15. Passarola • 1709. Bartolomeu Lourenço realiza el primer vuelo en un globo de aire caliente. Lo llamo Passarola. • Logró elevarse 3 metros sobre el suelo bajo el asombro de los presentes.
  • 16. PrimerVuelo en Globo Controlado • 1783 En Chateau la Muette cerca de Paris Pilatre de Rozier y el Márquez D’Arlandes realizan el primer vuelo controlado en un globo de aire caliente. • Logran elevarse 1000 metros, recorrer 9 kilómetros y sobrevolar Paris por 25 minutos.
  • 17. PrimerasVictimas en un Accidente Aéreo • 1785 Jean François Pilâtre y Jules Romain mueren en un intento por cruzar el canal de la mancha en su globo. • Los globos para ese entonces eran sumamente inestables. • Jean Pierre Blanchard y John Jeffries consiguen a travesar el canal días después.
  • 18. Primer Planeador Controlado • 1799 George Cayley es considerado el padre de la aerodinámica. • Crea un planeador controlado desde la cola con la posibilidad de ubicar un piloto en la parte inferior.
  • 19. Avión aVapor • 1848 William Henson y John Stringfellow construyen una aeronave a vapor no tripulado. • Seria el primer objeto más pesado que el aire en volar. Lo haría en una distancia de 40 metros.
  • 20. Otto Lilienthal • 1881-1896 Investigador con un aporte enorme a la aviación gracias a sus experimentos con planeadores. • Su trabajo esta documentado en escritos y fotografías. • Primera persona en realizar un vuelo planeado controlado por el piloto. Muere en un accidente aéreo.
  • 21. Aerodrome A • 1903 Samuel Pierpont Langley es el creador de lo que seria considerado por el Instituto Smithsoniano como el primer avión de la historia. • Falla en el intento de lograr ponerlo en vuelo.
  • 22. El PrimerVuelo • 1903 Los hermanos Orville y Wilbur Wright logran realizar el primer vuelo en Kitty Hawk Carolina del Norte a bordo del Flyer. • 1906 Alberto Santos Dummont logra volar el 14-bis por sus propios medios sin ayudas externas.
  • 23. El Canal de la Mancha • 1909 Louis Blériot logra atravesar el canal de la mancha y gana 1000 libras esterlinas que ofrecía el periódico Daily Mail.
  • 24. Primeras Aerolíneas del Mundo • 1919 Se fundan tanto KLM como SCADTA primeras aerolíneas comerciales del mundo.
  • 25. PrimerVuelo Transatlántico • 1919 John Alcock y Arthur Whitten realizan el primer vuelo transatlántico entre Nueva Escocia, Canada y Clifden, Irlanda. • 1927 Charles Lindbergh a bordo del “Espíritu de San Luis” realiza el primer vuelo transatlántico entre Nueva York y Paris.
  • 26. Amelia Earhart • 1932 Es la primera mujer en realizar un vuelo transatlántico desde Terranova, Canadá hasta Derry en el Reino Unido. • Desapareció en el pacifico en 1935 cuando intentaba ser la primera mujer en darle la vuelta al mundo.
  • 27. Motores a Reacción • 1939 El Heinkel He 178 alemán se convierte en la primera aeronave con motor a reacción. • 1942 El Bell XP-59ª es el primer avión jet de los Estados Unidos y el predecesor de todos los aviones jet Americanos.
  • 28. De Havilland Comet • 1952 DH 106 Comet Es la primera aeronave con motores a reacción en entrar en servicio con fines comerciales.
  • 29. Primer Hombre en el Espacio • 1961 Yuri Gagarin de nacionalidad rusa se convierte en el primer astronauta en llegar al espacio.
  • 30. La era Supersónica • 1968 El Tupolev Tu-144 de fabricación rusa se convierte en la primer aeronave supersónica con fines comerciales. • Meses después entraría en servicio el Concorde.
  • 31. El Mayor Accidente de la Historia • 1977 En Tenerife, España colisionan en el aeropuerto dos Boeing 747 de KLM y PanAm. • Se convierte en el accidente aéreo con mayor numero de victimas en la historia, 583 en total.
  • 32. Transbordadores • 1981 Estados Unidos lanza el transbordador Columbia, convirtiéndose en el primer vehículo espacial reutilizable y en el mas complejo aparato volador jamás construido.
  • 33. Vuelta al Mundo • 1986 Se realiza el primer vuelo alrededor del mundo sin repostaje de combustible. • Jeana Yeager y Dick Rutan logran esta hazaña a bordo del Voyager, un tanque de combustible volador literalmente. • 9 días, 3 minutos y 44 segundos tomó el vuelo.
  • 34. El Avión mas Grande del Mundo • 1988 El Antonov AN-225 de bandera Ucraniana se convierte oficialmente en el avión mas grande del mundo en servicio hasta hoy.
  • 35. 9/11 • 2001 Se utilizan cuatro aeronaves comerciales de American Airlines y United Airlines como armas, en el ataque terrorista con mas victimas en la historia de Estados Unidos. • Estas acciones traen consigo grandes cambios en los sistemas de seguridad tanto en tripulaciones como en aeronaves y aeropuertos.
  • 36. Avión Comercial más Grande • 2007 El Airbus 380 realiza su primer vuelo comercial convirtiéndose en la aeronave mas grande de su tipo en la historia de la aviación.
  • 38. Video Historia de la Aviación http://www.youtube.com/watch?v=gN-ZktmjIfE https://www.youtube.com/watch?v=G5CsjXq3_hE
  • 40. Derecho Aeronáutico • En la Primera Guerra Mundial se empiezan a utilizar las aeronaves como instrumento de guerra. • De ahí surge la necesidad de proteger el espacio aéreo y la soberanía. • Se busca una normatividad y un marco jurídico internacional homogéneo, estándar y universal. • Este principio no aplica solo al derecho sino a toda la operatividad propia de la actividad aérea.
  • 41. Derecho Aeronáutico • Federico Videla: “El derecho aeronáutico es el conjunto de principios y normas, de derecho público y privado, de orden interno e internacional que rigen las instituciones y relaciones jurídicas nacidas de la actividad aeronáutica o modificaciones de ella” (Derecho aeronáutico, I, 18). • Los objetivos del Derecho Aeronáutico son la seguridad de la navegación aérea y la economía del transporte aéreo. • La palabra clave es “Equilibrio”.
  • 42. Derecho Aeronáutico • Tiene sus raíces en el Derecho Marítimo. • La especialización de la aviación termino por separarla definitivamente del Derecho Marítimo. • Existen países con un código dedicado exclusivamente a la aeronáutica civil. • Otros países mantienen lo inherente al derecho aeronáutico inmerso en otro código. • Caso Colombia: Derecho Aeronáutico- Marítimo -Derecho Ordinario no especializado. (Civil)
  • 43. Ramas del Derecho Aeronáutico (Público) • Derecho Internacional Publico. • Derecho Constitucional Colombiano. • Derecho Administrativo. • Derecho Penal. • Derecho Tributario. • Derecho Espacial.
  • 44. Ramas del Derecho Aeronáutico (Privado) • Derecho Civil. • Derecho Comercial. • Derecho Marítimo. • Derecho Agrario. • Derecho Laboral. • Derecho Internacional Privado. • *Derecho Comparado
  • 45. Convenio de Paris 1919 • Convención Internacional de Navegación Aérea (CINA). • Es considerada la Carta Magna de la aviación civil internacional gracias a la adhesión de múltiples Estados. • Reconocimiento de soberanía sobre espacio aéreo. • Identificación de las aeronaves-nacionalidad. • No aterrizar en propiedad privada salvo indemnización. • Aspectos Técnicos.
  • 46. CITEJA • Comité Internacional Técnico de Expertos Jurídicos Aéreos. Paris 1926. • Primeros avances en la formación del Derecho Aeronáutico Privado Internacional. • Estudios y tratados de derecho aéreo. • Primeros pasos hacia convenio de Varsovia 1929. • Convención de Madrid (CIANA) y Habana.
  • 47. Convenio deVarsovia 1929 • Se buscaba una normatividad uniforme. • Velar por los derechos de los pasajeros. Muerte, Lesión, Equipaje, Retrasos. • Emisión de tiquetes por parte de las compañías. • Obligar la entrega de un documento que certifique la entrega de equipaje facturado. • Limitar la responsabilidad de las compañías a la hora de compensaciones por muerte lesión o perdida de equipaje a Derechos Especiales de Giro DEG.
  • 48. Convenio Sobre Aviación Civil Internacional 1944 • Estados Unidos promueve la convención en un momento clave donde el fin de la guerra se acercaba. • Posición dominante, potencias europeas destruidas y endeudadas. • Dos posiciones USA vs UK. • Posición Canadiense. • Se crea inicialmente la OPACI y posteriormente la OACI Organización Civil de la Aviación Civil Internacional en 1947.
  • 49. Convenio Sobre Aviación Civil Internacional 1944 • Se lleva a cabo en Chicago. • Actividad aérea históricamente regulada por el Estado dada su importancia. Soberanía. • Marca la diferencia entre la aviación civil y la aviación estatal. • Garantizar mayor seguridad de la operación aérea. • Incluye sin limitarse a navegación aérea, aspectos técnicos, operacionales y económicos.
