Ponencia de Jose Antonio Rodriguez Salas acerca de la administración 2.0, durante el Naider Espacios de Encuentro: Ciudadanía, Administración y Empresa digital para una sociedad en red el pasado jueves 4 de febrero en "La Carbonería", Sevilla.
Administración 2.0 (Jose Antonio Rodrigguez Salas)
1. Sevilla 4 de febrero de 2010 José Antonio Rodríguez Salas Alcalde Ayuntamiento de Jun Vocal de Sociedad Información y NNTT. F.E.M.P . “ Alcalde 2.0: La M-Administración”
9. El PAÍS El Pais Semanal El Pais Semanal REPERCUSIÓN MEDIÁTICA
10. REPERCUSIÓNES El PAÍS INTERNET Manuel Campo Vidal, el Decano del Instituto de Tecnología de Massachusets Y 1er Tte. Alcalde de Jun ExMinistra de Ciencia y Tecnología, Alcalde de Jun y representante de la Unión Europea antes de su intervención en los CURSOS DE VERANO DE EL ESCORIAL en 2001.
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13. Alcalde de Jun, Ministro de Cultura de Brasil y Alcalde de Florencia en la presentación del proyecto EUPOLIS que lideran Atenas, Florencia y Jun. Palaccio Veccio. Florencia (Italia).
14. REPERCUSIONES: El PAÍS INTERNET Pasquall Maragall en visita oficial a Jun Alcalde de Barcelona y Alcalde de Jun en TELECITIES
15. REPERCUSIONES: El PAÍS INTERNET Pasquall Maragall en visita oficial a Jun Alcalde de Barcelona y Alcalde de Jun en TELECITIES
16. REPERCUSIONES: El PAÍS INTERNET Pasquall Maragall en visita oficial a Jun Alcalde de Barcelona y Alcalde de Jun en TELECITIES
36. USO DE INTERNET COMERCIO ELECTRÓNICO GASTO TIC EN EUROPA Algunos datos.................. Fuente:eGov Economics Project (eGEP) USUARIOS DE BANDA ANCHA Porcentaje de hogares con banda ancha Fuente : Eurostat 2006
37. Uso de servicios de Administración electrónica Fuente : Eurostat Nov- 2006
38. El ranking de Administración Electrónica en E uropa Fuente. 6º informe de Cap Gemini para la Comisión de la UE 15º en Europa Un puesto intermedio...
45. Objeto de la Ley Reconocer el derecho del ciudadano a relacionarse por medios electrónicos con las Administraciones Públicas, regulando los aspectos básicos del uso de las TIC en la actividad administrativa. Por tanto, todas las AA.PP´s tendrán la obligación de proveer el acceso a sus servicios electrónicos: ej. registro, pago, certificación, notificación, etc. El plazo límite para cumplir este mandato es el 31/12/2009. T. Preliminar
53. T. Primero Transmisiones de datos Regla general: Cada Administración Pública facilitará el acceso electrónico a la demás AA.PP´s en relación con los datos del interesado que obren en su poder. Limitación a la disponibilidad de datos : * Sólo se podrán facilitar los datos requeridos para la resolución y tramitación de procedimientos y actuaciones en los que sea competente el órgano requiriente. * La disponibilidad de datos de carácter personal precisarán el consentimiento expreso del interesado o exista una Ley que lo permita.
55. T. Segundo Sede y publicaciones electrónicas Libre creación Sede = Dirección electrónica disponible (Títular Administración Pública) Publicidad Responsabilidad Calidad Seguridad Disponibilidad Accesibilidad Publicación electrónica = Publicación impresa Los tablones de anuncios pueden ser sustituidos o complementados por la publicación electrónica.
