2d56685be8c7dcb0a420d1053c8cfdc5Tarea 7. Introducción a la criminalística.pptx
El Lugar de los Hechos
1. El lugar de los hechos
Se entiende como el lugar de los hechos “ El sitio donde se ha
cometido un hecho que puede ser delito”.Toda investigación
criminal tiene su punto de partida casi siempre en el lugar de los
hechos, y muchos criminalistas ya han expresado: “que cuando no
se recogen y estudian los indicios en el escenario del crimen, toda
investigación resulta más difícil”. Por tal motivo ,es imperativo
proteger adecuadamente en primer término “el lugar de los
hechos” o como lo denominan los especialistas “el sitio de
suceso”.
2. Para obtener resultados fructíferos desde el inicio de las
investigaciones, conviene considerar y aplicar la máxima jurídica
del Dr. Hanns Gross. “ Si la inspección ha de ser útil, es
imprescindible que todos los objetos importantes o que no
figuren en el lugar del crimen, permanezcan intactos, sin que por
ninguna causa se les cambie de posición” (Manual del Juez)
3. Principios fundamentales de la investigación
1) Llegar con rapidez al lugar de los hechos y tener siempre en
mente que entre más tiempo transcurre el indicio se
desvanece y el delincuente puede huir.
2) Proteger el lugar de los hechos, no mover ni tocar nada hasta
que personal abocado a la investigación haya fijado el
escenario.
4. 3) En caso de lesiones y si la víctima está todavía con vida, se le
prestará atención médica inmediata , dibujando la silueta en
el lugar de la posición final de cuerpo.
4) El personal abocado a la investigación , debe cumplir
eficazmente con la función de la especialidad, trabajando en
equipo porque las funciones de unos complementan a las de
otros.
5. 5) Los primeros que deben entrar al lugar de los hechos, son
el agente del Ministerio Público, el perito fotográfico y el
criminalista ,quién instruirá al anterior de las fotografías
que deben tomarse.
6) Las tareas de otro peritos que intervengan , deben hacerse
con orden y colaboración mutua.
6. 7) Se debe evitar la presencia inútil de curiosos y personas
ajenas a la investigación, a fin de obtener mejores
resultados y rapidez en la investigación.
8) El personal abocado debe cumplir cabal y científicamente
con la inspección del lugar de los hechos , a efecto de
continuar con la investigación y persecución del hecho
presuntamente delictuoso.
7. Reglas para proteger y preservar el lugar de los hechos
1) Si el funcionario o agente de policía que llegara primero al
lugar de los hechos, tuviera necesidad de mover o tocar algo,
deberá comunicarlo detalladamente al Ministerio Público y
Criminalista, indicando correctamente la posición original
que conservaban los objetos, para no desvirtuar las
interpretaciones criminalísticas que de ellos se hagan.
2) Queda prohibido absolutamente tocar o alterar la posición
de los cadáveres , así como manipular las armas y objetos
relacionados con el hecho, ya sea que estén en posesión, que
rodeen o estén distantes de la víctima.
8. 3) El personal abocado a la investigación debe elegir los
lugares que va a pisar y tocar, a fin de que no borren o
alteren las que existan.
9. Equipo criminalístico indispensable de trabajo
Los indicios requieren ser examinados científicamente en
el lugar de los hechos o cuando menos es necesario hacer
algunos estudios preliminares sin alterar su composición
original. Será necesario efectuar su colección, embalaje y
etiquetado para ser llevados al laboratorio, se
recomienda el siguiente equipo de investigación.
10. 1) Plancha, tintero con rodillo para la toma de huellas dactilares
a personas con o sin vida.
2) Reactivos para huellas dactilares
3) Brochas de pelo muy fino para esparcir polvos y revelar
huellas dactilares sobre superficies lisas o pulidas.
4) Lupas y lentes o aparatos de aumento, para observar in situ
los indicios y sus particularidades, aumentando su diámetro.
