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POLITICA EDUCACIONAL PENITENCIARIA

23 de
noviembre
de 2012

“EL PROCESO DE DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR”
“POLITICA EDUCACIONAL PENITENCIARIA
EN GENDARMERÍA DE CHILE”
I. PRESENTACION
Dentro del marco de la Política Penitenciaria Nacional, el Sistema de
Educación de Gendarmería es considerado uno de los elementos fundamentales
del tratamiento de los internos, el desarrollo de las actividades educativas en los
establecimientos penitenciarios a nivel nacional, contribuyen con el proceso de
resocialización de los internos.
La presente tarea investigativa, tiene como propósito presentar las
condiciones actuales del AREA EDUCATIVA EN LAS INSTITUCIONES
PENITENCIARIAS, el cual esta orientado hacia el diagnóstico básico de la
situación educativa actual, de tal forma que se facilite el aporte a la definición de
criterios para la formulación de políticas públicas y para motivar el establecimiento
de parámetros que faciliten a las instancias gubernamentales, sociales y
universitarias la formulación de políticas sobre el tema.
La información recogida muestra inicialmente el contexto global a nivel
nacional sobre la Educación en el Sistema Penitenciario en cuanto a su
tratamiento, objetivos de la educación, estructura, programas educativos que
están en funcionamiento presente, la población estudiantil penal actual con
especial énfasis en lo referente a los recursos actuales que presentan y con que
cuenta el área educativa, siendo los más relevantes, los humanos, financieros,
tecnológicos, materiales, legales y de infraestructura.
Nelson Naranjo Mayorga
PhD. Política y Gestión Educativa
Neilorange2952@yahoo.com

Nelson Naranjo Mayorga

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POLITICA EDUCACIONAL PENITENCIARIA

23 de
noviembre
de 2012

Se presentan, igualmente, los datos acerca de los lineamientos generales
en política educativa, destinadas a la actividad educativa en los establecimientos
penitenciarios y carcelarios, a corto y largo plazo; los proyectos en educación
penitenciaria, que buscan cambiar la actual realidad en esta área.
Finalmente se formulan conclusiones, sugerencias y aportes de políticas
viables para la ampliación de las oportunidades educativas con la población
carcelaria. Asimismo, la realización de esta investigación constituye una gran
oportunidad para exponer a las personas interesadas una realidad que se vive tras
los muros de la prisión.
PROBLEMATIZACIÓN:
La actual crisis por la que atraviesa el sistema penitenciario chileno, está
relacionado con las pésimas condiciones en materia de sobrepoblación penal e
infraestructura, y es un elemento importante a considerar de forma preliminar en la
educación penitenciaria.
De igual forma en el sistema penitenciarlo existen internos analfabetos, una
gran mayoría con educación básica incompleta, otros que necesitan educación
media, y un bajo porcentaje requieren continuar con una especialidad en la
educación superior. Estas características exigen que, para acortar la dificultad que
existe en el conocimiento de los avances del siglo XXI, todo proceso educacional
penitenciario debe iniciarse con campañas de alfabetización, seguir con la
implementación de la educación básica, luego con la educación media, y finalizar,
en lo posible, con estudios superiores.
Lo anterior subyace de la convicción de que los seres humanos
nacen libres e iguales en dignidad y derechos y que la perfectibilidad inherente a
la naturaleza humana se despliega en procesos de autoafirmación personal y en
Nelson Naranjo Mayorga

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POLITICA EDUCACIONAL PENITENCIARIA

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de 2012

la búsqueda permanente de trascendencia, los que otorgan sentido a la existencia
personal y colectiva. A la libertad que hace cada individuo persona y sujeto de
derechos y deberes le es intrínseca la capacidad de razonar, discernir y valorar
fundamentos, a su vez, de la conducta moral y responsable.

2. OBJETIVOS DE LA EDUCACIÓN Y CAPACITACIÓN PENITENCIARIA:
•
•
•
•

Reeducar y capacitar a los internos a través de Cursos y Programas
Educativos.
Reinsertar a la sociedad a los internos que hayan cumplido y aprobado
las acciones educativas para que puedan desempeñarse laboralmente
en el Medio Libre.
Mejorar las metodologías y técnicas de aprendizaje de los profesores
de los Establecimientos Penitenciarios con asesoramiento y apoyo del
Ministerio de Educación.
Hacer más eficiente el funcionamiento de las escuelas penales para
que se constituyan en un elemento importante en la formación y la
reinserción social delos reclusos.

•

Incentivar a los internos para su incorporación a programas de
formación en oficios, para lo cual se pretende modificar la gestión
administrativa y pedagógica del sistema de educación penal, en forma
simultánea a los planes y programas de la educación básica.

•

Incentivar el desarrollo de planes y programas de educación técnicoprofesional con fines laborales, y donde esto no sea posible, incentivar
el desarrollo de la educación media científico-humanista en los recintos
penitenciarios, considerando que la educación es un elemento central
en el logro de la reinserción social de los reclusos.

•

Promover el desarrollo de actividades en todas las áreas de la cultura
que contribuyan a la formación del interno como persona, en especial,
aquellas relacionadas con las más diversas formas de expresión
artística, junto a la capacitación para el trabajo.

•

Proporcionar preparación al interno para que a su egreso del
establecimiento penal se reinserte en el trabajo, considerando que la
formación en oficios es una herramienta fundamental para la
reinserción social.

Nelson Naranjo Mayorga

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POLITICA EDUCACIONAL PENITENCIARIA

II.

23 de
noviembre
de 2012

DESARROLLO DEL TEMA:

SITUACION ACTUAL
PENITENCIARIOS.