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63. T. Segundo Copias electrónicas EMISOR SOPORTE ORIGINAL SOPORTE COPIA REQUISITOS CONSIDERACIÓN Público o privado Electrónico Electrónico Original en poder AA.PP, y que la información de firma y sellado de tiempo permitan hacer la coincidencia de la copia con el original. COPIA AUTÉNTICA Público Papel Electrónico Cumplir art 46 de la LRJAPyPAC. COPIA AUTÉNTICA Privado Papel Imagen electrónica Garantizar autenticidad, integridad y conservación de imagen. Se admite el uso del sello electrónico. Copia válida y eficaz Público Electrónico Papel Deberán incluir un código generado electrónicamente para permitir verificar su autenticidad mediante el acceso a los archivos electrónicos de la AA.PP emisora. COPIA AUTÉNTICA
66. T. Tercero Criterios para la gestión electrónica Antes de implantar una solución de gestión electrónica a los procedimientos Se deberá efectuar un análisis para el rediseño funcional y la simplificación al objeto de: Suprimir documentos Reducir plazos Aumentar transparencia Equilibrar trabajos
72. T. Cuarto Reutilización de aplicaciones y transferencia tecnológica Reutilización Transferencia tecnológica Las aplicaciones de titularidad administrativa podrán ser puestas a disposición de otras AA.PP´s. Las aplicaciones de titularidad administrativa podrán ser declaradas de fuentes abiertas. Las AA.PP´s mantendrán directorios actualizados de aplicaciones susceptibles de reutilización . La AGE , mediante un centro de transferencia tecnológica, mantendrá un directorio general de estas aplicaciones .
77. ESCENARIO CRECIMIENTO MODERADO DEL PIB ESCENARIO CRECIMIENTO OPTIMISTA DEL PIB 27.320 M€ 2008-2013 39.720 M€ 2008-2013 ESTIMACIÓN DE BENEFICIOS ECONÓMICOS DE LA LAECAP
83. Actuación administrativa automatizada: Actuación administrativa producida por un sistema de información adecuadamente programado sin necesidad de intervención de una persona física en cada caso singular. Incluye la producción de actos de trámite o resolutorios de procedimientos, así como de meros actos de comunicación.
84. Aplicación: programa o conjunto de programas cuyo objeto es la resolución de un problema mediante el uso de tecnologías de la información.
85. Aplicación de fuentes abiertas: aquella que se distribuye con una licencia que permite la libertad de ejecutarla, de conocer el código fuente, de modificarla o mejorarla y de redistribuir copias a otros usuarios.
86. Autenticación: Acreditación por medios electrónicos de la identidad de una persona o ente, del contenido de la voluntad expresada en sus operaciones, transacciones y documentos, y de la integridad y autoría de éstos últimos.
87. Canales: estructuras o medios de difusión de los contenidos y servicios; incluyendo el canal presencial, el telefónico y el electrónico, así como otros que existan en la actualidad o puedan existir en el futuro (dispositivos móviles, TDT, etc).
88. Certificado electrónico: Según el artículo 6 de la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica, “Documento firmado electrónicamente por un prestador de servicios de certificación que vincula unos datos de verificación de firma a un firmante y confirma su identidad”.
89. Certificado electrónico reconocido: Según el artículo 11 de la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica, “Son certificados reconocidos los certificados electrónicos expedidos por un prestador de servicios de certificación que cumpla los requisitos establecidos en esta Ley en cuanto a la comprobación de la identidad y demás circunstancias de los solicitantes y a la fiabilidad y las garantías de los servicios de certificación que presten.”
90. Ciudadano: cualesquiera personas físicas, personas jurídicas y entes sin personalidad que se relacionen, o sean susceptibles de relacionarse, con las Administraciones Públicas.
91. Dirección electrónica: identificador de un equipo o sistema electrónico desde el que se provee de información o servicios en una red de comunicaciones.
92. Documento electrónico: conforme al artículo 3 de la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica, es “el redactado en soporte electrónico que incorpore datos que estén firmados electrónicamente.”
93. Firma electrónica: Según el artículo 3 de la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica, “conjunto de datos en forma electrónica, consignados junto a otros o asociados con ellos, que pueden ser utilizados como medio de identificación del firmante”
94. Firma electrónica avanzada: Según el artículo 3 de la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica, “firma electrónica que permite identificar al firmante y detectar cualquier cambio ulterior de los datos firmados, que está vinculada al firmante de manera única y a los datos a que se refiere y que ha sido creada por medios que el firmante puede mantener bajo su exclusivo control”.
