1. Higiene es el conjunto de conocimientos y
técnicas que aplican los individuos para el
control de los factores que ejercen o pueden
ejercer efectos nocivos sobre su salud. La
higiene personal es el concepto básico del
aseo, de la limpieza y del cuidado del cuerpo
humano.
La seguridad industrial es un área
multidisciplinaria que se encarga de minimizar
los riesgos de accidentes en la industria, ya
que toda actividad industrial tiene peligros
inherentes que necesitan de una
correcta gestión.
Línea: a la sucesión de puntos en una
sola dirección; dentro de una empresa se basa
en el principio de una autoridad única, donde
cada jefatura responde ante un nivel superior.
Este concepto es aplicable a
la organización piramidal que emplean
actualmente la mayoría de las empresas. Las
funciones de línea tienen un impacto directo en
el cumplimiento de los objetivos de la empresa.
La autoridad lineal se basa en la práctica del
poder legítimo.
Staff: se refiere directamente a los empleados
que contribuyen a que el personal de línea
trabaje con mayor eficacia. Son el grupo de
expertos que asesoran en la toma de
decisiones. Las funciones de staff tienen un
impacto indirecto dentro de la empresa ya que
solo ofrecen asesoría técnica, consultoría y
monitoreo dentro de la misma, en cualquiera de
sus niveles. Su autoridad se basa en la práctica
del poder del experto.
Legislación venezolana de higiene y
seguridad industrial.
Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y
Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT) [y su
Reglamento].
2. Ley Orgánica del Trabajo (LOT) y su Reglamento.
3. Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
4. Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos
(LOPA).
5. Código de Procedimiento Civil (CPC).
ÓRGANOS NORMATIVOS
1. ISO. Organización Internacional de Normalización.
2. COPANT. Comisión Panamericana de Normas
Técnicas.
3. OSHA. Dirección de Salud y Seguridad laboral.EEUU.
4. AIHA. Asociación Estadounidense de Higiene
Industrial.
5. EPA. Oficina de Protección del Ambiente.EEUU:
6. Ministerio de Salud y Desarrollo Social.Vzla. 7.
COVENIN. Comisión Venezolana de Normas Industriales
(Ver Anexo 2).
8. MINFRA. Ministerio de Infraestructura. Vzla
9. Normas internas de las empresas.
Organización de la higiene y seguridad industrial
Articulo 12 LOPCYMAT
Rectoría:
Organización de la higiene y seguridad industrial:
1. Gestión:
a. El Instituto Nacional de Prevención,
Salud y Seguridad Laborales.
b. El Instituto Nacional de Capacitación y
Recreación de los Trabajadores.
2. Recaudación y distribución:
La Tesorería de Seguridad Social.
3. Supervisión y Control del Régimen:
La Superintendencia de Seguridad Social.
4. Supervisión o inspección de empresas,
establecimientos, explotaciones y faenas:
a. Las Unidades de Supervisión adscritas a
la Inspectoría del Trabajo.
b. Las Unidades Técnico-Administrativas
del Instituto Nacional de Prevención,
Salud y Seguridad Laborales.
5. Organismos e instancias de consulta y
participación:
a. Los Consejos de Seguridad y
Salud en el Trabajo.
b. Los Comités de Seguridad y
Salud Laboral de las empresas,
establecimientos o explotaciones.
c. Los delegados o delegadas de
prevención.
d. Las organizaciones sindicales.
e. Otras instancias de participación
y control social que se crearen.
6. Organismos e instituciones prestadoras de
servicios:
a. El Sistema Público Nacional de Salud.
b. Las instituciones prestadoras de los
servicios de capacitación y reinserción
laboral del Régimen Prestacional de
Empleo.
c. Los Servicios de Seguridad y Salud en el
Trabajo organizados por las empresas.
d. Las instituciones,empresas,organismos,
y operadores del área de seguridad y
salud en el trabajo, acreditados por el
Instituto Nacional de Prevención, Salud y
Seguridad Laborales,dentro de las áreas
permitidas por la presente Ley.
