SlideShare ist ein Scribd-Unternehmen logo
1 von 6
República Bolivariana de Venezuela 
Universidad Fermín toro 
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas 
Vice – Rectorado Académico 
Escuela de Derecho 
Integrantes: 
Elibeth Perozo 
C.I: 22.322.703 
Barquisimeto-Edo-Lara
La propiedad es el derecho de usar, gozar y disponer de 
las cosas del modo mas absoluto con tal que no haga 
de ellos un uso prohibido la Ley o los reglamentos. 
Toda propiedad, estará sometida a las contribuciones, 
cargas, restricciones y obligaciones que establezca la 
ley con fines de utilidad pública o de interés general. Por 
causa de utilidad pública o interés social, mediante 
sentencia firme y pago oportuno de justa indemnización, 
podrá ser declarada la expropiación de cualquier clase 
de bienes, sin perjuicio de la facultad de los órganos del 
Estado, de ocupar previamente, durante el proceso 
judicial, los bienes objeto de expropiación, conforme a 
los requisitos establecidos en la ley. 
Los derechos reales, que consisten en los 
diferentes beneficios que el hombre puede obtener 
de una cosa, son en número limitado. 
Las legislaciones modernas no han aumentado su 
lista, quedando, sobre poco mas o menos, los 
mismos que habían en derecho romano 
Unos han sido organizados por el derecho civil , y 
los otros han sido admitidos y sancionados por el 
derecho pretoriano. 
-Artículo 545. 
La propiedad es el derecho de usar, gozar y disponer de una 
cosa de manera exclusiva, con las restricciones y obligaciones 
establecidas por la Ley.
Características del Derecho de Propiedad: 
La propiedad es un derecho real; La propiedad es lo 
primordial y fundamental de los Derechos Reales, ya que 
los demás parten de ella. 
La propiedad es un derecho autónomo; Ya que es oponible 
(erga omnes) los demás están obligado a respetar el 
dominio del propietario. 
El derecho de propiedad es perpetuo; la propiedad no se 
extingue, no tiene limitación temporal, es un derecho 
perpetuo. 
Es un derecho exclusivo; La propiedad es exclusiva 
porque solo le concede al propietario la facultad de usar, 
gozar y disponer un bien con exclusión de los demás. 
Es un derecho inviolable; Lo garantiza la Constitución 
cuando dice que; el derecho de propiedad es inviolable, el 
estado la garantiza, se ejerce en armonía del bien común y 
dentro de los limites de la ley. 
Es un derecho elástico; La propiedad es pura y se 
encuentra al margen de toda carga o gravamen, sin 
alterarse su unidad esencial. 
Es un derecho autónomo; No depende de ningún otro 
derecho, es un derecho principal e independiente. 
El contenido del Derecho de Propiedad está 
determinado por las facultades del propietario 
(artículo 129 CC). Facultad de usar, disfrutar, 
tanto de la cosa como de los frutos de la 
misma y disponer de la cosa. Es inherente a la 
propiedad la facultad de poseer y 
aprovecharse del objeto sobre el cual recae, 
así como disponer de él y excluir a terceros de 
su disfrute y posesión. También hace suyo el 
propietario todo lo que el bien produce y lo que 
se le une natural o artificialmente.
De tal manera podemos decir que lo 
elementos de la propiedad son: 
-IUS FRUENDI . Significa el derecho 
de disfrutar. 
-IUS UTENDI. Significa derecho de 
usar. 
- IUS DISPONENDI.-Derecho de 
disponer. 
-IUSABUTEBDI-Derecho de abusar. 
La ocupación, Es un modo de adquirir el 
dominio de las cosas que no pertenecen a 
nadie, mediante la aprehensión material de 
ellas, acompañada de la intención de 
adquirirlas, supuesto que la adquisición de 
esas cosas no esté prohibida por las leyes 
patrias ni por el derecho internacional.
Para que tenga lugar la ocupación es necesario los siguientes requisitos. 
Que se trate de cosas que no pertenecen a nadie, ósea de las que los romanos llamaban res 
nullius. Este requisito es la esencia de la ocupación porque, como ya es mencionado solo 
pueden adquirirse por ocupación. 
La adquisición de las cosas no debe estar prohibida por el derecho internacional: el derecho 
internacional prohíbe el pillaje, o sea, la apropiación individual que hace, no el estado 
enemigo, si no un soldado o un particular de los bienes de propiedad privada. 
En la legislación chilena los animales que pueden ser adquiridos por la caza o por la pesca, 
no pueden ser adquiridos en la época en que las leyes u ordenanzas respectivas prohíban la 
caza o pesca de determinadas especies. 
Que haya aprensión material y animo o intención de adquirir el minio de cosa. 
La aprehensión puede ser real presunta: Es real, cuando efectivamente el individuo toma la 
cosa; es presunta, cuando a pesar de no haber aprehensión material, el individuo ejecuta 
actos que ponen de manifiesto su intención de adquirir la cosa. 
-Código Civil 
ART. 685. Por la ocupación se adquiere el dominio de las cosas 
que no pertenecen a nadie, y cuya adquisición no es prohibida 
por las leyes o por el derecho internacional.
En base a lo dispuesto en el artículo 353 del Código Civil, la 
doctrina suele definir la accesión como el derecho que 
corresponde al propietario para hacer suyo lo que la cosa de que 
es dueño, produce o se le une o incorpora natural o 
artificialmente. 
De este concepto se derivan dos clases: 
Accesión por producción o discreta y Accesión por unión o 
continua; esta última a su vez, puede ser, en función de la cosa, 
mobiliaria e inmobiliaria, y también natural e industrial o artificial, 
según el motivo que la causa.