DEL

AREA

EDUCATIVA

EN

LOS

CENTROS

1. LA EDUCACIÓN Y EL TRATAMIENTO PENITENCIARIO.
Las reglas mínimas supranacionales para el tratamiento de los reclusos
indican que el tratamiento tiene por objeto:
“...inculcarles la voluntad de vivir conforme a ley, mantenerse con el
producto de su trabajo, y crear en ellos aptitud para hacerlo. Dicho tratamiento
estará encaminado a fomentar en ellos el respeto de sí mismos y desarrollar el
sentido de responsabilidad”. Asimismo, indica que el tratamiento “deberá recurrir a
la asistencia religiosa, a la instrucción, a la orientación y formación profesional, a
métodos de asistencia social individual, al asesoramiento relativo al empleo, al
desarrollo físico y a la educación del carácter moral, en conformidad con las
necesidades individuales de cada recluso”[1].
El tratamiento educativo en las cárceles está aún lejos de cumplir con las
exigencias mínimas de esta norma. Los factores son diversos, destacando el
insuficiente personal para realizar esta labor, la falta de recursos logísticos para
desarrollar adecuadamente las tareas de tratamiento, las dificultades en la
infraestructura, la clasificación de internos de acuerdo a determinadas variables
(primarios, reincidentes, bandas organizadas, jóvenes, adultos, etc.), el trato del
personal, entre otros.
Es común escuchar lo que indica el Código de Ejecución Penal: “el
tratamiento tiene por objetivo la reeducación, rehabilitación y reincorporación del
Nelson Naranjo Mayorga

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POLITICA EDUCACIONAL PENITENCIARIA

23 de
noviembre
de 2012

interno a la sociedad.”[2]. El Reglamento de este Código desarrolla este objetivo
indicando “que el tratamiento es el conjunto de actividades encaminadas a lograr
la modificación del comportamiento del interno, con el fin de resocializarlo y evitar
la comisión de nuevos delitos.
El tratamiento es progresivo y comprende el desarrollo de programas de
resocialización del interno en forma individualizada y grupal según la naturaleza de
la atención. Será aplicado en forma multidisciplinaria por los profesionales y
técnicos de tratamiento, promoviendo la participación del interno, así como de
instituciones públicas y privadas, la familia y la sociedad”[3]. Esta explicación, con
más detalle sobre tratamiento, nos lleva a concluir que lamentablemente los
planes y programas que se aplican no son los adecuados, pues la cárcel actual no
rehabilita, sino genera mayor delincuencia y criminalidad.

_________________
[1]

Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos, Nº 65 y 66,

aprobada mediante Resolución Nº 663 C1 (XXIV) adoptada durante el Primer Congreso de la
Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en Ginebra
el 30 de agosto de 1955.
[2] Código de Ejecución Penal, Decreto Legislativo Nº 654, Título III, Capítulo I, Artículo 60

2. EDUCACIÓN Y JUSTICIA
La Comisión Interministerial de Educación Penal organizada por el
Nelson Naranjo Mayorga

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POLITICA EDUCACIONAL PENITENCIARIA

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de 2012

Ministerio de Educación y el Ministerio de Justicia para coordinar acciones a favor
de la educación penitenciaria, e integrada por éstos y Gendarmería de Chile, tiene
como objetivos principales proponer solución a las dificultades que se crean en el
aula carcelaria; coordinar los actores del sistema a nivel nacional y regional;
implementar las propuestas educativas carcelarias ofrecidas por el Ministerio de
Educación, entre las cuales se encuentran los microcentros educativos; y
compatibilizar la educación penal con la Reforma Procesal Penal, la Ley 19.856,
de 2003, que crea un sistema de reinserción social de condenados sobre la base
de la observación de buena conducta, y la nueva regulación de los Centros de
Educación y Trabajo, los que exigen mayor planificación al sistema penitenciario
en los ámbitos de rehabilitación y reinserción social.
A nivel regional se han organizado las Comisiones de Educación
Penitenciaria Regionales, en las cuales los Secretarios Regionales Ministeriales
de Justicia y de Educación, y las Direcciones Regionales de Gendarmería de
Chile, planifican y evalúan en forma conjunta el quehacer educativo penitenciario
anualmente.
3. EDUCACIÓN Y EL SISTEMA PENITENCIARIO.
Uno de los aspectos más relevantes de la Política Penitenciaria es la
promoción de las acciones tendientes a contribuir al cambio personal y el apoyo a
la rehabilitación y reinserción social de los internos mediante la educación y el
trabajo.

_____________________
[3]

Reglamento del Código de Ejecución Penal, Decreto Supremo 015-2003-JUS, Título V,

Capítulo I, Artículo 97.

La Educación Penitenciaria se encuentra inserta en la educación para
adultos en el marco de atención a la población con necesidades educativas
Nelson Naranjo Mayorga

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POLITICA EDUCACIONAL PENITENCIARIA

23 de
noviembre
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específicas. La educación es uno de los factores más importantes de
rehabilitación y reinserción social de internos. Para el logro de estos objetivos la
educación requiere de la integración de quienes se desempeñan en los
establecimientos penitenciarios, para cuyo efecto se han establecido los
microcentros educativos. Estos últimos constituyen equipos de trabajo integrados
por directivos y docentes de Escuelas, Liceos, y profesionales de Gendarmería
vinculados al área de la reinserción, bajo la supervisión del Ministerio de
Educación.
Los microcentros educativos poseen cinco componentes básicos: el
mejoramiento de los espacios destinados a la educación; los recursos de
aprendizajes; el desarrollo profesional de los docentes; establecer una relación de
trabajo entre profesionales de Gendarmería de Chile y docentes; y el desarrollo de
Proyectos de Mejoramiento Educativo.
III. METODOLOGÍA
El sistema educativo penitenciario tiene características que lo hacen
diferentes del sistema vigente en el medio libre. La persona que cumple una pena
en un recinto penitenciario vive una situación traumática durante doce horas
diarias que corresponde al periodo de encierro efectivo en su celda. Esta realidad
hace difícil aplicar planes y programas de estudio, como en el medio libre por lo
que las metodologías a ser aplicadas en un recinto penal deben ser diferentes y
acordes a la realidad descrita.
La metodología tradicional de clases, sistemática, con horarios rígidos, sin
posibilidad de implementar un trabajo pedagógico fuera de horario, desmotiva a
los internos, por lo que se hace necesario la aplicación de metodologías creativas,
prácticas y experimentales basadas en el trabajo individual del alumno, con trabajo
previo del profesor, de diseño y preparación de materias. De esta manera,
prescindiendo de las clases sistemáticas tradicionales, el aprendizaje del interno
se llevará a cabo mediante los métodos educativos de semi-distancia o distancia
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POLITICA EDUCACIONAL PENITENCIARIA

