Funciones y clasificación de las elecciones, Isis Silva
Segunda Vuelta
1. BENEMERITA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE PUEBLA
FACULTAD DE DERECHO Y CS. SOCIALES
LICENCIATURA EN CIENCIAS
POLITICAS
PROFESOR: EDUARDO GONZALEZ.
ALUMNA: LOPEZ MERLIN GUADALUPE.
“SEGUNDA VUELTA EN AMERICA LATINA”
SEMINARIO DE TESIS
2. SISTEMA ELECTORAL DE SEGUNDA VUELTA EN AMERICA LATINA.
El problema que presenta México en su conformación institucional electoral, en
cuanto a garantizar credibilidad y dar seguridad a los ciudadanos sobre la
elección que toman en el momento de acudir a las urnas a votar, ha
desprendido una serie de incertidumbres y se desatan problemas que van
atentando contra la intención democrática. Pues en lugar de evolucionar, se va
generando más desconfianza y apatía por parte de la sociedad, al grado tal,
que se ve reflejado en los índices de abstencionismo en las elecciones.
A través del tiempo, no se combate a la abstención, sino por el contrario. La
institución se encuentra debilitada ante el problema cultural y no es capaz de
garantizar confianza a los electores, por esto, el abstencionismo crece y junto
con éste, se desata una falta de legitimidad y gobernabilidad en el Poder
Ejecutivo que llegue al Poder.
La segunda vuelta es tener otra oportunidad de elección por parte de los
ciudadanos hacia los dos candidatos que obtengan la mayoría de votos, se
eliminan a los competidores restantes y se retoman las elecciones, con esto se
trata de dar mayor legalidad y legitimidad en términos institucionales y para el
candidato ganador. Así será un candidato que llegue con una seguridad de
triunfo, ante la ciudadanía que votó por él y el resto de la sociedad se queda
conforme al saber que se están respetando las reglas del juego.
Objetivo General.
En el siguiente ensayo, se estudia la aplicación de la segunda vuelta electoral
en América Latina, el estudio sobre la segunda vuelta y una propuesta de
aplicación al sistema electoral mexicano con el fin de garantizar mayor
legitimidad y gobernabilidad al país.
Así también se analizaran los rasgos constitucionales de cada país, donde
establecen la aplicación de segunda vuelta.
3. Con esto se pretende hacer una política comparada en los países que manejan
este sistema electoral y las ventajas que puede presentar llevar a cabo dicha
aplicación.
JUSTIFICACIÓN:
El objetivo particular se da en torno a un análisis de una pertinencia o no, sobre
la aplicación de la segunda vuelta electoral en México.
Si resulta prudente su aplicación y porque motivos, en base a una comparación
de sistemas electorales y con un fin que garantice mas legitimidad a los
gobiernos con el poder adquirido y a la institución encargada de garantizar
confianza en la ciudadanía y de incrementar la participación política.
PLATEAMIENTO DEL PROBLEMA:
¿Rompe la segunda vuelta electoral con los valores políticos?
La axiología política nos menciona que la democracia y el respeto al voto son
dos de los principales valores políticos, mismos que la segunda vuelta electoral
en el estado de San Luis Potosí vulnera.
Estos principios son violados desde el momento en que se exige la mayoría
absoluta para que se gane la contienda electoral, continúa esa violación
cuando no se respetan los votos emitidos por los ciudadanos en la primera
oportunidad de elegir a sus gobernantes.
El problema fundamental derivado de esa falta, es el alto índice de
abstencionismo (casi el 50% de la lista nominal) que refleja la falta de confianza
que los votantes tienen sobre los procesos electorales, lo cual desemboca en
un nivel de legitimidad muy bajo, si consideramos que no es únicamente el
tener el apoyo de la mayoría de los votantes, sino el de la mayoría de los
ciudadanos.
La idea de Maquiavelo en el clásico de la política "el príncipe" nos da a entender
que el gobernante debe hacer cualquier cosa con tal de mantenerse en el poder
y en consecuencia de ello lograr el bien común. Es importante aclarar que en la
4. época en que se escribió esta obra, las dificultades políticas y bélicas obligaban
a quien ostentara el poder a convertirse en un dictador para conservar la
estabilidad de su país.
