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Hecho por: MANUEL SÁNCHEZ-ROBLES
EJEMPLO 1 : No sujeción.

Varios hermanos deciden explotar en común la empresa familiar que
han heredado de su padre. En lugar de constituir una sociedad
mercantil, consideran más apropiado hacerlo bajo la forma de sociedad
civil.

¿Sería dicha sociedad sujeto pasivo del impuesto sobre Sociedades?

¿En qué régimen tributaria?
EJEMPLO 2: Periodo impositivo, devengo y plazo de declaración.

Una sociedad con ejercicio económico trimestral coincidente con el
año natural;

¿Qué periodo impositivo tiene en el Impuesto sobre Sociedades?

¿Cuándo se devenga y cuándo debe declarar?

¿En qué supuestos la transformación de la forma jurídica de una
sociedad puede determinar la no sujeción?

¿Y en qué casos dicha transformación puede suponer una
modificación en el Tipo de gravamen, o la aplicación de un régimen
especial?
EJEMPLO 3: Sujeción al impuesto. Empresas de reducida dimensión.


La entidad "XXL, S.A.", sociedad anónima con domicilio social en
Málaga, pero donde tiene su sede de dirección efectiva es en Castellón.
Constituida en 2000 y dedicada a la distribución de lencería de señora,
tuvo un importe neto de cifra de negocios en 2009 de 7 597 231 euros.
Su ejercicio económico coincide con el año natural.

¿Es sujeto pasivo del Impuesto sobre Sociedades en el ejercicio 2010?

¿Tributa en algún régimen especial?

¿Y si su cifra de negocios en el año 2010 fuera de 8 678 000 euros?
EJEMPLO 1: Requisito de previa contabilización.

Una empresa, en su contabilidad, ha dotado una provisión por
importe de 3 000 euros. Indique los ajustes a realizar en estos casos

Que, de acuerdo con las reglas fiscales, hubiera podido dotarla
hasta por 5 000 euros

Que, de acuerdo con las reglas fiscales, solo hubiera podido
deducir hasta 2 000 euros
EJEMPLO 2: Gastos deducibles.

Una sociedad, cuyo ejercicio económico es coincidente con el año
natural, tiene un resultado de Pérdidas y Ganancias en 2010 de 8 500 €.
Indique si debe realizar ajustes en los siguientes casos.
- Ha pagado gastos de representación por comidas con clientes a los
directivos de la empresa por importe de 230 €.
- El stand en Expojove, donde se difundían las propiedades del producto de la
empresa y se entregaba a los niños gorritos y globos con la marca
comercial, le costó 550 €.
- El impuesto sobre Sociedades se ha contabilizado por un importe de 750 €
- El Ayuntamiento le ha impuesto una sanción por incumplimiento de la
normativa de sanidad, por importe de 90 €.
- Ha regalado a sus empleados una cesta de Navidad por un importe total de
420€.
- Ha contabilizado, en el ejercicio 2010, el gasto de asesoramiento fiscal
correspondiente al ejercicio 2009 y que no se contabilizó por error.
- Ha pagado el Impuesto de Actividades Económicas (120 €) en periodo de
cobro ejecutivo, lo que le ha costado un recargo del 20%.
- Ha comprado una partida de sofás, por importe de 310 € para la residencia
de verano de uno de los socios mas importantes.
Determine la Base Imponible previa de esta Sociedad.
RÉGIMEN GENERAL




  Tratamiento fiscal de la            Beneficio fiscal de Libertad de
 amortización contabilizada                   Amortización
(ajuste positivo o no ajuste)               (ajuste negativo)


                                ERD

                 Beneficios fiscales adicionales
                      (ajustes negativos)
Bienes usados: Se puede multiplicar por 2 el coeficiente de tablas
Uso + 1 turno: C = Cm + [(CM – Cm) x (horas diarias / 8)]
EJEMPLO 1: Cálculo de la amortización máxima deducible

Una productora cinematográfica compra una videocámara digital por
valor de 2.000 €. ¿Cuál sería la máxima amortización deducible según los
coeficientes de tablas?

Debemos buscar en primer lugar la División y Grupo de la actividad. Así,
lo encontraríamos en la
División 7. Transportes y Comunicaciones
Agrupación 76. Comunicaciones
Grupo 763. Medios audiovisuales de multivisión y multimedia, vídeo
proyección y traducción simultánea.
Allí tendríamos:

                                                                                %max   Per max

     1. Videocámaras, videoproyectores, mezcladores, generadores de efectos
     digitales, digitalizadores, muros electrónicos de vídeo y generadores de    25       8
     caracteres
EJEMPLO 2:Deducibilidad fiscal de la amortización

Una tienda de ropa ha adquirido
a) un rótulo luminoso para la puerta por 1.000 € el 1 de
enero, y que ha amortizado linealmente en 4 años (tablas:
máx 20% y 10 años)

¿Sería deducible esta amortización?

