3. La Bolsa de Valores es una institución
donde se encuentran los demandantes y
oferentes de valores negociando a través
de sus Casas Corredoras de Bolsa. Las
Bolsas de Valores propician la negociación
de acciones, obligaciones, bonos,
certificados de inversión y demás Títulos
valores inscritos en bolsa, proporcionando
a los tenedores de títulos e inversionistas,
el marco legal, operativo y tecnológico
para efectuar el intercambio entre la
oferta y la demanda.
4. PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS:
Equidad: Facilita los mecanismos de información y
negociación para que todos los participantes del
mercados cuenten con igualdad de condiciones.
Seguridad: Se cuenta con un marco jurídico que regula
los roles de los participantes, exigiéndoles el
cumplimiento de normas que garanticen la eficiente y
eficaz operación del Mercado de Valores.
Liquidez: Los Títulos valores que se negocian en Bolsa,
tienen la facilidad de venta y colocación en el mercado
secundario, es decir permite la transformación de sus
Títulos valores en efectivo cuando se requiera.
Transparencia: A través de la eficiente difusión de
información, se garantiza que todos los participantes
fundamenten sus decisiones en el pleno conocimiento
de las condiciones del mercado.
5. QUIENES PARTICIPAN EN EL MERCADO BURSÁTIL
La Bolsa de Valores: Es una sociedad anónima de capital variable
que facilita las transacciones con valores y procura el desarrollo
del mercado bursátil.
Las Casas Corredoras de Bolsa: Las Casas Corredoras de Bolsa son
sociedades anónimas, autorizadas y supervisadas por la Bolsa de
Valores y por la Superintendencia de Valores. Prestan servicios de
asesoría en materia de operaciones bursátiles a los emisores y a
los inversionistas. Actúan como intermediarios en la negociación
de Títulos valores, efectuando todas las transacciones de compra /
venta por medio de la Bolsa de Valores.
Emisor: Las empresas emisoras son empresas que, cumpliendo las
disposiciones normativas correspondientes, ofrecen al Mercado de
Valores los títulos representativos de su capital social (acciones) o
valores que amparan un crédito colectivo a su cargo
(obligaciones). Para resguardar el interés de los inversionistas, las
empresas emisoras proporcionan periódicamente la información
financiera y administrativa que permita estimar sus rendimientos
probables y la solidez de sus títulos.
6. Inversionista: Persona natural o jurídica que aporta
sus recursos financieros con el propósito de
obtener un beneficio futuro.
La Superintendencia de Valores: Supervisa todo el
sistema bursátil. Las reglas con las cuales la
Superintendencia vigila el accionar del mercado
bursátil están plasmadas en la Ley de Mercado de
Valores, la cual norma el accionar de la Bolsa, los
Agentes Corredores, las Casas Corredoras de Bolsa
y a los Emisores de títulos valores.
La Clasificadora de Riesgo: Es una empresa
especializada en el análisis de riesgo económico-
financiero, la cual emite su opinión sobre la calidad
crediticia de una emisión de títulos valores. El
propósito fundamental de la Clasificación de Riesgo
es informar al inversionista sobre la calidad
crediticia de las diferentes alternativas de inversión
existentes en el mercado.
7. CLASIFICACIÓN DE LOS MERCADOS EN EL SISTEMA
BURSÁTIL
Por el plazo :
Mercado de Dinero
El mercado de dinero realiza aquella actividad
financiera que fomenta el crédito de corto plazo.
Sus instituciones principales son los Bancos
Comerciales.
Mercado de Capitales
El mercado de capitales es aquella actividad
financiera que fomenta el crédito de mediano plazo
y principalmente de largo plazo. Sus instituciones
principales son los Bancos de Desarrollo, Bancos
Hipotecarios, Instituciones de Vivienda, y
especialmente las Bolsas de Valores.
8. Por la forma de operación:
Por las características de operación en el sistema bursátil existen 3
tipos de mercado: Primario, Secundario y Reportos.
El mercado primario se relaciona con la colocación inicial de
títulos. En esta ocasión los inversionistas o compradores adquieren
directamente de los emisores, a través de una Casa de Corredores
de Bolsa, los Títulos valores ofrecidos al público por primera vez.
El mercado secundario opera entre tenedores de títulos, esto es
una "re-venta" de los Títulos valores adquiridos con anterioridad
con el fin de rescatar recursos financieros, diversificar su cartera o
buscar mejores oportunidades de rentabilidad, riesgo y liquidez.
El mercado de reportos es una de las negociaciones más comunes
en nuestra Bolsa de Valores, este tiene lugar cuando una persona
dueña de Títulos valores, que están inscritos para su negociación
en Bolsa, necesita dinero pero no quiere deshacerse de esos
valores, por lo que los traspasa con pacto de recompra, es decir
con la obligación de readquirirlos en el plazo que se convenga, el
cual puede ir desde 2 hasta 45 días. Al final del plazo pactado, el
inversionista recibe el capital más la tasa de interés convenida.
