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 1. Origen
 2. Principios
 3. Nueva concepción del currículum
 4. Nuevas estrategias metodológicas
◦ Enseñanza multinivel
◦ Aprendizaje cooperativo
◦ Globalización
◦ Trabajo por proyectos
◦ Escuela de padres
◦ Agrupamiento Flexibles
◦ Apoyo
 Nueva visión en la formación del profesorado
 Surge como un intento de obtener nuevas metas
en atención a la diversidad
 Supone un cambio cualitativo muy importante
respecto la integración. Supone adoptar una
nueva cultura en los centros y una nueva cultura
profesional ya que afecta a todos cuantos se
encuentran implicados en la vida educativa de
una institución escolar.
 Nuestro sistema educativo se sitúa en líneas
generales en la vía del reconocimiento de la
heterogeneidad del alumnado y en la necesidad
de su integración en el sistema educativo. ( LOE
1/1990 3 de Octubre).
 El modelo educativo básico está basado en los
principios de normalización e integración. Aunque
en la realidad conviven procesos de
homogeneización -heterogeneización
 La escuela inclusiva surge como una innovación
dentro del campo de la Educación Especial en nuestro
sistema educativo pero pronto se amplia a todo el
contexto educativo. No se trata de realizar cambios en
acciones concretas sino de realizar un cambio de
perspectiva o concepción de la educación
 La escuela inclusiva realiza un planteamiento
superador de la integración y va más alla tratando de
dar respuesta a las deficiencias y limitaciones
experimentadas con su puesta en práctica y
desarrollo.
Integración Escuela inclusiva
Mero cambio del emplazamiento
físico de los alumnos
Plena inclusión social y académica
de los alumnos escolarizados en los
centros ordinarios
Duplicidad de sistemas ( especial y
ordinario)
Un único sistema educativo que dé
respuestas a todos los alumnos
Modelo del déficit ( origen e
intervención centrados en el alumno)
Modulo curricular ( origen-
intervención en interacción centrados
en la escuela)
Frente al concepto de n.e.e. ( que da
respuesta sólo a los alumnos con
problemas )
Dificultades de aprendizaje,
diversidad ( atiende a todos los
alumnos)
Frente a la exclusión de los
diferentes o especiales
Inclusión de todos los alumnos en un
sistema común
 La nueva construcción del curriculum es el eje de la atención
a la diversidad.
 Aspirar a la inclusión de todos los alumnos pasa por la
concepción de un currículum abierto y flexible de forma que
permita introducir todos aquellos aspectos adecuados a las
características del contexto y del alumnado.
 La escuela no puede atender a todos los alumnos de la
misma manera y no se debe aplicar a todos los alumnos un
único modelo educativo marcado por programaciones
“uniformes y rígidas”. Pero frente a la diferenciación curricular
también se requiere un currículum común que garantice a
igualdad de oportunidades.
 La legislación contempla la existencia de distintos
niveles de concreción curricular . Cada nivel de
concreción se entiende como una adaptación
curricular a través de la cual vamos , cada vez más,
afinando y adecuándonos a las necesidades y
características de los alumnos Cuanto mayor sean las
adaptaciones que se hagan desde los primeros
niveles de concreción menores serán las que
tengamos que hacer en el último de
ellos( adaptaciones curriculares individualizadas)
 La organización no hay que entenderla como un fin
en si mismo sino como como un elemento facilitador
y promotor del cambio. Es un medio, que según se
establezca, puede facilitar u obstaculizar la inclusión.
 No debe haber un modelo organizativo único sino
múltiples propuestas que han de surgir del contexto
concreto en el que se produce cada proceso de E-A
y de sus posibilidades de adaptarse a la diversidad
 Se trata de posibilitar que cada alumno encuentre
,durante el desarrollo de un contenido, actividades
acordes a su nivel de competencia curricular.
Representa , por lo tanto , una enorme transformación
de la práctica docente , tanto en lo que respecta a las
labores de planificación como en lo relativo a las
actividades en E-A.
 El enfoque multinivel afecta a los distintos elementos
que componen una unidad didáctica.
( objetivos, contenidos, actividades, criterios de
evaluación, y estrategias metodológicas que se
adoptan de cara a implementación de dicha unidad).
 1º Identificación de contenidos fundamentales para el
desarrollo de la unidad didáctica
 2º Determinación de las estrategias de enseñanza a llevar a
cabo por el profesor ( presentación de la información de
manera diversificada teniendo en cuenta sus conocimientos
previos )
 3ºDeterminación de las estrategias de aprendizaje a llevar
a cabo por el alumnado( contemplando distintos tipos de
prácticas o ejecución y distintos tiempo
 4º Emplear distintas estrategias de evaluación
 E:diversidadenseñanza-multinivel.doc
 Puede ser considerado tanto una estrategia
metodológica como organizativa.
 Se ha demostrado que mejora:
 la aceptación mutua de los alumnos
 el rendimiento escolar de los grupos heterogéneos.
 En los alumnos con n.e.e. mejora la autoestima y el
incremento del interés por las tareas de aprendizaje.
 Valoración + positiva de los alumnos con n.e.e por el grupo
 La relación entre iguales
 Posibilitan la entrada en el grupo de otros profesionales de
apoyo de una manera más natural.
 E:diversidadaprendizaje cooperativo.ppt
 Hablamos de interdisciplinariedad, y de :
◦ Tomar la realidad como punto de partida para el
aprendizaje ( aprendizaje significativo)
◦ Abordar las distintas áreas para un estudio más
profundo del objeto de aprendizaje
◦ Flexibilizar la forma de abordar los contenidos
 Se organizan a través de una pequeña investigación, donde se
conjugan diferentes capacidades, intereses y motivaciones personales
con los diferentes ritmos y procesos de desarrollo de los alumnos.
◦ Responsabilizan y propician la motivación del alumnado a través de su
participación en la toma de decisiones convirtiéndolo en protagonista del proceso
◦ El profesor asume el papel de mediador
◦ Al partir de la realidad global y no tanto de la disciplina, se facilita el
establecimiento de relaciones o vínculos significativos entre los nuevos
conocimientos y lo que ya poseía el alumno
◦ Al partir de la realidad facilita el aprendizaje significativo y la trasferencia de
conocimientos
◦ Se respetan los diferentes ritmos , hábitos y estrategias de aprendizaje , asi como
las distintas formas de establecer comunicación
◦ http://www.eeilosgorriones.es/material/proyectos.pdf
◦ http://www.quadraquinta.org/materiales-didacticos/trabajo-por-proyectos/piensa-prensa/p
 Durante algún tiempo a la semana y para trabajar
algún área curricular deben existir grupos
diferentes al de referencia, y los alumnos han de
poder pasar de un grupo a otro en cualquier
momento.
 Este planteamiento supone contemplar otra serie
de ajuste o cambio respecto a la organización ,
como es el caso de los horarios, la coordinación y
asignación de profesores.
 Facilita el ajuste de las expectativas de los padres
respecto a sus hijos
 Potencia su implicación en el proceso educativo
 Proporciona pautas educativas a realizar con sus
hijos
 Facilita la identificación de los padres con las
líneas de actuación del centro reforzando y
promocionando la colaboración e interacción
 Crea un foro para compartir experiencias
COLABORATIVO
EXPERTO
INDIVIDUO
ESCUELA
Apoyo
Terapéutico
Apoyo Individual
Colaborativo
Apoyo
consulta
Apoyo
Curricular
Según Parrila (1996) se pueden identificar dos ejes o dimensiones
en torno a los cuales se puede estructurar la labor de apoyo
 Desde el apoyo curricular , las dificultades que los
alumnos manifiestan , dejan de ser imputables a ellos ,
pasando a ser problemas institucionales, fruto de la
interacción de múltiples factores a los que la institución
debe responder.
 Respuesta que se concreta a través del currículum .
 Los apoyos no competen sólo a profesionales
especialistas.
 El apoyo no actúa interviniendo sobre determinados
alumnos con necesidades específicas , sino que
interviene en otras tareas como la planificación, la
preparación de materiales, el apoyo al currículum….
 Implicaciones
 Sitúa al profesor de apoyo dentro del aula
ordinaria , evitando posibles etiquetados del
alumnado y que los demas alumnos también se
beneficien del apoyo
 El objeto de la intervención también cambia ya
que se interviene sobre el profesorado y el centro
en su conjunto
 Este cambio en la concepción de la educación y
del modelo curricular requieren una nueva imagen
docente.
 Se requiere una formación en la que :
◦ se consoliden actitudes de aceptación de la diversidad ,
y de la exigencia de responder a ella
◦ Se adquieran estrategias organizativas, metodológicas y
de planificación de la enseñanza que les capaciten para
atender a dicha diversidad
◦ Debe aplicarse tanto en la formación inicial como en la
formación permanente
SITUACIÓN ACTUAL OBJETIVOS A CONSEGUIR
Titulación única en educación especial Doble titulación
( docente +específica)
Formación categórica ( sordos, ciegos,
…)
Formación polivalente
Apoyo Directo Asesoramiento
Formación por áreas Formación por niveles
 Artículo 1. Principios.
 El sistema educativo español, configurado de acuerdo con los valores de la
Constitución y asentado en el respeto a los derechos y libertades
reconocidos en ella, se inspira en los siguientes principios:
 a) La calidad de la educación para todo el alumnado, independientemente
de sus condiciones y circunstancias.
 b) La equidad, que garantice la igualdad de oportunidades, la inclusión
educativa y la no discriminación y actúe como elemento compensador de
las desigualdades personales, culturales, económicas y sociales, con
especial atención a las que deriven de discapacidad.
 c) La transmisión y puesta en práctica de valores que favorezcan la libertad
personal, la responsabilidad, la ciudadanía democrática, la solidaridad, la
tolerancia, la igualdad, el respeto y la justicia, así como que ayuden a
superar cualquier tipo de discriminación.[…]
 Artículo 2. Fines.
 1. El sistema educativo español se orientará a la consecución de los
siguientes fines:
 a) El pleno desarrollo de la personalidad y de las capacidades de los
alumnos.
 b) La educación en el respeto de los derechos y libertades fundamentales,
en la igualdad de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres y en
la igualdad de trato y no discriminación de las personas con
discapacidad. […]
 Artículo 19. Principios pedagógicos (de la Educación Primaria).
 1. En esta etapa se pondrá especial énfasis en la atención a la
diversidad del alumnado, en la atención individualizada, en la
prevención de las dificultades de aprendizaje y en la puesta en
práctica de mecanismos de refuerzo tan pronto como se
detecten estas dificultades.
 2. Sin perjuicio de su tratamiento específico en algunas de las áreas de la
etapa, la comprensión lectora, la expresión oral y escrita, la comunicación
audiovisual, las tecnologías de la información y la comunicación y la
educación en valores se trabajarán en todas las áreas.
 3. A fin de fomentar el hábito de la lectura se dedicará un tiempo diario a la
misma. […]
 Artículo 22 (Principios generales de la Educación Secundaria Obligatoria)
 […]4. La educación secundaria obligatoria se organizará de acuerdo con
los principios de educación común y de atención a la diversidad
del alumnado. Corresponde a las Administraciones educativas
regular las medidas de atención a la diversidad, organizativas y
curriculares, que permitan a los centros, en el ejercicio de su
autonomía, una organización flexible de las enseñanzas.
 5. Entre las medidas señaladas en el apartado anterior se contemplarán las
adaptaciones del currículo, la integración de materias en
ámbitos, los agrupamientos flexibles, los desdoblamientos de
grupos, la oferta de materias optativas, programas de refuerzo
y programas de tratamiento personalizado para el alumnado
con necesidad específica de apoyo educativo.
 6. En el marco de lo dispuesto en los apartados 4 y 5, los centros
educativos tendrán autonomía para organizar los grupos y las materias de
manera flexible y para adoptar las medidas de atención a la diversidad
adecuadas a las características de su alumnado.
 7. Las medidas de atención a la diversidad que adopten los centros estarán
orientadas a la consecución de los objetivos de la educación secundaria
obligatoria por parte de todo su alumnado y no podrán, en ningún caso,
suponer una discriminación que les impida alcanzar dichos objetivos y la
titulación correspondiente
 Artículo 27. Programas de diversificación curricular.
 1. En la definición de las enseñanzas mínimas de la etapa se incluirán las
condiciones básicas para establecer las diversificaciones del currículo
desde tercer curso de educación secundaria obligatoria, para el alumnado
que lo requiera tras la oportuna evaluación. En este supuesto, los objetivos
de la etapa se alcanzarán con una metodología específica a través de una
organización de contenidos, actividades prácticas y, en su caso, de
materias diferente a la establecida con carácter general.
 2. Los alumnos que una vez cursado segundo no estén en condiciones de
promocionar a tercero y hayan repetido ya una vez en secundaria, podrán
incorporarse a un programa de diversificación curricular, tras la oportuna
evaluación.
 3. Los programas de diversificación curricular estarán orientados a la
consecución del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
[…]
 Artículo 30. Programas de cualificación profesional inicial.
 1. Corresponde a las Administraciones educativas organizar programas de
cualificación profesional inicial destinados al alumnado mayor de dieciséis
años, cumplidos antes del 31 de diciembre del año del inicio del programa,
que no hayan obtenido el título de Graduado en educación secundaria
obligatoria. Excepcionalmente, y con el acuerdo de alumnos y padres o
tutores, dicha edad podrá reducirse a quince años para aquéllos que
cumplan lo previsto en el artículo 27.2. En este caso, el alumno adquirirá el
compromiso de cursar los módulos a los que hace referencia el apartado
3.c) de este artículo.
 2. El objetivo de los programas de cualificación profesional inicial es que
todos los alumnos alcancen competencias profesionales propias de una
cualificación de nivel uno de la estructura actual del Catálogo Nacional de
Cualificaciones Profesionales creado por la Ley 5/2002, de 19 de junio, de
las Cualificaciones y de la Formación Profesional, así como que tengan la
posibilidad de una inserción sociolaboral satisfactoria y amplíen sus
competencias básicas para proseguir estudios en las diferentes
enseñanzas.
 3. Los programas de cualificación profesional inicial incluirán tres tipos de
módulos:
 a) Módulos específicos referidos a las unidades de competencia
correspondientes a cualificaciones de nivel uno del Catálogo citado.
 b) Módulos formativos de carácter general, que amplíen competencias
básicas y favorezcan la transición desde el sistema educativo al mundo
laboral.
 c) Módulos de carácter voluntario para los alumnos, que conduzcan a la
obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y
que podrán cursarse de manera simultánea con los módulos a los que se
refieren los anteriores párrafos a) y b) o una vez superados éstos. […]
Equidad en la Educación
CAPÍTULO I
Alumnado con necesidad específica de apoyo educativo
Artículo 71. Principios.
1. Las Administraciones educativas dispondrán los medios necesarios para
que todo el alumnado alcance el máximo desarrollo personal, intelectual,
social y emocional, así como los objetivos establecidos con carácter
general en la presente Ley.
2. Corresponde a las Administraciones educativas asegurar los recursos
necesarios para que los alumnos y alumnas que requieran una
atención educativa diferente a la ordinaria, por presentar
necesidades educativas especiales, por dificultades
específicas de aprendizaje, por sus altas capacidades
intelectuales, por haberse incorporado tarde al sistema
educativo, o por condiciones personales o de historia escolar,
puedan alcanzar el máximo desarrollo posible de sus
capacidades persona- les y, en todo caso, los objetivos
establecidos con carácter general para todo el alumnado.
 3. Las Administraciones educativas establecerán los procedimientos y
recursos precisos para identificar tempranamente las necesidades
educativas específicas de los alumnos y alumnas a las que se refiere el
apartado anterior. La atención integral al alumnado con necesidad
específica de apoyo educativo se iniciará desde el mismo momento en que
dicha necesidad sea identificada y se regirá por los principios de
normalización e inclusión.
