4. MINERÍA La minería es la obtención selectiva de los minerales y otros materiales a partir de la corteza terrestre, este también corresponde a la actividad económica primaria relacionada con la extracción de elementos y es del cual se puede obtener un beneficio económico
19. DATOS GENERALES PERU País PUNO Provincia PUNO Distrito Av. Costanera Nº 417 Dirección EXTRACCION DE MINERALES METALIFEROS NO FERROSOS, EXCEPTO MINERALES DE URANIO Y DE TORIO Objeto Social “ STANNUM FENIX” S.A.. Razón Social DATOS DE IDENTIFICACIÓN 28/08/2007 Fecha de Inscripción
20. CONTITUCION DE LA EMPRESA 245,596,456.95 Cuenta de Acciones de Inversión 28/08/2007 Fecha S/. 446’000,000 Capital Pagado S/. 446’000,000 Capital Suscrito CAPITAL SOCIAL INSCRITO JULIO EDGAR LEZANO ZUÑIGA Notario PUNO Lugar 28/08/2007 Fecha
21. ACCIONISTAS S/. 89200 1000 20% PERU Margarita Sanca Aguilar S/. 89200 1000 20% PERU Madilena Alave Ccamapaza S/. 89200 1000 20% PERU Pilar Marina Leon Pacori S/. 89200 1000 20% PERU Medalit Eliana Cornejo Romero S/. 89200 1000 20% PERU Xiomara Alejandra Peréz Suca VALOR NOMINAL ACCIONES % Nacion. Accionista
22. JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS La junta General de Accionistas es el Órgano Supremo de la Sociedad y esta compuesta por todos los Accionistas y representa la Universalidad de los mismos es la Suprema Autoridad de la Sociedad y sus decisiones tomadas con los requisitos Establecidos en el Presente Estatuto, Son obligatorios para todos los Accionistas aun para aquellos a que se hubiesen votado en contra , estuviese ausente o fuesen disidente ;pero son perjuicio de los Derechos de Impugnación o separación que la Ley franquea
23. DIRECTORIO DIRECTOR(A) 45260309 Madilena Alave Ccamapaza DIRECTOR(A) 43958150 Pilar Marina Leon Pacori DIRECTOR(A) 45390246 Medalit Eliana Cornejo Romero DIRECTOR(A) 45072585 Xiomara Alejandra Peréz Suca PRESIDENTE DEL DIRECTORIO 43952830 Margarita Sanca Aguilar Cargo Documento Nombre
28. Toma de muestras: En afloramientos Efectuar una trinchera que corte la veta, hasta que se observen las cajas definidas Extraer la muestra con punta y combo, mediante un canal de 10 cm. de ancho por 2 cms. de profundidad, perpendicular y a todo lo ancho de la veta, o selectivamente
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36. 2. Autorización, transporte y almacenamiento de explosivos 2.1 Autorización de uso Los titulares para emplear explosivos contar con el certificado de operación minera, aprobado por la autoridad minera, Con lo que le solicitaran en la dirección de control de servicios de seguridad, control de armas municiones y explosivos de uso civil DICSCAMEC, su inscripción y autorización como usuario de explosivos de uso civil.
48. JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS DIRECTORIO GERENTE GENERAL ASESORÍA JURÍDICA ASESORÍA FINANCIERA DPTO. DE ADMINISTRACIÓN DPTO. PRODUCCIÓN DPTO. DE ABASTECIMIENTO DPTO. DE ECONOMÍA DPTO. DE VENTAS CONTRATOS AL PERSONAL ASISTENCIA SOCIAL MESA DE PARTES SERV. AL PERSONAL INGENIERÍA LABORATORIO PLANEAMIENTO Y CONT. PRODUCCIÓN DPTO. SERV. PRODUCCIÓN DPTO. PRODUCCIÓN DPTO. MANTENIMIENTO SECCIÓN DE ENERGIA TALLERES DPTO. DE VENTAS DPTO. DE PUBLICIDAD DPTO. DE EMBALAJES DPTO. DE CAJA DPTO. DE CONTABILIDAD SECCION CONTAB COSTOS SECCION DE CONTAB GENERAL
62. Impuesto a la Renta La retribuciones que reciben las empresas mineras con personería natural o jurídica están gravadas al Impuesto a la Renta de tercera categoría, con una tasa del 30% sobre las utilidades. Además podrán deducir en el primer ejercicio o hasta en 10 años posteriores, los gastos de organización, preoperativos iniciales o de expansión de actividades de la empresa, en el ejercicio de inicio de actividades de producción o explotación. La distribución de dividendos en las empresas mineras están gravadas con el Impuesto a la Renta de 2da Categoría. Se debe pagar el 4.1% sobre los dividendos remitidos.