10. La función principal de los bancos
consiste en obtener y conceder crédito.
Para realizar esta función necesitan unos
instrumentos jurídicos que se denominan
operaciones bancarias.
11. Estas operaciones en algunos contratos /
casos son verdaderos contratos mientras
que otros tienen una naturaleza compleja o
contienen varios contratos en una misma
operación bancaria.
12. Se suele definir el contrato bancario
como el acuerdo de voluntades
tendente a crear, modificar,
regular o extinguir una relación
jurídica bancaria, entendiendo por
tal la que se enmarca dentro de la
actividad de intermediación crediticia
indirecta.
13. Las operaciones bancarias se clasifican
atendiendo a su función económica, así
tenemos:
Operaciones
pasivas
Operaciones
activas
Operaciones
neutras o de
intermediación
14. Operaciones activas:
La colocación es lo contrario a la captación. La
colocación permite poner dinero en circulación en la
economía; es decir, los bancos generan nuevo dinero
del dinero o los recursos que obtienen a través de la
captación y, con estos, otorgan créditos a las personas,
empresas u organizaciones que los soliciten.
Por dar estos préstamos el banco cobra, dependiendo
del tipo de préstamo, unas cantidades de dinero que se
llaman intereses (intereses de colocación) y comisiones.
15. Operaciones pasivas:
Son aquellas operaciones por las que el
banco capta, recibe o recolecta dinero de
las personas.
Las operaciones de captación de recursos,
denominadas operaciones de carácter
pasivo se materializan a través de los
depósitos. Los depósitos bancarios pueden
clasificarse en tres grandes categorías:
•Cuentas corrientes
•Cuentas de ahorro
•Depósitos a plazo fijo
16. Una Cuenta de ahorro es un depósito
ordinario a la vista(producto pasivo), en la
que los fondos depositados por el
cuentahabiente tienen disponibilidad
inmediata y le generan cierta rentabilidad
o intereses durante un periodo
determinado según el monto ahorrado.
17. Operaciones neutras o de
intermediación:
Son aquellas donde el banco no recibe ni
otorga crédito (operaciones de mediación
donde sirve de intermediario) entre las que
pueden mencionarse los giros enviados al
cobro como agente recaudador del Estado,
como custodia de valores, valores para
negociar, etc.
18. Actualmente las instituciones de
crédito abarcan todo tipo de
operaciones financieras, llamándose
Banca Múltiple.
19. Banco de México
Centro del sistema bancario en la
República Mexicana, funciona con la
participación del gobierno federal. Solo
recibe depósitos de bancos asociados a el
e instituciones de la nación.
20. Contrato de apertura de crédito
El Acreditante se obliga a poner una suma
de dinero a disposición del Acreditado, o a
contraer una obligación por cuenta de
este, para que el mismo haga uso del
crédito concedido en la forma, términos y
condiciones convenidos,
21. Quedando obligado el Acreditado a
restituir al Acreditante la suma de que
disponga o a cubrirlo oportunamente por
el importe de la obligación que contrajo,
y en todo caso a pagarle los intereses,
prestaciones gastos y comisiones que se
estipulen.
22. Obligaciones del Acreditante
Poner a disposición del Acreditado una suma de
dinero para que este disponga de ella, términos y
condiciones convenidos.
A contraer una obligación por cuenta del
Acreditado en la forma términos y condiciones
convenidos.
Puede obligarse a aceptar u otorgar letras de
cambio, a suscribir pagares, a prestar su aval y en
general a parecer como endosante u Asignatario de
un título de Crédito por cuenta del Acreditado.
23. Obligaciones del acreditado
Restituir las suma de que se disponga y a
pagar los intereses y demás prestaciones que
se estipulen.
Constituir en poder del Acreditante la provisión
de fondos suficientes a mas tardar el día
anterior a la fecha en que el documento
aceptado, otorgado o suscrito deba hacerse
efectivo.
24. Garantía
Personal
Es la fianza que una persona se obliga a pagar
en caso de que el acreditado no lo haga.
Prenda o Hipoteca.
•La apertura de crédito simple o en cuenta corriente que no
tiene garantía se llama apertura de crédito en descubierto.
25. Duración
El acreditado tiene el derecho a hacer uso del
crédito en el plazo estipulado en el contrato.
El plazo puede reducirse a voluntad de
cualquiera de las partes si así se conviene.
Si no hay termino en cualquiera de las partes
puede dar por concluido el contrato en todo
tiempo, mediante aviso dado a la otra parte en
la forma prevista en el contrato.
26. Extinción
Por haber dispuesto el acreditado de la totalidad
del importe de crédito.
Por la denuncia del contrato.
Por la falta o disminución de las garantías pactadas
a cargo del acreditado ocurridas con posterioridad
al contrato.
Por hallarse cualquiera de las partes en estado de
suspensión de pagos de liquidación judicial o de
quiebra.
Por muerte, interdicción, inhabilitación o ausencia
del acreditado, o por disolución de la sociedad a
cuyo favor se hubiere concedido el crédito.