2. NORMAS DE AUDITORÍA GENERALMENTE ACEPTADAS - NAGA
Concepto Las Norma de Auditoría Generalmente Aceptadas (NAGAS)
Son los principios fundamentales de auditoría a los que deben enmarcarse su desempeño los auditores durante el proceso
de la auditoria. El cumplimiento de estas normas garantiza la calidad del trabajo profesional del auditor.
Origen Las NAGAS, tiene su origen en los Boletines (Statement on Auditing Estándar – SAS) emitidos por el Comité de
Auditoría del Instituto Americano de Contadores Públicos de los Estados Unidos de Norteamerica en el año 1948.
1. Las NAGAs en el Perú
En el Perú, fueron aprobados en el mes de octubre de 1968 con motivo del II Congreso de Contadores Públicos, llevado a
cabo en la ciudad de Lima. Posteriormente, se ha ratificado su aplicación en el III Congreso Nacional de Contadores
Públicos, llevado a cabo en el año 1971, en la ciudad de Arequipa. Por lo tanto, estas normas son de observación obligatoria
para los Contadores Públicos que ejercen la auditoría en nuestro país, por cuanto además les servirá como parámetro de
medición de su actuación profesional y para los estudiantes como guías orientadoras de conducta por donde tendrán que
caminar cuando sean profesionales.
3. CLASIFICACIÓN DE LAS NAGAS
En la actualidad las NAGAS, vigente en nuestro país son 10, las mismas que constituyen
los (10) diez mandamientos para el auditor y son:
a. Entrenamiento y capacidad profesional
b. Independencia
c. Cuidado o esmero profesional.
Normas de Ejecución del Trabajo
d. Planeamiento y Supervisión
e. Estudio y Evaluación del Control Interno
f. Evidencia Suficiente y Competente
Normas de Preparación del Informe
g. Aplicación de los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados.
h. Consistencia
i. Revelación Suficiente
j. Opinión del Auditor
4. AUDITORÍA GUBERNAMENTAL
1. Marco Legal de la Auditoría Gubernamental
El marco legal que regula la auditoría gubernamental está constituido por:
– Constitución Política del Estado.
– La Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la
República, Ley Nº 27785.
– Las Normas de Auditoría Gubernamental - NAGU.
– El Manual de Auditoría Gubernamental - MAGU.
– Normas que regulan auditorías específicas.
2.Concepto de Auditoría Gubernamental
El Control Gubernamental como función especializada se realiza a través de “Acciones de
Control” y de “Actividades de Control”.
La Auditoría Gubernamental, es una de las formas en las que se efectúa el control gubernamental, y
está definida como el examen objetivo, sistemático y profesional de las operaciones financieras y/o
administrativas, efectuado con posterioridad a su ejecución, en las entidades sujetas al Sistema
Nacional de Control, elaborando el correspondiente informe.
5. 1. TIPOS DE AUDITORA GUBERNAMENTAL
Los Tipos de Auditora Gubernamental según el Marco Conceptual de las NAGUS son dos:
a) La AUDITORIA FINANCIERA, que a su vez comprende a la auditora de estados financieros
y la auditora de asuntos financieros en particular.
La AUDITORIA DE GESTIÓN, cuyo objetivo es evaluar el grado de economía, eficiencia y
eficacia en el manejo de los recursos públicos
Asimismo, como una combinación de los tipos de auditora gubernamental antes
mencionados, aparece el denominado “EXAMEN ESPECIAL”, que constituye una forma de
auditora que puede comprender o combinar la auditora financiera –de un alcance menor al
requerido para la emisión de un dictamen de acuerdo con normas de auditora generalmente
aceptadas-con la auditora de gestión –destinada, sea en forma genérica o específica, a la
verificación del manejo de los recursos presupuestarios de un periodo dado–, así como al
cumplimiento de los dispositivos legales aplicables.
6. 1. EL PROCESO DE AUDITORÍA GUBERNAMENTAL
El proceso de la auditoría gubernamental comprende las etapas de:
planificación, ejecución y elaboración del informe.