 4. Corresponde a las Administraciones educativas garantizar la
escolarización, regular y asegurar la participación de los padres o tutores
en las decisiones que afecten a la escolarización y a los procesos
educativos de este alumnado. Igualmente les corresponde adoptar las
medidas oportunas para que los padres de estos alumnos reciban el
adecuado asesoramiento individualizado, así como la información
necesaria que les ayude en la educación de sus hijos.
 Artículo 72. Recursos.
 1. Para alcanzar los fines señalados en el artículo anterior, las
Administraciones educativas dispondrán del profesorado de las
especialidades correspondientes y de profesionales cualificados, así como
de los medios y materiales precisos para la adecuada atención a este
alumnado.
 2. Corresponde a las Administraciones educativas dotar a los centros de
los recursos necesarios para atender adecuadamente a este alumnado.
Los criterios para determinar estas dotaciones serán los mismos para los
centros públicos y privados concertados.
 3. Los centros contarán con la debida organización escolar y realizarán las
adaptaciones y diversificaciones curriculares precisas para
facilitar a todo el alumnado la consecución de los fines
establecidos.
 4. Las Administraciones educativas promoverán la formación del
profesorado y de otros profesionales relacionada con el tratamiento del
alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.
 5. Las Administraciones educativas podrán colaborar con otras
Administraciones o entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro,
instituciones o asociaciones, para facilitar la escolarización y una mejor
incorporación de este alumnado al centro educativo
 Sección Primera. Alumnado que presenta necesidades educativas
especiales
 Artículo 73. Ámbito.
 Se entiende por alumnado que presenta necesidades
educativas especiales, aquel que requiera, por un periodo de
su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados
apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de
discapacidad o trastornos graves de conducta.
 Artículo 74. Escolarización.
 1.La escolarización del alumnado que presenta necesidades educativas
especiales se regirá por los principios de normalización e inclusión y
asegurará su no discriminación y la igualdad efectiva en el acceso y la
permanencia en el sistema educativo, pudiendo introducirse medidas de
flexibilización de las distintas etapas educativas, cuando se considere
necesario. La escolarización de este alumnado en unidades o centros de
educación especial, que podrá extenderse hasta los veintiún años, sólo se
llevará a cabo cuando sus necesidades no puedan ser atendidas en el
marco de las medidas de atención a la diversidad de los centros ordinarios.
 2 La identificación y valoración de las necesidades educativas de este
alumnado se realizará, lo más tempranamente posible, por personal con la
debida cualificación y en los términos que determinen las Administraciones
educativas.
 3. Al finalizar cada curso se evaluarán los resultados conseguidos por cada
uno de los alumnos en función de los objetivos propuestos a partir de la
valoración inicial. Dicha evaluación permitirá proporcionarles la orientación
adecuada y modificar el plan de actuación así como la modalidad de
escolarización, de modo que pueda favorecerse, siempre que sea
posible, el acceso del alumnado a un régimen de mayor
integración.
 4. Corresponde a las Administraciones educativas promover la
escolarización en la educación infantil del alumnado que presente
necesidades educativas especiales y desarrollar programas para su
adecuada escolarización en los centros de educación primaria y secundaria
obligatoria.
 5. Corresponde asimismo a las Administraciones educativas favorecer que
el alumnado con necesidades educativas especiales pueda continuar su
escolarización de manera adecuada en las enseñanzas postobligatorias,
así como adaptar las condiciones de realización de las pruebas
establecidas en esta Ley para aquellas personas con discapacidad que así
lo requieran.
 Artículo 75. Integración social y laboral.
 1. Con la finalidad de facilitar la integración social y laboral del alumnado
con necesidades educativas especiales que no pueda conseguir los
objetivos de la educación obligatoria, las Administraciones públicas
fomentarán ofertas formativas adaptadas a sus necesidades específicas.
 2. Las Administraciones educativas establecerán una reserva de plazas en
las enseñanzas de formación profesional para el alumnado con
discapacidad.
 Sección Segunda. Alumnado con altas capacidades intelectuales
 Artículo 76. Ámbito.
 Corresponde a las Administraciones educativas adoptar las medidas
necesarias para identificar al alumnado con altas capacidades intelectuales
y valorar de forma temprana sus necesidades. Asimismo, les corresponde
adoptar planes de actuación adecuados a dichas necesidades.
 Artículo 77. Escolarización.
 El Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, establecerá
las normas para flexibilizar la duración de cada una de las etapas
del sistema educativo para los alumnos con altas capacidades
intelectuales, con independencia de su edad.
 Sección Tercera. Alumnos con integración tardía en el sistema
educativo español
 Artículo 78. Escolarización.
 1. Corresponde a las Administraciones públicas favorecer la incorporación
al sistema educativo de los alumnos que, por proceder de otros países o
por cualquier otro motivo, se incorporen de forma tardía al sistema
educativo español. Dicha incorporación se garantizará, en todo caso, en la
edad de escolarización obligatoria. 2. Las Administraciones educativas
garantizarán que la escolarización del alumnado que acceda de forma
tardía al sistema educativo español se realice atendiendo a sus
circunstancias, conocimientos, edad e historial académico, de modo que se
pueda incorporar al curso más adecuado a sus características y
conocimientos previos, con los apoyos oportunos, y de esta forma
continuar con aprovechamiento su educación.
 Artículo 79. Programas específicos.
 1. Corresponde a las Administraciones educativas desarrollar programas
específicos para los alumnos que presenten graves carencias lingüísticas o
en sus competencias o conocimientos básicos, a fin de facilitar su
integración en el curso correspondiente.
 2. El desarrollo de estos programas será en todo caso simultáneo a la
escolarización de los alumnos en los grupos ordinarios, conforme al nivel y
evolución de su aprendizaje.
 3. Corresponde a las Administraciones educativas adoptar las medidas
necesarias para que los padres o tutores del alumnado que se incorpora
tardíamente al sistema educativo reciban el asesoramiento necesario sobre
los derechos, deberes y oportunidades que comporta la incorporación al
sistema educativo español.
 Compensación de las desigualdades en educación
 Artículo 80. Principios.
 1. Con el fin de hacer efectivo el principio de igualdad en el ejercicio del
derecho a la educación, las Administraciones públicas desarrollarán
acciones de carácter compensatorio en relación con las
personas, grupos y ámbitos territoriales que se encuentren en
situaciones desfavorables y proveerán los recursos económicos
y los apoyos precisos para ello.
 2. Las políticas de educación compensatoria reforzarán la acción del
sistema educativo de forma que se eviten desigualdades derivadas de
factores sociales, económicos, culturales, geográficos, étnicos o de otra
índole.
 3. Corresponde al Estado y a las Comunidades Autónomas en sus
respectivos ámbitos de competencia fijar sus objetivos prioritarios de
educación compensatoria.
 Artículo 87. Equilibrio en la admisión de alumnos.
 1. Con el fin de asegurar la calidad educativa para todos, la cohesión social
y la igualdad de oportunidades, las Administraciones garantizarán
una adecuada y equilibrada escolarización del alumnado con
necesidad específica de apoyo educativo. Para ello,
establecerán la proporción de alumnos de estas características
que deban ser escolarizados en cada uno de los centros
públicos y privados concertados y garantizarán los recursos
personales y económicos necesarios a los centros para ofrecer
dicho apoyo.
 2. Para facilitar la escolarización y garantizar el derecho a la educación del
alumnado con necesidad específica de apoyo educativo las
Administraciones educativas podrán reservarle hasta el final del
período de preinscripción y matrícula una parte de las plazas
de los centros públicos y privados concertados. Asimismo,
podrán autorizar un incremento de hasta un diez por ciento del
número máximo de alumnos por aula en los centros públicos y
privados concertados de una misma área de escolarización
para atender necesidades inmediatas de escolarización del
alumnado de incorporación tardía.
 Artículo 110. Accesibilidad.
 1. Los centros educativos existentes que no reúnan las condiciones de
accesibilidad exigidas por la legislación vigente en la materia, deberán
adecuarse en los plazos y con arreglo a los criterios establecidos por la Ley
51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no
discriminación y accesibilidad universal, y en sus normas de desarrollo.
 2. Las Administraciones educativas promoverán programas para
adecuar las condiciones físicas, incluido el transporte escolar,
y tecnológicas de los centros y los dotarán de los recursos
materiales y de acceso al currículo adecuados a las
necesidades del alumnado que escolariza, especialmente en el
caso de personas con discapacidad, de modo que no se
conviertan en factor de discriminación y garanticen una
atención inclusiva y universalmente accesible a todos los
alumnos.
Artículo 1 Principios Educación inclusiva
Artículo 2 Fines
No discriminación de las
personas con discapacidad
Articulo 19 Principios pedagógicos E. Primaria
Atención a la diversidad
( detección, prevención
problemas aprendizaje)
Artículo 22 Principios Generales E. Secundaria
Medidas orientadas a la
consecución de objetivos de la
etapa
Artículo 27
Programas de diversificación
curricular desde 3º ESO
Artículo 30
Programas de cualificación
profesional Inicial
>16 años que no han obtenido el
título en ESO
Artículo 71 Equidad ( a.c.n.e.e)
Dificultades, Sobredotación,
Incorporación tardía, Compensatoria
Artículo 72 a.c.n.e.e Recursos disponibles
Artículo 73 a.c.n.e.e. Ámbito
Artículo 74 a.c.n.e.e. Escolarizacion
Articulo 75. a.c.n.e.e. Integración social
Artículo 76
Alumnos con altas capacidades
intelectuales. Ámbito Medidas para la detección
Artículo 77
Alumnos con altas capacidades
intelectuales. Escolarización
Artículo 78
Alumnos con incorporación tardía al
Sistema educativo. Escolarización
Articulo 79
Alumnos con incorporación tardía al
Sistema educativo. Programas
Articulo 80.
Compensación de las desigualdades
educativas. Principios
Articulo 87 Equilibrio en la admisión de alumnos
Reserva de plazas de a.c.n.e.e.
Incorporación tardía
Artículo 110 Accesibilidad
Adecuación condiciones físicas,
tecnológicas, transporte…
Medidas de atención a la diversidad
Perfil del alumnadoPerfil del alumnado
AULAS DE ENLACE. Servicio Atención Inmigrante ( S.A.I)
SAED ( Servicio de Apoyo educativo domiciliario)
Alumnos sin dominio del castellano
Alumnado enfermo o convaleciente.
Programa de Compensatoria
Apoyo individual
Grupos Flexibles
Grupos de apoyo 8x8
Grupo específico
A.C.E. (15 años).
Alumnos con más de dos años de desfase
curricular y situación de desventaja
social.
Programa de integración- ACNE Adaptaciones Curric. Necesidades educativas especiales.
Sobredotación Intelectual Flexib/Ac/Prog.E.Ext Alumnos superdotados intelectual.
Programa de Diversificación (1-2
años)
Prog. Div.Curricular.
Problemas generalizados de aprendizaje
Muestran interés por Titulación ESO.
Repetición de curso. Rec. Ptes +Refuerzo Problemas de aprendizaje
Refuezo y Apoyo ordinario.
Apoyo individual
En pequeño grupo
Alumnos con problemas de aprendizaje y
desfase curricular.
Desdobles. Grupos flexibles Agrupamiento por N.C.C.
Optativas. Itinerarios Bachillerato Itinerario educativo. Definir itinerario académico personal .
Cualificación Profesional Inicial Sin titulación. >16 años. No titulación.
http://www.educa.madrid.org/web/sai.moralzarzal/
ORGANIZACION
COMPONENTES
FUNCIONES
ESTRATEGIAS DE INTERVENCIÓN
 El desarrollo de las funciones de tutoría y orientación es tan complejo, que
el profesor tutor necesita de otros recursos, materiales y, sobre todo,
personales, como los orientadores y los E.O.E.P. ( Equipos de orientación
educativa y psicopedagógica) para llevar a cabo su labor con éxito
 La orientación educativa se va a desarrollar en los 3 niveles que componen
la estructura escolar:
◦ En el aula a través de la función tutorial y orientadora que corresponde a
todo profesor tutor
◦ En la escuela o centro educativo a través del departamento de
orientación y sus profesores orientadores y profesores de apoyo
◦ En el sistema escolar a través de un equipo interdisciplinar del sector o
Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica
( E.O.E.P) desde el cual se coordinan otros programas y servicios
 Son equipos internos al centro formados por:
 Profesorado de la especialidad de psicología o pedagogía.
 Profesorado de apoyo a los ámbitos:
◦ Ámbito lingüístico y social.
◦ Ámbito científico y tecnológico.
◦ Técnicos de apoyo al área práctica.
 Maestros y maestras de la especialidad de Pedagogía Terapéutica y de
Audición y Lenguaje y del profesorado de apoyo del programa de
compensación de las desigualdades.
 Profesorado de formación y orientación laboral.
 Profesorado técnico de formación profesional de Servicios a la Comunidad.
 Son equipos externos al centro y se encuentran regulados por la OM de 9 de
diciembre de 1992.
 Estos equipos interdisciplinares, se organizan en un ámbito sectorial; las
Direcciones Provinciales organizan en sectores su respectiva provincia,
asignando a cada sector geográfico y sus centros un EOEP. Componentes
de un equipo general :
 Psicólogo y Pedagogo, que formarán parte de los centros que les
sean asignados.
 Trabajador Social
 Maestros de Audición y Lenguaje
 Además existen equipos de atención temprana E.A.T. y equipos
específicos ( provinciales) : auditivos, visuales, motóricos y
alteraciones graves del desarrollo
 La orientación escolar debe cumplir 3 funciones :
 Anticipadora y preventiva de distintos problemas. Debe promover la
integración del alumnado en general. Todos tienen necesidades.
 Favorecedora de la diversidad .Articular una respuesta educativa adecuada
a las necesidades educativas especiales.
 Compensadora ante los distintos déficits . Prevenir y desarrollar la
educación de grupos desfavorecidos: mujeres, inmigrantes, habitantes de
zonas rurales, minusválidos, tercera edad.
 Estas funciones de concretan en los siguientes objetivos específicos:
 Ayudar tanto a la institución como al individuo o grupo en los procesos
de clasificación y ajuste como parte del proceso de articulación de la
respuesta educativa más ajustada y posible.
 Realizar los procesos de asesoramiento individualizado.
 Desarrollar programas preventivos de problemas de aprendizaje.
 Evaluar y desarrollar programas de mejora de la motivación.
 Evaluar y desarrollar programas de habilidades para la vida cotidiana.
 Diagnosticar casos, realizar el correspondiente tratamiento y evaluarlo.
 Realizar evaluaciones psicopedagógicas e iniciar en caso necesario
los correspondientes procedimientos de adaptación curricular.
 Evaluar la competencia curricular de los alumnos y alumnas.
 Establecer correctamente las dificultades, diagnosticar y valorar las
potencialidades educativas de los alumnos con necesidades educativas
especiales.
 Establecer cauces de coordinación con otros servicios específicos de la comunidad
que atiendan a los alumnos con necesidades educativas especiales, tales como
Sanidad, Equipos Específicos, Inserso, ...).
 Coordinar la acción educativa, desarrollo del proceso de enseñanza-aprendizaje y
acción tutorial del equipo docente que trabaja con un grupo de alumnos con
necesidades educativas especiales (tutores, profesores de apoyo, profesores
especialistas, ...).
 Orientar a los alumnos para un adecuado proceso de inserción social y laboral
teniendo en cuenta sus necesidades y sus potencialidades
 Hacer un seguimiento y evaluación de los programas y adaptaciones seguidas con
este tipo de alumnos.
 Establecer cauces de coordinación con los padres de los alumnos de necesidades
educativas especiales para potenciar su colaboración e implicación en actividades
de apoyo al aprendizaje y orientación de sus hijos.
