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Derecho Colectivo de Trabajo
Mauricio Matos Zegarra
Derecho Colectivo del Trabajo


Negociación Colectiva               Sindicalización                    Huelga




                                 Características
a)   Fuente generadora de derechos laborales.
b)   Importancia fundamental de las organizaciones sindicales.
c)   Función «equilibradora»
d)   Garantizada por instrumentos de carácter internacional (C.87 y C98 OIT)
Derecho Colectivo del Trabajo

                                 Evolución Histórica

Etapa de Prohibición - Ley «Le
  Chapelier» (14/VI/1791)

     Etapa de Tolerancia                           Etapas


  Etapa de Reconocimiento
Internacional y Constitucional
Derecho Colectivo del Trabajo

                                      Principios

Principio de Libertad de Asociación o Libertad Sindical

Principio de la Autonomía Colectiva

Principio de democracia sindical

Principio de representabilidad sindical
Derecho Colectivo del Trabajo

                             Ámbito de Aplicación


D.S. 010-2003-TR                          Régimen Laboral de la Actividad Privada




     Libertad Sindical

                            Negociación
                             Colectiva


                                                 Huelga
Derecho Colectivo del Trabajo

                                 Sindicalización

(…) Toda organización de trabajadores o de empleadores que
tenga por objeto fomentar y defender los intereses de los
trabajadores o de los empleadores. (…) (Art. 10 C87 OIT

                                            a) Afiliación libre y voluntaria a un
  Libertad sindical individual
                                               sindicato.
                                            b) Posibilidad de crear un sindicato.




  Libertad sindical colectiva               Federaciones    y    Confederaciones
                                            sindicales.
Derecho Colectivo del Trabajo

                                Sindicalización

Sindicatos de Empresa                  Trabajadores de diversas profesiones,
                                       oficios o especialidades con un mismo
                                       empleador.

                                       Trabajadores        de        profesiones,
Sindicatos de Actividad                especialidades u oficios diversos de 2 o
                                       más empresas de la misma rama de
                                       actividad.

                                       Trabajadores de diversas empresas que
Sindicatos de Gremio                   desempeñan el mismo oficio, profesión o
                                       especialidad.



 Sindicatos de oficios                 Trabajadores de diversas empresas que
        varios                         desempeñan distintos oficios, profesiones o
                                       especialidades.
Derecho Colectivo del Trabajo

                              Sindicalización
              a) Representar el conjunto de trabajadores comprendidos dentro de
                 su ámbito, en los conflictos, controversias o reclamaciones de
                 naturaleza colectiva.

              b) Celebrar convenciones colectivas de trabajo, exigir su cumplimiento
                 y ejercer los derechos y acciones que de tales convenciones se
                 originen.
Fines de la
    OS
              c) Representar o defender a sus miembros en las controversias o
                 reclamaciones de carácter individual, salvo que el trabajador
                 accione directamente en forma voluntaria o por mandato de la ley,
                 caso en el cual el sindicato podrá actuar en calidad de asesor.

              d) Labores de Promoción.
Derecho Colectivo del Trabajo

                               Sindicalización

                                  Ser trabajador de la empresa, actividad, profesión
                                  u oficio según el tipo de sindicato.

                                  No estar afiliado a otro sindicato del mismo
Requisitos para afiliarse
                                  ámbito

                                  No ser parte del persona de dirección o de
                                  confianza, salvo que el estatuto lo permita
Derecho Colectivo del Trabajo

                   Organizaciones Sindicales
                          Requisitos para formar una OS


           Número mínimo de
              afiliados                                                Personería
                                                                    Jurídica y Hecho
                                                                        Sindical




                 Asamblea
                constitutiva                      Acto formal de registro
                                                        ante la AAT




a) Voluntad de constituir el sindicato.
b) Aprobación del estatuto.
c) Elección de la primera junta directiva
Derecho Colectivo del Trabajo

                          Organizaciones Sindicales


                               Órganos de la OS



   Asamblea General                                     Junta Directiva




En los sindicatos de empresa                      Tiene la representación legal
está formada por todos sus                        del sindicato
miembros
Derecho Colectivo del Trabajo