5) Cámara fotográfica, para tomar fotografías de diversos
ángulos, medianos acercamientos y grandes acercamientos
del lugar de los hechos y sus evidencias.
11. 6) Tijeras ,linterna ,lámpara de luz ultravioleta y pinzas, para
la localización y levantamiento de pequeños indicios.
7) Brújula para la orientación del lugar , cinta métrica para
mediciones, libreta de apuntes, lápiz, bolsas de papel y
polietileno, sobres y pequeñas cajas e cartón, probetas y
tubos de ensayo esterilizados, todo ello para el embalaje y
transporte de indicios líquidos o sólidos.
8) Guantes de hule o polietileno, para evitar
contaminaciones en el levantamiento , etiquetado y
embalaje de los indicios. Etiquetas engomadas para
señalar datos referentes al origen de los indicios.
12. 9) Plumones y crayones para señalar huellas, rastros,
vestigios, marcas y señales, así como para dibujar siluetas
de indicios o cuerpos humanos.
10) Maletín para guardar y trasladar todo el equipo de
trabajo, así como pequeños estuches como reactivos para
pruebas .
13. Metodología de investigación en el lugar de los hechos
El Felipe Pardiñas (Metodología de la problemática
criminalística) hace la siguiente aseveración: “La metodología
es el sentido común que reflexiona para encontrar nuevos
conocimientos o nuevas decisiones de acción.
14. En la criminalística de campo se aplican cinco pasos
sistemática y cronológicamente ordenados ,conocidos
como: “Metodología de la Investigación Criminalística, en
el lugar de los hechos”, constituida como se expone :
a) La protección del lugar de los hechos.
b) La observación del lugar.
c) La fijación del lugar.
d) La colección de indicios.
e) El suministro de indicios al laboratorio.
15. A .- Protección del lugar
Cuando se inicia una investigación en el lugar de los hechos, se
debe proteger el sitio del suceso, teniendo en mente que el
éxito de las investigaciones depende de la exacta protección
que se brinde al lugar de los hechos, cumpliendo siempre tres
reglas fundamentales :
16. 1) Llegar con rapidez al escenario del suceso , desalojar a los
curiosos y establecer un cordón de protección.
2) No mover ni tocar nada , hasta que haya sido examinado y
fijado el lugar.
3) Seleccionar las áreas por donde se caminará, a fin de no alterar
o borrar indicios.
17. B.- Observación del lugar
La observación es una habilidad que se debe tener muy bien
desarrollada con el sentido de la vista , apoyada con los
otros sentidos, proviene de latín observatio , que significa
examinar atentamente, atisbar o advertir.
18. La observación se realiza directa y macroscópicamente, al
lugar de los hechos y sus evidencias materiales, también en
igual importancia se aplica con lentes y aparatos de aumento al
objeto o indicio en cuestión a efecto de examinar y conocer sus
particularidades. En la observación que se practique en los
lugares de los hechos, se recomienda utilizar sólo cuatro
sentidos, poniendo alerta primeramente :vista, olfato, oído
dejando para el último el sentido del tacto, el que se utilizará
para efectuar una ordenada colección y manejo de los indicios
después de fijados éstos. No se recomienda utilizar el gusto,
por ser una operación peligrosa, ya que para conocer la
composición y estructura de algunos indicios indeterminantes
se recurre a las técnicas forenses del laboratorio para su
estudio y análisis.
19. Observación del lugar
Después de observar meticulosamente el sitio y sus
evidencias y seleccionar las que están estrechamente ligadas
al hecho, se estará en condiciones de verificar la realidad del
caso y conocer sus circunstancias. Para la observación se
recomiendan los siguientes métodos:
20. 1) En lugares cerrados, desde la entrada principal se dirige la
vista , abanicando de derecha a izquierda y viceversa,
cuantas veces sea necesario recibiendo la información en
forma subjetiva, después se acerca al indicio principal del
escenario, que puede ser un cadáver, una caja fuerte
violentada, una caja registradora violentada etc.,
continuando con las áreas circundantes en forma de espiral
extendiéndose hasta la periferia , incluyendo los muros con
muebles , ventanas, cortinas, escaleras, etc., para terminar
con el techo. La observación puede ampliarse a otras
habitaciones contiguas.