 1º Apoyo al proceso de enseñanza - aprendizaje: colaborar con el
profesorado en la atención a la diversidad del alumnado.:
 2º Apoyo al Plan de Acción Tutorial: documento marco que determina la
organización y el funcionamiento de las tutorías.
 3º Apoyo al Plan de Orientación Académica y Profesional: documento que
recoge la organización y planificación que va a seguir el proceso de
orientación académica y profesional para favorecer en los alumnos la toma
de decisiones y su incorporación a la vida adulta de forma activa y
responsable.
 4º Apoyo al Plan de Atención a la Diversidad :documento que determina la
organización y planificación de la atención a la diversidad
 1º Funciones de apoyo especializado a los centros de Educación Infantil y
Educación Primaria colaborando en la elaboración, desarrollo, evaluación y
revisión de los Proyectos Educativos de centro y Proyectos Proyecto
curricular de etapa y con una atención individualizada a los alumnos.
 2. Funciones relacionadas con el sector de su responsabilidad:
 Evaluación psicopedagógica y dictamen de escolarización para alumnos
con necesidades educativas especiales.
 Colaboración y coordinación con otras instituciones: Inspección Educativa,
servicios sociales de la zona, otros EOEP, centros de Educación Especial
 Desde que en 1990 la LOGSE diera cobertura normativa a un modelo de
orientación que contempla la atención a la diversidad a través de servicios
de orientación internos y externos a los centros, la intervención
psicopedagógica de los profesionales de la orientación se realiza tanto por
medio de programas como desde la consulta colaborativa. Así, tal y como
señala Hervás Avilés (2006), la intervención psicopedagógica del orientador
u orientadora se centra en la elaboración, diseño y aplicación de programas
de intervención, de modo que se favorezca la integración del alumnado en
los escenarios educativos. En este proceso de integración, los equipos
interdisciplinares deben realizar un trabajo extensivo y progresivo en la
identificación y valoración diagnóstica de las necesidades educativas
especiales, así como establecer un sistema de orientación que responda a
esas necesidades y proporcione un seguimiento pormenorizado del
proceso (Lizasoáin y Peralta, 1998).
 Los Departamentos de Orientación y los Equipos de Orientación Educativa y
Psicopedagógica se erigen como elementos básicos de coordinación en la atención a
la diversidad, que se lleva a cabo desde tres puntos de referencia:
 a) El Proyecto Educativo de Centro (PEC)
 Debe asesorar sobre algunos aspectos como pueden ser las opciones educativas
básicas, la colaboración con los distintos colectivos que intervienen en la educación,
la estructura organizativa o los objetivos generales (Soler Nages, 2007).
 b) A través del Proyecto Curricular de Centro (PCC) JUNTO CON LA Comisión de
Coordinación Pedagógica (CCP) (de la que formarán parte junto con el director, el jefe de estudios, los jefes
de estudios adjuntos de E.S.O. y Bachillerato los jefes de los departamentos de actividades y didácticos)
 En la CCP se deben contextualizar y debatir todas aquellas decisiones relacionadas
con la dirección pedagógica y con los proyectos curriculares de cada centro. En
estas decisiones el orientador o la orientadora tiene un papel específico en el
asesoramiento para la atención a la diversidad y, en concreto, en los aspectos
siguientes (Soler Nages, 2007):
 Principios psicopedagógicos y metodológicos que impregnan la labor educativa.
 Evaluación diagnóstica, como punto de partida necesario para adaptar
programaciones y realizar las primeras atenciones a los alumnos y alumnas.
 Criterios organizativos para la puesta en marcha de medidas como los
agrupamientos flexibles, los grupos de apoyo y refuerzo, etc.
 Criterios para elaborar el Plan de Acción Tutorial.
 Criterios y procedimientos para realizar las adaptaciones y diversificaciones
curriculares.
 Criterios de promoción.
 Organización de recursos personales y materiales para el alumnado con
necesidades educativas especiales.
 Propuestas de asignaturas optativas.
 Además de los aspectos mencionados anteriormente, en el caso de los Institutos de
Educación Secundaria, el Departamento de Orientación debe asesorar sobre los
criterios de obtención del título de Graduado en Educación Secundaria y el Plan de
Orientación Académica y Profesional.
 c) Facilitando la labor orientadora del profesorado, los tutores y las tutoras. Se trata
de apoyar en la puesta en práctica de una enseñanza adaptada a las características
del alumnado, e intervenir directamente con aquellos que requieran apoyos
específicos. Además, los profesionales de la orientación deben facilitar y coordinar
una acción tutorial eficaz, desarrollando programas de información y orientación
académica y profesional que posibilite la toma de decisiones del alumnado.
d) Colaborando en el Plan de Atención a la Diversidad
 La normativa establece que los centros escolares deben elaborar, en el marco de la
Programación General Anual, un Plan de Atención a la Diversidad (PAD) que guíe la
planificación de las medidas educativas de atención a la diversidad en el centro.
 A partir de él deben ofrecerse respuestas ajustadas a la diversidad de todo el
alumnado ,y en particular al de aquel que presenta necesidades educativas
específicas, para garantizar el derecho individual a una educación de calidad.
 Una vez valoradas las necesidades educativas del alumnado, este Plan debe
orientar a los profesionales del centro en la planificación y organización de los
apoyos, así como en la priorización de los recursos personales de que se
dispone, con el fin de ajustarlos a las necesidades grupales y/o individuales
del alumnado. Asimismo, ha de establecer las medidas y pautas a seguir para
la acogida e inclusión del alumnado inmigrante y de minorías socioculturales
dentro de un programa de acogida consensuado por su equipo docente.
 En los centros de Educación Infantil y Primaria es la Comisión de
Coordinación Pedagógica la que se encarga de la realización del Plan de
Atención a la Diversidad. La presencia del orientador u orientadora del centro
en la citada Comisión cobra especial importancia por su competencia directa
en el asesoramiento de este tipo de actuaciones y por su conocimiento
específico de las necesidades educativas del alumnado.
 En los centros de Educación Secundaria, dada su complejidad, el proceso de
elaboración podrá ser coordinado por una Comisión, creada desde la CCP,
de la cual formarán parte el Jefe de Estudios y el Jefe del departamento de
Orientación.
 El Plan de Atención a la Diversidad debe ser entendido como el conjunto de
actuaciones, adaptaciones al currículo, medidas organizativas, apoyos y refuerzos
que un centro diseña, selecciona y pone en práctica para proporcionar, tanto al
conjunto del alumnado del centro la respuesta mas ajustada a sus necesidades
educativas generales y particulares, como a las propias dificultades que puede
suponer la enseñanza de ciertas áreas o materias, intentando prevenir posibles
dificultades de aprendizaje.
 Este Plan de Atención a la Diversidad se concretará en un documento en el que
deberá constar:
 1º el análisis de la realidad actual de centro,
 2º la determinación de los objetivos a conseguir,
 3º las medidas que se llevarán a cabo para atender a la diversidad del alumnado
 4º los recursos tanto humanos como, temporales, materiales y didácticos, que se
van a destinar para ello, así como el procedimiento de seguimiento, evaluación y
revisión del mismo.
 El Plan de Atención a la Diversidad ha de ser elaborado mediante un proceso que permita la
reflexión del conjunto del profesorado y la propuesta de las medidas adecuadas para cada
centro concreto.
 El Claustro establecerá los criterios generales y marcará las directrices a la Comisión de
Coordinación Pedagógica, para la elaboración y revisión del Plan de Atención a la Diversidad.
Este proceso será tutelado e impulsado por el Equipo Directivo de cada centro.
 Una vez elaborada por la Comisión de Coordinación Pedagógica una propuesta de Plan de
Atención a la Diversidad, previo debate con los equipos de ciclo y los departamentos didácticos,
y una vez analizadas las propuestas elaboradas por estos órganos, el Director del centro
presentará al Claustro la propuesta definitiva de Plan de Atención a la Diversidad. El Plan de
Atención a la Diversidad formará parte de la Programación General Anual. El Servicio de
Inspección Educativa facilitará la puesta en marcha y desarrollo del Plan de Atención a la
Diversidad y realizará su seguimiento y evaluación.
 1. Análisis de las necesidades del alumnado y valoración de los
recursos del centro. Contempla la información y reflexión sobre las
características y posibilidades educativas del entorno en que se sitúa el centro, el
análisis del propio centro y del equipo docente, así como sobre la realidad social de
las familias que integran la comunidad educativa y las necesidades más relevantes
del alumnado. Es el punto de partida para la elaboración de los distintos proyectos
que articulan la actuación educativa. En esta fase se realizará la determinación de
las principales necesidades educativas que presenta el alumnado del centro.
 2. Principios generales y objetivos que se persiguen. En función del
análisis y valoración de necesidades, se deberán especificar los objetivos que se
pretenden conseguir. Dichos objetivos harán referencia a los siguientes ámbitos:
 - Desarrollo personal y social
 - Desarrollo cognitivo
 - Mejora de la convivencia.
 3. Medidas que se proponen para conseguir los objetivos planteados.
 3.1 Generales: Suponen las estrategias reguladas normativamente, que el Centro pone en
marcha para adecuar los elementos prescriptivos del currículo a su contexto particular con el objetivo
de dar la respuesta educativa mas inclusiva y normalizada posible a los diferentes niveles de
competencia curricular, capacidades, expectativas, motivaciones, ritmos o estilos de aprendizaje, así
como a las diferencias sociales y culturales del alumnado del centro. Son medidas generales :
 1.- La orientación personal que debe recibir el alumno y la familia
 2.- Desarrollo de programas adecuados a las características de los alumnos
 3.- Desarrollo de criterios de promoción y evaluación adaptados flexiblemente a los
alumnos
 4.- Organización del profesorado para facilitar la coordinación entre profesionales.
 Tienen carácter de medidas generales las medidas :
 3.2 Ordinarias: Constituyen las estrategias de organización y las modificaciones que debe de
realizar cada centro respecto a los agrupamientos, metodología de enseñanza, técnicas, actividades y
estrategias de enseñanza aprendizaje y evaluación con el fin de atender a la diversidad sin modificar
los elementos prescriptivos del currículo: objetivos, contenidos y criterios de evaluación.
 1.- Los diferentes agrupamientos que el centro puede establecer, en función de grupos de refuerzo,
desdobles, grupos flexibles…
 2.- Horarios flexibles y espacios adaptables a los diferentes tipos de agrupamiento…
 3.- Objetivos adecuados, priorizando contenidos en función de las características de los alumnos
 4.- Organizar contenidos en función de ámbitos integradores
 5.- Aplicar estrategias metodológicas que favorezcan la participación de todo el alumnado, tales
como: Aprendizaje Cooperativo y Tutorías entre iguales.
 6.- Incorporar diferentes opciones metodológicas, adecuando: Técnicas y Estrategias más adecuadas
a las DIFICULTADES DE LOS ALUMNOS, sobre el aprendizaje de determinados contenidos.
 7.- Adecuar actividades a los diferentes niveles de competencia curricular de los alumnos del grupo
aula, referido al mismo contenido.
 8.-Selección de materiales y recursos para realizar actividades, buscando la MOTIVACIÓN DE LOS
ALUMNOS.
 9.- Manejo de TÉCNICAS, PROCEDIMIENTOS E INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN adaptados a
las necesidades educativas del alumnado, sin modificar los criterios generales del grupo.
 10.- Introducir medidas de PROFUNDIZACIÓN Y ENRIQUECIMIENTO para el alumnado de ALTAS
CAPACIDADES
 3.3 Extraordinarias: Abordan las medidas de carácter individual
que se toman en un centro para responder a las necesidades educativas
específicas que presenta el alumnado y que requiere la organización de
unos recursos personales y materiales concretos.
 Estas medidas se adoptarán cuando se hayan agotado las medidas
ordinarias de atención a la diversidad.
 Las adaptaciones curriculares significativas que se realizan para el alumno con necesidades
educativas especiales. Requieren cambio o eliminación de alguno de los requisitos del currículo:
objetivos, contenidos y criterios de evaluación.
 Las adaptaciones curriculares de acceso que modifican o tienen provisión de recursos
especiales, materiales o de comunicación.
 Flexibilización para los alumnos con necesidades educativas específicas por sobredotación
intelectural.
 Grupos de apoyo de Educación Compensatoria, con desfase escolar significativo con dos o más
cursos de diferencia entre el nivel de competencia y el nivel en que está escolarizado.
 Pertenecer a AULAS ENLACE, en base a dos supuestos:
◦ Desconocimiento de la lengua española
◦ Grandes carencias en conocimientos básicos
 SAED.- Servicio de Apoyo Domiciliario para alumnos con prescripción facultativa debe
permanecer durante largos periodos en su domicilio sin poder asistir al centro educativo donde
está escolarizado
 HD, CET. Asistencia al Hospital de Día o al Centro Educativo Terapéutico para alumnos que
transitoriamente no pueden asistir a los centros docentes, por necesitar un tratamiento
 3.4. Otras medidas de carácter singular: Desde los órganos directivos de la
Consejería de Educación, en el ámbito de su competencia, se podrá coordinar el desarrollo de
medidas singulares que den otro tipo de respuesta a la diversidad del alumnado de los centros.
 Todas estas medidas se pueden ampliar y estructurar por el centro en coordinación con las
respectivas Unidades de Programas Educativos previa aprobación de la Inspección Educativa,
atendiendo a criterios de organización del centro, medidas relacionadas con el grupo-clase y
medidas individuales.
 4. Valoración de los recursos disponibles en el centro
 Con el fin de optimizar todos los recursos tanto personales como materiales en la aplicación de
las medidas de atención a la diversidad y buscando la mayor inclusión de todo el alumnado en
medidas ordinarias. En este apartado se incluirá la posible participación de otras instituciones
educativas y/o sociales del entorno.
 5. Seguimiento y evaluación del Plan de Atención a la Diversidad.
 Deberán especificarse los momentos, instrumentos, procedimientos, así como los órganos y
personas implicadas. Dicha evaluación del Plan de Atención a la Diversidad formará parte de la
Memoria Anual del centro educativo y, conforme al procedimiento planteado para su elaboración
y actualización o revisión, deberá ser impulsada por la Comisión de Coordinación Pedagógica y
conocida por el claustro.
CURRICULARES
ORGANIZATIVAS
 La coherencia existente entre los niveles de concreción curricular garantiza
una enseñanza comprensiva y abierta a la diversidad donde se puedan
redistribuir las competencias y responsabilidades de : la Administración
Educativa, de los centros docentes y del profesorado en el establecimiento
del currículum escolar. Fuente ( CIDE)
R.D enseñanzas mínimas Prescribe los contenidos del currículum de
forma abierta y flexible
Currículos oficiales de las comunidades
autónomas
Cada administración autonómica fija su
currículo para los alumnos y alumnas de
sus centros escolares
Proyectos curriculares de centro Ajuste del currículo a las necesidades del
alumnado de cada centro
Programación curricular de aula La programación se adapta a las
características del grupo-aula
Adaptaciones curriculares Las programaciones se ajustan a los
alumnos y alumnas que tienen
necesidades específicas
 Respetando la Normativa Autonómica, corresponde a cada centro escolar
formular en su Proyecto Educativo las medidas establecidas para la
atención a la diversidad del alumnado. Para llevarlo a cabo, según Gairín
(1998: 258-259), en los centros escolares es importante:
 Promover un debate colectivo que permita la explicitación, la clarificación y
el acercamiento de las concepciones que se tienen sobre la diversidad y las
formas de abordarla.
 Favorecer la reflexión profesional sobre las prácticas educativas y su
vinculación con los compromisos de centro, sea o no a través de
programas de formación.
 Procurar la implicación del alumnado, de los padres y las madres en la
delimitación y aplicación de las propuestas.