                    Organizaciones Sindicales


                       a) Elegir a la junta directiva.
                       b) Modificar el estatuto.
                       c) Acordar la fusión o absorción con otras
                          organizaciones sindicales similares, o su disolución.
                       d) Acordar la afiliación o desafiliación a federaciones y
                          confederaciones, y a organizaciones sindicales de
Asamblea General          nivel internacional.
                       e) Acordar la enajenación directa o indirecta de bienes
                          del patrimonio sindical.
                       f) Decidir sobre la expulsión de cualquier afiliado o la
                          imposición de sanciones disciplinarias.
                       g) Cualesquiera otras que señalen las normas legales o
                          el estatuto.
Derecho Colectivo del Trabajo

                                    Fuero Sindical
                                                          despido
   Limitación al ejercicio del «ius variandi» del
                    empleador
                                                          Movilidad geográfica

a) Miembros del sindicato en formación, desde la presentación de la solicitud hasta 03
   m.
b) Miembros de la Junta Directiva de S, F, C así como delegados.
c) Candidatos a dirigentes o delegados, 30 días antes y hasta 30 días después.
d) Quiénes estén negociando un pliego hasta 03 meses después de concluido.
e) A falta de acuerdo los dirigentes no excederán de 03 hasta 50 y 1 más por cada 50
   adicionales.
f) En el caso de federaciones 2 x Nro. De sindicatos afiliados (no más de 15 ni más de
   1 por empresa)
g) En el caso de confederaciones 2 x Nro. De Federaciones afiliadas (no más de 20 ni
   más de 1 por empresa.)
Derecho Colectivo del Trabajo

                               Licencia Sindical

                                 A falta de CCT
Se establecen normalmente en
                                                  Empleador sólo está obligado a
      función a una CCT                           conceder hasta 30 días naturales
                                                  por año para actos de concurrencia
                                                  obligatoria.




                                                  a)   Secretario General.
                                                  b)   Secretario Adjunto.
                                                  c)   Secretario de defensa
                                                  d)   Secretario de organización
Derecho Colectivo del Trabajo

                          Federaciones y Confederaciones


               Federaciones                                          Confederaciones



1)   Trabajadores de Construcción Civil.         1)   CGTP
2)   Trabajadores Mineros y Metalúrgicos.        2)   CTP
3)   Trabajadores Metal Mecánicos.               3)   CUT
4)   Trabajadores de Hoteles y Restaurantes.     4)   CATP
5)   Trabajadores de Luz y Fuerza.               5)   CNT
6)   Trabajadores Municipales (régimen laboral   6)   CTRP
     de la actividad privada)                    7)   CITE ( sector público)
Derecho Colectivo del Trabajo

                   Negociación Colectiva y CCT


                                   Derecho constitucional que se expresa en el
Negociación Colectiva              deber del Estado de fomentarla entre
                                   trabajadores y empleadores (STC 0785-
                                   2004-AA/TC)




                                   Acuerdo que permite crear, modificar o
                                   extinguir derechos y obligaciones referidas a
        CCT
                                   remuneraciones, condiciones de trabajo,
                                   productividad     y      demás      aspectos
                                   concernientes a las relaciones de trabajo
                                   (STC 008-2005-PI/TC
Derecho Colectivo del Trabajo

                          Capacidad de Negociación

                                       Trabajadores                    Empleadores
Nivel de Empresa              Sindicatos y representantes de Organización sindical o conjunto
                              los trabajadores               de ellas de la rama o gremio
                                                             correspondiente

Nivel de Rama de Actividad o Empresario o las personas que Organización representativa de
gremio                       él designe                    los   empleadores       en   la
                                                           respectiva actividad económica
                                                           y, de no existir ésta, de los
                                                           representantes       de     los
                                                           empleadores comprendidos
Derecho Colectivo del Trabajo

                      Negociación Colectiva - Procedimiento



                     10 días
    Pliego                          Trato Directo
                                                                         Conciliación
                                                                            AAT
                                                Si no hay acuerdo
                                                                                   Si no hay acuerdo




Para estar obligada a negociar la                            Arbitraje                    Huelga
empresa debe tener por lo menos
   1 año de funcionamiento
Derecho Colectivo del Trabajo

                           Convención Colectiva de Trabajo

                                   Carácter vinculante




Para las partes que la adoptaron   Personas en cuyo nombre se celebró
                                   y quienes les se aplicable




                                   Trabajadores que se incorporaron
                                   con posterioridad
Derecho Colectivo del Trabajo

                  Convención Colectiva de Trabajo



                  a) Modifica de pleno derecho los aspectos de relación laboral sobre los
                     que incide.

                  b) Duración determinada a partir de la presentación del pliego o
                     caducidad de la CCT antrerior.
Características
                  c) Duración determinada por la voluntad de las partes

                  d) Su vigencia se mantiene aún si se produce la fusión, traspaso o
                     venta del negocio.

                  e) Formalización ante la AAT
Derecho Colectivo del Trabajo

                    Convención Colectiva de Trabajo


    Empresa                      Todos los trabajadores de una empresa, categoría,
                                 sección o establecimiento determinado de aquella


                                 Todos los trabajadores de una misma actividad
Rama de Actividad                económica, o a parte determinada de ella.