63. CANON Minero El canon minero es constituido por el 50% del Impuesto a la Renta y son destinados de la siguiente manera: 40% Todos los Gobiernos Locales 25% Provincia Productora 10% Distrito Productor 75% Todos los Gobiernos locales 5% Universidad Pública 20% Gobierno Regional 25% Gobierno Regional Destino de la Asignación Transferencias por Canon
64. Régimen de Estabilidad Tributaria 1.-Régimen de Estabilidad Tributaria por 10 años: Es un régimen al cual se pueden acoger todas las empresas mineras que estén realizando operaciones mayores de 350 TM/día y hasta 5,000 TM/día o que presenten programas de inversión por el equivalente en moneda nacional de US$ 2`000,000.00. Estas empresas gozarán de estabilidad tributaria la cual será garantizada mediante contrato suscrito con el Estado, por un plazo de diez años, contados a partir del ejercicio en que se acredite la ejecución de la inversión.
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66. 2.- Régimen de Estabilidad Tributaria por 15 años: Es un régimen al cual se pueden acoger las empresas con proyectos mineros con capacidad inicial no menor de 5,000 TM/día o de ampliaciones destinadas a llegar a una capacidad no menor de 5,000 TM/día con una o más Unidades Económicas Administrativas o con programas de inversión no menores al equivalente en moneda nacional a US$ 20'000,000.00, y si la empresa ya existiese inversiones no menores al equivalente en moneda nacional a US$ 50'000,000.00 La estabilidad tributaria se les garantizará mediante contrato suscrito con el Estado, por un plazo de quince años, contados a partir del ejercicio en que se acredite la ejecución de la inversión. Los beneficios son los mismos que en el régimen de estabilidad tributaria por 10 años, agregando la posibilidad de ampliar sus tasas de depreciación de maquinarias, equipos industriales y demás activos fijos en un máximo de 20% anual como tasa global de acuerdo a las características propias de cada proyecto, a excepción de las edificaciones y construcciones cuyo límite máximo será el 5% anual.
67. Relación de empresas con convenios de estabilidad: - - 10 43.17 Minsut Minsut 18 - - 15 90.07 Circuito de cobre en ref. Doe Run peru 17 31/12/2019 02/01/2005 15 261.83 Poryecto alto Chicama Barrick Misquichilca 16 31/12/2018 01/01/2004 15 61.77 Planta de óxidos Xstrata Tintaya 15 31/12/2018 01/01/2004 15 57.93 La quinua Minera Yanacocha 14 31/12/2012 01/01/2003 10 15.32 Ampliación mina el porvenir Cía Minera Milpo 13 31/12/2015 01/01/2001 15 2094.45 Antamina Cía Minera Antamina 12 31/12/2014 01/01/2000 15 68.9 Cerro Yanacocha Minera Yanacocha 11 31/12/2014 01/01/2000 15 34.97 Sipan Minera Sipan 10 31/12/2013 01/01/1999 15 237.52 Lixiviación Cerro Verde Soc. Minera Cerro Verde 9 31/12/2012 01/01/1998 15 275.49 Pierina Barrick Misquichilca 8 31/12/2011 01/01/1997 15 64 Maqui Maqui Minera Yanacocha 7 31/12/2011 01/01/1997 15 50 Cajamarquilla y otros Soc Minera Ref de Zinc de Cajamarquilla 6 31/12/2008 01/01/1999 10 32.46 Ares Minera Ares 5 31/12/2007 01/01/1997 15 6.57 Planta de Acido Borico Minera Ubinas 4 31/01/2010 01/01/1996 15 118.44 Lixiviación Electrowon Southern Peru 3 31/12/2009 01/01/1995 15 123.54 Planta de Sulfuros Xstrata Tintaya 2 31/12/2009 01/01/1995 15 37.04 Carachugo Minera Yanacocha 1 Fin Inicio Año Periodo de estabilidad Inversión Proyecto Empresa
