EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...
Seguridad Social en Venezuela
1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD BICENTENARIA DE ARAGUA
INFORMÁTICA
NIVEL III
SECCIÓN 531
LA SEGURIDAD SOCIAL EN
VENEZUELA
ALUMNO:
C.I. V- 20450799 Nuñez, Miguel
Marzo de 2015
2. LA SEGURIDAD SOCIAL
Es el derecho que tienen todos los ciudadanos de nuestro país de
manera gratuita, sin fines de lucro y sin discriminación, dirigido a
cubrir las necesidades y eventualidades de bienestar social,
garantizado y respaldado por el estado.
La seguridad Social constituye un derecho humano irrenunciable
garantizado por el Estado, para todos los venezolanos,
independientemente de su capacidad contributiva, condición social,
actividad laboral, salarios, ingresos y renta.
3. La Organización Internacional del Trabajo (OIT, 2005) define la
Seguridad Social como:
La protección que la sociedad proporciona a sus miembros mediante
una serie de medidas públicas, contra las privaciones económicas y
sociales que, de no ser así, ocasionarían la desaparición o una fuerte
reducción de los ingresos por causa de enfermedad, maternidad,
accidente de trabajo o enfermedad laboral, desempleo, invalidez,
vejez y muerte y también la protección en forma de asistencia médica
y de ayuda a las familias con hijos.
4. CARACTERÍSTICAS
Es un derecho humano fundamental.
Es un servicio público de carácter no lucrativo.
Toda persona tiene derecho a la seguridad social.
El Estado tiene la obligación de garantizar la efectividad del derecho a la
seguridad social.
El Sistema de Seguridad Social debe ser universal, integral, de
financiamiento solidario, unitario, eficiente, participativo y de contribuciones
directas o indirectas.
Los recursos de la seguridad social, así como sus rendimientos y
excedentes, no podrán ser aplicados a fines distintos a los de su cometido
original.
El sistema de seguridad social debe amparar a las personas sujetas a su
campo de aplicación ante las diversas contingencias.
5. BASE CONSTITUCIONAL
Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, articulo 86:
Toda persona tiene derecho a la Seguridad Social
como servicio público de carácter no lucrativo, que
garantice la salud y asegure protección en
contingencias de maternidad, paternidad,
enfermedad, invalidez, enfermedades catastróficas,
discapacidad, necesidades especiales, riesgos
laborales, pérdida de empleo, desempleo, vejez,
Viudedad, orfandad, vivienda, cargas derivadas de la
vida familiar y cualquier otra circunstancia de
previsión social.
6. NORMATIVA LEGAL DE LA SEGURIDAD
SOCIAL
La Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social, Gaceta Oficial Nº
39.912 del 30 de abril de 2012.
Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y Trabajadoras.
Ley del Régimen Prestacional de Empleo.
Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo.
Reglamento LOPCYMAT.
Ley del Seguro Social.
Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat.
7. BIENESTAR SOCIAL
En Venezuela el bienestar social, tiene rango
constitucional, ya que está consagrado como una de las
garantías que establece la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela, específicamente en su artículo
87, el cual refiere que toda persona tiene derecho al trabajo
y el deber de trabajar, por lo que el Estado es responsable
de que todos puedan obtener una ocupación productiva,
que le proporcione una existencia digna y decorosa, lo que
es decir, un trabajo que no degrade al empleado de su
estatus de ser humano y que además de que le genere el
sustento propio y de su familia, también le proporcione la
mayor suma de felicidad posible.
8. Las funciones esenciales del Estado Social coinciden el
Estado de Derecho, los pactos, tratados y convenios
suscritos por Venezuela. Su finalidad radica en crear,
conservar y comprometerse a materializar esos derechos
para satisfacer las demandas y necesidades de sus
habitantes para lograr el bienestar general. Por ello, la
justicia, la educación, la salud, la seguridad social, el
propender a un desarrollo integral de la sociedad y del
individuo, el establecimiento y la protección de los
derechos humanos, siendo funciones indelegables del
Estado.
9. ORGANISMOS QUE DISPENSAN LA SEGURIDAD
SOCIAL
Órgano Rector.
Superintendencia del Sistema de Seguridad Social.
Tesorería del Sistema de Seguridad Social.
Sistema de Información del Sistema de Seguridad Social.
Banco Nacional de viviendas y Hábitat.
Sistema Público de Salud.
Instituto Nacional de Servicios Sociales
Instituto Nacional de Pensiones y otras Asignaciones
Económicas.
Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad
Laborales.
Sistema nacional de vivienda y hábitat.
10. SUBSISTEMAS
SUBSISTEMA RÉGIMEN PRESTACIONAL / Art. INSTITUTO
Sistema Prestacional de
Salud
Régimen Prestacional de Salud:
Art. 52 LOSSS.
IVSS.
Sistema Prestacional de
Previsión Social
RP de Servicio Social al Adulto
Mayor: Art. 56 LOSSS.
RP de Pensiones y Otras
Asignaciones Económicas: Art. 62
LOSSS.
RP de Empleo: Art. 79 LOSSS.
RP de Seguridad y Salud en el
Trabajo: Art. 92 LOSSS.
INASS
IVSS – INASS.
IVSS.
INPSASEL -
INCRET.
Sistema Prestacional de
Vivienda y Hábitat
RP de Vivienda y Hábitat: Art. 98
LOSSS.
BANAVIH.
Sistema de paro forzoso y
capacitación laboral
IVSS.
11. La Seguridad Social es un derecho humano
primordial, ya que se toma como base para
esta aseveración un sistema previsional, que
debe ser unitario, integral, solidario, eficiente,
participativo y universal, por tal razón, este
derecho debe considerarse como uno de los
derechos económicos, culturales y sociales
principales de toda persona.
12. BIBLIOGRAFÍA
Alfonzo Villegas, N. (2012) La Seguridad Social en las
Instituciones del Estado. Editorial Académica Española.
Montilla García, M. (2010). La Seguridad Social en el marco de
la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela.
Caracas, Venezuela.