Louis Jean François Lagrenée. Erotismo y sensualidad. El erotismo en la Hist...
Presentación Anuario 2008 - Observatorio de Industrias Creativas
1. EFECTOS DE LA PROPUESTA DE ACUERDO ENTRE GOOGLE, LA ASSOCIATION OF AMERICAN PUBLISHERS Y AUTHORS GUILD
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3. ¿Cómo se llegó a la Propuesta de Acuerdo? En el año 2005, la Association of American Publishers y la Authors Guild, se unieron para interponer una demanda contra Google por la violación a los derechos de autor que se estaba adelantando a través de la puesta en marcha del proyecto de bibliotecas virtuales y digitales. El 28 de octubre de 2008 los implicados trataron de poner fin al caso No. 05 CV 8136, a través de una Propuesta de Acuerdo . A la fecha la Propuesta de Acuerdo no se encuentra aprobada de manera definitiva. Para determinar su aceptación o no, el Tribunal está recibiendo objeciones de los afectados y analizará el tema, a partir del 11 de junio en audiencia.
4. ¿Cómo afecta a los titulares de derechos en Iberoamérica? La Propuesta de Acuerdo compensa a los autores, editores y demás titulares a quienes se les infringió sus derechos por digitalización de sus textos sin su aprobación, tanto los que están en los Estados Unidos, como los de cualquier otra nacionalidad que posean un interés de derechos de autor en el territorio americano. Por lo tanto, todos los ciudadanos iberoamericanos están afectados aunque sus obras no se encuentren registradas en la Oficina de Copyright de los Estados Unidos; ya que a raíz del Convenio de Berna éstas estarían protegidas en el territorio americano, así como también lo están a raíz de los acuerdos recíprocos firmados entre sus países y los Estados Unidos. El acuerdo tiene validez y efectos únicamente en el territorio de los Estados Unidos de América. Los usos y explotación de las obras que se hagan por fuera de ese territorio, seguirán siendo infracciones al derecho de autor, las cuales pueden ser demandadas por parte de los titulares de derecho de autor.
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7. Política de precios Los precios iniciales de los libros serán fijados en cifras que van desde los 1,99 dólares, 2,99; 3,99 hasta los 29,99 dólares. La renegociación de los precios se hará cada 4 años o si Usted desea iniciar este proceso antes, lo puede hacer 3 años después de que haya comenzado a regir el Acuerdo. La compañía contempla descuentos especiales sobre los montos establecidos en la Lista de Precios, los cuales no serán superiores al 40% de la Lista de Precios. No obstante, para el establecimiento de los descuentos por suscripciones institucionales, Google deberá negociar con el Registro antes de aprobar cualquier estrategia. Google será el responsable de determinar si un libro está comercialmente disponible o fuera de circulación, a partir del análisis de tres bases de información. Considerando que las bases pueden tener errores, el autor puede reportar directamente a la compañía la disponibilidad del libro o encarte, para que se haga la corrección.
8. Alcance jurídico de la Propuesta de Acuerdo La demanda iniciada por el Sindicato de Autores de los Estados Unidos de América y por la Asociación Americana de Editores, corresponde a una acción colectiva, sin que se identifique un demandante específico o único. Lo anterior, implica que cualquier autor, editor o titular de derechos, cuyas obras estén protegidas en los Estados Unidos de América estará cobijado por las disposiciones del acuerdo, a menos que expresamente decida sustraerse del mismo. El efecto principal de una demanda de este tipo es que cualquier autor, editor o titular de derechos, cuyas obras estén protegidas en los Estados Unidos por virtud de la legislación interna de ese país o de los tratados internacionales sobre la materia, sino se excluye de manera expresa y en las fechas indicadas delante del alcance y contenido del acuerdo (ver fechas claves), no podrá interponer a futuro una demanda en los Estados Unidos por los mismos hechos o infracciones.
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11. 4. Usos como parte de nuevos modelos de regalías: Tanto Google, como el Registro de Derechos del Libro, pueden desarrollar a futuro posibilidades de acceso y uso adicionales (tales como impresión por demanda, descargas de pdf, paquetes individualizados de impresión, etc.), las cuales siempre serán informadas y notificadas al titular. Los nuevos usos deben ser aprobados por el Registro del Libro, y los titulares de derecho tendrán la posibilidad de recibir regalías. 5. Acceso público: Por solicitud de las instituciones educativas de carácter superior y las bibliotecas publicas, todas estas sin ánimo de lucro, ofrecer licencias gratuitas, sin la posibilidad de copiar o pegar ni de realizar anotaciones. Los titulares tendrán derecho a regalías en los casos en que se realicen impresiones de las obras, fijando un precio fijo por cada página impresa. Los libros “comercialmente disponibles” no se entienden incluidos para este uso pero los titulares pueden autorizarlo. Usos que generan regalías
12. Usos que generan regalías 6. Específicos usos publicitarios: Entiéndase como el derecho de Google de vender publicidad en los fragmentos para facilitar la opción de compra, o en páginas Web dedicadas a libros específicos. Así como, el derecho de vender publicidad para otros productos o servicios de Google. Los titulares de derecho recibirán un porcentaje de las regalías generadas por la publicidad ubicada en los fragmentos de los libros que se permiten ver en páginas Web dedicadas a libros específicos. Los libros “comercialmente disponibles” no se entienden incluidos para este uso pero los titulares pueden autorizarlo. Por el contrario, los libros que están “fuera del comercio” se entienden autorizados para este uso, con la posibilidad de retirar dicha autorización. 7. Demostraciones de fragmentos cortos: Pequeñas demostraciones para los usuarios de productos y servicios de Google, con un máximo de tres fragmentos cortos, cada uno de tres o cuatro líneas en total. En caso que exista publicidad dentro de los fragmentos cortos de un libro específico, el titular de derechos podrá participar de las utilidades que genere la publicidad.