b) Por 100.000 €, un local nuevo que va a utilizar como
almacén. El recibo del IBI señalaba un valor catastral para el
local de 80.000€, de los cuales 20.000 correspondían al valor
del suelo. (tablas: máx 3% y 50 años)

¿Cuál es la amortización máxima a efectos fiscales?
EJEMPLO 3: Amortización degresiva/progresiva

Una sociedad adquiere en diciembre maquinaria industrial
por valor de 20 000 €, que entra en funcionamiento el 1 de
enero. Según tablas, su coeficiente máximo es 25% y el
periodo máximo de vida útil 7 años. Eligiendo un período de
5 años, calcule las dotaciones para la amortización si
utilizamos el sistema,

a) de porcentaje constante;
b) de suma de dígitos.
Inmovilizado SAL 5 primeros años

Aplicable a              Inmovilizado Cooperativas 3 primeros años
 (art. 11)               Activos mineros

                         Investigación y desarrollo




              Elementos libremente                    Edificios
                  amortizables
                                           Amortizables en 10 años
          Elementos afectos
          Gastos activados
EJEMPLO 4: Libertad de amortización

La sociedad “La Tecnológica”, para la actividad de I+D ha invertido
en el ejercicio 200.000 € en diferentes activos amortizables a un
coeficiente máximo del 15% y otros 100.000 € (coeficiente máximo
3%) en la construcción del edificio donde desde 1 de enero se
realiza la actividad. Los gastos de la misma son:
Amortización                       33 000
- activos al 15% 30000
- edificio 3 000
Personal                           60 000
Materias primas                    20 000
Otros gastos                       15 000
Total                             128 000

¿Puede plantearse la realización de algún ajuste? Todos los gastos
se han imputado contablemente en el ejercicio, sin activarlos.
REQUISITOS
- Duración mínima: 2 años bienes muebles
                   10 años bienes inmuebles
- Las cuotas deben expresar separadamente la recuperación del
coste del bien y la carga financiera
- La recuperación del coste debe tener carácter lineal o
creciente durante la duración del contrato

      Carga financiera               Recuperación del coste


                                        Gasto deducible
      Gasto deducible
                                     Límite: CM x 2 (RG)
                                            CM x 3 (ERD)
EJEMPLO 5: Leasing

La sociedad “American Pie, S.A.” adquiere un bien mueble
   mediante leasing (satisfaciendo las condiciones de la D.A. 7 de
   la ley 26/88), cuyo precio de adquisición es de 120 000 €, siendo
   las cuotas a satisfacer las siguientes:
                                Primer año   Segundo año



            Recuperación del
                                55.000       61.000
            coste
            Carga financiera    18.000       6.000
El coeficiente lineal máximo según tablas es del 20%, y la empresa
    amortiza el bien contablemente por dicho porcentaje, de forma
    lineal. La opción de compra es de 4.000 € y la empresa está
    segura de ejercerla.
Determine los ajustes contables a efectuar a lo largo del tiempo en
    el caso de ser
- Régimen general
- ERD
EJEMPLO 1: Libertad de amortización con creación de empleo.

Una industria textil, con ejercicio económico igual al año natural, cuya cifra
de negocios en 2009 fue de 6.534.987 €, ha adquirido una máquina para la
fabricación de tejidos de punto, que le ha sido puesta a disposición el 1 de
enero de 2010, por 350.000 €. Ha empezado a utilizarla inmediatamente, y la
ha amortizado contablemente por su coeficiente máximo, el 15% (Grupo
437.2).

Su plantilla ha experimentado la siguiente evolución:
En enero de 2009, contaba con 10 trabajadores a jornada completa. El 1 de
julio despide a dos de ellos, y el 1 de octubre contrata un trabajador a media
jornada.
En 2010:
1) El 1 de enero contrata 3 trabajadores en jornada completa.
2) El 1 de abril contrata 3 a media jornada.
3) El 1 de julio se da de baja un trabajador de jornada completa por
jubilación.
En 2011 prevé mantener la misma plantilla, y contratar un trabajador a
jornada completa el 1 de julio.

Teniendo en cuenta estos datos, ¿puede realizar algún ajuste negativo?
LIBERTAD DE AMORTIZACIÓN BIENES ESCASO VALOR




Para bienes cuyo:
       - Valor unitario no supere los 601,01 €
       - Valor conjunto anual no supere los 12.020,24€
AMORTIZACIÓN ACELERADA (art. 111)




Requisitos
        Puesto a disposición de la empresa cuando cumpla los
        requisitos para ser ERD
        Cabe hasta 12 meses más tarde en
                  - elementos construidos por la propia empresa
                  - ejecuciones de obra

Beneficio
        IM: coeficiente 2 sobre CM según tablas
        II:   al 150% de lo previsto en arts. 11.4 y 5
EJEMPLO 2: Amortización acelerada y libertad de amortización en
                   bienes de escaso valor.