 Respecto a los Proyectos Curriculares que debe elaborar un centro, Gairín
(1998) señala que en su elaboración los centros educativos han de tener
presente que el currículo a desarrollar debe ser único, pero lo suficientemente
flexible y abierto como para admitir la diversidad :
 Los objetivos y contenidos deberían entenderse como propuestas indicativas y
referenciales.
 Los contenidos han de organizarse a partir de macroactividades (trabajo por
proyectos,estudio de casos, etc.).
 Las estrategias metodológicas más adecuadas establecen contratos didácticos
que permitan al alumnado la participación, el trabajo cooperativo, la
reformulación de los indicadores de éxito, etc.
 Los espacios, tiempos y materiales deben ser utilizados de forma flexible y
diversificada en función de los requerimientos del proceso de enseñanza-
aprendizaje.
 Respecto a la Programación de Aula ,elaborada por el equipo docente de un
mismo nivel educativo ,cada profesor o profesora debe adaptar al ritmo de
aprendizaje y a las características de sus alumnos y alumnas de su grupo-
clase.
 Las adaptaciones curriculares, que deben partir siempre del currículo
ordinario, pueden tener un carácter grupal o individual. En este sentido, se
priorizan las adaptaciones curriculares generales o grupales sobre las
individuales.
 – Según su naturaleza:
 DE ACCESO al currículo (elementos personales, materiales y
organizativos)
 o De Acceso Físico: Recursos espaciales, materiales y personales. Por
ejemplo: eliminación de barreras arquitectónicas, adecuada iluminación y
sonoridad, mobiliario adaptado, profesorado de apoyo especializado,…
o De Acceso a la Comunicación: Materiales específicos de enseñanza -
aprendizaje, ayudas técnicas y tecnológicas, sistemas de comunicación
complementarios, sistemas alternativos… Por ejemplo: Braille, lupas,
telescopios, ordenadores, grabadoras, lenguaje de signos…
 ADAPTACIONES AL CURRICULO (qué, cómo y cuándo enseñar y
evaluar).
 – Según su significatividad o grado en el que se apartan del currículo
ordinario: se clasifican en adaptaciones curriculares no significativas y
adaptaciones curriculares significativas. Las primeras no afectan a los
elementos básicos del currículo oficial (objetivos, contenidos y criterios de
evaluación), mientras que las segundas implican la modificación de alguno
de los elementos básicos. Algunas de estas últimas adaptaciones requieren
medios personales y materiales complementarios que implican cambios en
la organización de los centros y en la metodología, así como la sustitución
o introducción de nuevas áreas o materias.
 Medidas ORDINARIAS de atención a la diversidad
 a) Adaptaciones curriculares no significativas
 Las adaptaciones curriculares varían en función de las necesidades educativas
del alumnado y presentan distintos grados de concreción. Se pueden adecuar,
priorizar, secuenciar y temporalizar objetivos, contenidos o criterios de
evaluación, pero nunca eliminarlos.
 b) Organización de actividades de refuerzo y apoyo
 Ésta es una medida muy generalizada que suele ir dirigida a las áreas
instrumentales (Matemáticas y Lengua) y permite un seguimiento más
personalizado del alumnado con dificultades, a la vez que les proporciona más
tiempo y recursos para acceder a los objetivos programados.
 c) Los agrupamientos específicos
 Son grupos flexibles o desdobles espacio-temporales que se establecen en
función de las características de los alumnos y alumnas. Suponen una variante
de mayor extensión que los refuerzos o apoyos y siempre tienen carácter
transitorio.
 Medidas EXTRAORDINARIAS de atención a la diversidad
 Para muchos alumnos y alumnas, las medidas ordinarias resultan suficientes para
progresar en sus aprendizajes, de forma que puede afirmarse que sus necesidades
educativas quedan adecuadamente satisfechas. Sin embargo, hay determinados alumnos
y alumnas que, por razones muy diversas, encuentran mayores dificultades para acceder
a los objetivos y contenidos que se han establecido en el currículo común y que, como
consecuencia, tienen necesidad de otro tipo de ajustes más específicos.
 Para estos alumnos y alumnas el sistema educativo dispone de una serie de medidas
extraordinarias de atención a la diversidad.
 a) Permanencia en la etapa de Educación Primaria
 Para todos los alumnos y alumnas, incluidos los que presentan necesidades
educativas especiales, se puede ampliar la permanencia en la etapa de
Educación Primaria un año más. Cuando un alumno o alumna no haya
alcanzado los objetivos del ciclo, el tutor o tutora, teniendo en cuenta los
informes del resto del profesorado y consultada la familia o los tutores legales,
deciden su permanencia un año más o su promoción al ciclo siguiente. En
ambos casos, la decisión va acompañada de indicaciones sobre las medidas
educativas complementarias encaminadas a contribuir a que el alumno logre los
objetivos programados
 b) Adaptaciones curriculares significativas
 Las adaptaciones curriculares significativas suponen la modificación de aspectos
centrales del currículo ordinario, como la eliminación de contenidos, objetivos y
criterios de evaluación para un alumno o alumna concreto. Su aplicación solo
puede llevarse a cabo a partir de una evaluación psicopedagógica previa
realizada por los servicios de orientación e implica un seguimiento continuo que
permita, siempre que sea posible, ir acercando cada vez más al alumno o
alumna al currículo normalizado.

c) Apoyos de profesorado especialista .Para los alumnos y alumnas con
necesidades educativas especiales que requieren adaptaciones significativas del
currículo en varias o en la totalidad de las áreas, los centros de Educación
Primaria cuentan con personal de apoyo (profesorado de la especialidad de
Educación Especial, Pedagogía Terapéutica, Audición y Lenguaje, etc.) que
refuerza el trabajo del resto de los docentes. La organización de los apoyos
varía de unos centros a otros, según las necesidades de los alumnos y la
organización escolar, pudiendo llevarse a cabo en el mismo grupo-aula o en
agrupamientos específicos de un número reducido de alumnos fuera del aula.
 d) Flexibilidad en la duración de las etapas
 los alumnos con altas capacidades intelectuales, se han establecido unas
normas para flexibilizar la duración de los diversos niveles y etapas del
sistema educativo independientemente de la edad de estos alumnos. Así
mismo, las administraciones educativas deben adoptar las medidas
necesarias para identificar y evaluar de forma temprana sus necesidades y
facilitar la escolarización de los alumnos con altas capacidades
intelectuales en centros que, por sus condiciones, puedan prestarles una
atención adecuada a sus características.
Ordinarias Extraordinarias
 Adaptaciones
curriculares no
significativas
 Refuerzo y Apoyo
 Agrupamientos
específicos
 Permanencia más de una
año
 Adaptaciones curriculares
significativas
 Apoyo especialistas
 Flexibilización etapas
 a) La optatividad
 Según se señala en el Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, por el
que se establecen las Enseñanzas Mínimas correspondientes a la
Educación Secundaria Obligatoria, los alumnos y alumnas podrán cursar
alguna materia optativa dentro de la oferta establecida por las
administraciones educativas.
 La optatividad permite enriquecer y equilibrar el currículo, dando cabida a
capacidades múltiples y a situaciones diversas del alumnado. Los
Departamentos Didácticos son los órganos encargados del diseño de las
materias optativas que se enmarcan en su área curricular, sin descartar la
posibilidad de que las diseñen interdisciplinarmente varios Departamentos.
Los alumnos y alumnas pueden elegir estas materias con la ayuda y
asesoramiento del tutor o tutora, de tal forma que dicha elección responda
a las necesidades, capacidades e intereses de cada uno.
 b) La opcionalidad
 Una vía de atención a la diversidad consiste en establecer un espacio de
opcionalidad curricular que permita a los alumnos elegir, entre las
alternativas que se les ofrecen, aquellas que responden mejor a sus
motivaciones, intereses y a sus necesidades educativas. La opcionalidad
se inicia en el último curso de la ESO y continúa en el Bachillerato. En
cuarto de la ESO existe una organización flexible de las materias comunes
y optativas, ofreciendo posibilidades de elección al alumnado en función de
sus expectativas futuras y de sus intereses. En el Bachillerato hay tres
modalidades diferentes, organizadas de modo flexible, de forma que
pueden elegirse dentro de cada modalidad opciones diferentes, que van a ir
configurando el perfil académico de cada alumno o alumna.
 Medidas extraordinarias
 c) Programa de diversificación curricular
 La diversificación curricular es una medida excepcional que pretende adaptar los
objetivos generales de la ESO a las necesidades de un grupo de alumnos con mayor
grado de dificultad de aprendizaje. La organización y selección de los contenidos de
determinadas áreas y la priorización de sus objetivos y criterios de evaluación, así
como la metodología empleada, atienden, por una parte, a la situación de partida de
cada alumno o alumna y, por otra, al desarrollo de las capacidades establecidas en
los objetivos generales de la etapa.
 Esta medida puede aplicarse a un alumno o alumna tras la evaluación
psicopedagógica pertinente, oídos el alumno o alumna y la familia y con el informe
favorable de la Inspección Educativa. Igualmente, pueden incorporarse a dicho
programa tras la oportuna evaluación, los alumnos y alumnas que una vez finalizado
segundo curso no estén en condiciones de promocionar a tercero y hayan repetido
ya una vez en Secundaria.
 Las medidas de diversificación curricular tienen como referente el currículo
común de los dos últimos cursos de la etapa, e incluyen al menos tres de las
áreas del currículo básico y elementos formativos de las áreas lingüístico-social
y científico-tecnológica. Dentro del marco establecido por las administraciones
educativas estas medidas deben especificar la metodología, contenidos y
criterios de evaluación más adecuados para cada alumno o alumna.
 d) Los alumnos que no pueden continuar sus estudios por carecer de título al
final de la escolaridad obligatoria pueden optar por cursar los Programas de
Cualificación Profesional Inicial, cuya finalidad es facilitar el acceso al mundo
laboral. El objetivo de estos programas es que todos los alumnos y alumnas
alcancen competencias profesionales propias de una cualificación de nivel uno
de la estructura actual del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales y
que amplíen sus competencias básicas para proseguir estudios en las
diferentes enseñanzas.
 e) Exención de cursar determinadas materias
 En el Bachillerato y en Formación Profesional se prevé la posibilidad de
exención de determinadas materias exclusivamente para los alumnos con
problemas graves de audición, visión y motricidad. Los centros de Formación
Profesional deben desarrollar los currículos establecidos por la Administración
educativa, con especial atención a las necesidades de aquellas personas que
presenten una discapacidad.
 Asimismo, se deben establecer las medidas e instrumentos necesarios de
apoyo y refuerzo para facilitar la información, orientación y asesoramiento a
estas personas.
 Los procesos de evaluación se deben adecuar a las adaptaciones
metodológicas de las que haya podido ser objeto el alumnado con
discapacidad, garantizándose siempre su accesibilidad a las pruebas de
evaluación.
 f) Flexibilidad en la duración de las etapas
 Para el alumno de altas capacidades se establece la posibilidad de que se
incorpore a un curso superior al que le corresponda por su edad, hasta un
máximo de tres veces en la enseñanza básica y una sola vez en las
enseñanzas postobligatorias
Ordinarias Extraordinarias
 Optatividad
 Opcionalidad
◦ 4º ESO
◦ BACHILLERATOS
 Programas de
diversificación curricular
 Programas de
cualificación Profesional
 Exención de materias
(alumnos con deficiencias auditivas, motoras..)
 Flexibilización
 B) La respuesta educativa a la diversidad del
alumnado desde una perspectiva organizativa
 La puesta en práctica de atención a la diversidad exige que los centros
establezcan medidas de tipo organizativo que les permitan llevar a cabo las
medidas de tipo curricular.
 La respuesta educativa a la diversidad no puede abordarse sólo desde una
perspectiva didáctica, pues “el desarrollo curricular y el seguimiento global del
alumno o alumna hacen necesario el trabajo en equipo y la consideración de la
perspectiva organizativa” (Gairín, 1998: 257).
 En este sentido, la LOE determina que cuando se dispongan ayudas dirigidas al
alumnado con dificultades en determinados momentos del proceso de
enseñanza-aprendizaje que no requieran modificaciones del currículo, éstas
deberán ir acompañadas de las medidas organizativas que las hagan posibles,
con el fin de que el alumno o alumna consiga los objetivos propuestos.
 En general, la atención a la diversidad exige un tipo de medidas organizativas
tales como la ordenación de los recursos humanos y la adecuación de los
recursos materiales
 La ordenación de recursos humanos
 Según señala Gairín (1998: 262), para atender a las finalidades institucionales de
atención a la diversidad es importante que haya una “mayor atención, desde la
organización vertical, a los procesos de gestión participativa, a los recursos y a la
existencia de equipos directivos comprometidos”. Asimismo, este autor señala que
deben ponerse en funcionamiento, por un lado, modalidades organizativas de
atención a la diversidad (agrupamientos flexibles, talleres, organización por módulos,
etc.) que completen y refuercen las adaptaciones que se implementan desde la
dimensión didáctica, y, por otro, equipos de profesores que desarrollen propuestas
interdisciplinarias y lleven a cabo modalidades de agrupamiento heterogéneas.
 Por otra parte, es importante considerar que la atención a la diversidad puede exigir
ayudas externas, particularmente en situaciones específicas como por ejemplo el
tratamiento de minorías étnicas, las dificultades generadas por personas con grandes
déficits o el desarrollo curricular en zonas marginales.
 b) La adecuación de recursos materiales
 Desde el punto de vista de los recursos funcionales, la atención a la diversidad
repercute
 en la distribución horaria
 y en los presupuestos
 Es fundamental el establecimiento de horarios modulares de forma que permitan
cambios ocasionales en el agrupamiento de alumnos. Así debe prestarse una
atención prioritaria a la ordenación flexible de espacios que facilite cambios en las
dinámicas de trabajo y en las relaciones de comunicación. Como es lógico, estas
propuestas repercuten en los presupuestos y exigen un aumento de los recursos o
cambios en el modo de gestionarlos, como por ejemplo la instauración de
modalidades presupuestarias por programas o por tiempos.
 Aulas hospitalarias
  Servicio de apoyo educativo domiciliario
(6-9 horas semanales profesorado de la consejería)
 Centros educativos terapéuticos
(Proporcionar atención educativa a los alumnos con problemas psiquiátricos )
 Servicio de Traductores e interpretes
(Traduce los documentos oficiales necesarios para la adecuada escolarización de los alumnos
inmigrantes. Realiza labores de interpretación en las entrevistas o reuniones de carácter
psicopedagógico que se lleven a cabo desde cualquier servicio educativo.
 Educación compensatoria en centros educativos
 Apoyo en grupos ordinarios
 para  reforzar los aprendizajes instrumentales básicos en las áreas de  Lengua Castellana y
Literatura y de Matemáticas.
 Grupos de apoyo
 Para desarrollar actividades específicas relacionadas con la  adquisición o refuerzo de los
aprendizajes instrumentales básicos, se  podrán establecer  grupos de apoyo, fuera del aula de
referencia,  durante un máximo de quince horas semanales.
 Aulas de Enlace
 Dirigidas a los alumnos de segundo y tercer ciclo de Educación  Primaria  que se escolaricen por
primera vez en el sistema educativo  de la Comunidad de Madrid, con desconocimiento de la
lengua  española o con graves carencias de los conocimientos básicos como  consecuencia de
su escolarización irregular en el país de origen.
 Alumnos de altas capacidades
 Programa de enriquecimiento educativo, consistente en actividades complementarias a la
educación reglada que se realizan fuera del horario lectivo, mediante propuesta de los Equipos
de Orientación Educativa y Psicopedagógica (E.O.E.P.) o los Departamentos de Orientación de
los Centros de Educación Secundaria.
