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LA
ORGANIZACIÓN
DEL ESTADO


     PABLO GARCÍA PRIETO 3ºD
1. LOS ESTADOS DEMOCRÁTICOS.
      -El poder político pertenece al pueblo. Se ofrecen los cargos
políticos en SOBERANÍA NACIONAL.
-Todos los ciudadanos se someten a una ley fundamental o
constitución de derecho.
Las democracias en la actualidad:

                   LAS DEMOCRACIAS ACTUALES

El poder se        ~Poder legislativo. Elabora las leyes, y las cámaras
divide en tres     legislativas las ejercen.
                   ~Poder ejecutivo. Aplica las leyes y decisiones políticas. Lo
                   ejerce el gobierno.
                   ~Poder judicial. Juzga y resuelve conflictos con la ley.
                   Jueces y magistrados.

Derechos           ~Eligen a sus representantes.
políticos de los   ~Tienen el derecho al voto.
ciudadanos         ~Pueden crear libremente partidos políticos.
TIPOS DE SISTEMAS
DEMOCRÁTICOS.
-Democracia presidencialista. Con un presidente (jefe de estado)
elegido en las elecciones que ejerce el poder político.
-Democracia parlamentaria. La ejerce los ministros del gobierno al
mando del presidente. El gobierno es elegido en las elecciones
legislativas.


*Dictaduras y regímenes totalitarios. La dictadura es una forma de
gobierno en la que una persona ejerce todos los poderes.
En el régimen totalitario, un partido político es el que gobierna e
impida que otros accedan al poder.
2.LA ORGANIZACIÓN
   POLÍTICA DE ESPAÑA.
El sistema político de España está regulado por la Constitución
española aprobado el 6 de diciembre de 1978, que incluye los
principios básicos del Estado español:
-España es un Estado democrático.
-la forma política es la monarquía parlamentaria: el rey ejerce la
máxima autoridad del Estado.
-El sistema de gobierno se fundamenta en la división de poderes.
LAS CORTES
GENERALES.
Elegida por los ciudadanos cada 4 años (en las elecciones
generales); son las cámaras legislativas y se dividen dos:
-El congreso de los diputados. Donde se aprueban las leyes y los
presupuestos generales del Estado.
-El senado. En ella se proponen, revisan y votan los proyectos de
ley.
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS                  SENADO
EL GOBIERNO
Ejerce el poder ejecutivo y está formado por su presidente y
los ministros. Aplica las leyes y dirige la política interior y
exterior, la Administración del Estado y el ejército, además
de proponer leyes a las Cortes generales y aprobar decretos
leyes.

LOS TRIBUNALES DE
JUSTICIA.
Formados por jueces y magistrados que ejercen el poder
judicial. El órgano superior es el tribunal supremo. Los
jueces dependen del consejo general del poder judicial
(CPGJ).
LOS DERECHOS Y
 LIBERTADES
 FUNDAMENTALES.
La constitución española recoge los derechos y libertades de los
ciudadanos. Estos pueden ser personas con derechos
fundamentales, cívico-políticos y socioeconómicos.
El Tribunal Constitucional es el encargado de juzgar si las leyes y
otras normas están de acuerdo con la Constitución Española.
Y también se encarga de vigilar si se respetan los derechos y
libertades fundamentales de los ciudadanos.
*La primera Constitución español a fue La Pepa aprobada en 1812
3.LA ORGANIZACIÓN DE
LAS COMUNIDADES
AUTÓNOMAS.
Cada una de las diecisiete comunidades autónomas de España
cuenta con su estatuto de autonomía , que regula sus
instituciones y su organización política y administrativa. Ceuta y
Melilla disponen de instituciones propias pero no pueden aprobar
leyes, aunque sí exponer sus iniciativas legales ante las Cortes.


CONTENIDOS DE LOS ESTATUTOS DE AUTONOMÍA:
-La denominación de la Comunidad.
-La organización política y administrativa.
~El Parlamento autonómico ejerce el poder legislativo.
~El Consejo de Gobierno ejerce el poder ejecutivo.
~El tribunal superior de justicia, órgano judicial en el territorio de
la Comunidad autónoma.
Las competencias asumidas por las comunidades autónomas
pueden ser de dos tipos:
-Las establecidas en el artículo 148 de la CONSTITUCIÓN.
-Las que el Estado otorga o transfiere.

LA FINALIZACIÓN DE LAS
COMUNIDADES AUTÓNOMAS.
HAY 2 TIPOS :
-Régimen foral. se financia con los impuestos recaudados a través
de las propias instituciones en su territorio. De estos impuestos la
comunidad abona un cupo al Estado en concepto de
compensación por los servicios recibidos.
.Régimen común. Es el existente en el resto de las comunidades
autónomas. Los ingresos proceden de los impuestos recaudados
en la comunidad autónoma, de otros cedidos por el Estado o
percibidos para financiar servicios como la educación o la
sanidad.
PROVINCIAS Y
MUNICIPIOS.
Las provincias son entidades territoriales
establecidas por el Estado que agrupan a
varios municipios. Su Gobierno y
administración corren a cargo de las
diputaciones provinciales, formadas por
diputados elegidos por los ayuntamientos.
Su función es gestionar y coordinar
servicios comunes de los municipios que
la forman.
Los municipios Son las entidades básicas
de la organización territorial en España. El
ámbito geográfico de cada
municipio, denominado término
municipal, es de extensión variable y está
gobernado por el Ayuntamiento que presta
a los ciudadanos diversos servicios:
alumbrado público, recogida de
basura, etc.

