1. PROPUESTA FINAL DE LA SEPARACION CONVENCIONAL Y DIVORCIO ULTERIOR
REGIMEN DE LA PATRIA POTESTAD Y VIVIENDA.-
La recurrente NAIKE NINOSKA RODAS GOMEZ, estará a cargo de la Patria Potestad del menor hijo;
CHRISTOPHER BYRON ZEGARRA RODAS, de 4 años de edad y meses, quién cuidará a dicho niño en todo
nivel dentro del ámbito de la jurisdicción de la Ciudad de Puerto Maldonado obligándose a solicitar al
progenitor HENRRY ZEGARRA FARFAN autorización escrita notarial ante cualquier movilización del
menor fuera de dicho ámbito. Asimismo, el progenitor HENRRY ZEGARRA FARFAN podrá trasladar al
menor fuera del ámbito local con autorización notarial expresa de la progenitora NAIKE NINOSKA RODAS
GOMEZ.
Los recurrentes convienen que el domicilio real y legal del menor hijo CHRISTOPHER BYRON ZEGARRA
RODAS será la vivienda ubicada en el Lote 12 Fracción “B” de la Manzana 14N, AA. HH. Santa Rosa de la
Ciudad de Puerto Maldonado y cualquier cambio de domicilio será previo acuerdo notarial entre los
progenitores.
Para el ejercicio de la Patria Potestad por parte de la progenitora NAIKE NINOSKA RODAS GOMEZ, el
progenitor HENRRY ZEGARRA FARFAN facilitará a ésta una habitación al interior de la vivienda arriba
citada.
REGIMEN ALIMENTARIO Y EDUCACIONAL.-
El progenitor HENRRY ZEGARRA FARFAN asignará por Alimentos la suma de S/. 700.00 (SETECIENTOS Y
00/100 Nuevos Soles) en forma mensual así como velará por la adecuada Educación del menor hijo
determinando las Instituciones Educativas y asumiendo los costos respectivos. Para este efecto, el
progenitor efectuará el depósito respectivo en la Cuenta de Ahorros que la progenitora posee en la Caja
Municipal de Ahorro y Crédito de Tacna – CMAC TACNA. Asimismo, previo a la firma de este acuerdo, el
progenitor ha efectuado un depósito de S/. 500.00 (QUINIENTOS Y 00/100 Nuevos Soles) quedando
efectuar el depósito de S/. 200.00 (DOSCIENTOS y 00/100 Nuevos Soles): sin embargo, por esta única
vez efectuará el depósito por S/.400.00 (CUATROCIENTOS y 00/100 Nuevos Soles) en dicha cuenta.
Respecto a los Gastos en Educación serán directamente realizados por el progenitor.
REGIMEN PATRIMONIAL.-
Dentro del matrimonio, se construyó una parte de la casa (mejoras) ubicada en el Lote 12 Fracción “B”
de la Manzana 14N cuyo área de terreno es de 540 M2 (terreno y construcción inicial que son de
propiedad de HENRRY ZEGARRA FARFAN), lo cual tiene derecho la progenitora a ser retribuida por un
monto razonable. Asimismo, se adquirieron vehículos menores (uno de ellos recientemente) así como
electrodomésticos aclarándose que tanto las mejoras como las adquisiciones recientes, entre ellas el
vehículos menor MOTO LINEAL HONDA WAVE de Placa XG-3889 color rojo, fueron financiadas con
créditos que el progenitor viene cancelando mensualmente con cuotas mensuales de S/. 1,000.00 (UN
MIL y 00/100 Nuevos Soles). Es así que los recurrentes concuerdan en que tanto el vehículo menor como
los electrodomésticos adquiridos con financiamiento de crédito pasarán a ser de propiedad exclusiva de
2. la progenitora renunciando la misma de manera expresa a cualquier reconocimiento por las mejoras
realizadas en el predio, en tanto que el progenitor se compromete a realizar los pagos que
correspondan por dichos créditos hasta su cancelación definitiva.
REGIMEN DE VISITAS.-
En concordancia con lo convenido en el REGIMEN DE LA PATRIA POTESTAD Y VIVIENDA, al compartir la
misma vivienda el progenitor tendrá acceso si restricciones al menor hijo CHRISTOPHER BYRON
ZEGARRA RODAS.
COLABORACION ENTRE LAS PARTES.-
La progenitora la necesidad de contar inmediatamente con la suma de S/. 8,000.00 (OCHO MIL Y 00/100
Nuevos Soles) ante lo que se conviene que el progenitor que, a la firma del presente convenio, gestione
un crédito por dicho monto y lo entregue a la progenitora y que las cuotas correspondientes a las
amortizaciones e intereses que se devenguen de dicho crédito sean asumidos por la progenitora hasta la
cancelación de dicha deuda.
Convenio que es la voluntad de las partes, por lo que en conformidad firman.
Puerto Maldonado, 10 de octubre de 2011.
------------------------------------------------ -----------------------------------------------
NAIKE NINOSKA RODAS GOMEZ HENRRY ZEGARRA FARFAN
DNI Nº 42736659 DNI Nº 23976935