21. 2) En lugares abiertos, previamente protegidos en un diámetro
de por lo menos de 50mts. tomando como centro el sitio
exacto de los hechos, se observa primero de la periferia al
centro en forma subjetiva, abanicando con la vista cuantas
veces sea necesario hasta recibir la información que se
quiere, consecuentemente se ubica uno en el centro del lugar
y en forma de espiral se mira hasta llegar a la periferia sin que
quede inadvertida ninguna área.
3) En lugares abiertos donde se buscan objetos o cadáveres,
como las zonas laterales de las carreteras , es necesario
extender a los lados una línea de hombres de por lo menos
250 mts. y que no estén separados uno del otro por más de
10 m.
22. C.-Fijación del lugar
Se efectúa del escenario del hecho y sus evidencias,
utilizando las siguientes técnicas: a) la descripción
escrita, b) la fotografía forense, c) la planimetría forense,
d) el moldeado
23. La fijación del lugar de los hechos es imprescindible en todos los
casos de investigación criminal, de tal forma que las descripciones
manuscritas, gráficas y moldes que se elaboren, puedan ilustrar en
cualquier momento sin ser necesario regresar al lugar de los hechos.
La descripción meticulosa detalla en forma general y particular el
escenario del suceso, la fotografía señala detalles y particularidades
de las cosas e indicios, el dibujo forense ya sea con croquis o con la
planimetría, precisa distancias entre un indicio y otro, asimismo
muestra una vista general muy completa del lugar y el moldeado es
útil para captar huellas en el lugar, ya sea de pies calzados o
descalzos, de neumáticos u otro tipo de instrumentos.
24. Levantamiento
EL levantamiento es una acción de orden técnico, y como
principio necesario para no contaminar los diversos
indicios y conservar las huellas que contienen, se deben
usar guantes desechables ya sean de hule o de
polietileno, también se deben utilizar otros
instrumentos , como : pinzas de metal , algodón
esterilizado, papel filtro, agua destilada, tubos de ensayo,
cajitas de lámina o cartón, cordones, tablas cuadradas de
8 x 8 cm., etc. Todo de acuerdo con lo que se vaya a
levantar.
25. Embalaje
Criminalísticamente se entiende por embalaje : “La maniobra
que se hace para guardar, inmovilizar y proteger algún indicio,
dentro de algún recipiente protector “. Después de haber
levantado los indicios con las técnicas que a continuación se
enumerarán , es importante protegerlos en recipientes propios,
a efecto de que lleguen sin contaminación al laboratorio de
criminalística, y los resultados de su análisis y estudio sean
auténticos y confiables.
26. Etiquetado
El etiquetado es la operación final que se efectúa con objeto de
reseñar el lugar de procedencia del indicio en cuestión. El
etiquetado debe llevarse a cabo en todos los casos, separando
un indicio de otro, es decir, individualizándolos y adjuntándoles
una etiqueta que mencione lo siguiente :
27. a) El número de acta o averiguación previa
b) El lugar de los hechos
c) La hora de intervención
d) La clase de indicio
e) El lugar preciso de donde se recogió
f) Las huellas o características que presenta
g) La técnica de análisis a que se debe ser sometido
h) Fecha, nombre y firma del investigados que lo descubrió y
que lo suministra al laboratorio.