 Educación compensatoria en el centro educativo
(Estas actuaciones se orientan prioritariamente, a la realización de actividades complementarias
en horario no lectivo, dirigidas al enriquecimiento de la oferta educativa. )
 Actuaciones de compensatoria externa. Aulas
abiertas ( deporte, teatro, informática, biblioteca y música y danza)
 Servicio de Apoyo al Alumnado Inmigrante (S.A.I).
 Asesora sobre el desarrollo de programas de acogida que favorezcan la inserción del alumnado
inmigrante y Orienta respecto a recursos materiales y metodológicos para la enseñanza del
español como segunda lengua. Destinado a Centros docentes sostenidos con fondos públicos
que impartan las etapas obligatorias.
 El horario del profesorado destinado al S.A.I. es de 20 horas de dedicación a centros
educativos, siendo prioritaria la atención directa a los alumnos, que deberá ser de un mínimo de
12 horas semanales. El resto de este horario se dedicará al asesoramiento a profesores y
coordinación con los tutores. Así mismo se destinarán 5 horas en la sede del Servicio (un
máximo de 2 horas de formación y un mínimo de 3 horas de coordinación del equipo).

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La escuela inclusiva como respuesta en la atención a la diversidad

  • 1.
  • 2.  1. Origen  2. Principios  3. Nueva concepción del currículum  4. Nuevas estrategias metodológicas ◦ Enseñanza multinivel ◦ Aprendizaje cooperativo ◦ Globalización ◦ Trabajo por proyectos ◦ Escuela de padres ◦ Agrupamiento Flexibles ◦ Apoyo  Nueva visión en la formación del profesorado
  • 3.  Surge como un intento de obtener nuevas metas en atención a la diversidad  Supone un cambio cualitativo muy importante respecto la integración. Supone adoptar una nueva cultura en los centros y una nueva cultura profesional ya que afecta a todos cuantos se encuentran implicados en la vida educativa de una institución escolar.
  • 4.  Nuestro sistema educativo se sitúa en líneas generales en la vía del reconocimiento de la heterogeneidad del alumnado y en la necesidad de su integración en el sistema educativo. ( LOE 1/1990 3 de Octubre).  El modelo educativo básico está basado en los principios de normalización e integración. Aunque en la realidad conviven procesos de homogeneización -heterogeneización
  • 5.  La escuela inclusiva surge como una innovación dentro del campo de la Educación Especial en nuestro sistema educativo pero pronto se amplia a todo el contexto educativo. No se trata de realizar cambios en acciones concretas sino de realizar un cambio de perspectiva o concepción de la educación  La escuela inclusiva realiza un planteamiento superador de la integración y va más alla tratando de dar respuesta a las deficiencias y limitaciones experimentadas con su puesta en práctica y desarrollo.
  • 6. Integración Escuela inclusiva Mero cambio del emplazamiento físico de los alumnos Plena inclusión social y académica de los alumnos escolarizados en los centros ordinarios Duplicidad de sistemas ( especial y ordinario) Un único sistema educativo que dé respuestas a todos los alumnos Modelo del déficit ( origen e intervención centrados en el alumno) Modulo curricular ( origen- intervención en interacción centrados en la escuela) Frente al concepto de n.e.e. ( que da respuesta sólo a los alumnos con problemas ) Dificultades de aprendizaje, diversidad ( atiende a todos los alumnos) Frente a la exclusión de los diferentes o especiales Inclusión de todos los alumnos en un sistema común
  • 7.  La nueva construcción del curriculum es el eje de la atención a la diversidad.  Aspirar a la inclusión de todos los alumnos pasa por la concepción de un currículum abierto y flexible de forma que permita introducir todos aquellos aspectos adecuados a las características del contexto y del alumnado.  La escuela no puede atender a todos los alumnos de la misma manera y no se debe aplicar a todos los alumnos un único modelo educativo marcado por programaciones “uniformes y rígidas”. Pero frente a la diferenciación curricular también se requiere un currículum común que garantice a igualdad de oportunidades.
  • 8.  La legislación contempla la existencia de distintos niveles de concreción curricular . Cada nivel de concreción se entiende como una adaptación curricular a través de la cual vamos , cada vez más, afinando y adecuándonos a las necesidades y características de los alumnos Cuanto mayor sean las adaptaciones que se hagan desde los primeros niveles de concreción menores serán las que tengamos que hacer en el último de ellos( adaptaciones curriculares individualizadas)
  • 9.  La organización no hay que entenderla como un fin en si mismo sino como como un elemento facilitador y promotor del cambio. Es un medio, que según se establezca, puede facilitar u obstaculizar la inclusión.  No debe haber un modelo organizativo único sino múltiples propuestas que han de surgir del contexto concreto en el que se produce cada proceso de E-A y de sus posibilidades de adaptarse a la diversidad
  • 10.  Se trata de posibilitar que cada alumno encuentre ,durante el desarrollo de un contenido, actividades acordes a su nivel de competencia curricular. Representa , por lo tanto , una enorme transformación de la práctica docente , tanto en lo que respecta a las labores de planificación como en lo relativo a las actividades en E-A.  El enfoque multinivel afecta a los distintos elementos que componen una unidad didáctica. ( objetivos, contenidos, actividades, criterios de evaluación, y estrategias metodológicas que se adoptan de cara a implementación de dicha unidad).
  • 11.  1º Identificación de contenidos fundamentales para el desarrollo de la unidad didáctica  2º Determinación de las estrategias de enseñanza a llevar a cabo por el profesor ( presentación de la información de manera diversificada teniendo en cuenta sus conocimientos previos )  3ºDeterminación de las estrategias de aprendizaje a llevar a cabo por el alumnado( contemplando distintos tipos de prácticas o ejecución y distintos tiempo  4º Emplear distintas estrategias de evaluación  E:diversidadenseñanza-multinivel.doc
  • 12.  Puede ser considerado tanto una estrategia metodológica como organizativa.  Se ha demostrado que mejora:  la aceptación mutua de los alumnos  el rendimiento escolar de los grupos heterogéneos.  En los alumnos con n.e.e. mejora la autoestima y el incremento del interés por las tareas de aprendizaje.  Valoración + positiva de los alumnos con n.e.e por el grupo  La relación entre iguales  Posibilitan la entrada en el grupo de otros profesionales de apoyo de una manera más natural.  E:diversidadaprendizaje cooperativo.ppt
  • 13.  Hablamos de interdisciplinariedad, y de : ◦ Tomar la realidad como punto de partida para el aprendizaje ( aprendizaje significativo) ◦ Abordar las distintas áreas para un estudio más profundo del objeto de aprendizaje ◦ Flexibilizar la forma de abordar los contenidos
  • 14.  Se organizan a través de una pequeña investigación, donde se conjugan diferentes capacidades, intereses y motivaciones personales con los diferentes ritmos y procesos de desarrollo de los alumnos. ◦ Responsabilizan y propician la motivación del alumnado a través de su participación en la toma de decisiones convirtiéndolo en protagonista del proceso ◦ El profesor asume el papel de mediador ◦ Al partir de la realidad global y no tanto de la disciplina, se facilita el establecimiento de relaciones o vínculos significativos entre los nuevos conocimientos y lo que ya poseía el alumno ◦ Al partir de la realidad facilita el aprendizaje significativo y la trasferencia de conocimientos ◦ Se respetan los diferentes ritmos , hábitos y estrategias de aprendizaje , asi como las distintas formas de establecer comunicación ◦ http://www.eeilosgorriones.es/material/proyectos.pdf ◦ http://www.quadraquinta.org/materiales-didacticos/trabajo-por-proyectos/piensa-prensa/p
  • 15.  Durante algún tiempo a la semana y para trabajar algún área curricular deben existir grupos diferentes al de referencia, y los alumnos han de poder pasar de un grupo a otro en cualquier momento.  Este planteamiento supone contemplar otra serie de ajuste o cambio respecto a la organización , como es el caso de los horarios, la coordinación y asignación de profesores.
  • 16.  Facilita el ajuste de las expectativas de los padres respecto a sus hijos  Potencia su implicación en el proceso educativo  Proporciona pautas educativas a realizar con sus hijos  Facilita la identificación de los padres con las líneas de actuación del centro reforzando y promocionando la colaboración e interacción  Crea un foro para compartir experiencias
  • 17. COLABORATIVO EXPERTO INDIVIDUO ESCUELA Apoyo Terapéutico Apoyo Individual Colaborativo Apoyo consulta Apoyo Curricular Según Parrila (1996) se pueden identificar dos ejes o dimensiones en torno a los cuales se puede estructurar la labor de apoyo
  • 18.  Desde el apoyo curricular , las dificultades que los alumnos manifiestan , dejan de ser imputables a ellos , pasando a ser problemas institucionales, fruto de la interacción de múltiples factores a los que la institución debe responder.  Respuesta que se concreta a través del currículum .  Los apoyos no competen sólo a profesionales especialistas.  El apoyo no actúa interviniendo sobre determinados alumnos con necesidades específicas , sino que interviene en otras tareas como la planificación, la preparación de materiales, el apoyo al currículum….
  • 19.  Implicaciones  Sitúa al profesor de apoyo dentro del aula ordinaria , evitando posibles etiquetados del alumnado y que los demas alumnos también se beneficien del apoyo  El objeto de la intervención también cambia ya que se interviene sobre el profesorado y el centro en su conjunto
  • 20.  Este cambio en la concepción de la educación y del modelo curricular requieren una nueva imagen docente.  Se requiere una formación en la que : ◦ se consoliden actitudes de aceptación de la diversidad , y de la exigencia de responder a ella ◦ Se adquieran estrategias organizativas, metodológicas y de planificación de la enseñanza que les capaciten para atender a dicha diversidad ◦ Debe aplicarse tanto en la formación inicial como en la formación permanente
  • 21. SITUACIÓN ACTUAL OBJETIVOS A CONSEGUIR Titulación única en educación especial Doble titulación ( docente +específica) Formación categórica ( sordos, ciegos, …) Formación polivalente Apoyo Directo Asesoramiento Formación por áreas Formación por niveles
  • 22.
  • 23.  Artículo 1. Principios.  El sistema educativo español, configurado de acuerdo con los valores de la Constitución y asentado en el respeto a los derechos y libertades reconocidos en ella, se inspira en los siguientes principios:  a) La calidad de la educación para todo el alumnado, independientemente de sus condiciones y circunstancias.  b) La equidad, que garantice la igualdad de oportunidades, la inclusión educativa y la no discriminación y actúe como elemento compensador de las desigualdades personales, culturales, económicas y sociales, con especial atención a las que deriven de discapacidad.  c) La transmisión y puesta en práctica de valores que favorezcan la libertad personal, la responsabilidad, la ciudadanía democrática, la solidaridad, la tolerancia, la igualdad, el respeto y la justicia, así como que ayuden a superar cualquier tipo de discriminación.[…]
  • 24.  Artículo 2. Fines.  1. El sistema educativo español se orientará a la consecución de los siguientes fines:  a) El pleno desarrollo de la personalidad y de las capacidades de los alumnos.  b) La educación en el respeto de los derechos y libertades fundamentales, en la igualdad de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres y en la igualdad de trato y no discriminación de las personas con discapacidad. […]
  • 25.  Artículo 19. Principios pedagógicos (de la Educación Primaria).  1. En esta etapa se pondrá especial énfasis en la atención a la diversidad del alumnado, en la atención individualizada, en la prevención de las dificultades de aprendizaje y en la puesta en práctica de mecanismos de refuerzo tan pronto como se detecten estas dificultades.  2. Sin perjuicio de su tratamiento específico en algunas de las áreas de la etapa, la comprensión lectora, la expresión oral y escrita, la comunicación audiovisual, las tecnologías de la información y la comunicación y la educación en valores se trabajarán en todas las áreas.  3. A fin de fomentar el hábito de la lectura se dedicará un tiempo diario a la misma. […]
  • 26.  Artículo 22 (Principios generales de la Educación Secundaria Obligatoria)  […]4. La educación secundaria obligatoria se organizará de acuerdo con los principios de educación común y de atención a la diversidad del alumnado. Corresponde a las Administraciones educativas regular las medidas de atención a la diversidad, organizativas y curriculares, que permitan a los centros, en el ejercicio de su autonomía, una organización flexible de las enseñanzas.  5. Entre las medidas señaladas en el apartado anterior se contemplarán las adaptaciones del currículo, la integración de materias en ámbitos, los agrupamientos flexibles, los desdoblamientos de grupos, la oferta de materias optativas, programas de refuerzo y programas de tratamiento personalizado para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.  6. En el marco de lo dispuesto en los apartados 4 y 5, los centros educativos tendrán autonomía para organizar los grupos y las materias de manera flexible y para adoptar las medidas de atención a la diversidad adecuadas a las características de su alumnado.  7. Las medidas de atención a la diversidad que adopten los centros estarán orientadas a la consecución de los objetivos de la educación secundaria obligatoria por parte de todo su alumnado y no podrán, en ningún caso, suponer una discriminación que les impida alcanzar dichos objetivos y la titulación correspondiente
  • 27.  Artículo 27. Programas de diversificación curricular.  1. En la definición de las enseñanzas mínimas de la etapa se incluirán las condiciones básicas para establecer las diversificaciones del currículo desde tercer curso de educación secundaria obligatoria, para el alumnado que lo requiera tras la oportuna evaluación. En este supuesto, los objetivos de la etapa se alcanzarán con una metodología específica a través de una organización de contenidos, actividades prácticas y, en su caso, de materias diferente a la establecida con carácter general.  2. Los alumnos que una vez cursado segundo no estén en condiciones de promocionar a tercero y hayan repetido ya una vez en secundaria, podrán incorporarse a un programa de diversificación curricular, tras la oportuna evaluación.  3. Los programas de diversificación curricular estarán orientados a la consecución del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. […]
  • 28.  Artículo 30. Programas de cualificación profesional inicial.  1. Corresponde a las Administraciones educativas organizar programas de cualificación profesional inicial destinados al alumnado mayor de dieciséis años, cumplidos antes del 31 de diciembre del año del inicio del programa, que no hayan obtenido el título de Graduado en educación secundaria obligatoria. Excepcionalmente, y con el acuerdo de alumnos y padres o tutores, dicha edad podrá reducirse a quince años para aquéllos que cumplan lo previsto en el artículo 27.2. En este caso, el alumno adquirirá el compromiso de cursar los módulos a los que hace referencia el apartado 3.c) de este artículo.  2. El objetivo de los programas de cualificación profesional inicial es que todos los alumnos alcancen competencias profesionales propias de una cualificación de nivel uno de la estructura actual del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales creado por la Ley 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, así como que tengan la posibilidad de una inserción sociolaboral satisfactoria y amplíen sus competencias básicas para proseguir estudios en las diferentes enseñanzas.
  • 29.  3. Los programas de cualificación profesional inicial incluirán tres tipos de módulos:  a) Módulos específicos referidos a las unidades de competencia correspondientes a cualificaciones de nivel uno del Catálogo citado.  b) Módulos formativos de carácter general, que amplíen competencias básicas y favorezcan la transición desde el sistema educativo al mundo laboral.  c) Módulos de carácter voluntario para los alumnos, que conduzcan a la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y que podrán cursarse de manera simultánea con los módulos a los que se refieren los anteriores párrafos a) y b) o una vez superados éstos. […]
  • 30. Equidad en la Educación CAPÍTULO I Alumnado con necesidad específica de apoyo educativo Artículo 71. Principios. 1. Las Administraciones educativas dispondrán los medios necesarios para que todo el alumnado alcance el máximo desarrollo personal, intelectual, social y emocional, así como los objetivos establecidos con carácter general en la presente Ley. 2. Corresponde a las Administraciones educativas asegurar los recursos necesarios para que los alumnos y alumnas que requieran una atención educativa diferente a la ordinaria, por presentar necesidades educativas especiales, por dificultades específicas de aprendizaje, por sus altas capacidades intelectuales, por haberse incorporado tarde al sistema educativo, o por condiciones personales o de historia escolar, puedan alcanzar el máximo desarrollo posible de sus capacidades persona- les y, en todo caso, los objetivos establecidos con carácter general para todo el alumnado.