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noviembre
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La escuela penal ha implementado excepcionalmente proyectos de tipo
técnico en el nivel fundamental y elemental, por esta razón es menester dar mayor
apoyo a esta modalidad educativa procurando que las escuelas postulen a
financiamiento externo, ya sea de Gendarmería u otras instituciones.
Los C.E.T (Centros de Educación y Trabajo) y la empresa privada, han
desarrollado talleres industriales para capacitar laboralmente al interno Esta
capacitación deberá responder a los principios y objetivos generales de la
educación de adultos y jóvenes y a los objetivos particulares de la educación
penitenciaria, para lo cual Gendarmería de Chile y los empresarios privados
deberán sistematizar y programar la capacitación a impartir a los internos bajo
estos principios.
Los horarios de clases deberán ser adecuados y compatibles con las
actividades de tratamiento penitenciario tales como capacitación laboral, trabajo
productivo deportivo-recreativas artístico-culturales además de las actividades del
establecimiento, como las visitas que recibe la población penal, con el objeto de
que no se interfieran entre sí y contribuyan efectivamente a la reinserción social. A
los internos trabajadores deberá adecuárseles el horario preferentemente en
terceras jornadas o bien, variar la modalidad educativa
En este ámbito metodológico la propuesta operativa para la educación
penitenciaria se enmarca en los llamados microcentros que han contribuido a
mejorar la relación entre profesores y profesionales de Gendarmería y deberán
posibilitar un trabajo conjunto para el diseño e implementación de todo tipo de
proyectos educacionales.
IV. EDUCACIÓN Y ESCUELA DE GENDARMERIA DE CHILE
La Escuela de Gendarmería del “General Manuel Bulnes Prieto”,
dependiente de la Dirección Nacional de Gendarmería de Chile tiene por misión
formar a los Gendarmes y Oficiales, en concordancia con las políticas de esa
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POLITICA EDUCACIONAL PENITENCIARIA

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misma Dirección, y planificar, realizar y evaluar actividades de formación,
perfeccionamiento y especialización destinada a los Gendarmes Sub-Oficiales y
Oficiales de Gendarmería y, en general, al personal de dotación del ServicioCon el
fin de atender la misión antes descrita, la Escuela deberá:
1.- Planificar y ejecutar las acciones destinadas a la selección y
reclutamiento de los postulantes a alumnos.
2-. Planificar y desarrollar los cursos destinados a formar al personal
penitenciario; programar y llevar a cabo las acciones de perfeccionamiento
orientación y especialización del personal que disponga la Dirección
Nacional del Servicio.
3.- Mantener actualizado el conocimiento de las materias atingentes al
quehacer penitenciario, a la vez que, promover el estudio e investigación,
tanto en ese campo como en el de la criminología y otras áreas afines.
En cuanto a la preparación del funcionario que trabajará en contacto directo
con los reclusos, y con el objeto de que adquieran los conocimientos necesarios e
internalicen sus valores implícitos para aplicar exitosamente las políticas de
reinserción social, es necesario adaptar, modificar y actualizar en forma
permanente la malla curricular de la Escuela de Gendarmería.
La formación del personal penitenciario deberá estar orientada en dos
sentidos: por un lado, que se adopten valores de respeto al hombre y a la
sociedad y, herramientas a los alumnos, para que en su trabajo con los internos,
apliquen estos valores para ayudarlos a su reinserción social, y por otro lado, que
se entreguen los elementos técnicos que exige el cumplimiento de la función de
vigilancia como Gendarme. Para lograr dichos objetivos y que no se pierdan por la
estigmatización propia de las cárceles, debe mantenerse una educación
permanente, mediante el perfeccionamiento y especialización a través de la
Academia de Estudios Penitenciarios.
V. DETERMINACION DE LOS LINEAMIENTOS GENERALES DE POLITICA
EDUCATIVA.
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POLITICA EDUCACIONAL PENITENCIARIA

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1. A Corto Plazo.
 Elaborar y dictar los instrumentos normativos que permitan estructurar las
políticas

de

educación

penitenciaria

y

establecer

la

organización

administrativa de las autoridades penitenciarias en materia educativa.
 Fortalecer los acuerdos y convenios vigentes y ampliarlos a otras
instituciones

públicas

y

privadas

nacionales

u

organismos

no

gubernamentales receptores de la Cooperación Técnica Internacional.
 Iniciar programas de capacitación, actualización y profesionalización del
personal.
 Dotar de personal suficiente para los programas y Centros de Educación
Ocupacional a nivel nacional.
 Desarrollar programas y campañas para evitar la reincidencia de los
liberados.
 Desarrollar programas de remodelación, adecuación, refacción, ampliación,
mantenimiento, diseño y construcción de la infraestructura de los
Programas y Centro de Educación Ocupacional en los establecimientos
Penitenciarios.
2. A Largo Plazo



Fomentar; estimular y crear condiciones y programas de estudio orientados
a la producción con el empleo de métodos y técnicas modernas.



Contar con personal profesional altamente especializado en tecnología
educativa y cursos por Internet (cursos en línea).



Contar con sistemas informáticos y diseñar la red informática en educación
penitenciaria para alcanzar excelencia en esta área.



Lograr que la educación penitenciaria no sólo sea un medio de redención
de la pena sino el vehiculo mas eficaz y preferente para lograr la

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POLITICA EDUCACIONAL PENITENCIARIA

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noviembre
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resocialización de la pena.
VI. PROYECTOS EN EDUCACION PENITENCIARIA
PROYECTO 1: “Creación de la Dirección de Educación Penitenciaria”.
El proyecto pretende instituir la autoridad penitenciaria educativa como ente
rector de las políticas de educación orientadas a la resocialización de la población
penal. La Dirección de Educación Penitenciaria, la que a su vez debe contar con
Direcciones Regionales y estas a su vez con Jefaturas en cada Establecimiento
Penitenciario adecuadas a la Ley General de Educación, y a los fines del
tratamiento penitenciario.
Líneas de acción:



Proponer los acuerdos legislativos destinados a ejecutar el proyecto.



Diseñar la estructura organizacional de la nueva Dirección de Educación
Penitenciaria con sus correspondientes Direcciones Regionales y Jefaturas.



Elaborar los proyectos del cuadro de asignación de personal, el manual y el
reglamento de organización y funciones.



Establecer los requerimientos presupuestarios que la implementación de la
nueva estructura generará.



Proponer las directivas que permitan ejecutar el programa a partir de los
recursos humanos y materiales asignados.

PROYECTO Nº 2. “Mejoramiento y Ampliación de la Infraestructura
Educativa”
El proyecto tiene por finalidad lograr el apoyo y la cooperación de los
gobiernos locales, regionales, instituciones publicas y privadas, nacionales e
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internacionales, para la construcción y mantenimiento de Centros Educativos.
Líneas de acción:



Adecuar ambientes para el servicio educativo en los Establecimientos
Penitenciarios que carezcan de instalaciones ad-hoc.



Proponer proyectos de convenio con instituciones públicas y privadas
nacionales

o

extranjeras,

que

permitan

remodelar

y

ampliar

la

infraestructura educativa existente e implementar los servicios de biblioteca,
laboratorios, las actividades artísticas, deportivas y culturales.