Weitere ähnliche Inhalte

Was ist angesagt?

Propiedad Privada
Propiedad Privada    Propiedad Privada
Propiedad Privada
valentina
 
Derechos reales y las cosas ( derecho romano)
Derechos reales y las cosas ( derecho romano)Derechos reales y las cosas ( derecho romano)
Derechos reales y las cosas ( derecho romano)
Elizabeth Tello García
 
Sistemas de Transferencia de Propiedad
Sistemas de Transferencia de PropiedadSistemas de Transferencia de Propiedad
Sistemas de Transferencia de Propiedad
Kely Idrogo Estela
 
El derecho de dominio o propiedad,
El derecho de dominio o propiedad,El derecho de dominio o propiedad,
El derecho de dominio o propiedad,
Elmer
 

Was ist angesagt? (20)

DERECHO CIVIL BIENES Y DERECHOS REALES
DERECHO CIVIL BIENES Y DERECHOS REALES DERECHO CIVIL BIENES Y DERECHOS REALES
DERECHO CIVIL BIENES Y DERECHOS REALES
 
Propiedad mapa conceptual
Propiedad mapa conceptualPropiedad mapa conceptual
Propiedad mapa conceptual
 
Propiedad
PropiedadPropiedad
Propiedad
 
Propìedad, ocupación y accesión. MAPA CONCEPTUAL
Propìedad, ocupación y accesión. MAPA CONCEPTUALPropìedad, ocupación y accesión. MAPA CONCEPTUAL
Propìedad, ocupación y accesión. MAPA CONCEPTUAL
 
LA PROPIEDAD
LA PROPIEDADLA PROPIEDAD
LA PROPIEDAD
 
La propiedad, la ocupacion, la accesion
La propiedad, la ocupacion, la accesionLa propiedad, la ocupacion, la accesion
La propiedad, la ocupacion, la accesion
 
Mapa conceptual de derecho civil
Mapa conceptual de derecho civilMapa conceptual de derecho civil
Mapa conceptual de derecho civil
 
Mapa conceptual de la propiedad en venezuela
Mapa conceptual de la propiedad en venezuelaMapa conceptual de la propiedad en venezuela
Mapa conceptual de la propiedad en venezuela
 
La propiedad como derecho constitucional
La propiedad como derecho constitucionalLa propiedad como derecho constitucional
La propiedad como derecho constitucional
 
Propiedad Privada
Propiedad Privada    Propiedad Privada
Propiedad Privada
 
Modos de adquirir la propiedad.
Modos de adquirir la propiedad.Modos de adquirir la propiedad.
Modos de adquirir la propiedad.
 