13. Usos que NO representan regalías para los titulares de derecho 1. Usos de No – exhibición: Usos en los cuales no se involucra la presentación al público de ningún contenido del libro que se encuentre protegido. Se entiende que al hacer parte del Acuerdo, todos los libros están autorizados para este uso, sin posibilidad de excluirlo. 2. Usos por parte de las Bibliotecas Participantes son: Realizar una copia de conservación a las Copias Digitales para Bibliotecas (CDB), garantizar el acceso a las CDB a los usuarios con incapacidad de impresión, realizar una copia de reposición de las CDB, en casos específicos. Así como, realizar la exhibición de pequeños extractos y copiar 5 páginas para usos escolares. 3. Usos para la investigación (“Corpus”) Las copias de los libros digitalizados por Google, serán combinadas dentro de un Corpus de investigación en los Estados Unidos, el cual será accesible a través de un número limitado de webs.
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15. Opciones para los titulares de derechos Para recibir los beneficios de compensación estipulados, de 60 a 5 dólares, y recibir dividendos a futuro de las ventas que realice Google, Usted debe antes del 5 de enero de 2010 completar el Formulario de Reclamo. Reclamar compensación económica ELECTRÓNICA Cree una cuenta como autor o editor en la dirección www.googlebooksettlement.com/r/new_claimant_info . Diligencie la información de contacto y acceda al formulario con su contraseña. ESCRITA Imprima el formulario de www.googlebooksettlement.com . Envíelo a Google Book Search Settlement Administrator c/o Rust Consulting PO Box 9364 Minneapolis, MN 55440-9364
16. Usted puede solicitar que sus libros sean retirados del proyecto de biblioteca virtual de Google enviando el Formulario de Reclamo, disponible en la dirección www.googlebooksettlement.com , antes del 5 de abril de 2011 . El Acuerdo estipula que quienes no se manifiesten en las fechas para exclusión, reclamación económica, retirar el libro u objetar quedarán incluidos en el Acuerdo, tal cual como se apruebe en el Tribunal. Al permanecer en el acuerdo usted renuncia para siempre a su derecho de demandar a Google y a las bibliotecas que participan de su iniciativa. Presentar un reclamo ante el Tribunal antes del 5 de mayo de 2009 para que en la Audiencia de Equidad que se realice el 11 de junio, se tenga en cuenta sus consideraciones. Al objetar puede que el Tribunal considere o no sus comentarios, en todo caso Usted al hacerlo queda incluido dentro del Acuerdo. Retirar los libros No hacer nada y quedar incluidos Objetar
17. 30 y 31 de marzo de 2009 , la International Publishers Association , IPA, realizará la teleconferencia informativa a las 9:00 a.m. hora de Nueva York. 5 de mayo de 2009, plazo para manifestar objeciones o su deseo de no hacerse parte dentro del acuerdo y excluirse del mismo. 11 de junio de 2009, fecha en la que el Tribunal de los Estados Unidos aprobará o no el acuerdo. 5 de enero de 2010, plazo máximo para diligenciar los formularios para las compensaciones en efectivo. 5 de abril de 2011, fecha hasta la cual se puede solicitar a Google que no digitalice sus obras, o que sean retiradas las que hayan sido digitalizadas. Fechas Claves
18. La International Publishers Association , IPA, está programando dos teleconferencias, una el 30 de marzo y la otra al día siguiente, para que los interesados compartan sus preocupaciones y resuelvan sus dudas sobre el Acuerdo. Los interesados en participar deberán comunicarse al correo [email_address] . Los involucrados en la Propuesta de Acuerdo han dispuesto de una página web www.googlebooksettlement.com /r/ home , para exponer las particularidades del caso, poner a disposición los formularios de reclamación y responder a las preguntas de los interesados. Si Usted desea asesoría jurídica de los abogados implicados en el caso puede entrar en contacto dependiendo de su categoría: ¿Cómo informarse más sobre la Propuesta de Acuerdo? AUTORES Boni & Zack LLC 15 St. Asaphs Road Bala Cynwyd, PA 19004 [email_address] EDITORES Debevoise & Plimpton LLP 919 Third Avenue New York, NY 10022 [email_address]