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  • 1. LA ORGANIZACIÓN DEL ESTADO PABLO GARCÍA PRIETO 3ºD
  • 2. 1. LOS ESTADOS DEMOCRÁTICOS. -El poder político pertenece al pueblo. Se ofrecen los cargos políticos en SOBERANÍA NACIONAL. -Todos los ciudadanos se someten a una ley fundamental o constitución de derecho. Las democracias en la actualidad: LAS DEMOCRACIAS ACTUALES El poder se ~Poder legislativo. Elabora las leyes, y las cámaras divide en tres legislativas las ejercen. ~Poder ejecutivo. Aplica las leyes y decisiones políticas. Lo ejerce el gobierno. ~Poder judicial. Juzga y resuelve conflictos con la ley. Jueces y magistrados. Derechos ~Eligen a sus representantes. políticos de los ~Tienen el derecho al voto. ciudadanos ~Pueden crear libremente partidos políticos.
  • 3. TIPOS DE SISTEMAS DEMOCRÁTICOS. -Democracia presidencialista. Con un presidente (jefe de estado) elegido en las elecciones que ejerce el poder político. -Democracia parlamentaria. La ejerce los ministros del gobierno al mando del presidente. El gobierno es elegido en las elecciones legislativas. *Dictaduras y regímenes totalitarios. La dictadura es una forma de gobierno en la que una persona ejerce todos los poderes. En el régimen totalitario, un partido político es el que gobierna e impida que otros accedan al poder.
  • 4. 2.LA ORGANIZACIÓN POLÍTICA DE ESPAÑA. El sistema político de España está regulado por la Constitución española aprobado el 6 de diciembre de 1978, que incluye los principios básicos del Estado español: -España es un Estado democrático. -la forma política es la monarquía parlamentaria: el rey ejerce la máxima autoridad del Estado. -El sistema de gobierno se fundamenta en la división de poderes.
  • 5. LAS CORTES GENERALES. Elegida por los ciudadanos cada 4 años (en las elecciones generales); son las cámaras legislativas y se dividen dos: -El congreso de los diputados. Donde se aprueban las leyes y los presupuestos generales del Estado. -El senado. En ella se proponen, revisan y votan los proyectos de ley. CONGRESO DE LOS DIPUTADOS SENADO
  • 6. EL GOBIERNO Ejerce el poder ejecutivo y está formado por su presidente y los ministros. Aplica las leyes y dirige la política interior y exterior, la Administración del Estado y el ejército, además de proponer leyes a las Cortes generales y aprobar decretos leyes. LOS TRIBUNALES DE JUSTICIA. Formados por jueces y magistrados que ejercen el poder judicial. El órgano superior es el tribunal supremo. Los jueces dependen del consejo general del poder judicial (CPGJ).
  • 7. LOS DERECHOS Y LIBERTADES FUNDAMENTALES. La constitución española recoge los derechos y libertades de los ciudadanos. Estos pueden ser personas con derechos fundamentales, cívico-políticos y socioeconómicos. El Tribunal Constitucional es el encargado de juzgar si las leyes y otras normas están de acuerdo con la Constitución Española. Y también se encarga de vigilar si se respetan los derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos. *La primera Constitución español a fue La Pepa aprobada en 1812
  • 8. 3.LA ORGANIZACIÓN DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS. Cada una de las diecisiete comunidades autónomas de España cuenta con su estatuto de autonomía , que regula sus instituciones y su organización política y administrativa. Ceuta y Melilla disponen de instituciones propias pero no pueden aprobar leyes, aunque sí exponer sus iniciativas legales ante las Cortes. CONTENIDOS DE LOS ESTATUTOS DE AUTONOMÍA: -La denominación de la Comunidad. -La organización política y administrativa. ~El Parlamento autonómico ejerce el poder legislativo. ~El Consejo de Gobierno ejerce el poder ejecutivo. ~El tribunal superior de justicia, órgano judicial en el territorio de la Comunidad autónoma.
  • 9. Las competencias asumidas por las comunidades autónomas pueden ser de dos tipos: -Las establecidas en el artículo 148 de la CONSTITUCIÓN. -Las que el Estado otorga o transfiere. LA FINALIZACIÓN DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS. HAY 2 TIPOS : -Régimen foral. se financia con los impuestos recaudados a través de las propias instituciones en su territorio. De estos impuestos la comunidad abona un cupo al Estado en concepto de compensación por los servicios recibidos. .Régimen común. Es el existente en el resto de las comunidades autónomas. Los ingresos proceden de los impuestos recaudados en la comunidad autónoma, de otros cedidos por el Estado o percibidos para financiar servicios como la educación o la sanidad.
  • 10. PROVINCIAS Y MUNICIPIOS. Las provincias son entidades territoriales establecidas por el Estado que agrupan a varios municipios. Su Gobierno y administración corren a cargo de las diputaciones provinciales, formadas por diputados elegidos por los ayuntamientos. Su función es gestionar y coordinar servicios comunes de los municipios que la forman. Los municipios Son las entidades básicas de la organización territorial en España. El ámbito geográfico de cada municipio, denominado término municipal, es de extensión variable y está gobernado por el Ayuntamiento que presta a los ciudadanos diversos servicios: alumbrado público, recogida de basura, etc.