95. Firma electrónica reconocida: Según el artículo 3 de la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica, “firma electrónica avanzada basada en un certificado reconocido y generada mediante un dispositivo seguro de creación de firma.”
96. Interoperabilidad: capacidad de los sistemas de información, y por ende de los procedimientos a los que éstos dan soporte, de compartir datos y posibilitar el intercambio de información y conocimiento entre ellos.
97. Medio electrónico: mecanismo, instalación, equipo o sistema que permite producir, almacenar o transmitir documentos, datos e informaciones; incluyendo cualesquiera redes de comunicación abiertas o restringidas como Internet, telefonía fija y móvil u otras.
98. Punto de acceso electrónico: conjunto de páginas web agrupadas en un dominio de Internet cuyo objetivo es ofrecer al usuario, de forma fácil e integrada, el acceso a una serie de recursos y de servicios dirigidos a resolver necesidades específicas de un grupo de personas o el acceso a la información y servicios de a una institución pública.
99. Sistema de firma electrónica: conjunto de elementos intervinientes en la creación de una firma electrónica. En el caso de la firma electrónica basada en certificado electrónico, componen el sistema, al menos, el certificado electrónico, el soporte, el lector, la aplicación de firma utilizada y el sistema de interpretación y verificación utilizado por el receptor del documento firmado.
101. Contenido Necesidades asociadas al Voto Electrónico Solución Tecnológica del Voto por Internet Constitución de Mesa y Recuento del Voto en Internet Resumen de Votación Electrónica mediante Internet Solución Tecnológica del Voto por SMS Recuento del Voto por SMS
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104. Necesidades asociadas al Voto Electrónico Confianza de las partes ... … en la identidad de todas las entidades. Autenticación … en la privacidad de la información. Confidencialidad … en que los datos no sean modificados. Integridad … en que las partes no se desdigan. No repudio
105. Solución Tecnológica del Voto por Internet Necesidades asociadas al Voto Electrónico Solución Tecnológica del Voto por Internet Constitución de Mesa y Recuento del Voto en Internet Resumen de Votación Electrónica mediante Internet Solución Tecnológica del Voto por SMS Recuento del Voto por SMS
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107. Solución Tecnológica del Voto por Internet Dos entidades pueden intercambiar información secreta sobre un canal seguro garantizando la confidencialidad, la integridad y el no repudio. Servidor Web Autoridad de Identificación del votante BB DD Con Resultados Autoridad de Recuento de votos Estaciones Remotas SSL SSL SSL BB DD Con Votos Cifrados Servidor Web Publicación de Resultados Internet
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112. Solución Tecnológica del Voto por Internet Un Certificado Digital es el medio utilizado en operaciones electrónicas para probar la identidad de la persona que accede a un servicio CERTIFICADO Nombre: Juan Carlos Serrano Número de Serie: 19000198564 Emitido por: INDRA Fecha de Emisión: 01-JUL-1999 Fecha de Expiración: 01-JUL-2000 Clave Pública: 9A4F5567CE8 Nombre: Juan Carlos Serrano Número de Serie: 19000198564 Emitido por: INDRA Fecha de Emisión: 01-JUL-1999 Fecha de Expiración: 01-JUL-2000 Clave Pública: 9A4F5567CE8 El Certificado es Firmado por la CA
113. Solución Tecnológica del Voto por Internet Entidades finales Usuarios finales Suscriptores Un servidor web es una ‘ Entidad Final ’ cuando obtiene un certificado y lo utiliza para probar su identidad en la red Internet Titulares de Certificados:
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115. Solución Tecnológica del Voto por Internet Recibe y procesa peticiones de certificados de los usuarios finales Consulta con una Autoridad de Registro para determinar si acepta o rehúsa la petición de certificado Emite el certificado Gestiona Listas de Revocación de Certificados (CRLs) Renueva certificados Autoridad de Certificación (FNMT):
116. Solución Tecnológica del Voto por Internet Responsable de quien obtiene un certifi-cado y quien no Indica a la CA si debe emitir un certificado Autoriza la ASOCIACIÓN entre una clave pública y el titular de un certificado Internet Autoridad de Registro (Junta de Andalucía / Ayuntamiento de Jun):
