SlideShare ist ein Scribd-Unternehmen logo
1 von 20
Downloaden Sie, um offline zu lesen
Proyecto de real decreto por el que se regulan las características generales de las pruebas1
de la evaluación final de Educación Primaria, y las características de las pruebas de las2
evaluaciones finales de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato, establecidas3
en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación4
5
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE), modificada por la Ley6
Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, establece en su7
artículo 21 una evaluación individualizada al finalizar el sexto curso de Educación Primaria.8
Asimismo, establece en sus artículos 29 y 36 bis evaluaciones finales de etapa en Educación9
Secundaria Obligatoria (ESO) y Bachillerato, respectivamente. También establece la Ley10
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo en su artículo 144.1 que los criterios de evaluación11
correspondientes a estas evaluaciones individualizadas serán comunes para el conjunto del12
Estado.13
En el artículo 6 bis de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, se indica que corresponderá al14
Gobierno determinar los criterios de evaluación del logro de los objetivos de las enseñanzas y15
etapas educativas y del grado de adquisición de las competencias correspondientes, así como las16
características generales de las pruebas en relación con la evaluación final de Educación17
Primaria.18
Se señala en ese mismo artículo 6 bis que corresponderá al Ministerio de Educación,19
Cultura y Deporte, en relación con las evaluaciones finales de Educación Secundaria Obligatoria y20
de Bachillerato, determinar los criterios de evaluación del logro de los objetivos de las21
enseñanzas y etapas educativas y del grado de adquisición de las competencias22
correspondientes, en relación con los contenidos de los bloques de asignaturas troncales y23
específicas, determinar las características de las pruebas, diseñar las pruebas y establecer su24
contenido para cada convocatoria.25
El artículo 144.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, dispone que las pruebas y los26
procedimientos de las evaluaciones indicadas en los artículos 29 y 36 bis se diseñarán por el27
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, a través del Instituto Nacional de Evaluación28
Educativa. En el mismo artículo 144.1 se establece que la realización material de las pruebas29
corresponde a las Administraciones educativas competentes.30
Además, la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, establece en su artículo 31 que para31
obtener el Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria será necesario superar la32
correspondiente evaluación final de etapa, y en su artículo 37 que para obtener el Título de33
Bachillerato será necesario superar la evaluación final de esta etapa.34
Y finalmente, la disposición final quinta de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre,35
establece el calendario de implantación de las evaluaciones individualizadas.36
Por otro lado, el Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, por el que se establece el37
currículo básico de Educación Primaria, establece en el artículo 12.4 que al finalizar el sexto curso38
de Educación Primaria se realizará una evaluación final individualizada a todos los alumnos y39
alumnas, en la que se comprobará el grado de adquisición de la Competencia en Comunicación40
lingüística, de la Competencia matemática y de las Competencias básicas en ciencia y tecnología,41
así como el logro de los objetivos de la etapa. Dicha evaluación se realizará de acuerdo con las42
PR36-1
características generales de las pruebas que establezca el Gobierno, previa consulta a las1
Comunidades Autónomas.2
El Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico3
de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato, establece en su artículo 21 que al4
finalizar el cuarto curso de ESO, los alumnos y alumnas realizarán una evaluación individualizada5
por la opción de enseñanzas académicas o por la de enseñanzas aplicadas, en la que se6
comprobará el logro de los objetivos de la etapa y el grado de adquisición de las competencias7
correspondientes. En el apartado primero del artículo 31 de dicho real decreto se indica que los8
alumnos y alumnas realizarán una evaluación individualizada al finalizar Bachillerato, en la que se9
comprobará el logro de los objetivos de esta etapa y el grado de adquisición de las competencias10
correspondientes.11
Por todo ello, el objeto del presente real decreto es la regulación de las características12
generales de las pruebas de la evaluación final de Educación Primaria, y de las características de13
las pruebas de las evaluaciones finales de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato,14
con el fin de asegurar unos criterios y características de evaluación comunes a todo el territorio.15
Este real decreto tiene el carácter de norma básica y se dicta al amparo del artículo16
149.1.30ª de la Constitución, que atribuye al Estado las competencias para la regulación de las17
condiciones de obtención, expedición y homologación de los títulos académicos y profesionales y18
normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución, a fin de garantizar el19
cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia. De acuerdo con la20
jurisprudencia del Tribunal Constitucional, es posible la intervención excepcional del reglamento21
en la delimitación de lo básico, entre otros supuestos, cuando la utilización del reglamento resulte22
justificada por el carácter marcadamente técnico de la materia.23
En el proceso de elaboración de este real decreto han sido consultadas las Comunidades24
Autónomas en el seno de la Conferencia de Educación, y ha emitido dictamen el Consejo Escolar25
del Estado, se ha solicitado el informe del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, y26
se ha consultado a los organismos y organizaciones más representativas y en general a toda la27
comunidad educativa a través de un trámite de información pública.28
En su virtud, a propuesta del Ministro de Educación, Cultura y Deporte, de acuerdo con el29
Consejo de Estado, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día dd de30
mmmm de 2015,31
DISPONGO32
33
CAPÍTULO I34
Disposiciones generales35
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.36
1. El presente real decreto tiene por objeto regular las características generales de las37
pruebas de la evaluación final de Educación Primaria, y las características de las pruebas de las38
evaluaciones finales de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato, establecidas en la39
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.40
PR36-2
2. Lo establecido en este real decreto será de aplicación en todos los centros docentes1
españoles que impartan Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato.2
3. Los alumnos y alumnas realizarán evaluaciones finales de etapa al finalizar los siguientes3
cursos:4
a) Sexto de Educación Primaria.5
b) Cuarto de Educación Secundaria Obligatoria.6
c) Segundo de Bachillerato.7
4. La evaluación tendrá carácter censal y afectará a todo el alumnado que esté realizando el8
último curso de cada etapa educativa.9
Artículo 2. Competencias, estándares de aprendizaje evaluables y criterios de evaluación.10
1. Las competencias, estándares de aprendizaje evaluables y criterios de evaluación del11
logro de los objetivos de la etapa de Educación Primaria y del grado de adquisición de las12
competencias correspondientes serán los establecidos en los anexos I y II del Real Decreto13
126/2014, de 28 de febrero, por el que se establece el currículo básico de Educación Primaria.14
2. Las competencias, estándares de aprendizaje evaluables y criterios de evaluación del15
logro de los objetivos de las etapas de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato y del16
grado de adquisición de las competencias correspondientes serán los establecidos en los anexos17
I y II del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico18
de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato.19
Artículo 3. Desarrollo y aplicación de las evaluaciones finales de etapa.20
1. La Administración educativa competente establecerá procedimientos para la selección del21
profesorado del Sistema Educativo Español externo al centro encargado de aplicar y corregir las22
pruebas, así como para la realización y el seguimiento y supervisión que asegure una correcta23
aplicación de acuerdo con la normativa básica aplicable.24
2. Los equipos directivos y el profesorado de los centros docentes participarán y colaborarán25
con las Administraciones educativas en las evaluaciones que se realicen en sus centros.26
3. La evaluación de las competencias no lingüísticas se podrá realizar, a elección de los27
padres, madres o tutores legales, en lengua castellana o en la lengua cooficial.28
4. Con el fin de asegurar la igualdad de oportunidades, la no discriminación y la29
accesibilidad universal de las personas, en cada convocatoria las Administraciones educativas30
determinarán las medidas oportunas que garanticen que los estudiantes que presenten necesidad31
específica de apoyo educativo puedan realizar la evaluación final en condiciones adaptadas a sus32
necesidades.33
Estas medidas podrán consistir en la adaptación de los tiempos, la utilización de formatos34
especiales y la puesta a disposición del estudiante de los medios materiales y humanos, de los35
apoyos y de las ayudas técnicas que precise para la realización de la prueba, así como en la36
garantía de accesibilidad de la información y la comunicación de los procesos y la del recinto o37
espacio físico donde ésta se desarrolle.38
PR36-3
5. De forma simultánea a la celebración de las evaluaciones individualizadas se aplicarán1
cuestionarios de contexto a los centros docentes. Estos cuestionarios permitirán obtener2
información sobre las condiciones socioeconómicas y culturales de los centros para la3
contextualización de los resultados obtenidos.4
Artículo 4. Calendario escolar.5
Los días dedicados a las evaluaciones finales, tanto en la convocatoria ordinaria, como en la6
extraordinaria, en su caso, se incluirán en el cómputo anual de días lectivos del calendario7
escolar.8
Artículo 5. Difusión de los resultados.9
1. Los resultados de las evaluaciones finales de etapa serán puestos en conocimiento de la10
comunidad educativa mediante indicadores comunes para todos los centros docentes españoles,11
sin identificación de datos de carácter personal y previa consideración de los factores12
socioeconómicos y socioculturales del contexto.13
2. Los indicadores comunes a todos los centros docentes españoles serán establecidos por14
el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.15
16
CAPÍTULO II17
Evaluación final de Educación Primaria18
Artículo 6. Ámbito de aplicación.19
Al finalizar el sexto curso de Educación Primaria se realizará una evaluación individualizada20
a todos los alumnos y alumnas de todos los centros docentes.21
Artículo 7. Finalidad.22
La evaluación de todos los alumnos y alumnas al concluir la Educación Primaria tendrá23
como finalidad comprobar su grado de adquisición de la competencia en comunicación lingüística,24
de la competencia matemática y de las competencias básicas en ciencia y tecnología, así como el25
logro de los objetivos de la etapa.26
Artículo 8. Configuración general de las pruebas.27
1. La configuración general de las pruebas de la evaluación final de Educación Primaria se28
regula en el anexo I.2. La realización material de las pruebas corresponde a las Administraciones29
educativas competentes, que deben garantizar las condiciones adecuadas de aplicación y30
calificación de las mismas.3. Corresponde a las Administraciones educativas competentes31
concretar los criterios de evaluación, los estándares de aprendizaje evaluables y el diseño de las32
pruebas de evaluación final de la competencia lingüística en Lengua Cooficial y Literatura, así33
como aplicar la prueba.34
Estarán exentos de la realización de estas pruebas los alumnos y alumnas que estén35
exentos de cursar o de ser evaluados de la asignatura Lengua Cooficial y Literatura, según la36
PR36-4
normativa autonómica correspondiente.1
Artículo 9. Resultados.2
1. El resultado de la evaluación se expresará en niveles para cada una de las competencias:3
Insuficiente, Suficiente, Bien, Notable y Sobresaliente. Las Administraciones educativas4
competentes harán constar en un informe individual el nivel obtenido por cada alumno o alumna5
en cada una de las áreas de competencia evaluadas, que será entregado a los padres, madres o6
tutores legales y que tendrá carácter informativo y orientador para los centros en que los alumnos7
y alumnas hayan cursado sexto curso de Educación Primaria y para aquellos centros en los que8
cursen el siguiente curso escolar, así como para los equipos docentes, los padres, madres o9
tutores legales y los alumnos y alumnas. Estos informes se trasladarán a los centros en los que10
los alumnos y las alumnas hayan de proseguir su escolaridad.11
2. El resultado de la evaluación de Lengua Cooficial y Literatura se tendrá en cuenta en la12
misma proporción que el resultado de la evaluación de la competencia en comunicación13
lingüística en relación con Lengua Castellana y Literatura.14
3. Las Administraciones educativas podrán establecer planes específicos de mejora en15
aquellos centros públicos cuyos resultados sean inferiores a los valores que, a tal objeto, hayan16
establecido. En relación con los centros concertados se estará a la normativa reguladora del17
concierto correspondiente.18
Artículo 10. Convocatorias.19
1. Las Administraciones educativas convocarán a todos los estudiantes que estén cursando20
6º curso de Educación Primaria para la realización de la evaluación final de etapa.21
La realización de la evaluación se llevará a cabo a la finalización de cada curso académico.22
2. Las Administraciones educativas establecerán los mecanismos pertinentes para que los23
estudiantes que, por motivo justificado, no pudieron realizar las pruebas en las fechas24
establecidas en la convocatoria, puedan ser evaluados.25
Artículo 11. Revisión de los resultados de las evaluaciones.26
1. Los padres, madres o tutores legales del alumnado podrán solicitar la revisión de los27
resultados obtenidos en las evaluaciones finales ante el organismo competente de cada28
Administración educativa.29
2. Las pruebas sobre las que se haya presentado la solicitud de revisión serán revisadas30
con el objeto de verificar que los criterios de evaluación se han aplicado correctamente y que no31
existen errores materiales en el proceso de cálculo de las calificaciones.32
33
CAPÍTULO III34
Evaluaciones finales de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato35
Artículo 12. Configuración de las pruebas.36
PR36-5
1. La configuración de las pruebas de las evaluaciones finales de Educación Primaria se1
regula en el anexo II.2
2. Las pruebas de la evaluación serán confeccionadas por el Ministerio de Educación,3
Cultura y Deporte. La traducción a las lenguas cooficiales corresponderá al Ministerio de4
Educación, Cultura y Deporte.5
3. La aplicación de las pruebas corresponde a las Administraciones educativas. Las pruebas6
serán aplicadas por profesorado del Sistema Educativo Español externo al centro, designado por7
la Administración educativa competente.8
4. Corresponde a las Administraciones educativas competentes concretar los criterios de9
evaluación, los estándares de aprendizaje evaluables y el diseño de las pruebas de evaluación10
final de la competencia lingüística en Lengua Cooficial y Literatura, así como aplicar la prueba.11
Estarán exentos de la realización de estas pruebas los alumnos y alumnas que estén12
exentos de cursar o de ser evaluados de la asignatura Lengua Cooficial y Literatura, según la13
normativa autonómica correspondiente.14
Artículo 13. Calificación.15
1. La corrección de las pruebas se realizará por profesorado del Sistema Educativo Español16
externo al centro, de conformidad con las guías de codificación y corrección establecidas por el17
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.18
El profesorado será designado por la Administración educativa competente.19
La corrección de las pruebas de expresión oral será realizada por profesorado del centro del20
alumno o alumna, de acuerdo con una guía de especificaciones desarrollada por el Ministerio de21
Educación, Cultura y Deporte. Con el fin de asegurar la homogeneidad en la valoración, esta22
corrección realizada por profesorado del centro será comprobada y validada por profesorado23
externo al centro en una muestra de tamaño tal que permita observar desviaciones significativas,24
en cuyo caso se adoptarán las medidas correctoras pertinentes.25
2. El alumno o alumna será calificado con una puntuación de cero a diez puntos en cada26
una de las materias que componen las diferentes partes de la evaluación. Los resultados de la27
evaluación de cada alumno o alumna se establecerán mediante una calificación numérica, siendo28
la calificación final igual a la media aritmética de las calificaciones recibidas en las distintas29
materias, en una escala de cero a diez, con dos decimales.30
3. La Lengua Cooficial y Literatura se tendrá en cuenta para el cálculo de la nota obtenida31
en la misma proporción que la Lengua Castellana y Literatura, y mantendrá la ponderación en el32
cómputo de la calificación final que se asigne a Lengua Castellana y Literatura frente al resto de33
materias34
4. La superación de estas evaluaciones requerirá una calificación igual o superior a 5 puntos35
sobre 10.36
Artículo 14. Revisión.37
PR36-6
1. El alumno o alumna podrá presentar una solicitud de revisión ante el Ministerio de1
Educación, Cultura y Deporte sobre la calificación otorgada tras la primera corrección.2
2. Las pruebas sobre las que se haya presentado la solicitud serán revisadas con el objeto3
de verificar que todas las cuestiones han sido evaluadas y lo han sido con una correcta aplicación4
de los criterios de corrección, así como la comprobación de que no existen errores materiales en5
el proceso del cálculo de la calificación final.6
Sección 1ª. Evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria7
Artículo 15. Ámbito de aplicación.8
Al finalizar el cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria, los alumnos y alumnas de9
todos los centros docentes realizarán una evaluación individualizada por la opción de enseñanzas10
académicas o por la de enseñanzas aplicadas, o por ambas opciones.11