Mapa conceptual derecho civil
Mapa conceptual derecho civilMapa conceptual derecho civil
Mapa conceptual derecho civil
 
power point PROPIEDAD
power point PROPIEDADpower point PROPIEDAD
power point PROPIEDAD
 
La propiedad
La propiedadLa propiedad
La propiedad
 
Derechos reales y las cosas ( derecho romano)
Derechos reales y las cosas ( derecho romano)Derechos reales y las cosas ( derecho romano)
Derechos reales y las cosas ( derecho romano)
 
Slideshare derecho romano
Slideshare derecho romanoSlideshare derecho romano
Slideshare derecho romano
 
La propiedad y sus modos de adquisición
La propiedad y sus modos de adquisiciónLa propiedad y sus modos de adquisición
La propiedad y sus modos de adquisición
 
Mapa conceptual de derecho civil
Mapa conceptual de derecho civilMapa conceptual de derecho civil
Mapa conceptual de derecho civil
 
Sistemas de Transferencia de Propiedad
Sistemas de Transferencia de PropiedadSistemas de Transferencia de Propiedad
Sistemas de Transferencia de Propiedad
 
El derecho de dominio o propiedad,
El derecho de dominio o propiedad,El derecho de dominio o propiedad,
El derecho de dominio o propiedad,
 

Ähnlich wie Presentación1.pptx elibeth acosta

Derecho romano d. reales propiedad, de las cosas
Derecho romano   d. reales propiedad, de las cosasDerecho romano   d. reales propiedad, de las cosas
Derecho romano d. reales propiedad, de las cosas
Julio Rene Dueñas Ramirez
 
La propiedad, la ocupación y accesión
La propiedad, la ocupación y accesiónLa propiedad, la ocupación y accesión
La propiedad, la ocupación y accesión
alejandrahern41
 

Ähnlich wie Presentación1.pptx elibeth acosta (20)

La propiedad
La propiedadLa propiedad
La propiedad
 
La Propiedad
La PropiedadLa Propiedad
La Propiedad
 
DerechosReales.pptx
DerechosReales.pptxDerechosReales.pptx
DerechosReales.pptx
 
DERECHOS REALES CAPITULO XIV.ppt
DERECHOS REALES CAPITULO XIV.pptDERECHOS REALES CAPITULO XIV.ppt
DERECHOS REALES CAPITULO XIV.ppt
 
La propiedad
La propiedadLa propiedad
La propiedad
 
Kissy perez
Kissy perezKissy perez
Kissy perez
 
La propiedad, la ocupación y accesión
La propiedad, la ocupación y accesiónLa propiedad, la ocupación y accesión
La propiedad, la ocupación y accesión
 
Ultima evaluacion bienes
Ultima evaluacion bienesUltima evaluacion bienes
Ultima evaluacion bienes
 
La propiedad por Maria Arbujas
La propiedad por Maria ArbujasLa propiedad por Maria Arbujas
La propiedad por Maria Arbujas
 
La propiedad
La propiedadLa propiedad
La propiedad
 
Derecho romano d. reales propiedad, de las cosas
Derecho romano   d. reales propiedad, de las cosasDerecho romano   d. reales propiedad, de las cosas
Derecho romano d. reales propiedad, de las cosas
 
La propiedad, la ocupación y accesión
La propiedad, la ocupación y accesiónLa propiedad, la ocupación y accesión
La propiedad, la ocupación y accesión
 
La propiedad derecho civil
La propiedad derecho civilLa propiedad derecho civil
La propiedad derecho civil
 
Propiedad, accesion, ocupacion
Propiedad, accesion, ocupacionPropiedad, accesion, ocupacion
Propiedad, accesion, ocupacion
 