28. D.- Rotulado de las evidencias
El etiquetado es la operación final que se efectúa con el
objeto de reseñar el lugar de procedencia de la evidencia
en cuestión. El rotulado debe llevarse a cabo en todos los
casos, separando una evidencia de otra, es decir,
individualizándolos y adjuntándoles una etiqueta que debe
contener los siguientes datos:
29. a) Número de documento con que se relaciona
b) Lugar, fecha y hora que se recogió
c) Cantidad y tipo de evidencia levantada
d) Técnica empleada en la recogida
e) Rótulo de evidencia, el que deberá conservar desde este
instante, hasta ser entregada al Tribunal respectivo.
f) Nombre y firma del investigador que recogió la evidencia.
g) Cualquier otro dato de interés
30. Cadena de custodia
Concepto : Se entiende por cadena de custodia el “
testimonio que queda evidente en las muestra o
instrumentos de prueba de las personas que han
manipulado ese elemento “ , nace en el sitio del suceso con
la primera persona que levanta la evidencia, luego sigue
con la rotulación, levantamiento y embalaje, continuando
con quien la recibe en el laboratorio para las pericias
necesarias, debiendo dejar testimonio escrito de todas y
cada una de las personas por las que ha pasado la
evidencia, así como del tipo y características de la
intervención realizada.
31. Reglas básicas de la cadena de custodia
a) Esta comienza con el levantamiento de la evidencia física,
en el sitio del suceso.
b) Fijar mediante fotografía, plano y descripción escrita clara
y completa el lugar exacto desde donde se levantó cada
evidencia física.
c) Describir cada uno de los elementos de prueba, su
naturaleza, cantidad, características, así como su rótulo
diferenciador y la identificación del funcionario encargado
de su custodia inicial en el sitio del suceso y luego del
levantamiento.
32. d) Evitar la manipulación excesiva de las evidencias.
e) Al embalar, recordar que lo primordial es la conservación
de la evidencia, ya que se debe evitar toda alteración o
intervención externa no controlada, hasta el momento
mismo en que deberá ser presentada en el juicio oral de
acuerdo a las modificaciones al C. P. P.
33. f) Tomar las medidas de seguridad necesarias para proteger
la evidencia de posibles adulteraciones (producidas por
acción de la humedad, calor, el peso de otras muestras,
etc. ) o sustracciones.
g) Utilizar y llenar todos los datos existentes en los
formularios de la cadena de custodia, para la entrega y
recepción de las evidencias, así se asegura el control y el
registro de su actuación dentro de la cadena.
34. Principios básicos que rigen la cadena de custodia
a) La cadena de custodia es el mecanismo que garantiza la
autenticidad de los elementos de pruebas recolectados y
examinados, esto es, que las pruebas correspondan al
caso investigado, sin que de lugar a confusión,
adulteración, ni sustracción alguna. Por tanto toda
persona que participe en el proceso de cadena de
custodia, deberá velar por la seguridad, integridad y
preservación de dichos elementos.
35. b) En la cadena de custodia participan los funcionarios
policiales y personas bajo cuya responsabilidad se
encuentran los elementos de pruebas respectivos,
durante las diferentes etapas del proceso penal. En tal
sentido, toda persona que reciba, genere o analice
muestras o elementos de pruebas, forma parte de la
cadena de custodia.
36. c) La cadena de custodia se inicia o se pone en
funcionamiento en el mismo lugar de los hechos con el
carabinero o autoridad judicial que se constituye
primero en el sitio del suceso, continuando con los
expertos que recolectan los elementos de pruebas, luego
los que participan activamente en su traslado y trabajo
pericial y finaliza con el juez de la causa que la recibe.
d) Los procedimientos de custodia deben aplicarse a todo
elemento probatorio, sea un texto manuscrito, arma de
fuego, cadáver o cualquier elemento físico. Esta misma
protección y vigilancia debe extenderse de manera
idéntica sobre las actas, formato de registro de cadena y
oficios que acompañan el elemento.
37. e) Al momento de recolectar los elementos físicos de
prueba, se debe dejar expresa constancia en el formato o
acta de cadena de custodia, haciendo su descripción
completa, registro de su naturaleza, sitio exacto donde
fue encontrada, técnica empleada para manipularla y
levantarla, y la identificación de la persona que realizó
estas últimas acciones de recolección.
f) Todo elemento físico probatorio tendrá el registro de
cadena de custodia, el cual debe acompañar a cada uno
de los elementos de pruebas a través de su curso judicial.