Artículo 16. Finalidad.12
1. La finalidad de la evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria será comprobar el13
logro de los objetivos de la etapa y el grado de adquisición de las competencias correspondientes14
por los alumnos y alumnas en relación con las siguientes materias:15
a) Todas las materias generales cursadas en el bloque de asignaturas troncales, salvo16
Biología y Geología y Física y Química, de las que el alumno o alumna será evaluado si las17
escoge entre las materias de opción.18
b) Dos materias de opción cursadas en el bloque de asignaturas troncales, en cuarto curso.19
c) Una materia del bloque de asignaturas específicas cursada en cualquiera de los cursos,20
que no sea Educación Física, Religión, o Valores Éticos.21
2. Para obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria será necesaria22
la superación de la evaluación final, así como una calificación final de dicha etapa igual o superior23
a 5 puntos sobre 10. La calificación final de Educación Secundaria Obligatoria se deducirá de la24
siguiente ponderación:25
a) Con un peso del 70%, la media de las calificaciones numéricas obtenidas en cada una de26
las materias cursadas en Educación Secundaria Obligatoria.27
b) Con un peso del 30%, la nota obtenida en la evaluación final de Educación Secundaria28
Obligatoria. En caso de que el alumno o alumna haya superado la evaluación por las dos29
opciones de evaluación final, para la calificación final se tomará la más alta de las que se30
obtengan teniendo en cuenta la nota obtenida en ambas opciones.31
Artículo 17. Competencias, criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables en la32
evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria.33
1. La Competencia Matemática y las Competencias Básicas en Ciencia y Tecnología se34
relacionarán con los criterios de evaluación y los estándares de aprendizaje evaluables asociados35
a las materias Matemáticas, Matemáticas orientadas a las Enseñanzas Académicas, Matemáticas36
orientadas a las Enseñanzas Aplicadas, Biología y Geología, Física y Química, Ciencias37
Aplicadas a la Actividad Profesional, Tecnología, Cultura Científica, y Tecnologías de la38
Información y la Comunicación.39
PR36-7
2. La Competencia en Comunicación Lingüística se relacionará con los criterios de1
evaluación y los estándares de aprendizaje evaluables asociados a las materias Lengua2
Castellana y Literatura, Primera Lengua Extranjera, Segunda Lengua Extranjera, y Latín.3
3. Las Competencias Sociales y cívicas, Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor y4
Conciencia y expresiones culturales se relacionarán con los criterios de evaluación y los5
estándares de aprendizaje evaluables asociados a las materias Geografía e Historia, Economía,6
Iniciación a la Actividad Emprendedora y Empresarial, Artes Escénicas y Danza, Cultura Clásica,7
Educación Plástica, Visual y Audiovisual, Filosofía, y Música.8
Artículo 18. Requisitos de participación.9
Podrán presentarse a la evaluación:10
a) Los alumnos y alumnas de Enseñanza Secundaria Obligatoria que hayan obtenido bien11
evaluación positiva en todas las materias, o bien negativa en un máximo de dos materias siempre12
que no sean simultáneamente Lengua Castellana y Literatura, y Matemáticas. A estos efectos, la13
materia Lengua Cooficial y Literatura tendrá la misma consideración que la materia Lengua14
Castellana y Literatura en aquellas Comunidades Autónomas que posean lengua cooficial. A los15
efectos de este párrafo, sólo se computarán las materias que como mínimo el alumno o alumna16
debe cursar en cada uno de los bloques. Además, en relación con aquellos alumnos y alumnas17
que cursen Lengua Cooficial y Literatura, sólo se computará una materia en el bloque de18
asignaturas de libre configuración autonómica, con independencia de que dichos alumnos y19
alumnas puedan cursar más materias de dicho bloque. Las materias con la misma denominación20
en diferentes cursos de Educación Secundaria Obligatoria se considerarán como materias21
distintas.22
b) Los alumnos y alumnas que se encuentren en posesión de un título Profesional Básico:23
podrán presentarse a las pruebas de las materias del bloque de asignaturas troncales que, como24
mínimo, se deban cursar en la opción que escoja el alumno o alumna para la realización de la25
evaluación (enseñanzas académicas o enseñanzas aplicadas).26
Artículo 19. Convocatorias.27
1. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte fijará en cada convocatoria las fechas,28
características y condiciones de aplicación y corrección de la evaluación. La prueba se aplicará29
de forma simultánea en todo el Sistema Educativo Español.30
2. Los alumnos y alumnas que no hayan superado la evaluación por la opción escogida, o31
que deseen elevar su calificación final de Educación Secundaria Obligatoria, podrán repetir la32
evaluación en convocatorias sucesivas, previa solicitud. Los alumnos y alumnas que hayan33
superado esta evaluación por una opción podrán presentarse de nuevo a evaluación por la otra34
opción si lo desean, y, de no superarla en primera convocatoria, podrán repetirla en convocatorias35
sucesivas, previa solicitud.36
Se tomará en consideración la calificación más alta de las obtenidas en las convocatorias a37
las que el alumno o alumna haya concurrido.38
3. Los alumnos y alumnas podrán realizar la evaluación por cualquiera de las dos opciones39
de enseñanzas académicas o de enseñanzas aplicadas, con independencia de la opción cursada40
PR36-8
en cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria, o por ambas opciones en la misma1
convocatoria. En el caso de que realicen la evaluación por una opción no cursada, se les evaluará2
de las materias requeridas para superar la evaluación final por dicha opción, elegidas por el3
propio alumno o alumna dentro del bloque de asignaturas troncales.4
4. No será necesario que se evalúe de nuevo al alumnado que se presente en segunda o5
sucesivas convocatorias de las materias que ya haya superado, a menos que desee elevar su6
calificación final.7
Sección 2ª: Evaluación final de Bachillerato8
Artículo 20. Ámbito de aplicación.9
Los alumnos y alumnas de todos los centros docentes realizarán una evaluación10
individualizada al finalizar Bachillerato.11
Artículo 21. Finalidad.12
1. La finalidad de la evaluación final de Bachillerato es comprobar el logro de los objetivos13
de la etapa y el grado de adquisición de las competencias correspondientes por los alumnos y14
alumnas en relación con las siguientes materias:15
a) Todas las materias generales cursadas en el bloque de asignaturas troncales. En el16
supuesto de materias que impliquen continuidad, se tendrá en cuenta sólo la materia cursada en17
segundo curso.18
b) Dos materias de opción cursadas en el bloque de asignaturas troncales, en cualquiera de19
los cursos. Las materias que impliquen continuidad entre los cursos primero y segundo sólo20
computarán como una materia; en este supuesto se tendrá en cuenta sólo la materia cursada en21
segundo curso.22
c) Una materia del bloque de asignaturas específicas cursada en cualquiera de los cursos,23
que no sea Educación Física ni Religión.24
2. Para obtener el título de Bachiller será necesaria la superación de la evaluación final de25
Bachillerato, así como una calificación final de Bachillerato igual o superior a 5 puntos sobre 10.26
La calificación final de esta etapa se deducirá de la siguiente ponderación:27
a) Con un peso del 60%, la media de las calificaciones numéricas obtenidas en cada una de28
las materias cursadas en Bachillerato.29
b) Con un peso del 40%, la nota obtenida en la evaluación final de Bachillerato.30
Artículo 22. Competencias, criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables en la31
evaluación final de Bachillerato.32
1. La Competencia Matemática y las Competencias Básicas en Ciencia y Tecnología se33
relacionan con los criterios de evaluación y los estándares de aprendizaje evaluables asociados a34
las materias Matemáticas, Biología y Geología, Dibujo Técnico, Física y Química, Matemáticas35
aplicadas a las Ciencias Sociales, Anatomía Aplicada, Cultura Científica, Tecnología Industrial,36
Tecnologías de la Información y la Comunicación, Biología, Física, Geología, Química, y Ciencias37
de la Tierra y del Medio Ambiente.38
PR36-9
2. La Competencia en Comunicación Lingüística se relaciona con los criterios de evaluación1
y los estándares de aprendizaje evaluables asociados a las materias Lengua Castellana y2
Literatura, Primera Lengua Extranjera, Segunda Lengua Extranjera, Latín, y Griego.3
3. Las Competencias Sociales y cívicas, Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor y4
Conciencia y expresiones culturales se relacionan con los criterios de evaluación y los estándares5
de aprendizaje evaluables asociados a las materias Filosofía, Economía, Historia del Mundo6
Contemporáneo, Literatura Universal, Fundamentos del Arte, Cultura Audiovisual, Análisis7
Musical, Dibujo Artístico, Lenguaje y Práctica Musical, Volumen, Historia de España, Economía8
de la Empresa, Geografía, Historia del Arte, Historia de la Filosofía, Artes Escénicas, Diseño,9
Fundamentos de la Administración y Gestión, Historia de la Música y la Danza, Imagen y Sonido,10
Psicología, y Técnicas de Expresión Gráfico-Plástica.11
Artículo 23. Requisitos de participación.12
Podrán presentarse a la evaluación:13
1. Aquellos alumnos y alumnas que hayan obtenido evaluación positiva en todas las14
materias de Bachillerato. A los efectos de este apartado, sólo se computarán las materias que15
como mínimo el alumno o alumna debe cursar en cada uno de los bloques. Además, en relación16
con aquellos alumnos y alumnas que cursen Lengua Cooficial y Literatura, sólo se computará una17
materia en el bloque de asignaturas de libre configuración autonómica, con independencia de que18
los alumnos y alumnas puedan cursar más materias de dicho bloque.19
2. Los alumnos y alumnas que se encuentren en posesión de un título de Técnico o Técnico20
Deportivo, de Técnico Superior o Técnico Deportivo Superior, o de Técnico de las Enseñanzas21
Profesionales de Música o de Danza. Estos podrán presentarse a las pruebas de las materias del22
bloque de asignaturas troncales que, como mínimo, se deban cursar en la modalidad y opción23
que escoja el alumno o alumna para la realización de la evaluación.24
Artículo 24. Convocatorias.25
1. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte fijará en cada convocatoria las fechas,26
características y condiciones de aplicación y corrección de la evaluación. La prueba se aplicará27
de forma simultánea en todo el Sistema Educativo Español.28
2. Los alumnos y alumnas que no hayan superado esta evaluación, o que deseen elevar su29
calificación final de Bachillerato, podrán repetir la evaluación en convocatorias sucesivas, previa30
solicitud.31
Se tomará en consideración la calificación más alta de las obtenidas en las convocatorias a32
las que haya concurrido.33
3. En el caso de alumnos y alumnas que deseen obtener el título de Bachillerato por más de34
una modalidad, podrán solicitar que se les evalúe de las materias generales y de opción de su35
elección del bloque de asignaturas troncales, correspondientes a las modalidades escogidas.36
4. No será necesario que se evalúe de nuevo al alumnado que se presente en segunda o37
sucesivas convocatorias de las materias que ya haya superado, a menos que desee elevar su38
calificación final.39
PR36-10
1
CAPÍTULO IV2
Educación de personas adultas3
Artículo 25. Educación Secundaria Obligatoria.4
1. Corresponde a las Administraciones educativas, en el ámbito de sus competencias,5
organizar periódicamente pruebas para que las personas mayores de dieciocho años puedan6
obtener directamente el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria por cualquiera7
de las dos opciones -Enseñanzas Académicas o Enseñanzas Aplicadas-, siempre que hayan8
logrado los objetivos de la etapa y alcanzado el adecuado grado de adquisición de las9
competencias correspondientes. La calificación final de Educación Secundaria Obligatoria será la10
nota obtenida en dichas pruebas.11
Aquellas personas menores de 18 años autorizadas para cursar enseñanzas de adultos12
podrán presentarse a estas pruebas en las mismas condiciones que las estipuladas en el párrafo13
anterior.14
2. Las pruebas se organizarán en base a la estructura de ámbitos establecidos para la15
educación de personas adultas. Además, comprenderán una prueba global de comprobación del16
grado de adquisición de las competencias relacionadas con las opciones de enseñanzas17
académicas/o aplicadas. Esta prueba estará constituida por una o varias actividades de resolución18
de problemas complejos basados en situaciones que impulsen a utilizar los diferentes19
aprendizajes y competencias adquiridos de acuerdo con una de las opciones de enseñanza20
académica o aplicada.21
3. La calificación final de Educación Secundaria Obligatoria será la nota obtenida en dichas22
pruebas.23
4. Las Administraciones educativas velarán por que se adopten las medidas necesarias para24
asegurar la igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las25
personas con discapacidad que se presenten a dichas pruebas.26
Artículo 26. Bachillerato.27
1. Las Administraciones educativas, en el ámbito de sus competencias, organizarán28
periódicamente pruebas para obtener directamente el título de Bachiller, en las que se29
comprobará el logro de los objetivos de esta etapa y el grado de adquisición de las competencias30
correspondientes en relación con los módulos troncales.31
2. Dichas pruebas se organizarán por materias, de manera diferenciada según las32
modalidades del Bachillerato. Además, comprenderán una prueba global de comprobación del33
grado de adquisición de las competencias correspondientes.34
3. La calificación final de Bachillerato será la nota obtenida en dichas pruebas.35
4. Para presentarse a las pruebas para la obtención del título de Bachiller se requiere tener36
veinte años cumplidos.37
5. Además, las Administraciones educativas velarán por que se adopten las medidas38
necesarias para asegurar la igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad39
universal de las personas con discapacidad que se presenten a dichas pruebas.40
PR36-11
Artículo 27. Educación a distancia de personas adultas.1
1. En los centros educativos públicos o privados autorizados para impartir enseñanza a2
distancia de personas adultas, las evaluaciones finales para la obtención de títulos oficiales3
previstos en este real decreto serán realizadas en la forma que se determine por las4
Administraciones educativas que hayan autorizado o a las que estén adscritos dichos centros.5
2. Si el alumno o alumna reside fuera de la localidad en la que el centro autorizado esté6
ubicado, las evaluaciones externas se podrán realizar fuera de dicha localidad, de acuerdo con lo7
establecido por convenio de colaboración entre los centros de educación a distancia de personas8
adultas, o a través de otras formas que garanticen el correcto desarrollo de las pruebas.9
10
Disposición adicional única. Realización de las evaluaciones en centros situados en el exterior, de11
educación de personas adultas y que impartan educación a distancia.12
El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte podrá adaptar las normas recogidas en este13
real decreto a las necesidades y situación de los centros situados en el exterior del territorio14
nacional, de los centros de educación de personas adultas, y de los centros que impartan15
educación a distancia.16
Disposición transitoria única. Titulados en Formación Profesional Básica.17
De forma excepcional, quienes estén en posesión de un título Profesional Básico podrán18
obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, por la opción de enseñanzas19
académicas o de enseñanzas aplicadas, mediante la superación de las pruebas libres establecida20
por las Administraciones educativas para la obtención del título de Graduado en Educación21
Secundaria Obligatoria por las personas adultas en las convocatorias correspondientes a los22
cursos escolares 2015-2016 y 2016-2017.23
Disposición final primera. Calendario de implantación.24
1. La evaluación final de Educación Primaria se implantará en el curso escolar 2015-2016.25
2. La evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria se implantará en el curso26
escolar 2016-2017. La evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria correspondiente a la27
convocatoria que se realice en el año 2017 no tendrá efectos académicos. En ese curso escolar28
sólo se realizará una única convocatoria.29
3. La evaluación final de Bachillerato se implantará en el curso escolar 2016-2017. La30
evaluación final de Bachillerato correspondiente a las dos convocatorias que se realicen en el31
año 2017 únicamente se tendrá en cuenta para el acceso a la Universidad, pero su superación32
no será necesaria para obtener el título de Bachiller. También se tendrá en cuenta para la33
obtención del título de Bachiller por los alumnos y alumnas que se encuentren en posesión de un34
título de Técnico de grado medio o superior de Formación Profesional o de las Enseñanzas35
Profesionales de Música o de Danza, de conformidad, respectivamente, con los artículos 44.4 y36
50.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.37
PR36-12
Disposición final segunda. Título competencial y carácter básico.1
Este real decreto tiene el carácter de norma básica al amparo del artículo 149.1.30ª de la2
Constitución, que atribuye al Estado las competencias para la regulación de normas básicas para3
el desarrollo del artículo 27 de la Constitución, a fin de garantizar el cumplimiento de las4
obligaciones de los poderes públicos en esta materia.5
Disposición final tercera. Desarrollo.6
Se faculta a la persona titular del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte para dictar7
cuantas disposiciones requiera la aplicación de lo dispuesto en este real decreto, así como para8
modificar y actualizar sus anexos.9
Disposición final cuarta. Entrada en vigor.10
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín11
Oficial del Estado».12
13
ANEXO I14
Configuración general de la evaluación final de Educación Primaria15
Las pruebas de la evaluación final de Educación Primaria se agruparán en tres áreas: área16
de competencia en comunicación lingüística, área de competencia matemática, y área de17
competencias básicas en ciencia y tecnología:18
1. El área de Competencia en comunicación lingüística valorará, como mínimo el grado de19
adquisición de la competencia en lengua castellana y en la primera lengua extranjera. Evaluará20