  • 50. OACI • Velar por el cumplimiento de las directrices dadas en Chicago. • Regularizar el transporte aéreo internacional para que sea seguro, eficaz y económico. • Distinción entre vuelos regulares y no regulares. • Prohibición del cabotaje. • Principio de reciprocidad entre Estados. • Principio de no discriminación.
  • 51. Anexos Convenio Chicago • Anexo 1. Licencias al personal aeronáutico. • Anexo 2. Reglamento del aire. operaciones VFR/IFR. • Anexo 3. Servicio meteorológico para la navegación aérea internacional. • Anexo 4. Cartas aeronáuticas. • Anexo 5. Unidades de medida para operaciones aéreas y terrestres. • Anexo 6. Operación de aeronaves. • Anexo 7. Marcas de nacionalidad y de matricula de las aeronaves.
  • 52. Anexos Convenio Chicago • Anexo 8. Aeronavegabilidad. • Anexo 9. Facilitación. • Anexo 10. Telecomunicaciones aeronáuticas. • Anexo 11. Servicios de transito aéreo. • Anexo 12. Búsqueda y salvamento. • Anexo 13. Investigación de accidentes e incidentes en la aviación. • Anexo 14. Aeródromos. • Anexo 15. Servicios de información aeronáutica.
  • 53. Anexos Convenio Chicago • Anexo 16. Protección del medio ambiente. • Anexo 17. Seguridad: Protección de la aviación civil internacional contra los actos de interferencia ilícita. • Anexo 18. Transporte sin riesgos de mercancías peligrosas por vía aérea. • Anexo 19. Gestión de la seguridad operacional.
  • 54. Convenio de Bermuda 1946 • Fue el modelo ideal de acuerdos bilaterales armonizando las posiciones. USA-UK. • Marca una posición intermedia entre la libertad del aire y su restricción. • En 1977 se celebra un segundo acuerdo conocido como Bermuda II. • Se buscaba una mayor protección a los intereses del Reino Unido restringiendo las libertades.
  • 55. Libertades del Aire • Primera Libertad: Sobrevuelo sin aterrizaje. Avianca (Colombia) vuela de Bogotá a Santiago sobrevolando espacio aéreo Peruano.
  • 56. Libertades del Aire • Segunda Libertad: Escala con fines no comerciales. Una aeronave de LAN (Colombia) vuela de Bogotá a Santiago aterriza en Lima a repostar combustible.
  • 57. Libertades del Aire • Tercera Libertad: Derecho a desembarcar pasajeros, carga y equipaje embarcados en el Estado al que pertenece la línea aérea. Aeronave de Copa (Colombia) parte de Bogotá a Santiago y al llegar desembarca pasajeros, carga y correo.
  • 58. Libertades del Aire • Cuarta Libertad: Derecho a embarcar pasajeros, carga y correo con destino al Estado al cual pertenece la línea aérea. VivaColombia (Colombia) decide embarcar pasajeros, carga y correo en Santiago con destino a Bogotá.
  • 59. Libertades del Aire • Quinta Libertad: Derecho a embarcar y desembarcar pasajeros, carga y correo con destino o procedente de terceros Estados. Una aeronave de Avianca (Colombia) parte de Bogotá a Santiago, hace una escala en Lima en donde deja algunos pasajeros y embarca otros con destino a Santiago.
  • 60. Libertades del Aire • Sexta Libertad: Derecho a embarcar pasajeros, carga y correo y desembarcar en otro Estado vía la realización de una escala en su propio Estado. Una aeronave de LAN (Colombia) se encuentra en Santiago, parte rumbo a Miami haciendo una escala en Bogotá.
  • 61. Libertades del Aire • Séptima Libertad: Derecho a que el operador aéreo de un Estado transporte pasajeros, carga y correo fuera de su Estado sin haber iniciado el vuelo en su territorio. Copa (Colombia) tiene una aeronave con base en Miami y realiza vuelos a Kingston.
  • 62. Libertades del Aire • Octava libertad: Derecho del operador aéreo de un Estado a transportar pasajeros, carga y correo dentro del territorio de otro Estado. “Cabotaje”. VivaColombia (Colombia) realiza la ruta Bogotá- Miami-Los Ángeles.
  • 63. Libertades del Aire • Novena Libertad: Derecho de una aerolínea a tener base en otro Estado y a partir de ahí realizar vuelos domésticos. Avianca (Colombia) con base en Miami realiza las rutas Nueva York- Atlanta.
  • 64. Negociaciones Aéreas Comerciales • Dos elementos del Convenio de Chicago dan origen a las negociaciones aéreas comerciales: 1. Permiso Especial (articulo 6). 2. El reconocimiento expreso a la igualdad de oportunidades entre los Estados. (Preámbulo). • Con base en estas dos premisas los Estados regulan y establecen las condiciones de entrada a rutas internacionales. • Colombia se adhiere al convenio mediante Ley 12 de 1947.
  • 65. Negociaciones Aéreas Comerciales • A partir de la adhesión, Colombia mediante negociaciones bilaterales y multilaterales define los derechos de trafico aéreo. (libertades del aire). • Se definen en Acuerdos de Transporte Aéreo. Definen entre otros rutas, derechos de trafico, equipos, frecuencias, tarifas, accesos al mercado, servicios de carga código compartido entre otros. • Estas negociaciones quedan plasmadas en Acuerdos Internacionales, Actas de Entendimiento y Memorandos.
  • 66. Convenio de Montreal 1999 • Remplaza sustancialmente en un solo texto, al Convenio de Varsovia buscando la unidad en la relación aerolínea- pasajero. • Aplica a personas, equipaje o carga transportadas internacionalmente en una aeronave a cambio de una remuneración. • Regula situaciones de muerte y lesión en el pasajero. Retraso de vuelo y daño o perdida de equipaje. • Implementa una responsabilidad en la que el transportista no podrá limitar ni excluirse de la misma. • Fue ratificado por la UE lo que lo convierte en un Derecho Comunitario, elevando su rango en soberanía referente a política de transporte aéreo gracias al principio de primacía.
  • 67. Convenio Ciudad del Cabo 2001 • Establece ventajas para el arrendador y financiadores de aeronaves. • Facultad del arrendatario de una aeronave para retirar el avión del país si existe incumplimiento de pagos con la potestad de venderlo. • No hay legislación al respecto en Colombia ni se ha presentado el primer caso. • Convención permite una acción inmediata sobre el bien, el Código de Comercio requiere un proceso ejecutivo. Conflicto en la normatividad.
  • 68. Principios del Derecho Publico Aeronáutico. • Soberanía (Art 2 Convención de Chicago). • Aeronaves de Estado y Aeronaves Civiles. (Art 3 CC). • Aplicación de Leyes Nacionales. (Art 11 y 15). • Aplicación reglas del aire. (Art 12).
  • 69. Política Aérea Comercial • Acciones y decisiones del Gobierno orientadas a dirigir el curso de la aviación comercial. • Principalmente dos variables: Condiciones de acceso y determinación de los precios. • Dos segmentos se regulan a través de la política. • Mercado Internacional: Convenios Aéreos Comerciales ( Libertades del Aire). • Mercado Domestico: Regido por regulaciones internas, reservado aerolíneas nacionales.
  • 70. ¿Qué se negocia? • Rutas y derecho de trafico. • Equipos y frecuencias. • Tarifas. • Acceso al mercado. • Servicios exclusivos de carga. • Códigos compartidos. • Estas negociaciones quedan plasmadas en Acuerdos Internacionales, Actas de Entendimiento y Memorandos.
  • 71. Tipos de enfoque en el transporte aéreo. • Convenios aéreos comerciales: Acuerdos entre países, usualmente son bilaterales pero existen ejemplos de algunos multiláteras (CAN, UE, CLAC).
  • 73. Política Actual • Múltiple designación. • Libertad de equipo de vuelo y frecuencias en rutas acordadas con el fin de promover integración regional y global. • Diversificar la conectividad de Colombia hacia otros países, esencial en las relaciones internacionales. • Apertura de todo el territorio a las negociaciones áreas, cielos abiertos en 3ª y 4ª libertad. Flexibilidad de la 5ª en Latinoamérica. • Clausula de nacionalidad por establecimiento para facilitar inversión extranjera en el sector.
  • 74. Política Actual en Carga • Libertad en frecuencias y vuelos chárter. • Cuadro de rutas completamente abiertos. • Libertad de derechos de 5ta libertad. Énfasis en el continente americano. Aprovechar posición geográfica.
  • 75. Acuerdos/Memorandos suscritos por Colombia Canadá Estados Unidos México El salvador Costa Rica Panamá Ecuador Perú Chile Argentina Uruguay Paraguay Bolivia Brasil Surinam Venezuela Cuba Rep. Dominicana Antillas Francesas Curazao Aruba Barbados China Emiratos Árabes Singapur Corea Israel Qatar Turquía Portugal España Francia Alemania Reino Unido Bélgica Holanda Suiza Luxemburgo Italia Islandia
  • 76. Política Domestica • Estado soberano y autónomo en sus decisiones (Art 7 CC). Cabotaje prohibido. • A finales de 2012, se liberalizó el acceso al mercado domestico (eliminación de cupos por aerolínea, frecuencias, equipos). • Las tarifas se han ido flexibilizando progresivamente hasta llegar a una liberalización total a partir de abril 2012. • Los proyectos de empresas y/o rutas se autorizan cumpliendo con los requisitos del RAC. (Capital, idoneidad técnica, numero de aeronaves etc.)
