2. Proyecto
Proyecto de Investigación, Funcionamiento y Reglamento de
un sistema de arbitraje internacional para el Centro de
Conciliación y Arbitraje “Darío Velásquez Gaviria” de la
Universidad Pontificia Bolivariana. Con número de radicado
289B-09/14-37.
3. Regulación Anterior
• Decreto 2279 de 1989: Tratados
• Ley 23 de 1991: No
• Ley 315 de 1996: Internacionalidad
siguiendo la Ley Modelo. Sentencia
C-347 de 1997.
• Decreto 1818 de 1988: Formula
anterior.
5. Opciones de Regulación
Monismo
Dualismo
Colombia: Ley 1563 de 2012
Argentina el Libro VI del Código
Procesal Civil y Comercial de la
Nación; en Brasil la Ley 9.307 de
Arbitraje de 1996; en México el
Título IV del Código de
Comercio; en España la Ley
60/2003 de Arbitraje; en
Portugal la Ley 63/2011 de
Arbitraje Voluntario, entre otros
7. Internacionalidad
• 1. Las partes en un acuerdo de arbitraje tengan, al
momento de la celebración de ese acuerdo, sus
domicilios en Estados diferentes; o
• 2. El lugar del cumplimiento de una parte sustancial
de las obligaciones está situado fuera del Estado en
el cual las partes tienen sus domicilios; o
• 3. El lugar con el cual el objeto del litigio tenga una
relación más estrecha está situado fuera del Estado
en el cual las partes tienen sus domicilios; o
• 4. La controversia sometida a decisión
arbitral afecte los intereses del
comercio internacional.
8. Reconocimiento
• Convención de Nueva York 1958 (Ley
39 de 1990).
• Doble Control: Anulación y
Reconocimiento.
• Exclusión del reconocimiento para el
laudo local.
• ¿Reconocimiento del laudo anulado?
– Causales de anulación no-
internacionales.
9. Renuncia al Recurso de
Anulación
• Ley Modelo UNCITRAL no la
consagró
• Previa
– Total
– Algunas causales
• Pacto Modelo de renuncia: “Las
partes renuncian, por la presente
declaración, a cualquier forma de recurso
contra el laudo ante cualquier tribunal o
autoridad competente, en la medida en
que esa renuncia sea válida con arreglo a
la ley aplicable”
10. SUIZA
• Ley Suiza de DIP
• Consagra renuncia total o parcial.
• Exige partes no, domicilio, residencia
habitual o lugar de establecimiento
• Efectividad en Suiza: Aplica
analógica normas del
reconocimiento.
11. Perú
• Ley General de Arbitraje del Perú
• Renuncia y limitación a ciertas
causales.
• Exige partes: No Nacionalidad
peruana o tenga su domicilio o
residencial habitual en el Perú.
• Renuncia aplicación analógica del
reconocimiento.
12. Francia
• Código de Procedimiento Civil
Francés
• Artículo 1522 por el Decreto nº
2011-48, de 13 de enero de 2011
• Renuncia incondicional
• Exequatur basado en las causales de
anulación.
13. Colombia
• Artículo 170 Ley 1563:
• Exige partes: No domicilio o
residencia en Colombia.
• Excluir completamente o limitar las
causales.
• Eficacia en Colombia ante la
renuncia: somete al
reconocimiento.