Por tanto toda transferencia de custodia quedará
registrada en el formato, indicando fecha, hora, nombre
y firma de quien recibe y de quien entrega.
38. g) Toda muestra o elemento probatorio deben llegar
debidamente embalados y rotulados, de acuerdo con los
procedimientos establecidos y naturaleza del elemento o
sustancia.
h) Toda persona que manipula, levanta y embala elementos
de pruebas, deberá dejar constancia escrita en el informe
pericial de la descripción de los mismos, técnica y
procedimiento utilizado, así como también de las
modificaciones realizadas sobre los elementos de
pruebas, mencionando si estos se agotaron en los
análisis o si quedaron remanentes, especialmente si se
trata de sustancias estupefacientes u orgánicas.
39. i) La cadena de custodia es pieza fundamental en el
desarrollo investigativo y probatorio para el control y/o
vigilancia de los elementos físicos de prueba
encontrados en el lugar de los hechos, cualquiera que
sean éstos.
40. j) La cadena de custodia implica que tanto los elementos de
prueba como los documentos que los acompañan, se
debe mantener siempre en un lugar seguro.
k) En los formularios de cadena de custodia deberán
aparecer en forma legible el nombre y apellidos, además
del grado, dotación y firma del carabinero o perito que
recibe y entrega, tanto en el original como en la copia .
l) En el formulario de cadena de custodia no se admiten
borrones enmendaduras espacios y líneas en blanco,
tintas de diferentes colores o interlineaciones (palabras
o signos entre líneas), como tampoco adiciones en la
copia.
41.
42. Manual de Cadena de Custodia
Esta dirigido a los servidores públicos y particulares que
tengan contacto con los EMP, involucrados en el
aseguramiento y conservación de las características
originales y registro de las modificaciones que sufran
dichos elementos, desde su recolección hasta su
disposición final, identificando al responsable en cada
paso por el que transitan.
43. Introducción
• Se trata de un método legítimo de autenticación de
evidencia “materiales”, que el proponente tiene q utilizar
para persuadir al juzgador sobre este elemento de
“mismidad”
• La ruptura de la cadena supone la perdida de elementos
o muestras básicas para la investigación, y puede
generar la condena de un inocente o la absolución de un
culpable.
44. Concepto
“La cadena de custodia es pieza fundamental en el
desarrollo investigativo y probatorio para el control y/o
vigilancia de los elementos físicos de prueba encontrados
en el lugar de los hechos, cualquiera que estos sean”.
45. Definición
“La cadena de custodia es un procedimiento establecido
por la normatividad jurídica, que tiene el propósito de
garantizar la integridad, conservación e
inalterabilidad de elementos materiales de prueba a
fin de analizar y obtener, por parte de los expertos,
técnicos o científicos, un concepto pericial”
46. En síntesis la cadena de custodia es:
• “Un procedimiento técnico o científico de estricta y
cuidadosa observación y ejecución, que mediante la
aplicación de principios básicos garantiza la seguridad,
preservación, integridad y autenticidad de los elementos
probatorios recolectados y examinados en virtud de una
investigación, para evitar que puedan sufrir adiciones,
adulteraciones, modificaciones o sustracciones, desde su
inicio hasta la culminación del proceso”.
47. Estructura básica de la cadena de custodia
ELEMENTO FISICO DE LA PRUEBA
Es un medio probatorio “real y tangible”, que para
obtener valor probatorio debe ser debidamente
RECOLECTADO, PROTEGIDO, EMBALADO, ROTULADO,
TRANSPORTADO...”
48. • “La cadena de custodia se inicia en el lugar donde se
obtiene, encuentre o recaude el elemento físico de prueba
y finaliza por orden de la autoridad competente”.