las destrezas de comprensión escrita y expresión escrita. Además, podrá evaluar la comprensión21
y la expresión oral. La evaluación de estas destrezas podrá llevarse a cabo mediante pruebas22
diferentes o mediante una prueba integrada que las valore.23
Las unidades de evaluación se contextualizarán en entornos próximos a la vida del24
estudiante e incluirán situaciones personales y familiares, escolares, sociales y científicas y25
humanísticas.26
Los textos podrán ser de diversos tipos y formatos, tales como narrativos, descriptivos,27
expositivos, instructivos y/o argumentativos; continuos, discontinuos o mixtos.28
La evaluación de la comprensión valorará la capacidad del alumnado para llevar a cabo los29
procesos cognitivos relativos a la localización y obtención de información, la integración e30
interpretación, y a la reflexión y valoración.31
La evaluación de la expresión valorará la capacidad del alumnado para llevar a cabo los32
procesos cognitivos relativos a la coherencia, la cohesión, y la adecuación y presentación de sus33
producciones lingüísticas.34
2. El área de competencia matemática evaluará de forma conjunta las destrezas de cálculo y35
de resolución de problemas.36
PR36-13
Las unidades de evaluación se contextualizarán en entornos próximos a la vida del1
estudiante e incluirán situaciones personales y familiares, escolares, sociales y científicas y2
humanísticas.3
La evaluación valorará la capacidad del alumnado para llevar a cabo los procesos cognitivos4
de conocimiento y reproducción de definiciones, conceptos y procedimientos matemáticos;5
aplicación y análisis de conocimientos para la resolución de problemas; el razonamiento y6
reflexión sobre las estrategias y métodos para la resolución de problemas no obvios; y la7
validación de resultados.8
3. El área de Competencias básicas en ciencia y tecnología incluirá la evaluación de las9
habilidades dirigidas a generar conocimiento científico mediante la recolección de información,10
planteamiento de hipótesis, resolución de problemas o toma de decisiones basadas en pruebas y11
argumentos.12
Las unidades de evaluación se contextualizarán en entornos próximos a la vida del13
estudiante e incluirán situaciones personales y familiares, escolares, sociales y científicas y14
humanísticas.15
La evaluación valorará la capacidad del alumnado para llevar a cabo los procesos cognitivos16
relativos al conocimiento y reproducción de hechos, conceptos y procedimientos; la aplicación y17
análisis de conocimientos para generar explicaciones y resolver problemas prácticos; y el18
razonamiento y reflexión utilizando las evidencias y la comprensión científica.19
20
ANEXO II21
Configuración de las pruebas de las evaluaciones finales de Educación Secundaria22
Obligatoria y de Bachillerato23
Las pruebas en Educación Secundaria Obligatoria y en Bachillerato evaluarán la24
competencia en comunicación lingüística, la competencia matemática, las competencias básicas25
en ciencia y tecnología, las competencias sociales y cívicas, la competencia de sentido de26
iniciativa y espíritu emprendedor, y la competencia de conciencia y expresiones culturales.27
1. Competencia en Comunicación Lingüística.28
1.1. Las pruebas en las que se mida el grado de adquisición por parte del alumno o alumna29
de la competencia en comunicación lingüística incluirán contenidos relativos a la lengua30
castellana, a las lenguas extranjeras y a las lenguas clásicas, y a sus correspondientes31
manifestaciones culturales y literarias. La tipología textual deberá ser el soporte para valorar el32
dominio en comprensión y en expresión.33
1.2. Las unidades de evaluación se contextualizarán en entornos próximos a la vida del34
estudiante e incluirán situaciones personales y familiares, escolares, sociales y científicas y35
humanísticas.36
PR36-14
1.3. Atendiendo a su finalidad, los textos podrán ser de diversos tipos: narrativos,1
descriptivos, expositivos, instructivos o argumentativos. Atendiendo a su formato, la evaluación2
podrá incluir los siguientes tipos de textos: continuos, discontinuos y mixtos.3
1.4. Se evaluarán las destrezas de comprensión escrita y expresión escrita. En el caso de la4
lengua castellana y las lenguas extranjeras, podrá evaluarse además la comprensión y la5
expresión oral.6
1.5. Las pruebas valorarán la capacidad del alumno o alumna para llevar a cabo los7
procesos cognitivos en la destreza de la comprensión en relación con la competencia lingüística8
relativos a la localización y obtención de información, la integración e interpretación, y la reflexión9
y valoración:10
1.5.1. El proceso cognitivo de localización y obtención de información se asociará con la11
capacidad del alumno o alumna para:12
a) Identificar información relevante y extraer informaciones concretas.13
b) Localizar el significado de palabras o enunciados desconocidos.14
c) Seleccionar información de un texto y proporcionar los ejemplos que se requieran.15
1.5.2. El proceso cognitivo de integración e interpretación se asociará con la capacidad del16
alumno o alumna para:17
a) Inferir la información relevante de los textos, identificando la idea principal y las ideas18
secundarias y estableciendo relaciones entre ellas.19
b) Reconocer la coherencia global del texto.20
c) Resumir textos narrativos, descriptivos, expositivos y argumentativos de forma clara,21
integrando la información en oraciones que se relacionen lógica y semánticamente.22
d) Deducir información y relaciones no explícitas así como organizar la información del texto23
para vincularla a un conocimiento previo.24
e) Distinguir las partes en las que se estructuran los mensajes y la interrelación entre el25
mensaje y el contexto.26
f) Comprender el significado que aportan la entonación, las pausas, el tono, timbre, volumen,27
etc., a cualquier tipo de discurso.28
g) Describir los rasgos lingüísticos más sobresalientes de textos expositivos y29
argumentativos relacionándolos con la intención comunicativa y el contexto en el que se30
producen.31
1.5.3. El proceso cognitivo de reflexión y valoración se asociará con la capacidad del alumno32
o alumna para comprender, evaluar, contrastar información y emitir juicios personales, y en33
concreto para:34
PR36-15
a) Valorar aspectos concretos del contenido de textos narrativos, descriptivos, instructivos,1
expositivos y argumentativos emitiendo juicios razonados y relacionándolos con conceptos2
personales para justificar un punto de vista particular.3
b) Expresar la relación que existe entre el contenido de la obra, la intención del autor y el4
contexto y la pervivencia de temas y formas emitiendo juicios personales razonados.5
c) Evaluar críticamente un texto y su contexto y realizar hipótesis sobre el mismo.6
1.6. Las pruebas valorarán la capacidad del alumno o alumna para llevar a cabo los7
procesos cognitivos en la destreza de la expresión en relación con la competencia lingüística8
relativos a la coherencia, la cohesión, y la adecuación y presentación:9
1.6.1. El proceso cognitivo de coherencia se asociará con la capacidad del alumno o alumna10
para hacer que la producción sea percibida de una forma clara y precisa, y en concreto para dar11
un sentido global al texto; para estructurar el texto de manera lógica y ordenar las ideas12
secuencialmente; para expresarse con ideas claras, comprensibles y completas; y para aportar13
puntos de vista personales y críticos con rigor y claridad.14
1.6.2. El proceso cognitivo de cohesión se asociará con la capacidad del alumno o alumna15
para hacer que los elementos que componen el texto mantengan una correcta relación sintáctica,16
y en concreto para expresar las ideas con corrección gramatical y léxica; para usar de forma17
adecuada las formas verbales; y para utilizar correctamente los signos de puntuación.18
1.6.3. El proceso cognitivo de adecuación y presentación se asociará con la capacidad del19
alumnado para que la producción sea apropiada a la situación comunicativa en la que se emite, y20
en concreto para adaptar el texto a la situación comunicativa y a la finalidad; para redactar textos21
personales de intención literaria a partir de modelos dados, siguiendo las convenciones del22
género; para redactar diferentes tipos de textos con claridad y corrección; para revisar sus23
producciones orales y escritas aplicando correctamente las normas ortográficas y gramaticales24
reconociendo su valor social para obtener una comunicación eficiente, y para presentar el texto25
con limpieza y con extensión y estructura adecuada a la situación comunicativa.26
2. Competencia matemática y competencias básicas en ciencia y tecnología.27
2.1. Las pruebas en las que se mida el grado de adquisición por parte del alumno o alumna28
de la Competencia matemática y las competencias básicas en ciencia y tecnología incluirán la29
evaluación de contenidos matemáticos y de contenidos científicos relativos a la física, la química,30
la biología, y la tecnología y de las habilidades dirigidas a la generación de conocimiento científico31
para alcanzar un objetivo, mediante la recogida de información, el planteamiento de hipótesis, la32
resolución de problemas o la toma de decisiones basadas en pruebas y argumentos, con el fin de33
llegar a conclusiones válidas.34
2.2. Las pruebas valorarán la capacidad de los alumnos y alumnas para llevar a cabo los35
procesos cognitivos relativos al conocimiento, a la aplicación y al razonamiento.36
2.2.1. El proceso cognitivo del conocimiento se asociará con la capacidad del alumno o37
alumna para38
PR36-16
a) Recordar y reconocer definiciones, terminología o convenciones; identificar o establecer1
hechos, relaciones, procesos, fenómenos, conceptos; identificar el uso apropiado de equipos2
tecnológicos y procedimientos; reconocer y utilizar vocabulario matemático, científico y3
tecnológico.4
b) Describir y calcular: describir relaciones, interacciones, propiedades, materiales,5
fenómenos, estructuras; llevar a cabo procedimientos algorítmicos.6
c) Obtener información y proporcionar ejemplos: obtener información de gráficos, textos,7
tablas u otras fuentes.8
d) Proporcionar ejemplos de hechos, fenómenos, procesos con el fin de clarificarlos.9
2.2.2. El proceso cognitivo de la aplicación se asociará con la capacidad del alumno o10
alumna para11
a) Determinar métodos, estrategias o herramientas eficientes y apropiados para resolver12
problemas para los que hay métodos de resolución comúnmente utilizados.13
b) Utilizar modelos: generar ecuaciones o diagramas para representar o ilustrar situaciones,14
sistemas, procesos, conceptos, principios o relaciones.15
matemáticos para interpretar información dada en distintos formatos.17
d) Encontrar soluciones: implementar estrategias y operaciones para dar una solución18
cualitativa o cuantitativa a un problema.19
e) Explicar: proporcionar o identificar una explicación para un fenómeno natural basándose20
en conceptos científicos y matemáticos, principios, leyes y teorías.21
2.2.3. El proceso cognitivo del razonamiento se asociará con la capacidad del alumno o22
alumna para23
a) Analizar: identificar los elementos de un problema y determinar la información,24
procedimientos, conceptos, relaciones, estrategias y datos para contestar a la cuestión o resolver25
el problema.26
b) Sintetizar: resolver problemas o contestar cuestiones que requieren de la consideración27
de varios factores o conceptos relacionados.28
c) Diseñar procedimientos, métodos, mecanismos o investigaciones apropiadas para29
contestar cuestiones de índole científica o tecnológica, o para testar hipótesis.30
d) Predecir: utilizar evidencias y comprensión conceptual para elaborar predicciones sobre31
los efectos de un cambio en las condiciones de un sistema.32
e) Evaluar estrategias, explicaciones y soluciones alternativas, y resultados de33
investigaciones en función de su validez para establecer conclusiones.34
PR36-17
16 c) Interpretar información: utilizar el conocimiento de los conceptos y principios científicos y
f) Extraer conclusiones: establecer inferencias válidas en base a la información, a las1
observaciones, las evidencias y la comprensión de conceptos.2
g) Generalizar: sacar conclusiones que van más allá de las condiciones experimentales o3
dadas, y aplicar dichas conclusiones a nuevos contextos.4
h) Justificar: proporcionar argumentos y evidencias de índole científica y/o matemática para5
apoyar la razonabilidad de explicaciones, diseños, soluciones de problemas y conclusiones de6
investigaciones.7
3. Competencias Sociales y cívicas, Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor y8
Conciencia y expresiones culturales.9
3.1. Las pruebas en las que se mida el grado de adquisición por parte del alumno o alumna10
de las Competencias Sociales y cívicas, Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor y Conciencia11
y expresiones culturales, incluirán contenidos relativos a la geografía, la historia, la economía, la12
iniciativa emprendedora, las artes escénicas, la cultura clásica, la educación plástica, visual y13
audiovisual, la filosofía y la música.14
3.2. A través de estas competencias se tratará de evaluar si los alumnos y las alumnas han15
desarrollado, además de otras de carácter transversal, las capacidades que les permitan:16
desarrollar destrezas básicas en la utilización de las fuentes de información para, con sentido17
crítico, adquirir nuevos conocimientos; concebir el conocimiento científico como un saber18
integrado, que se estructura en distintas disciplinas, desarrollar el espíritu emprendedor y la19
confianza en sí mismo, la participación, el sentido crítico, la iniciativa personal y la capacidad para20
planificar, tomar decisiones y asumir responsabilidades; conocer, valorar y respetar los aspectos21
básicos de la cultura y la historia propias y de los demás, así como el patrimonio artístico y22
cultural; apreciar la creación artística y comprender el lenguaje de las distintas manifestaciones23
artísticas, utilizando diversos medios de expresión y representación.24
3.3. Las pruebas valorarán la capacidad de los alumnos y alumnas para llevar a cabo los25
procesos cognitivos relativos a l conocimiento, a la aplicación y al razonamiento:26
3.3.1. El proceso cognitivo del conocimiento se asociará con la capacidad del alumno o27
alumna para28
a) Recordar y reconocer definiciones, conceptos, hechos y terminología específica;29
identificar o establecer relaciones, procesos, fenómenos.30
b) Reconocer y utilizar vocabulario geográfico, histórico, económico, artístico y cultural;31
describir relaciones, interacciones, propiedades, fenómenos y estructuras.32
c) Obtener información y proporcionar ejemplos: obtener información de gráficos, mapas,33
textos, tablas, imágenes u otras fuentes; proporcionar ejemplos de hechos, fenómenos y34
procesos con el fin de clasificarlos.35
3.3.2. El proceso cognitivo de la aplicación se asociará con la capacidad del alumno o36
alumna para:37
PR36-18
a) Determinar métodos, estrategias o herramientas eficientes y apropiadas para resolver1
problemas a diversas escalas espaciales y temporales.2
b) Utilizar modelos: generar gráficos, mapas, textos, tablas, imágenes, para representar o3
ilustrar situaciones, sistemas, procesos, conceptos, principios o relaciones.4
c) Interpretar información: utilizar el conocimiento de los conceptos y principios sociales,5
geográficos, históricos, económicos, artísticos y culturales para interpretar información dada en6
distintos formatos.7
d Explicar: identificar o proporcionar una explicación para un fenómeno social, geográfico,8
histórico, económico, artístico o cultural, basándose en loa conocimientos adquiridos.9
e) Encontrar soluciones: implementar estrategias y operaciones para dar solución cualitativa10
o cuantitativa a un proceso o situación.11
3.3.3. El proceso cognitivo del razonamiento se asociará con la capacidad del alumno o12
alumna para:13
a) Analizar: identificar los elementos de un fenómeno o situación y determinar la información,14
procedimientos, conceptos, relaciones, estrategias y datos para explicar hechos, manifestaciones15
y problemas a diversas escalas espaciales y temporales.16
b) Sintetizar: resolver problemas o contestar cuestiones que requieren de la consideración17
de varios factores o conceptos relacionados.18
c) Diseñar procedimientos, métodos, mecanismos o investigaciones apropiadas para19
contestar cuestiones de índole social, geográfica, histórica, económica, artística o cultural, o para20
testar hipótesis.21
d) Predecir: utilizar evidencias y comprensión conceptual para elaborar predicciones sobre22
los efectos de un cambio en las condiciones sociales, geográficas, históricas, económicas,23
artísticas o culturales.24
e) Evaluar estrategias, explicaciones y soluciones alternativas, y resultados de25
investigaciones en función de su validez para establecer conclusiones.26
f) Extraer conclusiones y generalizar: establecer inferencias válidas en base a la27
información, a las observaciones, las evidencias y la comprensión de conceptos, sacando28
conclusiones que vayan más allá de las condiciones teóricas dadas, y aplicando dichas29
conclusiones a nuevos contextos.30
g) Justificar: proporcionar argumentos y evidencias de índole social, geográfica, histórica,31
económica, artística o cultural para apoyar la razonabilidad de explicaciones, argumentos y32
conclusiones de investigaciones, con el objetivo último de llegar a comprender la realidad del33
individuo y del conjunto de la sociedad en la conexión entre el pasado, el presente y el futuro.34
4. Pruebas.35
4.1. Tanto la evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria como la evaluación final36
de Bachillerato constan de tres partes:37
PR36-19
4.1.1. La primera parte evaluará las competencias y estándares de aprendizaje evaluables1
asociados a las cuatro materias generales del bloque de asignaturas troncales, y constará de un2
máximo de 200 preguntas.3
4.1.2. La segunda parte evaluará las competencias y estándares de aprendizaje evaluables4
asociados a las dos materias de opción del bloque de asignaturas troncales elegidas por el5
alumno o alumna, y constará de un máximo de 100 preguntas.6
4.1.3. La tercera parte evaluará las competencias y estándares de aprendizaje evaluables7
asociados a la materia del bloque de asignaturas específicas elegida por el alumno o alumna, y8
constará de un máximo de 50 preguntas.9
4.2. Las preguntas de la prueba serán en formato de elección múltiple con cuatro10
alternativas y de respuestas semiconstruidas.11
En el caso de la evaluación de la expresión se utilizará el formato de respuesta abierta12
producida por el alumno o alumna.13
14
PR36-20