La Sociedad “Asterix y Obelix, S.A.” ha tenido un volumen neto de
operaciones en el ejercicio anterior de 4.549.876,95 €.

Ha efectuado las siguientes adquisiciones el 1 de enero del año
2010:
- Maquinaria nueva 200.000€ (amortiza al 10%, que es el CM)
- Marca 100.000€ (amortiza al 20%)
- Repuestos para inmovilizado 10.000€ (CM= 25%. Valor unitario:
400. Amortiza al CM)

¿Qué ajustes podrían realizarse? Debe tener en cuenta que no ha
variado la plantilla durante el ejercicio.
AMORTIZACIÓN SUPERACELERADA (art 113)




             Elementos IM transmitidos siendo ERD



                Reinversión del importe obtenido


En plazo entre un años antes de       En un elemento de IM
la transmisión y tres después

     El elemento adquirido puede amortizarse multiplicando
        CM por 3, incluso en períodos en que no sea ERD
EJEMPLO 3: Amortización “superacelerada”.

La sociedad cementera “Los Puentes de Madison, S.L.”, con
ejercicio igual al año natural, ha adquirido en marzo de 2010, un
horno por importe de 300.000 €, que ha puesto en funcionamiento
el 1 de abril, y que amortiza al 10%.

Ha vendido, el 1 de octubre del mismo año, un edificio donde tenía
el almacén, y había obtenido un importe de 450.000 €.

¿Cómo amortizará fiscalmente el nuevo elemento?

¿Puede realizar algún ajuste?

La cifra de negocios del período impositivo anterior fue de
4.432.123€.
DETERIOROS Y PROVISIONES

 DETERIOROS DE ACTIVO             PROVISIONES DE PASIVO
    (CORRECCIONES)                  (RIESGOS-GASTOS)
        (art 12)                          (art 13)


DEDUCIBLE la dotación           Principio general: NO
contable, salvo excesos sobre   DEDUCIBILIDAD
límites en estos casos:
                                Sí deducibles:
 Insolvencias
                                Responsabilidades de litigios
 Depreciación de acciones no   en curso
cotizadas
                                Actuaciones medioambientales
 Depreciación de fondos        aprobadas por la Agencia
editoriales y fonográficos      Tributaria
 Fondo de comercio              Grandes reparaciones en
                                Pesqueras y Navegación
 Inmovilizado intangible con
vida indefinida                  Garantías de reparaciones
DETERIOROS DE CRÉDITOS
                     POR OPERACIONES COMERCIALES


                              RÉGIMEN
      Deducibles              GENERAL            NO Deducibles
                              (art. 12.2)
+ 6 meses de impago                         Dotación Global
Concurso de acreedores                      Entidades vinculadas,
                                            salvo insolvencia judicial
Procesado por robo
Demandados para cobrar
                                             Se permite dotación
      EXCEPTO
                                ERD          Global
 Entes públicos
                                             Hasta 1% saldo
 Entidades de crédito                        clientes, restando los
                                             individuales y los
 Garantías
                                             exceptuados
 Renovaciones
EJEMPLO 1: Insolvencias

La sociedad „Volver, S.A.‟, presenta en el ejercicio los siguientes
saldos:

Clientes:                                  215.000 €
Deterioro de valor de créditos por op. com. 9.000 €
       Ministerio de Educación     2.000 €
       Cliente quebrado            4.000 €
       Dotación global            3.000 €

Si fuera ERD, ¿Cuál será la cantidad máxima deducible?

¿Y si no fuera ERD?
PROVISIÓN POR GARANTÍAS/DEVOLUCIONES




           Ventas con garantías

Dotación            X
               Porcentaje



              Gastos por garantías ejercicio + 2 anteriores
                                                              100
              Ventas con garantías ejercicio + 2 anteriores
EJEMPLO 2: Provisión por garantías

Una sociedad se dedica a la venta de electrodomésticos con
garantía. Los datos de los últimos años han sido:

                  Ventas con garantías      Gastos derivados
                                            de las garantías

     Año 2008             600.000                 32.500
     Año 2009             450.000                 41.000
     Año 2010             500.000                 17.500

A 31 de diciembre de 2010, tiene ventas con garantías vivas por
importe de 350.000€.