117. Solución Tecnológica del Voto por Internet Hay partes que confían en el certifi-cado para comunicarse Las partes utilizadoras verifican los certificados, las firmas electrónicas y los caminos de certificación. Una vez la entidad final tiene un certificado ... Parte Utilizadora (aplicación) Titular del Certificado (elector) Internet Acceso seguro a Web Servidor Web
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120. Solución Tecnológica del Voto por Internet Emisión por parte de una TSA (Autoridad de Sellado de Tiempo) de una marca temporal que da fe del momento exacto de la emisión de un voto. Proporciona la certeza temporal necesaria para el proceso. El servidor de Notario Electrónico es proporcionado por la Junta de Andalucía. Sellado Temporal
121. Constitución de Mesa y Recuento del Voto en Internet Necesidades asociadas al Voto Electrónico Solución Tecnológica del Voto por Internet Constitución de Mesa y Recuento del Voto en Internet Resumen de Votación Electrónica mediante Internet Solución Tecnológica del Voto por SMS Recuento del Voto por SMS
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126. Apertura de la “Urna Virtual” El día 14 a las 8 de la tarde se reúne de nuevo la mesa constituida por represen-tantes de la Junta electoral, Partidos Políticos y Administración Con la clave privada se desprecinta la urna X Se procede a la apertura, tabulación y proclamación de resultados Los componentes de la mesa ponen a disposición de esta cada trozo de clave privada. Con al menos cuatro miembros se procede a su reconstrucción
127. Resumen de Votación Electrónica mediante Internet Necesidades asociadas al Voto Electrónico Solución Tecnológica del Voto por Internet Constitución de Mesa y Recuento del Voto en Internet Resumen de Votación Electrónica mediante Internet Solución Tecnológica del Voto por SMS Recuento del Voto por SMS
128. Resumen de Votación Electrónica mediante Internet Se reunen en la Ceremonia de Constitución. Se genera la clave de la Autoridad de Recuento . Se trocea en tantos trozos como custodios haya. Cada custodio cifra una parte de esta clave. Constitución de la Mesa: Los custodios son los individuos seleccionados para formar la Junta Electoral.
129. Resumen de Votación Electrónica mediante Internet Ceremonia de Claves Clave Privada de la Autoridad de Recuento Protección de la clave privada de la Autoridad de Recuento con K USB-criptográficos de un total de N, correspondientes a los miembros que son los custodios K USB-criptográficos puede abrir la urna N USB-criptográficos en total
130. Resumen de Votación Electrónica mediante Internet Identificación del usuario mediante su Certificado Digital. Recepción de las papeletas del voto a rellenar. Recepción del Certificado correspondiente a la Entidad de Recuento. Realización del Voto. Cifrado del Voto con el Certificado de la Autoridad de Recuento. Firma del voto cifrado por parte del Votante. Envío del Voto. Ejecución del Voto por parte del votante: Una vez puesta en marcha la Votación, se realiza una conexión segura (SSL) de Votante a la Entidad de Identificación , que comporta los siguientes pasos:
131. Solución Tecnológica del Voto por SMS Necesidades asociadas al Voto Electrónico Solución Tecnológica del Voto por Internet Constitución de Mesa y Recuento del Voto en Internet Resumen de Votación Electrónica mediante Internet Solución Tecnológica del Voto por SMS Recuento del Voto por SMS
132. Resumen de Votación Electrónica mediante Internet Identificación del votante y Comprobación de que el votante no ha ejercido ya su derecho al voto. Retirada de la Firma del Votante y añadido de Firma de la Entidad de Identificación sobre el Voto todavía cifrado. Almacenamiento de la marca temporal de emisión del voto. Almacenamiento del Voto Cifrado y firmado en Base de Datos. Procesado del Voto por la Entidad de Identificación: Una vez recibido el voto, la Entidad de Identificación realiza:
133. Internet 2 4 5 6 1 8 3 Funcionamiento extraordinariamente simple para el votante 7 Prueba sin valor electoral Elija su opción e XXXXXX Plataforma de eVoto C.R.L´s
134. Resumen de Votación Electrónica mediante Internet Los custodios son imprescindibles para realizar el descifrado de votos y, por lo tanto, para inicializar el recuento. Se requerirán 4 de los 7 componentes. Apertura de la Clave Privada de la Autoridad de Recuento mediante Combinación de Emisarios. Recuperación de los votos almacenados en la BBDD. Comprobación de Firma de la Entidad de Identificación. Descifrado, Conteo y publicación de los Votos. Autoridad de Recuento: Una vez finalizado el plazo de la votación, se debe realizar el recuento de los votos y la difusión de los resultados.