Weitere ähnliche Inhalte

Was ist angesagt?

Reunión informativa sobre adecuación de planes y títulos 05/10/12
Reunión informativa sobre adecuación de planes y títulos 05/10/12Reunión informativa sobre adecuación de planes y títulos 05/10/12
Reunión informativa sobre adecuación de planes y títulos 05/10/12
Cecilia M.
 
Pub161424 instruccion para_doble_titulacion_bachiller-baccalaureat_correspond...
Pub161424 instruccion para_doble_titulacion_bachiller-baccalaureat_correspond...Pub161424 instruccion para_doble_titulacion_bachiller-baccalaureat_correspond...
Pub161424 instruccion para_doble_titulacion_bachiller-baccalaureat_correspond...
PALOMA MAGÁN MARCOS
 

Was ist angesagt? (20)

Borrador decreto ts integraciynsocial madrid
Borrador decreto ts integraciynsocial madridBorrador decreto ts integraciynsocial madrid
Borrador decreto ts integraciynsocial madrid
 
Boc a-2015-085-2062
Boc a-2015-085-2062Boc a-2015-085-2062
Boc a-2015-085-2062
 
Boc a-2011-040-910
Boc a-2011-040-910Boc a-2011-040-910
Boc a-2011-040-910
 
Borrador decreto ts animaciynsocioculturalyturystica madrid
Borrador decreto ts animaciynsocioculturalyturystica madridBorrador decreto ts animaciynsocioculturalyturystica madrid
Borrador decreto ts animaciynsocioculturalyturystica madrid
 
Borrador decreto eso
Borrador decreto eso Borrador decreto eso
Borrador decreto eso
 
Ebau orden pcm_139_2020_boe_19_febrero
Ebau orden pcm_139_2020_boe_19_febreroEbau orden pcm_139_2020_boe_19_febrero
Ebau orden pcm_139_2020_boe_19_febrero
 
RD Odenación y enseñanzas mínimas Eduación Secundaria . LOMLOE
RD Odenación y enseñanzas mínimas Eduación  Secundaria . LOMLOERD Odenación y enseñanzas mínimas Eduación  Secundaria . LOMLOE
RD Odenación y enseñanzas mínimas Eduación Secundaria . LOMLOE
 
Instrucciones pdc pmar-1516_21may2015
Instrucciones pdc pmar-1516_21may2015Instrucciones pdc pmar-1516_21may2015
Instrucciones pdc pmar-1516_21may2015
 
Acoso1
Acoso1Acoso1
Acoso1
 
Orden de 29/07/2010, de la Consejería de Educación, Ciencia y Cultura, por la...
Orden de 29/07/2010, de la Consejería de Educación, Ciencia y Cultura, por la...Orden de 29/07/2010, de la Consejería de Educación, Ciencia y Cultura, por la...
Orden de 29/07/2010, de la Consejería de Educación, Ciencia y Cultura, por la...
 
rreglas
rreglasrreglas
rreglas
 
Dto 192 11-jun-2005
Dto 192 11-jun-2005Dto 192 11-jun-2005
Dto 192 11-jun-2005
 
Titulo 3
Titulo 3Titulo 3
Titulo 3
 
Pcpi organizacion 2º_curso
Pcpi organizacion 2º_cursoPcpi organizacion 2º_curso
Pcpi organizacion 2º_curso
 
Decreto Ejecutivo Nº 35355-MEP y sus reformas, Reglamento de Evaluación de lo...
Decreto Ejecutivo Nº 35355-MEP y sus reformas, Reglamento de Evaluación de lo...Decreto Ejecutivo Nº 35355-MEP y sus reformas, Reglamento de Evaluación de lo...
Decreto Ejecutivo Nº 35355-MEP y sus reformas, Reglamento de Evaluación de lo...
 
Reunión informativa sobre adecuación de planes y títulos 05/10/12
Reunión informativa sobre adecuación de planes y títulos 05/10/12Reunión informativa sobre adecuación de planes y títulos 05/10/12
Reunión informativa sobre adecuación de planes y títulos 05/10/12
 
Decreto 3963 de 2009
Decreto 3963 de 2009Decreto 3963 de 2009
Decreto 3963 de 2009
 
Pub161424 instruccion para_doble_titulacion_bachiller-baccalaureat_correspond...
Pub161424 instruccion para_doble_titulacion_bachiller-baccalaureat_correspond...Pub161424 instruccion para_doble_titulacion_bachiller-baccalaureat_correspond...
Pub161424 instruccion para_doble_titulacion_bachiller-baccalaureat_correspond...
 
Decreto 1860
Decreto 1860Decreto 1860
Decreto 1860
 
REAL DECRETO 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condici...
REAL DECRETO 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condici...REAL DECRETO 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condici...
REAL DECRETO 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condici...
 

Ähnlich wie Proyecto realdecretopruebaslomce2015

Real Decreto Ordenación y enseñanzas mínimas Educación Infantil . LOMLOE
Real Decreto Ordenación y enseñanzas mínimas Educación Infantil . LOMLOEReal Decreto Ordenación y enseñanzas mínimas Educación Infantil . LOMLOE
Real Decreto Ordenación y enseñanzas mínimas Educación Infantil . LOMLOE
Enlaceswebs
 
Orden evaluación ciclos formativos
Orden evaluación ciclos formativosOrden evaluación ciclos formativos
Orden evaluación ciclos formativos
ciclobonares
 
Pruebas para la obtención del titulo de tecnico y tecnico superior
Pruebas para la obtención del titulo de tecnico y tecnico superiorPruebas para la obtención del titulo de tecnico y tecnico superior
Pruebas para la obtención del titulo de tecnico y tecnico superior
carlos64
 
Nuevo borrador del concurso de traslado 4 oct 10
Nuevo borrador del concurso de traslado 4 oct 10Nuevo borrador del concurso de traslado 4 oct 10
Nuevo borrador del concurso de traslado 4 oct 10
feteugtgc
 

Ähnlich wie Proyecto realdecretopruebaslomce2015 (20)

DECRETO 40_2022 bachiller.pdf
DECRETO 40_2022 bachiller.pdfDECRETO 40_2022 bachiller.pdf
DECRETO 40_2022 bachiller.pdf
 
DECRETO 39_2022 ESO.pdf
DECRETO 39_2022 ESO.pdfDECRETO 39_2022 ESO.pdf
DECRETO 39_2022 ESO.pdf
 
DECRETO 65/2022, de 20 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se estab...
DECRETO 65/2022, de 20 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se estab...DECRETO 65/2022, de 20 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se estab...
DECRETO 65/2022, de 20 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se estab...
 
Orden ecd422018 EVAU 2018
Orden ecd422018 EVAU 2018Orden ecd422018 EVAU 2018
Orden ecd422018 EVAU 2018
 
111512 circular anota
111512 circular anota111512 circular anota
111512 circular anota
 
Real Decreto Ordenación y enseñanzas mínimas Educación Infantil . LOMLOE
Real Decreto Ordenación y enseñanzas mínimas Educación Infantil . LOMLOEReal Decreto Ordenación y enseñanzas mínimas Educación Infantil . LOMLOE
Real Decreto Ordenación y enseñanzas mínimas Educación Infantil . LOMLOE
 
Orden evaluación ciclos formativos
Orden evaluación ciclos formativosOrden evaluación ciclos formativos
Orden evaluación ciclos formativos
 
Bocm 20150227-16
Bocm 20150227-16Bocm 20150227-16
Bocm 20150227-16
 
BOE que regula las pruebas de acceso a la universidad para el curso 2020-2021
BOE que regula las pruebas de acceso a la universidad para el curso 2020-2021BOE que regula las pruebas de acceso a la universidad para el curso 2020-2021
BOE que regula las pruebas de acceso a la universidad para el curso 2020-2021
 
Pruebas para la obtención del titulo de tecnico y tecnico superior
Pruebas para la obtención del titulo de tecnico y tecnico superiorPruebas para la obtención del titulo de tecnico y tecnico superior
Pruebas para la obtención del titulo de tecnico y tecnico superior
 
Lomloe evaluacion
Lomloe evaluacionLomloe evaluacion
Lomloe evaluacion
 
BOR BACHILKLERATO 43-2022.docx
BOR BACHILKLERATO  43-2022.docxBOR BACHILKLERATO  43-2022.docx
BOR BACHILKLERATO 43-2022.docx
 
Real Decreto Ordenación y Enseñanzas mínimas Bachilerato.lomloe
Real Decreto Ordenación y Enseñanzas mínimas Bachilerato.lomloeReal Decreto Ordenación y Enseñanzas mínimas Bachilerato.lomloe
Real Decreto Ordenación y Enseñanzas mínimas Bachilerato.lomloe
 
Formación Profesional Básica en la Comunidad de Madrid y se aprueba el Plan d...
Formación Profesional Básica en la Comunidad de Madrid y se aprueba el Plan d...Formación Profesional Básica en la Comunidad de Madrid y se aprueba el Plan d...
Formación Profesional Básica en la Comunidad de Madrid y se aprueba el Plan d...
 
Instrucciones eso adultosbdistancia201516
Instrucciones eso adultosbdistancia201516Instrucciones eso adultosbdistancia201516
Instrucciones eso adultosbdistancia201516
 
Orden 1496/2015, de 22 de mayo, de la Consejería de Educación, Juventud y Dep...
Orden 1496/2015, de 22 de mayo, de la Consejería de Educación, Juventud y Dep...Orden 1496/2015, de 22 de mayo, de la Consejería de Educación, Juventud y Dep...
Orden 1496/2015, de 22 de mayo, de la Consejería de Educación, Juventud y Dep...
 