La propiedad, Ocupacion y Accesion
La propiedad, Ocupacion y Accesion La propiedad, Ocupacion y Accesion
La propiedad, Ocupacion y Accesion
 
La propiedad Derecho Civil
La propiedad Derecho CivilLa propiedad Derecho Civil
La propiedad Derecho Civil
 
Bienes doc 2
Bienes doc 2Bienes doc 2
Bienes doc 2
 
La propiedad por Maria Arbujas
La propiedad por Maria ArbujasLa propiedad por Maria Arbujas
La propiedad por Maria Arbujas
 
La propiedad
La propiedadLa propiedad
La propiedad
 
Derecho real
Derecho realDerecho real
Derecho real
 

Kürzlich hochgeladen

Antenas, tipos de antenas, diseño basico de una antena y parámetros.pdf
Antenas, tipos de antenas, diseño basico de una antena y parámetros.pdfAntenas, tipos de antenas, diseño basico de una antena y parámetros.pdf
Antenas, tipos de antenas, diseño basico de una antena y parámetros.pdf
perezreyesalberto10
 

Kürzlich hochgeladen (6)

Antenas, tipos de antenas, diseño basico de una antena y parámetros.pdf
Antenas, tipos de antenas, diseño basico de una antena y parámetros.pdfAntenas, tipos de antenas, diseño basico de una antena y parámetros.pdf
Antenas, tipos de antenas, diseño basico de una antena y parámetros.pdf
 
Corte de luz 2024 Guayaquil Guayas ecuad
Corte de luz 2024 Guayaquil Guayas ecuadCorte de luz 2024 Guayaquil Guayas ecuad
Corte de luz 2024 Guayaquil Guayas ecuad
 
Emprende en SPA Segundo día CENEC Mexico
Emprende en SPA Segundo día CENEC MexicoEmprende en SPA Segundo día CENEC Mexico
Emprende en SPA Segundo día CENEC Mexico
 
Biología Células Musculares presentación
Biología Células Musculares presentaciónBiología Células Musculares presentación
Biología Células Musculares presentación
 
Presentacion Seguridad y Privacidad en la Web
Presentacion Seguridad y Privacidad en la WebPresentacion Seguridad y Privacidad en la Web
Presentacion Seguridad y Privacidad en la Web
 
¡Descubre el Poder del Masaje Holístico en nuestra Primera Sesión del Seminar...
¡Descubre el Poder del Masaje Holístico en nuestra Primera Sesión del Seminar...¡Descubre el Poder del Masaje Holístico en nuestra Primera Sesión del Seminar...
¡Descubre el Poder del Masaje Holístico en nuestra Primera Sesión del Seminar...
 