Sin embargo, en nuestro tiempo, la política es una actividad que consiste en
gobernar comprometidamente a una comunidad, siempre bajo una óptica de
ética. La falta de cumplimiento de ella desemboca en la corrupción de líderes y
decadencia de aquellas comunidades por lo cual es importante decir que la
figura electoral del ballotage es violatoria de los principios axiológicos políticos,
y se ve la necesidad de desecharla y a su vez mejorar la credibilidad en los
procesos electorales.
Los cambios en la política potosina deben ser constantes, pues al ser un
régimen democrático, ser dinámico es parte de su naturaleza, y los cambios
deben ser siempre para mejorar las condiciones de credibilidad, confianza,
legitimidad y gobernabilidad.
Aunque la auténtica democracia no existe ni existirá en San Luis Potosí, es
importante que se trate de buscar un consenso y se respete el resultado del
mismo. Las instituciones por lo tanto, deberán permitir las competencias político –
electorales así como la responsabilidad burocrática y la pugna entre los actores
sociales.
ASPECTOS TEORICOS SOBRE LOS CONCEPTOS DE LEGALIDAD Y
LEGITIMIDAD.
Norberto Bobbio. Legalidad. Se entiende por legalidad un atributo y un requisito
del poder, por el cual se dice que un poder es legal o actúa legalmente o tiene
carácter de legalidad cuando se ejerce en el ámbito o de acuerdo con las leyes
establecidas o de algún modo aceptadas. Ya que no siempre se distingue, en
el uso común, y con frecuencia tampoco en el uso técnico, un poder legal es un
poder que se ejerce de acuerdo con las leyes. Se entiende por principio de
legalidad el principio de acuerdo con el cual todos los órganos que ejercen un
poder público, se considera que actúa dentro del ámbito de las leyes, salvo en
5. casos excepcionales establecidos expresamente, y legalizados también por el
hecho mismo de haberse establecido expresamente.
El principio de legalidad tolera el ejercicio discrecional del poder, pero excluye
el ejercicio arbitrario se entiende un acto realizado desacuerdo con un juicio
exclusivamente personal de la situación.
Legitimidad. En una primera aproximación se puede definir a la legitimidad
como el atributo del estado que consiste en la existencia en una parte relevante
de la población de un grado de consenso tal que asegure la obediencia sin que
sea necesario, salvo en casos marginales, recurrir a la fuerza. Por lo tanto, todo
poder trata de ganarse el consenso para que se le reconozca como legitimo,
transformando la obediencia en adhesión. La creencia en la legitimidad es,
pues, el elemento integrante de las relaciones de poder que se desarrollan en
el ámbito estatal.
6. EL SISTEMA DE SEGUNDA VUELTA ELECTORAL.
En términos generales, se pretende dar una definición de Sistema Electoral,
para ampliar dicha información y las definiciones que se encontraron sobre la
Segunda Vuelta electoral o también conocida como “Ballotage”.
“La Segunda Vuelta Electoral o ballotage, tiene su inicio en el sistema
semipresidencial francés. Su aparición tuvo lugar en la Ley Electoral de 1787,
consagrado posteriormente en las Constituciones de 1793 y 1795.