  • 77. Marco Institucional • Importancia estratégica de la aviación y el uso del espacio aéreo implica una intervención del Estado. Lo hace en dos áreas, estructura orgánica y cuerpo normativo: 1. Estructura Orgánica: Entes gubernamentales que conforman la autoridad aeronáutica. • Presidencia de la Republica: Fija orientaciones generales de la política del gobierno. • Ministerio de Transporte: Directrices y políticas relacionadas con la aviación.
  • 78. Marco Institucional • Consejo Directivo Aerocivil: Cuerpo colegiado presidido por el Ministro de Transporte. Funciones: Planes, proyectos y estrategias de la entidad acorde con las políticas generales. Verificar su cumplimiento. • Aerocivil (UAEAC): Organismo técnico especializado. Funciones: Coordinar junto al Ministerio de Transporte la definición e implementación de políticas, planes, programas y proyectos del transporte aéreo dentro del plan global del transporte velando por el desarrollo aeronáutico y aeroportuario del país.
  • 79. Aerocivil • Ley 105 de 1993. Dicta las disposiciones básicas sobre el sector transporte. • Decreto 260 de 2004. Define la naturaleza jurídica, estructura y funciones de la entidad. • La Aerocivil es una entidad especializada de carácter técnico adscrita al Ministerio de Transporte, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente.
  • 80. Aerocivil • Visión: La Aeronáutica Civil en el año 2019 será una institución líder a nivel internacional, con altos estándares de seguridad operacional, infraestructura aeroportuaria y aeronáutica moderna y ambientalmente responsable. • Misión: En la Aeronáutica Civil trabajamos para garantizar el desarrollo ordenado de la aviación civil, de la industria aérea y la utilización segura del espacio aéreo colombiano, facilitando el transporte intermodal y contribuyendo al mejoramiento de la competitividad del país.
  • 81. Aerocivil • Clientes:  Propietarios y Explotadores de aeronaves  Empresas aéreas  Operadores  Talleres aeronáuticos  Centros de instrucción  Personal Técnico Aeronáutico
  • 82. Aerocivil • Servicios:  Inspección y Vigilancia a Empresas Aeronáuticas: Escuelas de aviación, talleres aeronáuticos, personal aeronáutico.  Atención al Ciudadano: Licencias, registro de aeronaves, permisos de operación, asesoría en temas aeronáuticos y aeroportuarios.  Comercialización: Concesiones y servicios conexos, solicitud de stickers y arrendamiento de locales, stands, módulos y espacios para publicidad  Aeronáuticos: ATS-COM-MET-AIS-SAR-SEI  Aeroportuarios: Infraestructura aeroportuaria, seguridad aeroportuaria, sanidad  Regulación y Reglamentación
  • 84. Marco Institucional 2. Marco Normativo. Las normas aeronáuticas se clasifican por su jurisdicción y contenido: •Jurisdicción: •Nacionales: El campo de aplicación se limita al ámbito de soberanía del Estado que las promulga. •Internacionales: Su aplicación se expande a la comunidad de naciones como norma universal de obligatorio cumplimiento. Ejemplo: OACI – Convenios Multilaterales
  • 85. Marco Institucional • Contenido: a. Normas de contenido político: Texto de referencia en que el Estado busca se desarrolle la industria aeronáutica. CONPES. b. Normas de contenido juridico: Grupo de normas generales que se aplican a la industria para mantener un desarrollo social armónico. Código de Comercio, Libro V Parte II.
  • 86. Marco Institucional c. Normas de contenido económico: Regulan aspectos económicos de la industria. Normas sobre tarifas, servicios aeroportuarios. d. Normas Técnicas: Leyes orientadas a la aplicación de ciencias exactas ( Física, Química, Matemáticas) al ser precisas no son objeto de variación. (Mínimos meteorológicos, Normas de Mantenimiento)
  • 87. Jerarquía Normativa • Constitución Nacional  Art 101 ( Espacio Aéreo como parte del territorio) Art 333 Libertad Económica e Intervención del Estado. • Convenios Aéreos  Regulan el acceso a rutas internacionales. • Leyes del Transporte  Leyes marco del transporte. (Ley 105 de 1993 y Ley 336 de 1996). • Código de Comercio Libro V Parte 2  Es el código aeronáutico que permite la intervención y regulación del sector. • Reglamentos Aeronáuticos de Colombia RAC  Regulación de talada de las actividades aeronáuticas.
  • 88. Contrato de Transporte Aéreo • Contrato: Acuerdo de voluntades que se ponen de acuerdo. Ley Aplicable a. Nacional: Vuelos Domésticos. • Código de Comercio • Código Civil • Sistema Nacional de Transporte (ley 105 de 1993) • Estatuto Nacional de Transporte (ley 33/1996) • RAC Parte 3 y 7
  • 89. Contrato de Transporte Aéreo b. Internacional: Vuelos Internacionales. • Varsovia 1929 • La Haya 1955 • Montreal protocolos I, II, III y IV. • Guadalajara 1961 • Tokio 1969 • Montreal 1999 • Decisión 582 y 619 CAN • Bilaterales
  • 90. Contrato de Transporte Aéreo Tipos de contrato: •Consensual: Solo con el acuerdo de voluntades. •Solemne: Requiere una solemnidad escritura o documento publico. •En el caso del transporte aéreo el contrato es consensual.
  • 91. Contrato de Transporte Aéreo Características •Bilateral: Celebrado entre dos partes. •Oneroso: Tiene un costo. •Adhesión: No puede escoger ni negociar el contrato. •Intuitu personae: Por las características de la persona. •Al comprar un tiquete aéreo el contrato es con la aerolínea. Despegar, Expedia, etc. Son intermediarios.
  • 92. Contrato de Transporte Aéreo • Transportes sucesivos: Varias aerolíneas operando diferentes rutas en un mismo contrato. • Solidaridad: No importa quien este operando la responsabilidad es solidaria. • Transporte combinado: Aéreo, Terrestre, Fluvial de igual forma hay responsabilidad solidaria. • El ultimo transportador representa a los demás para cobrar al seguro.
  • 94. ¿Que avión es? • Jetstream 32
  • 95. Contrato de Transporte Aéreo Obligaciones del Transportador •De resultado. Hacer lo debido o comprometido. Salvo que el pasajero actué de manera que se ponga en peligro a el mismo u otras personas. Toda obligación se debe cumplir salvo fuerza mayor demostrable. Obligaciones del Pasajero •Pagar, reservar, documentación, puntualidad, control aduanero, desistir del transporte.
  • 96. Contrato de Transporte Aéreo Adicionales •Tarifas: Todo costo debe ir incluido en el tiquete, tasas aeroportuarias, IVA, cargos de emisión, cargos por combustible. •El tiquete y la reserva hacen sus veces de factura. •La aerolínea puede retener hasta un 10% del rembolso de tiquetes por gastos de facturación, para la SIC no.
  • 97. Responsabilidad del Transportista • La responsabilidad esta en el pago de una suma de dinero por el daño causado. • Existen 2 nociones fundamentales: a. Subjetiva: Si actuó con culpa, no necesariamente con intención. (negligencia). - Daño - Hecho - Nexo Causal - Factor de atribución b. Objetiva: No interesa saber la conducta.
  • 98. Responsabilidad del Transportista • De ser subjetiva u objetiva dependerá la responsabilidad del transportista. • La carga de la prueba la lleva el transportista. • Marco jurídico de la responsabilidad esta en el Convenio de Montreal 1999. • ¿ En donde se debe presentar la demanda? • Hay un limite de responsabilidad negociado en la CITEJA para evitar la quiebra de las compañías aéreas. PanAm. • Convenio de Varsovia aun aplica, Montreal es preferido • 107 Estados a Julio de 2014 • Convenio de Montreal propone reglas comunes para los transportistas.
  • 99. Responsabilidad del Transportista • La implementación de convenios promueve la industria aseguradora. • Existe un principio de exclusividad por parte del transportista. • ¿Qué clase de daño es indemnizable? Patrimonial: a. Daño emergente: Persona que fallece, repatriación, traslado. b. Lucro cesante: Lo que se deja de percibir a futuro. Extra patrimonial: a. Moral: Sufrimiento, congoja, dolor, aflicción. b. Fisiológico: Reparar la orbita social.
  • 101. ¿Que helicóptero es? • Eurocopter 145
  • 102. Responsabilidad del Transportista • Montreal prohíbe daños punitivos. • El fin de la indemnización en teoría supone que la persona debe mantener su estatus, no enriquecerse. • ¿Cuando apelar al convenio? • Se debe identificar si los Estados son parte y el itinerario contratado. • Si el vuelo es ida-vuelta solo hay necesidad que uno de los Estados sea parte, si es solo ida los dos Estados deben ser parte.