Orden que regula las pruebas de acceso a grado medio y superior 2017
Orden que regula las pruebas de acceso a grado medio y superior 2017Orden que regula las pruebas de acceso a grado medio y superior 2017
Orden que regula las pruebas de acceso a grado medio y superior 2017
 
Decreto ad 01
Decreto ad 01Decreto ad 01
Decreto ad 01
 
Decreto bachillerato1
Decreto bachillerato1Decreto bachillerato1
Decreto bachillerato1
 
Nuevo borrador del concurso de traslado 4 oct 10
Nuevo borrador del concurso de traslado 4 oct 10Nuevo borrador del concurso de traslado 4 oct 10
Nuevo borrador del concurso de traslado 4 oct 10
 

Mehr von Daniel Rodríguez Arenas

Ahora que volvemos a resucitar el anticlericalismo de los años 30
Ahora que volvemos a resucitar el anticlericalismo de los años 30Ahora que volvemos a resucitar el anticlericalismo de los años 30
Ahora que volvemos a resucitar el anticlericalismo de los años 30
Daniel Rodríguez Arenas
 

Mehr von Daniel Rodríguez Arenas (20)

Programa del I Seminario Ibero-americano de Gestión democrática de la educaci...
Programa del I Seminario Ibero-americano de Gestión democrática de la educaci...Programa del I Seminario Ibero-americano de Gestión democrática de la educaci...
Programa del I Seminario Ibero-americano de Gestión democrática de la educaci...
 
IX encuentro interFORUMs corona Aragón programa
IX encuentro interFORUMs corona Aragón programaIX encuentro interFORUMs corona Aragón programa
IX encuentro interFORUMs corona Aragón programa
 
LOMCE y desarrollo normativo. Avelino Sarasúa
LOMCE y desarrollo normativo. Avelino SarasúaLOMCE y desarrollo normativo. Avelino Sarasúa
LOMCE y desarrollo normativo. Avelino Sarasúa
 
Desafíos de la educación básica en el s. xxi j.c. tedesco
Desafíos de la educación básica en el s. xxi   j.c. tedescoDesafíos de la educación básica en el s. xxi   j.c. tedesco
Desafíos de la educación básica en el s. xxi j.c. tedesco
 
Habilidades y competencias para los aprendices del Siglo XXI. OCDE
Habilidades y competencias para los aprendices del Siglo XXI. OCDEHabilidades y competencias para los aprendices del Siglo XXI. OCDE
Habilidades y competencias para los aprendices del Siglo XXI. OCDE
 
Cartta a socios feae-clm abril2015
Cartta a socios feae-clm abril2015Cartta a socios feae-clm abril2015
Cartta a socios feae-clm abril2015
 
En busca del profesor eficaz
En busca del profesor eficazEn busca del profesor eficaz
En busca del profesor eficaz
 
Las Cartas Náuticas de la Enseñanza
Las Cartas Náuticas de la EnseñanzaLas Cartas Náuticas de la Enseñanza
Las Cartas Náuticas de la Enseñanza
 
Elementos básicos del proceso de Enseñanza y Aprendizaje
Elementos básicos del proceso de Enseñanza y AprendizajeElementos básicos del proceso de Enseñanza y Aprendizaje
Elementos básicos del proceso de Enseñanza y Aprendizaje
 
Conferencia tice uclm
Conferencia tice uclmConferencia tice uclm
Conferencia tice uclm
 
La culpa la tiene Rousseau
La culpa la tiene RousseauLa culpa la tiene Rousseau
La culpa la tiene Rousseau
 
La culpa la tiene Rousseau
La culpa la tiene RousseauLa culpa la tiene Rousseau
La culpa la tiene Rousseau
 
Concepto de educacion
Concepto de educacionConcepto de educacion
Concepto de educacion
 
Concepción neoliberal de la educación
Concepción neoliberal de la educaciónConcepción neoliberal de la educación
Concepción neoliberal de la educación
 
El juego en la Educación Infantil
El juego en la Educación InfantilEl juego en la Educación Infantil
El juego en la Educación Infantil
 
Contexto intervención ei
Contexto intervención eiContexto intervención ei
Contexto intervención ei
 
Teorías de la inteligencia
Teorías de la inteligenciaTeorías de la inteligencia
Teorías de la inteligencia
 
Teorías de la Inteligencia
Teorías de la InteligenciaTeorías de la Inteligencia
Teorías de la Inteligencia
 
Me presento
Me presentoMe presento
Me presento
 
Ahora que volvemos a resucitar el anticlericalismo de los años 30
Ahora que volvemos a resucitar el anticlericalismo de los años 30Ahora que volvemos a resucitar el anticlericalismo de los años 30
Ahora que volvemos a resucitar el anticlericalismo de los años 30
 

Kürzlich hochgeladen

2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
RigoTito
 
Curso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdf
Curso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdfCurso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdf
Curso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdf
Francisco158360
 

Kürzlich hochgeladen (20)

SESION DE PERSONAL SOCIAL. La convivencia en familia 22-04-24 -.doc
SESION DE PERSONAL SOCIAL.  La convivencia en familia 22-04-24  -.docSESION DE PERSONAL SOCIAL.  La convivencia en familia 22-04-24  -.doc
SESION DE PERSONAL SOCIAL. La convivencia en familia 22-04-24 -.doc
 
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
 
LABERINTOS DE DISCIPLINAS DEL PENTATLÓN OLÍMPICO MODERNO. Por JAVIER SOLIS NO...
LABERINTOS DE DISCIPLINAS DEL PENTATLÓN OLÍMPICO MODERNO. Por JAVIER SOLIS NO...LABERINTOS DE DISCIPLINAS DEL PENTATLÓN OLÍMPICO MODERNO. Por JAVIER SOLIS NO...
LABERINTOS DE DISCIPLINAS DEL PENTATLÓN OLÍMPICO MODERNO. Por JAVIER SOLIS NO...
 
Tema 8.- PROTECCION DE LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN.pdf
Tema 8.- PROTECCION DE LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN.pdfTema 8.- PROTECCION DE LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN.pdf
Tema 8.- PROTECCION DE LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN.pdf
 
Registro Auxiliar - Primaria 2024 (1).pptx
Registro Auxiliar - Primaria  2024 (1).pptxRegistro Auxiliar - Primaria  2024 (1).pptx
Registro Auxiliar - Primaria 2024 (1).pptx
 
Presentacion Metodología de Enseñanza Multigrado
Presentacion Metodología de Enseñanza MultigradoPresentacion Metodología de Enseñanza Multigrado
Presentacion Metodología de Enseñanza Multigrado
 
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDADCALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
 
ACTIVIDAD DIA DE LA MADRE FICHA DE TRABAJO
ACTIVIDAD DIA DE LA MADRE FICHA DE TRABAJOACTIVIDAD DIA DE LA MADRE FICHA DE TRABAJO
ACTIVIDAD DIA DE LA MADRE FICHA DE TRABAJO
 
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
 
ACERTIJO DE POSICIÓN DE CORREDORES EN LA OLIMPIADA. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
ACERTIJO DE POSICIÓN DE CORREDORES EN LA OLIMPIADA. Por JAVIER SOLIS NOYOLAACERTIJO DE POSICIÓN DE CORREDORES EN LA OLIMPIADA. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
ACERTIJO DE POSICIÓN DE CORREDORES EN LA OLIMPIADA. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
 
LA LITERATURA DEL BARROCO 2023-2024pptx.pptx
LA LITERATURA DEL BARROCO 2023-2024pptx.pptxLA LITERATURA DEL BARROCO 2023-2024pptx.pptx
LA LITERATURA DEL BARROCO 2023-2024pptx.pptx
 
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcciónEstrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
 
Medición del Movimiento Online 2024.pptx
Medición del Movimiento Online 2024.pptxMedición del Movimiento Online 2024.pptx
Medición del Movimiento Online 2024.pptx
 
PIAR v 015. 2024 Plan Individual de ajustes razonables
PIAR v 015. 2024 Plan Individual de ajustes razonablesPIAR v 015. 2024 Plan Individual de ajustes razonables
PIAR v 015. 2024 Plan Individual de ajustes razonables
 
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdfSELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
 
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptxTIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
 
Unidad 3 | Metodología de la Investigación
Unidad 3 | Metodología de la InvestigaciónUnidad 3 | Metodología de la Investigación
Unidad 3 | Metodología de la Investigación
 
Curso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdf
Curso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdfCurso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdf
Curso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdf
 
GUIA DE CIRCUNFERENCIA Y ELIPSE UNDÉCIMO 2024.pdf
GUIA DE CIRCUNFERENCIA Y ELIPSE UNDÉCIMO 2024.pdfGUIA DE CIRCUNFERENCIA Y ELIPSE UNDÉCIMO 2024.pdf
GUIA DE CIRCUNFERENCIA Y ELIPSE UNDÉCIMO 2024.pdf
 
PINTURA DEL RENACIMIENTO EN ESPAÑA (SIGLO XVI).ppt
PINTURA DEL RENACIMIENTO EN ESPAÑA (SIGLO XVI).pptPINTURA DEL RENACIMIENTO EN ESPAÑA (SIGLO XVI).ppt
PINTURA DEL RENACIMIENTO EN ESPAÑA (SIGLO XVI).ppt
 