  • 31.  3. Las Administraciones educativas establecerán los procedimientos y recursos precisos para identificar tempranamente las necesidades educativas específicas de los alumnos y alumnas a las que se refiere el apartado anterior. La atención integral al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo se iniciará desde el mismo momento en que dicha necesidad sea identificada y se regirá por los principios de normalización e inclusión.  4. Corresponde a las Administraciones educativas garantizar la escolarización, regular y asegurar la participación de los padres o tutores en las decisiones que afecten a la escolarización y a los procesos educativos de este alumnado. Igualmente les corresponde adoptar las medidas oportunas para que los padres de estos alumnos reciban el adecuado asesoramiento individualizado, así como la información necesaria que les ayude en la educación de sus hijos.
  • 32.  Artículo 72. Recursos.  1. Para alcanzar los fines señalados en el artículo anterior, las Administraciones educativas dispondrán del profesorado de las especialidades correspondientes y de profesionales cualificados, así como de los medios y materiales precisos para la adecuada atención a este alumnado.  2. Corresponde a las Administraciones educativas dotar a los centros de los recursos necesarios para atender adecuadamente a este alumnado. Los criterios para determinar estas dotaciones serán los mismos para los centros públicos y privados concertados.  3. Los centros contarán con la debida organización escolar y realizarán las adaptaciones y diversificaciones curriculares precisas para facilitar a todo el alumnado la consecución de los fines establecidos.  4. Las Administraciones educativas promoverán la formación del profesorado y de otros profesionales relacionada con el tratamiento del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.  5. Las Administraciones educativas podrán colaborar con otras Administraciones o entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro, instituciones o asociaciones, para facilitar la escolarización y una mejor incorporación de este alumnado al centro educativo
  • 33.  Sección Primera. Alumnado que presenta necesidades educativas especiales  Artículo 73. Ámbito.  Se entiende por alumnado que presenta necesidades educativas especiales, aquel que requiera, por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta.
  • 34.  Artículo 74. Escolarización.  1.La escolarización del alumnado que presenta necesidades educativas especiales se regirá por los principios de normalización e inclusión y asegurará su no discriminación y la igualdad efectiva en el acceso y la permanencia en el sistema educativo, pudiendo introducirse medidas de flexibilización de las distintas etapas educativas, cuando se considere necesario. La escolarización de este alumnado en unidades o centros de educación especial, que podrá extenderse hasta los veintiún años, sólo se llevará a cabo cuando sus necesidades no puedan ser atendidas en el marco de las medidas de atención a la diversidad de los centros ordinarios.  2 La identificación y valoración de las necesidades educativas de este alumnado se realizará, lo más tempranamente posible, por personal con la debida cualificación y en los términos que determinen las Administraciones educativas.  3. Al finalizar cada curso se evaluarán los resultados conseguidos por cada uno de los alumnos en función de los objetivos propuestos a partir de la valoración inicial. Dicha evaluación permitirá proporcionarles la orientación adecuada y modificar el plan de actuación así como la modalidad de escolarización, de modo que pueda favorecerse, siempre que sea posible, el acceso del alumnado a un régimen de mayor integración.
  • 35.  4. Corresponde a las Administraciones educativas promover la escolarización en la educación infantil del alumnado que presente necesidades educativas especiales y desarrollar programas para su adecuada escolarización en los centros de educación primaria y secundaria obligatoria.  5. Corresponde asimismo a las Administraciones educativas favorecer que el alumnado con necesidades educativas especiales pueda continuar su escolarización de manera adecuada en las enseñanzas postobligatorias, así como adaptar las condiciones de realización de las pruebas establecidas en esta Ley para aquellas personas con discapacidad que así lo requieran.
  • 36.  Artículo 75. Integración social y laboral.  1. Con la finalidad de facilitar la integración social y laboral del alumnado con necesidades educativas especiales que no pueda conseguir los objetivos de la educación obligatoria, las Administraciones públicas fomentarán ofertas formativas adaptadas a sus necesidades específicas.  2. Las Administraciones educativas establecerán una reserva de plazas en las enseñanzas de formación profesional para el alumnado con discapacidad.  Sección Segunda. Alumnado con altas capacidades intelectuales  Artículo 76. Ámbito.  Corresponde a las Administraciones educativas adoptar las medidas necesarias para identificar al alumnado con altas capacidades intelectuales y valorar de forma temprana sus necesidades. Asimismo, les corresponde adoptar planes de actuación adecuados a dichas necesidades.  Artículo 77. Escolarización.  El Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, establecerá las normas para flexibilizar la duración de cada una de las etapas del sistema educativo para los alumnos con altas capacidades intelectuales, con independencia de su edad.
  • 37.  Sección Tercera. Alumnos con integración tardía en el sistema educativo español  Artículo 78. Escolarización.  1. Corresponde a las Administraciones públicas favorecer la incorporación al sistema educativo de los alumnos que, por proceder de otros países o por cualquier otro motivo, se incorporen de forma tardía al sistema educativo español. Dicha incorporación se garantizará, en todo caso, en la edad de escolarización obligatoria. 2. Las Administraciones educativas garantizarán que la escolarización del alumnado que acceda de forma tardía al sistema educativo español se realice atendiendo a sus circunstancias, conocimientos, edad e historial académico, de modo que se pueda incorporar al curso más adecuado a sus características y conocimientos previos, con los apoyos oportunos, y de esta forma continuar con aprovechamiento su educación.
  • 38.  Artículo 79. Programas específicos.  1. Corresponde a las Administraciones educativas desarrollar programas específicos para los alumnos que presenten graves carencias lingüísticas o en sus competencias o conocimientos básicos, a fin de facilitar su integración en el curso correspondiente.  2. El desarrollo de estos programas será en todo caso simultáneo a la escolarización de los alumnos en los grupos ordinarios, conforme al nivel y evolución de su aprendizaje.  3. Corresponde a las Administraciones educativas adoptar las medidas necesarias para que los padres o tutores del alumnado que se incorpora tardíamente al sistema educativo reciban el asesoramiento necesario sobre los derechos, deberes y oportunidades que comporta la incorporación al sistema educativo español.
  • 39.  Compensación de las desigualdades en educación  Artículo 80. Principios.  1. Con el fin de hacer efectivo el principio de igualdad en el ejercicio del derecho a la educación, las Administraciones públicas desarrollarán acciones de carácter compensatorio en relación con las personas, grupos y ámbitos territoriales que se encuentren en situaciones desfavorables y proveerán los recursos económicos y los apoyos precisos para ello.  2. Las políticas de educación compensatoria reforzarán la acción del sistema educativo de forma que se eviten desigualdades derivadas de factores sociales, económicos, culturales, geográficos, étnicos o de otra índole.  3. Corresponde al Estado y a las Comunidades Autónomas en sus respectivos ámbitos de competencia fijar sus objetivos prioritarios de educación compensatoria.
  • 40.  Artículo 87. Equilibrio en la admisión de alumnos.  1. Con el fin de asegurar la calidad educativa para todos, la cohesión social y la igualdad de oportunidades, las Administraciones garantizarán una adecuada y equilibrada escolarización del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo. Para ello, establecerán la proporción de alumnos de estas características que deban ser escolarizados en cada uno de los centros públicos y privados concertados y garantizarán los recursos personales y económicos necesarios a los centros para ofrecer dicho apoyo.  2. Para facilitar la escolarización y garantizar el derecho a la educación del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo las Administraciones educativas podrán reservarle hasta el final del período de preinscripción y matrícula una parte de las plazas de los centros públicos y privados concertados. Asimismo, podrán autorizar un incremento de hasta un diez por ciento del número máximo de alumnos por aula en los centros públicos y privados concertados de una misma área de escolarización para atender necesidades inmediatas de escolarización del alumnado de incorporación tardía.
  • 41.  Artículo 110. Accesibilidad.  1. Los centros educativos existentes que no reúnan las condiciones de accesibilidad exigidas por la legislación vigente en la materia, deberán adecuarse en los plazos y con arreglo a los criterios establecidos por la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal, y en sus normas de desarrollo.  2. Las Administraciones educativas promoverán programas para adecuar las condiciones físicas, incluido el transporte escolar, y tecnológicas de los centros y los dotarán de los recursos materiales y de acceso al currículo adecuados a las necesidades del alumnado que escolariza, especialmente en el caso de personas con discapacidad, de modo que no se conviertan en factor de discriminación y garanticen una atención inclusiva y universalmente accesible a todos los alumnos.
  • 42. Artículo 1 Principios Educación inclusiva Artículo 2 Fines No discriminación de las personas con discapacidad Articulo 19 Principios pedagógicos E. Primaria Atención a la diversidad ( detección, prevención problemas aprendizaje) Artículo 22 Principios Generales E. Secundaria Medidas orientadas a la consecución de objetivos de la etapa Artículo 27 Programas de diversificación curricular desde 3º ESO Artículo 30 Programas de cualificación profesional Inicial >16 años que no han obtenido el título en ESO
  • 43. Artículo 71 Equidad ( a.c.n.e.e) Dificultades, Sobredotación, Incorporación tardía, Compensatoria Artículo 72 a.c.n.e.e Recursos disponibles Artículo 73 a.c.n.e.e. Ámbito Artículo 74 a.c.n.e.e. Escolarizacion Articulo 75. a.c.n.e.e. Integración social Artículo 76 Alumnos con altas capacidades intelectuales. Ámbito Medidas para la detección Artículo 77 Alumnos con altas capacidades intelectuales. Escolarización Artículo 78 Alumnos con incorporación tardía al Sistema educativo. Escolarización Articulo 79 Alumnos con incorporación tardía al Sistema educativo. Programas Articulo 80. Compensación de las desigualdades educativas. Principios Articulo 87 Equilibrio en la admisión de alumnos Reserva de plazas de a.c.n.e.e. Incorporación tardía Artículo 110 Accesibilidad Adecuación condiciones físicas, tecnológicas, transporte…
  • 44. Medidas de atención a la diversidad Perfil del alumnadoPerfil del alumnado AULAS DE ENLACE. Servicio Atención Inmigrante ( S.A.I) SAED ( Servicio de Apoyo educativo domiciliario) Alumnos sin dominio del castellano Alumnado enfermo o convaleciente. Programa de Compensatoria Apoyo individual Grupos Flexibles Grupos de apoyo 8x8 Grupo específico A.C.E. (15 años). Alumnos con más de dos años de desfase curricular y situación de desventaja social. Programa de integración- ACNE Adaptaciones Curric. Necesidades educativas especiales. Sobredotación Intelectual Flexib/Ac/Prog.E.Ext Alumnos superdotados intelectual. Programa de Diversificación (1-2 años) Prog. Div.Curricular. Problemas generalizados de aprendizaje Muestran interés por Titulación ESO. Repetición de curso. Rec. Ptes +Refuerzo Problemas de aprendizaje Refuezo y Apoyo ordinario. Apoyo individual En pequeño grupo Alumnos con problemas de aprendizaje y desfase curricular. Desdobles. Grupos flexibles Agrupamiento por N.C.C. Optativas. Itinerarios Bachillerato Itinerario educativo. Definir itinerario académico personal . Cualificación Profesional Inicial Sin titulación. >16 años. No titulación. http://www.educa.madrid.org/web/sai.moralzarzal/
  • 46.  El desarrollo de las funciones de tutoría y orientación es tan complejo, que el profesor tutor necesita de otros recursos, materiales y, sobre todo, personales, como los orientadores y los E.O.E.P. ( Equipos de orientación educativa y psicopedagógica) para llevar a cabo su labor con éxito  La orientación educativa se va a desarrollar en los 3 niveles que componen la estructura escolar: ◦ En el aula a través de la función tutorial y orientadora que corresponde a todo profesor tutor ◦ En la escuela o centro educativo a través del departamento de orientación y sus profesores orientadores y profesores de apoyo ◦ En el sistema escolar a través de un equipo interdisciplinar del sector o Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica ( E.O.E.P) desde el cual se coordinan otros programas y servicios
  • 47.  Son equipos internos al centro formados por:  Profesorado de la especialidad de psicología o pedagogía.  Profesorado de apoyo a los ámbitos: ◦ Ámbito lingüístico y social. ◦ Ámbito científico y tecnológico. ◦ Técnicos de apoyo al área práctica.  Maestros y maestras de la especialidad de Pedagogía Terapéutica y de Audición y Lenguaje y del profesorado de apoyo del programa de compensación de las desigualdades.  Profesorado de formación y orientación laboral.  Profesorado técnico de formación profesional de Servicios a la Comunidad.
  • 48.  Son equipos externos al centro y se encuentran regulados por la OM de 9 de diciembre de 1992.  Estos equipos interdisciplinares, se organizan en un ámbito sectorial; las Direcciones Provinciales organizan en sectores su respectiva provincia, asignando a cada sector geográfico y sus centros un EOEP. Componentes de un equipo general :  Psicólogo y Pedagogo, que formarán parte de los centros que les sean asignados.  Trabajador Social  Maestros de Audición y Lenguaje  Además existen equipos de atención temprana E.A.T. y equipos específicos ( provinciales) : auditivos, visuales, motóricos y alteraciones graves del desarrollo
  • 49.  La orientación escolar debe cumplir 3 funciones :  Anticipadora y preventiva de distintos problemas. Debe promover la integración del alumnado en general. Todos tienen necesidades.  Favorecedora de la diversidad .Articular una respuesta educativa adecuada a las necesidades educativas especiales.  Compensadora ante los distintos déficits . Prevenir y desarrollar la educación de grupos desfavorecidos: mujeres, inmigrantes, habitantes de zonas rurales, minusválidos, tercera edad.
  • 50.  Estas funciones de concretan en los siguientes objetivos específicos:  Ayudar tanto a la institución como al individuo o grupo en los procesos de clasificación y ajuste como parte del proceso de articulación de la respuesta educativa más ajustada y posible.  Realizar los procesos de asesoramiento individualizado.  Desarrollar programas preventivos de problemas de aprendizaje.  Evaluar y desarrollar programas de mejora de la motivación.  Evaluar y desarrollar programas de habilidades para la vida cotidiana.  Diagnosticar casos, realizar el correspondiente tratamiento y evaluarlo.  Realizar evaluaciones psicopedagógicas e iniciar en caso necesario los correspondientes procedimientos de adaptación curricular.  Evaluar la competencia curricular de los alumnos y alumnas.
  • 51.  Establecer correctamente las dificultades, diagnosticar y valorar las potencialidades educativas de los alumnos con necesidades educativas especiales.  Establecer cauces de coordinación con otros servicios específicos de la comunidad que atiendan a los alumnos con necesidades educativas especiales, tales como Sanidad, Equipos Específicos, Inserso, ...).  Coordinar la acción educativa, desarrollo del proceso de enseñanza-aprendizaje y acción tutorial del equipo docente que trabaja con un grupo de alumnos con necesidades educativas especiales (tutores, profesores de apoyo, profesores especialistas, ...).  Orientar a los alumnos para un adecuado proceso de inserción social y laboral teniendo en cuenta sus necesidades y sus potencialidades  Hacer un seguimiento y evaluación de los programas y adaptaciones seguidas con este tipo de alumnos.  Establecer cauces de coordinación con los padres de los alumnos de necesidades educativas especiales para potenciar su colaboración e implicación en actividades de apoyo al aprendizaje y orientación de sus hijos.
