El documento presenta la división de poderes en Chile. Explica que el poder ejecutivo recae en el Presidente, el legislativo en el Congreso Nacional formado por la Cámara de Diputados y el Senado, y el judicial en los tribunales. También define las funciones y atribuciones de cada uno de estos poderes del Estado chileno.
2.
John Locke.
¿Cómo surgió la
división de
poderes?
La teoría política de
Locke se expone en
el Tratado sobre el
gobierno civil.
El primer Tratado se
dedica a refutar la
teoría en defensa del
absolutismo de Robert
Filmer expuesta en
el Patriarca.
El segundo se dedica a
exponer la teoría del
Estado de Locke,
fundamento de la
asociación política,
límite del dominio,
leyes de disolución y
conservación.
3.
Montesquieu.
Ejecutivo
Legislativo
Judicial
“En cada Estado hay tres
clases de poderes: el
legislativo, y el ejecutivo
en dos formas.
Por el primero, el príncipe
o el magistrado hace las
leyes para cierto tiempo o
para siempre, y corrige o
deroga las que están
hechas.
Por el segundo, hace la
paz o la guerra, envía o
recibe embajadores,
establece la seguridad y
previene las invasiones; y
por el tercero, castiga los
crímenes o decide las
contiendas de los
particulares. Este último
se llamará poder judicial;
y el otro, simplemente,
poder ejecutivo del
Estado (...)”
5. Consiste en la toma de
decisiones de la
dirección del Estado,
administrarlo y dar
ejecución o
cumplimiento de las
leyes.
Posee dos subfunciones:
Función legislativa.
Función política-
administrativa.
Función
Ejecutiva
6.
Presidente de
la República
Es el titular de la
función ejecutiva del
Estado.
Le compete el gobierno
y la administración
superior del Estado.
Su cargo dura 4 años y
no puede ser reelegido.
Requisitos:
Poseer nacionalidad
chilena.
Tener cumplidos 35 años
de edad.
Ser ciudadano con
derecho a sufragio.
7.
Atribuciones del
Presidente de la
República
Atribución
legislativa.
Atribución política
administrativa.
Concurrir a la formación
de leyes.
Presidente tiene en
ciertos casos iniciativa.
En ciertas circunstancias
puede dictar Decreto con
Fuerza de Ley.
Convocar al plebiscito
cuando la constitución
establece.
El inciso 4to del artículo 129
establece: “Si el presidente de
la República rechazare
totalmente un proyecto de
reforma aprobado por ambas
Cámaras, y estas insistieren en
su totalidad por las dos
terceras partes de sus
miembros en ejercicio de cada
Cámara, el Presidente deberá
promulgar dicho proyecto, a
menos que consulte a la
ciudadanía mediante
plebiscito”.
8.
Nombrar y remover
cargos a su voluntad.
Conducir las relaciones
políticas con las
potencias extranjeras y
organismos
internacionales, firmar y
ratificar los tratados que
estime convenientes para
el país (aprobados por el
Congreso).
Designar y remover a los
comandantes en jefe de
las Fuerzas Armadas y al
General Director de
Carabineros.
Otorgar indultos
particulares en los casos
en formas que determine
la ley, mientras haya una
sentencia ejecutoriada en
el respectivo proceso.
Declarar los Estados de
excepción Constitucional,
señalados en la
constitución.
9.
Función
Legislativa
Se asocia con la
producción de normas
generales y
obligatorias que
tienden a regular la
conducta de las
personas, sean
gobernantes o no.
Formula “mediante la
ley se crea derecho”.
Orientada a crear
normas nuevas, a
modificar, a establecer
leyes interpretativas o
a derogar normas
anteriores.
10.
El Congreso
Nacional
Órgano bicameral: la
Cámara baja o de
Diputados, y la Cámara
alta o Senado.
Dos atribuciones:
En ambos casos se trata
de actividades que
corresponden a
funciones políticas, no
legislativas aun cuando
la forma de proceder en
la primera es similar a
los trámites de una ley.
Aprobar o desechar los
tratados internacionales.
Pronunciarse respecto de
los Estados de excepción
constitucional, en la forma
y en los plazos que la
constitución establece.