Proyecto realdecretopruebaslomce2015

  • 1. Proyecto de real decreto por el que se regulan las características generales de las pruebas1 de la evaluación final de Educación Primaria, y las características de las pruebas de las2 evaluaciones finales de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato, establecidas3 en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación4 5 La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE), modificada por la Ley6 Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, establece en su7 artículo 21 una evaluación individualizada al finalizar el sexto curso de Educación Primaria.8 Asimismo, establece en sus artículos 29 y 36 bis evaluaciones finales de etapa en Educación9 Secundaria Obligatoria (ESO) y Bachillerato, respectivamente. También establece la Ley10 Orgánica 2/2006, de 3 de mayo en su artículo 144.1 que los criterios de evaluación11 correspondientes a estas evaluaciones individualizadas serán comunes para el conjunto del12 Estado.13 En el artículo 6 bis de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, se indica que corresponderá al14 Gobierno determinar los criterios de evaluación del logro de los objetivos de las enseñanzas y15 etapas educativas y del grado de adquisición de las competencias correspondientes, así como las16 características generales de las pruebas en relación con la evaluación final de Educación17 Primaria.18 Se señala en ese mismo artículo 6 bis que corresponderá al Ministerio de Educación,19 Cultura y Deporte, en relación con las evaluaciones finales de Educación Secundaria Obligatoria y20 de Bachillerato, determinar los criterios de evaluación del logro de los objetivos de las21 enseñanzas y etapas educativas y del grado de adquisición de las competencias22 correspondientes, en relación con los contenidos de los bloques de asignaturas troncales y23 específicas, determinar las características de las pruebas, diseñar las pruebas y establecer su24 contenido para cada convocatoria.25 El artículo 144.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, dispone que las pruebas y los26 procedimientos de las evaluaciones indicadas en los artículos 29 y 36 bis se diseñarán por el27 Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, a través del Instituto Nacional de Evaluación28 Educativa. En el mismo artículo 144.1 se establece que la realización material de las pruebas29 corresponde a las Administraciones educativas competentes.30 Además, la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, establece en su artículo 31 que para31 obtener el Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria será necesario superar la32 correspondiente evaluación final de etapa, y en su artículo 37 que para obtener el Título de33 Bachillerato será necesario superar la evaluación final de esta etapa.34 Y finalmente, la disposición final quinta de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre,35 establece el calendario de implantación de las evaluaciones individualizadas.36 Por otro lado, el Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, por el que se establece el37 currículo básico de Educación Primaria, establece en el artículo 12.4 que al finalizar el sexto curso38 de Educación Primaria se realizará una evaluación final individualizada a todos los alumnos y39 alumnas, en la que se comprobará el grado de adquisición de la Competencia en Comunicación40 lingüística, de la Competencia matemática y de las Competencias básicas en ciencia y tecnología,41 así como el logro de los objetivos de la etapa. Dicha evaluación se realizará de acuerdo con las42 PR36-1
  • 2. características generales de las pruebas que establezca el Gobierno, previa consulta a las1 Comunidades Autónomas.2 El Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico3 de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato, establece en su artículo 21 que al4 finalizar el cuarto curso de ESO, los alumnos y alumnas realizarán una evaluación individualizada5 por la opción de enseñanzas académicas o por la de enseñanzas aplicadas, en la que se6 comprobará el logro de los objetivos de la etapa y el grado de adquisición de las competencias7 correspondientes. En el apartado primero del artículo 31 de dicho real decreto se indica que los8 alumnos y alumnas realizarán una evaluación individualizada al finalizar Bachillerato, en la que se9 comprobará el logro de los objetivos de esta etapa y el grado de adquisición de las competencias10 correspondientes.11 Por todo ello, el objeto del presente real decreto es la regulación de las características12 generales de las pruebas de la evaluación final de Educación Primaria, y de las características de13 las pruebas de las evaluaciones finales de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato,14 con el fin de asegurar unos criterios y características de evaluación comunes a todo el territorio.15 Este real decreto tiene el carácter de norma básica y se dicta al amparo del artículo16 149.1.30ª de la Constitución, que atribuye al Estado las competencias para la regulación de las17 condiciones de obtención, expedición y homologación de los títulos académicos y profesionales y18 normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución, a fin de garantizar el19 cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia. De acuerdo con la20 jurisprudencia del Tribunal Constitucional, es posible la intervención excepcional del reglamento21 en la delimitación de lo básico, entre otros supuestos, cuando la utilización del reglamento resulte22 justificada por el carácter marcadamente técnico de la materia.23 En el proceso de elaboración de este real decreto han sido consultadas las Comunidades24 Autónomas en el seno de la Conferencia de Educación, y ha emitido dictamen el Consejo Escolar25 del Estado, se ha solicitado el informe del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, y26 se ha consultado a los organismos y organizaciones más representativas y en general a toda la27 comunidad educativa a través de un trámite de información pública.28 En su virtud, a propuesta del Ministro de Educación, Cultura y Deporte, de acuerdo con el29 Consejo de Estado, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día dd de30 mmmm de 2015,31 DISPONGO32 33 CAPÍTULO I34 Disposiciones generales35 Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.36 1. El presente real decreto tiene por objeto regular las características generales de las37 pruebas de la evaluación final de Educación Primaria, y las características de las pruebas de las38 evaluaciones finales de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato, establecidas en la39 Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.40 PR36-2
  • 3. 2. Lo establecido en este real decreto será de aplicación en todos los centros docentes1 españoles que impartan Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato.2 3. Los alumnos y alumnas realizarán evaluaciones finales de etapa al finalizar los siguientes3 cursos:4 a) Sexto de Educación Primaria.5 b) Cuarto de Educación Secundaria Obligatoria.6 c) Segundo de Bachillerato.7 4. La evaluación tendrá carácter censal y afectará a todo el alumnado que esté realizando el8 último curso de cada etapa educativa.9 Artículo 2. Competencias, estándares de aprendizaje evaluables y criterios de evaluación.10 1. Las competencias, estándares de aprendizaje evaluables y criterios de evaluación del11 logro de los objetivos de la etapa de Educación Primaria y del grado de adquisición de las12 competencias correspondientes serán los establecidos en los anexos I y II del Real Decreto13 126/2014, de 28 de febrero, por el que se establece el currículo básico de Educación Primaria.14 2. Las competencias, estándares de aprendizaje evaluables y criterios de evaluación del15 logro de los objetivos de las etapas de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato y del16 grado de adquisición de las competencias correspondientes serán los establecidos en los anexos17 I y II del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico18 de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato.19 Artículo 3. Desarrollo y aplicación de las evaluaciones finales de etapa.20 1. La Administración educativa competente establecerá procedimientos para la selección del21 profesorado del Sistema Educativo Español externo al centro encargado de aplicar y corregir las22 pruebas, así como para la realización y el seguimiento y supervisión que asegure una correcta23 aplicación de acuerdo con la normativa básica aplicable.24 2. Los equipos directivos y el profesorado de los centros docentes participarán y colaborarán25 con las Administraciones educativas en las evaluaciones que se realicen en sus centros.26 3. La evaluación de las competencias no lingüísticas se podrá realizar, a elección de los27 padres, madres o tutores legales, en lengua castellana o en la lengua cooficial.28 4. Con el fin de asegurar la igualdad de oportunidades, la no discriminación y la29 accesibilidad universal de las personas, en cada convocatoria las Administraciones educativas30 determinarán las medidas oportunas que garanticen que los estudiantes que presenten necesidad31 específica de apoyo educativo puedan realizar la evaluación final en condiciones adaptadas a sus32 necesidades.33 Estas medidas podrán consistir en la adaptación de los tiempos, la utilización de formatos34 especiales y la puesta a disposición del estudiante de los medios materiales y humanos, de los35 apoyos y de las ayudas técnicas que precise para la realización de la prueba, así como en la36 garantía de accesibilidad de la información y la comunicación de los procesos y la del recinto o37 espacio físico donde ésta se desarrolle.38 PR36-3
  • 4. 5. De forma simultánea a la celebración de las evaluaciones individualizadas se aplicarán1 cuestionarios de contexto a los centros docentes. Estos cuestionarios permitirán obtener2 información sobre las condiciones socioeconómicas y culturales de los centros para la3 contextualización de los resultados obtenidos.4 Artículo 4. Calendario escolar.5 Los días dedicados a las evaluaciones finales, tanto en la convocatoria ordinaria, como en la6 extraordinaria, en su caso, se incluirán en el cómputo anual de días lectivos del calendario7 escolar.8 Artículo 5. Difusión de los resultados.9 1. Los resultados de las evaluaciones finales de etapa serán puestos en conocimiento de la10 comunidad educativa mediante indicadores comunes para todos los centros docentes españoles,11 sin identificación de datos de carácter personal y previa consideración de los factores12 socioeconómicos y socioculturales del contexto.13 2. Los indicadores comunes a todos los centros docentes españoles serán establecidos por14 el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.15 16 CAPÍTULO II17 Evaluación final de Educación Primaria18 Artículo 6. Ámbito de aplicación.19 Al finalizar el sexto curso de Educación Primaria se realizará una evaluación individualizada20 a todos los alumnos y alumnas de todos los centros docentes.21 Artículo 7. Finalidad.22 La evaluación de todos los alumnos y alumnas al concluir la Educación Primaria tendrá23 como finalidad comprobar su grado de adquisición de la competencia en comunicación lingüística,24 de la competencia matemática y de las competencias básicas en ciencia y tecnología, así como el25 logro de los objetivos de la etapa.26 Artículo 8. Configuración general de las pruebas.27 1. La configuración general de las pruebas de la evaluación final de Educación Primaria se28 regula en el anexo I.2. La realización material de las pruebas corresponde a las Administraciones29 educativas competentes, que deben garantizar las condiciones adecuadas de aplicación y30 calificación de las mismas.3. Corresponde a las Administraciones educativas competentes31 concretar los criterios de evaluación, los estándares de aprendizaje evaluables y el diseño de las32 pruebas de evaluación final de la competencia lingüística en Lengua Cooficial y Literatura, así33 como aplicar la prueba.34 Estarán exentos de la realización de estas pruebas los alumnos y alumnas que estén35 exentos de cursar o de ser evaluados de la asignatura Lengua Cooficial y Literatura, según la36 PR36-4
  • 5. normativa autonómica correspondiente.1 Artículo 9. Resultados.2 1. El resultado de la evaluación se expresará en niveles para cada una de las competencias:3 Insuficiente, Suficiente, Bien, Notable y Sobresaliente. Las Administraciones educativas4 competentes harán constar en un informe individual el nivel obtenido por cada alumno o alumna5 en cada una de las áreas de competencia evaluadas, que será entregado a los padres, madres o6 tutores legales y que tendrá carácter informativo y orientador para los centros en que los alumnos7 y alumnas hayan cursado sexto curso de Educación Primaria y para aquellos centros en los que8 cursen el siguiente curso escolar, así como para los equipos docentes, los padres, madres o9 tutores legales y los alumnos y alumnas. Estos informes se trasladarán a los centros en los que10 los alumnos y las alumnas hayan de proseguir su escolaridad.11 2. El resultado de la evaluación de Lengua Cooficial y Literatura se tendrá en cuenta en la12 misma proporción que el resultado de la evaluación de la competencia en comunicación13 lingüística en relación con Lengua Castellana y Literatura.14 3. Las Administraciones educativas podrán establecer planes específicos de mejora en15 aquellos centros públicos cuyos resultados sean inferiores a los valores que, a tal objeto, hayan16 establecido. En relación con los centros concertados se estará a la normativa reguladora del17 concierto correspondiente.18 Artículo 10. Convocatorias.19 1. Las Administraciones educativas convocarán a todos los estudiantes que estén cursando20 6º curso de Educación Primaria para la realización de la evaluación final de etapa.21 La realización de la evaluación se llevará a cabo a la finalización de cada curso académico.22 2. Las Administraciones educativas establecerán los mecanismos pertinentes para que los23 estudiantes que, por motivo justificado, no pudieron realizar las pruebas en las fechas24 establecidas en la convocatoria, puedan ser evaluados.25 Artículo 11. Revisión de los resultados de las evaluaciones.26 1. Los padres, madres o tutores legales del alumnado podrán solicitar la revisión de los27 resultados obtenidos en las evaluaciones finales ante el organismo competente de cada28 Administración educativa.29 2. Las pruebas sobre las que se haya presentado la solicitud de revisión serán revisadas30 con el objeto de verificar que los criterios de evaluación se han aplicado correctamente y que no31 existen errores materiales en el proceso de cálculo de las calificaciones.32 33 CAPÍTULO III34 Evaluaciones finales de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato35 Artículo 12. Configuración de las pruebas.36 PR36-5
  • 6. 1. La configuración de las pruebas de las evaluaciones finales de Educación Primaria se1 regula en el anexo II.2 2. Las pruebas de la evaluación serán confeccionadas por el Ministerio de Educación,3 Cultura y Deporte. La traducción a las lenguas cooficiales corresponderá al Ministerio de4 Educación, Cultura y Deporte.5 3. La aplicación de las pruebas corresponde a las Administraciones educativas. Las pruebas6 serán aplicadas por profesorado del Sistema Educativo Español externo al centro, designado por7 la Administración educativa competente.8 4. Corresponde a las Administraciones educativas competentes concretar los criterios de9 evaluación, los estándares de aprendizaje evaluables y el diseño de las pruebas de evaluación10 final de la competencia lingüística en Lengua Cooficial y Literatura, así como aplicar la prueba.11 Estarán exentos de la realización de estas pruebas los alumnos y alumnas que estén12 exentos de cursar o de ser evaluados de la asignatura Lengua Cooficial y Literatura, según la13 normativa autonómica correspondiente.14 Artículo 13. Calificación.15 1. La corrección de las pruebas se realizará por profesorado del Sistema Educativo Español16 externo al centro, de conformidad con las guías de codificación y corrección establecidas por el17 Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.18 El profesorado será designado por la Administración educativa competente.19 La corrección de las pruebas de expresión oral será realizada por profesorado del centro del20 alumno o alumna, de acuerdo con una guía de especificaciones desarrollada por el Ministerio de21 Educación, Cultura y Deporte. Con el fin de asegurar la homogeneidad en la valoración, esta22 corrección realizada por profesorado del centro será comprobada y validada por profesorado23 externo al centro en una muestra de tamaño tal que permita observar desviaciones significativas,24 en cuyo caso se adoptarán las medidas correctoras pertinentes.25 2. El alumno o alumna será calificado con una puntuación de cero a diez puntos en cada26 una de las materias que componen las diferentes partes de la evaluación. Los resultados de la27 evaluación de cada alumno o alumna se establecerán mediante una calificación numérica, siendo28 la calificación final igual a la media aritmética de las calificaciones recibidas en las distintas29 materias, en una escala de cero a diez, con dos decimales.30 3. La Lengua Cooficial y Literatura se tendrá en cuenta para el cálculo de la nota obtenida31 en la misma proporción que la Lengua Castellana y Literatura, y mantendrá la ponderación en el32 cómputo de la calificación final que se asigne a Lengua Castellana y Literatura frente al resto de33 materias34 4. La superación de estas evaluaciones requerirá una calificación igual o superior a 5 puntos35 sobre 10.36 Artículo 14. Revisión.37 PR36-6