  • 103. Responsabilidad del Transportista Muerte o Lesión •Se debe demostrar el daño: Lesiones corporales, no daños psíquicos o morales. •Causada por un accidente: Algo inusual, súbito, imprevisto. •Ocurre a bordo de la aeronave o durante el embarque/desembarque: Actividad, intención del pasajero, control de la aerolínea. •La responsabilidad es ilimitada a no ser que sea pactada su limitación. •DEG 1,5us = 1DEG •113.100 DEG por pasajero es el mínimo
  • 104. Responsabilidad del Transportista • Exoneración a. Prueba que no ocurrió por su culpa. b. Ocurrió por un tercero. • Por encima de 113.100 es subjetiva, por debajo debe ser objetiva.
  • 105. Responsabilidad del Transportista Equipaje •Facturado: Equipaje de bodega •No Facturado: Equipaje de mano Responsabilidad: •Es responsable si el suceso ocurre bajo la custodia de la aerolínea. Exoneración: •Defectos propios de la maleta, culpa del reclamante. •Hay un limite máximo de 7 días calendario para reclamar.
  • 106. Responsabilidad del Transportista • Admite una prorroga a 21 días. • Responsabilidad limitada a 1131 DEG a no ser que exista un previo acuerdo. • Equipaje no facturado responde solo cuando la perdida o daño es producto de la negligencia del transportista.
  • 107. Responsabilidad del Transportista Carga •Responsable por daño, avería, perdida a causa del transporte aéreo bajo custodia del transportista. •Airway Bill (AWB) Carta de Porte: Master-Inicial, Hijo cada compañía de transporte. •Tiempo maximo para reclamar 14 dias calendario. Exoneración •Prueba que el daño no ocurrió en su posesión, acto de guerra, autoridad publica (DIAN) (ICA) •Limite 19 DEG x Kilogramo.
  • 108. Responsabilidad del Transportista • ¿Donde demandar? • El reclamante decide en que Estado instaura la demanda. • Domicilio del transportista • Oficina principal • Oficina donde se celebro el contrato • Tribunal del lugar de destino • En caso de muerte en otro Estado se puede demandar en el Estado del pasajero si la aerolínea vuela ahí.
  • 109. Responsabilidad del Transportista Código de Comercio •Si algún tema no esta incluido en Montreal aplica el Código de Comercio. •Montreal puede aplicar en un vuelo domestico si el destino final es internacional. •Código de Comercio aplica independientemente si hay o no hay contrato. •No se limita a lesiones corporales incluye las psicológicas. •Es irrelevante la nacionalidad del pasajero o transportista. •Art 1880-1003 C.C •RAC 3.10.2.10
  • 110. Responsabilidad del Transportista • Código de Comercio si define que es embarque y desembarque. Exoneración • A diferencia de Montreal este exonera si la culpa es exclusiva de la victima, no parcial o total como Montreal. • Se debe demostrar siempre la inocencia, concepto de medidas necesarias es muy amplio. • Código de Comercio aplica tanto a empresas como a instituciones del Estado se regula el transporte no el contrato.
  • 112. ¿Qué avión es? • Antonov 26B
  • 113. Responsabilidad del Transportista Equipaje y Carga •Código de Comercio Art. 1886-1887 •Equipaje de mano hasta 200 gramos de oro •Equipaje registrado 10 gramos de oro x kilo o según declaración. Responsabilidad del Estado •Demandas deben referirse a la Aerocivil. •El demandante tiene toda la carga jurídica. •SIC vs Aerolíneas y Aerocivil
  • 114. Anexos RAC 1. Definiciones. 2. Personal Aeronáutico. 3. Actividades Aéreas Civiles. 4. Normas de Aeronavegabilidad y Operación de Aeronaves. 5. Reglamento del Aire. 6. Gestión de Transporte Aéreo. 7. Régimen Sancionatorio. 8. Seguridad Aérea.
  • 115. Anexos RAC 9. Certificación de tipo y Fabricación de Productos Aeronáuticos. 10.Transporte sin Riesgos de Mercancías Peligrosas por Vía Aérea. 11. Normas Ambientales para la Aviación. 12.Meteorología Aeronáutica. 13.Cartas Aeronáuticas para la Navegación Aérea. 14.Aeródromos, Aeropuertos y Helipuertos. 15.Servicios de Información Aeronáutica. 16.Búsqueda y Salvamento.
  • 116. Anexos RAC 17.Normas sobre seguridad de la Aviación Civil. 18.Unidades de Medida para Operaciones Aéreas y Terrestres de las Aeronaves. 19.Telecomunicaciones Aeronáuticas. 20.Registro Aeronáutico. 21.Certificación de Productos Aeronáuticos. 22.SMS Security Managment System. 23.Certificación de Aeronaves Categoría Normal, Utilitaria, Acrobática y Commuter. 24.Simuladores para Entrenamiento de Vuelo.
  • 117. Anexos RAC 25. Aeronaves Categoría Transporte. (Reservada). 26. Aeronaves Categoría Liviana. (ALS). 137. Normas de Aeronavegabilidad y Operaciones en Aviación Agrícola.
  • 118. Constitución Política • Normas constitucionales de mayor incidencia en la reglamentación de la aviación. • Articulo 24: Libertad de movimiento en el territorio colombiano. • Articulo 26: Vigilancia al ejercicio de las profesiones. • Articulo 78: Control de calidad bienes y servicios. • Articulo 101: Territorio colombiano. • Articulo 333: Controlar posición dominante y alcances. • Articulo 334: Intervención del Estado en la economía.
  • 119. Código de Comercio • Parte Segunda del Libro V “ De la Aeronáutica” I. Disposiciones Generales II. Navegación Aérea III.Aeronaves IV.Personal Aeronáutico V. Infraestructura Aeronáutica VI.Daños a Terceros en la Superficie VII.Abordaje VIII.Búsqueda, Rescate, Asistencia y Salvamento
  • 120. Código de Comercio IX. Investigación de Accidentes de Aviación X. Explotador de Aeronaves XI. Transporte Privado, Escuelas de Aviación, Aeronaves dedicadas al Turismo y Mantenimiento de Aeronaves. XII. Transporte Aéreo XIII.Contratos de utilización de Aeronaves XIV.Seguro XV. Hipoteca, embargo y Secuestro.
  • 121. AIP-Publicación de Información Aeronáutica • Es el manual básico de información aeronáutica en Colombia. • Contiene información de carácter permanente y cambios temporales de larga duración, esencial para la navegación aérea y las operaciones aeroportuarias. Se divide en tres partes: 1. Generalidades 2. En ruta 3. Aeródromos
  • 122. AIP-Publicación de Información Aeronáutica 1. Generalidades: • Generalidades: Registros de enmienda, actualizaciones, lista de verificación, índice. • Reglamentos nacionales y requisitos: Autoridades designadas, entrada, transito y salida de aeronaves, mercancías, pasajeros y tripulación. • Instrumentos, equipos y documentación de vuelo de las aeronaves: VFR, IFR, ELT. • Resumen de acuerdos y convenios internacionales. • Diferencias en normas y procedimiento: Licencias, etc.
  • 123. AIP-Publicación de Información Aeronáutica 2. En Ruta • Índice • Reglas y procedimientos generales: VFR-IFR, espacios aéreos, interceptación de aeronaves. • Espacio aéreo de los servicios de transito aéreo: UTA, FIR, CTA, TMA. • Rutas ATS: Inferiores, Superiores, RNAV. • Radioayudas para la navegación: VOR, DME, ADF, Luces. • Avisos para la navegación: Zonas prohibidas, militares. • Cartas de Navegación en ruta: TMA, Área de Control.
  • 124. AIP-Publicación de Información Aeronáutica 3. Aeródromos • Intro: Disponibilidad de aeródromos y aeropuertos. • Controlados: Lista aeropuertos. • No controlados: Lista de aeropuertos. • Fuerza Publica: Lista de aeropuertos.
  • 127. MANUAL DE OPERACIONES AÉREAS POLICÍA NACIONAL
  • 128. Manual de Operaciones Aéreas Policía Nacional • Resolución 01498 del 14 de Mayo de 1997 crea el Manual de Operaciones Aéreas para la Policía Nacional. • Acuerdo Colombia – Estados Unidos trae helicópteros y aviones ultralivianos con características operacionales no presentes en 1997. • Se actualiza el Manual de Operaciones el 28 de Octubre de 1999 bajo la dirección del Gr Rosso José Serrano Cadena.
  • 129. Generalidades • Su objetivo es crear doctrina, fijar pautas y unificar criterios. • Utilización eficiente de aeronaves, normas de seguridad de vuelo, material de guía y consulta. • Sujeción estricta al RAC, normas OACI, reglamentación de cada país y manual del equipo. • Por situación de orden publico podrá apartarse de las regulaciones aéreas previa autorización de la UAEAC. • Pilotos que ejerzan en aeronaves de la PONAL deben conocer reglamentos de operación, transito aéreo, comunicaciones, ayudas de navegación y demás.
  • 130. Generalidades • Toda operación realizada en territorio extranjero deberá cumplir con leyes y normas de operación de dicho país. • El Manual de Operaciones de la Policía Nacional es de obligatorio cumplimiento para todo personal directa o indirectamente relacionado con la actividad aérea. • La misión del grupo aéreo de la Policía Nacional es combatir el narcotráfico en todas sus formas. • Prestar apoyo a unidades policiales ante alteraciones de orden publico previo requerimiento de Dirección o Subdirección: Interdicción, aspersión, transporte y entrenamiento.