¿Cuál será el importe fiscalmente deducible en provisión?
COMPENSACIÓN BASES IMPONIBLES NEGATIVAS




      Base imponible POSITIVA año 2009


Puede compensarse con negativas de 1994 a 2008



      Base imponible NEGATIVA año 2009


Puede compensarse con positivas de 2010 a 2024
TIPOS DE GRAVAMEN



ENTIDAD                                     TIPO
General                                     30%
Mutuas
Cooperativas de crédito                     25%
ESAL
…

Cooperativas fiscalmente protegidas         20%
Sociedades y fondos inversión                1%
Hidrocarburos                               37,5%


           Hasta BI=120.202,41 €      25%
ERD
           Resto                      30%
TIPOS DE GRAVAMEN




          Hasta BI=120.202,41 €      20%
TIPO
          Resto                      25%



CONDICIONES
Períodos: 2009, 2010, 2011 y 2012
Importe neto cifra de negocios: 5 millones €
Plantilla media en períodos: 25 trabajadores
Durante los doce meses siguientes al inicio de cada uno
de esos períodos impositivos, la plantilla media de la
entidad no sea inferior a la unidad y, además, tampoco
sea inferior a la plantilla media de los doce meses
anteriores al inicio del primer período impositivo que
comience a partir de 1 de enero de 2009.
EJEMPLO 1: Cálculo de la Cuota Íntegra

Una sociedad dedicada a la prestación de servicios de tintorería,
cuyo ejercicio económico coincide con el año natural, ha obtenido el
31 de diciembre de 2009 un beneficio contable de 230.000€. En el
ejercicio de 2008 su cifra de negocios fue de 8.497.000€

Para la liquidación del impuesto de 2009 tiene un total de ajustes
positivos de 75.000€ y un ajuste negativo de 10.000€

Tiene pendientes de compensación Bases Imponibles negativas
correspondientes a los ejercicios 1997, de 8.000€ y 1999, de 3.500€.

Determine su cuota íntegra
EJEMPLO 2: Tipo de gravamen en ERD

Una sociedad ha obtenido en 2009 un beneficio contable de
190.000€, y debe realizar un ajuste positivo por importe de 34.500€.

Tiene pendiente de compensación la Base Imponible negativa del
ejercicio 1999, por importe de 13.500€.

¿Cuál sería su cuota íntegra si su ejercicio económico coincide
con el año natural?

¿Y si su ejercicio económico fuera de 4 meses?
DEDUCCIÓN POR DOBLE IMPOSICIÓN INTERNA



Base de la deducción:
 - Dividendos
 - Otras rentas obtenidas por ser socios




Regla general:        Si:
Base   TG    50%      La participación, directa o indirecta en la
                      sociedad es ≥ 5%, mantenida durante un año
                      La sociedad participada es una
                      Mutua, entidad de previsión social, etc.
                                           Base   TG
DEDUCCIÓN POR DOBLE IMPOSICIÓN INTERNACIONAL




                      Impuesto devengado en país de origen
DEDUCCIÓN:
LA MENOR DE

                      Cuota íntegra en España (Rdto   TG)
EJEMPLO: DEDUCCIÓN POR DOBLE IMPOSICIÓN

La sociedad “No es país para viejos, S.A.”, que tributa por el régimen
   general, ha obtenido, el 1 de diciembre de 2010, los siguientes
   rendimientos derivados de sus inversiones financieras:

3.000 € de dividendo íntegro de la Sociedad “El hijo de la novia, S.A.”, de la
   que posee el 10% de las acciones desde 1 de febrero de 2010.
   Asimismo, ha cobrado 500 € de prima de asistencia a Junta General.
   Ambas cantidades han sufrido una retención del 25%.

¿Cuál será el importe de la deducción por doble imposición en su Impuesto
  de Sociedades?

La misma sociedad ha obtenido, de sus inversiones en acciones en el país
   A, un rendimiento bruto de 2.000 €, por los que pagó un impuesto en el
   país de origen de 600 €. En cambio, respecto de los arrendamientos que
   tiene en el país B, de los que obtuvo una renta íntegra de 1.500 €, pagó
   720 €.

¿Cuál será el importe de la deducción por doble imposición en su Impuesto
  de Sociedades?
Actividades culturales y otras (art. 38)
- Adquisición restauración o exhibición de bienes de interés cultural                                     15%
- Producción cinematográfica                                                                              20%
- Edición de libros                                                                                        5%
- Servicio de guardería                                                                                   10%
- Sistemas de navegación y localización de vehículos                                                      10%
Investigación científica y desarrollo (I+D) (art.35):
- Inversión inferior o igual a la media de los últimos dos años                                           30%
- Inversión superior a la media de los últimos dos años (el exceso)                                       50%
- Inversiones en inmovilizado, excluidos los terrenos e inmuebles                                         10%
Innovación tecnológica (art. 35):
- Proyectos encargados a universidades, organismos públicos, etc., del RD 2609/1 996                      15%
- Diseño industrial, adquisición tecnológica avanzada                                                     10%
ERDs (art. 36): Adquisición de equipos de acceso a Internet, Presencia en Internet, Ccio electrónico      10%
Empresas exportadoras (art. 37):
- Creación de sucursales, participaciones o filiales                                                      25%
- Gastos de publicidad en el extranjera y ferias internacionales
Formación del personal (art. 40):
- Inversión inferior o igual a la media de los últimos dos años                                           5%
- Inversión superior a la media de los últimos dos años (el exceso)                                       10%
Inversiones medioambientales (art. 39)                                                                    10%
Reinversión beneficios extraordinarios (art. 42)                                                       Según TG
Contribuciones a planes de pensiones, mutuas de previsión social y patrimonios protegidos (art. 43)       10%
Creación de empleo de trabajadores minusválidos (art. 41)                                         6000€, 1er año
Abril           Octubre     Diciembre


