2. PROCEDIMIENTO DE COBRO
COACTIVO
Es un procedimiento especial que le
permite a la entidad pública la facultad de
cobrar directamente las acreencias a
su favor sin necesidad de acudir a la
autoridad judicial.
3. ¿CUÁL ES LA FINALIDAD DE ESTE
PROCEDIMIENTO?
Obtener el pago de los impuestos o créditos a favor de la
Administración, mediante la imposición de medidas cautelares
de los bienes del deudor: embargo y secuestro; y su posterior
venta en pública subasta (remate) cuando este se ha negado
al pago voluntario de sus obligaciones.
4. ¿QUIÉN ES EL DEUDOR O LLAMADO A
RESPONDER EN LOS PROCESOS DE COBRO?
• El contribuyente o responsable del pago de los impuestos:
predial, industria, etc.
• Los representantes legales cuando se trata de menores de
edad, incapaces o personas jurídicas.
• Las personas que por ley o por contrato están llamadas a
ser deudores solidarios: herederos, poseedores, socios,
garantes, etc.
5. ¿CÓMO SÉ SI ESTOY EN PROCESO DE
COBRO COACTIVO?
• Debe estar en mora en impuestos o algún crédito con el
Municipio.
• Cuando a su dirección de correspondencia llegan
requerimientos o comunicaciones por parte de la Secretaría
de Hacienda para el pago de estas obligaciones.
• Cuando en la página web del Municipio de Concordia en el
link de avisos de notificación de impuestos se hacen
requerimientos o notificaciones.
• Así mismo puedes preguntar en la Secretaría de Hacienda
si se encuentra en proceso de cobro coactivo.
6. ¿QUÉ PUEDO HACER SI ME ENCUENTRO
EN PROCESO DE COBRO COACTIVO?
• Pagar la totalidad de la obligación: El cual puede hacer
en la taquilla de la Secretaría de Hacienda o en los bancos
autorizados. Con el pago se termina y archiva el proceso de
cobro coactivo.
• Realizar un acuerdo de pago: Debe acercarse a la
Secretaría de Hacienda y cumplir con los requisitos que
ésta fije. Con el acuerdo de pago se suspende el cobro
de los intereses moratorios de los valores adeudados a la
fecha del acuerdo. Con el acuerdo de pago no se archiva
el proceso de cobro; éste sólo se suspende.
7. ¿QUÉ PASA SI INCUMPLO
EL ACUERDO DE PAGO?
• El atraso en alguna de las cuotas genera el deber de pagar
interés moratorio. Así mismo su incumplimiento da lugar a
la facultad de que el Municipio UNILATERALMENTE deje
sin vigencia el acuerdo de pago; cobre los intereses y
aplique las sanciones correspondientes. También conlleva a
que se inicie o continúe el proceso de cobro coactivo.
8. ¿CUÁL ES EL PROCEDIMIENTO PARA EL
COBRO COACTIVO?