  • 131. Normas Generales de Operación I. Autoridad y responsabilidad del piloto al mando. • Determina las responsabilidades y facultades que tiene el comandante de una aeronave en el ejercicio de su función. II. Vuelos VFR • Dicta los parámetros generales a la hora de efectuar vuelos bajo reglas visuales. Condiciones meteorológicas, requerimientos de combustible, comunicaciones.
  • 132. Normas Generales de Operación III. Vuelos IFR • Dicta los parámetros generales a la hora de efectuar vuelos bajo reglas instrumentales. Condiciones meteorológicas, requerimientos de combustible, comunicaciones. IV. Horas limite (salida y puesta del sol) • Programación de la hora de salida, documentación, meteorología, cambios climatológicos durante el vuelo, entrenamiento para vuelo nocturno y funciones del copiloto.
  • 133. Normas Generales de Operación V. Orden de vuelo • Obligatoriedad de la orden de vuelo, características, contenido y modificaciones al documento. VI. Plan de vuelo • Contenido del plan de vuelo, su elaboración en operaciones especiales y condiciones de orden publico. VII. Pre vuelo • Revisión de documentos y equipos, efectuarlo con base en el manual de operaciones de la aeronave.
  • 134. Normas Generales de Operación VIII. Despachador de vuelos • Funciones del despachador de vuelo, coordinación con autoridades y personal policial, control y recolección de la documentación necesaria, información del vuelo. IX. Peso y balance • Calculo del peso de la aeronave, cambios en el centro de gravedad, manifiesto de carga, limitaciones. X. Vuelos de prueba • Propósito, quienes lo realizan y cuando se realiza.
  • 135. Normas Generales de Operación XI. Limitaciones al tiempo de vuelo • Establece las limitaciones de vuelo para los tripulantes, jornadas de descanso. • En un día 8 horas maquina. • En una semana 30 horas maquina. • En una quincena 45 horas maquina. • En un mes 90 horas maquina. • En un año 1000 horas
  • 136. Personal de Operaciones A.Control de operaciones • Responsabilidades de la Policía Nacional. • Responsabilidad del piloto al mando. • Notificación de operaciones, mantenimiento y cambios. B.Uso de las listas de comprobación • Procedimientos en lo que se dará uso a las listas. • Cartas de navegación, listas y documentación a bordo.
  • 137. Personal de Operaciones C.Carga en el compartimiento de pasajeros • Condiciones para llevar la carga y en que condiciones. • Interacción de la carga con los pasajeros y la estructura. D.Utilización de un segundo piloto y tripulantes • En que condiciones se requiere de un copiloto y personal asistente. E. Limitación de las operaciones • No operación de manera individual en misiones que impliquen riesgo a la aeronave y/o a las personas a bordo.
  • 138. Vestuario y Equipo A. Uniforme de vuelo • Características del uniforme para la tripulación y demás personal que presta servicio en operaciones aéreas. B. Equipo • Contenido del maletín de vuelo, documentación a bordo antes de iniciar la misión, manuales de operación y elementos personales para pernoctar. C. Instrumentos según operación • Instrumentos que deben estar instalados y en funcionamiento tanto para vuelos VFR como IFR.
  • 139. Vestuario y Equipo D. Elementos a bordo • Serie de elementos mínimos que deben estar a bordo de la aeronave antes de iniciar operaciones normales y especiales.
  • 140. Seguridad I. Procedimiento para notificar accidentes e incidentes de una aeronave. • Información que se debe entregar a la jefatura de operaciones y al oficial de seguridad del servicio aéreo. • Entregar un informe detallado dentro de los cinco días siguientes a la fecha del incidente/accidente. • Manejo de los restos, repuestos y la carga de la aeronave. II. Anotación en el libro de vuelo • Información que el piloto debe anotar en cuanto a datos y daños de la aeronave.
  • 141. Seguridad III. Recomendaciones para evitar condiciones de mal tiempo • No realización de vuelos en condiciones criticas, referencia al manual de la aeronave, identificación y curso de acción. IV. Emergencias en vuelo • Toda la información pertinente a manejo de emergencias será competencia del comandante tomando como base el manual de procedimientos de cada aeronave. • Declaración de la emergencia, búsqueda de la aeronave, procedimiento de evacuación, rescate y supervivencia.
  • 142. Normas y Requerimientos para Autonomías deVuelo • Se busca reglamentar las autonomías de vuelo de los tripulantes. • Tener en cuenta las condiciones psicofísicas para un optimo desempeño en las misiones de vuelo. • Buscar un entrenamiento de máximo nivel que permita un optimo rendimiento y operación segura. • Funciones de la Jefatura de División de Servicio Aéreo. • Funciones de la oficina de operaciones aéreas. • Funciones de la seccional de aviación.
  • 143. Asignación de Autonomías deVuelo 1. Control de Operaciones • Quienes componen la junta de autonomías. • Cuales son las funciones del a junta de autonomías. • Consideraciones generales sobre la junta. 2. Requisitos • Entender cuales son requerimientos que deben cumplir los pilotos autónomos así como los instructores de vuelo. • Calificación en un equipo, transiciones, chequeadores de operación, pilotos de seguridad
  • 144. Asignación de Autonomías deVuelo 3. Autonomías • Documentación de control para cada uno de los cursos. • Requisitos para mantener la autonomía de vuelo. Horas de vuelo IFR, repaso anual, exámenes médicos. • Perdida de la autonomía por incidente o accidente. Suspensión de vuelo, autoridad para levantar la suspensión y tiempo de resolución. • Recobro de la autonomía de vuelo dependiendo del numero de días sin ejercer funciones como piloto al mando.
  • 145. Instrucciones Generales de Coordinación • Perdida de curso de transición o repaso y sus implicaciones. • Requisitos dispuestos en el manual son los mínimos y no podrán bajarse, sin embargo si podrán ser mas exigentes. • Selección adecuada de tripulantes de acuerdo a la misión. • Las horas de vuelo solo garantizan ser preseleccionado. • Cursos de vuelo ajenos a la Policía Nacional pueden ser tenidos en cuenta. Con restricciones. • Puede incorporarse a la especialidad de piloto si ya ha estado en otro programa diferente del servicio aéreo.
  • 146. Caso AiresVuelo 8250 • https://www.youtube.com/watch?v=kIXqtBky_3w
  • 147. Operación General de Helicópteros Normas generales •Marca las pautas generales que debe tener en cuenta el personal que opera helicópteros al servicio de la Policía Nacional. •Entre ellas incluye mínimos de operación, transporte de pasajeros y carga, incorporación al patrón, manejo de emergencias. Zonas de lanzamiento •Características generales que debe tener el terreno para efectuar el lanzamiento.
  • 148. Operación General de Helicópteros • Información detallada del terreno que debe reportarse: Sitio, cuadrante libre, vía de aproximación, obstáculos, puntos de referencia, fecha, hora y abastecimientos. Marcación y zonas de lanzamiento • El propósito es identificar el sitio o punto especifico de lanzamiento para la tripulación. • Procedimientos en operaciones diurnas y nocturnas. • Distancia de las marcas con respecto a los obstáculos. • Visibilidad de las marcas solo deben ser visibles desde la dirección de ruta de vuelo.
  • 149. Operación General de Helicópteros Operación nocturna de helicópteros A.Condiciones: Recibe el mismo tratamiento de una operación IFR y requiere 2 pilotos entrenados en vuelo nocturno. B.Limitaciones: Características del helicóptero así como del vuelo IFR limitan su operación y rendimiento. C.Requisitos para operación nocturna de helicópteros: La reglamentación no es taxativa esta sujeta al criterio del piloto pero debe tomarse como tal. D.Requerimientos de Apoyo Aeronáutico: Características, sugerencias y obligaciones.
  • 150. Operación General de Helicópteros Empleo de helicópteros armados, operaciones en orden público. A.Consideraciones: Es el uso de la capacidad de fuego de los helicópteros para suministrar apoyo al personal en la superficie y operaciones helicoportadas. •Apoyo de fuego pre planeado: Permite el planeamiento previo para determinar su aplicación. •Apoyo de fuego inmediato: De acuerdo al desarrollo de las operaciones y circunstancias requiere ser aplicado de forma inmediata.
  • 151. Operación General de Helicópteros B. Responsabilidades de las unidades apoyadas • Construcción y conservación de helipuertos. • Servicio de vigilancia y seguridad a los equipos en tierra. • Servicio de vigilancia y seguridad al combustible y demás. • Suministrar a tripulaciones transporte terrestre, alojamiento y alimentación. • Disponer de personal para diferentes servicios: Aseo, transporte, cargue y descargue, conservación.
  • 152. Operación General de Helicópteros • Coordinar las facilidades para hacer trabajo de pre y pos vuelo. • Instrucción a tropas en embarque, desembarque y permanencia. • Emplear el apoyo aéreo de acuerdo a las necesidades de operación y el fin. • No ubicación de elementos de carga en el helipuerto hasta el completo aterrizaje de la aeronave. • Identificación de los elementos transportados. • Facilidad de comunicaciones administrativas a personal aéreo. • Velar por la economía de vuelo.