Eliminándose tiempo después por Napoleón Bonaparte, sin embargo vuelve a
reaparecer en las Constituciones de 1815 y 1830, sin validez de 1848 a 1852,
Nuevamente es restituido por Napoleón III en 1852, funcionando hasta 1919,
cuando se introduce el sistema proporcional. De 1927 a 1940 vuelve a adquirir
vigencia, aunque cabe mencionar que esta modalidad electoral se utilizaba sólo
para el sistema electoral proporcional. Es hasta 1958 que el general Charles
De Gaulle, quien aspiraba a ocupar una presidencia fuerte y con amplia
legitimación en ese tiempo, le imprime las características del actual ballotage
francés. No obstante, con las reformas constitucionales de 1962, el sistema se
aplico a sistemas de elección directa con un umbral 50%, procedimiento
conocido en ingles como majority-runoff (Kenney 1998:1)”2 Boletín Informativo,
Elecciones Presidenciales en México, documento localizado en la siguiente
dirección de
Internet:
http:www.senado.gob.mx/content/sp/memoria/cont/estatico/content/boletines/bo
letín_29.pdf
Las constituciones políticas latinoamericanas exigen
La doble ronda lectoral. sartori
Ya se dijo que la doble ronda electoral constituye un sistema por si sola. Una
de las razones es que permite a los electores votar dos veces, con un intervalo
de una o dos semanas entre la primera votación y la votación final, y esto
significa que los votantes pueden reorientar conscientemente sus preferencias
considerando los resultados de la primera elección. Esta es una característica
muy particular y en mi opinión muy importante. Por otra parte, la doble ronda
7. electoral es un sistema muy flexible que hace posibles acuerdos de mayoría y
de proporcionalidad. El sistema es mayoritario en los distritos que solo tienen
un representante y es proporcional en los qe son plurinominales.
Debe observarse, sin embargo, que nunca es del todo mayoritario o del todo
proporcional. Nunca es totalmente mayoritario porque no tiene el efecto
coercitivo sobre el votante que caracteriza al sistema que se basa solo en el
mayor número de votos. En realidad, en la primera votación, los electores se
comportan igual que en un sistema proporcional: expresan libremente su
primera preferencia entre todas las opciones. Tampoco es adecuadamente
proporcional, porque su finalidad se pierde cuando los distritos electorales
cuentan con muchos representantes. La doble ronda electoral tiene poco
sentido si se trata de distritos con más de tres o cuatro representantes. Por otra
parte, como sabemos. Los distritos muy pequeños no arrojan resultados
proporcionales.
Sobre estas premisas, consideremos primero la versión mayoritaria de la doble
votación.
Nohlen. El Ballotage es un método para producir mayorías absolutas en
elecciones uninominales, ya sean de presidentes o de diputados en distritos
uninominales, cuando el requisito para ganar el cargo es la mayoría absoluta y
ningún candidato la alcanza en la primera vuelta. Entonces, en la segunda
vuelta. Entonces, en la segunda vuelta se restringe a dos el número de
candidatos a las más altas mayorías de la primera vuelta. El punto clave de la
definición del concepto es la reducción de la competencia a una de solo dos
bandas. El ballotage se aplica sobre todo a elecciones de presidente en
sistemas presidenciales.
Dieter Nohlen, p 85, sistemas electorales y partidos políticos. “Ballotage”
El Ballotage es un método para producir mayorías absolutas en elecciones
uninominales, ya sean de presidente o de diputados en distritos uninominales,
cuando el requisito para ganar el cargo es la mayoría absoluta y ningún
candidato la alcanza en la segunda vuelta se restringe a dos el número de
candidatos a las más altas mayorías de la primera vuelta. El punto clave de la
8. definición del concepto es la reducción de la competencia a una sola de solo
dos bandas. El Ballotage se aplica sobre todo a elecciones de presidente en
sistemas presidenciales.
Sistemas Electorales, p.35, Nohlen. El modo según por el cual el elector
manifiesta por medio del voto el partido o el candidato de su preferencia, y
según el cual esos votos se convierten en escaños. Los sistemas electorales
regulan ese proceso mediante el establecimiento de la distribución de las
circunscripciones, de la forma de la candidatura, de los procesos de votación y
de los métodos de conversión de votos en escaños.
Sistemas Electorales, Giovanny Sartori, cap. 1. LOS SISTEMAS
MAYORITARIOS Y LOS PROPORCIONALES. p 15. Los sistemas Electorales
determinan el modo en que los votos se transforman en curules, y por
consiguiente, afectan la conducta del votante. Además influyen sobre si el
elector vota por un partido o por una persona. En el primer caso, lo que hay
que saber es si la conversión de votos en curules es o no proporcional y en el
segundo se trata de identificar quien controla la selección de candidatos y la
principal división es si se vota o no por una persona.