Contar con el concurso y asesoramiento de los técnicos y especialistas del
Ministerio de Educación, para el diseño y la construcción de la
infraestructura educativa de los nuevos Establecimientos Penitenciarios la
que incluirá: aulas, aulas talleres, bibliotecas, laboratorios y áreas
administrativas.



Elaborar proyectos de directivas que permitan preservar el buen uso y
mantenimiento de la infraestructura educativa.



Estudiar y proponer la creación de la red informática de educación
penitenciaria.
PROYECTO Nº 3. “Rediseño de programas y planes de educación

penitenciaria”



El proyecto tiene por finalidad reorientar los programas y planes de
educación penitenciaria a lograr la resocialización del interno y no
únicamente a reducir su permanencia en el establecimiento penitenciario.
La educación penitenciaria no debe ser utilizada solo como un vehículo
para la redención de la pena.

Líneas de acción:
Nelson Naranjo Mayorga

12
POLITICA EDUCACIONAL PENITENCIARIA



23 de
noviembre
de 2012

Capacitar a los docentes y personal dedicado al servicio educativo en las
nuevas técnicas y programas de estudio aplicados a personas privadas de
su libertad.



Desarrollar programas educativos enfocados en una actividad ocupacional,
de acuerdo con las aptitudes, y habilidades del interno, orientados a
proporcionarle no sólo los fundamentos educativos sino las aptitudes
laborales que le permitan trabajar independientemente cuando recupere su
libertad.



Elaborar propuestas de convenio con el Ministerio de Educación, las
Direcciones Regionales de Educación, Institutos y Universidades del país
para el desarrollo de cursos especiales que determine la Dirección Regional
de Educación Penitenciaria pertinente; o permitir que los internos puedan
postular a carreras profesionales o, en todo, caso facilitar a los internos la
culminación de sus estudios superiores que hubieran quedado inconclusos
por la privación de su libertad.



Fortalecer la educación a distancia para la Educación Superior.



Impartir cursos de informática destinados a facilitar la implementación de
cursos en línea, mediante la red informática educativa penitenciaria.

VII. ALCANCES DE LOS PROYECTOS.



Se estima que los tres programas beneficiarán a 9,000 internos que así
darán continuidad a sus estudios, en las unidades penitenciarias; de los
cuales prevalecerán los que se encuentren comprendidos en programas de
alfabetización.



El proyecto abarcará el conjunto de establecimientos penitenciarios que
alojan internos condenados y procesados en el país.

Nelson Naranjo Mayorga

13
POLITICA EDUCACIONAL PENITENCIARIA
VIII.

23 de
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de 2012

CONCLUSIONES

1. Es innegable que la educación en los establecimientos penitenciarios en la
actualidad, no se adecua plenamente a las disposiciones contenidas en el Código
de Ejecución Penal, ni a las normas supranacionales, hecho que vulnera la ley y la
plena observancia de los derechos humanos y en tal contexto, se debe concretar
opciones destinadas a lograr la mejora y optimización de la calidad de educación y
vida de la comunidad penitenciaria nacional, que deben ser complementarias y
concordantes con las propuestas y lineamientos orientados a la prevención del
delito y la seguridad ciudadana.
2. Los datos estadísticos que figuran en la tarea investigativa demuestran que,
existe un sector de la población penal analfabeta o que no ha concluido sus
estudios básicos, asimismo que, existe una deficiente y falta de implementación de
recursos para el área de Educación Penitenciaria, por lo tanto no habrá un éxito en
la reforma de los delincuentes. Por lo que, se debe buscar una reforma o
adaptación del área educativa, que se base en el principio de que la educación es
muy importante. Las autoridades penitenciarias deben atribuir gran importancia al
trabajo físico, así como a la educación jurídica, moral, cultural y técnica, como
medio de lograr que los presos reconozcan la necesidad de una auténtica reforma,
abandonen la idea de obtener beneficios personales mediante actos delictivos,
aprendan a respetar a otras personas y a la sociedad en general, y adquieran los
conocimientos prácticos necesarios para encontrar empleo y llegar a ser buenos
ciudadanos.
3. La sociedad jurídicamente organizada no puede permanecer impasible frente
al drama de las cárceles, por ser un problema lacerante que desafía nuestra
condición de país democrático y como tal comprometido con la preservación y
defensa de los derechos humanos, encontrándose entre ellos a la Educación.
IX.

SUGERENCIAS O APORTES

Nelson Naranjo Mayorga

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POLITICA EDUCACIONAL PENITENCIARIA

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de 2012

1. La principal misión es la de promover el desarrollo integral del interno y su
resocialización mediante la aplicación de métodos educativos eficaces, sin
vulnerar los derechos que le corresponden como ser humano. Entre las metas
figura el proseguir con la construcción y/o remodelación de los Establecimientos
Penitenciarios con áreas para el servicio educativo así como priorizar la
remodelación, mantenimiento y equipamiento con características específicas para
cada programa, nivel y modalidad ocupacional de los mismos.
2. Desarrollar programas educativos ocupacionales de acuerdo con las
aptitudes, y habilidades del interno, orientados a proporcionarle no sólo los
rudimentos educativos sino a desarrollar sus aptitudes que le permitan trabajar
independientemente cuando se reincorpore a la sociedad.
3. Implementar y mejorar la red informática en la educación penitenciaria
debiendo contar para ello con sistemas informáticos y personal profesional
altamente especializado en tecnología educativa y cursos por Internet (cursos en
línea), paralelamente deberá ampliarse la infraestructura educativa existente, e
implementar los servicios de biblioteca, laboratorios, así como el fomento de las
actividades artísticas, deportivas y culturales.
4. Asimismo, la cárcel no es sólo responsabilidad absoluta del Estado, también
las diversas instituciones y demás miembros de la sociedad deben contribuir para
mejorar el sistema penitenciario. Por ello, ante el déficit de profesionales en las
áreas de tratamiento y servicios educativo, el MINEDUC en coordinación con las
universidades públicas y privadas que brindan estos programas, deben motivar a
los estudiantes de los últimos años de estas facultades para realizar un servicio en
las cárceles, presentando un programa establecido y especializado que estimule al
estudiante, resguardando la seguridad de cada uno de ellos en estos recintos
penitenciarios, bajo criterios éticos.
5. Elaborar propuestas de convenio con el Ministerio de Educación, las
Nelson Naranjo Mayorga

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POLITICA EDUCACIONAL PENITENCIARIA

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Direcciones Regionales de Educación, Institutos y Universidades del país para el
desarrollo de cursos especiales que determine la Dirección Regional de Educación
Penitenciaria pertinente; para poder erradicar el analfabetismo; o permitir que los
internos puedan postular a carreras profesionales o en todo caso facilitar a los
internos la culminación de sus estudios superiores que hubieran quedado
inconclusos por la privación de su libertad.