Presentación1.pptx elibeth acosta

  • 1. República Bolivariana de Venezuela Universidad Fermín toro Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas Vice – Rectorado Académico Escuela de Derecho Integrantes: Elibeth Perozo C.I: 22.322.703 Barquisimeto-Edo-Lara
  • 2. La propiedad es el derecho de usar, gozar y disponer de las cosas del modo mas absoluto con tal que no haga de ellos un uso prohibido la Ley o los reglamentos. Toda propiedad, estará sometida a las contribuciones, cargas, restricciones y obligaciones que establezca la ley con fines de utilidad pública o de interés general. Por causa de utilidad pública o interés social, mediante sentencia firme y pago oportuno de justa indemnización, podrá ser declarada la expropiación de cualquier clase de bienes, sin perjuicio de la facultad de los órganos del Estado, de ocupar previamente, durante el proceso judicial, los bienes objeto de expropiación, conforme a los requisitos establecidos en la ley. Los derechos reales, que consisten en los diferentes beneficios que el hombre puede obtener de una cosa, son en número limitado. Las legislaciones modernas no han aumentado su lista, quedando, sobre poco mas o menos, los mismos que habían en derecho romano Unos han sido organizados por el derecho civil , y los otros han sido admitidos y sancionados por el derecho pretoriano. -Artículo 545. La propiedad es el derecho de usar, gozar y disponer de una cosa de manera exclusiva, con las restricciones y obligaciones establecidas por la Ley.
  • 3. Características del Derecho de Propiedad: La propiedad es un derecho real; La propiedad es lo primordial y fundamental de los Derechos Reales, ya que los demás parten de ella. La propiedad es un derecho autónomo; Ya que es oponible (erga omnes) los demás están obligado a respetar el dominio del propietario. El derecho de propiedad es perpetuo; la propiedad no se extingue, no tiene limitación temporal, es un derecho perpetuo. Es un derecho exclusivo; La propiedad es exclusiva porque solo le concede al propietario la facultad de usar, gozar y disponer un bien con exclusión de los demás. Es un derecho inviolable; Lo garantiza la Constitución cuando dice que; el derecho de propiedad es inviolable, el estado la garantiza, se ejerce en armonía del bien común y dentro de los limites de la ley. Es un derecho elástico; La propiedad es pura y se encuentra al margen de toda carga o gravamen, sin alterarse su unidad esencial. Es un derecho autónomo; No depende de ningún otro derecho, es un derecho principal e independiente. El contenido del Derecho de Propiedad está determinado por las facultades del propietario (artículo 129 CC). Facultad de usar, disfrutar, tanto de la cosa como de los frutos de la misma y disponer de la cosa. Es inherente a la propiedad la facultad de poseer y aprovecharse del objeto sobre el cual recae, así como disponer de él y excluir a terceros de su disfrute y posesión. También hace suyo el propietario todo lo que el bien produce y lo que se le une natural o artificialmente.
  • 4. De tal manera podemos decir que lo elementos de la propiedad son: -IUS FRUENDI . Significa el derecho de disfrutar. -IUS UTENDI. Significa derecho de usar. - IUS DISPONENDI.-Derecho de disponer. -IUSABUTEBDI-Derecho de abusar. La ocupación, Es un modo de adquirir el dominio de las cosas que no pertenecen a nadie, mediante la aprehensión material de ellas, acompañada de la intención de adquirirlas, supuesto que la adquisición de esas cosas no esté prohibida por las leyes patrias ni por el derecho internacional.
  • 5. Para que tenga lugar la ocupación es necesario los siguientes requisitos. Que se trate de cosas que no pertenecen a nadie, ósea de las que los romanos llamaban res nullius. Este requisito es la esencia de la ocupación porque, como ya es mencionado solo pueden adquirirse por ocupación. La adquisición de las cosas no debe estar prohibida por el derecho internacional: el derecho internacional prohíbe el pillaje, o sea, la apropiación individual que hace, no el estado enemigo, si no un soldado o un particular de los bienes de propiedad privada. En la legislación chilena los animales que pueden ser adquiridos por la caza o por la pesca, no pueden ser adquiridos en la época en que las leyes u ordenanzas respectivas prohíban la caza o pesca de determinadas especies. Que haya aprensión material y animo o intención de adquirir el minio de cosa. La aprehensión puede ser real presunta: Es real, cuando efectivamente el individuo toma la cosa; es presunta, cuando a pesar de no haber aprehensión material, el individuo ejecuta actos que ponen de manifiesto su intención de adquirir la cosa. -Código Civil ART. 685. Por la ocupación se adquiere el dominio de las cosas que no pertenecen a nadie, y cuya adquisición no es prohibida por las leyes o por el derecho internacional.
  • 6. En base a lo dispuesto en el artículo 353 del Código Civil, la doctrina suele definir la accesión como el derecho que corresponde al propietario para hacer suyo lo que la cosa de que es dueño, produce o se le une o incorpora natural o artificialmente. De este concepto se derivan dos clases: Accesión por producción o discreta y Accesión por unión o continua; esta última a su vez, puede ser, en función de la cosa, mobiliaria e inmobiliaria, y también natural e industrial o artificial, según el motivo que la causa.