1. Mexico, Df a 16 de Febrero 2012
INFORMACIÓN A LA POBLACIÓN RELIGIOSA
SEGUNDO CONCILIO DE LA SOCIEDAD YORUBA 2012
Recientemente tuvo lugar el segundo concilio de la sociedad Yoruba EgbeIfaOrisa de
México con la participación de más de 60 babalawos y presidido por la directiva de la
organización que encabeza el Oluwo Leonel Gámez, Céspedes Ose niwo.
Como en cada sesión, fue presentada y aprobada por la organización la integración de
nuevos Babalawos.
PUEDEN LOS ESPOSOS VENERAR AL ORI DE SU ESPOSA?
PUEDEN LOS HIJOS VENERAR AL ORI DE SUS PADRES?
El concilio discutió dos documentos presentados por el Oluwo Ose niwo en los que se
reflexionan sobre la posibilidad de venerar al ORI en los dos casos arriba enunciados.
El concilio conceptualizó, de acuerdo al oduOtura Se, la posibilidad de que los esposos
puedan venerar al ORI de sus conyugues, siempre y cuando no se utilice este ritual
para pedir beneficios a favor de quien ejecuta el ritual y no de quien lo recibe,
apelando incorrectamente a mañas para dominar la voluntad del otro. Se recordó que
en la tradición occidental por razones claras se fue creando la regla de que quien “toca
como esposo/a no debe tocar como religioso”, precisamente por haber personas no
muy éticas que pueden utilizar este momento en su beneficio. En cambio, si la persona
actúa con el corazón limpio y honestidad él puede cumplir con este rito, lo cual será
agradecido por el ORI de la esposa o el esposo. En cambio, si actúa de manera
diferente será rechazado por el ORI engañado.
De igual forma se ejemplificaron los odu de ifá que justifican que un hijo puede
venerar al Orí de sus padres o un menor al de sus mayores. Se demostró que si a una
persona se le indica venerar a los Egun familiares o mayores, él está venerando de
2. hecho al ORI de sus ancestros, lo que sería igual que hacerlo en vida. Por su puesto,
en el caso de un menor a un mayor se aclara que dependiendo de qué tan peligroso
pueda ser el odu de su mayor para que él pueda o no realizar la veneración al ORI de
los mayores por vía paternal o espiritual.
El concilio aclaró que no se trata de cambiar las tradiciones con estas reflexiones, si no
de dar a conocer los márgenes de factibilidad que pueden darse en estos casos.
REGLAMENTO QUE PRESERVA LA ETICA Y MORALIDAD DE LOS MIEMBROS DE LA
SOCIEDAD YORUBA.
Los babalawos deben abstenerse de “proponer relaciones sexuales con motivos
religiosos a las personas que atiende, verse involucrado en comentarios sediciosos,
hacer ceremonias para que las que no estén preparados o utilizar el nombre de la
sociedad para fines personales” señala el reglamento interno discutido en el concilio,
quien establece sanciones ejemplarizantes para los que cometan estos actos que
manchan la imagen de los sacerdotes de Ifa y Orisa.
El reglamento, así como, los estatutos de la sociedad establecen que el babalawo debe
favorecer a la comunidad y ser ejemplo en todos los órdenes de la vida. Quien no
actúe así debe considerarse un individuo alejado de los principios de la religión Yoruba.
En su próxima reunión la Sociedad Yoruba creará el comité de honor y ética para velar
por el cumplimiento de estos principios por sus integrantes e investigar cualquier
denuncia hacia algunos de sus miembros.
NUEVO SECRETARIO GENERAL
El pleno del concilió acordó elegir como nuevo Secretario General al awo Juan Carlos
Rios, “OturaOriko” para ocupar este cargo tomando en cuenta sus aportación a la
organización y la seriedad del mismo. Sustituye al anterior directivo, Alberto Núñez
“IreteNjero”, quien es relevado por razones personales.
De igual forma el pleno del concilio eligió como nuevo Secretario de Proyecto Social
awo Francisco Cisneros, “Ejiogbe”, quien se seleccionó para el cargo que ocupaba Juan
Carlos Ríos. Esta secretaría es la encargada de desarrollar el crecimiento masivo
controlado de la organización
A nombre de la Sociedad Yoruba y de su Presidente Leonel Gámez
Nelson Freires
OluwoOgundaBede
Vicepresidente