EL SISTEMA ELECTORAL DE SEGUNDA VUELTA EN PAISES DE AMERICA
LATINA.
http://www.diputados.gob.mx/cedia/sia/spi/SPI-ISS-04-07.pdf
En América Latina existen Sistemas Electorales Presidenciales, con dos
órganos; Ejecutivo y Legislativo, y que al mismo tiempo surgen de votación
popular. (Nohlen,p 52, América Latina: una comparación de sus sistemas
electorales)
La mayor parte de los parlamentos latinoamericanos se componen de dos
cámaras: Senado y Cámara de Diputados. (Solo en los pequeños países
centroamericanos predominan los sistemas unicamerales)
Su historia electoral ha evolucionado de acuerdo al tipo de régimen de cada
país y por lo tanto se muestran de diferente forma sus ámbitos políticos.
9. Dieter Nohlen hace un análisis comparativo sobre los países de América
Latina, donde se muestra que países aplican la segunda ronda electoral. Así
como en las investigaciones que se presentan al Congreso de la Unión.
Se realizó una investigación de derecho comparado, donde se resume de
manera más entendible para el elector la aplicación del “Ballotage”. En base a
la información que expone Dieter Nohlen y las propuestas a la Cámara de
Diputados.
En dicha tabla se exponen las aplicaciones de la segunda ronda electoral en
América Latina, con dichos argumentos jurídicos y constitucionales, esto con el
fin de garantizar que la aplicación de la segunda Vuelta Electoral se lleva a
cabo con términos de legalidad.
También así, nos damos cuenta de que países están aplicando la Segunda
Vuelta Electoral en América Latina:
10. Pais. Vueltas Electorales. Aplicación Constitucional.
Código Electoral Nacional de
Argentina
Título VII
Sistema Electoral Nacional
Capítulo I
De la elección de Presidente y
Vicepresidente de la Nación
(artículos 148 al 155)
*Artículo 148.- El Presidente y
Vicepresidente de la Nación serán
elegidos simultánea y directamente
por el pueblo de la Nación, con
Elige el congreso entre 2 arreglo al sistema de doble vuelta,
candidatos con mayor a cuyo fin el territorio nacional
argentina número de sufragios constituye un único distrito.
Código Electoral
Artículo 89º.- (Elección en las
circunscripciones electorales).1. En caso
de
empate en una circunscripción
Elige el Congreso entre 3 uninominal, se repetirá la elección
candidatos con mayor en el término que la Corte Nacional
número de votos. En tercera Electoral establezca, sólo entre los
vuelta con mayor número de candidatos que hubieran
Bolivia, 1967 votos empatado.
Ley NO 9.504, de 30 de
Septiembre de 1997
Establece normas para as
Segunda vuelta entre dos elecciones .Art. 2o§ 2o Se, antes de
candidatos con mayor realizado o
Brasil número de votos segundo turno.
ARTÍCULO 190.-Si ningún
candidato obtiene dicha mayoría,
se celebrará una nueva
votación que tendrá lugar tres
semanas más tarde, en la que
sólo participarán los dos
candidatos que hubieren
obtenido las más altas
Segunda vuelta entre 2 votaciones. Será declarado
candidatos con mayor Presidente quien obtenga el
Colombia, 1991 número de votos. mayor número de votos.
