Las mutuales de seguridad de Chile son instituciones privadas sin fines de lucro que se encargan de la prevención de riesgos laborales y el tratamiento de accidentes y enfermedades profesionales. Existen tres mutuales principales que atienden al 77% de los trabajadores en Chile y proveen servicios de prevención, tratamiento médico y prestaciones económicas en caso de accidentes o enfermedades laborales.
1. ¿QUE SON LAS MUTUALES DE
SEGURIDAD?
Las mutuales de seguridad del accidente
de Chile son las instituciones privadas sin
fines de lucro encargadas de las acciones
de prevención de riesgos y de los servicios y
tratamiento de accidentes del
trabajo y enfermedades profesionales.
2. Propósito
Su propósito es agregar valor a las
empresas y sus trabajadores, entregando
protección ante riesgos laborales,
calidad de vida a las personas y
fomentando una cultura de seguridad y
vida sana en la comunidad.
3. Ley que las rige:
Creadas por la Ley N°16.744 sobre
Accidentes de Trabajo y Enfermedades
Profesionales del 1 de febrero de 1968.
4. MUTUALIDADES:
Chile existen tres mutuales de seguridad,
1. Instituto de Seguridad del Trabajo (IST),creada
en diciembre de 1957 por la Asociación de
Industriales de Valparaíso y Aconcagua (ASIVA)
2. La Asociación Chilena de Seguridad (ACHS)
creada el 26 de junio de 1958 (Decreto N° 3.029) y
asociadas los socios que integran la SOFOFA.
3. Mutual de Seguridad CChC, creada en 1966
por la Cámara Chilena de la Construcción
(CChC)
5. ACHS : ASOCIACION CHILENA
DE SEGURIDAD.
la misión de la ACHS es lograr la internalización
del concepto de autocuidado, permitiendo
construir un círculo virtuoso en torno a los
principios de la seguridad. Para lograr esto, el
desarrollo de los programas sicosociales es un
componente muy importante, que
contribuye a crear una cultura de
autoprevención en las organizaciones; por
ello, han puesto especial énfasis en la
capacitación y formación de los
trabajadores para, de esta manera, ir
avanzando en el cambio conductual.
6. CCHC: CAMARA CHILENA DE LA
CONSTRUCCION LA MISIÓN
“Nuestra Misión es contribuir al bienestar
de los chilenos mediante el desarrollo del
sector construcción y de la iniciativa
privada, junto al perfeccionamiento del
sector público, como agentes de
progreso y equidad en el país. Para ello,
la Cámara promoverá un uso eficiente
de sus recursos para sus fines gremiales,
sociales y económicos, dentro de un
estricto marco ético”.
7. IST:INSTITUTO DE LOS
TRABAJADORES MISIÓN
• Ofrecer una atención dedicada en
materias de cuidado, prevención y salud
laboral, de acuerdo a las necesidades de
cada trabajador, sus familias y las empresas
adherentes.
• Brindar productos y servicios diferenciados
e innovadores, a través de sus equipos de
trabajo cálidos y competentes.
• Aportar a los adherentes herramientas
efectivas que les permitan avanzar
permanentemente hacia un entorno laboral
más seguro y productivo.
8. Que servicios prestan:
Están encargadas de las acciones de prevención
de riesgos y de los servicios y tratamiento de
accidentes del trabajo y enfermedades
profesionales.
1. Prevención de accidentes de Trabajo.
2. Prevención de enfermedades profesionales.
3. Prestaciones médicas para curar y rehabilitar
a los accidentados
4. Prestaciones económicas para indemnizar,
subsidiar y pensionar.
5. Otorgan beneficios a las empresas afiliadas
9. Que porcentaje están
afiliados
Las tres mutuales privadas— atienden al
77% de los trabajadores en Chile.
10. Se destaca:
La Achs la de mayor poderío, con un
universo de un millón 887 mil 958 afiliados,
según antecedentes de la Comisión.-
cuando nació
11. ¿CUALES SON LOS REQUISITOS PARA UN
INDEPENDIENTE AFILIARSE A ALGUNA
MUTUAL DE SEGURIDAD?
Deberá cumplir con el pago en forma independiente de sus
cotizaciones previsionales, condición primaria e inalterable. Junto
a ello, al momento de la emisión del formulario de adhesión de
trabajador independiente, deberá acompañar:
Fotocopias simples de:
• Copia del registro de iniciación de actividades SII.
• Copia de cedula de identidad por ambas lados.
• Carta renuncia a mutualidad a la cual se encontraba inscrito.
(en caso de proceder)
• Comprobante de pago de cotizaciones para pensiones y salud
del mes anterior al que se presenta la solicitud.
• Copia de la última resolución o certificado sobre tasa de
cotización adicional vigente (para trabajadores que
provengan de otros organismos).
12. ¿Cuánto demora en hacerse
efectiva la afiliación?