     Gremio                      Todos los trabajadores que desempeñe una misma
                                 profesión, oficio o especialidad en distintas empresas
Derecho Colectivo del Trabajo

                  Convención Colectiva de Trabajo


                                      Modifican al contrato de trabajo         y
 Cláusulas Normativas
                                      establecen las condiciones de éstos



                                      Obligan    solamente    a    las    partes
Cláusulas Obligacionales              contratantes (OS y empleador)




                                      Regulan el ámbito y vigencia del CCT.
Cláusulas Delimitadoras
Derecho Colectivo del Trabajo

                                   La Huelga

Suspensión colectiva del trabajo acordada mayoritariamente y realizada en forma
voluntaria y pacífica por los trabajadores, con abandono del centro de trabajo

    Derecho Colectivo por                        No puede haber huelga con 1 sólo
         excelencia                              trabajador




a) Acción Colectiva de los trabajadores.
b) Acción Concertada de los trabajadores.
c) Implica una interrupción del trabajo contra
   la voluntad del empleador.
Derecho Colectivo del Trabajo

                        La Huelga



             a) Finalidad destinada a defender derechos socio-económicos o
                profesionales.
             b) Decisión debe ser adoptada en la forma establecida por el
                Estatuto.
Requisitos
             c) Refrendada por Notario Público o Juez de Paz.
             d) Ser comunicada al empleador y a la AAT con 5d. De
                anticipación y 10d. En caso de SPE.
             e) Que la negociación no haya sido sometida a arbitraje
Derecho Colectivo del Trabajo

                                La Huelga

                                    a) Suspensión de las labores. (Revisar Art.
                                       62 del DS 011-92-TR)
                                    b) Suspensión perfecta del contrato de
Efectos de la Huelga                   trabajo.
                                    c) Imposibilidad de retirar del trabajo
                                       maquinarias, materias primas, u otros
                                       materiales.

                                    a) Se lleva a cabo sin autorización.
                                    b) Se materializa a través de modalidades
                                       irregulares de huelga.
                                    c) Por violencia.
   Huelga Ilegal                    d) Por no asegurar la prestación de los SPE
                                       o poner en peligro la vida de otros
                                       trabajadores.
                                    e) Por no suspender la medida después de
                                       expedido el laudo respectivo
Derecho Colectivo del Trabajo

                            La Huelga


                                 a) Acuerdo de las partes.

                                 b) Decisión de los trabajadores.
Fin de la Huelga
                                 c) Declaración de ilegalidad.

                                 d) Pronunciamiento de la AAT cuando se
                                    presenten situaciones de gravedad.

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Derecho colectivo de trabajo

