Este documento prorroga el Decreto 330/20 que declaró la Emergencia Epidemiológica y Sanitaria Provincial debido a la pandemia de COVID-19. Se extiende la emergencia hasta el 30 de septiembre de 2020 y se encuadran las contrataciones y adquisiciones relacionadas con la prevención y tratamiento del virus dentro de la Ley de Contabilidad. El decreto es refrendado por los ministros secretarios de Coordinación General de Gabinete, Salud Pública y Gobierno.
1. AUTORIDADES
DIRECCIÓN BOLETÍN OFICIAL
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Dr. OSCAR HERRERAAHUAD
Gobernador
Dr. CARLOS OMAR ARCE
Vicegobernador
Ing. VÍCTOR JORGE KREIMER
Ministro Secretario de
Coordinación General de Gabinete
Dr. MARCELO GABRIEL PÉREZ
Ministro Secretario de Gobierno
Dr. MIGUEL ERNESTO SEDOFF
Ministro Secretario de Cultura, Educación,
Ciencia y Tecnología
Sr. JOSÉ MARTÍN SCHUAP
Ministro Secretario de Estado de Cultura
Sr. RAFAEL EUGENIO MORGENSTERN
Ministro Secretario de Deportes
Dr. OSCAR FRANCISCO ALARCÓN
Ministro Secretario de Salud Pública
Fcto. ESTEBAN SAMUEL LÓPEZ
Ministro Secretario de Estado de Prevención
de Adicciones y Control de Drogas
C.P.N. ADOLFO SAFRÁN
Ministro Secretario de Hacienda,
Finanzas, Obras y Servicios Públicos
Ing. ÁNGEL PAOLO QUINTANA
Ministro Secretario de Estado de Energía
Ing. LUIS ENRIQUE LICHOWSKI
Ministro Secretario de Industria
Sra. MARTA ISABEL FERREIRA
Ministro Secretaria de Estado de Agricultura Familiar
Lic. MARIO RAMÓN VIALEY
Ministro Secretario de Ecología y
Recursos Naturales Renovables
Dra. KARINAALEJANDRAAGUIRRE
Ministro Secretario de Acción Cooperativa,
Mutual, Comercio e Integración
Dra. SILVANAANDREA GIMENEZ
Ministro Secretaria de Trabajo y Empleo
Prof. BENILDA DAMMER
Ministro Secretario de Desarrollo Social,
la Mujer y la Juventud
Sra. MARÍA GRACIELA LEYES
Ministro Secretario de Derechos Humanos
Lic. SEBASTIÁN ORIOZABALA
Ministro Secretario del Agro y la Producción
Dr. JOSÉ MARIAARRÚA
Ministro Secretario de Turismo
Dr. HUGO ANDRÉS AGUIRRE
Subsecretario Legal y Técnico
Dr. FERNANDO LUIS IACONO
Director del Boletín Oficial
Todas las publicaciones que se realizan en el Boletín Oficial
deben ser tenidas por auténticas y por consiguiente no ne-
cesitan ratificación alguna.
LEY IV - Nº 1 - APARECE LOS DÍAS HÁBILES
República Argentina
AÑO LXIII Nº 15187 POSADAS, MIÉRCOLES 8 DE JULIO DE 2020 EDICIÓN DE 2 PÁGINAS
Decreto Completo Nº: 996...........................Pág. 2.
SUMARIO
SUPLEMENTO
BOLETÍN OFICIAL 15187
2. Pág. 2. SUPLEMENTO BOLETÍN OFICIAL Nº 15187 Posadas, Miércoles 8 de Julio de 2020
PRIMERA SECCIÓN
DECRETO COMPLETO
DECRETO Nº 996
POSADAS, 8 de Julio de 2.020.-
VISTO: el Decreto 330/20 y la actual situación epidemiológica del Coronavirus COVID-19; y
CONSIDERANDO:
QUE, por Decreto 330/20 se declaró la Emergencia Epidemiológica y Sanitaria Provincial, en virtud de la pandemia de
Coronavirus COVID-19, declarada así por la Organización Mundial de la Salud.
QUE, el Poder Ejecutivo de la Nación dicto el Decreto Nacional 260/20, por el cual amplió la emergencia sanitaria en
relación con el coronavirus COVID-19, que ya había sido declarada mediante Ley N° 27.541.
QUE, el Poder Ejecutivo de la Nación dicto el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/20, por el que dispuso la medi-
da de “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, y luego los Decreto de Necesidad y Urgencia N° 520/20 y 576/20
disponiendo la medida de “distanciamiento social, preventivo y obligatorio” aplicable para la Provincia de Misiones,
y sus normas complementarias.
QUE, el Gobierno Provincial viene llevando adelante acciones de prevención y atención que exigen coordinación per-
manente, divulgación capacitación y concientización masiva y acciones efectivas de intervención frente a los posibles
casos que puedan presentarse;
QUE, no obstante lo anterior, es preciso redoblar las medidas permanentes de prevención y asistencia, para lo que se
considera oportuno dotar al sistema de mecanismos ágiles para la obtención de recursos humanos y materiales que
eventualmente puedan llegar a necesitarse para la prevención y la asistencia;
QUE, en consecuencia se mantienen los motivos respecto del Coronavirus COVID-19, que llevaron al dictado del
decreto 330/20, por lo que corresponde su prórroga;
QUE, por lo expuesto, es menester encuadrar en los alcances del Artículo 85, apartado 3º, inc. o), de la Ley VII, Nº. 11
- Ley de Contabilidad - y normas reglamentarias, a las adquisiciones de servicios, productos y/o elementos necesarios
para la ejecución de las acciones de prevención y tratamiento;
QUE, resulta procedente el dictado del presente instrumento legal.
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE MISIONES
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º.- PRORRÓGASE el Decreto N° 330/20 por el cual se dispuso Emergencia Epidemiológica y Sanitaria
Provincial, hasta el 30 de septiembre de 2020, con motivo de la pandemia de Coronavirus COVID-19.
ARTÍCULO 2º.- ENCUÁDRESE, en los alcances del Articulo 85, apartado 3º, inc. o), de la Ley VII - Nº 11 - Ley
de Contabilidad -, a todas las contrataciones y adquisiciones que se efectúen con motivo de aplicación del presente
Decreto.
ARTÍCULO 3º.- REFRENDARÁN el presente Decreto los Señores Ministros Secretarios de Coordinación General de
Gabinete y de Salud Pública y de Gobierno.-
ARTÍCULO 4º.- REGÍSTRESE, comuníquese, dése a publicidad. Tomen conocimiento todos los Ministerios y
Secretarías de Estado, Organismos Descentralizados, Sociedades del Estado y la Contaduría General de la Provincia.
Cumplido, ARCHÍVESE. –
HERRERA AHUAD - Kreimer - Alarcón