La empresa se encontrará afiliada a partir
del primer día del mes subsiguiente a la
fecha de presentación de la Solicitud de
Afiliación, a menos que una vez
evaluada la afiliación ésta sea
rechazada
13. Capacitaciones.
Capacitación en terreno
Mutual de Seguridad C.Ch.C., pone a disposición
de las empresas adherentes, este servicio que
consiste en una sala de clases totalmente
equipada, habilitada en un bus de tipo mediano,
con una capacidad para 18 personas. El aula
móvil fue diseñada especialmente para satisfacer
las necesidades de Capacitación en Prevención
de Riesgos, en aquellas empresas que no cuentan
con instalaciones adecuadas o por que se
encuentran muy alejadas de los Centros de
Capacitación de Mutual.
14. Alcance de los beneficios
En el caso de que un trabajador sufra un accidente en su
trabajo, o una enfermedad profesional, según la
legislación vigente puede optar a dos tipos de beneficios:
Prestaciones médicas: El seguro contempla el
otorgamiento gratuito de prestaciones al trabajador
accidentado o enfermo hasta su curación completa o
mientras subsistan los síntomas de las secuelas causadas
por el accidente o la enfermedad. Los beneficios son:
1. Atención médica, quirúrgica y dental en
establecimientos externos o a domicilio. Hospitalización si
fuere necesario, a juicio del facultativo tratante.
2. Medicamentos, productos farmacéuticos, prótesis y
aparatos ortopédicos y su reparación.
3. Rehabilitación y re-educación profesional.
4. Los gastos de traslado cuando corresponde y cualquier
otro necesario para el otorgamiento de estas prestaciones.
15. Prestaciones económicas: En caso de accidente o enfermedad
profesional, si el trabajador queda con incapacidad temporal,
tendrá derecho a un subsidio que va a reemplazar la
remuneración que dejará de percibir mientras esté incapacitado.
Este corresponde al promedio de las tres últimas remuneraciones
mensuales imponibles anteriores al evento (recuerde que el sueldo
imponible por ley tiene un tope de 60 UF).
El subsidio tiene una duración máxima de 52 semanas prorrogables
por otras 52. Si al cabo de este tiempo no se hubiera logrado la
curación o rehabilitación se presumirá que presenta una invalidez
que será evaluada por médicos del organismo administrador, sólo
en caso de accidente, o por el servicio de salud respectivo en
caso de enfermedad profesional para estimar si tendrá derecho a
una indemnización o bien a una pensión.
Tendrá derecho a una indemnización - que se paga de una sola
vez- si el grado de incapacidad va de un 15 a menos del 40%. En
cambio, tendrá derecho a una pensión cuando el grado de
incapacidad supera el 40% (la base de cálculo de la pensión
considera el promedio de las remuneraciones imponibles de los
seis meses anteriores al accidente o diagnóstico). Esta pensión
puede ser por invalidez parcial, caso en que recibirá el 35% del
promedio de sus últimas remuneraciones, o por invalidez total,
donde la pensión llega al 70%.
Con todo, la pensión no es vitalicia, y se pagará hasta que el
trabajador cumpla la edad legal para jubilarse en su AFP o INP (65
años los hombres; 60 las mujeres).
16. Comité Paritario de Higiene y
Seguridad
El Comité Paritario de Higiene y Seguridad (CPHS) es un
grupo conformado por representantes de la Empresa y de
los Trabajadores que, mediante la participación conjunta,
desarrolla actividades relacionadas a contribuir en la
gestión de la seguridad y salud en el trabajo.
El CPHS busca generar más y mejores condiciones de
seguridad y salud ocupacional para todos los integrantes
de la Empresa.
Se deben organizar en toda empresa, faena, sucursal o
agencia en que trabajen más de 25 trabajadores.
17. FUNCIONES:
Asesorar e instruir a los trabajadores en la correcta utilización de los
instrumentos de protección personal.
Vigilar cumplimiento tanto por parte de la Empresa como de los
Trabajadores, de las medidas de prevención, higiene y seguridad.
Identificar e investigar causas de accidentes y enfermedades profesionales.
Decidir si el accidente o enfermedad profesional se debió a una negligencia
inexcusable del trabajador.
Indicar la adopción de todas las medidas de higiene y seguridad que sirvan
para la prevención de Riesgos Laborales.
Cumplir funciones o misiones que haya encomendado la Mutual de
Seguridad.
Promover la realización de cursos de capacitación para los trabajadores.
Sabemos que al principio puede ser difícil establecer un plan de actividades,
por eso nuestros expertos le proponen seguir el Plan de Acción mencionado
más adelante, y revisar las sugerencias que publicaremos mes a mes.
18. ¿CUÁLES SON LOS BENEFICIOS DE CONSTITUIR COMITÉ PARITARIO DE
HIGIENE Y SEGURIDAD?
Refuerza la comunicación entre trabajadores y empleador,
logrando un trabajo más efectivo y coordinado.
Cumplir con la Disposición Legal establecida en el DS 54.
Evitar Multas.
Requisito para acceder a la Rebaja de la tasa de cotización
adicional ( DS 67) : Acreditar, vía declaración notarial, el
funcionamiento de el o los Comités Paritarios de Higiene y
Seguridad.
La Constitución y Funcionamiento de los Comités Paritarios es un
proceso simple, pero requiere cumplir una serie de etapas.