  • 1. Derecho Colectivo de Trabajo Mauricio Matos Zegarra
  • 2. Derecho Colectivo del Trabajo Negociación Colectiva Sindicalización Huelga Características a) Fuente generadora de derechos laborales. b) Importancia fundamental de las organizaciones sindicales. c) Función «equilibradora» d) Garantizada por instrumentos de carácter internacional (C.87 y C98 OIT)
  • 3. Derecho Colectivo del Trabajo Evolución Histórica Etapa de Prohibición - Ley «Le Chapelier» (14/VI/1791) Etapa de Tolerancia Etapas Etapa de Reconocimiento Internacional y Constitucional
  • 4. Derecho Colectivo del Trabajo Principios Principio de Libertad de Asociación o Libertad Sindical Principio de la Autonomía Colectiva Principio de democracia sindical Principio de representabilidad sindical
  • 5. Derecho Colectivo del Trabajo Ámbito de Aplicación D.S. 010-2003-TR Régimen Laboral de la Actividad Privada Libertad Sindical Negociación Colectiva Huelga
  • 6. Derecho Colectivo del Trabajo Sindicalización (…) Toda organización de trabajadores o de empleadores que tenga por objeto fomentar y defender los intereses de los trabajadores o de los empleadores. (…) (Art. 10 C87 OIT a) Afiliación libre y voluntaria a un Libertad sindical individual sindicato. b) Posibilidad de crear un sindicato. Libertad sindical colectiva Federaciones y Confederaciones sindicales.
  • 7. Derecho Colectivo del Trabajo Sindicalización Sindicatos de Empresa Trabajadores de diversas profesiones, oficios o especialidades con un mismo empleador. Trabajadores de profesiones, Sindicatos de Actividad especialidades u oficios diversos de 2 o más empresas de la misma rama de actividad. Trabajadores de diversas empresas que Sindicatos de Gremio desempeñan el mismo oficio, profesión o especialidad. Sindicatos de oficios Trabajadores de diversas empresas que varios desempeñan distintos oficios, profesiones o especialidades.
  • 8. Derecho Colectivo del Trabajo Sindicalización a) Representar el conjunto de trabajadores comprendidos dentro de su ámbito, en los conflictos, controversias o reclamaciones de naturaleza colectiva. b) Celebrar convenciones colectivas de trabajo, exigir su cumplimiento y ejercer los derechos y acciones que de tales convenciones se originen. Fines de la OS c) Representar o defender a sus miembros en las controversias o reclamaciones de carácter individual, salvo que el trabajador accione directamente en forma voluntaria o por mandato de la ley, caso en el cual el sindicato podrá actuar en calidad de asesor. d) Labores de Promoción.
  • 9. Derecho Colectivo del Trabajo Sindicalización Ser trabajador de la empresa, actividad, profesión u oficio según el tipo de sindicato. No estar afiliado a otro sindicato del mismo Requisitos para afiliarse ámbito No ser parte del persona de dirección o de confianza, salvo que el estatuto lo permita
  • 10. Derecho Colectivo del Trabajo Organizaciones Sindicales Requisitos para formar una OS Número mínimo de afiliados Personería Jurídica y Hecho Sindical Asamblea constitutiva Acto formal de registro ante la AAT a) Voluntad de constituir el sindicato. b) Aprobación del estatuto. c) Elección de la primera junta directiva
  • 11. Derecho Colectivo del Trabajo Organizaciones Sindicales Órganos de la OS Asamblea General Junta Directiva En los sindicatos de empresa Tiene la representación legal está formada por todos sus del sindicato miembros
  • 12. Derecho Colectivo del Trabajo Organizaciones Sindicales a) Elegir a la junta directiva. b) Modificar el estatuto. c) Acordar la fusión o absorción con otras organizaciones sindicales similares, o su disolución. d) Acordar la afiliación o desafiliación a federaciones y confederaciones, y a organizaciones sindicales de Asamblea General nivel internacional. e) Acordar la enajenación directa o indirecta de bienes del patrimonio sindical. f) Decidir sobre la expulsión de cualquier afiliado o la imposición de sanciones disciplinarias. g) Cualesquiera otras que señalen las normas legales o el estatuto.
  • 13. Derecho Colectivo del Trabajo Fuero Sindical despido Limitación al ejercicio del «ius variandi» del empleador Movilidad geográfica a) Miembros del sindicato en formación, desde la presentación de la solicitud hasta 03 m. b) Miembros de la Junta Directiva de S, F, C así como delegados. c) Candidatos a dirigentes o delegados, 30 días antes y hasta 30 días después. d) Quiénes estén negociando un pliego hasta 03 meses después de concluido. e) A falta de acuerdo los dirigentes no excederán de 03 hasta 50 y 1 más por cada 50 adicionales. f) En el caso de federaciones 2 x Nro. De sindicatos afiliados (no más de 15 ni más de 1 por empresa) g) En el caso de confederaciones 2 x Nro. De Federaciones afiliadas (no más de 20 ni más de 1 por empresa.)