        18% cuota        18% cuota    18% cuota
    ejercicio anterior    ejercicio    ejercicio




1 ene                                   31 dic

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  • 1. Hecho por: MANUEL SÁNCHEZ-ROBLES
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  • 6. EJEMPLO 1 : No sujeción. Varios hermanos deciden explotar en común la empresa familiar que han heredado de su padre. En lugar de constituir una sociedad mercantil, consideran más apropiado hacerlo bajo la forma de sociedad civil. ¿Sería dicha sociedad sujeto pasivo del impuesto sobre Sociedades? ¿En qué régimen tributaria?
  • 7. EJEMPLO 2: Periodo impositivo, devengo y plazo de declaración. Una sociedad con ejercicio económico trimestral coincidente con el año natural; ¿Qué periodo impositivo tiene en el Impuesto sobre Sociedades? ¿Cuándo se devenga y cuándo debe declarar? ¿En qué supuestos la transformación de la forma jurídica de una sociedad puede determinar la no sujeción? ¿Y en qué casos dicha transformación puede suponer una modificación en el Tipo de gravamen, o la aplicación de un régimen especial?
  • 8. EJEMPLO 3: Sujeción al impuesto. Empresas de reducida dimensión. La entidad "XXL, S.A.", sociedad anónima con domicilio social en Málaga, pero donde tiene su sede de dirección efectiva es en Castellón. Constituida en 2000 y dedicada a la distribución de lencería de señora, tuvo un importe neto de cifra de negocios en 2009 de 7 597 231 euros. Su ejercicio económico coincide con el año natural. ¿Es sujeto pasivo del Impuesto sobre Sociedades en el ejercicio 2010? ¿Tributa en algún régimen especial? ¿Y si su cifra de negocios en el año 2010 fuera de 8 678 000 euros?
  • 9.
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  • 14. EJEMPLO 1: Requisito de previa contabilización. Una empresa, en su contabilidad, ha dotado una provisión por importe de 3 000 euros. Indique los ajustes a realizar en estos casos Que, de acuerdo con las reglas fiscales, hubiera podido dotarla hasta por 5 000 euros Que, de acuerdo con las reglas fiscales, solo hubiera podido deducir hasta 2 000 euros
  • 15. EJEMPLO 2: Gastos deducibles. Una sociedad, cuyo ejercicio económico es coincidente con el año natural, tiene un resultado de Pérdidas y Ganancias en 2010 de 8 500 €. Indique si debe realizar ajustes en los siguientes casos. - Ha pagado gastos de representación por comidas con clientes a los directivos de la empresa por importe de 230 €. - El stand en Expojove, donde se difundían las propiedades del producto de la empresa y se entregaba a los niños gorritos y globos con la marca comercial, le costó 550 €. - El impuesto sobre Sociedades se ha contabilizado por un importe de 750 € - El Ayuntamiento le ha impuesto una sanción por incumplimiento de la normativa de sanidad, por importe de 90 €. - Ha regalado a sus empleados una cesta de Navidad por un importe total de 420€. - Ha contabilizado, en el ejercicio 2010, el gasto de asesoramiento fiscal correspondiente al ejercicio 2009 y que no se contabilizó por error. - Ha pagado el Impuesto de Actividades Económicas (120 €) en periodo de cobro ejecutivo, lo que le ha costado un recargo del 20%. - Ha comprado una partida de sofás, por importe de 310 € para la residencia de verano de uno de los socios mas importantes. Determine la Base Imponible previa de esta Sociedad.
  • 16.
  • 17. RÉGIMEN GENERAL Tratamiento fiscal de la Beneficio fiscal de Libertad de amortización contabilizada Amortización (ajuste positivo o no ajuste) (ajuste negativo) ERD Beneficios fiscales adicionales (ajustes negativos)
  • 18. Bienes usados: Se puede multiplicar por 2 el coeficiente de tablas Uso + 1 turno: C = Cm + [(CM – Cm) x (horas diarias / 8)]
  • 19. EJEMPLO 1: Cálculo de la amortización máxima deducible Una productora cinematográfica compra una videocámara digital por valor de 2.000 €. ¿Cuál sería la máxima amortización deducible según los coeficientes de tablas? Debemos buscar en primer lugar la División y Grupo de la actividad. Así, lo encontraríamos en la División 7. Transportes y Comunicaciones Agrupación 76. Comunicaciones Grupo 763. Medios audiovisuales de multivisión y multimedia, vídeo proyección y traducción simultánea. Allí tendríamos: %max Per max 1. Videocámaras, videoproyectores, mezcladores, generadores de efectos digitales, digitalizadores, muros electrónicos de vídeo y generadores de 25 8 caracteres