Nelson Naranjo Mayorga

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  • 1. POLITICA EDUCACIONAL PENITENCIARIA 23 de noviembre de 2012 “EL PROCESO DE DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR” “POLITICA EDUCACIONAL PENITENCIARIA EN GENDARMERÍA DE CHILE” I. PRESENTACION Dentro del marco de la Política Penitenciaria Nacional, el Sistema de Educación de Gendarmería es considerado uno de los elementos fundamentales del tratamiento de los internos, el desarrollo de las actividades educativas en los establecimientos penitenciarios a nivel nacional, contribuyen con el proceso de resocialización de los internos. La presente tarea investigativa, tiene como propósito presentar las condiciones actuales del AREA EDUCATIVA EN LAS INSTITUCIONES PENITENCIARIAS, el cual esta orientado hacia el diagnóstico básico de la situación educativa actual, de tal forma que se facilite el aporte a la definición de criterios para la formulación de políticas públicas y para motivar el establecimiento de parámetros que faciliten a las instancias gubernamentales, sociales y universitarias la formulación de políticas sobre el tema. La información recogida muestra inicialmente el contexto global a nivel nacional sobre la Educación en el Sistema Penitenciario en cuanto a su tratamiento, objetivos de la educación, estructura, programas educativos que están en funcionamiento presente, la población estudiantil penal actual con especial énfasis en lo referente a los recursos actuales que presentan y con que cuenta el área educativa, siendo los más relevantes, los humanos, financieros, tecnológicos, materiales, legales y de infraestructura. Nelson Naranjo Mayorga PhD. Política y Gestión Educativa Neilorange2952@yahoo.com Nelson Naranjo Mayorga 1
  • 2. POLITICA EDUCACIONAL PENITENCIARIA 23 de noviembre de 2012 Se presentan, igualmente, los datos acerca de los lineamientos generales en política educativa, destinadas a la actividad educativa en los establecimientos penitenciarios y carcelarios, a corto y largo plazo; los proyectos en educación penitenciaria, que buscan cambiar la actual realidad en esta área. Finalmente se formulan conclusiones, sugerencias y aportes de políticas viables para la ampliación de las oportunidades educativas con la población carcelaria. Asimismo, la realización de esta investigación constituye una gran oportunidad para exponer a las personas interesadas una realidad que se vive tras los muros de la prisión. PROBLEMATIZACIÓN: La actual crisis por la que atraviesa el sistema penitenciario chileno, está relacionado con las pésimas condiciones en materia de sobrepoblación penal e infraestructura, y es un elemento importante a considerar de forma preliminar en la educación penitenciaria. De igual forma en el sistema penitenciarlo existen internos analfabetos, una gran mayoría con educación básica incompleta, otros que necesitan educación media, y un bajo porcentaje requieren continuar con una especialidad en la educación superior. Estas características exigen que, para acortar la dificultad que existe en el conocimiento de los avances del siglo XXI, todo proceso educacional penitenciario debe iniciarse con campañas de alfabetización, seguir con la implementación de la educación básica, luego con la educación media, y finalizar, en lo posible, con estudios superiores. Lo anterior subyace de la convicción de que los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y que la perfectibilidad inherente a la naturaleza humana se despliega en procesos de autoafirmación personal y en Nelson Naranjo Mayorga 2
  • 3. POLITICA EDUCACIONAL PENITENCIARIA 23 de noviembre de 2012 la búsqueda permanente de trascendencia, los que otorgan sentido a la existencia personal y colectiva. A la libertad que hace cada individuo persona y sujeto de derechos y deberes le es intrínseca la capacidad de razonar, discernir y valorar fundamentos, a su vez, de la conducta moral y responsable. 2. OBJETIVOS DE LA EDUCACIÓN Y CAPACITACIÓN PENITENCIARIA: • • • • Reeducar y capacitar a los internos a través de Cursos y Programas Educativos. Reinsertar a la sociedad a los internos que hayan cumplido y aprobado las acciones educativas para que puedan desempeñarse laboralmente en el Medio Libre. Mejorar las metodologías y técnicas de aprendizaje de los profesores de los Establecimientos Penitenciarios con asesoramiento y apoyo del Ministerio de Educación. Hacer más eficiente el funcionamiento de las escuelas penales para que se constituyan en un elemento importante en la formación y la reinserción social delos reclusos. • Incentivar a los internos para su incorporación a programas de formación en oficios, para lo cual se pretende modificar la gestión administrativa y pedagógica del sistema de educación penal, en forma simultánea a los planes y programas de la educación básica. • Incentivar el desarrollo de planes y programas de educación técnicoprofesional con fines laborales, y donde esto no sea posible, incentivar el desarrollo de la educación media científico-humanista en los recintos penitenciarios, considerando que la educación es un elemento central en el logro de la reinserción social de los reclusos. • Promover el desarrollo de actividades en todas las áreas de la cultura que contribuyan a la formación del interno como persona, en especial, aquellas relacionadas con las más diversas formas de expresión artística, junto a la capacitación para el trabajo. • Proporcionar preparación al interno para que a su egreso del establecimiento penal se reinserte en el trabajo, considerando que la formación en oficios es una herramienta fundamental para la reinserción social. Nelson Naranjo Mayorga 3
  • 4. POLITICA EDUCACIONAL PENITENCIARIA II. 23 de noviembre de 2012 DESARROLLO DEL TEMA: SITUACION ACTUAL PENITENCIARIOS. DEL AREA EDUCATIVA EN LOS CENTROS 1. LA EDUCACIÓN Y EL TRATAMIENTO PENITENCIARIO. Las reglas mínimas supranacionales para el tratamiento de los reclusos indican que el tratamiento tiene por objeto: “...inculcarles la voluntad de vivir conforme a ley, mantenerse con el producto de su trabajo, y crear en ellos aptitud para hacerlo. Dicho tratamiento estará encaminado a fomentar en ellos el respeto de sí mismos y desarrollar el sentido de responsabilidad”. Asimismo, indica que el tratamiento “deberá recurrir a la asistencia religiosa, a la instrucción, a la orientación y formación profesional, a métodos de asistencia social individual, al asesoramiento relativo al empleo, al desarrollo físico y a la educación del carácter moral, en conformidad con las necesidades individuales de cada recluso”[1]. El tratamiento educativo en las cárceles está aún lejos de cumplir con las exigencias mínimas de esta norma. Los factores son diversos, destacando el insuficiente personal para realizar esta labor, la falta de recursos logísticos para desarrollar adecuadamente las tareas de tratamiento, las dificultades en la infraestructura, la clasificación de internos de acuerdo a determinadas variables (primarios, reincidentes, bandas organizadas, jóvenes, adultos, etc.), el trato del personal, entre otros. Es común escuchar lo que indica el Código de Ejecución Penal: “el tratamiento tiene por objetivo la reeducación, rehabilitación y reincorporación del Nelson Naranjo Mayorga 4