2. Organización de la seguridad industrial en
cualquier actividad es ayudar a la dirección,
a que establezca y ponga en vigencia un
programa destinado a proteger a los
empleados .tipos :
Organización en línea es la que delega las
responsabilidades de la seguridad al
superior
Organización de staff personal especializado
para que asesore y ayuden todo los niveles
COMITÉ DE DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL
Art 46 LOPCYMAT
Organismos paritarios encargados de asesorar, cooperar
y vigilar la ejecución del Programa de Higiene y
Seguridad Industrial
RESPONSABILIDAD EN MATERIA DE HIGIENE Y
SEGURIDAD INDUSTRIAL mientras más peligrosa es
una operación, mayor debe ser el cuidado y las
precauciones que se observen al efectuarla; prevención
de accidentes y producción eficiente van de la mano
Programas de inducción
EL PROGRAMA DE PREVENCIÓN de accidentes
resulten más eficaces para los trabajadores y, por
consiguiente,que estos participen más activamente en la
prevención de accidentes..
SUPERVISOR EN HIGIENE Valora y analiza los
diferentes tipos de riesgos laborales con la finalidad de
preparar el programa de Seguridad Industrial e higiene,
con el objeto de evitar accidentes y enfermedades
profesionales.Prepara planillas de análisis de
Riesgos en el trabajo, charlas cotidianas
,permisología correspondiente a los trabajos
que se desarrollan en el campo industrial.
Condiciones en lugares de trabajo
Reglamento de lopcymat
Artículo 11. Condiciones de Trabajo Se entiende por
condiciones de trabajo: 1. Las condiciones generales y
especiales bajolas cuales se realiza la ejecución de las tareas. 2.
Los aspectos organizativos y funcionales de las empresas,
centro de trabajo, explotación, faena, establecimiento; así
como de otras formas asociativas comunitarias de carácter
productivo o de servicioengeneral;los métodos, sistemas o
procedimientos empleados enla ejecución de las tareas; los
servicios sociales que éstos prestan a los trabajadores y las
trabajadoras, ylos factores externos al medio ambiente de
trabajo que tienen influencia sobre éste.
Artículo 12. Condiciones Insegurase Insalubres 5 Se entiende
por condicionesinseguras e insalubres, entre otras, todas
aquellascondiciones enlas cuales el patrono o patrona: 1. No
garantice a los trabajadores y las trabajadoras todos los
elementos delsaneamiento básico, incluida el agua potable,
baños, sanitarios, vestuarios ycondiciones necesarias para la
alimentación. 3. No asegure proteccióna la maternidad, a los y
las adolescentes que trabajan o aprendices y, a las personas
naturales sujetas a protecciónespecial. 4. No asegure el auxilio
inmediato yla atenciónmédica necesaria para el trabajador o
la trabajadora, que padezcan lesiones o daños a la salud. 5. No
cumpla con los límites máximos establecidos en la
Constitución, Leyes yreglamentos en materia de jornada de
trabajoo no asegure el disfrute efectivo de los descansos y
vacaciones que corresponda a los trabajadores y las
trabajadoras. 6. No cumpla con los trabajadores y las
trabajadoras, las obligaciones en materia de información,
formaciónycapacitaciónenseguridadysaludenel trabajo. 7.
No cumpla conalguna de las disposiciones establecidas en el
Reglamentode las normastécnicas en materiade seguridad y
salud en el trabajo. 8. No cumpla con los informes,
observaciones o mandamientos emitidos por las autoridades
competentes, para la correcciónde fallas, daños, accidentes o
cualquier otra situaciónque afecte la seguridado salud de los
trabajadores y las trabajadoras.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL
“SIMÓN RODRÍGUEZ”
NÚCLEO CARICUAO
CURSO: SEGURIDAD SOCIAL
ORGANIZACIÓN DE LA HIGIENE Y SEGURIDAD
INDUSTRIAL.
SISTEMAS DE GESTIÓN DE LA CALIDAD,
MEDIO AMBIENTE Y PREVENCIÓN DE RIESGOS
LABORALES BAJO LA NORMATIVA ISO 9001 Y
14001.
Participante
Yuraima Briceño
Nº Cédula C.I 16443230
Equipo Nº 7
Sección:“c
Facilitadora: Oneida Marcano
Caracas, 22 de abril de 2015