  • 20. EJEMPLO 2:Deducibilidad fiscal de la amortización Una tienda de ropa ha adquirido a) un rótulo luminoso para la puerta por 1.000 € el 1 de enero, y que ha amortizado linealmente en 4 años (tablas: máx 20% y 10 años) ¿Sería deducible esta amortización? b) Por 100.000 €, un local nuevo que va a utilizar como almacén. El recibo del IBI señalaba un valor catastral para el local de 80.000€, de los cuales 20.000 correspondían al valor del suelo. (tablas: máx 3% y 50 años) ¿Cuál es la amortización máxima a efectos fiscales?
  • 21. EJEMPLO 3: Amortización degresiva/progresiva Una sociedad adquiere en diciembre maquinaria industrial por valor de 20 000 €, que entra en funcionamiento el 1 de enero. Según tablas, su coeficiente máximo es 25% y el periodo máximo de vida útil 7 años. Eligiendo un período de 5 años, calcule las dotaciones para la amortización si utilizamos el sistema, a) de porcentaje constante; b) de suma de dígitos.
  • 22. Inmovilizado SAL 5 primeros años Aplicable a Inmovilizado Cooperativas 3 primeros años (art. 11) Activos mineros Investigación y desarrollo Elementos libremente Edificios amortizables Amortizables en 10 años Elementos afectos Gastos activados
  • 23. EJEMPLO 4: Libertad de amortización La sociedad “La Tecnológica”, para la actividad de I+D ha invertido en el ejercicio 200.000 € en diferentes activos amortizables a un coeficiente máximo del 15% y otros 100.000 € (coeficiente máximo 3%) en la construcción del edificio donde desde 1 de enero se realiza la actividad. Los gastos de la misma son: Amortización 33 000 - activos al 15% 30000 - edificio 3 000 Personal 60 000 Materias primas 20 000 Otros gastos 15 000 Total 128 000 ¿Puede plantearse la realización de algún ajuste? Todos los gastos se han imputado contablemente en el ejercicio, sin activarlos.
  • 24. REQUISITOS - Duración mínima: 2 años bienes muebles 10 años bienes inmuebles - Las cuotas deben expresar separadamente la recuperación del coste del bien y la carga financiera - La recuperación del coste debe tener carácter lineal o creciente durante la duración del contrato Carga financiera Recuperación del coste Gasto deducible Gasto deducible Límite: CM x 2 (RG) CM x 3 (ERD)
  • 25. EJEMPLO 5: Leasing La sociedad “American Pie, S.A.” adquiere un bien mueble mediante leasing (satisfaciendo las condiciones de la D.A. 7 de la ley 26/88), cuyo precio de adquisición es de 120 000 €, siendo las cuotas a satisfacer las siguientes: Primer año Segundo año Recuperación del 55.000 61.000 coste Carga financiera 18.000 6.000 El coeficiente lineal máximo según tablas es del 20%, y la empresa amortiza el bien contablemente por dicho porcentaje, de forma lineal. La opción de compra es de 4.000 € y la empresa está segura de ejercerla. Determine los ajustes contables a efectuar a lo largo del tiempo en el caso de ser - Régimen general - ERD
  • 26.
  • 27.
  • 28. EJEMPLO 1: Libertad de amortización con creación de empleo. Una industria textil, con ejercicio económico igual al año natural, cuya cifra de negocios en 2009 fue de 6.534.987 €, ha adquirido una máquina para la fabricación de tejidos de punto, que le ha sido puesta a disposición el 1 de enero de 2010, por 350.000 €. Ha empezado a utilizarla inmediatamente, y la ha amortizado contablemente por su coeficiente máximo, el 15% (Grupo 437.2). Su plantilla ha experimentado la siguiente evolución: En enero de 2009, contaba con 10 trabajadores a jornada completa. El 1 de julio despide a dos de ellos, y el 1 de octubre contrata un trabajador a media jornada. En 2010: 1) El 1 de enero contrata 3 trabajadores en jornada completa. 2) El 1 de abril contrata 3 a media jornada. 3) El 1 de julio se da de baja un trabajador de jornada completa por jubilación. En 2011 prevé mantener la misma plantilla, y contratar un trabajador a jornada completa el 1 de julio. Teniendo en cuenta estos datos, ¿puede realizar algún ajuste negativo?
  • 29. LIBERTAD DE AMORTIZACIÓN BIENES ESCASO VALOR Para bienes cuyo: - Valor unitario no supere los 601,01 € - Valor conjunto anual no supere los 12.020,24€