  • 5. POLITICA EDUCACIONAL PENITENCIARIA 23 de noviembre de 2012 interno a la sociedad.”[2]. El Reglamento de este Código desarrolla este objetivo indicando “que el tratamiento es el conjunto de actividades encaminadas a lograr la modificación del comportamiento del interno, con el fin de resocializarlo y evitar la comisión de nuevos delitos. El tratamiento es progresivo y comprende el desarrollo de programas de resocialización del interno en forma individualizada y grupal según la naturaleza de la atención. Será aplicado en forma multidisciplinaria por los profesionales y técnicos de tratamiento, promoviendo la participación del interno, así como de instituciones públicas y privadas, la familia y la sociedad”[3]. Esta explicación, con más detalle sobre tratamiento, nos lleva a concluir que lamentablemente los planes y programas que se aplican no son los adecuados, pues la cárcel actual no rehabilita, sino genera mayor delincuencia y criminalidad. _________________ [1] Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos, Nº 65 y 66, aprobada mediante Resolución Nº 663 C1 (XXIV) adoptada durante el Primer Congreso de la Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en Ginebra el 30 de agosto de 1955. [2] Código de Ejecución Penal, Decreto Legislativo Nº 654, Título III, Capítulo I, Artículo 60 2. EDUCACIÓN Y JUSTICIA La Comisión Interministerial de Educación Penal organizada por el Nelson Naranjo Mayorga 5
  • 6. POLITICA EDUCACIONAL PENITENCIARIA 23 de noviembre de 2012 Ministerio de Educación y el Ministerio de Justicia para coordinar acciones a favor de la educación penitenciaria, e integrada por éstos y Gendarmería de Chile, tiene como objetivos principales proponer solución a las dificultades que se crean en el aula carcelaria; coordinar los actores del sistema a nivel nacional y regional; implementar las propuestas educativas carcelarias ofrecidas por el Ministerio de Educación, entre las cuales se encuentran los microcentros educativos; y compatibilizar la educación penal con la Reforma Procesal Penal, la Ley 19.856, de 2003, que crea un sistema de reinserción social de condenados sobre la base de la observación de buena conducta, y la nueva regulación de los Centros de Educación y Trabajo, los que exigen mayor planificación al sistema penitenciario en los ámbitos de rehabilitación y reinserción social. A nivel regional se han organizado las Comisiones de Educación Penitenciaria Regionales, en las cuales los Secretarios Regionales Ministeriales de Justicia y de Educación, y las Direcciones Regionales de Gendarmería de Chile, planifican y evalúan en forma conjunta el quehacer educativo penitenciario anualmente. 3. EDUCACIÓN Y EL SISTEMA PENITENCIARIO. Uno de los aspectos más relevantes de la Política Penitenciaria es la promoción de las acciones tendientes a contribuir al cambio personal y el apoyo a la rehabilitación y reinserción social de los internos mediante la educación y el trabajo. _____________________ [3] Reglamento del Código de Ejecución Penal, Decreto Supremo 015-2003-JUS, Título V, Capítulo I, Artículo 97. La Educación Penitenciaria se encuentra inserta en la educación para adultos en el marco de atención a la población con necesidades educativas Nelson Naranjo Mayorga 6
  • 7. POLITICA EDUCACIONAL PENITENCIARIA 23 de noviembre de 2012 específicas. La educación es uno de los factores más importantes de rehabilitación y reinserción social de internos. Para el logro de estos objetivos la educación requiere de la integración de quienes se desempeñan en los establecimientos penitenciarios, para cuyo efecto se han establecido los microcentros educativos. Estos últimos constituyen equipos de trabajo integrados por directivos y docentes de Escuelas, Liceos, y profesionales de Gendarmería vinculados al área de la reinserción, bajo la supervisión del Ministerio de Educación. Los microcentros educativos poseen cinco componentes básicos: el mejoramiento de los espacios destinados a la educación; los recursos de aprendizajes; el desarrollo profesional de los docentes; establecer una relación de trabajo entre profesionales de Gendarmería de Chile y docentes; y el desarrollo de Proyectos de Mejoramiento Educativo. III. METODOLOGÍA El sistema educativo penitenciario tiene características que lo hacen diferentes del sistema vigente en el medio libre. La persona que cumple una pena en un recinto penitenciario vive una situación traumática durante doce horas diarias que corresponde al periodo de encierro efectivo en su celda. Esta realidad hace difícil aplicar planes y programas de estudio, como en el medio libre por lo que las metodologías a ser aplicadas en un recinto penal deben ser diferentes y acordes a la realidad descrita. La metodología tradicional de clases, sistemática, con horarios rígidos, sin posibilidad de implementar un trabajo pedagógico fuera de horario, desmotiva a los internos, por lo que se hace necesario la aplicación de metodologías creativas, prácticas y experimentales basadas en el trabajo individual del alumno, con trabajo previo del profesor, de diseño y preparación de materias. De esta manera, prescindiendo de las clases sistemáticas tradicionales, el aprendizaje del interno se llevará a cabo mediante los métodos educativos de semi-distancia o distancia Nelson Naranjo Mayorga 7
  • 8. POLITICA EDUCACIONAL PENITENCIARIA 23 de noviembre de 2012 La escuela penal ha implementado excepcionalmente proyectos de tipo técnico en el nivel fundamental y elemental, por esta razón es menester dar mayor apoyo a esta modalidad educativa procurando que las escuelas postulen a financiamiento externo, ya sea de Gendarmería u otras instituciones. Los C.E.T (Centros de Educación y Trabajo) y la empresa privada, han desarrollado talleres industriales para capacitar laboralmente al interno Esta capacitación deberá responder a los principios y objetivos generales de la educación de adultos y jóvenes y a los objetivos particulares de la educación penitenciaria, para lo cual Gendarmería de Chile y los empresarios privados deberán sistematizar y programar la capacitación a impartir a los internos bajo estos principios. Los horarios de clases deberán ser adecuados y compatibles con las actividades de tratamiento penitenciario tales como capacitación laboral, trabajo productivo deportivo-recreativas artístico-culturales además de las actividades del establecimiento, como las visitas que recibe la población penal, con el objeto de que no se interfieran entre sí y contribuyan efectivamente a la reinserción social. A los internos trabajadores deberá adecuárseles el horario preferentemente en terceras jornadas o bien, variar la modalidad educativa En este ámbito metodológico la propuesta operativa para la educación penitenciaria se enmarca en los llamados microcentros que han contribuido a mejorar la relación entre profesores y profesionales de Gendarmería y deberán posibilitar un trabajo conjunto para el diseño e implementación de todo tipo de proyectos educacionales. IV. EDUCACIÓN Y ESCUELA DE GENDARMERIA DE CHILE La Escuela de Gendarmería del “General Manuel Bulnes Prieto”, dependiente de la Dirección Nacional de Gendarmería de Chile tiene por misión formar a los Gendarmes y Oficiales, en concordancia con las políticas de esa Nelson Naranjo Mayorga 8