• ¿Quiénes son los eslabones en la cadena de custodia?
• “las personas que intervienen en la recolección, envío,
manejo, análisis y conservación de los elementos físicos
materia de prueba”, se les denomina “CUSTODIO”.
49. Reglas de la Cadena de Custodia
1. Establecer mecanismos que garanticen la autenticidad de
los elementos probatorios recolectados y examinados.
2. La cadena de custodia está conformada por los
funcionarios y personas bajo cuya responsabilidad se
encuentren los elementos probatorios respectivos,
durante las diferentes etapas del proceso penal.
3. La cadena de custodia se inicia con la autoridad que
recolecta los elementos de prueba, desde el momento en
que se conoce el hecho punible, y finaliza con el juez de la
causa y los diferentes funcionarios jurisdiccionales.
50. 4. Los procedimientos de custodia deben aplicarse a todo
elemento probatorio.
5. Es responsabilidad de todo funcionario conocer y
ejecutar los Procedimientos Generales y específicos
establecidos para tal fin.
6. Cada una de las personas que participen en el proceso de
Cadena de Custodia es responsable del control y
registro de su actuación directa dentro del proceso.
7. Al momento de recolectar los elementos probatorios se
debe dejar constancia en el acta de diligencia
correspondiente, haciendo la descripción completa de los
mismos, registrando su naturaleza, el sitio exacto de
donde fue removido o tomado y la persona o funcionario
que los recolectó.
51. 8. Toda muestra o elemento probatorio debe tener el
“Registro de cadena de custodia”. Por consiguiente toda
transferencia de custodia debe guardar consignada en el
registro indicado: Fecha, Hora, Nombre y Firma de
quien recibe y de quien entrega.
9. Toda muestra o elemento probatorio, debe llegar
debidamente embalada y rotulada de acuerdo con lo
establecido en el “Manual para solicitud de dictamen y
envío de elementos materiales de prueba”.
10. Todo funcionario que analiza muestras o elementos
probatorios, debe dejar en el dictamen constancia escrita
de la descripción detallada de los mismos, así como de las
modificaciones realizadas sobre estos.
52. • 11. La cadena de custodia implica que tanto los
elementos probatorios como los documentos que los
acompañan, deben mantener siempre en lugar seguro.
• 12. El Instituto Nacional de Medicina Legal y ciencias
forenses podrá abstenerse de analizar elementos de
prueba, enviados por las autoridades competentes,
cuando se compruebe que no ha existido Cadena de
Custodia o que esta se ha interrumpido.
67. Descripción del método científico
El ser humano observa, de la observación se formula juicios,
construye hipótesis de posibilidades que somete a un
procedimiento inductivo (Elevarse el entendimiento desde el
conocimiento de los fenómenos hasta la ley que los rige ) y
deductivo ( Método por el cual se procede lógicamente de lo
universal a lo particular . Acción de separar o sacar una parte
del todo. ), para saber si con válidas. A partir de un conjunto
de hipótesis , forma una teoría ( Serie de las leyes que sirven
para relacionar un orden de fenómenos. Hipótesis cuyas
consecuencias se aplican a toda una ciencia o a parte de
ellas). Un conjunto de teorías válidas forma una ley.
Finalmente , un conjunto de leyes válidas, constituye una
ciencia.
68. Para llegar a la ciencia se recurre a la investigación profunda
y sistemática. Esta sistematización se obtiene a través de una
metodología.
69. El método científico guía y ayuda a comprender cosas
desconocidas por medio de la aplicación sistemática de sus
pasos. Método provine del griego “métodos” , de meta = con , y
odos = vía y se define como : “ MARCHA RACIONAL DEL
ESPÍRITU PARA LLEGAR AL CONOCIMIENTO DE LA VERDAD “
Asimismo , el término científico, es un adjetivo calificativo
relativo a la ciencia y también es un sustantivo que determina
lo que posee una ciencia.