  • 7. 1. El alumno o alumna podrá presentar una solicitud de revisión ante el Ministerio de1 Educación, Cultura y Deporte sobre la calificación otorgada tras la primera corrección.2 2. Las pruebas sobre las que se haya presentado la solicitud serán revisadas con el objeto3 de verificar que todas las cuestiones han sido evaluadas y lo han sido con una correcta aplicación4 de los criterios de corrección, así como la comprobación de que no existen errores materiales en5 el proceso del cálculo de la calificación final.6 Sección 1ª. Evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria7 Artículo 15. Ámbito de aplicación.8 Al finalizar el cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria, los alumnos y alumnas de9 todos los centros docentes realizarán una evaluación individualizada por la opción de enseñanzas10 académicas o por la de enseñanzas aplicadas, o por ambas opciones.11 Artículo 16. Finalidad.12 1. La finalidad de la evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria será comprobar el13 logro de los objetivos de la etapa y el grado de adquisición de las competencias correspondientes14 por los alumnos y alumnas en relación con las siguientes materias:15 a) Todas las materias generales cursadas en el bloque de asignaturas troncales, salvo16 Biología y Geología y Física y Química, de las que el alumno o alumna será evaluado si las17 escoge entre las materias de opción.18 b) Dos materias de opción cursadas en el bloque de asignaturas troncales, en cuarto curso.19 c) Una materia del bloque de asignaturas específicas cursada en cualquiera de los cursos,20 que no sea Educación Física, Religión, o Valores Éticos.21 2. Para obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria será necesaria22 la superación de la evaluación final, así como una calificación final de dicha etapa igual o superior23 a 5 puntos sobre 10. La calificación final de Educación Secundaria Obligatoria se deducirá de la24 siguiente ponderación:25 a) Con un peso del 70%, la media de las calificaciones numéricas obtenidas en cada una de26 las materias cursadas en Educación Secundaria Obligatoria.27 b) Con un peso del 30%, la nota obtenida en la evaluación final de Educación Secundaria28 Obligatoria. En caso de que el alumno o alumna haya superado la evaluación por las dos29 opciones de evaluación final, para la calificación final se tomará la más alta de las que se30 obtengan teniendo en cuenta la nota obtenida en ambas opciones.31 Artículo 17. Competencias, criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables en la32 evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria.33 1. La Competencia Matemática y las Competencias Básicas en Ciencia y Tecnología se34 relacionarán con los criterios de evaluación y los estándares de aprendizaje evaluables asociados35 a las materias Matemáticas, Matemáticas orientadas a las Enseñanzas Académicas, Matemáticas36 orientadas a las Enseñanzas Aplicadas, Biología y Geología, Física y Química, Ciencias37 Aplicadas a la Actividad Profesional, Tecnología, Cultura Científica, y Tecnologías de la38 Información y la Comunicación.39 PR36-7
  • 8. 2. La Competencia en Comunicación Lingüística se relacionará con los criterios de1 evaluación y los estándares de aprendizaje evaluables asociados a las materias Lengua2 Castellana y Literatura, Primera Lengua Extranjera, Segunda Lengua Extranjera, y Latín.3 3. Las Competencias Sociales y cívicas, Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor y4 Conciencia y expresiones culturales se relacionarán con los criterios de evaluación y los5 estándares de aprendizaje evaluables asociados a las materias Geografía e Historia, Economía,6 Iniciación a la Actividad Emprendedora y Empresarial, Artes Escénicas y Danza, Cultura Clásica,7 Educación Plástica, Visual y Audiovisual, Filosofía, y Música.8 Artículo 18. Requisitos de participación.9 Podrán presentarse a la evaluación:10 a) Los alumnos y alumnas de Enseñanza Secundaria Obligatoria que hayan obtenido bien11 evaluación positiva en todas las materias, o bien negativa en un máximo de dos materias siempre12 que no sean simultáneamente Lengua Castellana y Literatura, y Matemáticas. A estos efectos, la13 materia Lengua Cooficial y Literatura tendrá la misma consideración que la materia Lengua14 Castellana y Literatura en aquellas Comunidades Autónomas que posean lengua cooficial. A los15 efectos de este párrafo, sólo se computarán las materias que como mínimo el alumno o alumna16 debe cursar en cada uno de los bloques. Además, en relación con aquellos alumnos y alumnas17 que cursen Lengua Cooficial y Literatura, sólo se computará una materia en el bloque de18 asignaturas de libre configuración autonómica, con independencia de que dichos alumnos y19 alumnas puedan cursar más materias de dicho bloque. Las materias con la misma denominación20 en diferentes cursos de Educación Secundaria Obligatoria se considerarán como materias21 distintas.22 b) Los alumnos y alumnas que se encuentren en posesión de un título Profesional Básico:23 podrán presentarse a las pruebas de las materias del bloque de asignaturas troncales que, como24 mínimo, se deban cursar en la opción que escoja el alumno o alumna para la realización de la25 evaluación (enseñanzas académicas o enseñanzas aplicadas).26 Artículo 19. Convocatorias.27 1. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte fijará en cada convocatoria las fechas,28 características y condiciones de aplicación y corrección de la evaluación. La prueba se aplicará29 de forma simultánea en todo el Sistema Educativo Español.30 2. Los alumnos y alumnas que no hayan superado la evaluación por la opción escogida, o31 que deseen elevar su calificación final de Educación Secundaria Obligatoria, podrán repetir la32 evaluación en convocatorias sucesivas, previa solicitud. Los alumnos y alumnas que hayan33 superado esta evaluación por una opción podrán presentarse de nuevo a evaluación por la otra34 opción si lo desean, y, de no superarla en primera convocatoria, podrán repetirla en convocatorias35 sucesivas, previa solicitud.36 Se tomará en consideración la calificación más alta de las obtenidas en las convocatorias a37 las que el alumno o alumna haya concurrido.38 3. Los alumnos y alumnas podrán realizar la evaluación por cualquiera de las dos opciones39 de enseñanzas académicas o de enseñanzas aplicadas, con independencia de la opción cursada40 PR36-8
  • 9. en cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria, o por ambas opciones en la misma1 convocatoria. En el caso de que realicen la evaluación por una opción no cursada, se les evaluará2 de las materias requeridas para superar la evaluación final por dicha opción, elegidas por el3 propio alumno o alumna dentro del bloque de asignaturas troncales.4 4. No será necesario que se evalúe de nuevo al alumnado que se presente en segunda o5 sucesivas convocatorias de las materias que ya haya superado, a menos que desee elevar su6 calificación final.7 Sección 2ª: Evaluación final de Bachillerato8 Artículo 20. Ámbito de aplicación.9 Los alumnos y alumnas de todos los centros docentes realizarán una evaluación10 individualizada al finalizar Bachillerato.11 Artículo 21. Finalidad.12 1. La finalidad de la evaluación final de Bachillerato es comprobar el logro de los objetivos13 de la etapa y el grado de adquisición de las competencias correspondientes por los alumnos y14 alumnas en relación con las siguientes materias:15 a) Todas las materias generales cursadas en el bloque de asignaturas troncales. En el16 supuesto de materias que impliquen continuidad, se tendrá en cuenta sólo la materia cursada en17 segundo curso.18 b) Dos materias de opción cursadas en el bloque de asignaturas troncales, en cualquiera de19 los cursos. Las materias que impliquen continuidad entre los cursos primero y segundo sólo20 computarán como una materia; en este supuesto se tendrá en cuenta sólo la materia cursada en21 segundo curso.22 c) Una materia del bloque de asignaturas específicas cursada en cualquiera de los cursos,23 que no sea Educación Física ni Religión.24 2. Para obtener el título de Bachiller será necesaria la superación de la evaluación final de25 Bachillerato, así como una calificación final de Bachillerato igual o superior a 5 puntos sobre 10.26 La calificación final de esta etapa se deducirá de la siguiente ponderación:27 a) Con un peso del 60%, la media de las calificaciones numéricas obtenidas en cada una de28 las materias cursadas en Bachillerato.29 b) Con un peso del 40%, la nota obtenida en la evaluación final de Bachillerato.30 Artículo 22. Competencias, criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables en la31 evaluación final de Bachillerato.32 1. La Competencia Matemática y las Competencias Básicas en Ciencia y Tecnología se33 relacionan con los criterios de evaluación y los estándares de aprendizaje evaluables asociados a34 las materias Matemáticas, Biología y Geología, Dibujo Técnico, Física y Química, Matemáticas35 aplicadas a las Ciencias Sociales, Anatomía Aplicada, Cultura Científica, Tecnología Industrial,36 Tecnologías de la Información y la Comunicación, Biología, Física, Geología, Química, y Ciencias37 de la Tierra y del Medio Ambiente.38 PR36-9
  • 10. 2. La Competencia en Comunicación Lingüística se relaciona con los criterios de evaluación1 y los estándares de aprendizaje evaluables asociados a las materias Lengua Castellana y2 Literatura, Primera Lengua Extranjera, Segunda Lengua Extranjera, Latín, y Griego.3 3. Las Competencias Sociales y cívicas, Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor y4 Conciencia y expresiones culturales se relacionan con los criterios de evaluación y los estándares5 de aprendizaje evaluables asociados a las materias Filosofía, Economía, Historia del Mundo6 Contemporáneo, Literatura Universal, Fundamentos del Arte, Cultura Audiovisual, Análisis7 Musical, Dibujo Artístico, Lenguaje y Práctica Musical, Volumen, Historia de España, Economía8 de la Empresa, Geografía, Historia del Arte, Historia de la Filosofía, Artes Escénicas, Diseño,9 Fundamentos de la Administración y Gestión, Historia de la Música y la Danza, Imagen y Sonido,10 Psicología, y Técnicas de Expresión Gráfico-Plástica.11 Artículo 23. Requisitos de participación.12 Podrán presentarse a la evaluación:13 1. Aquellos alumnos y alumnas que hayan obtenido evaluación positiva en todas las14 materias de Bachillerato. A los efectos de este apartado, sólo se computarán las materias que15 como mínimo el alumno o alumna debe cursar en cada uno de los bloques. Además, en relación16 con aquellos alumnos y alumnas que cursen Lengua Cooficial y Literatura, sólo se computará una17 materia en el bloque de asignaturas de libre configuración autonómica, con independencia de que18 los alumnos y alumnas puedan cursar más materias de dicho bloque.19 2. Los alumnos y alumnas que se encuentren en posesión de un título de Técnico o Técnico20 Deportivo, de Técnico Superior o Técnico Deportivo Superior, o de Técnico de las Enseñanzas21 Profesionales de Música o de Danza. Estos podrán presentarse a las pruebas de las materias del22 bloque de asignaturas troncales que, como mínimo, se deban cursar en la modalidad y opción23 que escoja el alumno o alumna para la realización de la evaluación.24 Artículo 24. Convocatorias.25 1. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte fijará en cada convocatoria las fechas,26 características y condiciones de aplicación y corrección de la evaluación. La prueba se aplicará27 de forma simultánea en todo el Sistema Educativo Español.28 2. Los alumnos y alumnas que no hayan superado esta evaluación, o que deseen elevar su29 calificación final de Bachillerato, podrán repetir la evaluación en convocatorias sucesivas, previa30 solicitud.31 Se tomará en consideración la calificación más alta de las obtenidas en las convocatorias a32 las que haya concurrido.33 3. En el caso de alumnos y alumnas que deseen obtener el título de Bachillerato por más de34 una modalidad, podrán solicitar que se les evalúe de las materias generales y de opción de su35 elección del bloque de asignaturas troncales, correspondientes a las modalidades escogidas.36 4. No será necesario que se evalúe de nuevo al alumnado que se presente en segunda o37 sucesivas convocatorias de las materias que ya haya superado, a menos que desee elevar su38 calificación final.39 PR36-10
  • 11. 1 CAPÍTULO IV2 Educación de personas adultas3 Artículo 25. Educación Secundaria Obligatoria.4 1. Corresponde a las Administraciones educativas, en el ámbito de sus competencias,5 organizar periódicamente pruebas para que las personas mayores de dieciocho años puedan6 obtener directamente el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria por cualquiera7 de las dos opciones -Enseñanzas Académicas o Enseñanzas Aplicadas-, siempre que hayan8 logrado los objetivos de la etapa y alcanzado el adecuado grado de adquisición de las9 competencias correspondientes. La calificación final de Educación Secundaria Obligatoria será la10 nota obtenida en dichas pruebas.11 Aquellas personas menores de 18 años autorizadas para cursar enseñanzas de adultos12 podrán presentarse a estas pruebas en las mismas condiciones que las estipuladas en el párrafo13 anterior.14 2. Las pruebas se organizarán en base a la estructura de ámbitos establecidos para la15 educación de personas adultas. Además, comprenderán una prueba global de comprobación del16 grado de adquisición de las competencias relacionadas con las opciones de enseñanzas17 académicas/o aplicadas. Esta prueba estará constituida por una o varias actividades de resolución18 de problemas complejos basados en situaciones que impulsen a utilizar los diferentes19 aprendizajes y competencias adquiridos de acuerdo con una de las opciones de enseñanza20 académica o aplicada.21 3. La calificación final de Educación Secundaria Obligatoria será la nota obtenida en dichas22 pruebas.23 4. Las Administraciones educativas velarán por que se adopten las medidas necesarias para24 asegurar la igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las25 personas con discapacidad que se presenten a dichas pruebas.26 Artículo 26. Bachillerato.27 1. Las Administraciones educativas, en el ámbito de sus competencias, organizarán28 periódicamente pruebas para obtener directamente el título de Bachiller, en las que se29 comprobará el logro de los objetivos de esta etapa y el grado de adquisición de las competencias30 correspondientes en relación con los módulos troncales.31 2. Dichas pruebas se organizarán por materias, de manera diferenciada según las32 modalidades del Bachillerato. Además, comprenderán una prueba global de comprobación del33 grado de adquisición de las competencias correspondientes.34 3. La calificación final de Bachillerato será la nota obtenida en dichas pruebas.35 4. Para presentarse a las pruebas para la obtención del título de Bachiller se requiere tener36 veinte años cumplidos.37 5. Además, las Administraciones educativas velarán por que se adopten las medidas38 necesarias para asegurar la igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad39 universal de las personas con discapacidad que se presenten a dichas pruebas.40 PR36-11
  • 12. Artículo 27. Educación a distancia de personas adultas.1 1. En los centros educativos públicos o privados autorizados para impartir enseñanza a2 distancia de personas adultas, las evaluaciones finales para la obtención de títulos oficiales3 previstos en este real decreto serán realizadas en la forma que se determine por las4 Administraciones educativas que hayan autorizado o a las que estén adscritos dichos centros.5 2. Si el alumno o alumna reside fuera de la localidad en la que el centro autorizado esté6 ubicado, las evaluaciones externas se podrán realizar fuera de dicha localidad, de acuerdo con lo7 establecido por convenio de colaboración entre los centros de educación a distancia de personas8 adultas, o a través de otras formas que garanticen el correcto desarrollo de las pruebas.9 10 Disposición adicional única. Realización de las evaluaciones en centros situados en el exterior, de11 educación de personas adultas y que impartan educación a distancia.12 El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte podrá adaptar las normas recogidas en este13 real decreto a las necesidades y situación de los centros situados en el exterior del territorio14 nacional, de los centros de educación de personas adultas, y de los centros que impartan15 educación a distancia.16 Disposición transitoria única. Titulados en Formación Profesional Básica.17 De forma excepcional, quienes estén en posesión de un título Profesional Básico podrán18 obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, por la opción de enseñanzas19 académicas o de enseñanzas aplicadas, mediante la superación de las pruebas libres establecida20 por las Administraciones educativas para la obtención del título de Graduado en Educación21 Secundaria Obligatoria por las personas adultas en las convocatorias correspondientes a los22 cursos escolares 2015-2016 y 2016-2017.23 Disposición final primera. Calendario de implantación.24 1. La evaluación final de Educación Primaria se implantará en el curso escolar 2015-2016.25 2. La evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria se implantará en el curso26 escolar 2016-2017. La evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria correspondiente a la27 convocatoria que se realice en el año 2017 no tendrá efectos académicos. En ese curso escolar28 sólo se realizará una única convocatoria.29 3. La evaluación final de Bachillerato se implantará en el curso escolar 2016-2017. La30 evaluación final de Bachillerato correspondiente a las dos convocatorias que se realicen en el31 año 2017 únicamente se tendrá en cuenta para el acceso a la Universidad, pero su superación32 no será necesaria para obtener el título de Bachiller. También se tendrá en cuenta para la33 obtención del título de Bachiller por los alumnos y alumnas que se encuentren en posesión de un34 título de Técnico de grado medio o superior de Formación Profesional o de las Enseñanzas35 Profesionales de Música o de Danza, de conformidad, respectivamente, con los artículos 44.4 y36 50.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.37 PR36-12
  • 13. Disposición final segunda. Título competencial y carácter básico.1 Este real decreto tiene el carácter de norma básica al amparo del artículo 149.1.30ª de la2 Constitución, que atribuye al Estado las competencias para la regulación de normas básicas para3 el desarrollo del artículo 27 de la Constitución, a fin de garantizar el cumplimiento de las4 obligaciones de los poderes públicos en esta materia.5 Disposición final tercera. Desarrollo.6 Se faculta a la persona titular del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte para dictar7 cuantas disposiciones requiera la aplicación de lo dispuesto en este real decreto, así como para8 modificar y actualizar sus anexos.9 Disposición final cuarta. Entrada en vigor.10 El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín11 Oficial del Estado».12 13 ANEXO I14 Configuración general de la evaluación final de Educación Primaria15 Las pruebas de la evaluación final de Educación Primaria se agruparán en tres áreas: área16 de competencia en comunicación lingüística, área de competencia matemática, y área de17 competencias básicas en ciencia y tecnología:18 1. El área de Competencia en comunicación lingüística valorará, como mínimo el grado de19 adquisición de la competencia en lengua castellana y en la primera lengua extranjera. Evaluará20 las destrezas de comprensión escrita y expresión escrita. Además, podrá evaluar la comprensión21 y la expresión oral. La evaluación de estas destrezas podrá llevarse a cabo mediante pruebas22 diferentes o mediante una prueba integrada que las valore.23 Las unidades de evaluación se contextualizarán en entornos próximos a la vida del24 estudiante e incluirán situaciones personales y familiares, escolares, sociales y científicas y25 humanísticas.26 Los textos podrán ser de diversos tipos y formatos, tales como narrativos, descriptivos,27 expositivos, instructivos y/o argumentativos; continuos, discontinuos o mixtos.28 La evaluación de la comprensión valorará la capacidad del alumnado para llevar a cabo los29 procesos cognitivos relativos a la localización y obtención de información, la integración e30 interpretación, y a la reflexión y valoración.31 La evaluación de la expresión valorará la capacidad del alumnado para llevar a cabo los32 procesos cognitivos relativos a la coherencia, la cohesión, y la adecuación y presentación de sus33 producciones lingüísticas.34 2. El área de competencia matemática evaluará de forma conjunta las destrezas de cálculo y35 de resolución de problemas.36 PR36-13