68. Es un beneficio notable otorgado por la Ley General de Minería, que se les daba a las empresas mineras, el cual opera de la siguiente manera: Del total de Utilidades netas, una empresa puede reinvertir hasta el 80%, el cual ya no esta afecto al Impuesto a la Renta. Este beneficio fue derogado. Reinversión de utilidades
69. Doble Depreciación Era otra ventaja notable para las empresas mineras el cual consistía en permitirles depreciar doblemente sus activos (maquinas infraestructura, etc) si es que se fusionaban o dividían. La depreciación de un activo es contabilizado como un costo o egreso de una empresa, por ello son restados del total de ingresos para efectos del pago del Impuesto a la Renta. Este beneficio también fue derogado.
70. Impuesto General a las Ventas Las empresas mineras también deben pagar el Impuesto General a las ventas, por las ventas que realice en el país, además por las importaciones de bienes que realice.
71. Régimen De Recuperación Anticipada Este régimen consiste en la devolución del IGV pagado en las importaciones y/o adquisiciones locales de bienes de capital, realizadas por personas naturales o jurídicas que se dediquen en el país a actividades productivas de bienes y servicios destinados a exportación o cuya venta se encuentre gravada con el IGV y que no iniciado aun sus actividades comerciales. El monto mínimo que deberá acumularse para solicitar la devolución, debe ser equivalente a 4 UIT.
72. Crédito Fiscal A Favor Del Exportador Los exportadores tienen derecho a solicitar la devolución del IGV que haya gravado la adquisición de bienes o servicios empleados como insumos de los bienes exportados.
73. Regalías Mineras Es una contraprestación económica que los titulares de las concesiones mineras pagan al Estado por la Explotación de los recursos minerales metálicos y no metálicos. La regalía minera se paga sobre el valor del concentrado o su equivalente. Los rangos de la regalía minera son los siguientes: Para el caso de minerales no cuenten con cotización internacional, la tasa es del 1% En caso de los pequeños productores y minería artesanal, la regalía es del 0% 3% Por el exceso de US$ 120 millones Tercer Rango 2% Por el exceso de US$ 60 millones hasta US$120 millones Segundo Rango 1% Hasta US$ 60 millones de dolares anuales Primer Rango % Regalía Rango
74. Aranceles Son impuestos aplicado a los bienes que son objeto del comercio internacional. Las empresas mineras pagan aranceles por la importación de bienes de activo fijo, tales como maquinarias, vehículos, etc. Los cuales están gravados con una tasa de Ad-Valorem de 12%
75. Impuesto Temporal a los Activos Netos El impuesto temporal a los activos netos es aplicable a las empresas generadores de rentas de tercera categoría comprendidos en el Régimen General del Impuesto a la Renta, que iniciaron sus operaciones antes del 1ro de enero del 2007, cuyos activos netos al 31 de diciembre del 2006 excedan el millón de nuevos soles. Durante los años 2007 y 2008, gravará con el 0.5% los activos netos que excedan s/.1`000,000
76. Aporte Voluntario Es un monto ofrecido por los empresarios, dados los cuestionamientos a sus sobreganancias. El monto ofrecido fue de 2,500 millones de soles pagaderos en 5 años. El primer pago (500 millones de soles) se haría efectivo durante el 2007, y los demás pagos estarían sujetos a las variaciones en los precios de minerales en los años venideros.