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Posible
 reelección del
Procurador y las
consecuencias
para la justicia y
   la sociedad
  colombianas.

Por: Margarita María Peláez
Mejía
Tensión #1
   Para celebrar los 180 años de la Procuraduría,
    Ordoñez convocó a un “Tedeum” en la
    catedral primada de Bogotá. Las feministas le
    recordaron al procurador que el Estado
    colombiano es laico y por tanto este tipo de
    actos son inconvenientes, pero además que
    en aras del derecho a la igualdad que
    consagra la constitución, debería convocar a
    ceremonias equivalentes a todas las
    religiones reconocidas en Colombia.
Tensión #2
 El procurador Alejandro Ordoñez emitió la
  resolución 284 en la que se integra un
  grupo especial de trabajo para ejercer
  control preventivo en Medellín y sobre las
  dependencias responsables del
  desarrollo de la clínica de las Mujeres,
  justificando su accionar en las por él
  llamadas “inconformidades
  manifestadas por un sector de la
  ciudadanía y de algunos medios de
  comunicación”.
Tensión #3
   El procurador emitió la circular 030 del 13 de
    mayo de 2009, contraria a l sentencia C-
    355/06 de la Corte Constitucional, porque
    desconoce el derecho a la interrupción
    voluntaria del embarazo, en los casos fijados
    por la corte, al posibilitar que los públicos y las
    funcionarias publicas puedan ser objetoras
    de conciencia de manera extralimitada,
    incluso hasta llegar al punto de pretender
    que las instituciones también lo sean.
Tensión #4
   El Procurador interpuso un “incidente de
    nulidad” contra el fallo de la corte
    constitucional que ordenó al entonces
    Ministerio de la Protección Social, al Ministerio
    de educación y a la Defensoría del Pueblo, el
    diseño y puesta en marcha de campañas
    masivas de promoción de los derechos
    sexuales y reproductivos y la difusión de la
    Sentencia C-355 de 2006 y posteriores sobre
    la materia. En contra del mandato
    constitucional, el procurador ha alegado que
    no puede promoverse una práctica no
    catalogada como derecho.
Tensión #5
 Elprocurador nombró como Procuradora
  delegada para la defensa de los
  derechos de infancia, adolescencia y
  familia, a la doctora Ilva Myriam Hoyos
  Castañeda, a sabiendas de que esta
  funcionaria, niega el enfoque
  democrático de la sexualidad y la
  reproducción reglamentado en
  Colombia, y que además ha liderado la
  oposición a la demanda presentada
  para la despenalización del aborto.
Tensión #6
   En múltiples intervenciones públicas, el procurador
    ha expresado que “si fuera legislador votaría en
    contra de proyectos como el del aborto, la
    eutanasia y los derechos patrimoniales de los
    homosexuales”. Como funcionario público
    demuestra que no actúa de manera imparcial,
    que no es objetivo y que representa las posiciones
    más conservadoras de la sociedad, y que, por
    tanto, su posible reelección implicaría de entrada
    un sesgo para la defensa de los derechos de
    minorías e incluso para la defensa de derechos
    consagrados para la mitad de la población que
    somos las mujeres.
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  • 3. Tensión #1  Para celebrar los 180 años de la Procuraduría, Ordoñez convocó a un “Tedeum” en la catedral primada de Bogotá. Las feministas le recordaron al procurador que el Estado colombiano es laico y por tanto este tipo de actos son inconvenientes, pero además que en aras del derecho a la igualdad que consagra la constitución, debería convocar a ceremonias equivalentes a todas las religiones reconocidas en Colombia.
  • 4.
  • 5. Tensión #2  El procurador Alejandro Ordoñez emitió la resolución 284 en la que se integra un grupo especial de trabajo para ejercer control preventivo en Medellín y sobre las dependencias responsables del desarrollo de la clínica de las Mujeres, justificando su accionar en las por él llamadas “inconformidades manifestadas por un sector de la ciudadanía y de algunos medios de comunicación”.
  • 6.
  • 7. Tensión #3  El procurador emitió la circular 030 del 13 de mayo de 2009, contraria a l sentencia C- 355/06 de la Corte Constitucional, porque desconoce el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo, en los casos fijados por la corte, al posibilitar que los públicos y las funcionarias publicas puedan ser objetoras de conciencia de manera extralimitada, incluso hasta llegar al punto de pretender que las instituciones también lo sean.
  • 8.
  • 9. Tensión #4  El Procurador interpuso un “incidente de nulidad” contra el fallo de la corte constitucional que ordenó al entonces Ministerio de la Protección Social, al Ministerio de educación y a la Defensoría del Pueblo, el diseño y puesta en marcha de campañas masivas de promoción de los derechos sexuales y reproductivos y la difusión de la Sentencia C-355 de 2006 y posteriores sobre la materia. En contra del mandato constitucional, el procurador ha alegado que no puede promoverse una práctica no catalogada como derecho.
  • 10.
  • 11. Tensión #5  Elprocurador nombró como Procuradora delegada para la defensa de los derechos de infancia, adolescencia y familia, a la doctora Ilva Myriam Hoyos Castañeda, a sabiendas de que esta funcionaria, niega el enfoque democrático de la sexualidad y la reproducción reglamentado en Colombia, y que además ha liderado la oposición a la demanda presentada para la despenalización del aborto.
  • 12.
  • 13. Tensión #6  En múltiples intervenciones públicas, el procurador ha expresado que “si fuera legislador votaría en contra de proyectos como el del aborto, la eutanasia y los derechos patrimoniales de los homosexuales”. Como funcionario público demuestra que no actúa de manera imparcial, que no es objetivo y que representa las posiciones más conservadoras de la sociedad, y que, por tanto, su posible reelección implicaría de entrada un sesgo para la defensa de los derechos de minorías e incluso para la defensa de derechos consagrados para la mitad de la población que somos las mujeres.