  • 153. Operación General de Helicópteros Construcción de helipuertos A.Responsabilidad de los comandos terrestres la construcción y mantenimiento de helipuertos. B.La continua operación en zonas de orden publico hace necesaria la construcción de helipuertos. C.Normas generales: Construcción de helipuertos. •Localización cercana al puesto apoyar. •25 metros de zona despejada 150 en dirección al viento. •Manga veleta ubicada a no menos de 25 metros del punto de aterrizaje.
  • 154. Operación General de Helicópteros • En ausencia de manga veleta se hará uso de una fogata. • Sitio plano, horizontal y preferiblemente cubierto de hierba. • Dimensión y demarcación del punto de aterrizaje. • Área despejada alrededor del circulo mínimo 20 metros. • Máximo declive del terreno 5 a 8 metros. • Terreno suficientemente firme para soportar la aeronave. • Acondicionamiento de helipuertos en pantanos o ciénagas. • Propósito de la marcación de helipuertos. • Operación nocturna y sistema Y.
  • 155. Operación General de Helicópteros • Instrucciones generales sobre el manejo de combustible. A.Instrucciones: • Difundir a todo el personal normas en el manejo del combustible. • Prohibición en el uso de tambores metálicos usados para almacenar combustible de aviación. • Almacenar tambores en sitios altos, secos y horizontalmente. • Organizar en orden cronológico de envase mm/dd/aaaa. • Utilizar primero los envases que llevan mas tiempo almacenados.
  • 156. Operación General de Helicópteros • Evitar el almacenamiento en hangares y bodegas cerradas, sí en zonas apartadas con techo y sin paredes. • Áreas de almacenamiento de aceite y combustible deben ser exclusivas y no mezclarse con otros materiales. • Identificación del área de almacenamiento con señales de “PELIGRO, NO FUME, PROHIBIDA LA ENTRADA”. • En la puerta de entrada debe estar disponible un extintor. • Revisión constante de tambores de almacenamiento en búsqueda de escapes y/o imperfectos. • Máximo tiempo de almacenamiento de un tambor es de 6 meses. • “Un tambor con escape puede ocasionar un accidente fatal en un momento dado.”
  • 157. Operación General de Helicópteros B. Precauciones antes del abastecimiento • Verificar que el tambor se encuentre marcado con el tipo de combustible que requiere la aeronave. • Obtener muestras para verificar que si corresponde al grado. • Efectuar prueba de claro y brillante antes de utilizarlo. • Verificar que el tambor no tenga agua realizando las respectivas pruebas, si hay presencia de agua NO utilizar el combustible. • Evitar el uso de tambores almacenados por mas de tres meses que presenten escapes.
  • 158. Operación General de Helicópteros • Desocupar inmediatamente tambores que su contenido no se use en la aviación. • Combustible JET A1 que sobre no podrá ser envasado nuevamente después de 24 horas de abierto el tambor. C.Manejo de Tambores Vacíos • Un tambor vacío resulta mucho mas peligroso que uno lleno. Un tambor lleno produce un incendio que se puede controlar, un tambor vacío puede desencadenar una explosión. • Se deben separar los tambores vacíos tan pronto como se pueda y llevarlos a la unidad de origen.
  • 159. Operación General de Helicópteros D. Aprovisionamiento con tanque de caucho GIBAS • Verificar estado, utilizar bases de madera y revisar accesorios. • Mangueras de seguridad deben tener un mínimo de 12 a 15 metros y un diámetro mínimo de media pulgada. • Instruir al personal responsable acerca del buen uso de los elementos así como la limpieza a fin de evitar contaminación. • Elaborar pruebas constantes al combustible y en caso de duda llevarlo a laboratorio para inspección.
  • 160. Operación General de Helicópteros E. Transporte de combustible • Ejercer extremada precaución tanto en el transporte de combustible en tambores como en carro tanques. • Se deben ejercer los mismos procedimientos de control tanto en los almacenes como en los sistemas de transporte. • Si se trata de un carro tanque verificar que solo haya sido usado para el transporte de un solo tipo de combustible. • Si ha transportado otro tipo de combustible debe lavarse. • Verificar control de calidad del combustible, documentos. • Revisar cantidad recibida contra comprobante de envío.
  • 161. Conceptos Adicionales del Manual de Operaciones Titulo IV: Modificaciones al Manual de Operaciones. •Anexo 1: Mercancías Peligrosas. a.Marco Normativo. b.Clasificación de las Mercancías Peligrosas. c.Requisitos para el transporte de combustible en aeronaves de carga. d.Requisitos para el transporte de explosivos. •Anexo 2: Requisitos para Curso de Vuelo. Se dictan los requisitos mínimos para comandante, copiloto e instructor en los diferentes equipos.
  • 162. Vuelo de prueba • https://www.youtube.com/watch?v=uxi9w5q03jA
  • 164. Generalidades • El manual es implementado y supervisado por el Director Nacional Antinarcóticos. Y aplicado por todo el personal relacionado con la actividad aérea. • El manual de seguridad aérea tiene como objetivo, la conservación del recurso humano y material de la institución. • Busca proponer la asignación de funciones, responsabilidades y adopción de medidas que permitan evitar accidentes con base en la prevención e investigación de accidentes. • Si bien el manual abarca puntos con profundo análisis, otros mas serán apenas mencionados y deben ser estudiados por la respectiva especialidad. • Componentes de la actividad aérea: Hombre, medio y maquina.
  • 165. Conceptos • Define los diferentes términos utilizados en el manual así como en las investigaciones de accidentes e incidentes aéreos. 1. Accidente de Aviación a. Definición y criterios b. Clasificación: • Accidente Fatal • Accidente Mayor • Accidente Menor
  • 166. Conceptos c. Incidente de Aviación • ¿Que se considera un incidente y lo diferencia de un accidente? d. Situación riesgosa • Actividad que pone en riesgo la integridad física de los ocupantes de la aeronave. e. Daños en la aeronave • Destrucción total • Daño considerable • Daño menor • Daño mínimo
  • 167. Incidente o Situación Riesgosa • https://www.youtube.com/watch?v=4JpfesVARQo
  • 169. Conceptos f. Lesiones a personas • Situación en la que se ve comprometida la integridad física de tripulantes o pasajeros. Medicina de aviación se encargara de clasificar en fatales, graves o menores. 2. Análisis de los factores causantes de los accidentes e incidentes Es importante resaltar que la clasificación se hace con propósitos de facilitar la comprensión y todos tienen la misma importancia en la prevención de accidentes. a. Definiciones • Factores Causantes. • Errores encontrados a través de la investigación.
  • 173. Conceptos • Fallas de material o mal funcionamiento de partes: - Equipo auxiliar - Proveedores • Causa Fortuita • Determinación de los factores: - Determinado - Mas probable - Posible - Indeterminado
  • 174. ¿Cómo manejar una emergencia? • https://www.youtube.com/watch?v=CRMtJ67xyQQ
  • 175. Funciones y Responsabilidades Cargos •Dirección Nacional Antinarcóticos •Jefe Área de Aviación Policial •Asesor Seguridad Aérea e Industrial •Asesor Seguridad Aérea ala fija y ala rotatoria •Asesor Seguridad Industrial •Asesor Grupo de Divulgación •Asesor Grupo de Búsqueda y Rescate •Asesor Seguridad Aérea e Industrial Ala Fija
  • 176. Funciones y Responsabilidades • Comité de Seguridad Aérea • Junta de Autonomías • Oficial Investigador Técnico • Coordinador Medicina de Aviación • Asesor Abastecimientos • Coordinador Operaciones Aéreas • Coordinador Grupo Técnico • Director Seccional de Aviación • Asesor Telemática
  • 177. Funciones y Responsabilidades Procedimientos Preventivos •Son los mecanismos para lograr la educación necesaria en seguridad que permita la detección y eliminación de riesgos que puedan llevar a un incidente o accidente. 1.Procedimientos •Programa de prevención anual: Presentación de las actividades preventivas que se desarrollaran durante el año otorgando misiones especificas al personal. •Educación en seguridad: Carteleras, afiches, avisos, boletines, publicaciones de otras entidades, películas de seguridad, reuniones de seguridad, conferencias de seguridad, bibliotecas de seguridad. •Difusión y Seguimiento.
  • 178. Funciones y Responsabilidades Riesgos •Estudio de los riesgos: Es una potencial causa de accidente o incidente. •Detección del riesgo: Toda persona relacionada con la actividad aérea esta comprometido a detectar factores de riesgo. •Métodos de detección: - Experiencias de los no comprometidos. - Revisiones periódicas: Planes, Políticas, Procedimientos, Instrucción, Inspección, Análisis estadísticos, Investigación de Accidentes e Incidentes, Inspecciones de Seguridad, Reporte del Riesgo y Estudio de los Factores Humanos.