  • 52.  1º Apoyo al proceso de enseñanza - aprendizaje: colaborar con el profesorado en la atención a la diversidad del alumnado.:  2º Apoyo al Plan de Acción Tutorial: documento marco que determina la organización y el funcionamiento de las tutorías.  3º Apoyo al Plan de Orientación Académica y Profesional: documento que recoge la organización y planificación que va a seguir el proceso de orientación académica y profesional para favorecer en los alumnos la toma de decisiones y su incorporación a la vida adulta de forma activa y responsable.  4º Apoyo al Plan de Atención a la Diversidad :documento que determina la organización y planificación de la atención a la diversidad
  • 53.  1º Funciones de apoyo especializado a los centros de Educación Infantil y Educación Primaria colaborando en la elaboración, desarrollo, evaluación y revisión de los Proyectos Educativos de centro y Proyectos Proyecto curricular de etapa y con una atención individualizada a los alumnos.  2. Funciones relacionadas con el sector de su responsabilidad:  Evaluación psicopedagógica y dictamen de escolarización para alumnos con necesidades educativas especiales.  Colaboración y coordinación con otras instituciones: Inspección Educativa, servicios sociales de la zona, otros EOEP, centros de Educación Especial
  • 54.  Desde que en 1990 la LOGSE diera cobertura normativa a un modelo de orientación que contempla la atención a la diversidad a través de servicios de orientación internos y externos a los centros, la intervención psicopedagógica de los profesionales de la orientación se realiza tanto por medio de programas como desde la consulta colaborativa. Así, tal y como señala Hervás Avilés (2006), la intervención psicopedagógica del orientador u orientadora se centra en la elaboración, diseño y aplicación de programas de intervención, de modo que se favorezca la integración del alumnado en los escenarios educativos. En este proceso de integración, los equipos interdisciplinares deben realizar un trabajo extensivo y progresivo en la identificación y valoración diagnóstica de las necesidades educativas especiales, así como establecer un sistema de orientación que responda a esas necesidades y proporcione un seguimiento pormenorizado del proceso (Lizasoáin y Peralta, 1998).
  • 55.  Los Departamentos de Orientación y los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica se erigen como elementos básicos de coordinación en la atención a la diversidad, que se lleva a cabo desde tres puntos de referencia:  a) El Proyecto Educativo de Centro (PEC)  Debe asesorar sobre algunos aspectos como pueden ser las opciones educativas básicas, la colaboración con los distintos colectivos que intervienen en la educación, la estructura organizativa o los objetivos generales (Soler Nages, 2007).  b) A través del Proyecto Curricular de Centro (PCC) JUNTO CON LA Comisión de Coordinación Pedagógica (CCP) (de la que formarán parte junto con el director, el jefe de estudios, los jefes de estudios adjuntos de E.S.O. y Bachillerato los jefes de los departamentos de actividades y didácticos)  En la CCP se deben contextualizar y debatir todas aquellas decisiones relacionadas con la dirección pedagógica y con los proyectos curriculares de cada centro. En estas decisiones el orientador o la orientadora tiene un papel específico en el asesoramiento para la atención a la diversidad y, en concreto, en los aspectos siguientes (Soler Nages, 2007):
  • 56.  Principios psicopedagógicos y metodológicos que impregnan la labor educativa.  Evaluación diagnóstica, como punto de partida necesario para adaptar programaciones y realizar las primeras atenciones a los alumnos y alumnas.  Criterios organizativos para la puesta en marcha de medidas como los agrupamientos flexibles, los grupos de apoyo y refuerzo, etc.  Criterios para elaborar el Plan de Acción Tutorial.  Criterios y procedimientos para realizar las adaptaciones y diversificaciones curriculares.  Criterios de promoción.  Organización de recursos personales y materiales para el alumnado con necesidades educativas especiales.  Propuestas de asignaturas optativas.  Además de los aspectos mencionados anteriormente, en el caso de los Institutos de Educación Secundaria, el Departamento de Orientación debe asesorar sobre los criterios de obtención del título de Graduado en Educación Secundaria y el Plan de Orientación Académica y Profesional.
  • 57.  c) Facilitando la labor orientadora del profesorado, los tutores y las tutoras. Se trata de apoyar en la puesta en práctica de una enseñanza adaptada a las características del alumnado, e intervenir directamente con aquellos que requieran apoyos específicos. Además, los profesionales de la orientación deben facilitar y coordinar una acción tutorial eficaz, desarrollando programas de información y orientación académica y profesional que posibilite la toma de decisiones del alumnado. d) Colaborando en el Plan de Atención a la Diversidad  La normativa establece que los centros escolares deben elaborar, en el marco de la Programación General Anual, un Plan de Atención a la Diversidad (PAD) que guíe la planificación de las medidas educativas de atención a la diversidad en el centro.  A partir de él deben ofrecerse respuestas ajustadas a la diversidad de todo el alumnado ,y en particular al de aquel que presenta necesidades educativas específicas, para garantizar el derecho individual a una educación de calidad.
  • 58.  Una vez valoradas las necesidades educativas del alumnado, este Plan debe orientar a los profesionales del centro en la planificación y organización de los apoyos, así como en la priorización de los recursos personales de que se dispone, con el fin de ajustarlos a las necesidades grupales y/o individuales del alumnado. Asimismo, ha de establecer las medidas y pautas a seguir para la acogida e inclusión del alumnado inmigrante y de minorías socioculturales dentro de un programa de acogida consensuado por su equipo docente.  En los centros de Educación Infantil y Primaria es la Comisión de Coordinación Pedagógica la que se encarga de la realización del Plan de Atención a la Diversidad. La presencia del orientador u orientadora del centro en la citada Comisión cobra especial importancia por su competencia directa en el asesoramiento de este tipo de actuaciones y por su conocimiento específico de las necesidades educativas del alumnado.  En los centros de Educación Secundaria, dada su complejidad, el proceso de elaboración podrá ser coordinado por una Comisión, creada desde la CCP, de la cual formarán parte el Jefe de Estudios y el Jefe del departamento de Orientación.
  • 59.  El Plan de Atención a la Diversidad debe ser entendido como el conjunto de actuaciones, adaptaciones al currículo, medidas organizativas, apoyos y refuerzos que un centro diseña, selecciona y pone en práctica para proporcionar, tanto al conjunto del alumnado del centro la respuesta mas ajustada a sus necesidades educativas generales y particulares, como a las propias dificultades que puede suponer la enseñanza de ciertas áreas o materias, intentando prevenir posibles dificultades de aprendizaje.  Este Plan de Atención a la Diversidad se concretará en un documento en el que deberá constar:  1º el análisis de la realidad actual de centro,  2º la determinación de los objetivos a conseguir,  3º las medidas que se llevarán a cabo para atender a la diversidad del alumnado  4º los recursos tanto humanos como, temporales, materiales y didácticos, que se van a destinar para ello, así como el procedimiento de seguimiento, evaluación y revisión del mismo.
  • 60.  El Plan de Atención a la Diversidad ha de ser elaborado mediante un proceso que permita la reflexión del conjunto del profesorado y la propuesta de las medidas adecuadas para cada centro concreto.  El Claustro establecerá los criterios generales y marcará las directrices a la Comisión de Coordinación Pedagógica, para la elaboración y revisión del Plan de Atención a la Diversidad. Este proceso será tutelado e impulsado por el Equipo Directivo de cada centro.  Una vez elaborada por la Comisión de Coordinación Pedagógica una propuesta de Plan de Atención a la Diversidad, previo debate con los equipos de ciclo y los departamentos didácticos, y una vez analizadas las propuestas elaboradas por estos órganos, el Director del centro presentará al Claustro la propuesta definitiva de Plan de Atención a la Diversidad. El Plan de Atención a la Diversidad formará parte de la Programación General Anual. El Servicio de Inspección Educativa facilitará la puesta en marcha y desarrollo del Plan de Atención a la Diversidad y realizará su seguimiento y evaluación.
  • 61.  1. Análisis de las necesidades del alumnado y valoración de los recursos del centro. Contempla la información y reflexión sobre las características y posibilidades educativas del entorno en que se sitúa el centro, el análisis del propio centro y del equipo docente, así como sobre la realidad social de las familias que integran la comunidad educativa y las necesidades más relevantes del alumnado. Es el punto de partida para la elaboración de los distintos proyectos que articulan la actuación educativa. En esta fase se realizará la determinación de las principales necesidades educativas que presenta el alumnado del centro.  2. Principios generales y objetivos que se persiguen. En función del análisis y valoración de necesidades, se deberán especificar los objetivos que se pretenden conseguir. Dichos objetivos harán referencia a los siguientes ámbitos:  - Desarrollo personal y social  - Desarrollo cognitivo  - Mejora de la convivencia.
  • 62.  3. Medidas que se proponen para conseguir los objetivos planteados.  3.1 Generales: Suponen las estrategias reguladas normativamente, que el Centro pone en marcha para adecuar los elementos prescriptivos del currículo a su contexto particular con el objetivo de dar la respuesta educativa mas inclusiva y normalizada posible a los diferentes niveles de competencia curricular, capacidades, expectativas, motivaciones, ritmos o estilos de aprendizaje, así como a las diferencias sociales y culturales del alumnado del centro. Son medidas generales :  1.- La orientación personal que debe recibir el alumno y la familia  2.- Desarrollo de programas adecuados a las características de los alumnos  3.- Desarrollo de criterios de promoción y evaluación adaptados flexiblemente a los alumnos  4.- Organización del profesorado para facilitar la coordinación entre profesionales.  Tienen carácter de medidas generales las medidas :  3.2 Ordinarias: Constituyen las estrategias de organización y las modificaciones que debe de realizar cada centro respecto a los agrupamientos, metodología de enseñanza, técnicas, actividades y estrategias de enseñanza aprendizaje y evaluación con el fin de atender a la diversidad sin modificar los elementos prescriptivos del currículo: objetivos, contenidos y criterios de evaluación.
  • 63.  1.- Los diferentes agrupamientos que el centro puede establecer, en función de grupos de refuerzo, desdobles, grupos flexibles…  2.- Horarios flexibles y espacios adaptables a los diferentes tipos de agrupamiento…  3.- Objetivos adecuados, priorizando contenidos en función de las características de los alumnos  4.- Organizar contenidos en función de ámbitos integradores  5.- Aplicar estrategias metodológicas que favorezcan la participación de todo el alumnado, tales como: Aprendizaje Cooperativo y Tutorías entre iguales.  6.- Incorporar diferentes opciones metodológicas, adecuando: Técnicas y Estrategias más adecuadas a las DIFICULTADES DE LOS ALUMNOS, sobre el aprendizaje de determinados contenidos.  7.- Adecuar actividades a los diferentes niveles de competencia curricular de los alumnos del grupo aula, referido al mismo contenido.  8.-Selección de materiales y recursos para realizar actividades, buscando la MOTIVACIÓN DE LOS ALUMNOS.  9.- Manejo de TÉCNICAS, PROCEDIMIENTOS E INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN adaptados a las necesidades educativas del alumnado, sin modificar los criterios generales del grupo.  10.- Introducir medidas de PROFUNDIZACIÓN Y ENRIQUECIMIENTO para el alumnado de ALTAS CAPACIDADES
  • 64.  3.3 Extraordinarias: Abordan las medidas de carácter individual que se toman en un centro para responder a las necesidades educativas específicas que presenta el alumnado y que requiere la organización de unos recursos personales y materiales concretos.  Estas medidas se adoptarán cuando se hayan agotado las medidas ordinarias de atención a la diversidad.  Las adaptaciones curriculares significativas que se realizan para el alumno con necesidades educativas especiales. Requieren cambio o eliminación de alguno de los requisitos del currículo: objetivos, contenidos y criterios de evaluación.  Las adaptaciones curriculares de acceso que modifican o tienen provisión de recursos especiales, materiales o de comunicación.  Flexibilización para los alumnos con necesidades educativas específicas por sobredotación intelectural.  Grupos de apoyo de Educación Compensatoria, con desfase escolar significativo con dos o más cursos de diferencia entre el nivel de competencia y el nivel en que está escolarizado.  Pertenecer a AULAS ENLACE, en base a dos supuestos: ◦ Desconocimiento de la lengua española ◦ Grandes carencias en conocimientos básicos  SAED.- Servicio de Apoyo Domiciliario para alumnos con prescripción facultativa debe permanecer durante largos periodos en su domicilio sin poder asistir al centro educativo donde está escolarizado  HD, CET. Asistencia al Hospital de Día o al Centro Educativo Terapéutico para alumnos que transitoriamente no pueden asistir a los centros docentes, por necesitar un tratamiento
  • 65.  3.4. Otras medidas de carácter singular: Desde los órganos directivos de la Consejería de Educación, en el ámbito de su competencia, se podrá coordinar el desarrollo de medidas singulares que den otro tipo de respuesta a la diversidad del alumnado de los centros.  Todas estas medidas se pueden ampliar y estructurar por el centro en coordinación con las respectivas Unidades de Programas Educativos previa aprobación de la Inspección Educativa, atendiendo a criterios de organización del centro, medidas relacionadas con el grupo-clase y medidas individuales.  4. Valoración de los recursos disponibles en el centro  Con el fin de optimizar todos los recursos tanto personales como materiales en la aplicación de las medidas de atención a la diversidad y buscando la mayor inclusión de todo el alumnado en medidas ordinarias. En este apartado se incluirá la posible participación de otras instituciones educativas y/o sociales del entorno.  5. Seguimiento y evaluación del Plan de Atención a la Diversidad.  Deberán especificarse los momentos, instrumentos, procedimientos, así como los órganos y personas implicadas. Dicha evaluación del Plan de Atención a la Diversidad formará parte de la Memoria Anual del centro educativo y, conforme al procedimiento planteado para su elaboración y actualización o revisión, deberá ser impulsada por la Comisión de Coordinación Pedagógica y conocida por el claustro.
  • 67.  La coherencia existente entre los niveles de concreción curricular garantiza una enseñanza comprensiva y abierta a la diversidad donde se puedan redistribuir las competencias y responsabilidades de : la Administración Educativa, de los centros docentes y del profesorado en el establecimiento del currículum escolar. Fuente ( CIDE) R.D enseñanzas mínimas Prescribe los contenidos del currículum de forma abierta y flexible Currículos oficiales de las comunidades autónomas Cada administración autonómica fija su currículo para los alumnos y alumnas de sus centros escolares Proyectos curriculares de centro Ajuste del currículo a las necesidades del alumnado de cada centro Programación curricular de aula La programación se adapta a las características del grupo-aula Adaptaciones curriculares Las programaciones se ajustan a los alumnos y alumnas que tienen necesidades específicas
  • 68.  Respetando la Normativa Autonómica, corresponde a cada centro escolar formular en su Proyecto Educativo las medidas establecidas para la atención a la diversidad del alumnado. Para llevarlo a cabo, según Gairín (1998: 258-259), en los centros escolares es importante:  Promover un debate colectivo que permita la explicitación, la clarificación y el acercamiento de las concepciones que se tienen sobre la diversidad y las formas de abordarla.  Favorecer la reflexión profesional sobre las prácticas educativas y su vinculación con los compromisos de centro, sea o no a través de programas de formación.  Procurar la implicación del alumnado, de los padres y las madres en la delimitación y aplicación de las propuestas.
  • 69.  Respecto a los Proyectos Curriculares que debe elaborar un centro, Gairín (1998) señala que en su elaboración los centros educativos han de tener presente que el currículo a desarrollar debe ser único, pero lo suficientemente flexible y abierto como para admitir la diversidad :  Los objetivos y contenidos deberían entenderse como propuestas indicativas y referenciales.  Los contenidos han de organizarse a partir de macroactividades (trabajo por proyectos,estudio de casos, etc.).  Las estrategias metodológicas más adecuadas establecen contratos didácticos que permitan al alumnado la participación, el trabajo cooperativo, la reformulación de los indicadores de éxito, etc.  Los espacios, tiempos y materiales deben ser utilizados de forma flexible y diversificada en función de los requerimientos del proceso de enseñanza- aprendizaje.  Respecto a la Programación de Aula ,elaborada por el equipo docente de un mismo nivel educativo ,cada profesor o profesora debe adaptar al ritmo de aprendizaje y a las características de sus alumnos y alumnas de su grupo- clase.