  • 30. AMORTIZACIÓN ACELERADA (art. 111) Requisitos Puesto a disposición de la empresa cuando cumpla los requisitos para ser ERD Cabe hasta 12 meses más tarde en - elementos construidos por la propia empresa - ejecuciones de obra Beneficio IM: coeficiente 2 sobre CM según tablas II: al 150% de lo previsto en arts. 11.4 y 5
  • 31. EJEMPLO 2: Amortización acelerada y libertad de amortización en bienes de escaso valor. La Sociedad “Asterix y Obelix, S.A.” ha tenido un volumen neto de operaciones en el ejercicio anterior de 4.549.876,95 €. Ha efectuado las siguientes adquisiciones el 1 de enero del año 2010: - Maquinaria nueva 200.000€ (amortiza al 10%, que es el CM) - Marca 100.000€ (amortiza al 20%) - Repuestos para inmovilizado 10.000€ (CM= 25%. Valor unitario: 400. Amortiza al CM) ¿Qué ajustes podrían realizarse? Debe tener en cuenta que no ha variado la plantilla durante el ejercicio.
  • 32. AMORTIZACIÓN SUPERACELERADA (art 113) Elementos IM transmitidos siendo ERD Reinversión del importe obtenido En plazo entre un años antes de En un elemento de IM la transmisión y tres después El elemento adquirido puede amortizarse multiplicando CM por 3, incluso en períodos en que no sea ERD
  • 33. EJEMPLO 3: Amortización “superacelerada”. La sociedad cementera “Los Puentes de Madison, S.L.”, con ejercicio igual al año natural, ha adquirido en marzo de 2010, un horno por importe de 300.000 €, que ha puesto en funcionamiento el 1 de abril, y que amortiza al 10%. Ha vendido, el 1 de octubre del mismo año, un edificio donde tenía el almacén, y había obtenido un importe de 450.000 €. ¿Cómo amortizará fiscalmente el nuevo elemento? ¿Puede realizar algún ajuste? La cifra de negocios del período impositivo anterior fue de 4.432.123€.
  • 34.
  • 35. DETERIOROS Y PROVISIONES DETERIOROS DE ACTIVO PROVISIONES DE PASIVO (CORRECCIONES) (RIESGOS-GASTOS) (art 12) (art 13) DEDUCIBLE la dotación Principio general: NO contable, salvo excesos sobre DEDUCIBILIDAD límites en estos casos: Sí deducibles:  Insolvencias Responsabilidades de litigios  Depreciación de acciones no en curso cotizadas Actuaciones medioambientales  Depreciación de fondos aprobadas por la Agencia editoriales y fonográficos Tributaria  Fondo de comercio  Grandes reparaciones en Pesqueras y Navegación  Inmovilizado intangible con vida indefinida  Garantías de reparaciones
  • 36. DETERIOROS DE CRÉDITOS POR OPERACIONES COMERCIALES RÉGIMEN Deducibles GENERAL NO Deducibles (art. 12.2) + 6 meses de impago Dotación Global Concurso de acreedores Entidades vinculadas, salvo insolvencia judicial Procesado por robo Demandados para cobrar Se permite dotación EXCEPTO ERD Global Entes públicos Hasta 1% saldo Entidades de crédito clientes, restando los individuales y los Garantías exceptuados Renovaciones
  • 37. EJEMPLO 1: Insolvencias La sociedad „Volver, S.A.‟, presenta en el ejercicio los siguientes saldos: Clientes: 215.000 € Deterioro de valor de créditos por op. com. 9.000 € Ministerio de Educación 2.000 € Cliente quebrado 4.000 € Dotación global 3.000 € Si fuera ERD, ¿Cuál será la cantidad máxima deducible? ¿Y si no fuera ERD?
  • 38. PROVISIÓN POR GARANTÍAS/DEVOLUCIONES Ventas con garantías Dotación X Porcentaje Gastos por garantías ejercicio + 2 anteriores 100 Ventas con garantías ejercicio + 2 anteriores
  • 39. EJEMPLO 2: Provisión por garantías Una sociedad se dedica a la venta de electrodomésticos con garantía. Los datos de los últimos años han sido: Ventas con garantías Gastos derivados de las garantías Año 2008 600.000 32.500 Año 2009 450.000 41.000 Año 2010 500.000 17.500 A 31 de diciembre de 2010, tiene ventas con garantías vivas por importe de 350.000€. ¿Cuál será el importe fiscalmente deducible en provisión?
  • 40.
  • 41. COMPENSACIÓN BASES IMPONIBLES NEGATIVAS Base imponible POSITIVA año 2009 Puede compensarse con negativas de 1994 a 2008 Base imponible NEGATIVA año 2009 Puede compensarse con positivas de 2010 a 2024
  • 42. TIPOS DE GRAVAMEN ENTIDAD TIPO General 30% Mutuas Cooperativas de crédito 25% ESAL … Cooperativas fiscalmente protegidas 20% Sociedades y fondos inversión 1% Hidrocarburos 37,5% Hasta BI=120.202,41 € 25% ERD Resto 30%