  • 14. Las unidades de evaluación se contextualizarán en entornos próximos a la vida del1 estudiante e incluirán situaciones personales y familiares, escolares, sociales y científicas y2 humanísticas.3 La evaluación valorará la capacidad del alumnado para llevar a cabo los procesos cognitivos4 de conocimiento y reproducción de definiciones, conceptos y procedimientos matemáticos;5 aplicación y análisis de conocimientos para la resolución de problemas; el razonamiento y6 reflexión sobre las estrategias y métodos para la resolución de problemas no obvios; y la7 validación de resultados.8 3. El área de Competencias básicas en ciencia y tecnología incluirá la evaluación de las9 habilidades dirigidas a generar conocimiento científico mediante la recolección de información,10 planteamiento de hipótesis, resolución de problemas o toma de decisiones basadas en pruebas y11 argumentos.12 Las unidades de evaluación se contextualizarán en entornos próximos a la vida del13 estudiante e incluirán situaciones personales y familiares, escolares, sociales y científicas y14 humanísticas.15 La evaluación valorará la capacidad del alumnado para llevar a cabo los procesos cognitivos16 relativos al conocimiento y reproducción de hechos, conceptos y procedimientos; la aplicación y17 análisis de conocimientos para generar explicaciones y resolver problemas prácticos; y el18 razonamiento y reflexión utilizando las evidencias y la comprensión científica.19 20 ANEXO II21 Configuración de las pruebas de las evaluaciones finales de Educación Secundaria22 Obligatoria y de Bachillerato23 Las pruebas en Educación Secundaria Obligatoria y en Bachillerato evaluarán la24 competencia en comunicación lingüística, la competencia matemática, las competencias básicas25 en ciencia y tecnología, las competencias sociales y cívicas, la competencia de sentido de26 iniciativa y espíritu emprendedor, y la competencia de conciencia y expresiones culturales.27 1. Competencia en Comunicación Lingüística.28 1.1. Las pruebas en las que se mida el grado de adquisición por parte del alumno o alumna29 de la competencia en comunicación lingüística incluirán contenidos relativos a la lengua30 castellana, a las lenguas extranjeras y a las lenguas clásicas, y a sus correspondientes31 manifestaciones culturales y literarias. La tipología textual deberá ser el soporte para valorar el32 dominio en comprensión y en expresión.33 1.2. Las unidades de evaluación se contextualizarán en entornos próximos a la vida del34 estudiante e incluirán situaciones personales y familiares, escolares, sociales y científicas y35 humanísticas.36 PR36-14
  • 15. 1.3. Atendiendo a su finalidad, los textos podrán ser de diversos tipos: narrativos,1 descriptivos, expositivos, instructivos o argumentativos. Atendiendo a su formato, la evaluación2 podrá incluir los siguientes tipos de textos: continuos, discontinuos y mixtos.3 1.4. Se evaluarán las destrezas de comprensión escrita y expresión escrita. En el caso de la4 lengua castellana y las lenguas extranjeras, podrá evaluarse además la comprensión y la5 expresión oral.6 1.5. Las pruebas valorarán la capacidad del alumno o alumna para llevar a cabo los7 procesos cognitivos en la destreza de la comprensión en relación con la competencia lingüística8 relativos a la localización y obtención de información, la integración e interpretación, y la reflexión9 y valoración:10 1.5.1. El proceso cognitivo de localización y obtención de información se asociará con la11 capacidad del alumno o alumna para:12 a) Identificar información relevante y extraer informaciones concretas.13 b) Localizar el significado de palabras o enunciados desconocidos.14 c) Seleccionar información de un texto y proporcionar los ejemplos que se requieran.15 1.5.2. El proceso cognitivo de integración e interpretación se asociará con la capacidad del16 alumno o alumna para:17 a) Inferir la información relevante de los textos, identificando la idea principal y las ideas18 secundarias y estableciendo relaciones entre ellas.19 b) Reconocer la coherencia global del texto.20 c) Resumir textos narrativos, descriptivos, expositivos y argumentativos de forma clara,21 integrando la información en oraciones que se relacionen lógica y semánticamente.22 d) Deducir información y relaciones no explícitas así como organizar la información del texto23 para vincularla a un conocimiento previo.24 e) Distinguir las partes en las que se estructuran los mensajes y la interrelación entre el25 mensaje y el contexto.26 f) Comprender el significado que aportan la entonación, las pausas, el tono, timbre, volumen,27 etc., a cualquier tipo de discurso.28 g) Describir los rasgos lingüísticos más sobresalientes de textos expositivos y29 argumentativos relacionándolos con la intención comunicativa y el contexto en el que se30 producen.31 1.5.3. El proceso cognitivo de reflexión y valoración se asociará con la capacidad del alumno32 o alumna para comprender, evaluar, contrastar información y emitir juicios personales, y en33 concreto para:34 PR36-15
  • 16. a) Valorar aspectos concretos del contenido de textos narrativos, descriptivos, instructivos,1 expositivos y argumentativos emitiendo juicios razonados y relacionándolos con conceptos2 personales para justificar un punto de vista particular.3 b) Expresar la relación que existe entre el contenido de la obra, la intención del autor y el4 contexto y la pervivencia de temas y formas emitiendo juicios personales razonados.5 c) Evaluar críticamente un texto y su contexto y realizar hipótesis sobre el mismo.6 1.6. Las pruebas valorarán la capacidad del alumno o alumna para llevar a cabo los7 procesos cognitivos en la destreza de la expresión en relación con la competencia lingüística8 relativos a la coherencia, la cohesión, y la adecuación y presentación:9 1.6.1. El proceso cognitivo de coherencia se asociará con la capacidad del alumno o alumna10 para hacer que la producción sea percibida de una forma clara y precisa, y en concreto para dar11 un sentido global al texto; para estructurar el texto de manera lógica y ordenar las ideas12 secuencialmente; para expresarse con ideas claras, comprensibles y completas; y para aportar13 puntos de vista personales y críticos con rigor y claridad.14 1.6.2. El proceso cognitivo de cohesión se asociará con la capacidad del alumno o alumna15 para hacer que los elementos que componen el texto mantengan una correcta relación sintáctica,16 y en concreto para expresar las ideas con corrección gramatical y léxica; para usar de forma17 adecuada las formas verbales; y para utilizar correctamente los signos de puntuación.18 1.6.3. El proceso cognitivo de adecuación y presentación se asociará con la capacidad del19 alumnado para que la producción sea apropiada a la situación comunicativa en la que se emite, y20 en concreto para adaptar el texto a la situación comunicativa y a la finalidad; para redactar textos21 personales de intención literaria a partir de modelos dados, siguiendo las convenciones del22 género; para redactar diferentes tipos de textos con claridad y corrección; para revisar sus23 producciones orales y escritas aplicando correctamente las normas ortográficas y gramaticales24 reconociendo su valor social para obtener una comunicación eficiente, y para presentar el texto25 con limpieza y con extensión y estructura adecuada a la situación comunicativa.26 2. Competencia matemática y competencias básicas en ciencia y tecnología.27 2.1. Las pruebas en las que se mida el grado de adquisición por parte del alumno o alumna28 de la Competencia matemática y las competencias básicas en ciencia y tecnología incluirán la29 evaluación de contenidos matemáticos y de contenidos científicos relativos a la física, la química,30 la biología, y la tecnología y de las habilidades dirigidas a la generación de conocimiento científico31 para alcanzar un objetivo, mediante la recogida de información, el planteamiento de hipótesis, la32 resolución de problemas o la toma de decisiones basadas en pruebas y argumentos, con el fin de33 llegar a conclusiones válidas.34 2.2. Las pruebas valorarán la capacidad de los alumnos y alumnas para llevar a cabo los35 procesos cognitivos relativos al conocimiento, a la aplicación y al razonamiento.36 2.2.1. El proceso cognitivo del conocimiento se asociará con la capacidad del alumno o37 alumna para38 PR36-16
  • 17. a) Recordar y reconocer definiciones, terminología o convenciones; identificar o establecer1 hechos, relaciones, procesos, fenómenos, conceptos; identificar el uso apropiado de equipos2 tecnológicos y procedimientos; reconocer y utilizar vocabulario matemático, científico y3 tecnológico.4 b) Describir y calcular: describir relaciones, interacciones, propiedades, materiales,5 fenómenos, estructuras; llevar a cabo procedimientos algorítmicos.6 c) Obtener información y proporcionar ejemplos: obtener información de gráficos, textos,7 tablas u otras fuentes.8 d) Proporcionar ejemplos de hechos, fenómenos, procesos con el fin de clarificarlos.9 2.2.2. El proceso cognitivo de la aplicación se asociará con la capacidad del alumno o10 alumna para11 a) Determinar métodos, estrategias o herramientas eficientes y apropiados para resolver12 problemas para los que hay métodos de resolución comúnmente utilizados.13 b) Utilizar modelos: generar ecuaciones o diagramas para representar o ilustrar situaciones,14 sistemas, procesos, conceptos, principios o relaciones.15 matemáticos para interpretar información dada en distintos formatos.17 d) Encontrar soluciones: implementar estrategias y operaciones para dar una solución18 cualitativa o cuantitativa a un problema.19 e) Explicar: proporcionar o identificar una explicación para un fenómeno natural basándose20 en conceptos científicos y matemáticos, principios, leyes y teorías.21 2.2.3. El proceso cognitivo del razonamiento se asociará con la capacidad del alumno o22 alumna para23 a) Analizar: identificar los elementos de un problema y determinar la información,24 procedimientos, conceptos, relaciones, estrategias y datos para contestar a la cuestión o resolver25 el problema.26 b) Sintetizar: resolver problemas o contestar cuestiones que requieren de la consideración27 de varios factores o conceptos relacionados.28 c) Diseñar procedimientos, métodos, mecanismos o investigaciones apropiadas para29 contestar cuestiones de índole científica o tecnológica, o para testar hipótesis.30 d) Predecir: utilizar evidencias y comprensión conceptual para elaborar predicciones sobre31 los efectos de un cambio en las condiciones de un sistema.32 e) Evaluar estrategias, explicaciones y soluciones alternativas, y resultados de33 investigaciones en función de su validez para establecer conclusiones.34 PR36-17 16 c) Interpretar información: utilizar el conocimiento de los conceptos y principios científicos y
  • 18. f) Extraer conclusiones: establecer inferencias válidas en base a la información, a las1 observaciones, las evidencias y la comprensión de conceptos.2 g) Generalizar: sacar conclusiones que van más allá de las condiciones experimentales o3 dadas, y aplicar dichas conclusiones a nuevos contextos.4 h) Justificar: proporcionar argumentos y evidencias de índole científica y/o matemática para5 apoyar la razonabilidad de explicaciones, diseños, soluciones de problemas y conclusiones de6 investigaciones.7 3. Competencias Sociales y cívicas, Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor y8 Conciencia y expresiones culturales.9 3.1. Las pruebas en las que se mida el grado de adquisición por parte del alumno o alumna10 de las Competencias Sociales y cívicas, Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor y Conciencia11 y expresiones culturales, incluirán contenidos relativos a la geografía, la historia, la economía, la12 iniciativa emprendedora, las artes escénicas, la cultura clásica, la educación plástica, visual y13 audiovisual, la filosofía y la música.14 3.2. A través de estas competencias se tratará de evaluar si los alumnos y las alumnas han15 desarrollado, además de otras de carácter transversal, las capacidades que les permitan:16 desarrollar destrezas básicas en la utilización de las fuentes de información para, con sentido17 crítico, adquirir nuevos conocimientos; concebir el conocimiento científico como un saber18 integrado, que se estructura en distintas disciplinas, desarrollar el espíritu emprendedor y la19 confianza en sí mismo, la participación, el sentido crítico, la iniciativa personal y la capacidad para20 planificar, tomar decisiones y asumir responsabilidades; conocer, valorar y respetar los aspectos21 básicos de la cultura y la historia propias y de los demás, así como el patrimonio artístico y22 cultural; apreciar la creación artística y comprender el lenguaje de las distintas manifestaciones23 artísticas, utilizando diversos medios de expresión y representación.24 3.3. Las pruebas valorarán la capacidad de los alumnos y alumnas para llevar a cabo los25 procesos cognitivos relativos a l conocimiento, a la aplicación y al razonamiento:26 3.3.1. El proceso cognitivo del conocimiento se asociará con la capacidad del alumno o27 alumna para28 a) Recordar y reconocer definiciones, conceptos, hechos y terminología específica;29 identificar o establecer relaciones, procesos, fenómenos.30 b) Reconocer y utilizar vocabulario geográfico, histórico, económico, artístico y cultural;31 describir relaciones, interacciones, propiedades, fenómenos y estructuras.32 c) Obtener información y proporcionar ejemplos: obtener información de gráficos, mapas,33 textos, tablas, imágenes u otras fuentes; proporcionar ejemplos de hechos, fenómenos y34 procesos con el fin de clasificarlos.35 3.3.2. El proceso cognitivo de la aplicación se asociará con la capacidad del alumno o36 alumna para:37 PR36-18
  • 19. a) Determinar métodos, estrategias o herramientas eficientes y apropiadas para resolver1 problemas a diversas escalas espaciales y temporales.2 b) Utilizar modelos: generar gráficos, mapas, textos, tablas, imágenes, para representar o3 ilustrar situaciones, sistemas, procesos, conceptos, principios o relaciones.4 c) Interpretar información: utilizar el conocimiento de los conceptos y principios sociales,5 geográficos, históricos, económicos, artísticos y culturales para interpretar información dada en6 distintos formatos.7 d Explicar: identificar o proporcionar una explicación para un fenómeno social, geográfico,8 histórico, económico, artístico o cultural, basándose en loa conocimientos adquiridos.9 e) Encontrar soluciones: implementar estrategias y operaciones para dar solución cualitativa10 o cuantitativa a un proceso o situación.11 3.3.3. El proceso cognitivo del razonamiento se asociará con la capacidad del alumno o12 alumna para:13 a) Analizar: identificar los elementos de un fenómeno o situación y determinar la información,14 procedimientos, conceptos, relaciones, estrategias y datos para explicar hechos, manifestaciones15 y problemas a diversas escalas espaciales y temporales.16 b) Sintetizar: resolver problemas o contestar cuestiones que requieren de la consideración17 de varios factores o conceptos relacionados.18 c) Diseñar procedimientos, métodos, mecanismos o investigaciones apropiadas para19 contestar cuestiones de índole social, geográfica, histórica, económica, artística o cultural, o para20 testar hipótesis.21 d) Predecir: utilizar evidencias y comprensión conceptual para elaborar predicciones sobre22 los efectos de un cambio en las condiciones sociales, geográficas, históricas, económicas,23 artísticas o culturales.24 e) Evaluar estrategias, explicaciones y soluciones alternativas, y resultados de25 investigaciones en función de su validez para establecer conclusiones.26 f) Extraer conclusiones y generalizar: establecer inferencias válidas en base a la27 información, a las observaciones, las evidencias y la comprensión de conceptos, sacando28 conclusiones que vayan más allá de las condiciones teóricas dadas, y aplicando dichas29 conclusiones a nuevos contextos.30 g) Justificar: proporcionar argumentos y evidencias de índole social, geográfica, histórica,31 económica, artística o cultural para apoyar la razonabilidad de explicaciones, argumentos y32 conclusiones de investigaciones, con el objetivo último de llegar a comprender la realidad del33 individuo y del conjunto de la sociedad en la conexión entre el pasado, el presente y el futuro.34 4. Pruebas.35 4.1. Tanto la evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria como la evaluación final36 de Bachillerato constan de tres partes:37 PR36-19
  • 20. 4.1.1. La primera parte evaluará las competencias y estándares de aprendizaje evaluables1 asociados a las cuatro materias generales del bloque de asignaturas troncales, y constará de un2 máximo de 200 preguntas.3 4.1.2. La segunda parte evaluará las competencias y estándares de aprendizaje evaluables4 asociados a las dos materias de opción del bloque de asignaturas troncales elegidas por el5 alumno o alumna, y constará de un máximo de 100 preguntas.6 4.1.3. La tercera parte evaluará las competencias y estándares de aprendizaje evaluables7 asociados a la materia del bloque de asignaturas específicas elegida por el alumno o alumna, y8 constará de un máximo de 50 preguntas.9 4.2. Las preguntas de la prueba serán en formato de elección múltiple con cuatro10 alternativas y de respuestas semiconstruidas.11 En el caso de la evaluación de la expresión se utilizará el formato de respuesta abierta12 producida por el alumno o alumna.13 14 PR36-20