  • 70.  Las adaptaciones curriculares, que deben partir siempre del currículo ordinario, pueden tener un carácter grupal o individual. En este sentido, se priorizan las adaptaciones curriculares generales o grupales sobre las individuales.  – Según su naturaleza:  DE ACCESO al currículo (elementos personales, materiales y organizativos)  o De Acceso Físico: Recursos espaciales, materiales y personales. Por ejemplo: eliminación de barreras arquitectónicas, adecuada iluminación y sonoridad, mobiliario adaptado, profesorado de apoyo especializado,… o De Acceso a la Comunicación: Materiales específicos de enseñanza - aprendizaje, ayudas técnicas y tecnológicas, sistemas de comunicación complementarios, sistemas alternativos… Por ejemplo: Braille, lupas, telescopios, ordenadores, grabadoras, lenguaje de signos…
  • 71.  ADAPTACIONES AL CURRICULO (qué, cómo y cuándo enseñar y evaluar).  – Según su significatividad o grado en el que se apartan del currículo ordinario: se clasifican en adaptaciones curriculares no significativas y adaptaciones curriculares significativas. Las primeras no afectan a los elementos básicos del currículo oficial (objetivos, contenidos y criterios de evaluación), mientras que las segundas implican la modificación de alguno de los elementos básicos. Algunas de estas últimas adaptaciones requieren medios personales y materiales complementarios que implican cambios en la organización de los centros y en la metodología, así como la sustitución o introducción de nuevas áreas o materias.
  • 72.  Medidas ORDINARIAS de atención a la diversidad  a) Adaptaciones curriculares no significativas  Las adaptaciones curriculares varían en función de las necesidades educativas del alumnado y presentan distintos grados de concreción. Se pueden adecuar, priorizar, secuenciar y temporalizar objetivos, contenidos o criterios de evaluación, pero nunca eliminarlos.  b) Organización de actividades de refuerzo y apoyo  Ésta es una medida muy generalizada que suele ir dirigida a las áreas instrumentales (Matemáticas y Lengua) y permite un seguimiento más personalizado del alumnado con dificultades, a la vez que les proporciona más tiempo y recursos para acceder a los objetivos programados.  c) Los agrupamientos específicos  Son grupos flexibles o desdobles espacio-temporales que se establecen en función de las características de los alumnos y alumnas. Suponen una variante de mayor extensión que los refuerzos o apoyos y siempre tienen carácter transitorio.
  • 73.  Medidas EXTRAORDINARIAS de atención a la diversidad  Para muchos alumnos y alumnas, las medidas ordinarias resultan suficientes para progresar en sus aprendizajes, de forma que puede afirmarse que sus necesidades educativas quedan adecuadamente satisfechas. Sin embargo, hay determinados alumnos y alumnas que, por razones muy diversas, encuentran mayores dificultades para acceder a los objetivos y contenidos que se han establecido en el currículo común y que, como consecuencia, tienen necesidad de otro tipo de ajustes más específicos.  Para estos alumnos y alumnas el sistema educativo dispone de una serie de medidas extraordinarias de atención a la diversidad.  a) Permanencia en la etapa de Educación Primaria  Para todos los alumnos y alumnas, incluidos los que presentan necesidades educativas especiales, se puede ampliar la permanencia en la etapa de Educación Primaria un año más. Cuando un alumno o alumna no haya alcanzado los objetivos del ciclo, el tutor o tutora, teniendo en cuenta los informes del resto del profesorado y consultada la familia o los tutores legales, deciden su permanencia un año más o su promoción al ciclo siguiente. En ambos casos, la decisión va acompañada de indicaciones sobre las medidas educativas complementarias encaminadas a contribuir a que el alumno logre los objetivos programados
  • 74.  b) Adaptaciones curriculares significativas  Las adaptaciones curriculares significativas suponen la modificación de aspectos centrales del currículo ordinario, como la eliminación de contenidos, objetivos y criterios de evaluación para un alumno o alumna concreto. Su aplicación solo puede llevarse a cabo a partir de una evaluación psicopedagógica previa realizada por los servicios de orientación e implica un seguimiento continuo que permita, siempre que sea posible, ir acercando cada vez más al alumno o alumna al currículo normalizado.  c) Apoyos de profesorado especialista .Para los alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales que requieren adaptaciones significativas del currículo en varias o en la totalidad de las áreas, los centros de Educación Primaria cuentan con personal de apoyo (profesorado de la especialidad de Educación Especial, Pedagogía Terapéutica, Audición y Lenguaje, etc.) que refuerza el trabajo del resto de los docentes. La organización de los apoyos varía de unos centros a otros, según las necesidades de los alumnos y la organización escolar, pudiendo llevarse a cabo en el mismo grupo-aula o en agrupamientos específicos de un número reducido de alumnos fuera del aula.
  • 75.  d) Flexibilidad en la duración de las etapas  los alumnos con altas capacidades intelectuales, se han establecido unas normas para flexibilizar la duración de los diversos niveles y etapas del sistema educativo independientemente de la edad de estos alumnos. Así mismo, las administraciones educativas deben adoptar las medidas necesarias para identificar y evaluar de forma temprana sus necesidades y facilitar la escolarización de los alumnos con altas capacidades intelectuales en centros que, por sus condiciones, puedan prestarles una atención adecuada a sus características.
  • 76. Ordinarias Extraordinarias  Adaptaciones curriculares no significativas  Refuerzo y Apoyo  Agrupamientos específicos  Permanencia más de una año  Adaptaciones curriculares significativas  Apoyo especialistas  Flexibilización etapas
  • 77.  a) La optatividad  Según se señala en el Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las Enseñanzas Mínimas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria, los alumnos y alumnas podrán cursar alguna materia optativa dentro de la oferta establecida por las administraciones educativas.  La optatividad permite enriquecer y equilibrar el currículo, dando cabida a capacidades múltiples y a situaciones diversas del alumnado. Los Departamentos Didácticos son los órganos encargados del diseño de las materias optativas que se enmarcan en su área curricular, sin descartar la posibilidad de que las diseñen interdisciplinarmente varios Departamentos. Los alumnos y alumnas pueden elegir estas materias con la ayuda y asesoramiento del tutor o tutora, de tal forma que dicha elección responda a las necesidades, capacidades e intereses de cada uno.
  • 78.  b) La opcionalidad  Una vía de atención a la diversidad consiste en establecer un espacio de opcionalidad curricular que permita a los alumnos elegir, entre las alternativas que se les ofrecen, aquellas que responden mejor a sus motivaciones, intereses y a sus necesidades educativas. La opcionalidad se inicia en el último curso de la ESO y continúa en el Bachillerato. En cuarto de la ESO existe una organización flexible de las materias comunes y optativas, ofreciendo posibilidades de elección al alumnado en función de sus expectativas futuras y de sus intereses. En el Bachillerato hay tres modalidades diferentes, organizadas de modo flexible, de forma que pueden elegirse dentro de cada modalidad opciones diferentes, que van a ir configurando el perfil académico de cada alumno o alumna.
  • 79.  Medidas extraordinarias  c) Programa de diversificación curricular  La diversificación curricular es una medida excepcional que pretende adaptar los objetivos generales de la ESO a las necesidades de un grupo de alumnos con mayor grado de dificultad de aprendizaje. La organización y selección de los contenidos de determinadas áreas y la priorización de sus objetivos y criterios de evaluación, así como la metodología empleada, atienden, por una parte, a la situación de partida de cada alumno o alumna y, por otra, al desarrollo de las capacidades establecidas en los objetivos generales de la etapa.  Esta medida puede aplicarse a un alumno o alumna tras la evaluación psicopedagógica pertinente, oídos el alumno o alumna y la familia y con el informe favorable de la Inspección Educativa. Igualmente, pueden incorporarse a dicho programa tras la oportuna evaluación, los alumnos y alumnas que una vez finalizado segundo curso no estén en condiciones de promocionar a tercero y hayan repetido ya una vez en Secundaria.
  • 80.  Las medidas de diversificación curricular tienen como referente el currículo común de los dos últimos cursos de la etapa, e incluyen al menos tres de las áreas del currículo básico y elementos formativos de las áreas lingüístico-social y científico-tecnológica. Dentro del marco establecido por las administraciones educativas estas medidas deben especificar la metodología, contenidos y criterios de evaluación más adecuados para cada alumno o alumna.  d) Los alumnos que no pueden continuar sus estudios por carecer de título al final de la escolaridad obligatoria pueden optar por cursar los Programas de Cualificación Profesional Inicial, cuya finalidad es facilitar el acceso al mundo laboral. El objetivo de estos programas es que todos los alumnos y alumnas alcancen competencias profesionales propias de una cualificación de nivel uno de la estructura actual del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales y que amplíen sus competencias básicas para proseguir estudios en las diferentes enseñanzas.
  • 81.  e) Exención de cursar determinadas materias  En el Bachillerato y en Formación Profesional se prevé la posibilidad de exención de determinadas materias exclusivamente para los alumnos con problemas graves de audición, visión y motricidad. Los centros de Formación Profesional deben desarrollar los currículos establecidos por la Administración educativa, con especial atención a las necesidades de aquellas personas que presenten una discapacidad.  Asimismo, se deben establecer las medidas e instrumentos necesarios de apoyo y refuerzo para facilitar la información, orientación y asesoramiento a estas personas.  Los procesos de evaluación se deben adecuar a las adaptaciones metodológicas de las que haya podido ser objeto el alumnado con discapacidad, garantizándose siempre su accesibilidad a las pruebas de evaluación.  f) Flexibilidad en la duración de las etapas  Para el alumno de altas capacidades se establece la posibilidad de que se incorpore a un curso superior al que le corresponda por su edad, hasta un máximo de tres veces en la enseñanza básica y una sola vez en las enseñanzas postobligatorias
  • 82. Ordinarias Extraordinarias  Optatividad  Opcionalidad ◦ 4º ESO ◦ BACHILLERATOS  Programas de diversificación curricular  Programas de cualificación Profesional  Exención de materias (alumnos con deficiencias auditivas, motoras..)  Flexibilización
  • 83.  B) La respuesta educativa a la diversidad del alumnado desde una perspectiva organizativa  La puesta en práctica de atención a la diversidad exige que los centros establezcan medidas de tipo organizativo que les permitan llevar a cabo las medidas de tipo curricular.  La respuesta educativa a la diversidad no puede abordarse sólo desde una perspectiva didáctica, pues “el desarrollo curricular y el seguimiento global del alumno o alumna hacen necesario el trabajo en equipo y la consideración de la perspectiva organizativa” (Gairín, 1998: 257).  En este sentido, la LOE determina que cuando se dispongan ayudas dirigidas al alumnado con dificultades en determinados momentos del proceso de enseñanza-aprendizaje que no requieran modificaciones del currículo, éstas deberán ir acompañadas de las medidas organizativas que las hagan posibles, con el fin de que el alumno o alumna consiga los objetivos propuestos.  En general, la atención a la diversidad exige un tipo de medidas organizativas tales como la ordenación de los recursos humanos y la adecuación de los recursos materiales
  • 84.  La ordenación de recursos humanos  Según señala Gairín (1998: 262), para atender a las finalidades institucionales de atención a la diversidad es importante que haya una “mayor atención, desde la organización vertical, a los procesos de gestión participativa, a los recursos y a la existencia de equipos directivos comprometidos”. Asimismo, este autor señala que deben ponerse en funcionamiento, por un lado, modalidades organizativas de atención a la diversidad (agrupamientos flexibles, talleres, organización por módulos, etc.) que completen y refuercen las adaptaciones que se implementan desde la dimensión didáctica, y, por otro, equipos de profesores que desarrollen propuestas interdisciplinarias y lleven a cabo modalidades de agrupamiento heterogéneas.  Por otra parte, es importante considerar que la atención a la diversidad puede exigir ayudas externas, particularmente en situaciones específicas como por ejemplo el tratamiento de minorías étnicas, las dificultades generadas por personas con grandes déficits o el desarrollo curricular en zonas marginales.
  • 85.  b) La adecuación de recursos materiales  Desde el punto de vista de los recursos funcionales, la atención a la diversidad repercute  en la distribución horaria  y en los presupuestos  Es fundamental el establecimiento de horarios modulares de forma que permitan cambios ocasionales en el agrupamiento de alumnos. Así debe prestarse una atención prioritaria a la ordenación flexible de espacios que facilite cambios en las dinámicas de trabajo y en las relaciones de comunicación. Como es lógico, estas propuestas repercuten en los presupuestos y exigen un aumento de los recursos o cambios en el modo de gestionarlos, como por ejemplo la instauración de modalidades presupuestarias por programas o por tiempos.
  • 86.  Aulas hospitalarias   Servicio de apoyo educativo domiciliario (6-9 horas semanales profesorado de la consejería)  Centros educativos terapéuticos (Proporcionar atención educativa a los alumnos con problemas psiquiátricos )  Servicio de Traductores e interpretes (Traduce los documentos oficiales necesarios para la adecuada escolarización de los alumnos inmigrantes. Realiza labores de interpretación en las entrevistas o reuniones de carácter psicopedagógico que se lleven a cabo desde cualquier servicio educativo.
  • 87.  Educación compensatoria en centros educativos  Apoyo en grupos ordinarios  para  reforzar los aprendizajes instrumentales básicos en las áreas de  Lengua Castellana y Literatura y de Matemáticas.  Grupos de apoyo  Para desarrollar actividades específicas relacionadas con la  adquisición o refuerzo de los aprendizajes instrumentales básicos, se  podrán establecer  grupos de apoyo, fuera del aula de referencia,  durante un máximo de quince horas semanales.  Aulas de Enlace  Dirigidas a los alumnos de segundo y tercer ciclo de Educación  Primaria  que se escolaricen por primera vez en el sistema educativo  de la Comunidad de Madrid, con desconocimiento de la lengua  española o con graves carencias de los conocimientos básicos como  consecuencia de su escolarización irregular en el país de origen.  Alumnos de altas capacidades  Programa de enriquecimiento educativo, consistente en actividades complementarias a la educación reglada que se realizan fuera del horario lectivo, mediante propuesta de los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica (E.O.E.P.) o los Departamentos de Orientación de los Centros de Educación Secundaria.
  • 88.  Educación compensatoria en el centro educativo (Estas actuaciones se orientan prioritariamente, a la realización de actividades complementarias en horario no lectivo, dirigidas al enriquecimiento de la oferta educativa. )  Actuaciones de compensatoria externa. Aulas abiertas ( deporte, teatro, informática, biblioteca y música y danza)  Servicio de Apoyo al Alumnado Inmigrante (S.A.I).  Asesora sobre el desarrollo de programas de acogida que favorezcan la inserción del alumnado inmigrante y Orienta respecto a recursos materiales y metodológicos para la enseñanza del español como segunda lengua. Destinado a Centros docentes sostenidos con fondos públicos que impartan las etapas obligatorias.  El horario del profesorado destinado al S.A.I. es de 20 horas de dedicación a centros educativos, siendo prioritaria la atención directa a los alumnos, que deberá ser de un mínimo de 12 horas semanales. El resto de este horario se dedicará al asesoramiento a profesores y coordinación con los tutores. Así mismo se destinarán 5 horas en la sede del Servicio (un máximo de 2 horas de formación y un mínimo de 3 horas de coordinación del equipo).