  • 179. Funciones y Responsabilidades Factores Humanos •Comportamiento humano •Estado Fisiológico •Estado Psicológico •Entrenamiento •Criterio y toma de decisiones •Estrés y fatiga •Comunicación •Distracciones Operacionales •Presión del grupo y Ego
  • 180. Funciones y Responsabilidades Evaluación del Riesgo La evaluación del riesgo permite determinar la acción a seguir para eliminarlo. Probabilidad de ocurrencia: •Ocurre frecuentemente •Ha ocurrido •Probablemente ocurra •Improbable que ocurra •Muy difícil que ocurra
  • 181. Funciones y Responsabilidades Daños que se pueden causar en caso que ocurra el accidente o incidente •Fatal •Destrucción •Considerable •Menor •Mínimo
  • 182. Funciones y Responsabilidades Severidad del Riesgo •Riesgo Severo •Riesgo Grave •Riesgo Rutinario •Riesgo Remoto •Riesgo Inexistente
  • 183. Funciones y Responsabilidades Acción a seguir recomendada por seguridad aérea •Acción inmediata y solución inmediata •Acción inmediata y solución a corto plazo •Acción inmediata y solución a largo plazo •Acción indefinida y solución indefinida •No procede acción alguna
  • 184. Funciones y Responsabilidades Eliminación del riesgo •Responsabilidad de los niveles inferiores: Obligatoriedad de eliminar los riesgos sobre los que el personal tenga injerencia. •Responsabilidad de los niveles superiores: Asesor de Seguridad Aérea e Industrial, Jefe Área de Aviación Policial, Mando Superior. •Tramites reglamentados para la eliminación del riesgo: Jefe de Grupo, Jefe Área Aviación, Tramite a Mando Superior. •Otros medios de eliminación: Acción directa, Comité de Seguridad.
  • 185. Funciones y Responsabilidades • Seguimiento • Informes de riesgo de operación • Principios del programa de reportes de riesgo: - Confianza - Independencia - Fácil Reporte - Recepción - Motivación - Retroalimentación - Animo Preventivo
  • 187. Funciones y Responsabilidades Comité de Responsabilidad Aérea •Nombramiento de integrantes •Miembros •Autoridad que lo convoca •Caso para su convocación •Procedimiento •Funciones •Autonomía del Comité •Registro del Comité y Distribución
  • 188. Funciones y Responsabilidades Junta de Autonomías •Nombramiento de los integrantes •Miembros •Autoridad que los convoca •Procedimiento Inspecciones de seguridad •Objetivos •Clases •Procedimiento
  • 189. Funciones y Responsabilidades Estadísticas de Seguridad •Clasificación •Responsabilidades en el suministro de información estadística •Daños por proyectiles de arma de fuego Prioridades en la información •Clasificación •Canales de distribución •Responsabilidades
  • 190. Funciones y Responsabilidades Piloto al mando y tripulación •Capacitación y evaluación •Autoridad •Responsabilidades •Horas Limites •Piloto de Seguridad •Técnicos Despachadores •Responsabilidad
  • 191. Funciones y Responsabilidades Utilización de Oxigeno •Hipoxia •Hiperventilación •Presurización de cabinas F.O.D (Foreign Object Depot) •Causas •Medidas preventivas
  • 193. Funciones y Responsabilidades Transporte •Transporte de pasajeros regulares •Transporte de tropas •Transporte de enfermos •Otras consideraciones •Transporte de carga •Transporte de sustancias peligrosas
  • 194. Funciones y Responsabilidades Combustible de Aviación •Transporte aéreo •Contaminación del combustible Meteorología Cumplimiento de Normas •Normas institucionales •Normas generales •Recomendaciones de seguridad
  • 195. Funciones y Responsabilidades Estímulos en Seguridad •Premios •Sanciones •El error de criterio •Actuación del oficial de seguridad Oficial de Seguridad Aérea •Cualidades para su selección •Procedimiento •Preparación •Responsabilidades
  • 197. ¿Como manejar una emergencia? • https://www.youtube.com/watch?v=AvgxLrZYfMc
  • 198. Investigaciones Aéreas Concepto •Averiguación técnica que sigue a la ocurrencia de un accidente, incidente o situación riesgosa a través de procedimientos que permitan identificar las causas y emitir recomendaciones. Objetivo •Se busca prevenir la ocurrencia de hechos similares al investigado mediante el descubrimiento de las causas que lo produjeron. •Al final se deben identificar: Conclusiones, Causas, Recomendaciones y Exposición.
  • 199. Investigaciones Aéreas Alcance Toda investigación en la Policía Nacional debe ser llevada según los parámetros de este manual. Organizaciones Investigativas de Apoyo •OACI •FAA •NTSB •FAC •UAEAC •POLICIA NACIONAL COLOMBIANA •OTROS
  • 200. Investigaciones Aéreas Otras Investigaciones frente a la Investigación Aérea •Importancia de la independencia a la hora de llevar a cabo la investigación. Prueba de Hecho •Concepto: Característica técnica que permite al investigador concluir cual fue la causa de la falla presentada. •Búsqueda de la prueba: El manual dicta procedimientos y guía al investigador hacia las pruebas técnicas en fuentes diferentes al propio manual.
  • 201. Investigaciones Aéreas Oficial Investigador Técnico (O.I.T) •Oficial de la Policía especializado en seguridad aérea e investigación de accidentes encargado de hacer la investigación hasta el final de la misma. Oficial Investigador Preliminar (O.I.P) Oficial especializado en seguridad aérea e investigación de accidentes designado para acudir de forma inmediata al sitio. Procedimiento Reducido Se omiten algunos aspectos de la investigación. Procedimiento Especial Se aparta sustancialmente de lo escrito en el Manual de Seguridad.
  • 202. Investigaciones Aéreas Procedimiento General de Investigación 1.Conocimiento del hecho •Conocimiento directo o por terceros •Notificaciones •Informes 2.Desplazamiento del Personal Técnico •Aplicación del plan pre accidente •Trabajo en el campo •La aeronave •Los diagramas
  • 203. Investigaciones Aéreas • Las fotografías • Testigos – clases: a. Testigos a bordo b. Testigos técnicos c. Testigos en tierra d. Testigos presenciales • Testigos – búsqueda: * Se dictan las recomendaciones para facilitar la búsqueda. • Testigos – tratamiento: * Cada testigo merece un tratamiento diferente según su tipo.
  • 204. Investigaciones Aéreas • Testigos – Tratamiento de la entrevista: * Del buen tratamiento de la entrevista dependerán las conclusiones sacándole el máximo provecho a la investigación. • Testigos – Anotaciones a la entrevista: * Conclusiones claras y concretas que realiza el Oficial Investigador con el fin de facilitar posteriores análisis, testimonios, causas etc. • Testigos - Corroboración del testimonio: * Todo testimonio debe ser corroborado por medio de otras fuentes.
  • 205. Investigaciones Aéreas • Tratamiento de las partes a. Remoción de los escombros b. Traslado de las partes c. Ensamble de las partes • Equipo del Oficial Investigador Preliminar * Existe un equipo mínimo que debe portar el Oficial Investigador Preliminar.
  • 206. Investigaciones Aéreas 3. El Informe Preliminar • Primera información por escrito que se realiza dentro de las 72 horas siguientes de notificado el hecho. • Generalidades: *Dos hechos requieren informe preliminar, los accidentes y los incidentes. • Clasificación del hecho: a. Accidente b. Incidente c. Situación Riesgosa
  • 208. Investigaciones Aéreas • Tramite • El informe preliminar debe ser enviado a la Jefatura del Área de Aviación Policial y copias para investigación técnica y quienes se puedan ver afectados por los errores hallados. 4. Oficial Investigador Técnico (O.I.T) • Nombramiento • Procedimientos y notificación • El O.I.T y el Comité de Seguridad 5. Informe Intermedio • Informe que rinde el O.I.T ante la Jefatura del Área de Aviación Policial.
  • 209. Investigaciones Aéreas • Casos en que debe hacerse * Deben cumplirse tres requisitos. • Contenido * Toma su base en el informe preliminar. • Tramite •Se realiza ante el Jefe de División. 6. Recopilación de pruebas • Acopio de elementos técnico - científicos que reúne el O.I.T para llegar a conclusiones, causas y recomendaciones finales. • Complemento del trabajo en el campo * Estudiar y complementar las diferentes áreas que fueron investigadas.
  • 210. Investigaciones Aéreas • Estudio de los factores humanos * El O.I.T analizará que situaciones ameritan un estudio de Medicina de Aviación que ayuden a sacar conclusiones. • Determinación de fallas a. Ingeniería de partes b. Falla en los procedimientos de mantenimiento c. Falla en los procedimientos operacionales d. Fallas en otros procedimientos e. Fallas en la planeación f. Fallas en la documentación g. Fallas medicas
  • 211. Investigaciones Aéreas • Solicitudes del O.I.T * Se debe velar por brindar la información y herramientas necesarias que requiera el Oficial Investigador. • Las solicitudes pueden ir dirigidas a : a. Autoridades Aeronáuticas Colombianas o Extranjeras b. Otras Entidades c. Medicina de Aviación d. Telemática e. Operaciones Aéreas f. Seccional Escuela de Aviación
  • 212. Investigaciones Aéreas g. Bases aéreas h. Mantenimiento i. Abastecimientos j. Recursos Humanos • Anotaciones a las respuestas • Es importante el hacer anotaciones al final de las solicitudes con el fin de destacar puntos que facilite la investigación. • Otros Análisis a. Estudio de los manuales del fabricante b. Estudio de los libros de la aeronave c. Estudio de los informes técnicos
  • 213. Investigaciones Aéreas d. Estudio de documentos policiales e. Estudio de los reglamentos aeronáuticos • Tratamiento de los estudios a. Anotaciones b. Traducciones 6. Ordenes para la preservación de pruebas El O.I.T debe impartir las instrucciones necesarias para la preservación de las pruebas. 7. Recopilación formal de la investigación • Forma en que debe ser entregada la investigación técnica completa.