11.
Composición
del Congreso
Nacional
Integrada por 120
miembros en votación
directa por los distritos
electorales a los que
pertenecen.
Se renueva cada 4 años.
Los parlamentarios
pueden ser relegidos en
sus cargos sin limitación.
Requisitos:
Ser ciudadano con derecho
a sufragio.
Tener cumplidos 21 años
de edad.
Haber cursado la
enseñanza media o su
equivalente.
Tener residencia de al
menos 2 años continuos en
la región a la pertenezca el
distrito electoral.
Cámara de Diputados:
12.
Atribuciones de la
Cámara de
Diputados
Fiscalizar los actos del
Gobierno. Se puede
realizar a través de:
Adoptar acuerdos o sugerir
observaciones, con el voto
de la mayoría de los
diputados presentes.
Citar a informar a un
ministro de Estado.
Crear comisiones espaciales
investigadores de al menos
dos quintos de los
diputados.
Declarar si tienen o no
lugar las acusaciones
constitucionales que
formulen sus miembros
en contra de las
autoridades del Estado.
13.
Senado:
Requisitos para ser Senador:
Ser ciudadano con
derecho a sufragio
Tener cumplidos 35 años
de edad
Haber cursado la
enseñanza media o su
equivalente
Atribuciones del
Senado
Conocer las acusaciones
que la Cámara de
Diputados entable en
contra de autoridades
del Estado, resolverlas
como jurado, aprobarlas
o rechazarlas.
Decidir si tienen o no
lugar las acciones
judiciales que cualquier
persona pretenda iniciar
en contra de algún
ministro de estado.
14.
Conocer de las contiendas
de competencias que se
susciten entre las
autoridades de Gobierno y
los tribunales superiores de
justicia.
Otorgar su acuerdo para
que el presidente pueda
salir del país por más de 30
días o en los últimos 90 días
de su mandato.
Aprobar la declaración de
inconstitucionalidad que
haga el Tribunal
Constitucional del
Presidente de la República
cuando se compruebe que
participa en organizaciones
que no respeten los
principios básicos del
régimen democrático y
constitucional.
Aprobar por los dos tercios
de senadores en ejercicio la
designación de los
ministros y fiscales de la
Corte Suprema y del Fiscal
Nacional.
Dar dictamen al Presidente
de la República en los casos
que este lo solicite.
15.
El Poder
Judicial
Facultad de conocer de
las causas civiles y
criminales, de
resolverlas y de hacer
ejecutar los juzgados.
Está integrado por tres
instancias de
administración de
justicia.
16.
• La Corte
Suprema
Ministros eligen a un
presidente que dura 2
años. Le corresponde la
superintendencia
directiva, correccional y
económica de todos los
tribunales de justicia de
la nación.
• La Corte de
Apelaciones
Son 17 tribunales de alzada,
distribuidos a lo largo del
país, uno por cada región.
Ven los procesos judiciales
en segunda instancia
Ven causas en única
instancia.
También es tribunal de
primera instancia.
17.
• Tribunales de
Primera Instancia
Existen 5 tipos de juzgados:
Juzgados Civiles.
Juzgados de Letras de
Competencia Común.
Juzgado de Familia.
Juzgado de Cobranza
Laboral y Previsional.
Juzgado de Letras del
Trabajo
18.
La Reforma
Procesal Penal
Videoclip.
El antiguo
procedimiento: de
carácter inquisitivo.
El nuevo sistema
procesal: de carácter
acusatorio.
La Responsabilidad
Penal Juvenil
Se estudió
establecimiento de un
sistema judicial penal
coincidente con las
nuevas perspectivas.
En el año 2005 el
congreso probó la ley
20.084
Establece un conjunto de
sanciones, que se clasifican
en dos tipos:
Sanciones privativas del
libertad.
Sanciones no privativas
de libertad.
19.
Nuevos actores
introducidos por
la Reforma
Videoclip.
Jueces de garantía.
Jueces del Tribunal
oral en lo penal.
Defensores públicos.
Jurado.
Acusado.
En colaboración con:
organismos
públicos.