  • 14. Derecho Colectivo del Trabajo Licencia Sindical A falta de CCT Se establecen normalmente en Empleador sólo está obligado a función a una CCT conceder hasta 30 días naturales por año para actos de concurrencia obligatoria. a) Secretario General. b) Secretario Adjunto. c) Secretario de defensa d) Secretario de organización
  • 15. Derecho Colectivo del Trabajo Federaciones y Confederaciones Federaciones Confederaciones 1) Trabajadores de Construcción Civil. 1) CGTP 2) Trabajadores Mineros y Metalúrgicos. 2) CTP 3) Trabajadores Metal Mecánicos. 3) CUT 4) Trabajadores de Hoteles y Restaurantes. 4) CATP 5) Trabajadores de Luz y Fuerza. 5) CNT 6) Trabajadores Municipales (régimen laboral 6) CTRP de la actividad privada) 7) CITE ( sector público)
  • 16. Derecho Colectivo del Trabajo Negociación Colectiva y CCT Derecho constitucional que se expresa en el Negociación Colectiva deber del Estado de fomentarla entre trabajadores y empleadores (STC 0785- 2004-AA/TC) Acuerdo que permite crear, modificar o extinguir derechos y obligaciones referidas a CCT remuneraciones, condiciones de trabajo, productividad y demás aspectos concernientes a las relaciones de trabajo (STC 008-2005-PI/TC
  • 17. Derecho Colectivo del Trabajo Capacidad de Negociación Trabajadores Empleadores Nivel de Empresa Sindicatos y representantes de Organización sindical o conjunto los trabajadores de ellas de la rama o gremio correspondiente Nivel de Rama de Actividad o Empresario o las personas que Organización representativa de gremio él designe los empleadores en la respectiva actividad económica y, de no existir ésta, de los representantes de los empleadores comprendidos
  • 18. Derecho Colectivo del Trabajo Negociación Colectiva - Procedimiento 10 días Pliego Trato Directo Conciliación AAT Si no hay acuerdo Si no hay acuerdo Para estar obligada a negociar la Arbitraje Huelga empresa debe tener por lo menos 1 año de funcionamiento
  • 19. Derecho Colectivo del Trabajo Convención Colectiva de Trabajo Carácter vinculante Para las partes que la adoptaron Personas en cuyo nombre se celebró y quienes les se aplicable Trabajadores que se incorporaron con posterioridad
  • 20. Derecho Colectivo del Trabajo Convención Colectiva de Trabajo a) Modifica de pleno derecho los aspectos de relación laboral sobre los que incide. b) Duración determinada a partir de la presentación del pliego o caducidad de la CCT antrerior. Características c) Duración determinada por la voluntad de las partes d) Su vigencia se mantiene aún si se produce la fusión, traspaso o venta del negocio. e) Formalización ante la AAT
  • 21. Derecho Colectivo del Trabajo Convención Colectiva de Trabajo Empresa Todos los trabajadores de una empresa, categoría, sección o establecimiento determinado de aquella Todos los trabajadores de una misma actividad Rama de Actividad económica, o a parte determinada de ella. Gremio Todos los trabajadores que desempeñe una misma profesión, oficio o especialidad en distintas empresas
  • 22. Derecho Colectivo del Trabajo Convención Colectiva de Trabajo Modifican al contrato de trabajo y Cláusulas Normativas establecen las condiciones de éstos Obligan solamente a las partes Cláusulas Obligacionales contratantes (OS y empleador) Regulan el ámbito y vigencia del CCT. Cláusulas Delimitadoras
  • 23. Derecho Colectivo del Trabajo La Huelga Suspensión colectiva del trabajo acordada mayoritariamente y realizada en forma voluntaria y pacífica por los trabajadores, con abandono del centro de trabajo Derecho Colectivo por No puede haber huelga con 1 sólo excelencia trabajador a) Acción Colectiva de los trabajadores. b) Acción Concertada de los trabajadores. c) Implica una interrupción del trabajo contra la voluntad del empleador.
  • 24. Derecho Colectivo del Trabajo La Huelga a) Finalidad destinada a defender derechos socio-económicos o profesionales. b) Decisión debe ser adoptada en la forma establecida por el Estatuto. Requisitos c) Refrendada por Notario Público o Juez de Paz. d) Ser comunicada al empleador y a la AAT con 5d. De anticipación y 10d. En caso de SPE. e) Que la negociación no haya sido sometida a arbitraje
  • 25. Derecho Colectivo del Trabajo La Huelga a) Suspensión de las labores. (Revisar Art. 62 del DS 011-92-TR) b) Suspensión perfecta del contrato de Efectos de la Huelga trabajo. c) Imposibilidad de retirar del trabajo maquinarias, materias primas, u otros materiales. a) Se lleva a cabo sin autorización. b) Se materializa a través de modalidades irregulares de huelga. c) Por violencia. Huelga Ilegal d) Por no asegurar la prestación de los SPE o poner en peligro la vida de otros trabajadores. e) Por no suspender la medida después de expedido el laudo respectivo
  • 26. Derecho Colectivo del Trabajo La Huelga a) Acuerdo de las partes. b) Decisión de los trabajadores. Fin de la Huelga c) Declaración de ilegalidad. d) Pronunciamiento de la AAT cuando se presenten situaciones de gravedad.