  • 9. POLITICA EDUCACIONAL PENITENCIARIA 23 de noviembre de 2012 misma Dirección, y planificar, realizar y evaluar actividades de formación, perfeccionamiento y especialización destinada a los Gendarmes Sub-Oficiales y Oficiales de Gendarmería y, en general, al personal de dotación del ServicioCon el fin de atender la misión antes descrita, la Escuela deberá: 1.- Planificar y ejecutar las acciones destinadas a la selección y reclutamiento de los postulantes a alumnos. 2-. Planificar y desarrollar los cursos destinados a formar al personal penitenciario; programar y llevar a cabo las acciones de perfeccionamiento orientación y especialización del personal que disponga la Dirección Nacional del Servicio. 3.- Mantener actualizado el conocimiento de las materias atingentes al quehacer penitenciario, a la vez que, promover el estudio e investigación, tanto en ese campo como en el de la criminología y otras áreas afines. En cuanto a la preparación del funcionario que trabajará en contacto directo con los reclusos, y con el objeto de que adquieran los conocimientos necesarios e internalicen sus valores implícitos para aplicar exitosamente las políticas de reinserción social, es necesario adaptar, modificar y actualizar en forma permanente la malla curricular de la Escuela de Gendarmería. La formación del personal penitenciario deberá estar orientada en dos sentidos: por un lado, que se adopten valores de respeto al hombre y a la sociedad y, herramientas a los alumnos, para que en su trabajo con los internos, apliquen estos valores para ayudarlos a su reinserción social, y por otro lado, que se entreguen los elementos técnicos que exige el cumplimiento de la función de vigilancia como Gendarme. Para lograr dichos objetivos y que no se pierdan por la estigmatización propia de las cárceles, debe mantenerse una educación permanente, mediante el perfeccionamiento y especialización a través de la Academia de Estudios Penitenciarios. V. DETERMINACION DE LOS LINEAMIENTOS GENERALES DE POLITICA EDUCATIVA. Nelson Naranjo Mayorga 9
  • 10. POLITICA EDUCACIONAL PENITENCIARIA 23 de noviembre de 2012 1. A Corto Plazo.  Elaborar y dictar los instrumentos normativos que permitan estructurar las políticas de educación penitenciaria y establecer la organización administrativa de las autoridades penitenciarias en materia educativa.  Fortalecer los acuerdos y convenios vigentes y ampliarlos a otras instituciones públicas y privadas nacionales u organismos no gubernamentales receptores de la Cooperación Técnica Internacional.  Iniciar programas de capacitación, actualización y profesionalización del personal.  Dotar de personal suficiente para los programas y Centros de Educación Ocupacional a nivel nacional.  Desarrollar programas y campañas para evitar la reincidencia de los liberados.  Desarrollar programas de remodelación, adecuación, refacción, ampliación, mantenimiento, diseño y construcción de la infraestructura de los Programas y Centro de Educación Ocupacional en los establecimientos Penitenciarios. 2. A Largo Plazo  Fomentar; estimular y crear condiciones y programas de estudio orientados a la producción con el empleo de métodos y técnicas modernas.  Contar con personal profesional altamente especializado en tecnología educativa y cursos por Internet (cursos en línea).  Contar con sistemas informáticos y diseñar la red informática en educación penitenciaria para alcanzar excelencia en esta área.  Lograr que la educación penitenciaria no sólo sea un medio de redención de la pena sino el vehiculo mas eficaz y preferente para lograr la Nelson Naranjo Mayorga 10
  • 11. POLITICA EDUCACIONAL PENITENCIARIA 23 de noviembre de 2012 resocialización de la pena. VI. PROYECTOS EN EDUCACION PENITENCIARIA PROYECTO 1: “Creación de la Dirección de Educación Penitenciaria”. El proyecto pretende instituir la autoridad penitenciaria educativa como ente rector de las políticas de educación orientadas a la resocialización de la población penal. La Dirección de Educación Penitenciaria, la que a su vez debe contar con Direcciones Regionales y estas a su vez con Jefaturas en cada Establecimiento Penitenciario adecuadas a la Ley General de Educación, y a los fines del tratamiento penitenciario. Líneas de acción:  Proponer los acuerdos legislativos destinados a ejecutar el proyecto.  Diseñar la estructura organizacional de la nueva Dirección de Educación Penitenciaria con sus correspondientes Direcciones Regionales y Jefaturas.  Elaborar los proyectos del cuadro de asignación de personal, el manual y el reglamento de organización y funciones.  Establecer los requerimientos presupuestarios que la implementación de la nueva estructura generará.  Proponer las directivas que permitan ejecutar el programa a partir de los recursos humanos y materiales asignados. PROYECTO Nº 2. “Mejoramiento y Ampliación de la Infraestructura Educativa” El proyecto tiene por finalidad lograr el apoyo y la cooperación de los gobiernos locales, regionales, instituciones publicas y privadas, nacionales e Nelson Naranjo Mayorga 11
  • 12. POLITICA EDUCACIONAL PENITENCIARIA 23 de noviembre de 2012 internacionales, para la construcción y mantenimiento de Centros Educativos. Líneas de acción:  Adecuar ambientes para el servicio educativo en los Establecimientos Penitenciarios que carezcan de instalaciones ad-hoc.  Proponer proyectos de convenio con instituciones públicas y privadas nacionales o extranjeras, que permitan remodelar y ampliar la infraestructura educativa existente e implementar los servicios de biblioteca, laboratorios, las actividades artísticas, deportivas y culturales.  Contar con el concurso y asesoramiento de los técnicos y especialistas del Ministerio de Educación, para el diseño y la construcción de la infraestructura educativa de los nuevos Establecimientos Penitenciarios la que incluirá: aulas, aulas talleres, bibliotecas, laboratorios y áreas administrativas.  Elaborar proyectos de directivas que permitan preservar el buen uso y mantenimiento de la infraestructura educativa.  Estudiar y proponer la creación de la red informática de educación penitenciaria. PROYECTO Nº 3. “Rediseño de programas y planes de educación penitenciaria”  El proyecto tiene por finalidad reorientar los programas y planes de educación penitenciaria a lograr la resocialización del interno y no únicamente a reducir su permanencia en el establecimiento penitenciario. La educación penitenciaria no debe ser utilizada solo como un vehículo para la redención de la pena. Líneas de acción: Nelson Naranjo Mayorga 12