11. Título X. El Poder Ejecutivo
Capítulo I. El Presidente y los
Vicepresidentes de la República Si ninguna
de las nóminas alcanzare
la indicada mayoría, se practicará
una segunda elección popular el
primer domingo de abril del mismo
año entre las dos nóminas que
hubieran recibido más votos,
quedando elegidos los que figuren
Segunda vuelta entre 2 en la que obtenga el mayor número
Costa Rica, 1949 nominas con más votos. de sufragios
Ley Nº 18.700
Aprueba la Ley Orgánica
Constitucional sobre Votaciones
Populares y Escrutinios
De la Calificación de Elecciones
Artículo 109ºSi ninguno de los candidatos
a
Presidente de la República hubiere
obtenido la mayoría absoluta
señalada en el inciso primero de
este artículo y para los efectos de
lo dispuesto en el inciso segundo
del artículo 26 de la Constitución
Política,( Artículo 26.- ...Si a la
elección de Presidente se
presentaren más de dos
candidatos y ninguno de ellos
obtuviere más de la mitad de los
sufragios válidamente emitidos, se
procederá a una nueva elección
que se verificará, en la forma que
determine la ley, quince días
después de que el Tribunal
Calificador, dentro del plazo
señalado en el artículo siguiente,
haga la correspondiente
declaración. Esta elección se
circunscribirá a los dos candidatos
que hubieren obtenido las más
altas mayorías relativas. ... ) el
Tribunal hará la correspondiente
declaración, indicando los
candidatos que hayan obtenido las
Segunda vuelta entre dos dos más altas mayorías relativas y
candidatos con mayor ordenará su publicación en el
Chile, 1980 número de votos. Diario Oficial,
12. Ley Electoral, No. 275-97. Sección VI
Determinación de los candidatos elegidos
Artículo 162.- Caso en que no haya
representación proporcional Si en la
primera
elección ningún a de las dos candidaturas
alcanzare la mayoría absoluta, la Junta
Central
Electoral organizará una segunda elección,
la cual
será celebrada cuarenta y cinco (45) días
después, a contar de la fecha en que se
celebre la
Segunda vuelta entre 2 primera, o sea, el treinta (30) de junio del
República candidatos con mayor año
dominicana número de votos. correspondiente.
Ley Electoral No 59, de 1986.Artículo 81.-
Si en la primera
votación ninguno de los binomios
que tercien en la elección de
Presidente y Vicepresidente de la
República obtuviere mayoría
absoluta, se realizará una segunda
votación en la que se concretará la
Segunda vuelta entre 2 elección entre los dos binomios
candidatos con mayor que hayan obtenido las dos
Ecuador número de votos. primeras mayorías.
Código Electoral Art. 261.-Si verificando el
escrutinio final
ninguno de los Partidos Políticos o
Coaliciones contendientes hubiere
obtenido mayoría absoluta de
votos; el Tribunal nominará a los
dos Partidos Políticos o
Coaliciones contendientes que
hayan obtenido mayor número de
votos válidos y dentro de las
cuarenta y ocho horas siguientes
después de haberse declarado
firmes los resultados de la primera
elección, convocará a una
segunda elección, fijando la fecha
en que ésta habrá de celebrarse.
En la segunda elección a que se
Segunda vuelta entre 2 refiere el inciso anterior, sólo
candidatos con mayor participarán los dos Partidos
El Salavador,1983 número de votos. Políticos o Coaliciones
13. Ley Electoral y de partidos
políticos
Artículo 201.Si en la
primera elección ninguna de las
planillas obtuviere tal mayoría,
deberá llevarse a cabo la segunda
elección, en un plazo no mayor de
sesenta días y conforme ala
convocatoria, en la que sólo
figurarán postuladas las dos
planillas que hayan alcanzado
mayor cantidad de votos en los
primeros comicios y ganará la
Segunda vuelta entre 2 con elección, la planilla que obtenga a
las dos más altas mayorías su favor, por lo menos, la mitad
Guatemala relativas más uno de los votos válidos.
Ley Orgánica de Elecciones
Título II del Sistema Electoral
Capítulo 1- Generalidades
Presidentes y Vicepresidentes Artículo 18.-
Si no se hubiese
alcanzado la votación prevista en el
artículo anterior, se procede a
efectuar una segunda elección
dentro de los 30 días siguientes a
la proclamación de los cómputos la
proclamación de los cómputos
Segunda vuelta entre 2 con oficiales, entre los dos candidatos
las dos más altas mayorías que obtuvieron la votación más
Peru,1979 relativas alta.
Ley Nº 7.812 de 16 de Enero de 1925
Modificada por Ley Nº 17.113, de 9 de
Junio de 1999
Ley de Elecciones Artículo 15.- En caso de
que deba celebrarse la
segunda elección prevista en el artículo
151 de la
Constitución, las hojas de votación se
registrarán ante la
Segunda vuelta entre 2 con Corte Electoral diez días antes por lo
las dos más altas mayorías menos a dicha
Uruguay relativas elección.