Es importante notar que así como el término “control” es más amplio que
el término “auditoría”, en la medida que como indicamos anteriormente
ésta es una de las formas en que se realiza el control; de igual forma
cuando nos referimos al “proceso de la auditora gubernamental”,
El concepto de proceso integral del control, está definido en la Ley Nº
27785 como “el conjunto de fases del control gubernamental, que
comprende las etapas de Planificación, Ejecución, Elaboración y emisión
del Informe y Medidas Correctivas
7. •LAS NORMAS DE AUDITORÍA GUBERNAMENTAL
Las Normas de Auditoría Gubernamental - NAGU, se encuentran clasificadas en cuatro grupos:
I. Normas Generales.
II. Normas relativas a la Planificación de la Auditoría Gubernamental.
III. Normas relativas a la Ejecución de la Auditoría Gubernamental.
IV. Normas relativas al Informe de Auditoría Gubernamental.
Cada grupo de normas regula una de las etapas de la auditoría gubernamental, a
excepción de las normas del grupo uno, que son aplicables a las etapas de planificación,
ejecución y elaboración del informe.
I. NORMAS GENERALES
a) Los requisitos del auditor gubernamental y de la calidad de su trabajo
Para ser más precisos diríamos que las Normas Generales se distinguen de los otros
grupos de normas, porque están referidas a las cualidades y calificaciones que debe
reunir el auditor para realizar adecuadamente su labor y al especial cuidado que debe
tener respecto de la calidad de su trabajo.
8. b) Entrenamiento Técnico y Capacidad Profesional
El entrenamiento técnico implica no solo la preparación en las técnicas de auditora, sino comprende también la constante actualización profesional y contar con las
habilidades necesarias para garantizar la calidad del trabajo de auditora.
c) Independencia
La independencia que exige la NAGU 1.20 no se circunscribe solamente frente a la entidad auditada sino que como es natural debe considerarse también frente a los
auditados. El auditor gubernamental debe mantener siempre una independencia de criterio, la misma que se va a reflejar en el hecho que sus juicios estén
sustentados en elementos objetivos de los aspectos examinados.
d) Cuidado y Esmero Profesional
Corresponde a la NAGU 1.30 y exige que el auditor durante toda la ejecución de su trabajo actué con el debido cuidado y esmero profesional, a fin de cautelar la
calidad de los procedimientos desarrollados y de los resultados que obtenga.
f) Confidencialidad
La confidencialidad es una exigencia para el auditor gubernamental materia de la NAGU 1.40, que constituye una aplicación al proceso de la auditora gubernamental
del principio del control gubernamental de “la reserva”, recogido en el literal n) del artículo 9º de la Ley Nº 27785, por cuyo mérito se encuentra prohibido que
durante la ejecución del control se revele información que pueda causar daño a la entidad, a su personal o al Sistema.
g) Participación de Profesionales y/o Especialistas
La NAGU 1.50 está referida a la participación en una auditora gubernamental, de los profesionales y/o especialistas que ejercen sus actividades en campos diferentes
a la auditora gubernamental, cuando sus servicios se consideran necesarios para el desarrollo del examen.
h) Control de Calidad
El control de calidad es materia de la NAGU 1.60, que establece que los órganos del Sistema Nacional de Control y las Sociedades de Auditora designadas deben
establecer y mantener un adecuado sistema de control de calidad que permita ofrecer seguridad razonable que la Auditora se ejecuta de conformidad con las Normas
de Auditora Gubernamental, el Manual de Auditora Gubernamental y las Guías de Auditoría.
9. LA ETAPA DE LA PLANIFICACIÓN
La planificación de las acciones de control, se realiza conforme al Plan Nacional de Control, tal como lo señala el artículo
10º de la Ley Nº 27785, el cual integra los planes de cada órgano del Sistema.
Esta primera etapa de la auditoría gubernamental se encuentra regulada en las normas del grupo dos de las NAGU. Este
grupo cuenta con cuatro normas.
La Planificación General
La NAGU 2.10 Planificación General, señala que la Contraloría General y los Órganos conformantes del Sistema Nacional de
Control, planificarán sus actividades de auditoría a través de sus Planes Anuales.
El Planeamiento de la Auditoría
Asimismo, las normas prevén una planificación específica, que se encuentra regulada en la NAGU 2.20 Planeamiento de la
Auditoría, según la cual, el trabajo del auditor debe ser adecuadamente planeado, a fin que permita asegurar una auditora
de calidad.
Los Programas de Auditoría
Los Programas de Auditoría, guían el accionar de los auditores y les permiten obtener evidencia en relación a los objetivos
de la auditora; así como, supervisar y controlar la adecuada ejecución del trabajo. Deben ser preparados para cada auditora,
así como lo suficientemente flexibles a fin de permitir se efectúen las modificaciones que sean necesarias.
El Archivo Permanente
De conformidad con la NAGU 2.40, se debe organizar y mantener actualizado el Archivo Permanente por cada entidad sujeta
a control, en el que se incluya la información básica de la entidad o área a auditar.