  • 13. POLITICA EDUCACIONAL PENITENCIARIA  23 de noviembre de 2012 Capacitar a los docentes y personal dedicado al servicio educativo en las nuevas técnicas y programas de estudio aplicados a personas privadas de su libertad.  Desarrollar programas educativos enfocados en una actividad ocupacional, de acuerdo con las aptitudes, y habilidades del interno, orientados a proporcionarle no sólo los fundamentos educativos sino las aptitudes laborales que le permitan trabajar independientemente cuando recupere su libertad.  Elaborar propuestas de convenio con el Ministerio de Educación, las Direcciones Regionales de Educación, Institutos y Universidades del país para el desarrollo de cursos especiales que determine la Dirección Regional de Educación Penitenciaria pertinente; o permitir que los internos puedan postular a carreras profesionales o, en todo, caso facilitar a los internos la culminación de sus estudios superiores que hubieran quedado inconclusos por la privación de su libertad.  Fortalecer la educación a distancia para la Educación Superior.  Impartir cursos de informática destinados a facilitar la implementación de cursos en línea, mediante la red informática educativa penitenciaria. VII. ALCANCES DE LOS PROYECTOS.  Se estima que los tres programas beneficiarán a 9,000 internos que así darán continuidad a sus estudios, en las unidades penitenciarias; de los cuales prevalecerán los que se encuentren comprendidos en programas de alfabetización.  El proyecto abarcará el conjunto de establecimientos penitenciarios que alojan internos condenados y procesados en el país. Nelson Naranjo Mayorga 13
  • 14. POLITICA EDUCACIONAL PENITENCIARIA VIII. 23 de noviembre de 2012 CONCLUSIONES 1. Es innegable que la educación en los establecimientos penitenciarios en la actualidad, no se adecua plenamente a las disposiciones contenidas en el Código de Ejecución Penal, ni a las normas supranacionales, hecho que vulnera la ley y la plena observancia de los derechos humanos y en tal contexto, se debe concretar opciones destinadas a lograr la mejora y optimización de la calidad de educación y vida de la comunidad penitenciaria nacional, que deben ser complementarias y concordantes con las propuestas y lineamientos orientados a la prevención del delito y la seguridad ciudadana. 2. Los datos estadísticos que figuran en la tarea investigativa demuestran que, existe un sector de la población penal analfabeta o que no ha concluido sus estudios básicos, asimismo que, existe una deficiente y falta de implementación de recursos para el área de Educación Penitenciaria, por lo tanto no habrá un éxito en la reforma de los delincuentes. Por lo que, se debe buscar una reforma o adaptación del área educativa, que se base en el principio de que la educación es muy importante. Las autoridades penitenciarias deben atribuir gran importancia al trabajo físico, así como a la educación jurídica, moral, cultural y técnica, como medio de lograr que los presos reconozcan la necesidad de una auténtica reforma, abandonen la idea de obtener beneficios personales mediante actos delictivos, aprendan a respetar a otras personas y a la sociedad en general, y adquieran los conocimientos prácticos necesarios para encontrar empleo y llegar a ser buenos ciudadanos. 3. La sociedad jurídicamente organizada no puede permanecer impasible frente al drama de las cárceles, por ser un problema lacerante que desafía nuestra condición de país democrático y como tal comprometido con la preservación y defensa de los derechos humanos, encontrándose entre ellos a la Educación. IX. SUGERENCIAS O APORTES Nelson Naranjo Mayorga 14
  • 15. POLITICA EDUCACIONAL PENITENCIARIA 23 de noviembre de 2012 1. La principal misión es la de promover el desarrollo integral del interno y su resocialización mediante la aplicación de métodos educativos eficaces, sin vulnerar los derechos que le corresponden como ser humano. Entre las metas figura el proseguir con la construcción y/o remodelación de los Establecimientos Penitenciarios con áreas para el servicio educativo así como priorizar la remodelación, mantenimiento y equipamiento con características específicas para cada programa, nivel y modalidad ocupacional de los mismos. 2. Desarrollar programas educativos ocupacionales de acuerdo con las aptitudes, y habilidades del interno, orientados a proporcionarle no sólo los rudimentos educativos sino a desarrollar sus aptitudes que le permitan trabajar independientemente cuando se reincorpore a la sociedad. 3. Implementar y mejorar la red informática en la educación penitenciaria debiendo contar para ello con sistemas informáticos y personal profesional altamente especializado en tecnología educativa y cursos por Internet (cursos en línea), paralelamente deberá ampliarse la infraestructura educativa existente, e implementar los servicios de biblioteca, laboratorios, así como el fomento de las actividades artísticas, deportivas y culturales. 4. Asimismo, la cárcel no es sólo responsabilidad absoluta del Estado, también las diversas instituciones y demás miembros de la sociedad deben contribuir para mejorar el sistema penitenciario. Por ello, ante el déficit de profesionales en las áreas de tratamiento y servicios educativo, el MINEDUC en coordinación con las universidades públicas y privadas que brindan estos programas, deben motivar a los estudiantes de los últimos años de estas facultades para realizar un servicio en las cárceles, presentando un programa establecido y especializado que estimule al estudiante, resguardando la seguridad de cada uno de ellos en estos recintos penitenciarios, bajo criterios éticos. 5. Elaborar propuestas de convenio con el Ministerio de Educación, las Nelson Naranjo Mayorga 15
  • 16. POLITICA EDUCACIONAL PENITENCIARIA 23 de noviembre de 2012 Direcciones Regionales de Educación, Institutos y Universidades del país para el desarrollo de cursos especiales que determine la Dirección Regional de Educación Penitenciaria pertinente; para poder erradicar el analfabetismo; o permitir que los internos puedan postular a carreras profesionales o en todo caso facilitar a los internos la culminación de sus estudios superiores que hubieran quedado inconclusos por la privación de su libertad. Nelson Naranjo Mayorga 16