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Regulación financiera Venezuela 40
1. Marco Regulatorio del Sistema
Financiero en Venezuela
Ley de Bancos y Otras instituciones
Financieras:
Está ley define y regula el funcionamiento de
los bancos y demás instituciones financieras
que tienen su asiento principal en el país, sin
menoscabo de que puedan tener
representaciones en el extranjero.
Art.235. Le proporciona una mayor
autonomía a la superintendencia de banco
(SUDEBAN), ya que le proporciona
autonomía y competencia de promulgar
normas para su mejor funcionamiento.
Banco Central de Venezuela.
Art. 122. Los bancos y demás instituciones
financieras que infrinjan las resoluciones del
Banco Central de Venezuela, en materia de
tasas de interés serán sancionados con el
(1%), de su capital pagado y reservas, ó con
(0,5%), por no suministrar oportunamente los
informes sobre su estado financiero o
cualquiera de sus operaciones, y su se
llegara a demostrar la falsedad de la
información, pueden ser sancionados hasta
por un (1%) adicional.
Art. 124. Quienes, sin el cumplimiento de las
regulaciones dictadas por el Banco Central
de Venezuela, realicen operaciones de
importación o comercio de moneda
venezolana o extranjera de curso legal en
sus respectivos países serán sancionados
con multas equivalentes al valor respectivo
de la operación realizada. El dinero objeto de
dicha ilicitud serán decomisadas.
Constitución de la República Bolivariana
de Venezuela.
Art. 318. Las competencias monetarias del
poder nacional serán ejercidas de manera
exclusiva y obligatoria por el Banco Central
de Venezuela, su objeto fundamental es
lograr la estabilidad de precios y preservar el
valor interno y externo de la unidad
monetaria. BCV ejercerá sus funciones en
coordinación con la política económica
general.
FOGADE:
El Fondo de Protección Social de los
Depósitos Bancarios (FOGADE) es un
instituto autónomo, adscrito al Ministerio del
Poder Popular para Economía y Finanzas y
cuya responsabilidad es garantizar los
depósitos del público mantenidos en bancos
e instituciones financieras de Venezuela.
Ante una crisis severa de insolvencia, la
institución financiera que se encuentre en
problemas es intervenida por el Estado y
FOGADE ejerce la función de liquidador del
banco y sus empresas relacionadas con
actividades no financieras
SUDEBAN:
La Superintendencia de Bancos y Otras
Instituciones Financieras (SUDEBAN), es un
organismo autónomo, de carácter técnico y
especializado, con personalidad jurídica y
patrimonio propio e independiente del Fisco
Nacional que tiene como función principal
supervisar, controlar y vigilar las instituciones
financieras regidas por la Ley General de
Bancos y otras Instituciones Financieras, con
el objetivo de determinar la correcta
realización de sus actividades a fin de evitar
crisis bancarias y permitir el sano y eficiente
funcionamiento del Sistema Financiero
venezolano.