  • 214. Investigaciones Aéreas a. Portada b. Contenido 7. Procedimientos reducidos Se aplica en accidentes, incidentes, situaciones de riesgo y cuando la aeronave resulte dañada por acción delincuencial. • Contenido • Criterios de evaluación 8. Perdidas de autonomía El personal de la Policía Nacional puede perder su autonomía cuando suceda un hecho que deba ser investigado, de acuerdo al Manual.
  • 215. Investigaciones Aéreas • Casos a. Accidente o Incidente b. Situación Riesgosa c. Ataque de Grupos Delincuenciales • Procedimiento a. Ante un incidente b. La tripulación que incumpla c. Ante dudas sobre el hecho presentado • Reanudación de actividades de vuelo
  • 216. Investigaciones Aéreas 9. Informe Final Es similar al al informe preliminar pero se aportan, adicionan y profundizan nuevos aspectos. • Generalidades * Toda investigación requiere un informe final completo o reducido. • Comité de Seguridad •Que investigaciones de ben ser sometidas al Comité de Seguridad.
  • 217. Investigaciones Aéreas Contenido informe final completo a.Historia del hecho b.Investigación y análisis c.Lugar del hecho d.Exámenes de los restos e.Información sobre la aeronave f.Información sobre las personas g.Factores meteorológicos h.Radioayudas i.Comunicaciones
  • 218. Investigaciones Aéreas j. Operación k. Procedimiento l. Aspectos de supervivencia m. Entrevistas n. Supervisión o. Estudio de los factores humanos por Medicina de Aviación. c. Resumen final d. Conclusiones del Oficial Investigador e. Causa para el Oficial Investigador
  • 219. Investigaciones Aéreas f. Recomendaciones del Oficial Investigador Informe Final Reducido a. Historia del hecho b. Nombre del sitio donde ocurrió el hecho c. Relación de daños d. Nombre de lesionados y grado de lesión e. Nombres de la tripulación f. Fallas encontradas en la investigación g. Conclusiones y recomendaciones
  • 220. Investigaciones Aéreas • Acta del Comité de Seguridad * Toda investigación sometida al comité deberá tener un acta anexa al mismo. • Tramite •El informe final debe ser tramitado ante el inmediato superior jerárquico Jefe del Área de Aviación Policial. • Difusión y Archivo •Ante quien debe ser presentado el informe y donde debe archivarse. • Procedimientos contra fallos de la investigación a. Investigaciones sin Comité de Seguridad b. Investigación con Comité de Seguridad
  • 222. Búsqueda y Salvamento 1. Búsqueda La búsqueda de una aeronave declarada en emergencia o desaparecida, de propiedad o al servicio de la Policía Nacional , es responsabilidad exclusiva de la institución. • Alerta Bajo que condiciones se declara que una aeronave esta en estado de alerta. • Emergencia Bajo que condiciones se declara una aeronave en estado de emergencia. • Búsqueda Coordinada El Jefe del Área de Aviación podrá solicitar la colaboración de otras entidades.
  • 223. Búsqueda y Salvamento 2. Salvamento Esta fase debe iniciarse inmediatamente después de ser localizada la aeronave accidentada o incidentada. • Objetivos Identificar cuales son las intenciones con la fase de salvamento. • Procedimiento a. Alistamiento personal b. Alistamiento equipo • Organización de la Comisión Definir integrantes, área y forma en que se efectuará la operación.
  • 224. Búsqueda y Salvamento 3. Procedimientos en la escena del hecho Factores mas importantes a tener en cuenta a la hora de llegar al lugar de los hechos, con el fin de preservar de la mejor forma las pruebas vitales para la investigación. 4. Evacuación La comisión de sanidad determina la prioridad en la evacuación de los sobrevivientes. De no haberlos se efectuara la evacuación a discreción del oficial de búsqueda y salvamento, previa coordinación con otras autoridades.
  • 226. Fuero Penal Militar • Corte Constitucional Articulo 29 Debido proceso. • Tres condiciones llevan a otorgar una especial y propia jurisdicción a las Fuerzas Armadas, diferenciándolas de la sociedad civil. 1. Disciplina y pronta obediencia. 2. Formación como personas y profesionales. 3. La materia objeto de sus actuaciones. • Por esta razón deben ser juzgados por sus iguales, superiores en jerarquía y experiencia para que los fallos sean justos e imparciales.
  • 227. Fuero Penal Militar • Constitución Política Art 221 “ De los delitos cometidos por los miembros de la fuerza publica en servicio activo y en relación con el mismo servicio, conocerán las Cortes Marciales o Tribunales Militares con arreglo a las prescripciones del Código Penal Militar. Tales Cortes o Tribunales estarán integradas por miembros de la Fuerza Publica en servicio activo o en retiro”
  • 228. Fuero Penal Militar • Código Penal Militar Articulo 16:”Los miembros de la Fuerza Publica en servicio activo, cuando cometan delitos contemplados en este Código u otros en relación con el servicio, solo podrán ser juzgados por los jueces y tribunales establecidos en este Código e instituidos con anterioridad a la comisión del hecho punible.” • Es con base a estos principios que deben ser los pares quienes tienen la facultad de juzgar pues resulta difícil para un particular ubicarse en el escenario de guerra o del restablecimiento del orden tras una turba.
  • 229. Fuero Penal Militar • Sin embargo existe una limitación y es que se aplica solo a los actos propios del servicio de lo contrario la justicia penal ordinaria será la competente. • Delitos relacionados con el servicio. Art 2 Código Penal Militar. “ Son delitos relacionados con el servicio aquellos cometidos por los miembros de la Fuerza Publica en servicio activo dentro o fuera del territorio nacional, cuando los mismos se deriven directamente de la función militar o policial que la Constitución, la ley y los reglamentos les ha asignado.”
  • 230. Fuero Penal Militar • Corte Constitucional Sentencia C-358 1997 • “ La expresión relación con el mismo servicio, a la vez que describe el campo de la jurisdicción penal militar, lo acota de manera inequívoca. El concepto de servicio corresponde a la sumatoria de las misiones que la Constitución y la ley le asignan a la Fuerza Publica, las cuales se materializan a través de decisiones y acciones que en ultimas se encuentran ligadas a dicho fundamento jurídico”
  • 231. Fuero Penal Militar • En aquellos casos donde no aparezca relación directa del delito con el servicio habrá que aplicarse el derecho penal ordinario. • “El vinculo entre el delito y la actividad propia del servicio debe ser próximo y directo, y no puramente hipotético y abstracto. Esto significa que el exceso o la extralimitación deben tener lugar durante la realización de una tarea que en si misma constituya un desarrollo legitimo de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional. Por el contrario, si desde el inicio, el agente tiene propósitos criminales y utiliza entonces su investidura para realizar el hecho punible el caso corresponde a la justicia ordinaria incluso en aquellos eventos en que pudiera existir una cierta relación abstracta entre los fines de la Fuerza Publica y el hecho punible del actor. En ningún momento el agente estaba desarrollando actividades propias del servicio, puesto que sus comportamientos fueron “ab initio” criminales”.
  • 232. Fuero Penal Militar Fuero Militar en la Policía Nacional •Art 4 C.P.M “La Fuerza Publica estará integrada en forma exclusiva por las Fuerzas Militares y la Policía Nacional” •A diferencia de los Militares los miembros de la Policía no están sometidos a la obediencia debida, por lo tanto la responsabilidad no recae sobre el superior que dio la orden sino individualmente. Articulo 91 C.P
  • 233. Fuero Penal Militar • No es posible comparar los fines públicos, protectores de la patria de la Policía con los intereses privados. • Delitos no relacionados con el servicio están expuestos en el articulo 3 del C.P.M “…Delitos de tortura, genocidio, desaparición forzada, de lesa humanidad o aquellos que atenten contra el Derecho Internacional Humanitario entendidos en los términos definidos en convenios y tratados internacionales ratificados por Colombia, ni las conductas que sean abiertamente contrarias a la función constitucional de la Fuerza Publica…”
  • 234. Fuero Penal Militar • En pro de la independencia e imparcialidad se crearon los jueces y fiscales militares, quienes no tienen mando, así, los comandantes ya no son jueces. Principios del DIH 1. Necesidad Militar No se deben causar al adversario males desproporcionados en relación con el objetivo armado que es derrotar al enemigo. No causar a la parte adversa mayor violencia que la exigida por el desarrollo de las hostilidades.
  • 235. Fuero Penal Militar 2.Distinción Plantea que los actos de guerra se dirijan solamente a los combatientes y objetivos militares del enemigo. Evitando daños innecesarios en personas civiles. 3.Proporcionalidad Un ataque o acción debe buscar la derrota del enemigo, debe ser un ataque sobre un objetivo militar y el daño causado a civiles o propiedad civil debe ser proporcional y no excesiva en relación con la ventaja militar.