135. Solución Tecnológica del Voto por SMS La Autoridad de Registro genera mensajes SMS codificados por candidatura y elector La plataforma de movilidad desconoce la composición y codificación de dichos mensajes La Autoridad de Identificación verifica la identidad del votante pero no decodifica el voto La Autoridad de Recuento decodifica los votos y procede a su acumulación Generación y envío de mensajes codificados
136. Solución Tecnológica del Voto por SMS Autoridad de identificación Autoridad de Recuento Publicación de resultados Electorales Votante SMS + Plataforma de Movilidad SMS
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138. Solución Tecnológica del Voto por SMS Plataforma Tecnológica (Sistema de voto): Tramitado el voto, el sistema envía a la plataforma de movilidad, un mensaje indicando si el voto ha sido procesado correctamente, junto con el código enviado por el elector. El elector recibe la notificación de su voto Si el código es correcto, la candidatura codificada se deposita en la Urna codificada
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140. Recuento del Voto por SMS Necesidades asociadas al Voto Electrónico Solución Tecnológica del Voto por Internet Constitución de Mesa y Recuento del Voto en Internet Resumen de Votación Electrónica mediante Internet Solución Tecnológica del Voto por SMS Recuento del Voto por SMS
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Hinweis der Redaktion
De cara al ciudadano es fundamental que la Administración electrónica ofrezca las oportunas garantías. En este sentido, la Administración electrónica que la Junta de Andalucía potencia en este Decreto proporciona las siguientes garantías: autenticación, integridad, confidencialidad, no repudio y sellado de tiempo.
VISIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA: FUNCIONAMIENTO SIMPLE PARA EL CIUDADANO 0. El cliente, a través de Internet, se conecta al portal de la Junta de Andalucía donde accede a las aplicaciones web (formularios electrónicos) publicadas por las Consejerías. La aplicación web le pedirá que aporte un certificado digital emitido por la FNMT a efectos de autenticación. Ésta se produce a través de la interfaz suministrada por el proyecto @firmA para funciones de autenticación. Una vez identificado el ciudadano procede a rellenar el formulario electrónico. Cumplimentado el formulario, el ciudadano procede al envío de los datos, para lo cual el sistema accede nuevamente a la interfaz suministrada por el proyecto @firmA para firma digital. Posteriormente, accede al registro unificado de entrada/salida de la Junta de Andalucía (@ries) para obtener un número de entrada en la administración y Un sellado de tiempo /fecha y hora) de los servicios de notaría electrónica de la Junta de Andalucía. Los servicios de notaría electrónica suministran también un recibo electrónico como justificante de la transacción. Este recibo será remitido al usuario con los datos que ha enviado junto con el número de entrada y sello de tiempo. Una vez introducido los datos en el formulario, la aplicación proseguirá con su tramitación interna. Toda la infraestructura desplegada por la Junta de Andalucía para hacer posible este modelo es transparente al ciudadano.