  • 43. TIPOS DE GRAVAMEN Hasta BI=120.202,41 € 20% TIPO Resto 25% CONDICIONES Períodos: 2009, 2010, 2011 y 2012 Importe neto cifra de negocios: 5 millones € Plantilla media en períodos: 25 trabajadores Durante los doce meses siguientes al inicio de cada uno de esos períodos impositivos, la plantilla media de la entidad no sea inferior a la unidad y, además, tampoco sea inferior a la plantilla media de los doce meses anteriores al inicio del primer período impositivo que comience a partir de 1 de enero de 2009.
  • 44. EJEMPLO 1: Cálculo de la Cuota Íntegra Una sociedad dedicada a la prestación de servicios de tintorería, cuyo ejercicio económico coincide con el año natural, ha obtenido el 31 de diciembre de 2009 un beneficio contable de 230.000€. En el ejercicio de 2008 su cifra de negocios fue de 8.497.000€ Para la liquidación del impuesto de 2009 tiene un total de ajustes positivos de 75.000€ y un ajuste negativo de 10.000€ Tiene pendientes de compensación Bases Imponibles negativas correspondientes a los ejercicios 1997, de 8.000€ y 1999, de 3.500€. Determine su cuota íntegra
  • 45. EJEMPLO 2: Tipo de gravamen en ERD Una sociedad ha obtenido en 2009 un beneficio contable de 190.000€, y debe realizar un ajuste positivo por importe de 34.500€. Tiene pendiente de compensación la Base Imponible negativa del ejercicio 1999, por importe de 13.500€. ¿Cuál sería su cuota íntegra si su ejercicio económico coincide con el año natural? ¿Y si su ejercicio económico fuera de 4 meses?
  • 46.
  • 47. DEDUCCIÓN POR DOBLE IMPOSICIÓN INTERNA Base de la deducción: - Dividendos - Otras rentas obtenidas por ser socios Regla general: Si: Base TG 50% La participación, directa o indirecta en la sociedad es ≥ 5%, mantenida durante un año La sociedad participada es una Mutua, entidad de previsión social, etc. Base TG
  • 48. DEDUCCIÓN POR DOBLE IMPOSICIÓN INTERNACIONAL Impuesto devengado en país de origen DEDUCCIÓN: LA MENOR DE Cuota íntegra en España (Rdto TG)
  • 49. EJEMPLO: DEDUCCIÓN POR DOBLE IMPOSICIÓN La sociedad “No es país para viejos, S.A.”, que tributa por el régimen general, ha obtenido, el 1 de diciembre de 2010, los siguientes rendimientos derivados de sus inversiones financieras: 3.000 € de dividendo íntegro de la Sociedad “El hijo de la novia, S.A.”, de la que posee el 10% de las acciones desde 1 de febrero de 2010. Asimismo, ha cobrado 500 € de prima de asistencia a Junta General. Ambas cantidades han sufrido una retención del 25%. ¿Cuál será el importe de la deducción por doble imposición en su Impuesto de Sociedades? La misma sociedad ha obtenido, de sus inversiones en acciones en el país A, un rendimiento bruto de 2.000 €, por los que pagó un impuesto en el país de origen de 600 €. En cambio, respecto de los arrendamientos que tiene en el país B, de los que obtuvo una renta íntegra de 1.500 €, pagó 720 €. ¿Cuál será el importe de la deducción por doble imposición en su Impuesto de Sociedades?
  • 50. Actividades culturales y otras (art. 38) - Adquisición restauración o exhibición de bienes de interés cultural 15% - Producción cinematográfica 20% - Edición de libros 5% - Servicio de guardería 10% - Sistemas de navegación y localización de vehículos 10% Investigación científica y desarrollo (I+D) (art.35): - Inversión inferior o igual a la media de los últimos dos años 30% - Inversión superior a la media de los últimos dos años (el exceso) 50% - Inversiones en inmovilizado, excluidos los terrenos e inmuebles 10% Innovación tecnológica (art. 35): - Proyectos encargados a universidades, organismos públicos, etc., del RD 2609/1 996 15% - Diseño industrial, adquisición tecnológica avanzada 10% ERDs (art. 36): Adquisición de equipos de acceso a Internet, Presencia en Internet, Ccio electrónico 10% Empresas exportadoras (art. 37): - Creación de sucursales, participaciones o filiales 25% - Gastos de publicidad en el extranjera y ferias internacionales Formación del personal (art. 40): - Inversión inferior o igual a la media de los últimos dos años 5% - Inversión superior a la media de los últimos dos años (el exceso) 10% Inversiones medioambientales (art. 39) 10% Reinversión beneficios extraordinarios (art. 42) Según TG Contribuciones a planes de pensiones, mutuas de previsión social y patrimonios protegidos (art. 43) 10% Creación de empleo de trabajadores minusválidos (art. 41) 6000€, 1er año
  • 51. Abril Octubre Diciembre 18% cuota 18% cuota 18% cuota ejercicio anterior ejercicio ejercicio 1 ene 31 dic