La Junta Central de Contadores es el Tribunal Disciplinario de la Contaduría Pública en Colombia y organismo de inspección y vigilancia de la misma, sus orígenes se remontan a 1956.
resultado de los esfuerzos mancomunados de los diversos entes sociales interesados en el proyecto de profesionalización de la contaduría pública en Colombia
3. RESEÑA
La Junta Central de Contadores es el
Tribunal Disciplinario de la Contaduría
Pública en Colombia y organismo de
inspección y vigilancia de la misma, sus
orígenes se remontan a 1956 cuando,
como resultado de los esfuerzos
mancomunados de los diversos entes
sociales interesados en el proyecto de
profesionalización de la contaduría
pública en Colombia
4. NATURALEZA
La Junta Central de Contadores es una
Unidad Administrativa Especial con
personería jurídica, adscrita al Ministerio de
Comercio, Industria y Turismo, que en virtud
de la Ley 1314 de 2009 continuará
actuando como tribunal disciplinario y
órgano de registro de la profesión contable,
incluyendo dentro del ámbito de su
competencia a los Contadores Públicos y a
las demás entidades que presten sus
servicios al público en general propios de la
ciencia contable como profesión liberal.
5. OBJETIVO
El objetivo primordial dentro del marco
de su competencia es formular,
adoptar, dirigir y coordinar las políticas
generales en materia de desarrollo
económico y social del país,
relacionadas con la competitividad,
integración y desarrollo de los
sectores productivos de la industria
6. INTEGRANTES JUNTA
CENTRAL DE CONTADORES
Según el Decreto 1259 y la Ley 298 de
1996, se integra por once(11)
miembros, cuatro(4) en representación
de los contadores públicos, de las
asociaciones de universidades y de las
facultades de contaduría pública, y,
siete(7) en representación de algunos
organismos del Estado.
7. INTEGRANTES JUNTA CENTRAL DE CONTADORES (II)
A saber:
Ministerio de Educación Nacional,
Superintendencia de Valores,
Superintendencia de Sociedades,
Superintendencia Bancaria,
Superintendencia Nacional de Salud,
Dirección de Impuestos y Aduanas
Nacionales y Contaduría General de
la Nación.
8. TRIBUNAL DISCIPLINARIO
De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 9 de la Ley 1314 de 2009,
podrá solicitar documentos, practicar
inspecciones, obtener declaraciones y
testimonios, así como aplicar
sanciones personales o institucionales
a quienes hayan violado las normas
aplicables.
9. MISION
La Unidad Administrativa Especial Junta
Central de Contadores es el organismo
rector de la profesión de la Contaduría
Pública responsable del registro,
inspección y vigilancia de los
Contadores Públicos y de las personas
jurídicas prestadoras de servicios
contables, actuando como Tribunal
Disciplinario para garantizar el correcto
ejercicio de la profesión contable y la
ética profesional.
10. VISION
Para el 2018 la Unidad Administrativa
Especial Junta Central de Contadores
será reconocida como la autoridad
disciplinaria de la profesión contable,
contando con talento
humano competente, infraestructura y
tecnología adecuada para la prestación
de sus servicios con óptimos estándares
de calidad y cobertura nacional.
11. OBJETIVOS:
Estratégicos
Verificar la veracidad de la documentación
presentada por el usuario.
Efectuar el registro de las personas
naturales y personas jurídicas prestadoras
de servicios contables y otorgar la tarjeta
profesional.
Garantizar que la contaduría pública solo
sea ejercida por Contadores Públicos
debidamente
registrados, de conformidad con las normas
legales, sancionando en los términos de ley
a quien viole tales disposiciones.
12. OBJETIVOS DE CALIDAD
Proteger la profesión de la Contaduría
Pública a través de la lucha contra la
corrupción.
Reducir el tiempo de respuesta en el
servicio de registro y en los procesos
disciplinarios.
Garantizar procesos disciplinarios
imparciales, justos y transparentes de
conformidad con los derechos
constitucionales en especial el debido
proceso y demás derechos civiles.
Desarrollar los objetivos y obligaciones
misionales como los de apoyo funcional con
personal idóneo plenamente
comprometido con la responsabilidad social
13. POLÍTICA DE CALIDAD:
La Unidad Administrativa Especial Central de
Contadores está comprometida con la
Sociedad Colombiana en garantizar que
quienes ejercen la profesión contable, lo
hagan con fundamento en el código ético así
como en los principios y valores sociales que
rigen la profesión, en protección del bien
común.
Nuestra prioridad es el usuario, sus
requerimientos y su satisfacción, por lo cual
nuestro compromiso es trabajar en equipo,
para ofrecer un servicio eficiente,
transparente, fortaleciendo el Sistema
Integrado de Gestión en cumplimiento de las
metas del Gobierno Nacional y de la entidad
en su conjunto.
15. LAS SANCIONES.
La Junta Central de Contadores podrá
imponer las siguientes sanciones:
Amonestaciones en el caso de fallas
leves.
Multas sucesivas hasta de cinco salarios
mínimos cada una.
Suspensión de la inscripción.
Cancelación de la inscripción.
16. EXPEDICION DE LA TARJETA
PROFESIONAL
El decreto 1235 del 15 de mayo de
1991; determina los parámetros
para la expedición de la tarjeta
profesional de Contador Público
por parte de la Junta Central de
Contadores y establece que los
Contadores Públicos a quienes se
les expida la Tarjeta Profesional,
podrán ejercer la profesión
mientras tengan vigente la
inscripción correspondiente.
17. CONCLUSION
la Junta Central de Contadores tiene como
propósitos especiales resaltar la importancia
de la fe pública para fomentar la confianza
pública de los usuarios de los servicios
profesionales de la contaduría pública, a
través de la investigación de las conductas
que puedan vulnerar el ordenamiento ético,
aplicando las sanciones disciplinarias a que
haya lugar. Así mismo, contribuye al
desarrollo de la ciencia contable y a su
ejercicio transparente y óptimo dentro de los
principios del bien común.