En concreto, la Criminalística es una ciencia natural
multidisciplinaria , que reúne conocimientos generales
sistemáticamente ordenados, verificables y reproducibles.
70. La Criminalística es natural y multidisciplinaria, porque
sintetiza para los conocimientos propios de su área , a la
Química, la Física y la Biología. De ella se desglosa la
Criminalística de Campo, la Balística forense, los Sistemas de
Identificación , la Documentología, la Química y la Biología
forense, la Psicología, la Antropología y en general todas las
técnicas forenses de laboratorio que se constituyan en
materias útiles para la búsqueda y el descubrimiento de la
verdad. Mediante el estudio y aplicación de los conocimientos
de estas disciplinas científicas, se han puesto en práctica leyes
o principios generales, aplicables ordenadamente, que se
pueden verificar o comprobar como todo conocimiento de
acuerdo con las nuevas formas de producción y
descubrimiento de fenómenos, también van a presentar
determinados niveles de validez, confiabilidad y certeza .
71. El método científico que sigue la ciencia natural para su
investigación se llama científico y en su aplicación se
cumplen generalmente con la sucesión de a lo menos cinco
pasos fundamentales :
La observación
El problema
La hipótesis
La experimentación
La teoría , ley o principio
72. A) En la Observación de los hechos , fenómenos o cosas, se
utilizan los cinco sentidos, a fin de obtener información
indiciaria que sea útil para buscar la razón de lo que se
inquiere. La acción de observar, se puede considerar como una
información sistemática y dirigida hacia un objetivo firme y
definido. La observación se aplica con métodos y apoyada con
instrumental científico.
B) El planteamiento del problema se circunscribe a
interrogantes establecidas provenientes de los hechos,
fenómenos o cosas observadas. El científico en su empeño por
reconocer lo que observa , se formula varias interrogantes
encaminadas a plantear objetivamente el problema:
73. ¿ Qué …….sucedió ?
¿ Cómo …..sucedió el hecho ?
¿ Dónde…..sucedió el hecho ?
¿ Cuándo…sucedió el hecho ?
¿Con qué….sucedió el hecho ?
¿Por qué ….sucedió el hecho ?
Quién ……..cometió el hecho ?
Las respuestas se pueden encontrar en las hipótesis que se
formulen con base en juicios condicionados , de las cuales sólo
una será probada por medios experimentales
74. C) La formulación de una hipótesis , corresponde a una
explicación condicional que trata de predecir el desarrollo del
fenómeno o hecho ocurrido. Se estima que la hipótesis es la
respuesta al problema y se pueden establecer tantas hipótesis
como sean necesarias, con el fin de implementar los
procedimientos adecuados hasta llegar a la correcta
explicación del fenómeno o hecho.
La hipótesis seleccionada tendrá que ser probada o reprobada
por la experimentación y si no es válida se tendrá que
desechar y formular una nueva, pero las hipótesis desechadas
marcan el camino y suministran mejores conocimientos para
legar a la verdadera.
75. La experimentación es el medio de reproducir o provocar
deliberadamente los hechos o fenómenos cuantas veces
sea necesario, a fin de observarlos, comprenderlos y
coordinarlos con las experiencias y con las hipótesis
establecidas. Las buenas conclusiones científicas en la
experimentación , nos dan el marco de validez y
fiabilidad en la comprobación para determinar teorías ,
leyes o principios.
76. E) La teoría, ley o principio, es el resultado final y de
probable aplicación universal, producto de
experimentaciones repetidas, positivas y generales en el
estudio de los hechos, fenómenos o cosas. Las teorías
aceptadas como válidas pueden formar una ley o principio
general, el cual se aplica en la ciencia en estudio. Además ,
las leyes o principios nos sirven como base para nuevas
investigaciones, aunque no se acepten como
completamente infalibles, ya que nuevos fenómenos o
hechos y nuevos elementos para producirlos, pueden
provocar el cambio de una ley previamente establecida
para dar origen a un nuevo conocimiento.